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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR.
ESCUELA JUAN DE SAAVEDRA 2019-2022
CORPORACIÓN MUNICIPAL DE VALPARAÍSO
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PRESENTACIÓN
La Escuela “Juan de Saavedra”, forma parte del Servicio Local de Educación
Pública. (SLEP)
Nuestra Escuela quiere formar alumnos y alumnas integrados, con una participación
positiva en las actividades: académicas, culturales y sociales, ya sean de carácter
curricular o de extensión cultural, asimismo que su relación humana se realice en el
marco del respeto a la dignidad de la persona.
La pertenencia a la Escuela “Juan de Saavedra”, es un compromiso a vivir
plenamente la vida escolar, no escatimando esfuerzos en la promoción del respeto y
fidelidad en el cumplimiento de los deberes de cada uno.
La disciplina es un valor exigido por el bien común. El hombre es libre y debe ser
educado para el buen uso de su libertad respetando libre y conscientemente las
normas necesarias para la buena convivencia en comunidad, de manera que llegue
paulatinamente a una verdadera autodisciplina.
Los padres y la familia son los primeros y principales educadores de sus hijos.
Es deber de los padres, crear un ambiente de familia, que favorezca la educación
íntegra, personal y social de los hijos.
En el contexto del Proyecto Educativo de la Escuela “Juan de Saavedra”, el
alumno es el protagonista de su propio crecimiento, viviendo en la Escuela, la cual
es el primer agente de su propia educación como proceso de las nuevas formas de:
la persona, la sociedad y la cultura.
Desde una visión del currículo, la misión formativa compromete al profesor
a participar en el proceso de formación de personas en el plano valórico-afectivo.
Esta acción formativa debe trascender la sala de clases y ser asumida por cada
uno de los agentes formativos de los integrantes de la Unidad Educativa.
El presente Manual de Convivencia ha sido elaborado con la participación de
todos los estamentos involucrados en el establecimiento a través de consultas
formales y reuniones acordadas para este fin.
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Normativas que rigen el reglamento de Convivencia E scolar
Nuestro Reglamento está elaborado sobre la base de:
La Constitución Política de la República de Chile, (Art. 1º, 4º y 19º), Art.
2.320 y siguientes del Código Civil.
La Declaración Universal de Los Derechos Humanos.
Convención sobre Los Derechos del Niño (Ginebra 1989 y ratificada por
Chile en el año 1990).
Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza Nº 18.962 de 1990.
Estatuto Docente (Ley Nº 19.070 de 1991 y su reglamento).
Ley 19.532/97 que crea el régimen de JECD y su reglamento.
Ley Nº 20.005 del año 2005 (Acoso Sexual).
Política de Educación de Padres, Madres y Apoderados, Mineduc 2000 y
Derecho a la Educación y Convivencia Escolar, Mineduc 2001.
Decreto Nº313/72 Seguro Escolar de Accidentes.
Decreto Nº651/95. En el caso de documentación incompleta este
decreto permite la matrícula provisoria hasta que el apoderado presente el
certificado de estudios en trámite.
Circular Nº 875/94 da normas sobre ingreso, permanencia y evaluación de
alumnos(as) portadoras del VIH.
Circular Nº 247/91: establece normas destinadas a facilitar la permanencia
dentro del sistema educativo a aquellas alumnas que cambien de estado civil o
que pasen a la condición de embarazadas.
Decreto Nº 894/95 y Decreto Nº 57/02 que reglamentan el uso del uniforme
escolar.
Instructivo Nº 5/1462 de 1993, circular Nº 295/98: imparten instrucciones
sobre devolución de alumnos a sus casas por parte de los establecimientos
educacionales.
Decreto 565/90 que regula la constitución, organización y funcionamiento de
los Centros de Padres.
Decreto de Evaluación Nº 511 / 1997, Modificaciones 158/99; 107/ 2003
Decreto Nº 24/2005, reglamento de los Consejos Escolares
Reglamento Convivencia Escolar 2019-2022
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CAPITULO I
Artículo I.
