reglamento nacional de ferrocarriles - …cal.org.pe/pdf/diplomados/04reglamento.pdf ·...

Post on 14-Sep-2018

229 Views

Category:

Documents

0 Downloads

Preview:

Click to see full reader

TRANSCRIPT

REGLAMENTO NACIONAL DE

FERROCARRILES

D-S Nº 032-2005-MTC6 de enero 2006

INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA

• PRINCIPAL:- Vía Férrea Principal- Ramales- Desvíos- Obras de arte- Sistema de Drenaje- Zona del Ferrocarril

INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA

• COMPLEMENTARIA:- Estaciones - Patios- Talleres- Instalaciones y Terrenos- Sistemas de

Señalización y Comunicaciones, Control de Tránsito y Energía.

CONFORMACIÓN DE LA VÍA FÉRREA

• Infraestructura de la Vía Férrea: Plataforma, muros de contención, sistemas de drenaje y obras de arte

• Superestructura de la Vía Férrea: Rieles, durmientes, elementos de sujeción, balasto y aparatos de cambio

DERECHOS DE LOS FERROCARRILES

ZONA DEL FERROCARRIL – (Art. 18º)• Uso exclusivo (Intangible)• No menor de 5 metros de ancho a cada lado del

eje de la vía férrea.

ZONA DE INFLUENCIA DEL FERROCARRIL: (Art.º19)

(100 metros a cada lado de la Zona del Ferrocarril.• Uso restringido - Sólo se permite:

• Desde el límite de la Zona del Ferrocarril:– Muros, cercos o edificaciones máximo 2.50 m de altura, sin

salida hacia la vía férrea y material no inflamable.– Vías públicas– Zanjas o canales hasta de 3m de profundidad– Colocar postes, torres; canaletas o tuberías elevadas,

actividades agropecuarias.

DERECHOS DE LOS FERROCARRILES

• Desde 10 metros de la Zona del Ferrocarril:

– Acopio de Materiales para Actividad Agropecuaria.

– Plantar árboles– Muros, cercos o edificaciones hasta de 5

metros, con salida hacia la vía férrea.

DERECHOS DE LOS FERROCARRILES

Uso de los Ferrocarriles

Excavaciones con más de 3 metros de profundidad – No explosivos-

Desde 100 metros del límite de la Zona del Ferrocarril:Sin restricciones.

Construcciones pre –existentes: Sólo mantenimiento.

DERECHOS DE LOS FERROCARRILESUso de los Ferrocarriles

Prohibición de Tránsito ajeno a la actividad ferroviaria, por la vía férrea.

(Art. 22º)

• Prohibido tránsito por la vía férrea y/o la permanencia en ella de:

• Vehículos• Animales• Personas ajenas.• Cruce sólo por lugares autorizados.

ENTRONQUES Y CRUCES DE VÍAS FÉRREAS

• Entronques o interconexiones con otras vías férreas

• Cruces de vías férreas con caminos y/o vías férreas: – A Nivel– A Desnivel– Subterráneos– Aéreos– De tuberías– Aéreos– Cables y/o estructuras

• CONDICIONES: Factibilidad técnica, seguridad,

• Construcciones Pre existentes • Sólo mantenimiento.

AUTORIDADES COMPETENTES

• Ministerio de Transportes y Comunicaciones –MTC.

• Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público – OSITRAN.

• Gobiernos Regionales• Gobiernos Locales• INDECOPI

top related