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XI Seminario de RedMuni: “Repensando la Agenda Loca l”
19 y 20 de octubre de 2012.
Universidad Nacional Arturo Jauretche.
Título de la ponencia: Ordenamiento Territorial y Justicia Ambiental. Expe riencias
comparadas en municipios de la provincia de Córdoba
Nombre de autores: Yamila Ferreyra, Cecilia Carrizo y Mauricio Berger
Pertenencia institucional: IIFAP – UNC
Email: yam.ferreyra@gmail.com
RESUMEN
El trabajo se basa en una investigación comparativa en curso sobre tres experiencias
de Ordenamiento Territorial (OT) en la Provincia de Córdoba: La Calera, Carlos Paz y Alta
Gracia.
Interesa analizar los límites y posibilidades de estos procesos como espacios de
institucionalización de la Justicia Ambiental en el tratamiento y resolución de los conflictos
ambientales. Entendemos la Justicia Ambiental como la convergencia de discusiones teóricas
y prácticas sobre la actualización del estado democrático de derecho que promueve
innovaciones institucionales basadas en la soberanía popular y los derechos individuales y
colectivos en situaciones de injusticia ambiental, caracterizadas por la desigual distribución del
riesgo y el daño ambiental. A tal fin, se propone presentar en primer lugar la normativa
nacional, provincial y los intentos de generación de legislación municipal desde el marco y
prácticas del Ordenamiento Territorial.
En segundo lugar, se avanza sobre el análisis de las experiencias de formulación de los
Planes de OT. En ellas se expresan asimétricos intereses con una alta conflictividad en torno
a la definición y resolución de los problemas ambientales, sociales, sanitarios y de servicios.
2
En este marco, las experiencias cordobesas se diferencian entre dos que se generan como
tecnología de gestión desde las estructuras del estado y otra desde la movilización ciudadana
en defensa de sus derechos y el ambiente. En ambos casos, los procesos interpelan a las
instituciones responsables de la planificación y a la misma práctica de la planificación
bregando por una nueva articulación entre saberes político-técnico/administrativos y
ciudadanos en la gestión del territorio. En relación a esta problemática, se presentará una
reconstrucción de las experiencias centradas en estas articulaciones, en este caso de la
experiencia de La Calera.
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Normas y principios del Ordenamiento Territorial
Nuestro contexto de investigación se conforma tanto con las discusiones teóricas como
prácticas, en torno a la actualización del estado democrático de derecho como proyecto de
una institucionalidad basada en la soberanía popular y los derechos individuales y colectivos.
No sólo académicos, funcionarios y técnicos se encuentran inmersos en él, sino un espacio
público ciudadano que crece en redes públicas no estatales desde las que defiende la vida, la
salud y el ambiente (Carrizo y Berger, 2009).
La promoción gubernamental de planes y empresas extractivistas, la vigencia de viejas
y nuevas normas que promueven la explotación de los recursos naturales y el incumplimiento
impune de la legislación ambiental destinada a regular y/o evitar la contaminación, contribuye
a una lectura de la situación como “capitalismo por desposesión” (Harvey, 2007). La violencia
y el despojo no constituiría una etapa superada en los orígenes del desarrollo capitalista, sino
una constante en un mundo en globalización.
En la provincia de Córdoba la expansión de la frontera agropecuaria y el monocultivo
de la soja transgénica, el desalojo de poblaciones campesinas, migraciones espontáneas y
tomas de tierras, el desmonte, la apropiación de los recursos hídricos por nuevos proyectos
productivos sin evaluaciones de impacto ambiental, la expansión no planificada de
urbanizaciones privadas (countries), entre otros, constituyen procesos actuales con fuerte
impacto sobre la vida de la ciudadanía tanto urbana como rural y el ejercicio de sus derechos.
La proliferación de problemas ambientales, sociales, sanitarios y de servicios y la movilización
ciudadana en defensa de sus derechos y el ambiente interpelan a las instituciones
responsables de la planificación y a la misma práctica de la planificación (Carrizo y Berger,
2010).
Desde el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, la cuestión
se está abordando desde la comprensión de la recuperación del rol del estado en la
planificación territorial. Expresión de ello constituye el Anteproyecto de Ley Nacional de
Ordenamiento Territorial, que entiende “que las políticas públicas relativas a la regulación,
ordenación, ocupación, transformación y uso de suelo tienen como finalidad común su
4
utilización conforme al interés general y según los principios del desarrollo sustentable”1. El
OT es definido como un instrumento de política pública, destinado a orientar el proceso de
producción social del espacio, mediante la aplicación de medidas que tienen por finalidad el
mantenimiento y mejora de la calidad de vida de la población, su integración social en el
territorio y el uso, y aprovechamiento ambientalmente sustentable y democrático de los
recursos, económicos, sociales, naturales y culturales. La gestión del territorio se considera
una función pública indelegable, que organiza los usos del suelo de acuerdo al interés
general. Desde este marco, los Principios Rectores del Ordenamiento Territorial son de
carácter general: equidad del desarrollo territorial, sustentabilidad, conciliación del desarrollo
social, ambiental y económico, suelo como recurso natural, ciudad como producto colectivo,
racionalidad del uso y explotación del suelo urbano y no urbano; de carácter institucional:
respeto por las autonomías, articulación institucional, interjurisdiccionalidad, participación
ciudadana; y de carácter operativo: planificación estratégica, coherencia de los planes,
cooperación técnica y financiera, actualización y revisión, recuperación de plusvalías,
concentración de usos industriales, accesibilidad universal.
En la Provincia de Córdoba, la normativa que establece criterios para el Ordenamiento
Territorial (OT) y la regulación de los usos de la tierra está conformada por diferentes leyes2 y,
específicamente en relación al Ordenamiento Territorial, en el año 2010, fue aprobada la Ley
Nº 9841 destinada a la Regulación de los usos del suelo en la Región Metropolitana de
Córdoba. También cabe destacar la realización del Plan Estratégico Territorial desde el
Ministerio de Obras Públicas. Entre los objetivos de la ley destacamos: a) Preservar, promover
y recuperar atributos ambientales en su dimensión social, cultural, productiva, ecológica,
paisajística y urbanística de la región; b) Coadyuvar a la utilización racional y prudente de los
recursos evitando su depredación, atento al compromiso y responsabilidad para con los
tiempos y generaciones futuras (sustentabilidad); c) Establecer políticas de Estado y planes
de mediano y largo plazo compartidos por las diferentes áreas competentes del Estado
1 El anteproyecto de Ley Nacional de Ordenamiento Territorial que fue puesto a disposición del Poder Ejecutivo Nacional y de los ejecutivos provinciales el día 7 de septiembre de 2010. Disponible en: <http://www.planif-territorial.gov.ar/html/anteproyecto/>. [Fecha consulta 26/04/2012]. 2 La Ley Nº 4146, que reglamenta el fraccionamiento de la tierra en el territorio de la Provincia, la Ley Nº 7343 que establece los Principios Rectores para la Preservación, Conservación, Defensa y Mejoramiento del Ambiente, las leyes que rigen las áreas naturales provinciales y sus ambientes silvestres, la Ley Nº 6964 y complementarias , entre otras.
