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REGLAMENTO INTERNO ESCUELA DIEGO PORTALES COMUNA DE TRAIGUEN 2019
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REGLAMENTO INTERNO
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REGLAMENTO INTERNO ESCUELA DIEGO PORTALES COMUNA DE TRAIGUEN 2019
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I.-INTRODUCCION
ARTÍCULO 1.‐ La Escuela F Nº 162 Diego Portales es un establecimiento educacional municipal de Traiguén Rol Base Dato 5446-1, Decreto Cooperador Nº 8136/81 , que atiende los
niveles educacionales Pre-Básica y Básica.
Este Reglamento Interno contiene los deberes,derechos y prohibiciones que
rigen para el personal del Establecimiento en relación con sus labores, permanencia y vida en las
dependencias del Colegio.
ARTICULO 2 .‐ Este reglamento interno supletorio de cada contrato de trabajo y, en su calidad de tal,obliga al personal al cumplimiento fiel y estricto de las disposiciones contenidas en
su texto. Desde la fecha de ingreso al Establecimiento Educacional, el personal deberá informarse
y cumplir las disposiciones de este reglamento, el cual fue elaborado según lo que establece la
legislación vigente para los funcionarios dependientes de servicios de educación municipal.
ARTICULO 3º.-: De la jornada de trabajo. -
: De la jornada de trabajo (lectiva).
a) Mañana Inicio: 08:15 horas Término: 13:15 horas.
b) Tarde Inicio: 14:30 horas lunes a jueves: 16:00 horas
Viernes: 13:00 horas
c) Recreos: Los recreos tienen una duración de 20 y 10 minutos.
Mañana: Primer recreo de 9:45 horas a 10:05 horas.
Segundo recreo de 11:30 horas a 11:40 horas.
Horario de salida del personal docente de aula
Lunes: 18:30 horas. Martes: 17:30 miércoles: 18:00
Jueves: 17:00 viernes: 13:00
Artículo 4º: De los niveles de la estructura de Organización y del personal.
Existen cuatro niveles de organización técnico pedagógica.
a) Nivel de dirección
b) Nivel de Planificación y Supervisión
c) Nivel de ejecución
d) Nivel de coordinación
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a) Nivel de Dirección:
Este nivel lo constituirá la Dirección del Establecimiento, quien es a su vez responsable del
funcionamiento total del plantel. Su marco de acción lo proporciona la política educacional, los
planes regionales del sector y las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
b) Nivel de Planificación y Supervisión:
Corresponderá a la Unidad Técnico Pedagógica las acciones propias de este nivel. La Unidad
Técnico Pedagógica es el organismo encargado de programar, organizar, supervisar y evaluar el
desarrollo de las actividades curriculares.
c) Nivel de Ejecución:
Debe poner en marcha el programa curricular diseñado en el plantel, con fines de promover el
desarrollo integral y armónico del educando mediante el proceso educativo.
d) Nivel de Coordinación:
Dentro de la organización técnica pedagógica, a nivel de establecimiento, los consejos
técnicos deben constituir organismos que relacionen los tres niveles estructurados ya señalados.
Como tales organismos de estudio, informativos y consultivos de las decisiones, normas
planteamientos que respecto del currículum se ha formulado. En ellos participan cada uno de los
elementos integrantes de los tres niveles anteriores.
II.- DE LAS FUNCIONES DEL PERSONAL
Artículo 5º: Del personal
El personal de la Escuela Diego Portales, está formada por los siguientes estamentos de acuerdo
a sus niveles y funciones.
Estamentos Superiores: 2 Docentes Directivos.
a) Director b) Jefe UTP
c) Personal Docente: 17 Docentes
1 Docente Ingles
8 Docentes
De 1º a 8º Básico
1 Docente Educadora Párvulos
4 Docentes Programa Pie 1 Docente Religión
Dos Docentes de Mapudungun
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c) Personal Asistente de la Educación:
1 Psicólogo 1 adm. Cra
1 Fonoaudióloga 1 adm. Informática
1 Psicopedagoga 2 Inspectoras Sala y Pasillo
1 Asistente Social 4 Asistentes de Sala de 1º a 4º
1 Adm. Dirección 1 Educador Tradicional
2 Auxiliares de Aseo
1 Asist. Estafeta
2 Asistentes Educ Parvularia
ARTÍCULO 6º: De los deberes, derechos y no atribuciones de Directivos y Docentes.
Deberes, derechos y no atribuciones de la Directora:
Deberes:
a) Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la administración educacional, teniendo siempre presente que la principal función del establecimiento es educar, y
prevalece sobre la administrativa y otra, en cualquier circunstancia y lugar.
b) Coordinar la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación del Plan de Acción. c) Determinar los objetivos propios del establecimiento en concordancia con los
requerimientos de la comunidad escolar y de la comunidad local en que se encuentra,
reflejados en el PEI.
d) Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo. e) Proponer la estructura organizativa técnico-pedagógica del establecimiento que estime
conveniente, debiendo salvaguardar los niveles básicos de dirección, Planificación y
ejecución.
f) Informar al Consejo de Profesores del establecimiento sobre lo tratado en las sesiones ordinarias de Consejo de Directores que presidirá el alcalde o el Director comunal de
Educación.
g) Propiciar un ambiente educativo en el establecimiento, estimulante al trabajo de su personal y creando condiciones favorables para la obtención de los objetivos del
plantel, privilegiando la resolución de conflictos mediante el diálogo y/o mediación.
h) Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización, funcionamiento y evaluación del currículum del establecimiento, procurando una eficiente distribución
de los recursos asignados.
i) Presidir los diversos consejos técnicos y administrativos del establecimiento y delegar funciones cuando corresponda.
j) Velar por el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad dentro del establecimiento educacional incluidas las establecidas en las leyes sobre accidentes
escolares, prevención de drogas, alcoholismo, delincuencia, violencia escolar y
Bulling.
k) Cumplir normas e instrucciones emanadas de las autoridades educacionales competentes.
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l) Remitir vía Departamento de Educación Municipal las actas, estadísticas y otros documentos que le sean exigidos conforme a la reglamentación y legislación vigente
del Ministerio de Educación.
m) Arbitrar las medidas necesarias, para que se realice normalmente la supervisión y la inspección del Ministerio de Educación, conforme a las instrucciones que emanen de la
superioridad comunal.
n) Remitir al Departamento de Educación Municipal los informes, actas estadísticas, ordinarios del establecimiento y toda documentación que aquel requiera.
o) Delegar en el Jefe de la Unidad Técnica su representación en caso de ausencia, en la marcha administrativa interna de la escuela.
p) Representar al establecimiento en toda situación formal, protocolar en instancias externas.
q) Informar oportunamente al Departamento de Educación Municipal las necesidades surgidas en el establecimiento.
r) Llevar los documentos y registros que acrediten la calidad de Cooperador de la Función Educacional del Estado del establecimiento.
s) Mantener actualizado PEI, Reglamento Interno, Reglamento de Convivencia, Reglamento de Evaluación, PM-SEP, Plan de Seguridad, documentación del Consejo
escolar y Centro General de Padres y todo documento que tenga relación con la gestión
administrativa y educativa.
t) Evaluar al personal docente, según reglamentación instituida en el Estatuto Docente y el Reglamento de Evaluación Docente del MINEDUC.
u) Dar Cuenta Pública de su gestión anualmente.
Derechos:
a) Recibir las remuneraciones correspondientes a su trabajo.
b) Hacer uso de Licencia Médica y de permiso administrativos y aquellos autorizados
por ley.
c) Dialogar con sus superiores y personal a su cargo.
d) Asignar funciones al personal a su cargo.
d) Distribuir aulas y dependencias del local.
e) Delegar funciones en el personal a su cargo.
e) Supervisar actividades educativas en el momento que estime conveniente.
f) Exigir el respeto debido en su calidad de tal.
g) Tomar las decisiones frente a cualquier situación que le compete.
h) Solicitar documentación o antecedentes al personal a su cargo.
i) Solicitar entrevistas con jefatura superior respetando el conducto regular.
No atribuciones:
a) Hacer uso inadecuado del local, útiles y otros recursos del establecimiento.
b) Hacer prevalecer su autoridad, para asignar tareas en beneficio personal.
c) Suspender clases sin previa autorización del servicio.
d) Salir del establecimiento en horario de trabajo, por asuntos particulares, sin la
autorización debida.
e) Presentarse en estado de intemperancia.
f) Hacer uso de su autoridad, para ejercer influencias políticas, partidistas o de credos
religiosos.
g) Hacer uso o manejar dineros del Centro de Padres y Apoderados.
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h) Faltar a la probidad, en todo aspecto relacionado con su función directiva.
i) Efectuar acciones de acoso y hostigamiento a personas y funcionarios de la Escuela
a su cargo.
Artículo 7º: Deberes y derechos del Jefe de Unidad Técnica.
