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ÉXITOS Y FRACASOS DEL FEDERALISMO COMO FORMA DE ACOMODO
DE LA DIVERSIDAD EN ÁFRICA
Autor de la comunicación: José Adrián García Rojas, Profesor Titular de Universidad,
Director del Centro de Estudios Africanos de la Universidad de La Laguna (CEA-ULL),
área de Ciencia Política y de la Administración, Facultad de Economía, Empresa y
Turismo, Campus de Guajara, 38071
e-mail: jagrro@ull.edu.es
Resumen: El federalismo ha estado presente en la historia africana desde los albores de
la independencia. La idea de un federalismo africano está en el origen de los primeros
partidos que buscaron la emancipación del poder colonial. Esta idea se intentó llevar a
cabo como solución a los problemas de la diversidad africana de carácter étnico,
religioso, cultural o territorial que sumió y sume a muchos estados africanos en cruentos
conflictos armados. Pese a todo, con las limitaciones que se quiera, de hecho es
reconocido como fórmula política en unos tres países del continente (Etiopía, Comoras
y Nigeria), aunque se haya plasmado en otros tantos textos constitucionales como parte
de los acuerdos de paz, como en Sudán o Somalia. Haremos en este paper un
exhaustivo estudio a través de la formulación del federalismo en las Constituciones
africanas desde el momento de la pre independencia para culminar con la praxis federal
en Etiopía, Nigeria y las Islas Comoras. La idea federal se plasmó en diversos textos
constitucionales como respuesta a diferentes demandas de determinados grupos desde el
mismo momento de la independencia de algunos países que, como Camerún, partían de
una doble historia colonial, o que, como Uganda, pretendieron aunar en un único y débil
naciente estado las profundas fuerzas que podían acabar con su futura debilidad
institucional.
Palabras clave: Federalismo, Constitución, Conflicto, Acomodo, Diversidad
Paper preparado para ser presentado en el GT 32, Estudios internacionales, estudios de área y globalización, del XII Congreso de la FES, Gijón, 30 de junio, 1 y 2 de julio de 2016
1. La idea federal en África colonial y en el pensamiento panafricano.
El federalismo fue la fórmula propuesta por Gran Bretaña, una de las dos grandes
potencias coloniales europeas en África, para la administración de alguno de sus
territorios coloniales (Nigeria) o como vía para la unión de varios de ellos tras la
inevitable descolonización del África Subsahariana (Rodesia). Como es bien conocido,
se suele apelar al año 1960 como fecha en la que se produjo el primer y decisivo
impulso liberador, que posteriormente se complementaría con la segunda oleada, circa
1974, en la que alcanzaron la independencia tras largas y cruentas guerras de liberación
las colonias portuguesas en África. La primera ola liberadora, que se circunscribe circa
1960, empezó realmente con la independencia de la colonia británica de Costa de Oro,
que africanizaría su nombre tomando el del mítico imperio de Ghana, en 1957, y de la
francesa de Guinea, tras ser la única de su imperio africano que rechazó la Constitución
francesa de la V República en referéndum y, por tanto, su integración en la
Communauté, prevista en su artículo 1 y desarrollada en sus Títulos XII y XIII, en 1958.
La redacción original del artículo 76 de la citada Constitución ofrecía tres opciones a los
territorios de ultramar (TOM): su conversión en departamento de ultramar (DOM), el
mantenimiento de su status como TOM; o la evolución hacia la condición de Estado
miembro de la Comunidad (Communauté) (García Rojas, 2012a), lo que suponía, de
hecho, la instauración de una unión “de tipo federal” (Doumenge, 2000, p. 172), entre
las antiguas colonias y la República Francesa. En 1960 se produjeron la mayoría de los
accesos a la independencia de los nuevos países del continente, fundamentalmente, de
los territorios colonizados por Francia. La descolonización de las colonias británicas de
África Subsahariana fue un poco más tardía, pese al antecedente de la descolonización
de Costa de Oro, en 1957. La mayoría de las grandes colonias británicas en África se
independizó a partir del año 1961, excepción hecha de Nigeria, que sí lo hizo en 1960.
En general, salvo el caso de Guinea y, por otras razones, Argelia, la independencia de
las antiguas colonias con su metrópoli francesa fue amigable y no se produjeron graves
alteraciones ni rompimiento brusco entre París y las nuevas capitales africanas. En
buena medida ocurrió lo mismo en la mayor parte de los territorios colonizados por los
británicos, hecha la excepción de Rodesia del Sur, hoy Zimbabue, y Kenia. Estos dos
territorios y Argel tuvieron que soportar guerras de liberación, en los casos de Argelia y
Zimbabue, y de lucha armada violenta de un grupo étnico, en el caso de Kenia. En los
tres casos, a los que habría que sumar la actual República de Sudáfrica, la presencia de
un número importante de colonos metropolitanos o de ascendencia europea fue un
obstáculo para llegar a un acuerdo sobre la independencia de estos territorios como
nuevos estados y el papel de la hasta entonces raza dominante blanca en dichos países
una vez lograda la independencia.
El federalismo tuvo buena prensa en los albores de las independencias de África al Sur
del Sahara como fórmula de ingeniería constitucional capaz de unir al fragmentado
continente africano una vez que cada territorio fuese siendo descolonizado. La idea de
unos Estados Unidos de África, ideal de los padres fundadores de la mayoría de los
nuevos países, como Nkrumah, Sékou Touré, Senghor, Keita, Nyerere y tantos otros,
que persiguieron ese objetivo, en mayor o menor medida, como forma de plasmar el
ideal panafricano. Producto de ese ideal y de las distintas perspectivas de los jefes de
Estado de los nuevos países africanos fue el surgimiento de la Organización para la
Unidad Africana (OUA), hoy Unidad Africana (UA), que, sin embargo, se encargaría en
su Carta de renunciar expresamente a la realización de dicho ideal a través de la
consagración de las fronteras artificiales heredadas del colonizador, como su principio
más importante, pues, dada la naturaleza multiétnica de la mayor parte de los países
signatarios, sus líderes fueron reacios a cambiarlas, ya que pensaban que era abrir la
caja de Pandora de interminables movimientos secesionistas de carácter étnico que
conducirían a una balcanización del continente en cada vez más pequeñas e inviables
entidades políticas (Schraeder, 2000, pp. 300-301). Sin embargo, tanto OUA como UA
han reconocido excepcionalmente nuevos estados africanos (Eritrea, en 1993, y Sudán
del Sur, en 2011), aunque no lo han hecho con la autoproclamada República de
Somaliland, que declaró unilateralmente su independencia, en 1991, y que vive
totalmente al margen del estado en colapso (Rotberg, 2013), fallido (Rotberg, Clapham
y Herbst, 2007) o frágil (Woodward, 2006) de Somalia. La Carta de la OUA resaltaba
en su preámbulo la voluntad y creencia de los firmantes a una futura unidad africana al
expresamente manifestar que se inspiraba en "la común determinación de promover el
entendimiento entre nuestros pueblos y en la cooperación entre nuestros estados en
respuesta a la aspiración a la hermandad y solidaridad de nuestros pueblos, en una
más amplia unidad que trascienda las diferencias étnicas y nacionales".
