sistemas supranacionales de propiedad industrial

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Octubre 2015

Esther Arias Pérez-Ilzarbe

Oficina Española de Patentes y Marcas

"Sistemas supranacionales de protección de la Propiedad Industrial”

• El origen de la Propiedad Industrial. El

siglo XIX: los avances tecnológicos y la

globalización.

• Acuerdos, tratados, convenios

internacionales

• Sistemas internacionales de solicitud

• Sistemas supranacionales

• Algunas cifras globales

Primera “patente” de la historia para Filippo Brunelleschi en Florencia 1421

Barco denominado “Il Badalone” un sistema para transportar el mármol

de Carrara a través del complicado río Arno

Hasta 1427 no se usó pero su primer y único viaje acabó en desastre al hundirse la barcaza a la altura de la ciudad de Empoli

Estatuto de Venecia 1474

La invención puesta en práctica debía ser comunicada a la República para obtener protección (10) años contra posibles infractores Permiso (monopolio) por cabotaje, rutas de comercio y tráfico de productos

¿Por qué surgen estos sistemas? -Para recompensar al inventor

-Impedir la copia -Empieza el comercio internacional

- Son sistemas nacionales pero con la industrialización…

La revolución industrial de finales del siglo XVII y principios del siglo XIX, supuso un cambio definitivo a nivel mundial, pues pasamos de una economía basada en el trabajo manual a otra dominada por la industria y la manufactura.

El progreso y los avances en las comunicaciones trajeron consigo la expansión del mercado exterior y por tanto las relaciones mercantiles recurrentes entre países A su vez, de esta nueva situación del tráfico mercantil surgió la necesidad jurídica de homologar las normas que regían la protección de los derechos de propiedad industrial.

Siglo XIX

Las exposiciones universales

El inventor donostiarra Ramón Barea presentó su velocípedo náutico en la Exposición Universal de París 1900.

Diseño de Gaudi para vitrina de Guantes de la Casa Esteve en la exposición Universal de Paris de 1878

Ejemplos de la creatividad española

El Convenio de la Unión de París se aprobó el 20 de marzo de 1.883 y estableció alguno de los principios que rigen la materia en la actualidad y siguen plenamente en vigor:

•Trato nacional a los ciudadanos de los miembros del CUP y condición de asimilados.

•Prohibiciones de marcas en cuanto a los emblemas de Estado, signos oficiales de control y emblemas de organizaciones intergubernamentales

•Principio de prioridad internacional respecto de la fecha del llamado primer depósito.

•Imposibilidad de la prioridad en cascada

•Territorialidad de los registros, suponiendo que no existan derechos de propiedad industrial mundiales

•Indicaciones falsas y competencia desleal.

Convenio CUP - 1883

Leyes nacionales

Acuerdos, Tratados, Convenios internacionales

Sistemas Supranacionales

El panorama se complica a lo largo del Siglo XX

Acuerdos, Tratados, Convenios internacionales

-Tratados Internacionales -Bases de datos: PATENTSCOPE, Arreglo de Madrid… -Publicaciones gratuitas: folletos, Guías, Manual de Documentación -Estadísticas -Legislación -Clasificaciones: patentes, marcas… -Academia de la OMPI: cursos de formación gratuitos

Aunque existe una “versión en español” de la página de internet, la página en inglés/francés es más completa

Principios básicos: trato nacional, trato NMF y protección equilibrada

Cómo proteger la propiedad intelectual: principios básicos comunes

Control de las prácticas anticompetitivas en las licencias contractuales

Observancia: rigurosa pero equitativa

Transferencia de tecnología

Disposiciones transitorias: 1, 5 u 11 años o más

ADPIC

ACUERDO DE ASOCIACION TRANSPACIFICO (TPP)

El TPP (Transpacific Partnership Agreement o Acuerdo de Asociación Transpacífico) es un acuerdo comercial entre países de la cuenca del océano Pacífico: Australia, Brunei, Canadá, Chile, Estados Unidos, Japón, Singapur, Malasia, México, Nueva Zelanda, Vietnam y Perú.

30 capítulos: Acceso a Mercados, Reglas de Origen, Obstáculos Técnicos al Comercio, Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, Defensa Comercial, Competencia, Compras Públicas, Servicios, Inversiones, Comercio Electrónico, Telecomunicaciones, Entrada Temporal, Servicios Financieros, Asuntos Legales, Propiedad Intelectual, Medio Ambiente, Laboral y Cooperación. Temas horizontales: Coherencia Regulatoria, Competitividad, Desarrollo y Pequeñas y Medianas Empresas.

ACUERDO DE ASOCIACION TRANSPACIFICO (TPP)

Dentro del capítulo de Propiedad Intelectual: -Estándares para patentes basados en el TRIPs.