Deberes del Jefe de Unidad Técnico Pedagógica.
a) Programar, organizar, supervisar y evaluar, las actividades correspondientes del proceso de aprendizaje.
b) Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar de los alumnos, procurando el mejoramiento permanente del proceso de aprendizaje -enseñanza.
c) Propiciar la integración entre las diversas asignaturas del Plan de estudio y de los distintos programas existentes o emergentes.
d) Fomentar la articulación entre los diversos niveles desde prebásica, educación básica, Proyecto de Integración y Actividades extracurriculares.
e) Asesorar al Director en el proceso de elaboración del plan de actividades curriculares del establecimiento educacional.
f) Asesorar y supervisar a los docentes en la organización, programación y desarrollo de las actividades de evaluación y en la aplicación de planes y programas de
estudios.
g) Programar, coordinar, supervisar y evaluar la realización de actividades de colaboración.
h) Contribuir al perfeccionamiento del personal docente del establecimiento en materias de evaluación y currículo.
i) Dirigir los consejos técnicos que le competen. j) Planificar, supervisar y evaluar los planes y programas especiales acordes a las
necesidades y características de la comunidad escolar y conforme a las normas
vigentes.
k) Representar al Director en caso de ausencia o fuerza mayor, en la marcha administrativa interna de la escuela.
DERECHOS
a) Recibir las remuneraciones correspondientes a su trabajo. b) Hacer uso de licencia médica y permisos correspondientes, que para todo el
personal es de 6 días hábiles según facultades emanadas del estatuto docente.
c) En el caso de Permisos administrativos deberá solicitarlos por escrito a su empleador, en el momento oportuno.
d) Dar aviso en forma conveniente dentro de 2 horas de ausencia ya iniciada su jornada diaria, por problemas debidamente justificados.
e) Justificar oportunamente atraso o ausencia al trabajo. f) Dialogar con el Director y el apoderado cuando sea necesario. g) Contar con todos los recursos e implementación necesarios para desarrollar sus
tareas.
h) Que se respete su vida privada y a recibir un trato digno como persona y profesional i) Conocer información registrada en su hoja de servicio en forma oportuna, tanto de
su desempeño profesional como otras observaciones que requieran descargos si
procediere, atendiendo los establecidos en el Estatuto docente y administrativo.
j) Participar en Cursos de capacitación y perfeccionamiento atingentes a su función ya sean presenciales o a distancia.
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Artículo 8º: Deberes y derechos del docente de aula
DEBERES:
a) Educar a los niños y enseñar con el ejemplo personal, transmitiendo coherencia entre el discurso y la acción. Ser referente. -
b) Planificar, desarrollar y evaluar sistemáticamente las actividades docentes de su especialidad.
c) Fomentar e internalizar en el estudiante, valores, hábitos y actitudes de sana convivencia, estudio responsable, auto cuidado y respeto a la normativa concordada con
la comunidad educativa.
d) Integrar los contenidos de su asignatura con los de otras disciplinas. e) Desarrollar las actividades de colaboración para las que fue designado por la autoridad
superior.
f) Cumplir el horario de clases para la cual se le ha contratado. g) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de índole técnica pedagógicas impartidas por
el Ministerio de Educación y transmitidas por la dirección del establecimiento.
h) Contribuir al correcto funcionamiento del establecimiento educacional. i) Asistir a los actos educativos culturales y cívicos que la Dirección del establecimiento
determine.
j) Cuidar los bienes generales de la escuela, conservación del edificio y responsabilidad de aquellos que se le confíen a su cargo por inventario.
k) Mantener al día los documentos relacionados con su función y entregar en forma precisa y oportuna la información que la Dirección y Jefatura Técnica solicite.
l) Mantener comunicación permanente con los padres y apoderados de los estudiantes, proporcionándoles información oportuna sobre el desarrollo del proceso educativo.
m) Resguardar el cumplimiento de los objetivos de los planes y programas de estudio en el desempeño de la labor docente.
n) Participar en los consejos administrativos y técnicos que le competan. El profesor tiene la obligación de asistir a los consejos programados, para desarrollar en forma eficiente
las metas propuestas en la planificación anual.
o) Programar reuniones de Sub-centros o redes una vez al mes como mínimo. p) La autoridad del profesor estará fundada en su integridad personal, el trato justo con
todos, la creatividad y el real interés por el estudiante.
q) Es fundamental que el profesor actúe dentro de la línea de la escuela con un criterio común y espíritu de solidaridad.
r) Durante la clase el profesor es responsable del normal desarrollo de esta, procurará entablar buenas relaciones para evitar indisciplina.
s) El profesor debe enfocar su clase de manera que cada estudiante evite una sensación de fracaso.
t) Las anotaciones positivas y negativas colocadas en el libro de clases, deben describir los hechos de forma objetiva para evitar interpretaciones; las cuales deben ser informadas
oportunamente al apoderado.
u) El Profesor deberá enviar a la dirección o al encargado de Convivencia Escolar del establecimiento a los estudiantes que perturben el desarrollo normal de la clase. En este
caso debe registrar en la hoja de vida del estudiante, el evento sucedido, y la remedial
sugerida, lo cual debe ser informado oportunamente al apoderado.
v) El docente deberá mantener actualizado su plan de trabajo en los cursos que correspondiere: cronogramas anuales, diseños de aula, talleres y evaluaciones.
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w) El profesor debe mantener al día y en forma correcta los registros en el libro de clases: Contenidos, evaluaciones, asistencia, firmas, resúmenes.
x) Pasará lista en cada hora de clases. y) Una vez terminada la clase anterior al recreo, el profesor saldrá con todos los
estudiantes.
z) E l profesor debe presentarse antes de la hora de entrada a clases. aa) Es responsabilidad del profesor el escribir las evaluaciones de su asignatura en la parte
destinada a ello en el libro de clases de forma oportuna de tal manera que el profesor
jefe y/o UTP pueda consultarlo cuando lo requiera. Adicionalmente podrá hacer uso de
su cuaderno de proceso, para registrar el avance formativo de los estudiantes.
bb) El profesor no deberá ausentarse, sin motivo justificado de la sala de clases, aunque sea breve, y responder de ella, en cuánto al cuidado del material y del aseo correspondiente.
cc) El profesor que atiende la última hora de clases del día debe cuidar el cumplimiento de los semaneros con el aseo del aula.
Derechos:
a) Recibir las remuneraciones correspondientes a su trabajo. b) Hacer uso de licencia médica y permisos correspondientes, que para todo el personal es
de 6 días hábiles, teniendo siempre presente que éstos son discrecionales.
c) En el caso de Permisos administrativos deberá solicitarlos por escrito a su empleador, en el momento oportuno.
d) Todo funcionario debe dar aviso en forma conveniente dentro de 2 horas de ausencia ya iniciada su jornada diaria, por problemas debidamente justificados. Posteriormente hará
llegar el documento correspondiente. Ejemplo: Licencia Médica
e) Todo atraso del personal o ausencia de sus horas de clases y trabajo, deberán ser justificadas oportunamente.
f) Dialogar con el Director y el apoderado cuando sea necesario. g) Hacer uso del material didáctico con que cuenta el establecimiento. h) Que se respete su vida privada y a recibir un trato digno como persona y profesional i) Conocer información registrada en su hoja de servicio en forma oportuna, tanto de su
desempeño profesional como otras observaciones que requieran descargos si procediere
según lo establece el Estatuto Docente y Estatuto administrativo.
Artículo 9º: De los estudiantes deberes y derechos.
o Deberes:
a) Los estudiantes usaran uniforme de acuerdo a lo convenido entre la dirección y los apoderados. Vale decir:
Uniforme Damas: Falda de uniforme escocesa de fondo gris, calcetas grises, polera gris, chaleco burdeos.
Pantalón azul de tela en el tiempo de invierno, zapato escolar negro, cinta, cintillo o
colette blanco. Sin joyas.
Uniforme Varones: Pantalón gris de tela a la cintura, zapato escolar negro, polera gris, suéter burdeo con escote en V.
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El corte de pelo de los varones debe estar acorde a su condición de estudiante. Éstos no
deberán usar joyas y/o piercing.
Asimismo, quedan prohibidos los peinados y cortes de pelo extravagantes, tanto en
varones como damas.
b) Presentarse correctamente con su uniforme todos los días, evitar minifaldas las niñas y pantalones a la cadera los varones.
Lo anterior quedará sin efecto los días especiales con cambio de actividades y que sea
autorizado por la dirección.
c) Cumplir estrictamente el horario establecido, tanto en la hora de entrada como de salida de clases. No hacer abandono del establecimiento después de la hora de almuerzo,
cuando el apoderado ha dejado constancia que debe quedarse.
d) La salida de los estudiantes en horario de clases se autorizará en forma personal y sólo excepcionalmente a petición escrita del apoderado, siempre que el estudiante no deba
rendir alguna evaluación avisada con anterioridad. La salida del estudiante quedará
registrada en el libro de salida.
e) Informar oportunamente a su apoderado de sus inasistencias y/o atrasos para que sean justificados. El tercer atraso deberá ser justificado personalmente por el apoderado.
f) Respetar los símbolos patrios e institucionales. Ley 198/96. g) Usar un vocabulario adecuado tanto en su trato con sus pares, profesores y personal en
general.
h) Respetar a los directivos, docentes, asistentes de la educación y compañeros en el trato diario y en las diferentes actividades en que participe. Cualquier actitud considerada
irrespetuosa ante ellos, será sancionada como falta grave.
i) Evitar la mofa y el uso de apodos a todos los integrantes de la unidad educativa. j) Evitar comentarios mal intencionados que dañen la buena convivencia y la reputación
tanto de compañeros, como del personal que labora en la escuela dentro y fuera de esta.
k) Cuidar el aseo y mobiliario de las salas de clases, material didáctico, útiles de aseo, utensilios y diversas dependencias del plantel.
