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EN EL VALLE DE SULACarrera: Derecho
Asignatura: Medicina Forense
Catedrático: Dr. Alejandro Álvarez
Sección: 17:00
Trabajo: Proyecto De Investigación Científica
Autores De La Investigación:1. Zoila Suyapa Verde Cabrera Cuenta:
201130003652. Jenny Grissel Guzmán Gonzales Cuenta:
201020014143. Cintia Valesca Castellanos Cuenta:
20052002210
Tema 3 puntosJustificación con algunos parámetros del planteamiento del problemaValor 3 puntosNo hay presupuestoNo hay metodología de la investigaciónDebe agregar el instrumento de recolección de datos en este documento no por aparteValor 3 puntosTotal 9 puntos de 10
Título:
Incidencia de enfermedades profesionales y accidentes laborales comprendidos entre mayo de 2017 a mayo del 2018, en el sector industrial Tecno Supplier de Choloma, Cortés.
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Tabla de contenido
I. Caracterización General3a. Información del Proyecto 3
b. Descripción del Proyecto 4
c. Institución u organización y/o dependencia ejecutoria 5
II. Justificación de la Investigación 6III. Definición del Problema 8a. Planteamiento del Poblema 9
b. Pregunta del Problema9
IV. Objetivos Generales y Especificos 10V. Marco Teórico…………………………………………………..11VI. Marco Legar ………………………………………………….. 12VII. Hipótesis ………………………………………………………..15VIII. Metodología……………………………………………………..15IX. Cronograma ……………………………………………………16X. Presupuesto…………...………………………………………..17XI. Bibliografía……………………………………………………...18XII. Apéndice o Anexo……………………………………………..19
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I. CARACTERIZACION GENERAL
A. INFORMACIÓN DEL PROYECTO
Nombre del proyecto: Incidencia de enfermedades profesionales y accidentes
laborales comprendidos entre mayo de 2017 a mayo del 2018, en el sector
industrial Tecno Supplier de Choloma, Cortes.
Ubicación del proyecto: Honduras, Rio Nance.
Áreas de influencia Departamento: Importación y exportación de sal
Industrial.
Municipio: Choloma, Cortés.
Localidad, zona/ región específica: Zip Choloma, Nave K
Institución ejecutora: Alumnos de la Asignatura de Medicina Forense de la
UNAH-VS
Duración del proyecto (fecha de inicio y final): a partir del 9 de junio al 24
de Julio del año en curso
Costo total del proyecto (Lempiras): Pendiente de cotizar
Aporte Institucional: Proyección social con la Empresa Privada en cuanto a
proporcionar conocimientos académicos al área orientada del proyecto
Aporte de Cooperante(s): Conocimiento y experiencia que han adquirido en
el área de trabajo.
Aporte de los beneficiarios: Poner en práctica los conocimientos adquiridos
en el salón de clases y de esta manera aportar información práctica y
directamente utilizable sobre los riesgos laborales, para ayudar a evaluar los
riesgos y a elegir las medidas preventivas destinadas a evitar o prevenir daños
para la salud derivados del trabajo.
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B.Descripción Del Proyecto
Descripción : Identificar los accidentes más comunes en la Empresa
Tecno Supplier dentro del periodo comprendido entre el mes de Mayo del
2017 y Mayo del 2018 y la forma en cómo se pueden reducir, igualmente
identificar si la Comisión de Seguridad que exige la Ley realiza las
investigaciones de las causas de los riesgos profesionales y si proponen
medidas de seguridad para prevenirlos y vigilar que las mismas se
cumplan, de la misma forma identificar las enfermedades profesionales
contraída a causa del trabajo realizado, áreas o condiciones donde realizan
sus labores y las consecuencias de éstas que pueden ocasionar
incapacidades total permanente, parcial permanente o temporal, mismas
que pueden ser a corto, mediano o largo plazo.
Resultados esperados: Identificar la seguridad de los empleados en sus
áreas de trabajo, así como evaluar si el patrono-empresa para la cual
laboran brinda la seguridad social que exige la Ley, tal como lo establece el
Código del Trabajo Vigente en el Título V denominado PROTECCION A
LOS TRABAJADORES DURANTE EL EJERCICIO DEL TRABAJO,
artículos 391 al 459 y la Ley de Seguridad Social.