Este ideal de un federalismo africano, aceptado y defendido por los líderes e ideólogos
del panafricanismo para el conjunto del continente, tropezó con la opinión contraria
hacia su implantación en la fase previa de construcción y consolidación de los nacientes
Estados-nación africanos sobre las fronteras y estructuras institucionales heredadas del
colonizador. Nkrumah, adalid del panafricanismo, criticó la forma de Estado federal
como fórmula constitucional de acomodo de la realidad étnica, cultural, lingüística y
religiosa de los nuevos países, al igual que criticó el multipartidismo durante esos
mismos años, pues en ambos casos pensaba que serían un obstáculo para la
construcción nacional y actuarían como elementos disgregadores de la soberanía recién
adquirida, pues fragmentarían y dividirían a su población, posibilitando el surgimiento
de movimientos secesionistas que acabarían destruyendo la incipiente conciencia de
pertenencia a un mismo pueblo adquirida durante los años de lucha por el objetivo
común de la independencia nacional. El antifederalismo de Nkrumah para los nuevos
países del continente procede de su propia experiencia como presidente de Ghana al
tener que lidiar, en los primeros años de su mandato, con las aspiraciones federalistas de
los Ashantis (Rothchild, 1966, p. 276). El presidente ghanés escribió en una de sus
obras más conocidas que "para mejorar efectiva y rápidamente los graves daños
ocasionados a África como resultado del imperialismo y el colonialismo, los estados
africanos emergentes necesitan un fuerte estado unitario capaz de ejercer la autoridad
central para la movilización del esfuerzo nacional y la coordinación de la
reconstrucción y el progreso" (Nkrumah, 1963, p. 214). Lo que le llevó, incluso, a
rechazar la idea de crear federaciones regionales en el continente porque "existe el
peligro de desarrollar lealtades regionales, luchando unas con otras. En efecto, las
federaciones regionales son una forma de balcanización a gran escala". Esta negativa
visión del líder panafricano sobre el federalismo lo llevó a desaconsejársela al primer
ministro congolés Patrice Lumumba (Rothchild, p. 277), que también se convirtió en un
crítico de esta fórmula de ingeniería constitucional para acomodar la diversidad étnica
del antiguo Congo belga, hoy República Democrática del Congo, que le llevó a los
conflictos en regiones como Kivu y Katanga, en donde al final moriría al ser entregado
a los rebeldes por su jefe de estado mayor, el general Mobutu.
Otros líderes africanos más pragmáticos que ideólogos, como el primer ministro federal
de Nigeria independiente, sir Abubakar Tafawa Balewa, veían en el federalismo un
primer pilar hacia la posible construcción de estructuras más unitarias en un país tan
inmenso y diverso como el suyo, pese a que era un tanto escéptico sobre sus posibles
resultados. No deja de ser paradójico que Balewa, representante del Norte
predominantemente musulmán nigeriano, que preconizaba la creación de un estado
independiente a partir de las fronteras delimitadas de forma federal en la configuración
colonial de Nigeria, muriera asesinado en su puesto de primer ministro de una Nigeria
federal en la que creía vagamente (Rothchild, pp. 278-279). El federalismo era la
respuesta a las circunstancias de Nigeria, en especial a la naturaleza de los temores de
los nigerianos a la configuración del poder dentro del Estado, pero no a un deseo de que
fuera la fórmula política final.
También tuvo una posición pragmática en favor de una solución federal para el
acomodo de la diversidad étnica en Uganda independiente, el líder de la oposición y
más tarde presidente Milton Obote. Este político aprovechó la demanda de
independencia de los baganda, al acercarse el momento de la independencia, para
maniobrar proponiendo y apoyando una amplia descentralización de tipo federal en la
Constitución del nuevo estado de Uganda tras la descolonización británica. Esta
concesión le atrajo el apoyo de esa etnia y su acceso al puesto de primer ministro del
país al frente de un gobierno de coalición de su partido, el Uganda's People Congress
(UPC) y el Kabaka Yekka, formación de base en el reino de Buganda (Olum, 2013, p.
14). Sin embargo, Obote acabó abruptamente, en 1967, con la forma de Estado federal
al implantar la forma de gobierno republicana y la forma de estado unitario. Para acabar
con el federalismo ugandés, Obote, una vez se vio fuerte al frente del país y alejado el
peligro de fragmentación territorial interna, aplicó, una interpretación estricta de la
Constitución de 1967 que le permitió reforzar los poderes del gobierno de Kampala
frente a los estados federados, pues el texto constitucional era bastante ambiguo en lo
referente al traspaso y distribución de competencias entre la federación y los estados
miembros, ya que dejaba a la discrecionalidad del gobierno central "la naturaleza de la
relación federal" (Dinwiddy, 1981, p. 501). Este federalismo pragmático, carente de
convicción política, también lo encontramos en otros dirigentes africanos de la época y
posteriores, como nos enseñan algunas de las propuestas incumplidas de
descentralización federal en las sucesivas elecciones ugandesas, en las que sigue
persistiendo el problema de Buganda y la demanda de esta parte del país por la forma de
estado federal (Makara, Rakner y Svasand, 2009), o la opción por un federalismo
formal, que no material, adoptada en diversas constituciones africanas como solución a
graves problemas de violencia interétnica, interreligiosa o interclánica, en definitiva, de
solución de conflictos y acomodo de la diversidad del continente.
Junto al federalismo o antifederalismo de raíz panafricanista, podemos observar también
la visión colonial y/o neocolonial sobre un posible federalismo de las colonias africanas
como forma de gobierno y administración descentralizada desde la metrópoli o como
manera de pervivencia de la influencia de los descendientes de los colonos blancos en
África (Nabudere, 2005). En este segundo concepto de federalismo africano, podríamos
englobar la federación administrativa y de gobierno colonial del África Occidental y
Ecuatorial francesas (AOF y AEF) o las experiencias federalizantes del Imperio
británico en Nigeria, que fue dividida en tres regiones, o la experiencia de la Federación
de África Central, que existió entre 1953 y 1963, pero también los intentos llevados a
cabo por Francia a través de la creación de la Unión Francesa, durante la IV República,
y de la Comunidad Francesa, en los primeros años de la V República (Burguess, 2012).
