res.2004 22-08 - programa de apoyo socioeconómio a la familia (8 sep 2004)

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\\tll Universidad ACTA CR- 04 -22~I~ GRAN MARISCAL RESOLUCIÓN DE CONSEJO RECTORAL De fecha: 30/06/04--=. ~de AYACUCHO

~~I/j~ N° 2004-22-08

El Consejo Rectoral de la Universidad "Gran Mariscal de Ayacucho" en uso de sus atribucioneslegales y reglamentarias, y de conformidad con el Art. 16 del Estatuto Orgánico de la "UniversidadGran Mariscal de Ayacucho" .

RESUELVE:

Aprobar el siguiente Programa de Apoyo Socioeconómico a la Familia. Asimismo, se acordóremitir la presente resolución al Consejo Universitario para su discusión y decisión definitiva.

Introducción

En tiempo de aguda crisis económica y social, adquiere mayor importancia la labor que adelanta laUGMA en materia de Programas de Beneficios, dirigidos en esta oportunidad hacia las familiasque han confiado la educación de sus hijos a nuestra casa de estudios.

De acuerdo con su política de bienestar estudiantil, la UGMA, respondiendo a los requerimientosde la Educación como transmisor del saber, y en concordancia con sus principios deresponsabilidad social, reflejados en su misión y visión como institución académica privada, líderen la región oriental, aporta su cuota de compromiso, en el proceso de transformación social ybienestar de nuestra comunidad, contribuyendo al alcance de una formación académica mediante lamodalidad de beneficios en términos de una importante disminución porcentual en el costo de lamatricula. .

El Programa beneficiará a la población estudiantil, mien:tbros de un mismo grupo familiar paracursar carreras de pregrado, a través de la modalidad de exoneración de un porcentaje diferencialde la matricula según el caso.

. .Objetivos Gerterales

. Proporcionar a través de este Programa la oportunidad de ingreso para cursar estudios depregrado en la UGMA, a otro miembro del grupo familiar en la misma línea deconsanguinidad.

. Ofrecer una alternativa de pago más económica, que permita la incorporación de hasta unmáximo de tres (3) miembros de un mismo grupo familiar, para cursar estudios de pregrado.

Disposiciones Generales

Art. 1.- El presente Reglamento regulará la ampliación del beneficio económico de beca C~~R/~'ca la Política de Bienestar Estudiantil de la UGMA mediante la implantación de un Pr ama de "t.t ~apoyo económico dirigido a miembros de la población estudiantil, en la mis~ "1consanguinidad. !Art. 2.- El objetivo especifico del presente programa es contribuir, mediante li exoparcial de la matricula, a los estudiantes nuevos y regulares, miembros de un misfamiliar, a que tengan la oportunidad de realizar estudios universitarios en la institución.

~',

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Art. 3.- El beneficio será otorgado de acuerdo a los lineamientos establecidos en el presente

Reglamento.Art. 4: El beneficio estará destinado a estudiantes que reúnan los requisitos establecidos en este

Reglamento.Art. 5.- Los estudiantes aspirantes a optar por este beneficio consignarán las pruebas delcumplimiento de los requisitos ante la Unidad de Asuntos Estudiantiles de cada NúcleoUniversitario.

De los Requisitos

Art. 7.- Para optar a este beneficio el solicitante debe cumplir con los siguientes requisitos:

a) Presentar los siguientes recaudos:

ESTUDIOS DE PREGRADO

./ Planillas de Solicitud

./ Dos (2) Fotos tipo carnet por solicitante

./ Solvencias Administrativas, en caso de estudiantes regulares

./ Partida de Nacimiento (Original y copia) por solicitante.

./ En caso de estudiantes nuevos, los recaudos para la inscripción:- Titulo de Bachiller- Notas Certificadas de Bachillerato- Constancia de Buena Conducta -. , '

- Cédula de Identidad- Prueba de Aptitud Académica, Inscripción e" el CNu.

b) Poseer un Indice de Rendimiento Académico satisfactorio, es decir haber aprobado la totalidadde las asignaturas del período anterior.

c) Los Beneficiarios de este programa deberán cancelar previamente a su inscripción \\~'c'é\RI,\.C..,correspondiente a carnet estudiantil y seguro estudiantil según tabulador vigente. ~ f. '.'.,

.$De los Beneficios: ~

fi.¡>-Art. 8.- El Beneficio será otorgado únicamente en la categoría de Pre-Grado como s~e: '

Estudiantes de Pre-Grado con familiares cursando estudios en la Universidad ;

~. .B fi '. Monto a Cancelar por cada Porcentaje de Exoneración por

ene ICIarIO . .estudIante estudIante

Estudiante Regular y Miembros 85%, del costo :otal de la 15% del cos~o total de lade su familia en la misma línea de Matrícula al EstudIante Regular Matrícula

consanguinidad. 90% a otros Miembros del(Padre~madre,hijos ~ ~ermanos Grupo familiar que ingresan 10% del costo total de laentre SI) hasta un maxImo de tres. como nuevo hasta un máximo Matrícula

de dos(2)Pág.2/3 Res. 2004-22-08

B fi " Monto a Cancelar por Porcentaje de Exoneraciónene ICIano ' .cada estudIante por estudIante

Nuevos Ingresos, estudiantes regulares,todos miembros de una familia en la 900;( 100;(misma línea de consanguinidad.(hasta un o o

máximo de tres)

De la continuidad del Beneficio

Art. 9.- El Beneficiario podrá optar a la renovación, una vez consignados los requisitosestablecidos en el Artículo 7 de este Reglamento, hasta dos semanas después del inicio del períodoacadémico correspondiente.

Art. 10- En caso de retiro ó egreso de uno de los beneficiarios de este programa, el otro pierdeautomáticamente el beneficio en cuestión y deberá cancelar el 100% del costo de la matrícula.

Art. 11- Perderán el beneficio de exoneración del porcentaje de la matrícula, dispuesto en estereglamento, aquellos estudiantes que tengan retrasos en el pago de la cuota de su matrícula a lafecha de su vencimiento.

Art. 12- Aquellos estudiantes objeto de los beneficios del presente reglamento que cancelen latotalidad de su matrícula, no podrán recibir el beneficio del 5 % del descuento adicional aprobadoen la Resolución Nro. 2001-32-18 de fecha 06-09-01.

Disposiciones Especiales

Art.13.- La UGMA puede suspender la continutdad de'! Programa de Ayuda Socio EconómicoUGMA, cuando las circunstancias así 10 ameriten, 19 cual quedara a criterio del Consejo Rectoral.

Art.14.- Será causa de suspensión inmediata del beneficio; c~ando el estudiante incurra en lassiguientes faltas graves: '

a) Atentar contra la moral y las buenas costumbres y contra lo~ bienes muebles e inmuebles de laUniversidad.

b) Irrespetar a sus Autoridades, Profesores, Empleados y Compañeros de Estudios.

c) Falsificar documentos u omitir información.

d) Participar en actividades que alteren el orden publico dentro y fuera de las instalacionesuniversitarias.

Disposiciones Finales.

Art.15.- Lo no previsto en este Reglamento, será resuelto por la Comisión de Becas de laUniversidad.

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