sistema gneral de pensiones
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SISTEMA GNERAL DE PENSIONES OBJETO: Garantizar el amparo en las
contingencias de vejez, invalidez y muerte
A quienes se aplica: a todos los habitantes del territorio
CARACTERISTICAS DEL S. DE PENSIONES
Afiliación obligatoria para trabajadores dependientes e independientes
Libre escogencia de administradoras Existencia de dos regímenes Cotización obligatoria Pensión mínima en los dos regímenes Fondo de Solidaridad pensional No se puede recibir a la vez pensión
de invalidez y de vejez
Características del S. de Pensiones Reajuste anual de pensiones El trabajador aporta el 4% Empleador 12% 1% adicional cuando gana más de 4
SM
Regímenes Pensionales
Regimen de Prima Media con Prestación Definida: RPM
Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad: RAIS
ES Adminsitrasdo por el ISS
Los aportes van a un fondo común
Tiene predeterminadas las prestaciones
Mínimo de semanas cotizadas: Ej. 1.150 sem. Para el 2009
Administrado por las AFP Los aportes van a una
cuenta individual No están
predeterminadas las prestaciones económicas
No se requieren semanas cotizadas, todo depende del capital , el cual debe financiar el 110% de la pensión
Regímenes pensionales
RPM RAIS Las semanas
aumentan en 25 en cada año hasta llegar a 1300 en el 2015
Requisitos de edad: Mujeres 55 años Hombres 6º siempre
que el afiliado tenga 750 sem. En el 2005. A partir del 2014 se aumentan en 57 y 62 resp.
No se require un mímimo de semanas
No se exige edad: Lo que se require es un capital para financiar una pensión siquiera del 110% del SM
Regimenes Pensionales
RPM RAIS La mesada pensional
se aumenta cada 1º de enero
El m´ximo valor de la pensión es de 25 SM
La rentabilidad del Fondo Común no afecta el valor de la pensión
Existe una sola modalidad: mesada vitalicia
La mesada pensional se aumenta cada 1º de enero
No hay límites en el valor de la pensión
La rentabilidad repercute en la mesada
Existen varias modalidades en la pensión
RPM RAIS Existe indemnización
Sustitutiva de la pensión para personas que cumpliendo la edad manifiestan que la imposibilidad de seguir cotizando
Devolución de saldos
SEGURIDAD SOCIALSistema de Pensiones
Pensión de Vejez en el Régimen de Prima Media
Para tener derecho a la pensión de vejez se requiere:
Mujer: 55 años de edad Hombre: 6O años Haber cotizado 1000 semanas Lo anterior siempre que el afiliado al
25 de julio de 2005 tenga 750 semanas cotizadas
Pensión de vejez A partir del 2014 la edad se
aumenta: 57 años para la mujer y 62 para el hombre
A partir del 1º de enero de enero de 2005 las semanas se aumentan progresivamente.
Para el 2009: 1150 semanas, se aumentan 25 cada año, hasta llegar a 1.300 en el 2015.
Por semana se entiende 7 días calendario
Ingreso Base de Liquidación (IBL)
IBL: Es el promedio de los salarios sobre los cuales ha cotizado el afiliado en los 10 años anteriores al reconocimiento de la pensión , o de toda su vida laboral siempre que tenga 1.250 semanas cotizas, y le resulte más favorable
Indemnización Sustitutiva
Las personas que habiendo cumplido la edad para la pensión de vejez y no han cotizado el mínimo de semanas exigidas y declaren su imposibilidad de seguir cotizando , recibirán la indemnización sustitutiva, qué es un porcentaje de lo aportado.
PENSIÓN DE INVALIDEZ
Cuando hay invalidez: Un apersona se considera invalida
cuando por cualquier causa de origen no profesional , no provocada intencionalmente, pierda el 50% o más de su capacidad laboral.
Pensión de invalidez
Requisitos: 1.- Invalidez causada por
enfermedad: Que haya cotizado 50 semanas
dentro de los tres (3) últimos años a la fecha de estructuración.