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Provincial y las municipalidades y comunas involucradas espacialmente en el ámbito de
aplicación; e) Definir instrumentos de planificación para la gestión del territorio, según
mecanismos institucionales que garanticen la participación ciudadana y el tratamiento
interjurisdiccional; g) Facilitar la toma de decisiones para orientar inversiones y definir
prioridades en los sectores públicos y privados. A partir de estos objetivos podemos visualizar
la relevancia de estas decisiones para el tratamiento y resolución de las problemáticas
ambientales, en las que confluyen asimétricos intereses con una alta conflictividad.
A nivel municipal se han sucedido varias experiencias en la provincia. Las
comprendidas en el análisis son las de Alta Gracia, Carlos Paz y La Calera. Desde nuestra
perspectiva resulta relevante que mientras las dos primeras constituyen tecnologías de
gestión desarrolladas desde las estructuras de los estados municipales, la de La Calera es
una iniciativa que emerge de la ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil. Por tal
motivo, el análisis se propone como comparativo, a fin de detectar las similitudes y diferencias
en los procesos y resultados, así como las posibilidades y límites en relación a la gestión de
los problemas ambientales.
En el caso de La Calera, el Ordenamiento Territorial se presenta como una alternativa a
una práctica de planificación vertical y tecnocrática tradicional, asumiendo el nombre de
proceso de Ordenamiento Territorial Participativo (OTP). Conforme a uno de sus
protagonistas, “el ordenamiento territorial surge, actualmente, en el orden internacional como
una forma más activa y participativa de canalizar y articular la acción ciudadana con los
intereses empresariales y las funciones del Estado, en defensa de la calidad de vida actual y
de aquella de las generaciones por venir” (Palacios, 2010)3. Otros protagonistas resaltan su
carácter inclusivo, “el que está se queda” fue una frase usada en el OTP frente a la amenaza
de actores extraterritoriales que quieren organizar el territorio desde afuera. Otra
particularidad fue la problematización de la misma idea de territorio y posibilidades de
consenso, “el ordenamiento territorial es una contradicción si lo entendemos como algo que
3 El equipo técnico del Aula Abierta de Montaña (AAdeM) (Programa de Recursos Humanos según resolución 632/99 del Honorable Consejo Superior de la Universidad Nacional de Córdoba) editó en 2010 el libro “Decidirnos a Decidir” que relata la experiencia de gestación de la unidad de la Reserva Natural Militar y la Reserva Hídrica y Recreativa Natural Bamba.
6
pretende generar un orden en un territorio donde sabemos que existen conflictos y que no hay
consenso porque el territorio es un lugar de disputa”. Desde este marco, la experiencia pone
desde sus inicios la prioridad en la participación y en el tratamiento del conflicto. (Salguero en
Palacios et al, 2010:42).
7
La experiencia del OTP de La Calera
A los fines de contextualizar esta presentación referimos brevemente a las experiencias
en las localidades de Alta Gracia y Carlos Paz para luego detenernos en la de La Calera.
La ciudad de Alta Gracia, ubicada a 36 kilómetros al sudsudoeste de la ciudad de
Córdoba y con una población de 46.000 habitantes, presenta un desarrollo turístico histórico
amenazado por problemas principalmente de contaminación con agrotóxicos en suelo y agua.
El Ordenamiento Territorial es propuesto desde el municipio a partir de 2007, contemplando la
elaboración de un código urbanístico y otro de edificación4. Uno de los puntos conflictivos que
provocó la reacción de la ciudadanía fue la posible autorización de barrios cerrados en los
márgenes de la ciudad por la extensión del ejido municipal. En este caso, desde la misma
experiencia es cuestionada la metodología de inclusión de la participación ciudadana5.
Por su parte, la ciudad de Carlos Paz, el mayor centro turístico provincial, ubicado en el
valle de Punilla, a 36 kilómetros de la ciudad capital y con una población de 56.000 habitantes,
plantea su ordenamiento territorial desde el año 2009. En este territorio uno de los problemas
ambientales críticos y de gran movilización ciudadana es la situación de eutrofización del lago
y el estado de la cuenca. El objetivo del Plan fue regular las obras privadas en el ejido
municipal. Si bien la Carta Orgánica de la ciudad prohíbe la instalación de barrios cerrados,
existe un grave conflicto por el avance de la propiedad privada sobre la costa del lago. Frente
a este problema, el plan promueve determinar las líneas de ribera del embalse desde el
dominio público de las tierras, poniendo límites a la mercantilización6.
Teniendo en cuenta estas situaciones, las dimensiones prioritarias del análisis son la
participación ciudadana en los procesos y la conflictiva presente y su tratamiento en los
procesos de OT, en donde ocupa un lugar clave el crecimiento/especulación/desposesión del
suelo.
4 “Alta Gracia: vecinos discuten sobre la ciudad que anhelan”. [Fecha última consulta: 26/04/12] Disponible en: <http://archivo.lavoz.com.ar/nota.asp?nota_id=544812>. 5 Ídem anterior. "Javier Rojo (miembro de la comisión de diseño y urbanismo) indicó que el plan contempla la participación ciudadana, pero aún no se han instrumentado situaciones para que eso se logre". 6 Enmarcadas dentro del Plan de Ordenamiento Territorial que dispuso el Ministerio de Obras Públicas de la Provincia de Córdoba. Ver además “Quieren "desalambrar" las costas del lago”. [Fecha última consulta: 26/04/12]. Disponible en: http://www.eldiariodecarlospaz.com/noviembre_09/13_11_09/no0913a.html
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Algunas características de La Calera
La Calera, ciudad que se encuentra en las Sierras Chicas de Córdoba a 18 kilómetros
de la capital cordobesa, tiene el mayor nivel de pobreza (19,3%7) de la zona. Debido a la
histórica e intensiva explotación minera, su ambiente presenta un evidente deterioro a causa
de la falta de aplicación de las regulaciones existentes y de efectivos controles. A ello se suma
la explosión demográfica, producto de las políticas neoliberales de relocalización de espacios
iniciada en los años noventa, y la inversión inmobiliaria de capitales trasnacionales y
provinciales en la construcción de numerosos barrios cerrados en la última década8. La
convergencia de estos procesos ha llevado a una explosión demográfica sin precedentes,
pasando de tener 5 mil habitantes en 1980 a 35mil9 en la actualidad, en lo que se presenta
como una de las más altas tasas del país. Este aumento poblacional se realizó sin proyección
ni previsión de fuentes de trabajo, ni planificación sobre el territorio en cuanto al
abastecimiento de servicios públicos, lo que generó una situación de emergencia ambiental
permanente.