Divulgación y apropiación de los resultados
Identificación, Análisis y presentación de informe de la Investigación
Riesgos y obstáculos: formas de superarlos. Riesgo: Presupuestos para comprar el equipo y maquinaria
adecuada.
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Forma de Superarlo: Buscar financiamiento con las compañías
proveedoras del equipo y maquinaria
La renuencia de parte de los empleados para utilizar el equipo de
seguridad adecuado
Forma de Superarlo: Basarse en la comunicación y capacitación
asertiva con los trabajadores, empleando estrategias de incentivos,
entre otros.
C. Instituciones/ Organizaciones Y/O Dependencias Ejecutoras
Datos Generales:
Tecno Supplier tiene un carácter eminentemente familiar, con 18 años en el
mercado, caracterizándose por ser una empresa competitiva, responsable
socialmente y comprometida con el desarrollo del capital humano de honduras.
Antecedentes de la Institución / organización:
Tecno Supplier es una empresa familiar fundada en 1998, de capital 100%
hondureño.
Comenzando sus operaciones con la compra y distribución de reactivos y equipos
para laboratorio, luego incursiono en el mercado de químicos industriales en
contenedores para el mercado nacional y fue en el 2005 cuando comenzó a
importar productos a granel secos, convirtiéndose así en un pionero de
importación de químicos secos a grandes volúmenes en Honduras.
Hoy día cuenta con instalaciones con más de 60,000 M2 de los cuales 10,000 M2
son de área de almacenaje techado.
Tecno Supplier registra un crecimiento positivo y hoy constituye un actor
importante tanto en el plano de la química industrial como en servicios de logística.
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Producir, valorizar y distribuir con eficiencia y eficacia son los cimientos de sus
actividades.
Lo fundamental de su actividad: propone soluciones concretas y puntuales de
aprovisionamiento; elaborar ofertas técnicas y comerciales adecuadas para
acompañar a sus clientes en el desarrollo sostenible de sus recursos.
II. JUSTIFICACION DE LA INVESTIGACION
El propósito de la presente investigación acerca del tema(modificar): incidencia de
enfermedades profesionales y accidentes laborales comprendidos entre mayo del
2017 y mayo del 2018, en el sector industria, empresa Tecno Supplier de
Choloma, Cortés, es identificar la seguridad de los empleados en sus áreas de
trabajo, así como evaluar si el patrono-empresa para la cual laboran brinda la
seguridad social que exige la Ley, tal como lo establece el Código del Trabajo
Vigente en el Título V denominado PROTECCION A LOS TRABAJADORES
DURANTE EL EJERCICIO DEL TRABAJO, artículos 391 al 459 y la Ley de
Seguridad Social, la cual es una legislación más amplia sobre el asunto a tratar;
todo esto en vista a raíz de un aumento en los índices de manera general del 20%
y 30% de accidentes laborales diarios, así como un 60% de accidentes en
motocicleta fuera de las instalaciones, pero en aras del cumplimiento de sus
labores.
La legislación laboral de Honduras en conjunto con la Ley de Seguridad Social y
otras similares, ya establecen los organismos que se encargaran de supervisar
que cada patrono cumpla con toda aquella medida que implique la protección del
trabajador, así como las sanciones a las que serán objetos aquellos que no se
apeguen a lo establecido. Sin embargo, también es objetivo de nuestra
investigación verificar que cada trabajador tenga el conocimiento suficiente acerca
de las leyes y sobre todo que estén conscientes de su obligación de respetar los
reglamentos de seguridad. Todo ello nos lleva a la siguiente interrogante: ¿Todos
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los accidentes de trabajo o riesgos son tratados como tales? ¿Qué pasa con
aquellos patronos cuya incidencia es cada vez más elevada, hay alguna sanción?