l) Utilizar en forma adecuada los servicios higiénicos, y los espacios destinados al desarrollo de los procesos pedagógicos.
m) Hacerse responsable y asumir una conducta honesta frente a sus deberes escolares: cumplimiento de tareas asignadas, entrega de trabajos dentro de los plazos estipulados,
hacer buen uso de los materiales y recursos didácticos, tecnológicos, informáticos
facilitados para la tarea escolar.
n) Reparar daños y perjuicios ocasionados en los artefactos, equipos y dependencias, financiando la reparación total de ellos.
o) Mantener una actitud apropiada frente a sus compañeros o compañeras. Las manifestaciones de afecto inoportunas o inadecuadas con falta de decoro, serán
sancionadas como faltas graves (pololeos dentro del establecimiento, gestos y actos
obscenos y reñidos con la moral y las buenas costumbres, manoseos, exhibir partes
intimas y acoso a sus pares). Lo mismo por medios virtuales.
p) Colaborar con su colegio en diferentes aspectos tanto escolares como extraescolares. q) Asistir en representación de su colegio en las diversas actividades que se le solicite. r) Dignificar con sus actuaciones y comentarios a su escuela, sus compañeros, profesores,
padres y apoderados.
s) Informar fiel y oportunamente a su apoderado de los comunicados, requerimientos y demás antecedentes que sean formulados en tal sentido por la dirección o profesores de
la escuela.
t) Utilizar y mantener un comportamiento acorde a las buenas costumbres en E. Física. u) Cumplir con su rol de semaneros cuando les corresponda.
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v) Mantener y fomentar en el aula y en la escuela un clima de sana convivencia escolar, sin discriminar por sexo, etnias religión, situación socioeconómica, física o
psicológicamente.
w) Respetar la documentación oficial del establecimiento. No está autorizado que los alumnos trasladen, dañen, falsifiquen, adulteren o se apropien de libros de clases,
certificados de notas, fichas de estudiantes o del personal.
x) No practicar juegos bruscos en el recreo, por contar nuestra escuela con un patio común, los juegos con balón y trompos, están prohibidos, ya que revisten un real peligro para
los demás estudiantes que están en el sector, todo estudiante debe estar llano a acatar
sugerencias de los profesores de turno.
y) Ser puntual en todas las actividades inherentes a la condición de estudiante y no perturbar el normal desarrollo de las actividades escolares.
z) Cuidar la vida, evitando el consumo, la venta y el porte de alcohol, cigarrillos o estupefacientes.
aa) Abstenerse de poseer, transportar portar o utilizar armas de fuego y de elementos corto punzantes, al igual que revistas y material pornográfico, contenidos en elementos
tecnológicos como: notebook, netbook, celulares, MP 4, dentro del colegio o en
cualquier evento o actividad organizada por el mismo.
bb) La escuela no se responsabiliza por la pérdida de relojes, joyas, celulares, dinero u otros objetos de valor
cc) Respetar las dependencias del establecimiento. No ingresar sin previa autorización a: Sala de profesores, oficina de dirección, UTP, cocina, biblioteca, sala de informática,
comedores, baños de profesores.
dd) Evitar el ingreso al patio del establecimiento después del horario de clases y sin previa autorización.
ee) Evitar el uso de implementos que no tengan un fin educativo y que no hayan sido solicitados por el profesor (joyas, fantasías en general, celulares en la sala de clases, en
el caso de estos últimos deben permanecer apagados y/o con vibrador silencioso durante
la clase).
ff) Respetar, no sustraer, ni usar sin consentimiento los bienes y pertenencias ajenas. gg) Utilizar correctamente Internet para el desarrollo de los objetivos curriculares. No se
autoriza: el chateo, visitar páginas pornográficas y bajar programas sin autorización.
hh) En la escuela. no consumir alimentos considerados dañinos para la salud. Llámese alimentos “chatarra”.
Derechos:
a) Gozar de un ambiente educativo agradable, donde se preserve la salud física y mental, se prevenga el consumo de alcohol y estupefacientes, y de elementos generadores de
violencia.
b) Recibir un trato respetuoso ante las situaciones problemáticas, tanto en lo académico como en lo social y de comportamiento que deben ser tratados con cordura, mediante el
diálogo, la concertación y atendiendo a un debido proceso.
c) Conocer el Reglamento de Convivencia, ajustando sus vivencias escolares a lo allí reglamentado.
d) Pertenecer e identificarse como miembro de una comunidad y nación. e) Percibir los derechos del Seguro Escolar según la ley. f) Recibir educación en forma integral. g) Solicitar al profesor(a) le explique oportunamente dentro de la hora de clase el o los
contenidos cuando no lo ha comprendido.
h) Solicitar que se le registren todas las observaciones positivas, actividades, y/o estímulos que haya obtenido en su escuela y/o comunidad.
i) Conocer el sistema de evaluación y/o calendario de pruebas a aplicarse y su puntaje.
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j) Conocer pautas de corrección de las diferentes evaluaciones a las que serán sometidos, con anterioridad a la aplicación de estas.
k) Recibir en forma oportuna el resultado de las evaluaciones aplicadas (dentro de 7 días). l) Revisar su puntaje obtenido y aclarar las dudas con el profesor respectivo. m) Expresar sus ideas, aspiraciones y críticas en forma constructiva a través de los canales
formales establecidos por la escuela (profesor de asignatura, profesor jefe, dirección).
n) Solicitar beneficios de la Junta de Auxilio Escolar y otros, siempre que la escuela cuente con ellos y sus antecedentes así lo justifiquen.
o) Ser tratados como personas iguales en dignidad y derechos por cualquier funcionario de la escuela, así como por padres y apoderados.
p) Ser tratados con el respeto, la comprensión y la justicia que se debe prodigar a toda persona, sin discriminar por razones de sexo, raza, lengua, religión, política o filosofía.
q) Presentar reclamos oportunos justificados, de forma respetuosa, observando el conducto regular.
r) Recibir ayuda u orientación frente a problemas que se presenten en su vida escolar por parte del profesor jefe u otro funcionario al tanto de la situación.
s) Optar a becas del Mineduc (Junaeb, Becas Indígenas, Yo elijo mi PC y otras). t) Utilizar las dependencias del establecimiento, recursos materiales, implementos
destinados a los estudiantes, biblioteca CRA, para el desarrollo de los procesos
pedagógicos, respetando las normas de uso vigentes.
u) Participar activamente en el proceso de aprendizaje – enseñanza, en actividades electivas y extra programáticas.
v) Participar del proceso de aprendizaje continuo que garantice su formación integral, y que le permita vivir en armonía consigo mismo y con su entorno, y le garantice un
pleno desarrollo físico, mental, moral espiritual y social.
w) Gozar de todos los principios establecidos en los derechos del niño. x) Ofrecer y recibir apoyo y solidaridad de los miembros de la comunidad. y) Recibir apoyo, respeto y protección sin discriminar, en casos de embarazo, de ser
madres solteras o de estar en riesgo social.
z) Acceder a entrevistarse con el profesor o director en forma privada. aa) Conocer los informes de su situación académica y de comportamiento, antes de efectuar
los registros en el libro de clases, la libreta de notas, solicitar que se modifiquen en
caso de no corresponder a la realidad por error, omisión o cualquier otra razón valida.
bb) En caso de inasistencia a actividades o evaluaciones debido a licencia médica o razones de fuerza mayor, los estudiantes tendrán plazo mínimo de una semana para regularizar
su situación.
cc) Solicitar material didáctico y/o de apoyo siempre que se cuente con ello y se responsabilice de él.
dd) Acceder a beneficio de la seguridad escolar, estar informado de la zona de seguridad en el establecimiento.
ee) Conocer y recibir información referidas a campañas preventivas de accidentes escolares, cuidado de la salud, integridad física, protocolos de reacción frente a
situaciones catastróficas, comportamiento en las calles y con desconocidos.
ff) Trimestralmente y al final del año escolar se estimulará a los alumnos destacados de cada curso: esfuerzo, mejor rendimiento, deportista destacado, valores humanos,
participación en eventos.
gg) Los alumnos prioritarios o vulnerables no están obligados a efectuar ningún tipo de pago en el establecimiento. -
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Artículo 10º: De la asistencia, atrasos y salidas de los estudiantes.
DE LA ASISTENCIA.
a) Es requisito fundamental que el estudiante cumpla con un mínimo de 85 % de asistencia total de horas realizadas durante el año.
b) Todas las inasistencias deberán ser justificadas personalmente y por escrito por el apoderado.
c) En caso de inasistencias reiteradas e injustificadas serán denunciadas a carabineros.
DE LOS ATRASOS.
a) Todos los atrasos serán controlados. Se tolerarán hasta tres atrasos, producido el tercer atraso se le comunicará al apoderado. Si hay reincidencia el estudiante deberá
presentarse con el apoderado, para poder ingresar a clases.
b) Los estudiantes que tienen residencia fuera de la ciudad de Traiguén, podrán ingresar y retirarse en horario diferente al establecido previa solicitud del Apoderado ante el
Director.
c) Podrán ingresar con atraso estudiantes que estén solos en sus hogares por trabajo de sus padres o apoderados y estudiantes que certifiquen controles médicos o atención dental
en las primeras horas. Previamente estas situaciones deberán ser conocidas e informadas
por el Profesor Jefe al funcionario encargado del control y en Consejo de Profesores.