En primer lugar destacamos, la problemática territorial en torno al avance de las
urbanizaciones privadas y la amenaza permanente de desalojos de familias tradicionales y
algunas resistencias como el caso de La Otra Banda, Casa Bamba y Diquecito (barrios
ubicados en la zona rural de la localidad), y también asentamientos precarios de los últimos
años, con un 70% de irregularidad en los títulos de las viviendas 10. En segundo lugar la
distribución, suministro y falta de acceso al agua potable (coexisten barrios tradicionales sin el
servicio como es el caso de Diquecito -población semi rural, que se auto organizó para exigir
7 “Condiciones de Vida”, documento de la Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional, Subsecretaría de Desarrollo Institucional e Integración Federal. Secretaría Nacional De Niñez Adolescencia Y Familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, según estimaciones censo 2001 – Abril 2010. No hay disponibilidad de datos oficiales actualizados a la fecha. Según el Censo Provincial de 2008, el 20,5% de los hogares calerenses presenta privación material en su hogar (15,4% privación patrimonial, 3,2% privación corriente y 1,8% privación convergente). 8 Una nota publicada en diciembre de 2012, indica un incremento de 12 mil pobladores más para fines de esta década cuando se terminen de habitar los 11 barrios cerrados que están en construcción. El crecimiento en 40 años -1980 a 2020-, será de un 200 por ciento. Fuente: La Voz del Interior, “En La Calera, el 40% vivirá en countries”, especial de Guillermo Lehmann del 5/12/2012. 9 Sin datos oficiales publicados del último censo nacional 2010. 10 La temática del uso del suelo es el principal problema público. Mientras el 70% de la población calerense tiene una situación irregular en los títulos de vivienda, hay un total de 1500 poseedores que se inscribieron en el Registro provincial de poseedores a partir de la Ley 9150 de saneamiento de títulos.
9
el suministro sin respuestas oficiales efectivas11-, con ocupaciones territoriales de zonas
marginales que han aumentado en los últimos años –como el caso de Dr. Cocca, La
Campana-. Los barrios cerrados por el contrario, inmediatamente acceden al servicio de agua
potable de red, además de otros servicios). Finalmente, y en tercer lugar, el tradicional
problema de la explotación minera12 que genera problemas sanitarios por la molienda de las
canteras y la escasa distancia entre las explotaciones y las viviendas, además del sistema de
explosivos, la alteración de vertientes y cursos de agua y el incumplimiento por parte de las
empresas de la normativa vigente y la falta de ejercicio de un poder de policía por parte de
las autoridades estatales para la aplicación de la misma.
También se destacan otros problemas que atentan contra el ambiente sano, como la
falta de cloacas, la presencia de basurales, la contaminación de los ríos y arroyos, la falta de
acceso a los espacios públicos como montañas y ríos, entre otros. Fundamentalmente los
barrios de menores ingresos y las comunidades rurales de la localidad se ven afectadas por
estas problemáticas acumulando desigualdades ambientales que profundizan la vulneración
de derechos del modelo económico productivo extractivista tradicional y las nuevas mega
inversiones inmobiliarias que avanzan sobre el territorio.
A partir de nuestro trabajo de investigación acción en la escuela pública Ipem 302
“Ingeniero Dumesnil”13, pudimos corroborar una premisa de la perspectiva de la justicia
ambiental: la distribución de la contaminación en determinados espacios y la afectación de la
11 En un taller de cartografía social realizado en noviembre de 2011 desde el Aula Abierta de Montaña, los niños reconfirmaron junto con las madres las afecciones digestivas y epidérmicas por tomar y bañarse con agua del río Suquía. Además, en 2009, los vecinos ya habían costeado las cañerías de agua y el municipio sin previo aviso les habilitó agua cruda, desde el río. 12 Título 7°. La Reserva cuenta con explotaciones mineras de primera y de tercera categoría, según el Código de Minería – Ley N°1.919 y varios establecimientos para beneficios de rocas y minerales. Dichos emprendimientos se encuentran dispersos con la consiguiente dificultad para delimitar una única zona minera. Resulta así compleja la compatibilización de esta actividad con el entorno social y natural. Fuente: Proyecto de Reglamentación y Ordenamiento Territorial de la Reserva Hídrica y Recreativa Natural “Bamba”. 13 Experiencia sistematizada en el trabajo final de grado de la Lic. en Comunicación Social titulada “Justicia ambiental y ciudadanía. Experiencias de comunicación en el ejercicio y defensa de derechos desde la educación no formal”, dirigido por la Mgtr.Cecilia Carrizo y el Dr. Mauricio Berger. En esta investigación acción realizada en el barrio Dumesnil de La Calera en 2010-2011 buscamos crear un espacio de reflexión, debate y acción ciudadana en relación a la (in)justicia ambiental y social, a partir de la afectación de la salud a causa de la explotación minera, constituyendo una asamblea barrial en relación a las problemáticas ambientales y a través de la cartografía social fuimos determinando conjuntamente como el área es una zona de sacrificio que acumula diferentes afectaciones de derechos a la vida, la salud y el ambiente sano.
10
salud de sus habitantes coincide con aquellas zonas de exclusión social presentando un
paralelo entre la injusticia social y ambiental. A esta coincidencia de injusticias, el movimiento
en justicia ambiental la presenta bajo el concepto de “racismo ambiental”, ya que hay una
coincidencia geográfica en términos de exclusión. El ambiente donde desarrollan sus vidas las
poblaciones socialmente excluidas no sólo en lo económico sino también en lo racial, étnico y
cultural, coincide con aquellos lugares degradados por el desarrollo industrial (Di Chiro, 1998).
También hemos detectado prácticas de exclusión y autoexclusión política de los
espacios públicos a y por parte de los afectados por la contaminación. Tal el caso del Primer
Foro Ciudadano de La Calera en 2008. Mientras los docentes de la escuela primaria Juan
Minetti de Dumesnil pusieron en común su preocupación por la temática minera ante el
ausentismo de los niños por enfermedades ambientales y un 80% de los niños con bronco
espasmos, los vecinos afectados por la contaminación minera no llegaron a conformaron una
voz en los espacios de participación.
11
Intersección de la Reserva Bamba donde se ubica la ciudada la La Calera con la Reserva Natural Militar La Calera. Se observa al oeste el Lago San Roque y al este la ciudad de Córdoba.
Mapa realizado por el Aula Abierta de Montaña, Grupo Escalera y vecinos de La Calera.
12
El desarrollo del OTP
La experiencia de Ordenamiento Territorial Participativo (OTP) comienza en el año
2005 por iniciativa de la ciudadanía y se propone reglamentar la Reserva Hídrica y Recreativa
Natural Bamba creada en 2001 por la Ordenanza n° 59/2001. En este proceso participaron
diferentes organizaciones y ciudadanos autodenominados como Grupo Escalera con la
coordinación técnica del Aula Abierta de Montaña (AAdeM) de la Universidad Nacional de
Córdoba. Entre sus participantes podemos mencionar una diversidad de actores tales como
empresarios mineros, sindicatos, centros vecinales, docentes locales de todos los niveles,
estudiantes del nivel medio y universitario, profesionales, productores cabriteros, vecinos de
barrios (marginales) de La Calera, bomberos, jubilados, etc.