¿Cuáles son los siniestros que más ocurren, pasan por negligencia del trabajador
o del patrono? Esto es de Planteamiento del problema
Nuestro propósito es identificar los accidentes más comunes en la Empresa Tecno
Supplier dentro del periodo comprendido entre el mes de Mayo del 2017 y Mayo
del 2018 y la forma en cómo se pueden reducir, igualmente identificar si la
Comisión de Seguridad que exige la Ley realiza las investigaciones de las causas
de los riesgos profesionales y si proponen medidas de seguridad para prevenirlos
y vigilar que las mismas se cumplan, de la misma forma identificar las
enfermedades profesionales contraída a causa del trabajo realizado, áreas o
condiciones donde realizan sus labores y las consecuencias de éstas que pueden
ocasionar incapacidades total permanente, parcial permanente o temporal,
mismas que pueden ser a corto, mediano o largo plazo.
Sabemos de antemano, que dichos accidentes laborales y enfermedades
profesionales pueden reducirse o evitarse totalmente, si:
Se revisará periódicamente el Reglamento o Manual General de Medidas
Preventivas que proporciona la secretaria del Trabajo.
Tanto los Patronos o Empresarios, con auxilio de la Comisión de Seguridad
y de los mismos empleados tomaran las medidas preventivas necesarias
para conocer todas circunstancias que puedan generar cualquier tipo de
peligro y con ello prevenirlas.
Poner gran interés para que las instalaciones se conserven en óptimas
condiciones con el mantenimiento respectivo.
Se informará tanto al Patrono como a los Trabajadores de todos los riesgos
profesionales que pueden adquirirse dentro de la empresa y las medidas
preventivas.
Se dotará a todo el personal de material informativo, así como de las
legislaciones que tratan acerca de la seguridad en el ámbito laboral.
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Todo el personal conociera técnicas de primeros auxilios, en caso de ser
necesarios.
III. DEFINICIÓN DEL PROBLEMA
Las condiciones de trabajo y empleo constituyen fuertes determinantes de la
salud. La evidencia muestra que, en términos generales, las personas con trabajo
tienen mejor salud que las desempleadas y que las buenas condiciones de trabajo
están asociadas a mejores niveles de salud y bienestar, no solo entre los
trabajadores, sino también entre sus familias y el conjunto de la sociedad. La
extensa y diversa regulación legal exige a los empresarios no poner en riesgo la
salud y la vida de los trabajadores, y regula la participación de estos y sus
representantes en todo el recorrido de la gestión preventiva. La falta de aplicación
de medidas preventivas, es decir, el incumplimiento de la normativa por parte de
los empresarios es la causa directa más importante de los accidentes y otros
daños a la salud que los trabajadores padecen en relación con su trabajo. El
esfuerzo, la determinación y la valentía de muchos miles de delegados de
prevención han sido el motor de cambios sustanciales, y esperemos que
irreversibles, en el perfil de la siniestralidad de este país, de la mejora de las
condiciones de salud laboral en muchísimos centros de trabajo y, también, de la
creciente visibilidad social del peaje que pagamos en términos de enfermedades,
incapacidades y muertes. En estos momentos de profunda crisis, agravada por las
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reformas laborales que atentan contra los derechos y garantías que tanto nos
costó conseguir, la acción sindical en salud laboral adquiere una importancia vital
para la defensa de la salud de los trabajadores. La acción sindical que desarrolláis
como delegados de prevención, a quienes se dirige fundamentalmente esta
publicación, sitúa nuestro sindicato en la empresa y lo enriquece. Conocer los
procedimientos para organizar la prevención es básico para todos. Los planes de
prevención, las evaluaciones de riesgo, la formación, en fin, todas las actividades
preventivas tienen que tener el objetivo final de mejorar las condiciones de trabajo,
de aquí partimos para poder identificar la incidencia de las enfermedades y
accidentes mas comunes que se dan en la empresa Tecno Supplier.
A.Planteamiento del Problema
La investigación de incidentes de enfermedades y accidentes es un proceso
sistemático de determinación y ordenación de causas, hechos o situaciones que
generaron o favorecieron la ocurrencia del accidente o incidente, que se realiza
con el objeto de prevenir su repetición, mediante el control de los riesgos que lo
produjeron.