También hallamos elementos federales o, quizás mejor, federativos en la administración
británica anterior a la creación de la Unión Sudafricana anterior y posterior al apartheid
(Burguess, 2012), que llegó a contar en sus últimos momentos con tres cámaras (una
para los blancos, otra para hindúes y una última para la mayoritaria y excluida
población negra) desiguales, evidentemente, en el número de sus competencias, pues las
dos destinadas a la población no blanca eran fundamentalmente de carácter consultivo.
La importante población blanca de Rodesia del Sur, actual Zimbabue, está detrás del
intento de evitar la independencia de Rodesia del Norte, actual Zambia, y Nyassaland,
hoy Malaui, donde los colonizadores blancos eran pocos. Para ese fin propusieron la
creación de la ya citada Federación de África Central, en cuya Constitución federal se
preveía un parlamento de 35 miembros asimétricamente favorable a la minoría blanca,
pues constaba de 29 representantes europeos (3 elegidos por cada uno de los tres
gobernadores y el resto por electores blancos) y de sólo 6 por la población africana
(Mtepuka, 1957, p. 75).
2. El federalismo como fórmula política en el África independiente
Podemos clasificar varios tipos de federalismos en África desde la independencia:
2.A El federalismo como fórmula de unión estatal de diferentes territorios
coloniales administrados o no por distintas potencias europeas
En el momento de la independencia de las colonias africanas, circa 1960, existió, como
hemos visto un movimiento favorable a la unión entre países como paso previo, en
algún caso, para lograr en un futuro próximo la Unidad Africana preconizada por el
pensamiento panafricanista. Además de la construcción de la Organización para la
Unidad Africana (OUA), hoy Unidad Africana (UA), que poco ha avanzado hacia dicho
objetivo, hay dos casos ciertamente llamativos de construcción de un único Estado a
partir de divisiones coloniales distintas: Camerún, que había sido una posesión alemana
hasta 1918, que fue dividida en dos mandatos (uno británico y otro francés) por la
Sociedad de Naciones y dos condominios por la ONU, hasta que decidieron unirse,
salvo una parte del norte de la antiguo mandato británico (Le Vine, 1964), y formar un
único Estado bajo una fórmula federal (Le Vine, 1971), y los de la Federación de Mali y
de la Unión centroafricana, a los que nos referiremos en el epígrafe siguiente.
2.A.a Estado federal formado por la unión de dos territorios administrados por
diferentes potencias coloniales
El Camerún francés accedió en 1960 a la independencia y el Camerún británico, que
estaba dividido en dos (la región norte y el sur), siguiendo las recomendaciones de la
ONU optó por un plebiscito en cada región para decidir su futuro político. El Norte votó
su integración en la región norte de Nigeria y el sur su integración en Camerún
(Fombad, 2011). La Constitución de Camerún de 19611 establecía el inglés y el francés
como lenguas oficiales (artículo 1), definía al Estado como federal, que estaba formado
por dos estados miembros que se correspondían con los territorios de los antiguos
mandatos británico (Camerún Occidental) y francés (Camerún Oriental). La
Constitución y los acuerdos políticos entre los líderes de ambos territorios también
tuvieron en cuenta las peculiaridades de treinta y pocos años de tradiciones jurídicas y
organizativas coloniales diferentes (Konings, 1996). Este pacto entre los líderes de las
dos comunidades camerunesas terminó con la centralización del Estado y su clara
definición como Estado Unitario en la Constitución de 1972, que fue aprobada en
referéndum. La reforma del texto de 1972, efectuada en 1996, que formalmente abrió el
régimen del presidente Biya, sigue manteniendo la concepción unitaria y centralista del
estado camerunés, aunque cambiara su nombre oficial de República Unida de Camerún,
consagrado en el texto de 1972, por el de República de Camerún, introducido en la
reforma de 1996 (Fombad, 2011), que mantuvo el inglés y el francés como lenguas
oficiales del país, pero que significativamente dividió los dos antiguos estados
miembros en 10 regiones administrativas, cuyos límites y nombres pueden ser
modificados por el presidente de la República, quien, además, tiene la potestad de crear
nuevas circunscripciones regionales (artículo 61)2.
2.A.b El federalismo como fórmula de unión de diferentes colonias administradas
por la misma potencia
Conozco dos casos en el mundo francófono, el de la Federación de Mali, producto de la
unión de las colonias francesas de Senegal y Sudán francés, hoy Mali, pertenecientes al
AOF, la Unión de Repúblicas de África Central (URAC), constituida por la República
1 Las referencias a Constituciones africanas proceden de una base constitucional sobre el continente que estoy reuniendo y que haré pública a través de una web sobre constitucionalismo y federalismo africano. 2 La reforma constitucional de 2008 no afectó a la concepción unitaria del estado camerunés.
del Congo (Brazzaville), la Centroafricana, hoy más conocida por las siglas RCA, y
Chad, que habían formado parte de la AEF.
Representantes de las Repúblicas autónomas, dentro del marco constitucional de la
Comunidad francesa, regulado en la Constitución de la V República de 1958, de Alto
Volta y Dahomey, que se retiraron del proyecto, y de Senegal y del Sudán francés
aprobaron, el 17 de enero de 1959, la Constitución de la Federación de Mali (Poncelet,
1967, p. 89). Su existencia temporal fue nimia, apenas 17 meses. Este experimento
federal surgió, con enorme entusiasmo popular, como Estado independiente, el 20 de
junio de 1960 (Gandolfi, 1960, p. 882). La Federación la constituían, por tanto, las
estados federados de Senegal y de Sudán (francés), que, al finalizar tan corto
experimento, se quedaría con el africano nombre de Mali, antiguo imperio africano. La
Constitución federal preveía la existencia de dos niveles de gobierno, el de la federación
y el de los dos estados miembros. Cada uno de ellos disponía de su Gobierno y
Asamblea nacional respectiva, además de un legislativo, también denominado
Asamblea, federal (40 miembros, 20 por cada estado federado), presidida por el
senegalés Senghor. El ejecutivo federal lo formaban 6 ministros (3 por cada uno de los
dos estados miembros), además del presidente de la Federación, el sudanés Keita, y de
un vice-presidente, el senegalés Dia, que no desempeñaban ninguna cartera (Poncelet,
1967, p. 91). La capital se estableció en la vieja ciudad capital de la AOF, Dakar. El
fracaso de la Federación de Mali se debió a la negativa de la Comunidad francesa y del
Gobierno de De Gaulle a permitirle la entrada en su seno, lo que suponía dejar de
percibir la ayuda técnica y económica de la antigua potencia colonial a esta nueva
entidad política. Pero también a la rivalidad entre los líderes de la Federación, Senghor
y Keita, de sus respectivos territorios y de sus diferentes puntos de vista en política
exterior y económica, además de la agresiva negativa a tal experimento federativo del
presidente de Costa de Marfil Houphouet-Boigny (Le Vine, 2004, pp. 71-72).