Desde un libro de autoría colectiva en relación a la experiencia, uno de los ciudadanos
locales indica que el Grupo Escalera es la continuidad de diversos procesos participativos
iniciados desde el año 2001 aproximadamente y antes. Pero en 2005, ante la avanzada
desarrollista de la localidad y con un marco legal –la ordenanza 059/2001 que crea la
Reserva- se auto constituyeron como Grupo para dar inicio a un proceso que tiene como fin la
reglamentación de la citada unidad ambiental.
Desde diciembre de 2005, las comunidades de El Diquecito y Casa Bamba se
movilizaron y se autodenominaron junto al resto de los actores como Grupo Escalera, como
una unión transitoria de organizaciones. Con el fin de generar propuestas al Ordenamiento
Territorial de la Reserva Hídrica y Recreativa Natural “Bamba”. El colectivo fue integrado por
ciudadanos y las siguientes organizaciones e instituciones: el Museo Usina Molet (EPEC-
Empresa Provincial de Energía Eléctrica), la Fundación Diquecito, Asociación por el Desarrollo
Integral de la Familia (ADIFa), la Cámara de Turismo de La Calera y la Asociación para la
Protección del Ambiente Serrano (APROAS- delegación La Calera) y ciudadanos
independientes.
Si bien el AAdeM venía realizando trabajo en la localidad en las comunidades rurales
de El Diquecito (150 habitantes) y Casa Bamba (50 habitantes), la experiencia de OTP se
abordó en toda la localidad. La experiencia identificó diversos y complejos conflictos
13
territoriales y su zonificación para realizar el diagnóstico y propuesta de reglamentación de la
Reserva Bamba.
El proceso se desarrolló durante tres años y en el tuvieron lugar distintas modalidades
de auto-organización:
-Encuentros Plenarios (EP) mensuales, con dinámica de taller donde se producía un trabajo
colectivo mensual, en los cuales los participantes protagonizaron el avance de la construcción
colectiva. En dichos EP se realizaron: Introducción en la propuesta de trabajo, la adecuación a
dinámicas grupales de los asistentes, la identificación de conflictos de la comunidad en
relación al ambiente local, como por ejemplo el avance de las urbanizaciones, los desalojos, la
explotación minera, el acceso a los recursos hídricos, la preservación del patrimonio cultural,
entre otros. Luego de la identificación de los conflictos, se abordaron los mismos en
Encuentros Temáticos.
-Encuentros Temáticos (ET) por ejemplo de Patrimonio Cultural, Problemática del Agua,
Minería de La Calera, de los cuales participó la población local y se invitó a diferentes
especialistas externos para que aporten sus puntos de vista y experiencias. La modalidad de
este espacio fue de seminario, donde se trataron los temas conflictivos. La coordinación de los
ET y la exposición principal está a cargo de quienes asistieron a los EP. Aunque estuvieron
dirigidos a toda la comunidad, se invitó especialmente a participar de estos ET a estudiantes
locales de todos los niveles.
-Talleres para docentes de las escuelas locales que canalizaron la comunicación con este
sector.
-Encuentros Rurales, en los que la población peri urbana y rural que rodean la localidad de La
Calera, fueron visitados por el Grupo Escalera con dinámicas especialmente diseñadas a tales
efectos.
-Difusión y comunicación en medios de comunicación locales.
Además es importante indicar en relación a las prácticas de auto organización durante
el proceso en el período 2005-2008 la realización de cuatro acciones colectivas relevantes en
las que participan distintos integrantes del OTP. Primero, la lucha contra el desalojo de 54
14
familias tradicionales de los barrios La Otra Banda y el Serrano por la instalación del country
de Laguna Azul (de capitales trasnacionales)14; segundo, la autoorganización incipiente de los
vecinos de Rumy Huasi que frente a la contaminación de la cantera por la molienda pétrea (ex
Servicom, hoy El Gran Ombú)15, se presentaron ante la secretaría de Ambiente de la provincia
de Córdoba pero la incipiente organización de los ciudadanos fue bloqueada por el minero en
varias ocasiones16. En tercer lugar, la aprobación sorpresiva de una ordenanza en agosto de
2008 que habilitó nuevas zonas mineras de explotación en la localidad17, y que tuvo
importante rechazo de la ciudadanía que participaba del OTP. Por último, la lucha de la
comunidad de El Diquecito por la falta de garantía en el suministro de agua potable. En tanto
este barrio viene desde el año 2001 trabajando para tener red de agua potable y en un acto
sorpresivo durante el OTP el municipio le habilitó las cañerías que los mismos ciudadanos
habían costeado. La particularidad fue que el municipio realizó el paso de agua cruda desde el
río Suquía sin el tratamiento correspondiente y que a la fecha continúa sin su potabilización
correspondiente. Estos conflictos durante la experiencia de OTP, reafirman la
problematización acerca del territorio como espacio de disputa abierto y en permanente
actividad, por lo que exige también un concepto de consenso que de cuenta de una
construcción en medio de tensiones.
Entre las articulaciones entre actores y temáticas logradas por el proceso de OTP se
destacan:
14
En referencia a la problemática de desalojos, ver investigación periodística “Hasta que un día llegaron ellos” de Dante Leguizamón y Guillermo Lehmann, ganadora del Primer Premio en Investigación Periodística del Concurso Provincial de Periodismo Rodolfo Walsh 2009 del Circulo Sindical de Prensa de Córdoba (CISPREN), disponible en <http://www.cispren.com.ar/indexmain.php?lnk=1&mnu=115&idnota=5584> 15 “Dumesnil, un pueblo ´tapado´por el polvillo. Especial de Daniel Díaz Romero para el diario Día a Día. 10/12/2007. “Viven respirando polvo en cuatro barrios de La Calera”. Disponible en <
http://archivo.lavoz.com.ar/06/09/26/secciones/grancordoba/nota.asp?nota_id=3308>
16 Si bien se realizaron los controles de impacto ambiental para atenuar la contaminación por del aire por el triturado y se intimó al minero a utilizar un mecanismo de riego, el mismo continuó la molienda de piedras y la realización de explosiones durante la tarde y noche, en las horas donde no se hacían los controles. El empresario amenazó sucesivamente a los vecinos y éstos abandonaron la defensa de derechos iniciada. E incluso no llegaron a constituirse en una voz dentro del proceso de OTP. Ver Trabajo Final Lic. en Comunicación Social antes citada. 17 En este hecho en particular, ante una nota periodística de autoría de Yamila Ferreyra en la revista La Unión Regional de setiembre de 2008, fue amedrentrada por dos funcionarios de la municipalidad ante una información off de record publicada, donde exigían que diera a conocer la fuente de información en relación a cómo se había arreglado la aprobación de la ordenanza. (hasta la fecha esta ordenanza tampoco ha sido reglamentada).
15
A nivel interno del proceso de OTP
- 30 reuniones mensuales plenarias, en Sede de Bomberos y 40 reuniones del Grupo
Fundador en Sede Fundación Diquecito
- 3 Encuentros Temáticos sobre aspectos conflictivos para el desarrollo de La Calera:
minería, agua y tierra.