Es obligación del patrono investigar TODOS los incidentes de enfermedades y
accidentes de trabajo. Sólo en caso de accidente grave o mortal debe remitir la
investigación a la Administradora de Riesgos Laborales y debe participar en su
realización un profesional con licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo.
B.Preguntas Problemas
¿Cumplen los patronos de Tecno Supplier con lo referente a la Seguridad Social
que exige la ley, tal como lo establece el código del trabajo vigente en el título V
denominado Protección a los trabajadores durante el ejercicio del trabajo?
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IV. OBJETIVOS GENERALES Y ESPECIFICOS
Objetivo General
Conocer la incidencia de enfermedades profesionales y accidentes
laborales y buscar métodos para la reducción de las causas que los han
producido.
Objetivos Específicos
Identificar y analizar las causas más comunes que generan accidentes
profesionales de los empleados de Tecno Supplier en sus respectivas
áreas de trabajo.
Detectar; si los patronos de Tecno Supplier cumplen con lo referente a la
Seguridad Social que exige la ley, tal como lo establece el código del
trabajo vigente en el título V denominado Protección a los trabajadores durante el ejercicio del trabajo.
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Diseñar e implantar medidas correctoras encaminadas, tanto a eliminar las
causas para evitar la repetición del mismo accidente o similares, como para
aprovechar la experiencia para mejorar la prevención en Tecno Supplier
V. MARCO TEORICO
La Economía en Honduras es promovida en gran parte por el Sector Industrial, sector que en los últimos años ha tenido un crecimiento desproporcional, las nuevas políticas gubernamentales abonan a que siga avanzando. El Sector Público y Privado en conjunto con el PLAN 20/20 que fomenta la inversión extranjera y la generación de empleos exige la diversificación de este sector y sugiere un cambio en las formas tradicionales de empleo que se vayan acomodando a la evolución a la que estamos sometidos como país.
La industria de la maquila en Honduras se inicia con la promulgación de la “Ley Constitutiva de la Zona Libre de Puerto Cortés”, mediante Decreto del Congreso Nacional, No. 356-76 del 19 de Julio de 1976, cuya reglamentación se estableció en el Acuerdo No. 356-77 del 2 de noviembre de 1997. Mediante esta Ley se creó la Zona Libre de Puerto Cortés, como institución o dependencia gubernamental, misma que no logró los resultados que se esperaban.
En 1987, se promulga el Decreto No. 37-87 del 7 de abril de 1987, reglamentado en el Acuerdo No. 684-87 del 31 de Julio de 1987; este Decreto constituye la Ley denominada “Zona Industrial de Procesamiento para la Exportación” que les da vigencia a los llamados “Parques Industriales”, con inversión netamente privada, nacional y extranjera.El 9 de Julio de 1979 se promulga el Decreto No. 787 que extiende los beneficios de la Ley Constitutiva de la Zona Libre de Puerto cortés, a las empresas con inversión privada amparadas en ese régimen de Zona Libre, que
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se instalen en los municipios de Amapala, Tela, Choloma, Omoa y La Ceiba. Estos dos últimos Decretos constituyen el punto de arranque y despegue de la industria maquiladora de Honduras, dándole el marco jurídico que necesitaban los inversionistas nacionales y extranjeros para decidirse a arriesgar su capital en este renglón, surgiendo en Diciembre de 1989 la Zona Libre INHDELVA y ZIP CHOLOMA, en el municipio de Choloma, Cortes; el 12 de Octubre de 1994 se emite el Decreto No. 135-91 (Ley de Reestructuración de los Mecanismos de Ingresos y la Reducción del Gasto del Sector Público, el Fomento de laProducción y la Compensación Social), que en su Artículo No. 32 extiende las disposiciones de la Ley de Zona Libre a las empresas que se organicen y se ubiquen en la jurisdicción del municipio del Distrito Central, Choluteca, Danlí, Juticalpa, Santa Rosa de Copan y Santa Bárbara. En 1998, estos beneficios se extienden a todo el territorio nacional, al promulgarse el Decreto No. 131-98, publicado en “La Gaceta” el 20 de mayo de ese año cambiando la denominación a “Ley de Zonas Libres” cuyo reglamento se establece en el Acuerdo No. 81-99, publicado en “La Gaceta”, el 19 de Julio de 1999.