Otro proyecto de federación frustrado, ésta vez en la AEF, fue el intento de constituir la
Unión de Repúblicas África Central, que se plasmó en la Carta Constitutiva de 17 mayo
de 1960, pero que terminó abruptamente por razones similares a la de la Federación de
Mali con la independencia de cada uno de los países que pretendieron federarse, en el
verano de ese mismo año 1960. Las Asambleas legislativas de las Repúblicas
Centroafricana, de Chad y del Congo, que eran miembros de la Comunidad francesa,
aprobaron el citado texto, de 17 de mayo, que, al igual que el de la Federación de Mali,
preveía la integración de nuevos miembros. Su federalismo preveía la soberanía de sus
partes, por lo que se constituía como un vehículo para una futura integración
supraestatal. Los estados miembro conservaban sus órganos políticos, pero dejaban en
manos de la Unión la política exterior de los tres y se prohibía que sus miembros
formaran parte de alianzas internacionales distintas a las de la Unión (artículo 12).
También se dejaba en el dominio de la Unión la emisión de moneda común, las
telecomunicaciones, la coordinación económica y se ponían las bases de una Unión
aduanera entre los países miembros que sí llegó a constituirse y sobrevive. Se preveían
una serie de órganos comunes, como el Consejo de la Unión, formado por las altas
autoridades de los países miembros de forma paritaria. El Presidente de la Unión era
elegido por el Consejo, entre los jefes de Estado y de Gobierno de los estados
miembros, por un año. También se recogía la creación de un Tribunal Supremo de la
Unión que dirimiría los asuntos en litigio sobre las materias recogidas en el texto
constitutivo de la Unión.
Tanzania es el resultado de creación de una unión, que no federación, aunque todo
parece indicar que se avanza en dicho sentido, entre el mandato británico de la antigua
colonia alemana de Tanganica y Zanzíbar, vieja posesión británica formada por tres
islas principales. Su unión se produjo en 1964 y desde entonces es la unión de Estados
más longeva de África. Tanganica se independizó de gran Bretaña bajo la Constitución
de 1961, que fue modificada al pasar a ser República, en 1962. Zanzíbar alcanzó la
independencia, en 1963, pero, en 1964, cambió de régimen después de la revolución de
la mayoría africana frente al Sultán y la moría árabe. Se suprimió la Constitución de
1963 y se instauró el denominado Decreto Constitucional, que determinó el paso de la
monarquía representada por el Sultán a la República presidencialista (Haule, 2006, p.
220). La ratificación por los parlamentos de ambos países, el 23 de abril de 1964, de los
acuerdos de Unión, hicieron surgir un nuevo Estado, que define constitucionalmente a
Tanzania como un Estado soberano y una República unida (artículo 1 Constitución de
Tanzania 1965). Sólo se reconocen dos ámbitos de gobierno, los órganos de gobierno de
la República unida de Tanzania y los del Gobierno revolucionario de Zanzíbar. No
existen, por tanto, niveles de gobierno, como en los Estados federales. Hay unas
Instituciones de la República Unida y otras de la República revolucionaria de Zanzíbar.
A Zanzíbar se le reconoce autonomía, pero no al territorio de Tanganica. La razón
esgrimida por el presidente de Tanganica y líder panafricano, Julius Nyerere, fue "por el
interés de la unidad africana" (cit. Huele, 2006, p. 221). La propuesta de nueva
Constitución, efectuada en 2014 y de la que no me consta que haya sido aprobada y
haya entrado en vigor, de la que sé que se ha pospuesto el referéndum previsto para
realizarlo en 2015, sí define, sin embargo, a Tanzania como una federación, aunque
conserva las dos estructuras de gobierno señaladas anteriormente. El Presidente de la
República es asistido por tres vicepresidentes, siendo el segundo vicepresidente el
presidente de Zanzíbar.
2.B El federalismo como unión de un territorio colonial a un Estado independiente
Etiopía fue, junto a Liberia, una de las escasas entidades estales que no fueron objeto
del reparto colonial. Eritrea fue segregada de Etiopia por el colonialismo italiano (Reid,
2001) y ocupada por el ejército británico al inicio de la segunda guerra mundial. Etiopía
fue liberada del breve dominio italiano por los británicos en 1941, que ayudaron a
reinstaurar la monarquía absoluta en el país (Abbay, 2004, p. 594). Desde 1945 a 1950
se estuvo a la espera de una resolución de la ONU sobre el futuro de Eritrea y de las
restantes colonias italianas en África (Libia y Somalia). Las cuatro grandes potencias
(Estados Unidos, Gran Bretaña, Unión Soviética y Francia, mantuvieron, en un
principio, posiciones divergentes sobre este tema, que variaban desde la preparación de
la independencia, que apoyaban los Estados Unidos, hasta la devolución de su
administración a Italia, que era la postura coherente con su posición colonial de Francia.
En la Conferencia de Paz de París, de 1947, Italia renunció a sus derechos sobre sus
colonias en el continente, y en la que, además, se decidió dejar en manos de los cuatro
grandes el acuerdo sobre esta tema, que, de no lograrse en el plazo de un año, como así
ocurrió, debía resolverse por la Asamblea General de la ONU (Suleiman, 2013, p. 35).
