subasta de aprovechamientos maderables
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VENTA DE APROVECHAMIENTOS MADERABLES
COMUNIDAD DE MONTES VECINALES EN MANO COMUN
SAN ANDRÉS DE CÉSAR (CALDAS DE REIS)
PLIEGO DE CONDICIONES
La Junta Rectora de la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de San Andrés de
César, debidamente facultada, procede a la venta de un lote de madera por el sistema de
subasta con las siguientes condiciones:
Primera.- Objeto de la oferta.
El objeto de la presente oferta es la enajenación del aprovechamiento maderable cuyas
características se detallan a continuación:
RODAL/LOTE 1: “Monte de Arriba”. ABOI
TIPO DE CORTA: CORTA A HECHO.
SUPERFICIE TOTAL: 4,56 hectáreas (3,63 has arboladas)
TIPO DE INVENTARIO REALIZADO: MUESTREO
OBSERVACIONES:
*TODOS LOS DATOS DE LA TABLA SON ESTIMACIONES en base al muestro efectuado, siendo la causa cierta la superficie de corta. Los volúmenes en el rodal son por tanto ESTIMACIONES en base a los valores medios de las parcelas efectuadas y las tarifas de IFN3. CROQUIS:
Segunda.- Precio base de licitación.
Se establece un precio base de licitación para el lote expresado en el punto primero, por lo que
no se valorarán ofertas inferiores a este, salvo que la representación de la propiedad así lo
decida; se establece, además, un precio índice (superior al precio base) y que se reserva la
parte vendedora para la adjudicación efectiva del aprovechamiento. Este último se mantendrá
en sobre cerrado en el momento de la subasta. La Junta Rectora resolverá tras la recepción y
apertura de las ofertas si procede o no a la adjudicación provisional del lote en base a los
precios base e índice fijados.
Tercera.- Fianzas.
LOTE Nº DE PIES* ESPECIE
VOLUMEN ESTIMADO
m³*
TIPO DE CORTA
Precio unit. €/m³
PRECIO BASE
ESTIM. €
1 1.012 Pinus pinaster 1.444,05 A HECHO 31,00 44.765,55
En caso de adjudicación provisional del lote, se establece una fianza del 10% del valor de
adjudicación ofertado, para resarcimiento de posibles daños contra la integridad del Monte o
sus infraestructuras.
Esa cuantía permanecerá en depósito hasta que finalizado el aprovechamiento y efectuado el
reconocimiento final, resuelva sobre su devolución total o parcial la entidad propietaria. La
fianza se hará efectiva en el acto de adjudicación provisional, bien en metálico o talón bancario
debidamente formalizado.
Cuarta.- Plazo de presentación de proposiciones.
Las ofertas se presentarán desde el día de recepción del presente pliego hasta el día (y hora)
de celebración de la subasta. También se admitirán las ofertas recibidas por correo certificado
en el mismo plazo señalado.
La apertura de Plicas se celebrará en el CENTRO SOCIAL DE LA COMUNIDAD (Estrada
N-640 Caldas - Cuntis, Km 222 – Acceso al Embalse de A Baxe), el DOMINGO día 7 de
ABRIL de 2.019 a las _12:00_.
Quinta.- Proposiciones.
Cada licitador presentará sus ofertas en un sobre cerrado, conteniendo copia de su D.N.I. y la
proposición económica formalizada según modelo que se facilita, haciendo indicación expresa
en el exterior del mismo, del número o denominación del lote a la que corresponda. La
enajenación del presente aprovechamiento maderable se considera:
Lote 1: A RIESGO Y VENTURA del licitador con oferta económica sobre la totalidad
del aprovechamiento, razón por la cual no se admitirán reclamaciones posteriores a la
adjudicación sobre la cantidad o calidad del mismo.
Sexta.- Adjudicación provisional.
La adjudicación provisional se realizará al mejor postor, que reuniendo las condiciones exigidas
supere el precio estimado por la propiedad; de no superarse el precio índice, la Comunidad se
reserva el derecho de adjudicar o no el lote. Esta se comunicará al adjudicatario y se abonará a
continuación la fianza establecida, considerándose realizada la adjudicación provisional.
En el caso de que aparezcan dos o más ofertas iguales que represente la máxima ventaja
económica respecto de las restantes se comunicará a quienes las hubieren formulado, para
que sea realizada una nueva oferta en el plazo de 15 días, si el empate subsistiera, la
adjudicación se decide por sorteo.
Realizada la adjudicación, se extenderán los documentos de adjudicación provisional que
serán firmados por el licitador y el Presidente de la Comunidad haciéndose entrega de
duplicado al rematante.
Séptima.- Adjudicación definitiva. Pagos y depósitos a efectuar por el
Adjudicatario.
La adjudicación será firme siempre que en el plazo de cinco días naturales siguientes a la
adjudicación provisional, se cumplan las siguientes formalidades:
1. Depósito de la fianza que se establece en la cláusula tercera.
2. Ingreso de la totalidad del precio de adjudicación del lote, más el 12% sobre el valor de la
misma, en concepto de IVA.