- Definición de identidad, objetivos y expectativas de logro, estrategias, plan de acciones,
grupo operativo, entre otros aspectos.
- Capacitación en dinámicas grupales.
- Incremento progresivo en la inclusión activa de diferentes sectores de la ciudad.
- Participación de dos grupos de trabajo de la Universidad Nacional de Córdoba: Cátedra
de Trabajo Social Comunitario y el Aula Abierta de Montaña.
- Aportes de fondos de empresarios locales, Fundación MAPFRE, Fundación AVINA y
Facultad de Ciencias Agropecuarias de la UNC.
A nivel externo
- Instalación de la propuesta en la comunidad calerense y cordobesa.
- Disponibilidad de espacios en todos los medios de comunicación local y en algunos
importantes medios de Córdoba Capital y de Buenos Aires.
- Se presentó al Poder Ejecutivo de La Calera el Proyecto de reglamentación de la
Reserva Bamba.
Una línea de trabajo importante fue educación, a partir del intercambio en el proceso
entre el Grupo Escalera, el equipo Técnico del AAdem y las escuelas de los niveles inicial y
terciario inicialmente en diversos proyectos a partir del trabajo en los plenarios mensuales. Se
abordaron tópicos como la salud, el ambiente y la contaminación, las actividades productivas,
la basura, el bosque, los incendios, la pérdida del patrimonio cultural, entre otras. Ello se
materializó en una Feria de Ciencias en el año 2007 con eje en la Reserva Bamba. En 2008
16
se realizaron una serie de encuentros entre docentes y profesionales en diferentes temáticas
acordadas a partir de los diagnósticos realizados desde 200618.
En lo que respecta al tema minería, durante el trabajo del OTP se sucedieron también
una serie de actividades y conflictos. Tal el caso de la aprobación sorpresiva, por parte del
Concejo Deliberante de La Calera, de una ordenanza por la que creaba, entre otras, el Área
Minera BAMBA, habilitándola para este uso. El Grupo EsCalera y el AAdeM, sumados a
buena parte de la opinión pública se hicieron oír en todos los medios. Los intereses
empresariales aparecieron opuestos al sentido común y el deber político. Tras la oposición
manifiesta de vastos sectores de la comunidad local, el proyecto de ordenanza se modifica, en
cuanto al área minera Bamba, precisándola sólo en una zona, el Cerro Mogote Cortado. En
diálogo con el Ejecutivo local, también se presentó una propuesta de modificación a la
ordenanza referida para garantizar la exclusión de actividades minero extractivas en el Cerro
Mogote Cortado, aceptando sólo la actividad industrial minera ya en funcionamiento sin
aceptarse otras nuevas. Se conformó entonces una mesa de trabajo, con la participación del
Grupo EsCalera, para la elaboración de la reglamentación de dicha ordenanza sobre minería,
siendo convocada por las autoridades municipales en tres oportunidades. Aún no hay
definición en el tema.
Finalmente a mediados de noviembre del 2008, el Grupo EsCalera y el AAdeM
presentaron en acto público al ejecutivo local de La Calera, el proyecto de reglamentación de
la Ordenanza 059 del 2001 que creó la Reserva Hídrica y Recreativa Natural “BAMBA”,
contando con prestigiosos invitados y la palabra de quienes participaron de esta gestión
ciudadana y posteriormente, por Expediente 3828, presentaron formalmente al municipio de
La Calera.
18 Patrimonio natural y cultural ¿bienes o recursos?; ¿Qué implica vivir en un área protegida?; Biodiversidad; Los asentamientos de pueblos originarios y su dinámica posterior; Agua, su dinámica y uso; Residuos urbanos; Minería, geología y cultura; Energía eléctirca y el Río Suquía; El bosque protector; Cómo trabajar desde proyectos educativos y cómo buscar información; Participación ciudadana y el protagonismo de los niños. Cada taller se realizó en una escuela en particular según la orientación temática y las problemáticas e intereses en particular de las comunidades de referencia. Luego en 2010-2011se continuaría la experiencia a partir del proyecto de articulación docente “Ambiente y Salud: integrando miradas”. Ver página web: http://medioambienteysalud.com.ar/experiencias/nivel-primario/
17
La creación de la Reserva Militar
En paralelo al proceso de OTP, desde el AAdem junto con el Grupo Escalera se realizó
una presentación ante la Administración de Parques Nacionales y el Ministerio de Defensa de
la Nación para la inclusión del Campo del Ejército como Propuesta de Parque Nacional. Esto
se realizó teniendo en cuenta la relevancia de ambas Reservas, consideradas como una
unidad ambiental, como área de cuenca, en relación a la importancia para la región
metropolitana en tanto actúan como reguladores de la expansión urbanística, entre otros
aspectos.
En Junio de 2007 el Grupo EsCalera y el AAdeM presentó a la Diputada Nacional
Norma Morandini y colaboradoras el proyecto sobre el “Campo de Ejército” como Espacio de
Interés para la Conservación de la Biodiversidad (ENIC), lo que llevó a que en el mismo año
la Diputada presenta su proyecto de Resolución en el Congreso de la Nación. Otras gestiones
se realizaron también a nivel nacional, junto con la Comisión Provincial De La Memoria
(CPLM), frente a la Ministra de Defensa de La Nación Dra. Nilda Garré, los Diputados
Nacionales Cecilia Merchán y Luis Bonasso, Presidente de la Comisión de Recursos
Naturales de la Cámara, a fin de dejar formalmente presentada la propuesta sobre el Campo
de Ejército y su declaración como Parque Nacional de La Memoria. Iguales gestiones se
realizaron ante el Comandante del IIIº Cuerpo, el entonces General de Brigada Gustavo
Schurlein.
También se trabajó en la Legislatura provincial con el Legislador Provincial Omar
Ruiz, quien en el año 2008 presenta un proyecto para que el Poder Ejecutivo Provincial realice
las gestiones necesarias para la declaración del ENIC en el “Campo de Ejército”. La propuesta
recibe la adhesión de la Secretaría de Extensión de la Universidad Nacional de Córdoba y en
abril de 2008 La Legislatura de La Provincia de Córdoba aprueba por unanimidad la
presentación del Legislador Provincial Omar Ruiz.
Posteriormente con la iniciativa de la Dip. Morandini y un importante colectivo de
ciudadanos, organizaciones, instituciones y técnicos cordobeses, se crea una Comisión
Técnica Regional (CTR) y por unanimidad se designa al Grupo EsCalera y al AAdeM para la
Coordinación de la misma. La CTR emite su Primera Declaración Pública sobre el Campo de
18
Ejército y su propuesta, logrando la adhesión del Honorable Consejo Superior de la
Universidad Nacional de Córdoba.