Uno de los pocos miembros africanos de la ONU, Etiopía, deseaba fervientemente la
anexión al Imperio Etíope de la desgajada Eritrea, cuya población se manifestaba a un
50 por ciento en favor de la unión o reunión con Etiopía, mientras que la otra mitad
prefería constituir un Estado independiente, según el informe elaborado sobre el terreno
por la Comisión de los cuatro grandes. Una Comisión de la Asamblea General de la
ONU envió una Comisión, formada por representantes de 5 países (Birmania,
Guatemala, Noruega, Paquistán y la Unión Sudafricana), con el encargo de elaborar un
informe sobre los deseos de la población de Eritrea. Los cinco países mantuvieron tres
posiciones divergentes: Noruega abogó por la incorporación al Imperio Etíope,
Birmania y la Unión Sudafricana lo hicieron por la federación de Eritrea a Etiopía,
Guatema y Paquistán se decantaron por la independencia del territorio tras un período
de mandato bajo los auspicio de la ONU (Suleiman, 2013, p. 38). La Asamblea votó, en
diciembre de 1945, la federación de Eritrea a Etiopía a través de su resolución 390 A
(V), que sirvió de base jurídica para la federación tras un período de transición de casi
dos años (Negash, 1997, pp. 184-187), que finalizó, en septiembre de 1952, con la
elección de una Asamblea eritrea y la aprobación de una Constitución que dejaba, tal y
como fijaba la resolución de la ONU, en manos de Etiopía asuntos tales como defensa,
asuntos exteriores, política financiera y monetaria. El emperador de Etiopía, vista su
forma de ver la gobernación de su reino, que lo trazaba constitucionalmente como un
monarca absoluto, no era un buen presagio para una perdurable federación, en la que,
además, Eritrea era el único Estado miembro. Esta federación terminó tras múltiples
vulneraciones de la autonomía eritrea por parte del Gobierno etíope, en 1962, con la
anexión al Imperio Etíope, lo que dio lugar a una larga y cruenta guerra, que terminaría
con la independencia de Eritrea en 1993 (Negash, 1997, pp. 144-145).
2.C El federalismo neocolonial
Un ejemplo, no el único lo constituye previsto en el la Ley Fundamental del Congo
belga independiente, aprobada por el Parlamento belga. La Ley Fundamental, de 19 de
mayo de 1960, relativas a las estructuras del Congo, se elaboró por el Parlamento de
Bruselas como marco jurídico para el futuro Estado Independiente. estuvieron en vigor
formalmente hasta la aprobación de la Constitución de 1964. En 1960, Katanga declaró
unilateralmente la independencia de la República de Congo ex belga, dotándose de una
Constitución. La Ley Fundamental recogía en su artículo 7 la división del Congo en 6
provincias, permitiendo la creación de otras por ley. Dividía sus instituciones entre
centrales, provinciales y locales. Entre las primeras, regulaba la figura del Jefe del
Estado, el Gobierno y un primer ministro, además de un Parlamento bicameral (Senado
y Cámara de Representantes). Las instituciones provinciales eran un Gobierno
provincial dirigido por un Presidente provincial, y una Asamblea legislativa. En ningún
momento se habla de Estado federal de la República del Congo. Este texto de
elaboración metropolitana sería suplido con la Constitución de la República
Democrática del Congo de 1964, que también tenía carácter federal, aunque no se
mencionase tal condición. La República se dividía en el territorio de la ciudad de
Leopoldville y de 21 provincias autónomas, entre las que llama la atención la división
provincial de la rebelde Katanga. En su Título III regula la distribución de competencias
entre el Estado y las provincias, declarando que son exclusivas de una de ellas o
concurrentes. El Título V se refiere a las instituciones nacionales que son: el presidente
de la República, el Gobierno, dirigido por el primer ministro, un Parlamento bicameral
(Senado y Cámara de Diputados), a los que añade frente a la Ley Fundamental de 1961,
un Tribunal Constitucional y los tribunales. Las instituciones provinciales
permanecieron con idéntico nombre que los recogidos en la Ley Fundamental. Esta
Constitución decayó tras el golpe del general Mobutu, que dotaría al país de la
Constitución de 1967, que definía al Estado como unitario en su artículo 1. También
africanizó el nombre de su capital, que se denomina Kinshasa desde entonces.
2.D El Estado federal como forma de acomodo de la diversidad étnica en un único
Estado o como instrumento de pacificación postconflicto bélico
Podemos subdividir estas experiencias entre las que surgieron en los primeros textos
constitucionales como fórmulas de acomodo de la diversidad étnica y/o religiosa, como
ejemplarizan los frustrados primeros textos constitucionales de Uganda y la República
Democrática del Congo (RDC); el federalismo como vía de solución de un conflicto
bélico, que es el caso de Somalia, Etiopía, Sudán y Comoras; y los casos de Estados
federales con éxito desde el acceso a la independencia, como lo son las federaciones de
Nigeria y el peculiar ejemplo de la República de Sudáfrica. Un caso aparte lo representa
Sudán del Sur.
La Constitución ugandesa de 1962, que fue suspendida en abril de 1966, señalaba que el
país lo constituían " Estados federados, distritos y el territorio de Mbale" (art.2.1). En el
2.2 recogía cuáles eran los Estados federados, que eran 4 reinos, entre los que estaba
Buganda, y un territorio, así como los distintos distritos. En los siguiente artículos
prescribía las competencias de los estados federados, que se recogerían, a su vez, en
Constituciones de los estados miembros, y de la Federación. En el capítulo IV se
regulaba la figura del Presidente y del Vicepresidente de Uganda. Se hablaba de un
Parlamento unicameral y la figura de un primer ministro. Esta Constitución fue el
resultado de una larga negociación en un intento de conciliar los intereses contrapuestos
entre el reino de Buganda, el de Basoga con los del resto del país (Morris, 1966, p. 112).
La cuestión federal en Sudán surge de las aspiraciones de Sudán del Sur de llegar a un
futuro federal en el momento de la independencia del país (Ouma, 2005, p. 19). El 1 de
enero de 1956 se produjo la salida de los británicos de Sudán. El país comenzó a regirse
por una Constitución interina, que resucitaría en los cortos períodos de apertura
democrática entre dictaduras militares y teocráticas que se sucedieron hasta los años 90.