-Protección de marcas y nombre comerciales: sigue los principios del TRIPs pero añade el concepto “genere confusión”

-Transparencia y salvaguarda de indicaciones geográficas: se abre la opción de que las indicaciones geográficas puedan registrarse como marcas -La duración de los derechos de propiedad intelectual no debe ser inferior a los 70 años desde la muerte del autor

-Importaciones paralelas: el titular de un derecho puede prohibir o autorizar importaciones paralelas

-Mantener durante 8 años en secreto los datos clínicos necesarios para obtener Registro Sanitario

•El 1 de junio de 2000, la Conferencia Diplomática para la adopción del Tratado sobre el Derecho de Patentes, convocada bajo los auspicios de la OMPI y en la que participaron 140 Estados soberanos, adoptó por consenso el Tratado sobre el Derecho de Patentes. •EL PLT entró en vigor en el 2005 y ha sido firmado por 71 Estados más la Organización de Patente Europea. Ha sido ratificado por 36, entre los que está España y en donde entrará en vigor el 6 de noviembre de 2013.

TRATADO SOBRE EL DERECHO DE PATENTES (PLT)

•Incluye 27 Artículos y 21 Reglas

• No crea ninguna Unión y carece, por tanto, de personalidad jurídica propia, aunque crea una Asamblea que se constituye en máximo órgano de gobierno y que «tratará todas las cuestiones relativas al mantenimiento, desarrollo y aplicación del Tratado»

•El PLT establece requerimientos formales y de procedimiento máximos que los Estados Contratantes pueden imponer a los solicitantes de patentes.

•Los Estados Contratantes tienen libertad, en la mayor parte de los requisitos, de proporcionar condiciones más favorables para solicitantes y titulares

•Se establece una “Fecha de Presentación estándar”

TRATADO SOBRE EL DERECHO DE PATENTES (PLT)

•Requisitos mínimos para la obtención de una fecha de presentación y procedimientos para evitar su pérdida por incumplimiento de formalidades;

•Un solo conjunto uniforme de requisitos internacionales de forma para las solicitudes presentadas ante las oficinas nacionales y regionales, de acuerdo con los requisitos establecidos en el Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT)

•Formularios uniformizados que deberán ser aceptados por todas las oficinas

•Procedimientos simplificados ante las oficinas de patentes

•Mecanismos para evitar la pérdida involuntaria de derechos a raíz del incumplimiento de un plazo

•Principios básicos para la puesta en marcha de la presentación electrónica de solicitudes.

TRATADO SOBRE EL DERECHO DE PATENTES (PLT): REQUISITOS DE FORMA

PATENT PROSECUTION HIGHWAY (PPT) Acuerdos bilaterales para acelerar la tramitación de una patente que ya ha sido evaluada por otra oficina

España ha sucrito 12 acuerdos PPH

Sistemas Internacionales de solicitud

Arreglo de Madrid: Solicitud centralizada de marcas

Arreglo de Madrid: Solicitud centralizada de marcas

Arreglo de Madrid: Solicitud centralizada de marcas

Sistema de la Haya: solicitud centralizada de diseños industriales

Tratado Patent Cooperation Treaty (PCT)

Tratado Patent Cooperation Treaty (PCT)

Tratado Patent Cooperation Treaty (PCT)

Tratado Patent Cooperation Treaty (PCT)

OEP/EPO (Oficina Europea de Patentes): Sistema de concesión de patentes europeas. Sedes en La Haya, Berlín, Munich, Viena Concesión de Patentes Europeas, a través de un sistema centralizado que permite obtener protección en 38 países europeos, extensión a otros 2 más y posibilidad de validar en Marruecos. Una patente europea concedida debe ser validada en el país donde se quiera protección

Patente Europea

Oficina Euroasiática (EAPO: http://www.eapo.org/) Esta organización surgió tras la disgregación de la Unión Soviética, con el fin de crear un sistema centralizado de concesión de derechos de Propiedad Industrial. En la actualidad forman parte de esta organización 10 países. Papel similar a la EPO, se crea un sistema centralizado de patentes

Patente Euroasiática

ARIPO: Oficina intergubernamental que actúa de Oficina Centralizada de Propiedad Industrial para 18 países africanos (anglófonos) Protocolos diferentes para cada modalidad de PI: •Protocolo Harare para Patentes y Diseños Industriales (18 países)

•Protocolo de Banjul para Marcas (9 países)

Patentes, Diseños y Marcas ARIPO

Sistema centralizado de registro pero los países mantienen sus legislaciones nacionales

Sistemas Supranacionales

OAPI: Oficina intergubernamental que actúa de Oficina Centralizada de Propiedad Industrial para 17 países africanos (francófonos) Acuerdo de Bangui: Todas las modalidades de Propiedad Industral Sistema Supranacional

Patentes , Diseños y Marcas OAPI

OAMI (Oficina de Armonización del Mercado Interior) : Marcas y Diseños Comunitarios Alicante

OAMI: Marca y Diseño Comunitario

OAMI: Marca y Diseño Comunitario

Patente Europea con efectos unitarios

Patente Europea con efectos unitarios

Patente Europea con efectos unitarios

Algunas cifras globales

País con mayor número de patentes en el año 2013: China

País con mayor número de marcas en el año 2013: China

País con mayor número de diseños en el año 2013: China

China se toma en serio no solo las patentes, también las marcas y los diseños

Artículo publicado en el suplemento MERCADOS el 25 de octubre de 2015

49 esther.arias@oepm.es

¡MUCHAS GRACIAS!

¡Y RECORDAD QUE LA OEPM ESTÁ

ENCANTADA DE AYUDAROS!

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