En Honduras, la industria maquiladora ha traído consigo el surgimiento de empresas que se dediquen al suministro de productos químicos cuyo principal consumidor es la industria maquiladora, la innovación en la nueva forma de promover el mercado y además también un nuevo generador de empleo, nos lleva a ver este sector como objeto de investigación puesto que, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales surgen aun cuando en cada lugar de trabajo se respeten las normas de seguridad e higiene. Destacamos que, la inobservancia de las medidas de seguridad impuestas en el reglamento interno de trabajo de cada empresa no es atribuible en todos los casos al patrono, podemos observar que en casos concretos el trabajador asume una actitud negligente con respecto al usos del equipo proporcionado para su seguridad física. Estadísticamente es difícil cuantificar cuántos y cuáles son los accidentes de trabajo que más ocurren, puesto que no existen datos estadísticos nacionales ni locales sobre la frecuencia y gravedad de estas, lo que entorpece la investigación.
VI. MARCO LEGAL
Nuestro trabajo de investigación acerca de la INCIDENCIA DE ENFERMEDADES PROFESIONALES Y ACCIDENTES LABORALES COMPRENDIDOS ENTRE MAYO DEL 2017 Y MAYO DEL 2018, EN EL SECTOR INDUSTRIAL TECNO SUPPLIER DE CHOLOMA, CORTES, en relación al Sector Laboral y dentro de ésta la Seguridad Social, dentro del Sector Industrial.- Los aspectos legales que aquí tomamos en cuenta, para que no se quebranten las leyes nacionales, así como los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por Honduras; por lo cual
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hacemos un informe acerca de las Leyes y Tratados que tienen estrecha relación con nuestro tema.
VI.1 Garantías Constitucionales que Regulan el Trabajo
Siguiendo la pirámide de Kesler, comenzaremos el presente marco legal con nuestra Constitución de la Republica, la cual nos dice en l Titulo III: De las Declaraciones, Derechos y Garantías. - Capítulo V, la que cuenta con 15 artículos que regulan el trabajo como lo que es, una función social.
Y es así como nuestra carta magna en el artículo 127 señala que: “Toda persona tiene derecho al trabajo, a escoger libremente a su ocupación y a renunciar a ella, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo”.
Igualmente, el articulo 128 numeral 6, el cual citamos textualmente, expresa que: “Las leyes que rigen las relaciones entre patronos y trabajadores son de orden público. Son nulos los actos, estipulaciones o convenciones que impliquen renuncia, disminuyan, restrinjan o tergiversen las siguientes garantías: 1…; 2….; 3…; 4…; 5…; 6 El patrono está obligado a cumplir y hacer que se cumplan en las instalaciones de sus establecimientos, las disposiciones legales sobre higiene y salubridad, adoptando las medidas de seguridad adecuadas en el trabajo, que permitan prevenir los riesgos profesionales y asegurar la integridad física y mental de los trabajadores. Bajo el mismo régimen de previsión quedan sujetos los patronos de explotaciones agrícolas, Se establecerá una protección especial para la mujer y los menores”
De la misma manera el articulo 138 establece que, “Que con el fin de hacer efectivas las garantías y leyes laborales, el Estado vigilará e Inspeccionara las empresas, imponiendo en su caso las sanciones que establezca la Ley.”
En el Capitulo VI.- DE LA SEGURIDAD SOCIAL, nuestra constitución instaura en el articulo 142, que: “Toda Persona tiene derecho a la seguridad de sus medios económicos de subsistencia en caso de incapacidad para trabajar u obtener trabajo retribuido”, en el párrafo tercero del mismo artículo establece que: “El Estado creará instituciones de Asistencia y Previsión Social que funcionaran unificadas en un sistema unitario estatal, con la aportación de todos los interesados y el mismo Estado”
En el artículo 143 queda fijado que tanto el Estado, los patronos y los trabajadores, estarán obligados a contribuir al financiamiento, mejoramiento y expansión del Seguro Social, igualmente que el régimen de Seguridad Social se
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implantará de forma gradual y progresiva, tanto en lo referente a los riesgos cubiertos como a las zonas geográficas y a las categorías de los trabajadores protegidos.