DE LA INASISTENCIA A EVALUACIONES.
a) Inasistencia a prueba o evaluaciones: el apoderado deberá presentar certificado médico, al día siguiente de la falta, de lo contrario el Profesor aplicará la evaluación al día
posterior a la inasistencia a clases (pudiendo ser oral o escrita, según criterio normado
por el profesor correspondiente) sin la espera de la semana, que permite el certificado.
b) Si por algún motivo el estudiante no asiste a clases en el periodo que tiene la evaluación (prueba) y durante parte del día se presenta, con justificación del Apoderado, el Profesor
correspondiente podrá aplicarle la evaluación (en biblioteca u otra sala dispuesta), ya que
se entiende que el estudiante preparó el material con anterioridad, de igual forma que el
resto de sus compañeros, en la presunción que el apoderado no avalará conductas que
puedan entenderse como irresponsables e indisciplinadas, siendo catalogadas como
faltas a la verdad.
c) Cada Profesor deberá tener un registro con la nómina de estudiantes inasistentes a la prueba, más una copia de la misma para ser aplicada por la Jefa Técnica.
DE LAS SALIDAS DEL ESTUDIANTE.
a) De la salida de clases: están autorizados a salir los estudiantes que deban ir a control médico, trámites en organismos públicos, o situaciones familiares extremas deberán ser
retirados por su apoderado.
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b) En todos los casos la salida de clases deberá ser registrada en un cuaderno de salida que señale: nombre del estudiante, curso, RUT, nombre y firma de la persona que retira,
hora de salida y hora de retorno, si lo amerita.
c) Ningún estudiante será devuelto a su hogar como consecuencia de atraso o inasistencia injustificada, o por la aplicación de una medida disciplinaria en marcha. En este caso se
informará telefónicamente o a través de una nota escrita al apoderado para que concurra
al establecimiento a tomar conocimiento de la situación y consensuar una medida de
solución.
De las salidas a terreno. -o actividades fuera del establecimiento.
A) Deberán corresponder a una actividad pedagógica y establecida en el cronograma anual de trabajo. El procedimiento a seguir en el caso de:
Salida a recintos o espacios de trabajo pedagógico dentro del radio urbano:
1.-El docente dejará registrada la asistencia y actividad pedagógica a realizar en el libro de
clase.
2.-Informar a la dirección o UTP de la salida.
3.-La UTP registrará en el cuaderno de salida: Fecha, nº de estudiantes, curso, hora de salida,
lugar de visita, nombre del profesor y firma.
Salidas a terreno en el ámbito regional:
1.-El docente presentará el Proyecto de aula a la Dirección.
2.-La Dirección informará por oficio al DAEM y éste a la Dirección Provincial de Educación de
Malleco adjuntando el Proyecto de aula, nómina de los estudiantes y antecedentes del bus y
chofer, con un plazo de antelación de 15 días.
3.-Al salir el docente deberá dejar pasada la asistencia en el Libro de Clases y las autorizaciones
un listado de los estudiantes y personas que viajan, junto con la autorización firmada por los
apoderados.
4.-El Seguro Escolar protege a los estudiantes.
Artículo 11º: Del aseo y ornato de su escuela:
a) Todo estudiante se esforzará por mantener su escuela en óptimas condiciones, quedando prohibido y sujeto a sanciones: Escribir en paredes, pasillos, baños, mesas y sillas.
b) Dejar caer papeles o desechos en el suelo. c) Destruir interruptores, ampolletas, quebrar vidrios. d) El estudiante deberá cancelar o reparar las especies destruidas por él en forma
intencionada, como consecuencia de actos de indisciplina.
e) Cada curso es responsable de su sala de clases y de las que ocupe durante la jornada escolar y de su aseo así como del cuidado del mobiliario.
f) Cada curso deberá disponer de los recursos necesarios para el aseo de su sala (escobillón, papelero, borradores, pala para basura, paño para sacudir).
g) Cada estudiante deberá cumplir con su rol de semanero, realizando las labores que le competen como tal, durante una semana.
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Artículo 12º: De los asistentes de la educación.
o Derechos, Deberes, Responsabilidades, no atribuciones del auxiliar.
o Derechos:
a) Tiene derecho de recibir una remuneración por su trabajo. b) Hacer uso de la licencia médica. c) A un horario de colación y descanso sin que se le moleste. d) A apelar ante una observación errónea. e) A entrevistarse con su jefe inmediato y con sus superiores respetando el conducto
regular.
f) Recibir y firmar el reglamento de convivencia.
o Deberes: a) Asumir con puntualidad las labores diarias. b) Desarrollar sus labores con respeto, cordialidad y dedicación. c) Respetar y hacerse respetar por los estudiantes. d) Actuar con lealtad, franqueza y cordialidad ante la Dirección y personal docente. e) Informará a la dirección algunas de las anomalías detectadas en el establecimiento. f) Practicar la honestidad, buenos modales y corrección de los deberes.
o Responsabilidades: a) Cooperar en la vigilancia de los consumos básicos de luz y agua. b) Velar por la mantención del aseo y presentación del local en la mejor forma posible. c) Ser puntual en los toques de campana. d) Avisar al profesor de turno cuando debe cumplir su cometido fuera del establecimiento
ordenado por la dirección.
e) Llevar, entregar y retirar en forma oportuna la correspondencia. f) Abrir las puertas de acceso del establecimiento y cerrar las mismas al término de la
jornada
g) Es obligación del auxiliar, hacer diariamente el aseo de el pasillo, patio, comedores, oficina, sala de profesores, limpieza de vidrios del pasillo en forma permanente, aseo de
la sala del primer año y transición mayor
h) Es responsables de las llaves entregadas a su cargo y de las herramientas de trabajo y material de su propia actividad.
i) Colocar y retirar el Emblema patrio los días lunes y otras fechas instituidas por la Dirección
j) Cuidados de los baños y reparaciones menores de mobiliario y desperfectos del local. k) Es responsabilidad del auxiliar colaborar en todos los actos que se realicen en el
establecimiento, tanto en el traslado, instalación de equipo y posterior desinstalación de
los mismos.
o No atribuciones:
a) Ingresar al establecimiento en estado de intemperancia.
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b) Involucrarse en materias o situaciones ajenas a sus deberes y responsabilidades. c) Hacer uso de materiales del establecimiento a favor personal. d) Hacer abandono de sus funciones, para atender asuntos particulares. e) Permitir el ingreso de apoderados y/o personas ajenas al establecimiento, sin contar con
el conducto regular.
Artículo 13º: Deberes y Derechos del encargado de CRA.
o Derechos:
a) Tiene derecho de recibir una remuneración por su trabajo.
b) Hacer uso de la licencia médica.
c) A un horario de colación y descanso sin que se le moleste.
d) A apelar ante una observación errónea.
f) A entrevistarse con su jefe inmediato y con sus superiores respetando el conducto regular.
g) Recibir y firmar el Reglamento de convivencia del establecimiento. -
o Deberes: a) Asumir con puntualidad las labores diarias. b) Desarrollar sus labores con respeto, cordialidad y dedicación. c) Respetar y hacerse respetar por los estudiantes. d) Mantener el aseo de de la dependencia a su cargo e) Tener actualizado inventario de los recursos disponibles en el CRA. f) Llevar una bitácora diaria del uso del CRA. g) Tener un cuaderno en donde se registren los préstamos de materiales.
Artículo 14º: Deberes y Derechos del nochero.
Derechos:
a) Tiene derecho de recibir una remuneración por su trabajo. b) Hacer uso de la licencia médica. c) A apelar ante una observación errónea. d) A entrevistarse con su jefe inmediato y con sus superiores respetando el conducto
regular.
e) A recibir los materiales atingentes a su función por parte del Sostenedor f) A conocer el Reglamento interno en los aspectos que le competen.
Deberes:
a) Asumir con puntualidad las labores diarias. b) Desarrollar sus labores con respeto, cordialidad y dedicación. c) Permanecer alerta y recorrer el recinto a su cuidado d) Avisar a Carabineros frente a una potencial situación de peligro y, posteriormente al
Director del establecimiento.
Artículo 15
º: Deberes y derechos del Encargado de Informática.
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Derechos:
a) Tiene derecho a recibir una remuneración por su trabajo.
b) Hacer uso de la licencia médica.
c) Apelar ante una observación errónea.
d) A entrevistarse con su jefe inmediato y con sus superiores respetando el conducto
regular.
e) A recibir los insumos pertinentes para el buen cumplimiento de su función.
f) A conocer el Reglamento Interno en los aspectos que son de su competencia.
Deberes:
a) Mantener en todo momento la sala de informática en forma operativa.
b) Atender y solucionar peticiones de los docentes frente a eventos surgidos en
relación con el funcionamiento de los equipos informáticos disponibles en la
escuela.
c) Elaborar documentos digitales solicitados por la Dirección, UTP, cuerpo docente.
Artículo 16º: De la normativa general del personal.