Los referidos ingresos y depósitos se efectuarán en la cuenta bancaria de la Comunidad de
Montes Vecinales en Mano Común de San Andrés de César abierta en la Entidad:
ABANCA Oficina CC. Nº ES58 2080 5019 4130 0018 8092
Si el adjudicatario dejase transcurrir el plazo señalado sin presentar los justificantes de haber
realizado los pagos citados a la entidad propietaria, perderá todos los derechos sobre el
aprovechamiento, incluida la fianza depositada.
Octava.- Reserva de anulación de subasta.
La Junta Rectora se reserva el derecho de anular la subasta del lote si se observan errores o
anomalías.
CONDICIONES DEL APROVECHAMIENTO.
Novena.- Responsabilidad laboral y de accidentes.
El adjudicatario asume toda la responsabilidad en materia laboral y de seguridad e higiene en
el trabajo de los trabajadores que realicen el aprovechamiento de la madera. La Comunidad de
Montes Vecinales en Mano Común de San Andrés de César no se hace responsable de los
accidentes de cualquier clase que se produzcan por causa del aprovechamiento y transporte
de la madera; se reserva así mismo el derecho de solicitar al adjudicatario documentación
relativa a la existencia de seguro de Responsabilidad Civil, estar al corriente de pago con las
Administraciones Públicas y de los trabajadores (TC2) que vayan a ejecutar el
aprovechamiento.
Décima.- Plazo de ejecución.
El plazo de ejecución del aprovechamiento será de SEIS MESES contados a partir del día
siguiente al de la fecha de adjudicación definitiva del aprovechamiento; este plazo podrá verse
ampliado proporcionalmente en caso de demora en la obtención de los permisos necesarios.
Undécima.- Entrega de los aprovechamientos.
Una vez definitiva la enajenación del aprovechamiento y en un plazo máximo de diez días se
fijará, entre la entidad propietaria y el comprador, el día y la hora en que ha de efectuarse la
entrega del aprovechamiento. En este acto de entrega se presentarán el Adjudicatario y uno o
más representantes de la entidad propietaria, pudiendo estar asistidos por un técnico forestal.
En esta operación se recorrerá la superficie del Monte donde se ha de verificar el
aprovechamiento y la zona perimetral del mismo, levantándose acta por duplicado en la que se
consigne la conformidad del comprador con la existencia de la cantidad y clase de los
productos maderables a aprovechar, objeto del presente pliego o en caso contrario se harán
constar las incidencias producidas, así como las reclamaciones u objetos que se formulen por
los asistentes.
Así mismo, la Propiedad facilitará al adjudicatario copia de la correspondiente notificación o
licencia administrativa de corta, tramitada ante la Administración competente. En cualquier
caso, para poder proceder al inicio del aprovechamiento es condición necesaria la
obtención de las correspondientes licencias o permisos:
Medio Rural. En aplicación de la legislación vigente que obliga a indicar el
comprador, el permiso será tramitado por la propiedad el primer día hábil con
posterioridad a la fecha de celebración de la subasta.
Duodécima.- Obligaciones que contrae el comprador al efectuar la tala.
Por ningún concepto podrá el rematante variar el objeto del aprovechamiento, es decir cortar
otros árboles que no sean los señalados o especificados en la licencia administrativa y/o el
Informe técnico de corta.
Solo se permitirá la corta de los árboles o parcelas expresamente señalados por la Comunidad
Propietaria.
El adjudicatario estará obligado al aprovechamiento de los fustes de los árboles hasta un
diámetro en punta delgada de 6 cm. La altura del tocón no sobrepasará los 10 cm. medidos en
la dirección superior de la pendiente.
El apeo de los árboles señalados objeto del aprovechamiento deberá dirigirse de manera que
en su caída causen el menor daño posible a los que queden en pie, pues los daños que
produzca dicha caída así como cuantos se causen intencionadamente o por negligencia, se
consignarán en el acta de reconocimiento final como daños imputables al adjudicatario.
En cualquier caso, la ejecución del aprovechamiento deberá realizarse de forma que se
respeten los ejemplares de frondosas autóctonas que se encuentren en el interior de las zonas
pobladas por las especies objeto de corta que deben prevalecer sobre el terreno tras la corta.
El adjudicatario no podrá interrumpir el uso de caminos y pasos para el ganado ni oponerse al
cruce de sendas y caminos que se juzguen necesarias para el buen aprovechamiento del
Monte. Concluido el aprovechamiento, las vías han de quedar en buen estado de uso y sin
restos de corta en su superficie, cunetas o pasos de agua.
Decimotercera.- Control de la corta.
La Comunidad propietaria se reserva el derecho a ejercer el control de la corta y saca de
madera. El adjudicatario se compromete y así queda obligado a comunicar a los representantes
de la propiedad (Comunidad de Montes) antes de retirar del monte cada extracción de madera
en el teléfono que previamente se determine, si esta así lo solicita. El adjudicatario se
compromete y así queda obligado a comunicar a la Junta Rectora de la Comunidad de Montes
la fecha de inicio del aprovechamiento con antelación suficiente.
Decimocuarta.- Responsabilidades en daños a infraestructuras.