Finalmente, en agosto del año 2009, 15 mil hectáreas fueron declaradas como Reserva
Natural Militar Campo La Calera tras un proceso de participación ciudadana provincial inédito
en pos del resguardo de estas tierras públicas ante la amenaza de la instalación de barrios
privados en la zona norte y oeste de la ciudad de Córdoba19. A continuación un esquema
realizado por el AAdeM sobre la intersección de ambas Reservas:
El Plan de Ordenamiento Territorial Participativo d e La Calera
El Plan de OTP de la Calera se plasma en la propuesta de reglamentación de la
Ordenanza de creación de la Reserva Hídrica y Recreativa Natural Bamba donde se
encuentra inserta la ciudad. El documento consta de 16 títulos y anexos documentales: 1°:
Límites; 2°: Tratamientos diferentes dentro de la Reserva; 3°: Tamaño del área a tratar; 4°
Zonificación de la Reserva; 5°: Asentamientos humanos en ambiente rural; 6°
Urbanizaciones; 7° Minería; 8° Agricultura; 9°Bienes naturales de la Reserva; 10°
19 “15 mil hectáreas en la mira inmobiliaria”. Ambientalistas, funcionarios e investigadores universitarios sostienen que el predio del Ejército no debe ser urbanizado. La Voz del Interior, 27/12/2008. Observación: actualmente en la Reserva Natural La Calera se ha conformado un Comité de Gestión Local entre la Administración de Parques Nacionales (APN) - Regional Centro y la 2a División del Ejército (ex III Cuerpo) a los fines de elaborar un Plan Rector de la Reserva Natural Militar. Según convenio Marco de Cooperación entre el Ministerio de Defensa de la Nación y la APN, según Protocolo Adicional N°05/2009.
19
Producción pecuaria y cría animal; 11° Cursos de agua en la Reserva; 12° Turismo; 13°
Patrimonio cultural; 14° Otros usos; 15° Unidad ejecutora; 16° Campo militar; Anexos:
fundamentos, descripciones de los títulos además de cartografía generada participativamente.
Nos detenemos aquí en dos de los títulos, el referido a urbanizaciones y a minería,
porque son los que más conflictividad han generado en la sociedad local.
Minería
En lo que hace a la Administración Ambiental Minera, el proyecto propone la
elaboración de un convenio entre la Autoridad Minera Concedente provincial, la Dirección
Provincial de Minería (DPM) y la Municipalidad de La Calera para que, la Unidad Ejecutora de
la Ordenanza de la Reserva, se constituya en un organismo de consulta y colaboración
respecto a las actividades mineras que se realicen en la Reserva. Las actividades
colaborativas serían en la evaluación y aprobación conjunta de los Informes y Estudios de
Impacto ambiental, el control y las auditorías de los establecimientos localizados en la
Reserva, canalizar comunicación en situaciones de conflicto y los fondos hacia tareas
pertinentes para la Reserva. Para ello se dispone que cuente con personal especializado para
mantener actualizado el relevamiento e inventario de la Reserva.
En lo que respecta al Ámbito de aplicación el proyecto define como objetivo establecer
las pautas “para que las actividades mineras que se lleven adelante en la reserva respondan a
un manejo racional y responsable de los recursos naturales, orientado al desarrollo eco-
sustentable del área. Cabe señalar que la propuesta reconoce los establecimientos mineros
existentes y avanza en la prohibición de nuevos establecimientos.
Un problema que señala la propuesta es que los establecimientos se encuentran
dispersos, dificultando ello la delimitación de una zona minera, por lo cual se realiza una
tipificación de las canteras que tiene en cuenta el entorno social y natural de los
emprendimientos para minimizar la afección al medio ambiente y la preservación de sitios de
particular interés natural y/ o cultural. La tipificación distingue entre emprendimientos que
generan alta conflictividad social, alta conflictividad natural y aquellas que generan ambos
tipos de conflicto.
20
En su artículo 27 la reglamentación establece como cláusula especial que todas las
actividades mineras que se desarrollen sin respetar las distancias mínimas dispuestas por el
artículo 36 del Código de Minería, deben cesar inmediatamente. En este sentido, durante el
proceso de OTP se consiguió el cierre de una cantear (Elsita) ubicada en la naciente de la
cuenca de la Reserva. Asimismo, la cercanía entre las explotaciones mineras y las viviendas
genera la afectación de la salud por el polvillo en suspensión, además de los problemas que
generan las explosiones, no hay ningún tipo de mitigación, en tanto las vibraciones sísmicas
producen quiebres en las viviendas precarias de los vecinos, sin respetar las distancias
mínimas dispuestas por el artículo 36 del Código de Minería20, como tampoco los impactos
generados por las voladuras. En relación a lo anterior, la reglamentación exige un modelo de
explotación más seguro, responsable y racional en el manejo de los recursos naturales, con la
adopción de las medidas necesarias para mitigar los impactos. En relación a los frentes de
exploración a cielo abierto deben retrabajarse los existentes según taludes seguros y
saneados, y con una inclinación que no supere los 80° desde lo horizontal, y escalonados.
Obliga además a recomponer de inmediato los sectores que no se exploten más planificando
el impacto visual.
En relación a las voladuras, en su artículo 37, exige el control de las vibraciones21 en
días y horarios según cronograma acordado por la UE, además de un registro sísmico
permanente. También en relación a los caminos de acceso a las canteras existentes, se
menciona la necesidad de implementar una cortina forestal que mitigue los impactos del
particulado sólido es suspensión y los ruidos.
En el artículo 39 se obliga a utilizar sensores del polvo en suspensión, sísmico y
acústico de registro continuo, contando además con una alarma sonora y visual que se active
al sobrepasar los límites legislados. También se reglamenta la realización trimestral de
20 Ley 1919 de 1997 según el cual “No pueden emprenderse trabajos mineros en el recinto de los cementerios, calles y sitios públicos; ni a menor distancia de CINCUENTA (50) metros de los edificios, caminos de hierro, carreteros, acueductos y ríos públicos (…)”.En un informe del Programa Latinoamericano de Ciencia y Tecnología para el desarrollo (Cyted) de 2005 que relevó los principales emprendimientos mineros en La Calera y observó que los cortes verticales en los cerros producen un efecto ambiental adverso y representan serios peligros de desmembramiento y derrumbe. Maina, L. Impactos ambientales y culturales de una minería sin control. Revista Art. 0. Nº 26. Octubre 2007 Córdoba. 21Ver “Tránsito y explosiones para agravar el problema”. Fecha de consulta: 1-10-2012. Disponible en <http://archivo.lavoz.com.ar/06/09/26/secciones/grancordoba/nota.asp?nota_id=3327>.
21
análisis químicos en los cursos de agua inmediatos, cuidando especialmente no producir
vertidos en el suelo con maquinarias, materiales y herramientas.
Además de exigir un Plan de contingencias y emergencias, en el marco del principio de
precaución, se indican medidas de protección en materia de la biodiversidad, las especias
silvestres, el patrimonio cultural y la población local (con “la promoción y consulta de las
poblaciones en el conocimiento, control y seguimiento de las actividades mineras”, en relación
a la afectación directa e indirecta, positiva y negativa, de la calidad de vida). En este último
aspecto, la UE coordinará la realización de reuniones públicas con participación de
pobladores locales expongan sus problemas y se propongan soluciones, en relación a
“avances y resultados de controles y monitoreos ambientales y del grado de cumplimiento y
eficacia de los planes de manejo ambiental en ejecución. Sin perjuicio de acciones legales
correspondientes (…). Y continúa en apartado según condiciones de cierre, recomposición y
rehabilitación de los sitios luego del uso minero.