CONCEPTO.
De acuerdo con la definición de la Real Academia Española un Reglamento es: “Una
colección de reglas o preceptos, que por la autoridad competente se da para la
ejecución de una ley o para el régimen de una corporación, una dependencia
o un servicio.”
Derivada de esta definición y aplicada al ámbito educativo, un Reglamento Interno es
el ordenamiento de las normas técnicas y administrativas que regulan la
estructura, vinculaciones, derechos y deberes de los distintos estamentos del
establecimiento educacional con la finalidad expresa de mejor calidad, con
equidad del proceso educativo que en él se desarrolla.
Artículo II.
PROPÓSITO.
El Reglamento de Convivencia escolar, en el contexto del Proyecto Educativo.
El Proyecto Educativo es el sistema de ideas que fundamenta o justifica el
quehacer educativo en el establecimiento. Es concebido como un propósito, un
planteamiento anticipado de lo que se quiere y para qué; es el deber ser de la
Escuela, donde se define el tipo de alumno (a) que se aspira a llegar a formar, acorde
a la concepción educacional que se postula, junto con el tipo de educador y familia
que se requieren para lograr los objetivos y metas de institución escolar. En la
expresión de lo que la comunidad educativa busca como ideario y como orientación
de la tarea, implica no solamente un conjunto de principios y objetivos, sino también
de los medios que deben ser considerados para hacerlos realidad.
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El Proyecto Educativo es la norma fundamental de la organización escolar. En este
contexto, el Reglamento Interno debe ser concordante con los: principios, valores,
criterios y finalidades que inspiran y conducen la acción educativa contemplada en el
respectivo proyecto.
Artículo III.
OBJETIVOS DEL REGLAMENTO.
En este contexto, son Objetivos del Reglamento de Convivencia Escolar:
Ordenar la estructura, las funciones e interrelaciones de los distintos
estamentos de la institución escolar, con el propósito de lograr la consecución de los
objetivos propuestos por la Escuela en su Proyecto Educativo durante el período
2008-2009.
Crear conciencia y cautelar los derechos y deberes de los integrantes de la
Comunidad Escolar, promoviendo su desarrollo personal y social.
Contribuir a crear las condiciones técnico-pedagógicas y administrativas
necesarias que propicien un clima organizacional adecuado a las necesidades de la
Escuela, a fin de favorecer el desarrollo del proceso educativo.
Es deseable que el logro de los objetivos propuestos sean producto de un
trabajo mancomunado, comprometido y permanente de todos los actores que integran
y participan en la comunidad educativa.
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Artículo IV.
DEL FUNCIONAMIENTO
De la Jornada Escolar de Trabajo
La Escuela JUAN DE SAAVEDRA está adscrita a la Jornada Escolar Completa
desde los niveles Pre-básicos a 8º Año Básico.
Pre-básica, NB1 a NB6
Día Hora inicio Hora
término
Nº de horas Tiempo recreos
(minutos)
Lunes 08:00 15.15 8 85
Martes 08:00 15.15 8 85
Miércoles 08:00 15.15 8 85
Jueves 08:00 15.15 8 85
Viernes 08:00 13.05 6 35
MODALIDADES
PRE- BASICA
BÁSICA
Desayuno Pre-básica: de 9.00 a 9.20 hrs.
Desayuno 1° a 8° Básico : de 9.30 a 9.50 hrs.
Almuerzo Pre-básica: de 12.20 a 13.00 hrs.
Almuerzo 1° a 8°Básico: de 13.00 a 13.50 hrs.
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ORGANIZACIONES INTERNAS DE LOS CONSEJOS DE PROFESORES DE LA
ESCUELA JUAN DE SAAVEDRA
CONSEJOS DE PROFESORES
Son organismos participativos de carácter consultivos de la Dirección
presididos por el Director/a o en quien éste delegue esta función.
Sus reuniones son de tipo: ordinarias y extraordinarias.
Consejos ordinarios son los que se efectúan y se realizan en fechas
estipuladas a comienzo de año.