La reparación de los desperfectos ocasionados en las pistas y carreteras vecinales por la
retirada de madera, así como daños en infraestructuras de regadío, tendidos de suministro
eléctrico o de telecomunicaciones, conducciones subterráneas de agua potable, u otras
construcciones que puedan existir en la zona de corta y vías de saca, serán a cargo del
adjudicatario.
Decimoquinta.- Restos de corta.
En el caso de los restos de corta (ramas y raberones) se procederá a su desintegración
mecanizada mediante pase de desbrozadora de cadenas acoplada a tractor, corriendo ésta a
cargo del adjudicatario.
Todos estos restos deberán ser triturados in situ para evitar la acumulación de biomasa en la
prevención y defensa contra incendios forestales, salvo que se acuerde con la Propiedad otro
tipo de eliminación; de esta forma, se deberá proceder a la trituración en Monte de los
productos residuales procedentes de las mismas, cuando menos los de mayores dimensiones y
en cualquier caso hasta un diámetro inferior a 5 centímetros en su parte más gruesa, que se
incorporarán al suelo como protección y como fuente de producción de materia orgánica.
Los residuos que pueda generar la operación de corta y saca (latas, combustible y aceites de
engrase, restos de neumáticos, repuestos de herramientas mecánicas y de vehículos, restos de
cables, prendas de vestuario, restos de envases de bebidas o de alimentos, etc...) serán
obligatoriamente retirados del monte por cuenta del adjudicatario, a vertedero autorizado.
Decimosexta.- Áreas de almacenamiento de madera.
El almacenamiento de madera en Monte se realizará únicamente en los lugares designados
previamente por la propiedad y que serán indicados al adjudicatario in situ en el acto de
entrega del aprovechamiento.
Teniendo en consideración los riesgos fitosanitarios de las masas forestales, las áreas de
almacenamiento o cargaderos no deberán servir de almacén permanente, razón por la que la
madera no permanecerá depositada en el Monte por un periodo de tiempo superior a treinta
días, no pudiendo quedar en ningún caso las pistas forestales de acceso al Monte cortadas.
Decimoséptima.- Reconocimiento final.
Una vez finalizado el aprovechamiento del lote, el adjudicatario lo comunicará a la Junta
Rectora y en un plazo de 15 días naturales se procederá a levantar acta de reconocimiento
final por la Entidad Propietaria, el adjudicatario y un técnico forestal en su caso, con la finalidad
de comprobar que el mismo se ha realizado únicamente sobre los pies objeto del
aprovechamiento. Para ello se recorrerá la zona donde radique el aprovechamiento y su zona
perimetral.
Terminada la operación se extenderá un acta por duplicado en la que se recoja el resultado de
aquellas. Si se detectasen daños causados a arbolado no señalado, se especificarán en el
acta con la clasificación de evitables e inevitables, figurando entre estos últimos los que no
haya habido posibilidad de evitar durante la operación de corta.
Por los daños causados que se consideren evitables abonará el comprador el doble de su valor
en concepto de indemnización, además de su valor en el caso de que se estime por la entidad
propietaria que los productos sean retirados por el adjudicatario. Estas responsabilidades
deberá hacerlas efectivas antes de la extracción de los productos. Se incluyen como daños
evitables la corta de árboles maderables no señalados siempre y cuando no excedan el
número de quince. Si excede de este número la fianza se perderá en su totalidad.
Cuando un árbol marcado para la corta no haya sido apeado antes del reconocimiento final,
quedará en beneficio del monte, sin que el comprador tenga derecho a indemnización alguna ni
aprovechamiento posterior.
A instancia del adjudicatario se acordará la devolución de la fianza si no hubiese causado
daños. En caso de existir daños el importe de los mismos será deducido de la fianza. Si
excede de esta cuantía se requerirá el abono de la cantidad complementaria.
Terminada la operación de reconocimiento final sin imposición de responsabilidades o
liquidadas éstas por el adjudicatario se dará por concluido el aprovechamiento.
Decimoctava.- Aceptación.
El adjudicatario por el mero hecho de presentarse a la subasta se somete y acepta
expresamente todas las condiciones generales y el aprovechamiento anteriormente descritas.
El incumplimiento de estas condiciones acarreará la rescisión del contrato de aprovechamiento,
quedando éste libre para otra posible adjudicación.
Caldas de Reis, a 07 de Marzo de 2.019
Fdo.: El Presidente de la C.M.V.M.C. de San Andrés de César
MODELO DE PROPOSICIÓN
D.____________________________________________, con DNI nº ________________ y
con domicilio en _____________________________________________________, en
representación de la Entidad _________________________________________________,
con CIF nº ____________________ y domicilio social en __________________________
___________________________________________________________________________,
bien enterado y aceptando las condiciones y obligaciones establecidas en el Pliego de
Condiciones por el que se rige la presente oferta, ofrece por el aprovechamiento maderable
perteneciente a la C.M.V.M.C. de San Andrés de César, denominado LOTE Nª _____, la
cantidad de _____________________________________________________________ Euros
( ____________ Euros).
