revista digital aurelis freitez
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Revista Mensual
JULIO 2015
PARTICIPACION CIUDADANA
Bases Constitucionales Y Legales De la Participación
Ciudadana en la gestión Pública
Revista Mensual
PARTICIPACION
CIUDADANA 3
La Participación
Protagónica
La Participación
Ciudadana y la
Gestión Pública
El Nuevo Modelo de Relación
Estado-Sociedad
3 3
Base Legal
8 LOS MEDIOS DE
PARTICIPACIÓN
CIUDADANA EN LA
GESTIÓN LOCAL
8 La Elección de Cargos Públicos Municipales
El Referéndum Revocatorio
Los Cabildos Abiertos
La Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas
Directora, Editora, Diseño y
Fotografía: Aurelis Freitez
En la Constitución de la
República Bolivariana de
Venezuela, en el Art. 168
Establece:
Un principio establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), entendido como un derecho y un deber socio-político
1. La elección de sus autoridades. 2. La gestión de las materias de su
competencia.
3. La creación, recaudación e inversión de
sus ingresos.
PARTICIPACION CIUDADANA
JULIO 2015 3
La Participación
Ciudadana y la Gestión
Pública
Las nuevas tendencias en gestión pública apuntan a
un cambio de cultura gubernativa y administrativa,
otorgando a las organizaciones de la sociedad civil un
lugar de importancia fundamental, al considerarlas
agentes necesarios de la gobernante y la gerencia
pública en las actuales condiciones.
Estado-Sociedad
La Constitución
de la República
Bolivariana de
Venezuela,
consagra un
nuevo modelo
en la relación
Estado-
Sociedad,
propugnando la
participación de
los ciudadanos
más allá del
aspecto político
Se identifican
las normas
constitucional
es que
regulan el
mecanismo
de
participación
ciudadana en
la gestión
pública
ARTICULOS
MATERIA REGULADAS
5
Principio de soberanía
popular
51
Derecho de petición y
respuesta.
52
Derecho de asociación
62
Derecho de Participación en
la gestión Pública
70
Medios de participación en la
Gestión Publica
Participación Ciudadana en la Gestión Pública.
Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela de 1999
La Ley Orgánica del Poder Público
Municipal (LOPPM), tal como lo dicta su
Artículo 1
Tiene como
objeto desarrollar los
principios
constitucionales
- Autonomía
- organización
- funcionamiento
- Gobierno
- Administración
- Control
Al Municipio en el
ejercicio de su
autonomía “Impulsar
y promover la
participación
ciudadana, en el
ejercicio de sus
actuaciones” (LOPPM,
Art. 4, Ord. 9).
Artículo 234
La participación
protagónica del pueblo
en la formación,
ejecución y control de la
gestión pública
municipal
Estableciendo un mismo
Orden de Ideas, la LOPPM
En el Art. 243:
La Elección de Cargos Públicos
Municipales
La LOPPM, en su
Artículo 242
Se Pueden
Mencionar los
medios de
Participación,
algunos de ellos
conformados por
Consejos Locales
de Planificación
Pública
Consejos
Comunales y
Parroquiales
Cabildos
abiertos
Asambleas
ciudadanas
Consultas
públicas
Consultas
Publicas
Los Ciudadanos y Ciudadanas tienen
derecho de Utilizar los Medios de
Participación, los Municipios deberán
alinearse a las exigencias que se
plantean para poder utilizar estos medios
de participación.
PARTICIPACION CIUDADANA
JULIO 2015 8
Los Cargos Públicos
Municipales como el resto de
los cargos, son revocables
Por los Tanto es pertinente
mencionar el Art. 72 de la
Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela:
Todos los cargos y
magistraturas de
elección popular son
revocables.
Después de ser
elegido, el 20% de los
Ciudadanos y
Ciudadanas Inscritos
pueden pedir un
referéndum para
revocar su mandato.
La LOPPM define la
Asamblea de
Ciudadanos y
Ciudadanas como la
forma en que se debe
realizar convocatorias,
los Artículos 247 y 248
Artículo 247
.- La Asamblea de
ciudadanos y ciudadanas es
un medio de participación
en el ámbito local de
carácter deliberativo, en la
que todos los ciudadanos
tienen derecho a participar
por sí mismos, y cuyas
decisiones serán de carácter
vinculante.
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