Consejos extraordinarios se efectúan por decisión del director y/o petición de
la mayoría de los docentes.
El consejo de profesores debe tener un secretario(a) que deberá llevar un
libro de actas, que se entregará a la Dirección del establecimiento un día después de
terminado el consejo de profesores.
En materia Técnico-Pedagógicas, el Consejo de profesores es resolutivo.
Los consejos se realizarán dentro de las horas normales de actividades del
establecimiento. Sólo en casos excepcionales funcionarán durante el desarrollo de
las horas de clases.
FUNCIONES DEL CONSEJO DE PROFESORES
Cooperar con la Dirección en el buen desarrollo de las funciones educativas
y asesorarlas.
Cooperar, cumplir y evaluar las actividades de sus miembros.
Promover el perfeccionamiento profesional del personal
docente del establecimiento.
Los miembros de los consejos, mantendrán reserva respecto a las materias
que en ellos se traten.
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CONSEJO GENERAL DE PROFESORES
El Consejo General de Profesores de la Escuela Juan de Saavedra, estará
integrado por todo el personal Docente. Es el organismo encargado de preocuparse
de los problemas generales de la Unidad Educativa.
Durante el año lectivo se deberá realizar a lo menos :
a) Una sesión de organización y programación del trabajo escolar.
b) Dos sesiones de estudio y planeamiento sobre el quehacer escolar.
c) Una sesión de evaluación final.
FUNCIONES DEL CONSEJO GENERAL DE PROFESORES
Conocer la planificación anual de actividades que presente el Director(a) y
sugerir o
Proponer las modificaciones muy bien fundamentadas.
Proponer e impulsar medidas destinadas al mejoramiento del proceso
educativo.
Analizar la aplicación de los diversos Planes de Trabajo y proponer medidas
para su perfeccionamiento.
Estudiar los problemas especiales de rendimiento, conducta y/o desadaptación
al medio escolar de algún alumno o grupo de éstos, que estén afectando a un curso
o a la totalidad del establecimiento y proponer estrategias o medidas para darles una
adecuada solución.
Elegir y/o designar comisiones de trabajo.
Proponer las correcciones necesarias a las fallas detectadas en los procesos
que se dan al interior de la Unidad Educativa.
Guardar discreción de lo tratado en el mismo, asumiendo su responsabilidad
con sus debidas consecuencias.
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DE LOS CONSEJOS TECNICOS
Es una modalidad del Consejo General de Profesores, y de acuerdo a la Ley
19.070 de 1991 Estatuto Docente, en sus decisiones es resolutivo en materias
Técnico Pedagógicas. Puede ser presidido por el Director(a) o el Jefe de Unidad
Técnica Pedagógica.
Funcionará con un sentido evaluador, a lo menos 3 veces al año: al inicio año
escolar, término del Primer Semestre y término del Segundo Semestre.
FUNCIONES DE LOS CONSEJOS TECNICOS
Conocer a nivel de Unida Educativa, el Decreto de Evaluación y modalidad a
aplicar.
Organizar la aplicación del diagnóstico a nivel de cursos y de sectores y/o
subsectores.
Fijar los criterios de evaluación a aplicar.
Estudiar las dificultades que puedan presentar algunos procedimientos
evaluativos.
Diseñar estrategias técnico pedagógicas para el logro de un mejor rendimiento.
Intercambiar experiencias en cuanto a procedimientos que han sido exitosos en
el campo de la metodología.
Informar al director o al jefe de Unidad Técnica Pedagógica de las dificultades
ocasionadas por situación de problemas de aprendizaje.
Elaborar procedimientos evaluativos por nivel.
Conocer a nivel de Unidad Técnica, el rendimiento del alumnado (Semestral,
Anual).
Estudiar, desarrollar e introducir innovaciones en la enseñanza de las diferentes
subsectores, sobre todo en la metodología, que sea un proceso activo, participativo y
dinámico.
Estudiar las normas técnicos pedagógicos emanados del Mineduc, Secreduc,
Dpto Prov. Educación.