______________________, a _____ de ________________ de 2.0____
Fdo.: ____________________________
RECIBO DE ENTREGA DE PLICA DE OFERTA
Hemos recibido de D.:__________________________________________________________
en su condición de representante de la Entidad:
__________________________________________________________________________,
un sobre cerrado que el interesado indica ser plicas de oferta para licitar el LOTE Nº _____ de
la oferta de aprovechamientos maderables emitida por la Comunidad de Montes Vecinales en
mano común de San Andrés de César el día ____ de ________________ de 2.0__,
______________________, a_____ de ________________ de 2.0___
Fdo.: ____________________________
MODELOS ACTAS
ACTA DE ADJUDICACIÓN PROVISIONAL DEL DENOMINADO LOTE Nº ___, SITO EN EL
MONTE ______________________ DE LA C.M.V.M.C DE SAN ANDRÉS DE CÉSAR,
AYUNTAMIENTO DE CALDAS DE REIS
El día ___de __________________ de 2.0____, en San Andrés de César, celebrada la subasta
del Lote de referencia y cumpliéndose todos los requerimientos y especificaciones necesarias y
expuestas en el pliego de condiciones, se procede a la ADJUDICACIÓN PROVISIONAL DEL
LOTE A:
D.______________________________________________________________________
En cualquier caso, la adjudicación no podrá considerarse definitiva hasta el cumplimiento de lo
dispuesto en la cláusula séptima del Pliego de condiciones. Y para que así conste, firman los
interesados, en señal de conformidad, en el lugar y fecha arriba indicados:
Por la Entidad Propietaria: El Rematante:
D.: __________________________________ D.: ________________________________
Ejemplar para la Propiedad
ACTA DE ADJUDICACIÓN PROVISIONAL DEL DENOMINADO LOTE Nº ___, SITO EN EL
MONTE ______________________ DE LA C.M.V.M.C DE SAN ANDRÉS DE CÉSAR,
AYUNTAMIENTO DE CALDAS DE REIS
El día ___de __________________ de 2.0____, en San Andrés de César, celebrada la subasta
del Lote de referencia y cumpliéndose todos los requerimientos y especificaciones necesarias y
expuestas en el pliego de condiciones, se procede a la ADJUDICACIÓN PROVISIONAL DEL
LOTE A:
D.______________________________________________________________________
En cualquier caso, la adjudicación no podrá considerarse definitiva hasta el cumplimiento de lo
dispuesto en la cláusula séptima del Pliego de condiciones. Y para que así conste, firman los
interesados, en señal de conformidad, en el lugar y fecha arriba indicados:
Por la Entidad Propietaria: El Rematante:
D.: __________________________________ D.: ________________________________
Ejemplar para el Adjudicatario
ACTA DE ENTREGA DEL APROVECHAMIENTO MADERABLE DENOMINADO LOTE Nº
____, SITO EN EL MONTE __________________ DE LA C.M.V.M.C DE SAN ANDRÉS DE
CÉSAR, AYUNTAMIENTO DE CALDAS DE REIS
El día ___ de __________________ de 2.0__ se reúnen en el lugar arriba indicado las
personas que firman la presente acta, para proceder a efectuar la operación que el
encabezamiento expresa.
En primer lugar se reconoce el terreno en el que se hizo el señalamiento y alrededores,
comprobando la existencia de la totalidad de los pies que fueron objeto de la adjudicación.
El rematante D.___________________________________________________________ tiene
desde este momento la posesión de la correspondiente licencia o notificación de corta y
aceptando el Pliego de condiciones expuesto por la Entidad propietaria, se procede a la
entrega de la zona objeto del aprovechamiento.
El plazo de ejecución del aprovechamiento es de 6 meses.
Acabada la operación firman los asistentes al acto, en señal de conformidad, en el lugar y
fecha arriba indicados:
Por la Entidad Propietaria: El Rematante:
D.: __________________________________ D.: ________________________________
ACTA DE RECONOCIMIENTO FINAL DEL APROVECHAMIENTO MADERABLE
DENOMINADO LOTE Nº ___, SITO EN EL MONTE _______________ DE LA C.M.V.M.C DE
SAN ANDRÉS DE CÉSAR, AYUNTAMIENTO DE CALDAS DE REIS
El día ___de ________________ de 2.0___ se reúnen en el lugar arriba indicado las personas
que firman la presente acta, para proceder a efectuar la operación que el encabezamiento
expresa.
Se reconoce el terreno en el que se realizó el aprovechamiento y la zona perimetral, al tiempo
que se comprueba la existencia de todos los tocones de los árboles aprovechados y:
SI SE ENCUENTRAN DAÑOS NO SI
QUEDA LA RAMA DEBIDAMENTE Amontonada (Solo zonas No mecanizables)
NO Triturada
*Observaciones (En el caso en que se produzcan daños o ausencia de trituración):
____________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________
Por la Entidad Propietaria: El Rematante:
D.: __________________________________ D.: ________________________________
VENTA DE APROVECHAMIENTOS MADERABLES
COMUNIDAD DE MONTES VECINALES EN MANO COMUN
SAN ANDRÉS DE CÉSAR (CALDAS DE REIS)
PLIEGO DE CONDICIONES
La Junta Rectora de la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de San Andrés de
César, debidamente facultada, procede a la venta de un lote de madera por el sistema de
subasta con las siguientes condiciones:
Primera.- Objeto de la oferta.