Pensión de invalidez
Requisitos: 2.- Invalidez causada por accidente: Que haya cotizado 50 semanas
dentro de los últimos años tres (3) años anteriores al hecho causante de la misma.
Pensión de invalidez
Requisitos: Cuando el afiliado haya cotizado por
lo menos el 75% de las semanas mínimas requeridas para la pensión de vejez, solo se requerirán que haya cotizado 25 semanas en los tres últimos años.
Pensión de invalidez
Qué pasa si el afiliado no reúne los requisitos para recibir la pensión de invalidez.
Tendría derecho a una indemnización equivalente a una indemnización sustitutiva de vejez.
Calificación de la invalidez Cómo se califica la invalidez Quién la califica Qué es el Manual Único para la
calificación de invalidez Quien determina la pérdida de
capacidad laboral Apelación del acto que determina el
porcentaje de invalidez
Juntas regionales de Calificación de invalidez
Qué son En dónde funcionan Cómo funcionan Cuáles son sus principales funciones
Junta Nacional de calificación de invalidez
Qué es Dónde funciona Principales funciones Efectos de sus sentencias
Monto de la pensión
Depende del grado de incapacidad:
Incapacidad igual o superior al 50% e inf. Al 66%: 45% del IBL, más 1.5% del IBL por cada 50 semanas cotizadas con posterioridad a las primeras 500.
Monto de la pensión
Incapacidad igual o superior al 66% El 54% del IBL, más 2% del IBL por
cada 50 semanas cotizadas con posterioridad a las primeras 8OO.
Cuantía máxima: La cuantía máxima de la pensión de invalidez no podrá ser superior al 75% del IBL, ni inferior al salario mínimo.
Pensión de sobrevivientes
Qué es: Es la pensión que deja el afiliado o
pensionado a sus beneficiarios. Requisitos: 1.- Muerte del pensionado o afiliado 2.- Que haya cotizado 50 semanas
dentro de los últimos tres años y acrediten los siguientes requisitos:
Pensión de sobrevivientes
Requisitos:
1.- Muerte causada por enfermedad 2.- Muerte causada por accidente
Pensión de sobrevivientes
Quienes son beneficiarios:
1º Cónyuge o compañera (o) permanente y los hijos con derecho
2º Los padres con derecho, es decir, a falta de cónyuge o compañera ( o ) permanente e hijos con derecho.
Pensión de sobrevivientes
Beneficiarios: 3º Los hermanos con derecho: estos
pueden acceder a falta de los dos grupos anteriores.
Pensión de sobrevivientes
Beneficiarios: Los hijos mayores de 18 años y
hasta los 25 , tienen derecho por incapacitados para trabajar en razón de sus estudios y si dependían económicamente del causante.
Hijos inválidos si dependían del causante , mientras persistan la condiciones de invalidez.
Pensión de sobrevivientes
Que pasa si el afiliado fallece sin reunir los requisitos:
Indemnización sustitutiva en el RPM Devolución de saldos en el RAIS
Pensión de sobrevivientes
Cómo se distribuye la pensión 1.- 50% para el cónyuge o
compañera ( o ) y el otro 50% para los hijos con derecho por parte iguales.
2.- A falta de cónyuge compañera (o) la totalidad de la pensión corresponde a los hijos con derecho.
Pensión de sobrevivientes
3.- Si no Hay cónyuge, compañero (a) e hijos con derecho, la pensión corresponde a los padres por partes iguales y si dependían económicamente del causante.
Pensión de sobrevivientes
Tipos de pensión: 1.-Vitalicia: Cónyuge o compañero
(a) mayor de 30 años, vida marital en los últimos 5 años.
2.-Cónyuge o compañero (a) menor de 30 años, con hijo común con el causante.
Pensión de sobrevivientes
Temporal ,20 años: Menor de 30 años, sin hijos con el causante, debe cotizar 20 años para obtener su propia pensión.
La convivencia simultánea de un afiliado con cónyuge y compañera, se prefiere al cónyuge
Pensión de sobrevivientes
Existencia d e sociedad conyugal vigente no disuelta y de compañero (a), implica división de la pensión en forma proporcional al tiempo de convivencia.
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