Igualmente, en el Articulo 144, se considera de utilidad pública la ampliación del Régimen de Seguridad a los trabajadores de la ciudad y del campo.
I. Tratados Internacionales Sobre Seguridad Social, suscritos y ratificados por Honduras con la Organización Internacional del Trabajo.
Uno de los organismos internacionales preocupados por el trabajador en todos sus aspectos laborales y personales, es la Organización Internacional del Trabajo, el cual dentro de su estructura organizativa tiene el Centro Interamericano de Administración del Trabajo (CIAT), la que en conjunto con el Programa de Naciones Unidos para el Desarrollo (PNUD), el cual también tiene su sede en Honduras, realizada dentro ámbito nacional, diversas actividades con el fin de promover todo lo relacionado en materia de Higiene y Seguridad Social, entre los tratados más importantes tenemos:
Convenio Sobre la Seguridad Social, 1952. Recomendación Sobre los Pisos de Protección Social, 2012. Convenio Sobre la Igualdad de Trato en Materia de Seguridad Social, 1962. Convenio Sobre la Conservación de los Derechos en Materia de Seguridad
Social, 1982.
VI..2 Código del Trabajo
Nuestra legislación laboral vigente, fue emitido el 23 de Julio de 1959, todo con el propósito de regular los derechos y obligaciones, tanto de los empleados, como de los empleadores, estableciendo en el mismo acerca del derecho de los trabajadores a una Seguridad Social en caso de enfermedades y riesgos profesionales.
En el Título V Protección a los Trabajadores Durante el Ejercicio del Trabajo.- Capitulo I.- Higiene y Seguridad Social se establece, quienes son los obligados a suministrar y acondicionar locales y equipos de trabajo, con el fin de garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores.
Igualmente conceptualiza y diferencia lo que es un riesgo profesional, accidente de trabajo y una enfermedad profesional y que todas éstas son producto de tener una inobservancia del presente Titulo, asi como dicta medidas de seguridad para proteger la moralidad y asegurar el bienestar de los trabajadores, articulo 394.
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En el artículo 412, se sugieren que se formen Comisiones de Seguridad y como serán conformadas y el fin que tendrán las mismas.
II. Ley de Seguridad Social
La OIT, define la Seguridad Social, como: “La protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que, de no ser asi, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte, también la forma de asistencia médica y de ayuda a familia e hijos”. Por lo que en Honduras se creó la ley de Seguridad Social y bajo esta legislación se regulan la protección del trabajador.
III. Instituciones que Velan por la Salud de la Población Laboral de Honduras.
En Honduras existe la Secretaria de Estado en los Despachos de Trabajo Seguridad Social, el cual vigila porque se cumpla a cabalidad todo lo relacionado con la Legislación laboral y la Ley del Seguro Social, la cual cuenta con dependencias en la mayor parte del territorio nacional; igualmente existe el Instituto Hondureño de Seguridad Social, el cual se dedica a brindar servicios de salud y seguridad social a la población trabajadora que se encuentre afiliada al mismo y cuyos Centros asistenciales más importantes se encuentran ubicados en las ciudades de Tegucigalpa y San Pedro Sula, de la misma forma cuentan con pequeñas dependencias en varias ciudades del país, en donde la población laboral sea de un número significativo.
VII. HIPÓTESIS
La protección al trabajador en el ejercicio de sus tareas es de carácter obligatorio y de observancia general para todo patrono; sin embargo, las estadísticas Del Instituto Hondureño de Seguridad Social muestran las cantidades millonarias que son desembolsadas anualmente por riesgos profesionales, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Pero no es solamente obligación del patrono mantener condiciones seguras para los empleados, también la Legislación laboral obliga al trabajador a cumplir con las normas y reglamentos de trabajo en cada establecimiento donde se desenvuelve. Esto protege a los patronos ante la negligencia o mala intención de los trabajadores al no cumplir las medidas de seguridad en su puesto de trabajo.
