solicitud de carta de solteria
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Ciudadano
NOTARIO PÚBLICO DE PUERTO ORDAZ
Su Despacho
Nosotros, DEYCHER CUEVAS MARCANO y NOELY MARIANN
ESTABA SOTO, Venezolanos, mayor de edad, de este domicilio y titular de
las Cedulas de Identidad números v-16.174.143. y v-16.226.612, ante usted,
con el debido respeto, ocurrimos y exponemos:
Para los fines legales que nos interesan, relacionados con el matrimonio que
hemos convenido contraer, pedimos a Usted se sirva interrogar a los testigos
que oportunamente presentamos ante su Despacho, con el propósito que
declaren sobre los particulares siguientes:
PRIMERO: Si nos conocen suficientemente de vista, trato y comunicación
desde hace mas de cinco (5) años.
SEGUNDO: Si por ese conocimiento que tienen de nosotros, saben y les
consta que el primero de los mencionados, DEYCHER CUEVAS
MARCANO nació en Maturín, Edo. Monagas, el día 24 de Abril de 1982 y
es hijo de DAVID ALFONSO CUEVAS PRADO y de DELYS JOSEFINA
MARCANO DE CUEVAS y la segunda, NOELY MARIANN ESTABA
SOTO nació en Ciudad Bolívar, Edo. Bolívar, el día 20 de Octubre de 1982 y
es hija de ALI RAMON ESTABA BARRETO y ROCIO MARCOLINA
SOTO JIMENEZ.
TERCERO: Si igualmente saben y les consta que somos de estado civil
solteros, que no tenemos impedimento legal para contraer matrimonio y no
hemos cambiado de domicilio en los últimos seis meses.
Solicitamos que una vez evacuado el presente justificado, nos sea devuelto en
original con sus resultas.
Es Justicia, en Puerto Ordaz, a la fecha de su otorgamiento.
Hoy, Veintidós (22) de Marzo del Dos Mil Once (2011), me fue presentada
una persona la cual debidamente juramentada en forma legal dijo llamarse:
DEYCHER CUEVAS MARCANO mayor de edad, titular de la Cedula de
Identidad Nº 16.174.143. Quien impuesto del contenido de la solicitud y de las
generales de la ley referente a testigos manifestó no tener impedimento alguno
para declarar y contesto: AL PRIMERO: “Si lo conozco de vista, trato y
comunicación desde hace varios años”. AL SEGUNDO: “si es cierto y me
consta lo dicho en este partícula”. AL TERCERO: “si se y me consta que son
de estado civil solteros y no tienen impedimento alguno para contraer
matrimonio”. Es todo, se termino, se leyó y conformes firman:
EL NOTARIO PÚBLICO:
EL (LA) TESTIGO:
Seguidamente me fue presentada una persona la cual debidamente
juramentada en forma legal dijo llamarse: NOELY MARIANN ESTABA
SOTO mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 16.226.612. Quien
impuesto del contenido de la solicitud y de las generales de la ley referente a
testigos manifestó no tener impedimento alguno para declarar y contesto:
AL PRIMERO: “Si la conozco de vista, trato y comunicación desde hace
varios años”. AL SEGUNDO: “si es cierto y me consta lo dicho en este
partícula”. AL TERCERO: “si se y me consta que son de estado civil solteros
y no tienen impedimento alguno para contraer matrimonio”. Es todo, se
termino, se leyó y conformes firman:
EL NOTARIO PÚBLICO:
EL (LA) TESTIGO:
y NOELY MARIANN ESTABA SOTO, el primero hijo legítimo de
DAVID ALFONSO CUEVAS de ocupación COMERCIANTE y DELYS
JOSEFINA MARCANO DE CUEVAS de ocupación COMERCIANTE
cuyo domicilio es Sector Guzmán Blanco casa # 27 San Vicente, Maturín Edo.
Monagas y la segunda que es hija legitima de ALI RAMON ESTABA
BARRETO de ocupación COMERCIANTE y ROCIO MARCOLINA
SOTO JIMÉNEZ de ocupación OFICIOS DEL HOGAR cuyo domicilio es
Urbanización Moreno de Mendoza Calle Zamora cruce con Tovar, casa # 8
Manzana 2, San Félix Edo. Bolívar. Ambos solicitantes, el primero
Venezolano, y la segunda, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio,
titular de la Cedula de Identidad Nº 16.226.612. Ambos expresan que han
resuelto contraer matrimonio ante la Oficina Municipal de Registro Civil
Maturín, Municipio Maturín, Parroquia San Simón del Estado Monagas. Leída
esta acta a los otorgantes, expresaron estar conforme.
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