El primer texto constitucional, de 1956, fue redactado por académicos británicos y
dejaba sin resolver temas cruciales como el federalismo y el islam en el nuevo Estado
(Natsios, 2012, p. 42). Generalizando, se puede decir que el norte árabe y musulmán
tenía una visión unitaria mientras que el sur cristiano y animista era proclive al
federalismo. La solución federal la encontramos en los acuerdos de paz que supusieron
una tregua previa a la independencia de Sudán del Sur, en 2011 (LeRiche y Arnold,
2012, p. 24 y ss.). Producto de los acuerdos de Addis Abeba, que dieron fin a la primera
guerra civil norte-sur fue la Constitución de 1973, que continuó definiendo al Estado
como unitario, pero en la que se contemplaba una cierta autonomía y una Asamblea
legislativa propia de Sudán del Sur, que dispondría, además, de instituciones propias y
de un número de ministros dentro del Gobierno de Jartum (Ouma, 2005, p. 24). El
incumplimiento de lo acordado significó el inicio de la segunda guerra civil norte-sur,
que daría luz a la Constitución de 1998. En su artículo 2, la Constitución de 1998
definió a Sudán como un Estado federal gobernado de acuerdo a los principios
federales. El art. 27 garantizaba la libertad religiosa, cultural y del uso de su propia
lengua por los diferentes grupos. Preveía un conjunto de instituciones federales y de los
estados miembros, tales como un Presidente federal, elegido por un período de 5 años y
asistido por dos vicepresidentes; un gobernador estatal, que sería elegido por la
Asamblea regional de entre 3 candidatos seleccionados por el Presidente federal de
entre 6 nominados de un colegio electoral ad hoc formado por miembros de la
Asamblea federal y de la Asamblea regional respectiva y votado por la Asamblea estatal
o regional. El legislativo federal era unicameral (Asamblea Nacional), lo mismo que el
estatal (Asamblea estatal). Ambos mandatos eran de 4 años. El artículo 108 en el que se
listaban los 26 estados en los que dividía la federación con sus respectivas capitales
(Mo, 2014, p. 96). Estos principios serían recogidos, como parte de nuevos acuerdos de
paz, en la Constitución sudanesa de 2005, que fue el resultado de unos nuevos acuerdos
de paz que darían lugar al definitivo referéndum de autodeterminación de Sudán del Sur
en 2011. Este texto no habla explícitamente de federalismo, pues en su artículo 1 se
limita a señalar que la República de Sudán es un Estado soberano democrático,
descentralizado, multicultural, multiracial, multiétnico, multireligioso, multilingüístico
en que coexisten dichas diversidades. Se reconocen las lenguas del país como
nacionales, pero reconociendo al árabe su posición preeminente, al ser ampliamente
conocido por la población, y al inglés como lenguas de trabajo y educación (art. 8). El
artículo 24 reconocía dos niveles de gobierno, el nacional, y el de Sudán del Sur. El art.
25 regulaba la devolución de poderes a los niveles de gobierno descentralizados. Las
instituciones ejecutivas nacionales son el Presidente y el Consejo de Ministros. El
Presidente tenía dos Vicepresidente, uno de Sudán del Sur y otro del norte, además de
un Parlamento bicameral (Asamblea Nacional y Consejo de los Estados). Se remitía a la
Constitución interina de Sudán de Sur para la delimitación de las instituciones de este
territorio. Lo más novedoso de la Constitución de 2005 es que, en su artículo 219, se
reconoce el derecho de autodeterminación al pueblo de Sudán del Sur. En los artículos
siguientes (del 220 al 222) se recoge la aprobación de una ley de referéndum de
autodeterminación, que tenía que ser elaborada en un período de 3 años por la Asamblea
Nacional, así como un plazo de 6 años, que se cumplió, para la celebración de dicho
referéndum, que debía ser puesto en marcha con supervisión de la ONU. El art. 177 y
siguientes dejaba en manos del legislativo sudanés la el número y nombre de los futuros
estados miembros, sus límites geográficos y su configuración institucional (ejecutivo,
legislativo y judicial), que, en todo caso, debía respetar la de los estados miembros
diseñada en la Constitución interina de Sudán del Sur.
La Constitución de Sudán del Sur, tampoco define a este nuevo país como federal,
aunque, al igual que la interina de Sudán de 2005, lo hace como Estado descentralizado.
En su capítulo dedicado al sistema de gobierno descentralizado, señala que existen 3
niveles de gobierno (federal, estatal y local). Los órganos institucionales se asemejan a
los de la Constitución interina de su antiguo Estado, la de 2005 de Sudán. Los artículos
162 y siguientes se refieren a los estados de Sudán del Sur, que son 10, que se regirán
por Constituciones propias en concordancia con la de la federación. Sus instituciones
regionales son una Asamblea legislativa y un Gobernador. Como es bien conocido,
Sudán del Sur se encuentra dentro de la lista de Estados fallidos por estar en guerra civil
entre diferentes grupos étnico-territoriales.
Somalia, cuyo actual territorio estuvo en el pasado dividido entre un norte británico, el
actual cuasi Estado independiente de Somalilandia, y el italiano sur, que también
decidieron unirse en un único país, asimismo, bajo un modelo de Constitución federal.
Somalia, que lleva más de treinta años como Estado en colapso y sin visos de mantener
una situación de Estado fallido, fue, como ya he dicho, producto de la unión de la
Somalia italiana y británica. Es un Estado formado fundamentalmente por una única
etnia, la somalí, y una sola religión, la musulmana. Por tanto, de población homogénea
cultural, religiosa y lingüísticamente, lo que contrasta con otros países vecinos, como
Kenia o Etiopía, y del resto del continente, aunque profundamente divida
tradicionalmente en clanes y subclanes o familia de clanes que compiten entre sí (Lewis,
2011). Los somalíes quedaron divididos en cinco territorios tras el reparto colonial de
África. La Somalia Francesa, Costa de los Somalíes, hoy Djibuti (en español Yibuti), en
la que conviven con una mayoría Afar, la Somalia británica, hoy conocida como
Somalilandia, la mayoría de origen somalí que habita la región del Ogaden en Etiopía,
la Somalia italiana, que constituye la parte sur del país y que es donde se encuentra la
capital, Mogadiscio, y los habitantes somalíes de la actual Kenia (Lewis, 1958b, pp.