Todo el personal de éste establecimiento, deberá estar dispuesto a:
a) Colaborar en la función educativa del estudiante utilizando un lenguaje adecuado y discreto, y no mostrando actitudes negativas ante ellos.
b) Ayudar a mantener la disciplina dentro del Establecimiento. c) Ser respetuoso y cordial en el trato hacia el apoderado. d) Velar por la seguridad e higiene personal de cada estudiante. e) Ser puntual en la hora de llegada, registrando la hora y firma en el libro de Asistencia. f) Justificar sus inasistencias y permisos, por escrito y en forma de solicitud a la
Dirección. Tratándose de enfermedad, la Licencia Médica correspondiente.
g) Colaborar en las actividades sociales que realice la escuela. h) Dirigirse a los demás integrantes del personal de la escuela en forma respetuosa. i) Cultivar los valores de convivencia humana y de dedicación al trabajo. j) Por ley de la República, no se debe fumar en ninguna dependencia del Colegio y se
recomienda no hacerlo en el entorno cercano a éste.
Artículo 17: De los padres y apoderados:
Pueden ser apoderados:
Son apoderados, el padre, la madre o tutor legal con las atribuciones necesarias para decidir, en cualquier caso.
No podrán ser apoderados personas menores de 18 años.
Deberes:
a) El apoderado deberá concurrir a la Escuela cuando la Dirección, UTP, Profesores de asignaturas, o Profesor Jefe lo cite, ya sea para reuniones o entrevistas.
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La inasistencia del apoderado a reuniones o citaciones por el personal de la escuela
antes indicado, sin previa justificación llevará a que el alumno no pueda ingresar a
clases hasta que el apoderado se presente.
b) Los apoderados no podrán intervenir en actividades políticas, o en la administración y organización escolar del colegio.
c) El apoderado deberá apoyar a los estudiantes en sus tareas escolares. d) El apoderado se hará responsable por los destrozos que ocasione su pupilo dentro de la
escuela, obligándose a reparar los daños causados.
e) Mantener buenas relaciones entre padres e hijos y padres – profesores. f) Justificar oportunamente las inasistencias de sus pupilos personalmente, colocando los
motivos de la inasistencia.
g) Controlar periódicamente el rendimiento y la conducta del estudiante. h) Colaborar con la escuela cada vez que se le solicite ayuda para mejorar el rendimiento
de su pupilo.
i) Reforzar hábitos de higiene, orden y presentación personal de su pupilo. j) Formar actitudes de respeto hacia los profesores y personas mayores. k) Cumplir y hacer cumplir todas las disposiciones emanadas de los organismos directivos
de la escuela.
l) Preocuparse de fomentar la buena imagen del colegio. m) Evitar la critica negativa que lesione a personal de la escuela, apoderados y/o
estudiantes.
n) Mantener buenas relaciones y una vinculación permanente en el colegio expresada en la asistencia a reuniones y apoyo constante a su pupilo en la revisión de tareas y
justificación de atrasos e inasistencias.
o) Incorporarse y participar en las actividades organizadas por su curso y/o escuela. p) Apoyar constantemente a su pupilo y vigilar sus actividades cuando no está en la
escuela.
q) Usar un vocabulario adecuado tanto en su trato con sus pares, profesores y personas en general.
r) Mantener una buena relación con los docentes y evitar actitudes de carácter agresiva hacia los mismos, los cuales si ocurre se aplicará por la Dirección y Encargado de
Convivencia las medidas a seguir, de acuerdo a los protocolos de nuestro Colegio.
s) Todos los considerados en el art. 10 de la Ley General de Educación
o Derechos de los apoderados:
a) Solicitar entrevistas con la Dirección y Profesores. b) Solicitar documentos relacionados con la escuela (certificados, fichas). c) Tiene derecho a participar e integrar directivas del curso y del establecimiento. d) Tiene derecho a solicitar reuniones de curso por intermedio de la directiva al profesor
jefe.
e) A solicitar información sobre el comportamiento y rendimiento de su pupilo.
f) Tiene derecho a recibir, firmar recepción y conocer el Reglamento Interno, de Convivencia,
del Proyecto Educativo Institucional y Reglamento de Evaluación del establecimiento
g) Tiene derecho a solicitar información relacionada con la destinación de los fondos
obtenido en beneficios.
h) Tiene derecho a tomar acuerdo junto a la dirección acerca del uniforme del escolar.
i) Tiene derecho a participar en la elaboración del Reglamento del Centro de Padres y
Apoderados.
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j) Tiene derecho a ser atendido en sus inquietudes con un trato digno y respetuoso de parte de
todos los integrantes de la comunidad escolar.
o NO ES ATRIBUCIÓN DEL APODERADO:
a) Ingresar al establecimiento sin autorización. b) Solicitar favores al establecimiento en beneficio de terceros, hacer beneficios y/o ventas
en beneficio personal.
c) Llegar al colegio en estado de intemperancia. d) Interrumpir las clases. e) Involucrarse en la vida privada del profesor. f) Agredir de palabra o de hecho a todo integrante de la comunidad escolar. g) Proferir injurias y/o calumnias que afecten a todo integrante de la comunidad escolar. h) Todas las contempladas en la Ley General de Educación. Art. 10.-
III.- NORMATIVA Y SANCIONES
PÁRRAFO 1.
FALTAS
Artículo 18: Se considerarán faltas a la convivencia escolar todas aquellas conductas que
atenten contra las normas de convivencia descritas en este Reglamento, o los que se consideren
inapropiados para la formación integral del estudiante, tomando en cuenta la Constitución y las
leyes.
A continuación, se exponen los criterios de graduación de faltas, considerando que además se
debe tener en cuenta la edad, el contexto, intereses y motivos, por lo que todo estudiante y si es
necesario también su apoderado, tendrán derecho a exponer sus puntos de vista antes de
determinar la sanción correspondiente.
Se podrá aplicar a quien incurra en conductas contrarias a la sana convivencia escolar, y
especialmente en los casos de maltrato y/o bullyng, las siguientes medidas o sanciones
disciplinarias que se aplican gradualmente desde las faltas leves hasta las gravísimas.
Artículo 19º: Concepto
a.- Se entenderá por Falta Leve toda conducta que altere el normal desarrollo del proceso de
enseñanza y aprendizaje, pero que no involucre daño físico a otro miembro de la comunidad
educativa. La reiteración de tres faltas leves será considerada falta grave.
Artículo 20º: Descripción de conductas.
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1.-FALTAS LEVES
a) Asistir al colegio sin los útiles escolares. b) Asistir al colegio sin el uniforme oficial o solo de manera parcial.(salvo justificación) c) Llegar atrasado a las clases o cualquier actividad oficial del colegio sin justificación
razonable.
d) Interrumpir la clase con actitudes que entorpezcan el normal desarrollo de la misma, promoviendo la indisciplina.
e) Salir de la sala durante el desarrollo de las clases sin autorización. f) Usar durante la jornada escolar: joyas (pendientes) piercing, mp3, mp4, celular u otros
elementos ajenos a la clase en desarrollo.
g) Comer durante el desarrollo de la clase, masticar chicle o realizar una actividad que no corresponda a la asignatura.
h) Consumir alimentos perjudiciales para la salud. Alimentos “chatarra” i) Presentarse desaseado, con maquillaje, uñas pintadas, el pelo suelto (las damas), pelo
largo los varones que impida ver cuello de la polera.
j) Botar basura o desechos, en lugares no habilitados para tal efecto. k) Incumplimiento de los plazos en la devolución de cualquier material didáctico. l) Ingresar al establecimiento con elementos no pertinentes al ámbito escolar que por mal
uso pudieren provocar un accidente escolar tales como: trompos, ligas, hondas, palos o
varillas, corta cartón, limas metálicas, agujas, alfileres y todo tipo de balones.
m) Presentarse sin la debida justificación de una inasistencia. n) Atraso en el ingreso a clase y/u horas intermedias.
ñ) Jugar en lugares no habilitados para ello tales como: escalera, patio pre básica, muros y
techos, árboles, arcos de multicancha, escenario, cerco perimetral.
o) Promover juegos bruscos que atenten contra la integridad física.
q) Faltar a los eventos de participación pública del colegio tales como: actos internos y hacia la
comunidad: veladas, desfiles, charlas, competencias y delegaciones en general.
Medidas disciplinarias
Ante las faltas leves se aplicarán las siguientes medidas disciplinarias:
a) Diálogo personal pedagógico y correctivo;
b) Diálogo grupal reflexivo;
c) Amonestación verbal;
d) Amonestación por escrito;
e) Comunicación al apoderado;
f) Seguimiento de mejora o reiteración de conductas de los estudiantes a cargo del Profesor
Jefe, docentes de aula y mediador si lo hubiere.
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g) En los casos de faltas leves reiterativas que pasaren a ser graves será el consejo de
profesores y el director quien aplique la sanción.
Artículo 21º: Faltas graves
Se consideran faltas graves aquellas que atenten seriamente contra los valores fundamentales
que inculca el establecimiento a sus estudiantes, y aquellas que impiden mantener la armonía
con los docentes, asistentes, apoderados y pares dentro y fuera de la sala de clases.
DESCRIPCION DE CONDUCTAS.
a) Faltar a la verdad: como copiar en pruebas, plagiar trabajos, falsificar justificaciones,
permisos u otros, falsificar firmas, sustraer objetos ajenos sin consentimiento.
b) Faltar el respeto con actitudes agresivas, de palabras soeces, acción, omisión o
indiferencia a compañeros, docentes, asistentes, apoderados, visitas u otros.
c) Daños a los bienes privados o colectivos: Atentar en contra de los bienes de la escuela
y/o de sus compañeros.
d) Falta de responsabilidad: Incumplimiento reiterado de tareas, trabajos, inasistencia a
pruebas, inasistencia a clases sin justificación.
e) Faltar a la confianza: Inasistencia a clases sin autorización, no ingresar a clases estando
en la escuela, sustracción o intervención en libros de clases o documentos oficiales.
f) Incitar a otros a realizar acciones como: hurto, matonaje, agresiones físicas y verbales y
alborotos.
g) Negarse a realizar las actividades escolares dentro de la sala de clases o fuera de ella (Ed.