El objeto de la presente oferta es la enajenación del aprovechamiento maderable cuyas
características se detallan a continuación:
RODAL/LOTE 2: “Monte Porreiro”. REQUEIXADA
TIPO DE CORTA: CORTA A HECHO.
SUPERFICIE TOTAL: 5,31 hectáreas (4,84 has arboladas)
TIPO DE INVENTARIO REALIZADO: MUESTREO / PIE A PIE
OBSERVACIONES:
*TODOS LOS DATOS DE LA TABLA SON ESTIMACIONES en base al muestro efectuado, siendo la causa cierta la superficie de corta. Los volúmenes en el rodal son por tanto ESTIMACIONES para el caso del Pinus radiata en base a los valores medios de las parcelas efectuadas y las tarifas de IFN3. En el caso del Eucalyptus globulus, se garantizan los valores relativos al de nº de pies por haberse realizado conteo diamétrico pie a pie. Los volúmenes en el rodal son ESTIMACIONES en base al conteo realizado y las tarifas de IFN3. CROQUIS:
Segunda.- Precio base de licitación.
Se establece un precio base de licitación para el lote expresado en el punto primero, por lo que
no se valorarán ofertas inferiores a este, salvo que la representación de la propiedad así lo
decida; se establece, además, un precio índice (superior al precio base) y que se reserva la
parte vendedora para la adjudicación efectiva del aprovechamiento. Este último se mantendrá
en sobre cerrado en el momento de la subasta. La Junta Rectora resolverá tras la recepción y
LOTE Nº DE PIES* ESPECIE
VOLUMEN ESTIMADO
m³*
TIPO DE CORTA
Precio unit. €/m³
PRECIO BASE
ESTIM. €
2 1.618 Pinus radiata 2.598,80 A HECHO 31,00 80.562,80
151 E. globulus 91,26 A HECHO 24,00 2.190,24
82.753,04
apertura de las ofertas si procede o no a la adjudicación provisional del lote en base a los
precios base e índice fijados.
Tercera.- Fianzas.
En caso de adjudicación provisional del lote, se establece una fianza del 10% del valor de
adjudicación ofertado, para resarcimiento de posibles daños contra la integridad del Monte o
sus infraestructuras.
Esa cuantía permanecerá en depósito hasta que finalizado el aprovechamiento y efectuado el
reconocimiento final, resuelva sobre su devolución total o parcial la entidad propietaria. La
fianza se hará efectiva en el acto de adjudicación provisional, bien en metálico o talón bancario
debidamente formalizado.
Cuarta.- Plazo de presentación de proposiciones.
Las ofertas se presentarán desde el día de recepción del presente pliego hasta el día (y hora)
de celebración de la subasta. También se admitirán las ofertas recibidas por correo certificado
en el mismo plazo señalado.
La apertura de Plicas se celebrará en el CENTRO SOCIAL DE LA COMUNIDAD (Estrada
N-640 Caldas - Cuntis, Km 222 – Acceso al Embalse de A Baxe), el DOMINGO día 7 de
ABRIL de 2.019 a las _12:00_.
Quinta.- Proposiciones.
Cada licitador presentará sus ofertas en un sobre cerrado, conteniendo copia de su D.N.I. y la
proposición económica formalizada según modelo que se facilita, haciendo indicación expresa
en el exterior del mismo, del número o denominación del lote a la que corresponda. La
enajenación del presente aprovechamiento maderable se considera:
Lote 2: A RIESGO Y VENTURA del licitador con oferta económica sobre la totalidad
del aprovechamiento, razón por la cual no se admitirán reclamaciones posteriores a la
adjudicación sobre la cantidad o calidad del mismo.
Sexta.- Adjudicación provisional.
La adjudicación provisional se realizará al mejor postor, que reuniendo las condiciones exigidas
supere el precio estimado por la propiedad; de no superarse el precio índice, la Comunidad se
reserva el derecho de adjudicar o no el lote. Esta se comunicará al adjudicatario y se abonará a
continuación la fianza establecida, considerándose realizada la adjudicación provisional.
En el caso de que aparezcan dos o más ofertas iguales que represente la máxima ventaja
económica respecto de las restantes se comunicará a quienes las hubieren formulado, para
que sea realizada una nueva oferta en el plazo de 15 días, si el empate subsistiera, la
adjudicación se decide por sorteo.
Realizada la adjudicación, se extenderán los documentos de adjudicación provisional que
serán firmados por el licitador y el Presidente de la Comunidad haciéndose entrega de
duplicado al rematante.
Séptima.- Adjudicación definitiva. Pagos y depósitos a efectuar por el
Adjudicatario.
La adjudicación será firme siempre que en el plazo de cinco días naturales siguientes a la
adjudicación provisional, se cumplan las siguientes formalidades:
1. Depósito de la fianza que se establece en la cláusula tercera.
2. Ingreso de la totalidad del precio de adjudicación del lote, más el 12% sobre el valor de la
misma, en concepto de IVA.