344-358). Esa es la razón de que la bandera de Somalia tenga una estrella de cinco
puntas. Somalia italiana fue ocupada por tropas británicas en 1941. Posteriormente, en
1950, esta colonia volvió a ser administrada desde Roma (Lewis, 2011, p.32). El 26 de
junio de 1960, Somalilandia alcanzó la independencia, y cuatro días después, el 1 de
julio de 1960, se unió a la también independiente Somalia italiana. La Constitución de
la República de Somalia fue votada en referéndum, el 20 de junio de 1961. El texto
constitucional fue apoyado masivamente en el sur del país (el antiguo territorio
italiano), pues logró el voto favorable del 90 por ciento de los electores con una alta
participación, y escasamente en el norte, en la que fue rechazada por el 52 por ciento del
electorado que, además, no acudió sino en menos de un 50 por ciento a votar. Esta
Constitución consagró en su artículo 1 al país como "una República unitaria,
democrática y representativa". La guerra del Ogadén con su vecino etíope sumió al sur
del país en el caos provocado por distintas facciones clánicas y subclánicas lideradas
por señores de la guerra del que no se ha repuesto (Marchal, 2007). Frente a esta
"gobernación sin gobierno" (Menkhaus, 2007) del Estado de Somalia han surgido
governanzas subnacionales en diversas partes del territorio somalí, como la declaración
de independencia unilateral del noreste, el 18 de mayo de 1991, con el nombre de
República de Somalilandia, o el gobierno no separatista, pero autónomo, de Puntlandia,
que cuenta con su propia Constitución como estado federado de la Federación de
Somalia, que han mejorado sustancialmente la vida de sus habitantes frente a la caótica
parte de sur de Somalia (Pozo Marín, 2008). La solución federal al problema somalí se
estableció en la Constitución de transición de 2004, producto de la Conferencia de
Nairobi entre las facciones en conflicto. Producto de este texto de transición es la
Constitución de la región autónoma de Puntlandia. La Asamblea constituyente elaboró
una Constitución federal provisional, el 1 de agosto de 2012. En su artículo 1 se define a
la República de Somalia como democrática, soberana y federal. Se establecen dos
niveles de gobierno, el federal y el de los estados miembros. Los límites de cada uno de
los estados miembros son los de las regiones autónomas existentes en 1991. Frente a la
única cámara de la Constitución de transición, la de 2012 divide el parlamento en
federal en dos cámaras. Ambas cámaras elegirán en sesión conjunta presidida por el
presidente de la cámara alta, que es la que representa a los estados federados, al
Presidente federal.
Las pequeñas Islas Comoras3, independientes desde mediados de los años setenta del
pasado siglo, han tenido dos Constituciones federales a lo largo de su agitada vida
política. La última Constitución, la de 2001, fue producto de los acuerdos de paz para
acabar con la revuelta secesionista de la isla de Anjuan. La división de la sociedad de
Comoras es producto de la Geografía y del hecho de ser islas, no de diferencias
religiosas o étnicas, pues un país homogéneo cultural, religiosa y étnicamente (García
Rojas, 2013, p. 1890). Este archipiélago, formado por cuatro islas, votó, en 1975,
independizarse de Francia. El apoyo a la emancipación fue claramente favorable en tres
islas, pero contrario en Mayotte, que es hoy un territorio DOM de Francia (García
Rojas, 2011, p. 399). Su primer texto federal, de principios de los ochenta, no se aplicó
nunca, pues se gobernó por decreto. La actual Constitución federal, que data de 2001,
trata de conciliar los intereses de las tres islas, sobre todo, de las dos mayores, para
frenar el independentismo insurreccional de la isla de Anjuan, en mayor medida, y de la
pequeña isla de Mohelí frente a Gran Comora, donde se encuentra la capital. Para ello
regula un sistema concordatario de equilibrios entre las islas que se extiende a la
selección de candidatos presidenciales, en una primera vuelta en una isla, para
posteriormente los dos más votados acudir a una elección presidencial de la totalidad
del pueblo de Comoras (García Rojas, 2012b, p.176). El Presidente de una isla es
ayudado por dos vicepresidentes, uno por cada una de las dos restantes. También se
iguala una parte de la representación parlamentaria por islas y otras instituciones del
Estado. Cada isla cuenta con una Ley Fundamental que organiza su estructura
institucional.
2.E El Estado federal como fórmula de éxito en sociedades complejas africanas: la
República Democrática Federal de Etiopía, Nigeria y la República de Sudáfrica
Etiopía y Nigeria son dos casos de lo que se ha venido en denominar federalismo étnico.
En Etiopía viven más de 80 etnias, que hablan lenguas diferentes y profesan religiones
distintas, y que, además, habitan sus respectivos espacios geográficos (Tewfik, 2010, p.
4). Al finalizar la guerra frente al llamado régimen leninista del Derg, en 1991, se inició
un período de transición en el que los partidos étnicos de oposición al Derg, liderados
por el de Tigray ((EPRDF), pondría los cimientos del federalismo étnico etíope
3 Para una mayor información y análisis de los casos de Comoras, Etiopía y Nigeria, remito a mi trabajo J.A. García Rojas, 2013.
(Mangisteab, 2001, p. 20), que cristalizaron en la Constitución de transición que duró
hasta 1994. La Asamblea constituyente aprobó, en diciembre de 1994, la vigente
Constitución de la República Democrática Federal de Etiopía, que entró en vigor en
1995. Entre sus características más sobresalientes está el reconocimiento del derecho a
la autodeterminación de las comunidades etnolingüísticas, regulando el procedimiento
para ejercerlo (García Rojas, 2013, p. 1876). Al referirse a la diversidad étnica, la
Constitución habla indistintamente de "Naciones, nacionalidades, pueblos y
comunidades etnolingüísticas. Etiopía se divide en instituciones federales y estatales.
Cada nivel de gobierno tiene órganos legislativos, ejecutivos y judiciales. se reconocen
9 estados miembros y dos ciudades autónomas federadas. Las instituciones federales
son: un Presidente, un primer ministro, elegidos por el parlamento federal, y su
gobierno, un legislativo bicameral, el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional.
pese a todo, Etiopia es formalmente un Estado federal con un escaso peso de los estados
miembros en la gobernación del país (Ishiyama, 2010, p. 309).
Nigeria tiene una larga tradición federal que se remonta a los tiempos coloniales (García
Rojas, 2013, p. 1860). Las Constituciones coloniales de 1951 y 1954 dividieron el
enorme territorio nigeriano en tres regiones -la predominante musulmana región Norte,
la cristianan y animista Este y la yoruba Oeste-. Como escribió Awolowo, en 1947,
"Nigeria no es una nación. Es una mera expresión geográfica" (Nugent, 2004, p. 89).
Ya desde la primera Constitución de Nigeria independiente, la de 1960, se mantuvo la
división en tres regiones y un territorio federal en el que se asentaba la entonces capital,
Lagos. La región Oeste decidió independizarse y formar el Estado independiente de
Biafra, en 1967, lo que dio lugar a una guerra que finalizó tres años después (Ekwe-
Ekwe, 1991). A partir de esa fecha, la política federal ha consistido en sudividir los
estados existentes y conformarlos como unidades territoriales de clara mayoría de
étnica, lo que ha dado lugar a que en la actualidad, Nigeria, conste de 36 estados
miembros. Básicamente, la actual Constitución sigue lo dispuesto en la de 1979
(Ihonvbere, 2000, p. 346). Sus instituciones federales son la Asamblea Nacional
bicameral (Senado y Cámara de Representantes), un Presidente, que es elegido junto a
un Vicepresidente, y los Ministros federales. Las de los estados miembros son: una
Asamblea estatal unicameral, un Gobernador, del estado, un vicegobernador y los
comisionados, que equivalen a los ministros en el escalón federal. existen tribunales
federales y estatales. El Senado, cámara federal territorial, la forman 3 Senadores
elegidos por cada uno de los 36 estados miembros y 1 por la capital federal, Abuja
(García Rojas, 2013, pp. 1868-1869). Las lenguas oficiales son el inglés, el hausa, el ibo
y el yoruba, que son los idiomas predominantes en las tres regiones tradicionales. Por
último, la elección presidencial necesita del consenso de un determinado porcentaje de
votos de los 36 estados miembros.