Física u otra, salidas a terreno) instruidas por docentes y/o cualquier autoridad del
establecimiento.
h) Negarse de manera individual y/o de manera grupal a realizar pruebas en la fecha indicada,
salir al pizarrón o ser interrogados por el profesor. En general, por todo acto o comportamiento
que impida el normal desarrollo de la clase y de cualquier proceso evaluativo (entregar la
prueba en blanco, romper la prueba, ocultarse en estantes, paneles, mesas)
i) Intento de fuga frustrado desde el establecimiento.
j) Hacer la cimarra
k) Retirarse del establecimiento sin autorización o previo aviso a quien correspondiere.
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l) El estudiante tendrá derecho a apelar ante una medida disciplinaria. Para ello tendrá 5
días hábiles de plazo.
MEDIDAS DISCIPLINARIAS:
Conocidas las faltas graves por el Comité de Convivencia, este verificará la información. Luego
se comunicará al estudiante y al apoderado, las implicancias de su conducta tanto para su
formación, como para la comunidad escolar, señalándose los cargos concretos y pruebas en que
se apoya la sanción estudiada, esta última debe contar con la aprobación de la Dirección del
establecimiento.
Art. 22º: Ante las faltas graves se aplicarán las siguientes medidas disciplinarias:
a) Diálogo personal pedagógico y correctivo;
b) Diálogo grupal reflexivo;
c) Amonestación verbal;
d) Amonestación por escrito;
e) Comunicación al apoderado;
f) Citación al apoderado;
g) Derivación psicosocial (terapia personal, familiar, grupal; talleres de reforzamiento,
educación o de control de las conductas contrarias a la sana convivencia escolar);
h) Asistencia a charlas o talleres relativos al consumo o efectos de las bebidas alcohólicas,
las drogas o sustancias ilícitas;
i) Servicios comunitarios a favor del establecimiento educacional, tales como apoyo escolar
a otros alumnos, ayudantía a profesores, asistencia a cursos menores, entre otras
iniciativas;
j) Si no hubiera cambios de conducta observables en un plazo de 1 semana, se procederá a
la suspensión temporal de 1 hasta 3 días.
Artículo 23º: Faltas gravísimas. -
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Se consideran faltas gravísimas aquellas conductas que dañen gravemente la integridad
física o psicológica de algún miembro de la escuela y que puedan ser constitutivas de delitos.
DESCRIPCION DE CONDUCTAS. -
Se considerarán faltas gravísimas las siguientes:
a) Adulteración o deterioro de los libros de clase o documentos oficiales del Establecimiento.
b). Sustraer, dañar, destruir o atentar intencionalmente contra la propiedad de la escuela o de
cualquier otra persona.
c) Falsificación o adulteración de firmas, notas, o documentos de la Escuela.
d)Agredir de hecho o de palabra a sus pares, apoderados, docentes y asistentes de la educación,
ya sea de manera verbal, alzando la voz, con improperios, dando portazos, haciendo gestos
groseros o amenazantes
e) Destrozos premeditados y vandálicos de mobiliario, instalaciones o de implementación
didáctica, ya sea en horario normal de clases o durante situaciones anómalas como tomas del
establecimiento. -
f) Desorden que atente con la integridad física y libre circulación del personal y estudiantes
en cualquier dependencia o recinto de la Escuela.
g) Portar objetos cortantes y /o usarlos con fines agresivos que puedan atentar a la integridad
física de cualquier miembro de la unidad educativa, las cuales están expresamente prohibidas
por la ley como armas de fuego, cuchillos, corta cartón o cualquier objeto que sea utilizado con
la finalidad de agresión.
h) Promover, portar y/o consumir alcohol y/o cualquier tipo de droga al interior de la escuela y
poseer, suministrar, comercializar o utilizar cigarrillos, alcohol, estupefacientes u otras que
afecten la salud o atentar contra la moral y las buenas costumbres e ingresar al establecimiento
en estado de ebriedad,
i) Portar y/o difundir material pornográfico por cualquier medio escrito, audiovisual o
informático.
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j) Agredir sexualmente a cualquier persona al interior del establecimiento o en el trayecto
escuela
- hogar y viceversa.
k) Actitudes de Agresividad, como Grooming (matonaje cibernético) física y/o verbal o
sicológica hacia sus pares u otros integrantes de la comunidad escolar dentro y en las
inmediaciones del Colegio. Estará considerada dentro de esta falta toda agresión que se haga a
través de Internet, tales como, Facebook, Messenger, Fotolog, Correo electrónico, las cuales van
en directo desmedro de la persona afectada, lo que se traduce en amenazas, burlas ofensivas e
invasión de la privacidad.
l) Actitudes personales que atentan al equilibrio emocional de sus pares como lo son la
discriminación de cualquier índole y las secuelas que se desprenda de ella.
ll) Es falta gravísima el usar celulares para la grabación de situaciones sin consentimiento,
fotos, u otros lo que se aumentará al subirlo a Internet o publicarlo en otras instancias. Los
Anónimos
están considerados dentro de esta categoría de falta
m)Ejercer actitudes matonescas dentro del establecimiento, amenaza con arma blanca o de
fuego, responder con prepotencia a cualquier funcionario, ofensas de carácter sexual a
compañeros, registro escrito de ofensas en hojas, cuadernos, muros, pizarras, pupitres.
n) Será considerada como falta gravísima el promover conductas de matonaje (bullying) al
interior de la escuela y en sus alrededores, con sus pares como con cualquier miembro de la
comunidad educativa.
Artículo 24º: Sanciones y medidas disciplinarias.-
1.-A quien incurra en faltas gravísimas se aplicarán las siguientes sanciones
a) Suspensión temporal de una semana y una máxima de dos semanas en faltas graves o
gravísimas
b) Condicionalidad de la matrícula del estudiante.
c) No renovación de la matrícula para el próximo año escolar.
d) Cancelación inmediata de matrícula en el establecimiento educacional, sólo aplicable en
casos de especial gravedad, debidamente fundamentados, y luego de haber agotado
todas las medidas correctivas anteriores, con pleno respeto al principio del debido
proceso establecido en las normas respectivas.
e) Expulsión.
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2. Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas
contempladas en normas internas y las contempladas en la legislación vigente para cada
estamento.
3. Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un estudiante, en casos graves se
podrán disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la
prohibición de ingreso al establecimiento.
Concepto y Descripción de Medidas disciplinarias
a) Amonestación verbal: La amonestación verbal es un llamado de atención al estudiante con motivo de incurrir en faltas leves, pudiendo efectuarlas cualquier educador o
integrante de la Comunidad escolar de la escuela, tanto en el interior del recinto como
en su exterior. Se espera del estudiante una actitud positiva al llamado de atención y un
cambio de actitud ante los errores en que incurre.
b) Anotación escrita en el registro de observaciones del libro de clases, la anotación del estudiante en el libro de clases puede ser por reiteración de faltas leves y por situaciones
de mayor gravedad. Una observación debe, a lo menos, comprender los siguientes
aspectos: descripción objetiva del hecho que amerita la anotación, la acción pedagógica
previa realizada por el educador(a) y la actitud del estudiante. Las faltas cometidas por
el estudiante y registradas en el libro de clases deberán ser conocidas por los estudiantes
y sus apoderados en forma privada con el fin de que pueda comprender el sentido
formativo de ellas y logren aceptarlas con plena conformidad. Los apoderados firmarán
la toma de conocimiento de estas anotaciones.
La anotación en la hoja de vida será reforzada con un trabajo formativo a realizar por el
estudiante y si es posible entrará en un proceso de mediación.
c) Citación escrita al apoderado para que concurra al establecimiento según lo
amerite la situación, deberá firmar un compromiso con el cambio conductual de
estudiante si la falta fuera reiterativa y se le registran hasta 3 anotaciones en el libro de
clases,
Cuando una falta leve se produce en forma reiterada con hasta 3 anotaciones en su hoja
de vida pasará a ser grave.
d.)Suspensión de clases: De continuar las anotaciones en su hoja de vida, y cometer
faltas calificadas como graves, se suspenderá de clases hasta por tres días, tomando
constancia de ello, el apoderado.
Esta medida será aplicada por la Dirección del establecimiento. En caso de faltas
gravísimas el niño podrá ser suspendido de clases con el fin de garantizar la integridad
física y/o psicológica de los miembros de la Escuela implicados, y generar un espacio
de reflexión del estudiante junto a su familia.
e) Condicionalidad de matrícula por el resto del año escolar correspondiente según
estos indicadores. La “Condicionalidad”, representa una advertencia referida a la
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necesidad de que el estudiante rectifique su conducta personal o actitud y disposición
frente a las exigencias formativas o académicas de la Escuela Diego Portales
De esta forma, la “Condicionalidad” será la consecuencia de un comportamiento o
desempeño considerablemente deficitario, (acumulación de faltas leves o faltas grave o
gravísima) que es necesario superar para continuar perteneciendo a la Institución,
estableciéndose como una medida aplicada para casos de indisciplina e
irresponsabilidad por parte de los estudiantes, reiterada, persistente y constante (en
donde a pesar de las conversaciones tanto con apoderado, como con el estudiante, no se
observan cambios significativos en su comportamiento).