Los referidos ingresos y depósitos se efectuarán en la cuenta bancaria de la Comunidad de
Montes Vecinales en Mano Común de San Andrés de César abierta en la Entidad:
ABANCA Oficina CC. Nº ES90 2080 5019 4930 0018 8191
Si el adjudicatario dejase transcurrir el plazo señalado sin presentar los justificantes de haber
realizado los pagos citados a la entidad propietaria, perderá todos los derechos sobre el
aprovechamiento, incluida la fianza depositada.
Octava.- Reserva de anulación de subasta.
La Junta Rectora se reserva el derecho de anular la subasta del lote si se observan errores o
anomalías.
CONDICIONES DEL APROVECHAMIENTO.
Novena.- Responsabilidad laboral y de accidentes.
El adjudicatario asume toda la responsabilidad en materia laboral y de seguridad e higiene en
el trabajo de los trabajadores que realicen el aprovechamiento de la madera. La Comunidad de
Montes Vecinales en Mano Común de San Andrés de César no se hace responsable de los
accidentes de cualquier clase que se produzcan por causa del aprovechamiento y transporte
de la madera; se reserva así mismo el derecho de solicitar al adjudicatario documentación
relativa a la existencia de seguro de Responsabilidad Civil, estar al corriente de pago con las
Administraciones Públicas y de los trabajadores (TC2) que vayan a ejecutar el
aprovechamiento.
Décima.- Plazo de ejecución.
El plazo de ejecución del aprovechamiento será de SEIS MESES contados a partir del día
siguiente al de la fecha de adjudicación definitiva del aprovechamiento; este plazo podrá verse
ampliado proporcionalmente en caso de demora en la obtención de los permisos necesarios.
Undécima.- Entrega de los aprovechamientos.
Una vez definitiva la enajenación del aprovechamiento y en un plazo máximo de diez días se
fijará, entre la entidad propietaria y el comprador, el día y la hora en que ha de efectuarse la
entrega del aprovechamiento. En este acto de entrega se presentarán el Adjudicatario y uno o
más representantes de la entidad propietaria, pudiendo estar asistidos por un técnico forestal.
En esta operación se recorrerá la superficie del Monte donde se ha de verificar el
aprovechamiento y la zona perimetral del mismo, levantándose acta por duplicado en la que se
consigne la conformidad del comprador con la existencia de la cantidad y clase de los
productos maderables a aprovechar, objeto del presente pliego o en caso contrario se harán
constar las incidencias producidas, así como las reclamaciones u objetos que se formulen por
los asistentes.
Así mismo, la Propiedad facilitará al adjudicatario copia de la correspondiente notificación o
licencia administrativa de corta, tramitada ante la Administración competente. En cualquier
caso, para poder proceder al inicio del aprovechamiento es condición necesaria la
obtención de las correspondientes licencias o permisos:
Medio Rural. En aplicación de la legislación vigente que obliga a indicar el
comprador, el permiso será tramitado por la propiedad el primer día hábil con
posterioridad a la fecha de celebración de la subasta.
Servicio de Patrimonio. El adjudicatario deberá observar las condiciones
impuestas por este Servicio para la realización del aprovechamiento, para lo que
le será facilitada copia de la resolución en cuanto esta se reciba.
Duodécima.- Obligaciones que contrae el comprador al efectuar la tala.
Por ningún concepto podrá el rematante variar el objeto del aprovechamiento, es decir cortar
otros árboles que no sean los señalados o especificados en la licencia administrativa y/o el
Informe técnico de corta.
Solo se permitirá la corta de los árboles o parcelas expresamente señalados por la Comunidad
Propietaria.
El adjudicatario estará obligado al aprovechamiento de los fustes de los árboles hasta un
diámetro en punta delgada de 6 cm. La altura del tocón no sobrepasará los 10 cm. medidos en
la dirección superior de la pendiente.
El apeo de los árboles señalados objeto del aprovechamiento deberá dirigirse de manera que
en su caída causen el menor daño posible a los que queden en pie, pues los daños que
produzca dicha caída así como cuantos se causen intencionadamente o por negligencia, se
consignarán en el acta de reconocimiento final como daños imputables al adjudicatario.
En cualquier caso, la ejecución del aprovechamiento deberá realizarse de forma que se
respeten los ejemplares de frondosas autóctonas que se encuentren en el interior de las zonas
pobladas por las especies objeto de corta que deben prevalecer sobre el terreno tras la corta.
El adjudicatario no podrá interrumpir el uso de caminos y pasos para el ganado ni oponerse al
cruce de sendas y caminos que se juzguen necesarias para el buen aprovechamiento del
Monte. Concluido el aprovechamiento, las vías han de quedar en buen estado de uso y sin
restos de corta en su superficie, cunetas o pasos de agua.
Decimotercera.- Control de la corta.
La Comunidad propietaria se reserva el derecho a ejercer el control de la corta y saca de
madera. El adjudicatario se compromete y así queda obligado a comunicar a los representantes
de la propiedad (Comunidad de Montes) antes de retirar del monte cada extracción de madera
en el teléfono que previamente se determine, si esta así lo solicita. El adjudicatario se
compromete y así queda obligado a comunicar a la Junta Rectora de la Comunidad de Montes
la fecha de inicio del aprovechamiento con antelación suficiente.