Pautas de Urbanización
La reglamentación abordó el trabajo en las zonas rurales, y excluye las unidades 0, 1 y
2 por su identidad urbana y peri urbana por requerir directrices propias de un Código de
Edificación Urbana (inexistente en la localidad), asimismo dicha tarea debe enmarcarse en la
Ordenanza 059/01 y debe ser coherente con la reglamentación analizada.
En relación a los asentamientos humanos en el ambiente rural, establece el concepto
de Unidad Económica Agraria Mínima según el tipo de productores que existen en la
Reserva. Diferencia entre aptitud de uso, capacidad de uso y vocación de uso. A este
respecto, la vocación refiere al sustento del productor y de su familia, de aquel que ocupa y
hace uso del predio rural. Este uso se complementa en las unidades 6, 7 y 8 según el uso
agropecuario y turístico en los apartados específicos, según asentamientos humanos de tipo
rural de muy baja densidad. Se establece una modalidad de ocupación y uso de la tierra sin
criterios mercantiles, y si bien respeta la propiedad privada, resguarda la conservación del
patrimonio natural y cultura local, promoviendo la mejora del paisaje, diversificar la empresa
agropecuaria y potenciar el mercado turístico al generar puestos de trabajos.
22
En relación a las urbanizaciones específicas, a diferencia de lo anterior, y con el
objetivo de regular la instalación de los countries de manera inadecuada en las pendientes y
laderas de sierras y el cuidado de la biodiversidad, los desmontes, así como las normas de
edificación y los servicios, la propuesta establece para:
-diferencia pautas discriminadas para countries, barrios cerrados, otros tipos de urbanización,
asentamientos rurales, asentamientos generales a todos los tipos de urbanización y
asentamientos humanos.
- vegetación: la reforestación con especies autóctonas, la prohibición de especies invasoras,
la creación de cercos perimetrales vivos.
- riego: se establece que el mismo no podrá realizarse usando agua de red, que se deberán
tener fuentes propias a tales efectos, estableciendo pautas para el consumo domiciliario.
- trazas y escorrentías: no se podrán abrir nuevas trazas a las fijadas en el proyecto original.
Se fijan pautas para las construcciones en laderas conforme a las pendientes, definiendo
también la derivación de las aguas pluviales, estructuras de retención, etc.. Los cursos de
agua superficial sean éstos temporarios o permanentes serán de uso público, debiéndose
respetar los retiros que marca la ley.
-servicios: todos los servicios serán centralizados, con excepción de casos específicos
presentados por los propietarios que cuenten con aprobación y control, tal el caso de
compostaje de residuos domiciliarios y tratamiento de efluentes con plantas depuradoras de
aguas negras. También regula la instalación eléctrica tomando en cuenta la posible
contaminación lumínica. Regula también la construcción de piletas-de uso común- y prohíbe el
uso de agua de red para su llenado, entre otras.
-ocupación del suelo: establece límites a las superficies de los lotes de uso exclusivo. En
relación a los countries y barrios privados, sólo podrán colindar si existen entre ellos un área
urbana abierta o espacio verde de uso público. La ubicación de las urbanizaciones y cualquier
tipo de asentamiento urbano deberá ubicarse en el tercio inferior de laderas. En cuanto a los
cursos de agua establece límites admisibles para construir vivienda por sobre cota de los
cursos. Fija la obligación de estudios de Impacto Ambiental para las plantas de tratamiento de
líquidos cloacales.
23
-agua: prohíbe la conexión de bombas de succión a la red pública de distribución de agua. Fija
un cupo máximo de consumo de agua por vivienda, superado el cual el titular deberá abonar
incrementos escalonados. Establece la realización de un estudio de población máxima que
puede recibir el servicio para garantizar acceso y necesidades, en base al mismo la Unidad
Ejecutora de la Reserva asesorá sobre la la factibilidad de desarrollos inmobiliarios al
Ejecutivo municipal.
Finalmente presentamos la zonificación realizada colectivamente en base a los EP de
todo el proceso, según el título 4° de la propuesta. En esta zonificación podemos diferenciar
un mosaico a partir de la heterogeneidad y complejidad territorial. (ver en página siguiente)
Situación actual
El proyecto de reglamentación para la Reserva Hídrica y Recreativa Natural Bamba
que promueve el OTP a la fecha permanece sin tratamiento por parte de las autoridades
municipales. Ni el poder legislativo ni el ejecutivo local se han expedido en relación al mismo.
Si bien el Ejecutivo se comprometió a una instancia de diálogo para discutir el proyecto, en
casi cuatro años de entrega de la propuesta, no hubo respuesta oficial.
En mayo de 2012 se conoció el trabajo de ordenamiento territorial urbano que están
realizando las autoridades sin consulta a la ciudadanía. En suma, las instituciones
democráticas representativas no respondieron ante esta interpelación explícita de la
ciudadanía.
24
25
Conclusiones
Proponemos pensar el proceso como una propuesta de regulación de las injusticias
ambientales existentes en el territorio de La Calera desde la participación de diferentes
actores locales y que enmarcamos desde una perspectiva que toma en serio la toma de la
palabra como actividad política principal de la participación ciudadana. El uso de la voz propia
en su naturaleza pública, como práctica política fundamental que trasciende los intereses
personales y privados, constituye un nosotros en relación a los asuntos comunes de la vida en
común (Pitkin, 1984:305). Por lo que desde el espacio generado en el proceso de OTP,
plantea una legitimidad del proceso colectivo realizado en el derecho a decidir sobre las
condiciones de vida y en las pautas de uso territorial, en el derecho a la autodeterminación de
la propia asociación realizada en la práctica política de la experiencia presentada.
En relación al proceso, según lo que indica un técnico del AAdeM, Javier Bernasconi,
no hubo una instancia de participación de las autoridades locales, aunque fueron invitados. En
relación a la participación ciudadana, hubo un grupo de ciudadanos estables que estuvieron
en todas las dinámicas propuestas, y además a quienes se incorporaron al proceso se les fue
explicitando el mismo en cada oportunidad. Sin embargo, no hubo una continuidad masiva de
participación en los tres años que duró el OTP.
Una limitación fue que los participantes no se acotaban a la planificación pautada en
relación al tratamiento de las diversas problemáticas trabajadas. Esto es un aspecto a abordar
en la investigación en curso.
Sin embargo, podemos destacar cómo la experiencia creó una institucionalidad otra a
partir de la práctica discursiva, que enmarcó temas y movilizó el espacio público desde la
autoorganización ciudadana (Eder, 1998) a partir de diferentes acciones durante el proceso y
en la presentación pública en la localidad de La Calera del proyecto de reglamentación. Ante
el avasallamiento de los bienes comunes y las poblaciones, la posibilidad de crear espacios
de acción en la lucha y el reconocimiento de derechos regenera el espacio público e impulsa
nuevos mecanismos institucionales (Eder, 1998).