La Condicionalidad será aplicada por el Comité de Convivencia
Una vez obtenida la condicionalidad ésta durará un periodo de 1 semestre académico
siendo evaluada al finalizar este periodo por el Comité de Convivencia, en donde será
labor del profesor jefe exponer el caso del estudiante, junto con la recopilación de
información respectiva.
F) Cancelación de matricula a contar del año escolar en curso. Esta medida se hará
efectiva al inicio del año escolar siguiente.
La decide el Comité de convivencia, habida cuenta del informe presentado por el
Profesor Jefe y mediador con la aprobación del Director del Establecimiento. Esta
medida se aplicará cuando conste objetivamente que el estudiante, el apoderado no han
dado cumplimiento a las condiciones dialogadas, aceptadas y firmadas, o cuando se
incurra de forma gravísima en una o más de las causales señaladas en el número 18 del
presente Reglamento. El Profesor Jefe deberá notificar la medida al estudiante y
apoderado antes del día de matrícula fijado por el Establecimiento. Para ello citará por
escrito al estudiante y apoderado. En caso de no concurrir el apoderado a dicha
citación, el Profesor Jefe enviará una segunda citación por correo certificado al
domicilio del apoderado.
g) Cancelación inmediata de matrícula. Si tampoco asiste a este segundo llamado en
un plazo de tres días hábiles desde la fecha de emisión de la carta certificada, se dará
por notificada la medida y se dejará constancia de ello en la hoja de vida del estudiante.
h)Una vez notificada la Cancelación de matrícula, la que deberá, entiéndase por
incumplimiento gravísimo la falta al presente Reglamento que atenta en contra de la
integridad física o moral del propio sujeto o de terceros, que daña o afecta su buen
desempeño escolar, que implica conciencia del hecho y su gravedad, reiteración de la
misma, premeditación y/o terquedad, quedara registrada y firmada por el apoderado en
la hoja de vida del estudiante, el apoderado tendrá quinces días hábiles para apelar de la
medida ante el Director del Establecimiento, quien – una vez revisados los
antecedentes- podrá ratificar la decisión del Comité de Convivencia o pedir que éste re
estudie la medida. El director en conjunto con el Comité de convivencia comunicará la
decisión por escrito y a la brevedad posible.
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i) En cualquier caso, el Colegio ayudará al estudiante y al apoderado a reinsertarse
en otro establecimiento educacional. No podrá negarse al estudiante o apoderado ningún
documento que requiera para agilizar o concretar dicho trámite.
J) Expulsión, Queda establecido que la expulsión “es considerada como una medida
extrema, excepcionalísima y última, legitima sólo cuando efectivamente la situación
implique un riesgo real y actual (no potencial o eventual) para el resto de la comunidad y
ya se haya cumplido con todos los procedimientos exigidos”.
Se entiende por riesgo real y actual cualquier tipo de situación que en la inmediatez
quebrante las leyes establecidas por el Gobierno de Chile, enmarcada en la ley de
responsabilidad juvenil, para los estudiantes de la Escuela Diego Portales que tengan entre
14 a 17 años de edad que será establecido previa investigación realizada por las entidades
pertinentes tales como: carabineros, policía de investigaciones, tribunales, premunidos de la
correspondiente orden del juez. En cualquier caso los estudiantes deberán estar
acompañados por su apoderado. En caso que este último no pueda asistir, se permitirá la
presencia de un adulto de la familia.
k) La expulsión será una decisión de la Dirección en conjunto con el comité de convivencia y significará cancelación inmediata de matricula.
Las medidas de las letras d a la K se aplicarán a las faltas gravísimas.
SITUACIONES ESPECIALES
Artículo 25: Sobre maltrato Escolar ( Bulling )
a.- Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o
psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos,
en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en
que se cometa, siempre que pueda:
• Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o
psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales;
• Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo; o
• Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo,
moral, intelectual, espiritual o físico.
Artículo 26: Descripción de conductas
Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas:
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• Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender
reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;
• Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier
otro miembro de la comunidad educativa;
• Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;
• Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un estudiante
u otro miembro de la comunidad educativa por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes,
mofarse de características físicas.
• Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social,
situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica,
nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra
circunstancia;
Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un estudiante o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, Fotolog, mensajes de texto, correos
electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos
o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico;
• Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato
escolar;
• Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de
delito;
• Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o
contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya
hecho uso de ellos.
• Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias
ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o
en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste.
ARTÍCULO 27°. Para todos los efectos del Reglamento de Convivencia Escolar de la
Escuela Diego Portales, las conductas descritas como de Maltrato Escolar, serán
consideradas como faltas gravísimas y las medidas disciplinarias son las contempladas en
el artículo 13.-
1.- Disposiciones Complementarias, sobre estudiantes madres, embarazadas y cambios
de estado civil.
Articulo º: En resguardo de los derechos a la educación de las madres embarazadas, o
cambios en el estado civil, el Reglamento considerará las siguientes disposiciones:
1.-La alumna que evidencia embarazo, posee permanencia en el sistema escolar y recibe las
facilidades académicas especiales.
2.-Cada profesor (a) con la alumna acordará horarios, evaluaciones y calendario de actividades
pedagógicas.
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3.-La alumna que se encuentre en régimen especial podrá participar en actos organizados por la
escuela, siempre que no esté en período prenatal.
4.-Considerando las prescripciones médicas, las alumnas tendrán un receso flexible en sus
actividades escolares entre diez días antes y quince días después del parto, teniendo como
referencias las fechas establecidas con certificados de especialistas.
5.-Los alumnos (as) que cambien de estado civil podrán proseguir sus estudios en el
Establecimiento.
PROCEDIMIENTO Y SANCIÓN DEL ACOSO SEXUAL
De acuerdo a la nueva Ley Nº 20.005 que introdujo modificaciones al Código del Trabajo, a los A
rtículos 2º,153º, 154º, 160º, 168º, 171º, 425º y agregó el Título IV al Libro II, sobre Investigación
y
sanción del acososexual en el trabajo, es necesario que el personal este informado con respecto a es
te
tema por tal motivo elpresente anexo será parte integrante de nuestro actual Reglamento Inte
rno en el cual se establece losiguiente:
“Queda estrictamente prohibido a todo trabajador de la escuela ejercer en forma indebi
da, porcualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por quien los recibe
y que almenacen
o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo, lo cual constituirá
para todos estos efectos una conducta de acoso sexual”.
La escuela, realizará acciones que garantice un ambiente laboral digno
a cada uno de los trabajadores.
Para lo cual es necesario promover al interior de la escuela F- 162 Diego Portales de
Traiguén el mutuo respeto entre los trabajadores ycuando sea necesario ofrecerá apoyo en la re
so-lución del conflicto.
SOBRE EL PROCEDIMIENTO Y SANCION DEL ACOSO SEXUAL
Artículo 28º. El acoso sexual es una conducta ilícita no acorde con la dignida
d
humana y contraria a laconvivencia al interior de la escuela. En ella serán conside-
radas, especialmente como conductasde acoso sexual las siguientes: Requerimientos d
e carácter sexual, no consentidos por quien los recibe, yasea por propuesta verbal, cor
reos electrónicos, cartas o misivas personales.
Artículo 29º. Todo funcionario de la Escuela Diego
Portales que sufra o conozca de hechos ilícitos definidos como acososexual por
la ley o este reglamento, tiene derecho a denunciarlos, por escrito, a l
a Dirección delEstablecimiento y/o a los Representantes Legales o defecto a
Carabineros, PDi o Fiscalía
Artículo 30º. Toda denuncia realizada en los términos señalados en el artículo anterio
r, deberá ser meritoria de una investigación sumaria.
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Artículo 31º. La denuncia escrita dirigida a la Dirección y/o Representante Leg
ales
eberá señalar losnombres, apellidos y Rut del denunciante y/o afectado, el carg
o
que ocupa ; una relación detallada de los hechos, adjuntando evidencias que
respalden sudenuncia, en lo posible indicando fecha y horas, el nombre del presunto
acosador y finalmente la fecha yfirma del denunciante.
Artículo 32º. Recibida la denuncia, el Director del establecimiento la dirigirá al
empleador para que éste inicie el proceso indicado en el artículo 31º
Artículo 33º. El investigador, conforme a los antecedentes iniciales que tenga,
soli-
citará a la dirección,disponer de algunas medidas precautorias, tales como l
a
separación de los espacios físicos de losinvolucrados en el caso, la redistrib
ución del tiempo de jornada, o la redestinación de una de las partes,atendida la
gravedad de los hechos denunciados y las posibilidades derivadas de las condiciones
de trabajo.
Artículo 34º. Todo el proceso de investigación constará por escrito, dejándose
constancia de las accionesrealizadas por el investigador, de las declaraciones efe
ctuadas por los involucrados, de los testigos y laspruebas que pudieran aportar. S
e manten-
drá estricta reserva del procedimiento y se garantizará a ambaspartes que serán oídas.
Artículo 35º. Una vez que el investigador haya concluido la etapa de recolección de i
nformación, a través delos medios señalados en el artículo anterior, procederá a e
mitir el informe sobre la existencia de hechosconstitutivos de acoso sexual.