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¿Pero nos podemos preguntar porque se presentan con frecuencia los accidentes y enfermedades profesionales? Son diversos los factores encontrados; entre ellos podemos mencionar la falta de exigencia y aplicación de medidas disciplinarias por parte del patrono a los empleados ante la renuencia en el uso del equipo de protección personal y medidas de seguridad en general; escasez o inexistencia de auditorías por parte de la Secretaria de Trabajo y Seguridad Social a los establecimientos o empresas para validar que existe un reglamento de higiene y seguridad; negativa del trabajador en acatar las instrucciones acerca de la protección personal en su lugar de trabajo, entre otros. Dicho lo anterior podemos deducir que los accidentes y enfermedades profesionales se pueden prevenir considerablemente si se aplicara la disciplina, estandarización, seguimiento y en Buena medida, concientizar a las partes involucradas de los danos ocasionados cuando estos imprevistos se presentan.
Para el caso concreto podemos mencionar ¿qué sucede cuando un empleado capacitado para operar un Montacargas sufre un accidente en el cual pierde un miembro inferior (pie) por no usar las medidas de seguridad en sus labores? Comenzamos mencionando la pérdida irreparable de su miembro; seguidamente el costo que le genera a la empresa y al IHSS la recuperación e indemnización del empleado; el patrono incurre en la contratación de un Nuevo empleado, la familia que antes dependía de este empleado ahora lo tiene como una carga ya que difícilmente se vuelva a desenvolver en un entorno laboral, etc.
Concluimos pues que para reducir los casos de accidentes y enfermedades profesionales debe existir voluntad en las autoridades (STSS), en los patronos y por supuesto en los trabajadores, exigiendo por una parte y cumpliendo por otra las medidas de higiene y seguridad en cada establecimiento de trabajo. Tanto para patronos como empleados deben tener muy presente que la mayor preocupación en una empresa es “la seguridad de cada uno de sus empleados”.
VIII. METODOLOGÍA
La Metodología a Utilizar para la recolección de la información:
Reportes Escritos de Investigación sobre Antecedentes Históricos
de Enfermedades y accidentes de trabajo del Tecno Supplier.
Observación Directa
Cuestionario
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Diagrama de Causa -efecto (Ishikawa).
IX. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
ACTIVIDADJUNIO JULIO AGOSTO
S.1
S.2
S.3
S.4
S.1
S.2
S.3
S.4
S.1
S.2
S.3
S.4
1. Portada o Caratula 2. Titulo 3. Tabla De Contenido o Índice General 4. Caracterización General 5. Justificación De La Investigación 6. Definición Del Problema 7. Objetivos Generales Y Específos 8. Marco Teórico
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9. Antecedentes, Contexto General o Marco Histórico 10. Hipótesis 11. Metodología 12. Cronograma De Actividades 13. Presupuesto 14. Bibliografía 15. Apéndice o Anexos 16. Aplicación de Encuestas 17. Tabulación de Encuestas 18. Análisis e interpretación de Datos 19. Presentación De Informe 20. Defensa De Proyecto
X. PRESUPUESTO
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XI. BIBLIOGRAFÍA
1. Constitución de la Republica de Honduras, edición actualizada,
Tegucigalpa, Publicada en la Gaceta No. 23,612 del 20 de enero 1982
2. Código del Trabajo de la Republica de Honduras, edición actualizada,
Tegucigalpa, editorial Guaymuras. Mayo 2017
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3. Pagina Web;
http://biblioteca.ucv.cl/site/servicios/metodos_tecnicas_investigacion.php.
¨Métodos y Técnicas de Investigación¨.
4. Pagina web: https://www.gestion-sanitaria.com/4-accidente-trabajo-
enfermedad-profesional-enfermedades-relacionadas-principios-
prevencion.html ¨Accidente de trabajo, enfermedad profesional y
enfermedades relacionadas con el trabajo¨.
5. Pagina Web: http://www.bvsde.paho.org/bvsacd/cd53/plan/cap1.pdf.
¨Antecedentes y evolución Históricos¨.
XII. APÉNDICE O ANEXO
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