Concebimos con Held que la ciudadanía es una práctica histórica de lucha, a partir de
la participación que se constituye desde la auto reflexión y el debate racional de sujetos libres
26
que interactúan en espacios públicos autónomos, para determinar las condiciones de la
asociación política a la que pertenecen desde diferentes criterios de justicia (Held, 1997).
En relación al proyecto específicamente, se trabajó las temáticas diagnosticadas por los
participantes abordadas según la planificación pautada en la metodología de los encuentros
plenarios y temáticos. En los títulos estudiados, en relación a la minería, si bien el ciclo minero
de la localidad estaría agotado (Milesi, 1997), y la avanzada inmobiliaria reemplaza
económicamente el desarrollo de la localidad, nunca existió una planificación oficial en
relación a los diversos usos del suelo (e incluso no hubo adhesión por parte del municipio a la
Ley de Usos del Suelo - Ley 9841/10 - promovida por el Instituto de Planificación del Area
Metropolitana de Córdoba22). Y en el caso de la minería nunca se reguló la explotación
irracional e histórica en la localidad, por lo que se destaca la propuesta del OTP en su
conocimiento técnico de la minería tradicional existente en el lugar de estudio.
En el caso, detectamos dificultades para la iniciativa ciudadana, ya sean propias como
también construidas desde el estado como desde las empresas, desconociendo derechos
constitucionales, negándoles el derecho a tener derechos. Así podemos pensar estas
acciones como bloqueos23 de las formas de resistencia y participación ciudadana.
En relación a la regulación de las urbanizaciones, la misma es insuficiente ante la
problemática emergente de instalación de countries en la zona urbana (“0” en la zonificación
propuesta) que el trabajo excluye. Y si bien se enmarca un tipo de asentamiento rural, el
trabajo aborda sobre todo el acceso a los recursos y no la situación dominial irregular de La
Calera.
En relación a la zona urbana en particular, que es donde se acumulan afectaciones de
derechos, durante el proceso, según relatan desde el equipo técnico, algunos afectados
directos –por desalojos- e indirectos –por minería-, se presentaron con una “figura de
víctimas-victimarios” ante la presencia de empresarios mineros, que fueron quienes asistieron
22 Inicialmente el municipio de La Calera promovía en el marco de esta ley, un crecimiento del 300% de las zonas de urbanización diferida para la localidad. Ante un pedido del Grupo Escalera en la Comisión de Asuntos Ecológicos de la Legislatura Provincial, se logró modificar el mapa de usos de suelo conservando las área de preservación de la Reserva Bamba. Ver Anexo 1. 23 “Bloqueo de la acción: la obturación de las capacidades ciudadanas tiene como consecuencia la pérdida o parálisis de la acción. De modo que la administración estatal, a través de estos mecanismos y dispositivos, controla, regula y modula no sólo la calidad vida de la población, sino también la existencia política misma de los ciudadanos” (Berger, 2009).
27
asiduamente en tanto la actividad nunca fue debidamente controlada en la localidad en su
histórica explotación y tenían un interés particular de participar en esta reglamentación, aún
ante las diferencias con la propuesta generada (que se cita en el libro de referencia sobre el
proceso colectivo).
El trabajo, finalmente, aborda el trabajo sobre toda la cuenca alta del Río Suquía,
incluyendo además la Declaración sobre la hoy Reserva Natural Militar La Calera, creada a
partir de este proceso. Podemos indicar que un limitante de la experiencia fue la falta de
presupuesto para sostener el trabajo del equipo técnico que duró tres años y ante la
complejidad territorial sobrepasó los tiempos. Resaltamos también la omisión estatal ante las
prácticas ciudadanas durante la experiencia, y además la falta de respuesta a la presentación
del proyecto. Ante una institucionalidad estatal más próxima a la figura del estado de
excepción que la del estado democrático de derecho, las responsabilidades no se extinguen,
por ello importante indica la desarticulación de la intervención estatal con las prácticas
colectivas en el proceso de OTP y ante la injusticia ambiental y su capacidad para reconocer y
garantizar derechos.
En el marco de las limitaciones indicadas, podemos pensar que el doble poder del
mismo para encubrir y dominar y cómo los “agujeros significativos en el tejido del lenguaje
organizado desde la propaganda o la publicidad organizan, y en el cual el silencio y las
omisiones e inconsistencias internas que vienen a encubrir y dominar” (Pitkin, 1984). Frente a
la omisión estatal entendemos como posibilidad la efectiva inclusión de la ciudadanía afectada
mediante esta herramienta de gestión territorial promovida desde el espacio público
ciudadano. Y cómo se proponen instituciones y políticas dirigidas a recomponer estas
situaciones hacia una redistribución de los costos ambientales y hacia el desarrollo equitativo
de las comunidades. Siguiendo a Hervé Espejo, entendemos por justicia ambiental la
distribución equitativa no sólo de las cargas sino también de los beneficios ambientales entre
todas las personas “considerando en dicha distribución el reconocimiento de la situación
comunitaria y de las capacidades de tales personas y su participación en la adopción de las
decisiones que los afectan” (Hervé Espejo, 2010).
En estos contextos de deliberación pública sobre problemas ambientales,
consideramos la Justicia Ambiental (Carrizo, 2012) como un conjunto de saberes, prácticas,
28
interpretaciones y dispositivos institucionales tendientes a la democratización de la toma
decisiones que resguardan el ambiente y los derechos. En este sentido, nos orienta la tarea
comparativa a fin de visibilizar las posibilidades y límites de su realización en las experiencias
de OT. Identificamos como posibilidades, que el OT constituya un espacio de deliberación
local que haya congregado a sectores excluidos del sistema político-oficial, incluyendo la
participación de los afectados por los problemas o decisiones ambientales; la existencia de
una paridad participativa entre los saberes técnicos, ciudadanos, afectados, políticos; el
desarrollo de prácticas de cooperación en la definición y análisis de los problemas locales
(Erbiti C. et al, 2005) posibilitando nuevos enmarques de los problemas y alternativas, y la
generación de mecanismos institucionales para la resolución de los problemas que
constituyan garantías de defensa del ambiente y los derechos (Eder, 1998). En lo que
respecta a los límites, entendemos que estos pueden consistir en la interrupción y desvíos de
los procesos deliberativos; la restricción de la participación en la toma de decisiones y en la
implementación y control del Plan; la precariedad o precarización de los Planes; la falta de
ejecución de las propuestas, entre los más relevantes.
29
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resultados a nivel Municipal y Comunal – Municipio de La Calera.
Censo Provincial de Población 2008 - Serie resultados a nivel Municipal y Comunal -
Municipio de Alta Gracia.
Censo Provincial de Población 2008 - Serie resultados a nivel Municipal y Comunal -
Municipio de Carlos Paz.
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Calera 059 -01. “Reserva Hídrica y Recreativa Natural Bamba”. Disponible en
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31
Anexo 1 (Usos del Suelo del Area Metropolitana de Córdoba – Ley 9841/10).
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