Artículo 36º. El informe contendrá la identificación de las partes involucradas, los tes
tigos que declararon, unarelación de los hechos presentados, las conclusiones a que ll
egó el investigador y las medidas y sancionesque se proponen para el caso.
Artículo 37º. Atendida la gravedad de los hechos, las medidas y sanciones que se aplic
arán serán determinadas por el investigador, previa sumario administrativo
Artículo 38º. El informe con las conclusiones a que llegó el investigador, inclui
das las medidas y sancionespropuestas, deberá estar concluido y entregado a la
Sostenedora de acuerdo a los plazos explicitados en la legislación vigente.
Artículo 39º. Los involucrados podrán hacer observaciones y acompañar antecedente
s durante la investigación sumaria o duramnte el desarrollo del sumario
administrativo, de corresponder.
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Artículo 40º. El afectado/a por alguna medida o sanción, podrá utilizar el procedimie
nto de apelación general
cuando la sanción sea una multa, es decir, podrá reclamar de su aplicación ante la Ins
pección del Trabajo.
Artículo 41º El presente anexo será parte integrante del Reglamento Interno de
Orden, Higiene y Seguridad.
NORMAS DE SEGURIDAD EN LA ESCUELA.
Artículo 42º El establecimiento contará con elementos mínimos para la seguridad y
prevención de accidentes:
a) Plano de Evacuación. b) Puertas, vidrios, enchufes en buen estado. c) Grupo de seguridad. d) Extintores en buen estado.
Toda persona que labora en el establecimiento será agente en la promoción de formación de hábitos de higiene, orden y seguridad en los alumnos.
Los docentes impartirán educación sobre el Plan Integral de Seguridad Escolar(PISE), lo que será registrado en el libro de clases.
Existirá un docente encargado de la Seguridad Escolar que tendrá como función llevar a cabo la Operación Deyse y elaborar el programa de Seguridad.
Además, es necesario precisar las diversas funciones que en esta materia deberán
desempeñar los diversos estamentos de la organización:
Sostenedor: a) Otorgar los recursos mínimos necesarios para subsanar deficiencias que puedan
provocar un accidente en la persona de algún integrante de la comunidad escolar.
Director:
a) Planificar, programar, supervisar y evaluar acciones de prevención de riesgos escolares.
b) Informar al personal sobre los beneficios y caminos a seguir en caso de accidentes
laborales, en relación a las exigencias de la mutual de seguridad.
c) Derivar a las personas accidentadas a los organismos correspondientes.
Profesores:
a) Informarse sobre Principios Básicos de prevención de Accidentes.
b) Vigilar que los alumnos cumplan con las normas de Seguridad, Orden e Higiene.
c) Motivar a los alumnos a participar en acciones de esta índole.
d) Identificar los posibles lugares que involucran riesgos e informar a la instancia
pertinente.
e) Uso adecuado del Botiquín de los primeros auxilios de la escuela. f) Considerar las observaciones contempladas en la ficha de matricula en relación con el
padecimiento de alguna enfermedad grave y posibles tratamientos de apoderados que lo
especifiquen.
g) Graduar los ejercicios gimnásticos con la progresión debida de acuerdo a las habilidades de los alumnos.
h) Tomar las precauciones correspondientes al salir de excursiones u otras actividades que impliquen salir del establecimiento y que contemplen la participación de alumnos.
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Alumnos:
a) Evitar juegos que pongan en peligro su integridad física b) No jugar con elementos cortantes u otros durante clase de educación tecnológica. c) Evitar al máximo el contacto con artefactos como estufas u otro tipo de calefactores. d) Colocar basuras y restos de alimentos en los lugares destinados para ello. e) Aplicar informaciones dadas por los profesores. f) Colaborar en el aseo de sus salas de clases y demás dependencias del establecimiento.
Padres y apoderados: a) Informarse acerca de las normas de prevención de riesgos del establecimiento e
inculcarlas en sus hijos o pupilos.
b) No enviar a sus hijos o pupilos a clases con elementos que atenten en contra de su seguridad personal y la de otros.
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REGLAMENTO DE EVALUACION ESCUELA DIEGO PORTALES 2012
FUNDAMENTACIÓN
El siguiente Reglamento de Evaluación está elaborado conforme a las disposiciones y
facultades que otorgan: el Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar de Enseñanza
Básica, Decreto Exento Nº 511/1997 y sus modificaciones, el Decreto 170/2010 para Educación
Especial, Decreto Supremo de Religión Nº 924/83, el Proyecto Educativo Institucional PEI, los
Planes y Programas de Estudio, Decreto Supremo Nº 232/2002 ,Decreto 256 /2009, Ley
20248 de Subvención Especial Preferencial.
Fue analizado por la Dirección, Unidad Técnico Pedagógica y Consejo de Profesores y
aprobado por toda la Comunidad Educativa, desde marzo de 2006 y actualizado anualmente en
abril hasta el presente 2012
El reglamento de evaluación está centrado en el mejoramiento de los aprendizajes en las
asignaturas del currículum vigente. Este mejoramiento, tendrá como referente el Marco de la
Buena Enseñanza y las metas planteadas por el Plan de Mejoramiento emanado de la ley SEP y
todo aquello que establece la normativa educacional vigente.
Los aprendizajes de los estudiantes serán evaluados utilizando diversas modalidades de
evaluación como son: diagnóstica, formativa, sumativa, diferenciada, además se enfatizará la
autoevaluación y coevaluación entre los estudiantes.
En el trabajo pedagógico diario se atenderá el aspecto conceptual, procedimental y actitudinal,
para ir logrando el desarrollo de competencias acordes a las exigencias del currículum.
La retroalimentación está considerada para mejorar el proceso de aprendizaje y así
logren los niños y niñas los aprendizajes esperados propuestos.
Este reglamento de evaluación contiene:
- Disposiciones respecto a estrategias y procedimientos para evaluar los aprendizajes de los estudiantes.
- Formas de calificar y comunicar los resultados a los estudiantes, padres y apoderados.
- Procedimientos que aplicará el establecimiento para determinar la situación final de los estudiantes.
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- Disposiciones de evaluación diferenciada que permitan atender a todos los niños y niñas que así lo requieran, ya sea en forma temporal o permanente.
- Requisitos y procedimientos para promover estudiantes con porcentajes de asistencia menores al 85% y resolver situaciones especiales de evaluación y
promoción dentro del año escolar tales como: ingreso tardío a clases, ausencia por
períodos prolongados, finalización anticipada del año escolar por fuerza mayor,
asistencia a eventos extraprogramáticos.
PARRAFO I
DISPOSICIONES GENERALES:
- Art. 1 Este reglamento de Evaluación se aplicará a los estudiantes de 1º a 8º año
básico.
- Art. 2 Los estudiantes serán evaluados en régimen semestral.
PARRAFO II
DE LA EVALUACIÓN:
- Art. 3 La evaluación del proceso educativo tendrá un carácter auténtico.
-Art. 4 Durante cada semestre el estudiante será evaluado relacionando el aprendizaje esperado
planteado con el proceso personal realizado.
-Art. 5 El docente evitará evaluar subdestrezas aisladas, sino que evaluará las competencias,
dentro de un contexto significativo para el estudiante.
-Art. 6 Durante el Proceso de Aprendizaje y Enseñanza, deberán realizarse actividades de
reforzamiento permanente, con el fin de atender las dificultades que presenten los niños y niñas
y planificar actividades de profundización para los estudiantes aventajados. Los talleres JEC de
apoyo pedagógico son obligatorios para los niños y niñas.
PARRAFO III
DE LOS MOMENTOS Y LOS INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN:
- Art. 7 La evaluación ya sea formativa, sumativa y/o diferenciada, deberá incluir
calificaciones parciales y/o acumulativas, constituyéndose en una herramienta de análisis,
estímulo y rectificación, en primer lugar para el estudiante y el docente, para los padres y/o
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apoderados y para la comunidad educativa. Los estudiantes estarán, obligados a asistir a la
totalidad de las clases establecidas en horario normal y horario extraordinario cuando se
requiera incluidas las destinadas a evaluación. Las inasistencias a las pruebas deben ser
fundadas en razones de salud y otras de fuerza mayor que deberán ser presentadas y registradas
por la Jefe Técnico, profesor jefe y profesor de la asignatura afectada.
- Art. 8 En este proceso los aprendizajes esperados podrán ser evaluados en forma
diaria, mensual, semestral o anualmente; al término de un nivel o ciclo educativo.
La naturaleza de los aprendizajes esperados a evaluar, determinará a través de la evaluación, la
coevaluación y/o autoevaluación, el momento más adecuado para llevar a cabo el proceso.
- Art. 9 Los estudiantes deben ser informados con debida antelación de las fechas de
evaluaciones sumativas, parciales y/o globales; lo cual quedará registrado en el libro de clases,
cada docente de asignatura informará oportunamente al profesor jefe de curso.
- Art. 10 El estudiante podrá ser evaluado formativamente en cualquier hora de clases y/o
actividad de la asignatura, acerca de los aprendizajes esperados tratados o en desarrollo, de la
unidad temática y programática que se está trabajando.
- Art. 11 Los docentes no aplicarán más de una evaluación sumativa diariamente. Para
esto se requiere la calendarización de las pruebas en todas las asignaturas. Sin perjuicio de lo
anterior se podrá aplicar una prueba del área científica humanista y
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