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Conocer y analizar planes y programas.
EQUIPO DE GESTIÓN ESCOLAR
El Equipo de Gestión Escolar de la escuela Juan de Saavedra de Valparaíso
estará constituido a lo menos por los siguientes integrantes.
a. El/la Director/a
b. El Jefe de la Unidad Técnica Pedagógica
c. Un Docente.
FUNCIONES DEL EQUIPO DE GESTION ESCOLAR
Promover y velar por el logro de los objetivos propuestos en el proyecto
educativo institucional.
Mantener y fomentar un clima organizacional óptimo, con verdadero respeto a
las personas y a sus diferencias individuales.
Velar por la preservación de la autoestima individual de todos los componentes
de la Unidad educativa.
Promover la resolución constructiva de conflictos.
Constituirse en una organización gestora, promotora y conductora de todas
aquellas acciones de crecimiento personal e institucional.
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PERFECCIONAMIENTO DOCENTE
La Dirección del establecimiento desarrollará acciones permanentes de información y
motivación para lograr la participación de los Profesionales de la Educación en los
diferentes cursos de perfeccionamiento, con el objetivo central de promover la
renovación de las prácticas pedagógicas y curriculares.
Lo anterior, se logrará entregando a los docentes la documentación que se reciba del
C.P.E.I.P. o de otras Instituciones u Organismos académicos reconocidos por el
Ministerio de Educación.
Habrá Consejos Técnicos en que los docentes pongan a disposición de sus colegas,
las experiencias recientes de perfeccionamiento
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CAPÍTULO II
NORMAS GENERALES
FINES Y OBJETIVOS DE LA MODALIDAD
Artículo V. La Escuela JUAN DE SAAVEDRA dependiente del Servicio Local de
Educación Pública, se ubica en la calle Blanco Viel Nº 200, en el tradicional Cerro
Lecheros de Valparaíso. Atiende a alumnos de Pre- Kinder a Octavo año de
Educación General Básica.
Artículo VI. De la Misión que sustenta a la Escuela JUAN DE SAAVEDRA:
La escuela Juan de Saavedra de Valparaíso, trabaja un proyecto educativo,
basado en un modelo de Experiencias Pedagógicas, que buscan el desarrollo
integral de los y las estudiantes, potenciando las habilidades del siglo XXI,
enfocadas en las áreas emocionales, sociales, comunicacionales, científicas,
artísticas, deportivas y medio ambientales.
Promovemos el pleno desarrollo de todas las dimensiones de nuestros
estudiantes, tales como la cognitiva, de formación valórica, emocional y social
considerando las diferencias individuales, a través de la plena cobertura curricular y
logro de los objetivos de aprendizaje contemplados en los planes y programas de
estudio del MINEDUC, de la escuela y los programas de formación y apoyos
multidisciplinarios internos y externos que se ejecutan en la unidad educativa.
Constituimos una comunidad escolar en que todos los actores, es decir estudiantes,
padres y/o apoderados, profesores y asistentes de la educación cuentan con una
unidad de propósitos relacionada con el espíritu de servicio, compromiso social y
trabajo constructivo que nos permitirán conseguir el logro de los objetivos, de las
metas de aprendizaje y de la formación de nuestros estudiantes.
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Artículo VII. De la Visión que sustenta la Escuela JUAN DE SAAVEDRA:
Anhelamos que nuestra comunidad educativa sea reconocida por formar
estudiantes respetuosos, tolerantes, reflexivos con espíritu de responsabilidad
social, medio ambiental y con variadas habilidades comunicacionales,
científicas, artísticas y deportivas, capaces de desenvolverse virtuosamente en
la sociedad.
Artículo VIII. De la Jornada Escolar de Trabajo
La Escuela JUAN DE SAAVEDRA está adscrita a la Jornada Escolar
Completa desde el nivel Prebásico a 8º Año Básico.