Decimocuarta.- Responsabilidades en daños a infraestructuras.
La reparación de los desperfectos ocasionados en las pistas y carreteras vecinales por la
retirada de madera, así como daños en infraestructuras de regadío, tendidos de suministro
eléctrico o de telecomunicaciones, conducciones subterráneas de agua potable, u otras
construcciones que puedan existir en la zona de corta y vías de saca, serán a cargo del
adjudicatario.
Decimoquinta.- Restos de corta.
En el caso de los restos de corta (ramas y raberones) se procederá a su desintegración
mecanizada mediante pase de desbrozadora de cadenas acoplada a tractor, corriendo ésta a
cargo del adjudicatario.
Todos estos restos deberán ser triturados “in situ” para evitar la acumulación de biomasa en la
prevención y defensa contra incendios forestales, salvo que se acuerde con la Propiedad otro
tipo de eliminación; de esta forma, se deberá proceder a la trituración en Monte de los
productos residuales procedentes de las mismas, cuando menos los de mayores dimensiones y
en cualquier caso hasta un diámetro inferior a 5 centímetros en su parte más gruesa, que se
incorporarán al suelo como protección y como fuente de producción de materia orgánica.
Los residuos que pueda generar la operación de corta y saca (latas, combustible y aceites de
engrase, restos de neumáticos, repuestos de herramientas mecánicas y de vehículos, restos de
cables, prendas de vestuario, restos de envases de bebidas o de alimentos, etc...) serán
obligatoriamente retirados del monte por cuenta del adjudicatario, a vertedero autorizado.
Decimosexta.- Áreas de almacenamiento de madera.
El almacenamiento de madera en Monte se realizará únicamente en los lugares designados
previamente por la propiedad y que serán indicados al adjudicatario “in situ” en el acto de
entrega del aprovechamiento.
Teniendo en consideración los riesgos fitosanitarios de las masas forestales, las áreas de
almacenamiento o cargaderos no deberán servir de almacén permanente, razón por la que la
madera no permanecerá depositada en el Monte por un periodo de tiempo superior a treinta
días, no pudiendo quedar en ningún caso las pistas forestales de acceso al Monte cortadas.
Decimoséptima.- Reconocimiento final.
Una vez finalizado el aprovechamiento de los lotes, el adjudicatario lo comunicará a la Junta
Rectora y en un plazo de 15 días naturales se procederá a levantar acta de reconocimiento
final por la Entidad Propietaria, el adjudicatario y un técnico forestal en su caso, con la finalidad
de comprobar que el mismo se ha realizado únicamente sobre los pies objeto del
aprovechamiento. Para ello se recorrerá la zona donde radique el aprovechamiento y su zona
perimetral.
Terminada la operación se extenderá un acta por duplicado en la que se recoja el resultado de
aquellas. Si se detectasen daños causados a arbolado no señalado, se especificarán en el
acta con la clasificación de evitables e inevitables, figurando entre estos últimos los que no
haya habido posibilidad de evitar durante la operación de corta.
Por los daños causados que se consideren evitables abonará el comprador el doble de su valor
en concepto de indemnización, además de su valor en el caso de que se estime por la entidad
propietaria que los productos sean retirados por el adjudicatario. Estas responsabilidades
deberá hacerlas efectivas antes de la extracción de los productos. Se incluyen como daños
evitables la corta de árboles maderables no señalados siempre y cuando no excedan el
número de quince. Si excede de este número la fianza se perderá en su totalidad.
Cuando un árbol marcado para la corta no haya sido apeado antes del reconocimiento final,
quedará en beneficio del monte, sin que el comprador tenga derecho a indemnización alguna ni
aprovechamiento posterior.
A instancia del adjudicatario se acordará la devolución de la fianza si no hubiese causado
daños. En caso de existir daños el importe de los mismos será deducido de la fianza. Si
excede de esta cuantía se requerirá el abono de la cantidad complementaria.
Terminada la operación de reconocimiento final sin imposición de responsabilidades o
liquidadas éstas por el adjudicatario se dará por concluido el aprovechamiento.
Decimoctava.- Aceptación.
El adjudicatario por el mero hecho de presentarse a la subasta se somete y acepta
expresamente todas las condiciones generales y el aprovechamiento anteriormente descritas.
El incumplimiento de estas condiciones acarreará la rescisión del contrato de aprovechamiento,
quedando éste libre para otra posible adjudicación.
Caldas de Reis, a 07 de Marzo de 2.019
Fdo.: El Presidente de la C.M.V.M.C. de San Andrés de César
MODELO DE PROPOSICIÓN
D.____________________________________________, con DNI nº ________________ y
con domicilio en _____________________________________________________, en
representación de la Entidad _________________________________________________,
con CIF nº ____________________ y domicilio social en __________________________
___________________________________________________________________________,
bien enterado y aceptando las condiciones y obligaciones establecidas en el Pliego de
Condiciones por el que se rige la presente oferta, ofrece por el aprovechamiento maderable
perteneciente a la C.M.V.M.C. de San Andrés de César, denominado LOTE Nª _____, la
cantidad de _____________________________________________________________ Euros
( ____________ Euros).