La República de Sudáfrica es uno de los Estados africanos con un mayor grado efectivo
de descentralización política y administrativa. Como es bien sabido, este país excluyó a
la mayoría de sus habitantes de la vida política por cuestiones de orden racial. El
régimen del apartheid, que había sido instaurado al ganar las elecciones el Partido
Nacional (PN), en 1948 (Rich, 1984), que se mantuvo en el poder hasta la celebración
de las primeras elecciones no excluyentes por razón de raza y la aprobación de la
Constitución interina de 1993 (Tonder, 1996, p. 11)., que fue producto de la
negociación entre las elites sudafricanas (Herbst, 1997-1998), representadas por el
futuro presidente -Mandela- y vicepresidente -de Klerk- interinos. La Constitución
vigente, que fue promulgada en diciembre de 1996, recogió muchos de los principios
recogidos en la Constitución de 1993, pero realizando importantes cambios (Bauer,
Taylor, 2011, p. 268), aunque no en su forma de descentralización política, que, aunque
no se especifique en ninguno de los dos textos, mayoritariamente es definida como
federal. La división provincial de la Sudáfrica del apartheid cambió tanto en el número
como en el de las entidades descentralizadas, que, aunque conservaron su nombre de
provincias, pasaron a ser nueve con delimitaciones territoriales diferentes. Tanto los
blancos como los zulúes defendían una concepción más descentralizada y federal del
Estado, mientras que el partido predominante en el poder, el ANC de Mandela, apostaba
por una concepción unitaria (Kotzé, 1996, p. 41), que favoreciera la consolidación de
las instituciones del Estado, pero también de la cuasi hegemonía del ANC en la vida
política sudafricana (Mattes, 2002). La Constitución vigente define en su artículo 1 a la
República de Sudáfrica como "one, sovereign, democratic state". No aborda, por tanto,
formalmente su forma de Estado federal. Lo que si hace es declarar 10 de sus lenguas
como oficiales, entre ellas y junto a las nativas, el afrikaner y el inglés. En su capítulo
tercero regula su forma de gobierno con el apelativo de "cooperativo", para lo que añade
que en la República el gobierno se constituye en esferas de gobierno central, provincial
y local, que son distintas, interdependientes e interrelacionadas (artículo 40). En el
capítulo cuarto diseña un parlamento bicameral (Asamblea Nacional y Consejo
Nacional de las Provincias). Habla de dos legislativos, el central y el provincial. La
composición del Consejo Nacional de las Provincias se define, en su artículo 60, como
una simple y "única delegación de cada provincia" formada por 10 miembros cada una.
De estos 10 delegados, 4 son definidos como especiales y son el Primer ministro
provincial, y si no fuera posible cualquier miembro de la legislatura provincial
designado por él, para un único asunto o durante un período de tiempo determinado, y
otros 3 delegados especiales más. Los restantes 6 delegados, denominados permanentes,
serán elegidos por los partidos presentes en la legislatura provincial respectiva. El
capítulo sexto constitucional regula las provincias. Comienza listando las 9, para a
continuación, hacerlo con sus estructura institucional, que se divide en un legislativo
provincial, que aprobará la Constitución federal y cuyos miembros serán elegidos
siguiendo un sistema electoral recogido en la legislación nacional, mediante una
fórmula proporcional, que, además, señala que no podrá ser inferior a 30 ni superior a
80 representantes, también definido dicho número por leyes estatales y no provinciales.
El ejecutivo provincial lo constituye un Primer Ministro provincial, conocido con el
nombre de Premier, que debe ser miembro de la legislatura provincial y votado por ésta,
y un Consejo Ejecutivo provincial, que mandata la Constitución que no puede tener ni
menos de 5 ni más de 10 consejeros, debiendo ser presidido por el Premier. Por último,
el ejecutivo nacional está recogido en el capítulo 5 de la Constitución. Lo forman el
Presidente, al que no se define como federal, y el Ejecutivo Nacional. El Presidente es
Jefe de Estado y Jefe del gobierno, denominado, Gabinete. El Presidente debe ser
miembro de la Asamblea Nacional y elegido por esa misma cámara, que, también, podrá
revocar su mandato por el voto de una mayoría cualificada de sus miembros. Una vez
tome posesión deja de ser parlamentario. No puede estar sino dos mandatos en el poder.
3. Algunas primeras conclusiones tentativas
Primero, el federalismo africano hunde sus raíces en la Historia de África anterior a la
independencia. Podemos hablar de un federalismo colonial, neocolonial y otro producto
del pensamiento panafricano.
Segundo, desde la independencia, e, incluso, antes, el federalismo fue visto como un
obstáculo para la necesaria construcción nacional de unos nuevos Estados que se
caracterizan por su pluralidad étnica, cultural, lingüística, religiosa y, más importante de
lo que podría pensarse, con una fuerte herencia de sus antiguas potencias colonizadores,
que han actuado como barreras prácticamente infranqueables para la consumación del
ideal panafricano de construcción de unos Estados Unidos de África.
Tercero, El federalismo ha sido una fórmula ensayada para acabar con enquistados
conflictos étnicos y territoriales, aunque, salvo excepciones, como los casos de Etiopía y
Comoras, y, en otro orden de cosas, Nigeria, no han dado los frutos esperados como
fórmula de acomodo de la diversidad africana.
Cuarto, no todos los federalismos africanos cabrían dentro de una concepción de esta
forma de Estado territorial del Derecho Constitucional, ni todos los Estados africanos
que así se definen o así son definidos, son formas de gobierno de poder compartido, por
llegar a una definición mínima del término.
Quinta, se observa una marcada tendencia hacia la centralización política, incluso en los
Estados federales más democráticos y cumplidores de la sumisión a los ideales del
estado de Derecho, como es el caso de Sudáfrica.
y sexta, existen varios mecanismos centralizadores, unos marcadamente institucionales
y otros exógenos al texto constitucional, como partidos predominantes, Sudáfrica,
hegemónicos, como Camerún, o instituciones como las Fuerzas Armadas, que es, en mi
opinión, el caso de Nigeria.
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