______________________, a _____ de ________________ de 2.0____
Fdo.: ____________________________
RECIBO DE ENTREGA DE PLICA DE OFERTA
Hemos recibido de D.:__________________________________________________________
en su condición de representante de la Entidad:
__________________________________________________________________________,
un sobre cerrado que el interesado indica ser plicas de oferta para licitar el LOTE Nº _____ de
la oferta de aprovechamientos maderables emitida por la Comunidad de Montes Vecinales en
mano común de San Andrés de César el día ____ de ________________ de 2.0__,
______________________, a_____ de ________________ de 2.0___
Fdo.: ____________________________
MODELOS ACTAS
ACTA DE ADJUDICACIÓN PROVISIONAL DEL DENOMINADO LOTE Nº ___, SITO EN EL
MONTE ______________________ DE LA C.M.V.M.C DE SAN ANDRÉS DE CÉSAR,
AYUNTAMIENTO DE CALDAS DE REIS
El día ___de __________________ de 2.0____, en San Andrés de César, celebrada la subasta
del Lote de referencia y cumpliéndose todos los requerimientos y especificaciones necesarias y
expuestas en el pliego de condiciones, se procede a la ADJUDICACIÓN PROVISIONAL DEL
LOTE A:
D.______________________________________________________________________
En cualquier caso, la adjudicación no podrá considerarse definitiva hasta el cumplimiento de lo
dispuesto en la cláusula séptima del Pliego de condiciones. Y para que así conste, firman los
interesados, en señal de conformidad, en el lugar y fecha arriba indicados:
Por la Entidad Propietaria: El Rematante:
D.: __________________________________ D.: ________________________________
Ejemplar para la Propiedad
ACTA DE ADJUDICACIÓN PROVISIONAL DEL DENOMINADO LOTE Nº ___, SITO EN EL
MONTE ______________________ DE LA C.M.V.M.C DE SAN ANDRÉS DE CÉSAR,
AYUNTAMIENTO DE CALDAS DE REIS
El día ___de __________________ de 2.0____, en San Andrés de César, celebrada la subasta
del Lote de referencia y cumpliéndose todos los requerimientos y especificaciones necesarias y
expuestas en el pliego de condiciones, se procede a la ADJUDICACIÓN PROVISIONAL DEL
LOTE A:
D.______________________________________________________________________
En cualquier caso, la adjudicación no podrá considerarse definitiva hasta el cumplimiento de lo
dispuesto en la clausula séptima del Pliego de condiciones. Y para que así conste, firman los
interesados, en señal de conformidad, en el lugar y fecha arriba indicados:
Por la Entidad Propietaria: El Rematante:
D.: __________________________________ D.: ________________________________
Ejemplar para el Adjudicatario
ACTA DE ENTREGA DEL APROVECHAMIENTO MADERABLE DENOMINADO LOTE Nº
____, SITO EN EL MONTE __________________ DE LA C.M.V.M.C DE SAN ANDRÉS DE
CÉSAR, AYUNTAMIENTO DE CALDAS DE REIS
El día ___ de __________________ de 2.0__ se reúnen en el lugar arriba indicado las
personas que firman la presente acta, para proceder a efectuar la operación que el
encabezamiento expresa.
En primer lugar se reconoce el terreno en el que se hizo el señalamiento y alrededores,
comprobando la existencia de la totalidad de los pies que fueron objeto de la adjudicación.
El rematante D.___________________________________________________________ tiene
desde este momento la posesión de la correspondiente licencia o notificación de corta y
aceptando el Pliego de condiciones expuesto por la Entidad propietaria, se procede a la
entrega de la zona objeto del aprovechamiento.
El plazo de ejecución del aprovechamiento es de 6 meses.
Acabada la operación firman los asistentes al acto, en señal de conformidad, en el lugar y
fecha arriba indicados:
Por la Entidad Propietaria: El Rematante:
D.: __________________________________ D.: ________________________________
ACTA DE RECONOCIMIENTO FINAL DEL APROVECHAMIENTO MADERABLE
DENOMINADO LOTE Nº ___, SITO EN EL MONTE _______________ DE LA C.M.V.M.C DE
SAN ANDRÉS DE CÉSAR, AYUNTAMIENTO DE CALDAS DE REIS
El día ___de ________________ de 2.0___ se reúnen en el lugar arriba indicado las personas
que firman la presente acta, para proceder a efectuar la operación que el encabezamiento
expresa.
Se reconoce el terreno en el que se realizó el aprovechamiento y la zona perimetral, al tiempo
que se comprueba la existencia de todos los tocones de los árboles aprovechados y:
SI SE ENCUENTRAN DAÑOS NO SI
QUEDA LA RAMA DEBIDAMENTE Amontonada (Solo zonas No mecanizables)
NO Triturada
*Observaciones (En el caso en que se produzcan daños o ausencia de trituración):
____________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________
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____________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________
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____________________________________________________________________________
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Por la Entidad Propietaria: El Rematante:
D.: __________________________________ D.: ________________________________
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