CAPITULO III
NORMAS TECNICO-ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y
FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO
Artículo IX. DEL DIRECTOR (A): Es el Docente Directivo que, como Jefe del
Establecimiento Educacional, es responsable de la dirección, organización y
funcionamiento del mismo y del Proyecto Educativo, de acuerdo a las normas legales
y reglamentarias vigentes del Ministerio de Educación y de la entidad sostenedora,
SLEP.
FUNCIONES DE LA DIRECTORA DE LA ESCUELA JUAN DE SAAVEDRA
1. Dirigir el Establecimiento de acuerdo a los principios de la administración
educacional y teniendo presente que la principal función del establecimiento
es educar, prevaleciendo sobre la administrativa u otra en cualquier
circunstancia y lugar.
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2. Planificar, supervisar y evaluar los objetivos y/o actividades, en conjunto con la
comunidad escolar, contempladas en la planificación estratégica del PEL y/o
en el Proyecto Educativo Institucional (PEI), Proyecto de Mejoramiento
Educativo (PME), Manual de Convivencia Escolar y Plan de Convivencia
Escolar de la escuela.
3. Presidir las reuniones del Equipo de Gestión y Consejo Escolar cuando
corresponda.
4. Realizar en el mes de marzo la Cuenta Pública de la gestión directiva en
Consejo Escolar y Asamblea con toda la comunidad educativa.
5. Propiciar un ambiente educativo en el establecimiento, estimulante al trabajo
de su personal y creando condiciones favorables para la obtención de los
objetivos propuestos por el Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.).
6. Proponer la estructura organizativa técnica-pedagógica y Equipo de
Convivencia Escolar del establecimiento.
7. Ser responsable de la evaluación y calificación del personal administrativo,
docente, paradocente y de servicios en la unidad educativa.
8. Impartir orientaciones para establecer una adecuada organización,
funcionamiento y evaluación del currículum, procurando una eficiente
distribución de los recursos asignados.
9. Responsable de la tramitación y entrega de las liquidaciones mensuales de
sueldo del personal y de cualquier otro bono de asignaciones establecidas.
10. Presidir los diversos consejos administrativos, técnicos delegando funciones
cuando corresponda.
11. Gestionar en primera instancia, la tramitación de pagos pendientes
relacionados con la carga horaria de cada trabajador.
12. Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad
dentro del establecimiento educacional.
1.1. Decreto N° 313. Accidentes Escolares: Velar por su cumplimiento según
normativa vigente
1.2. Ley N°16.744. Accidentes Laborales: Velar por el cumplimiento de la
normativa vigente.
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1.3. Resolución N°51/2001 Plan Integral de Seguridad Escolar. Aprobada
por el Ministerio de Educación. Responsable de la actualización anual del
Plan, y supervisar su ejecución en el momento oportuno.
1.4. Velar por el cumplimiento a la normativa respecto higiene ambiental:
servicios higiénicos adecuados, comedores con normas de higiene,
recolectores de basura adecuados, entre otros.
13. Cumplir las normas e instrucciones emanadas de las autoridades
educacionales y administrativas competentes.
14. Remitir a las autoridades competentes las actas, estadísticas y otros
documentos que le sean exigibles tanto por las autoridades educacionales,
Judiciales y por la entidad sostenedora, conforme a la reglamentación y
legislación vigente.
15. Arbitrar las medidas necesarias para supervisiones e inspecciones que
practique el Ministerio de Educación a través de sus unidades facultadas
para el efecto.
16. Llevar Hoja de Vida del personal bajo su dependencia.
17. Ser responsable de la evaluación y calificación del personal administrativo,
docente, paradocente y de servicios de la unidad educativa.
18. Representar a la Unidad Educativa ante los organismos oficiales de la
comunidad y la entidad sostenedora.
19. Informar oportunamente a las autoridades de SLEP, respecto de las
necesidades surgidas en el establecimiento que dificulten su normal
funcionamiento.
20. Delegar sus funciones y atribuciones, en caso de ausencia, en el o la docente
a cargo de la Unidad Técnica Pedagógica, Encargada de Convivencia
Escolar o Profesor de turno, para optimizar el desarrollo y funcionamiento
de la Unidad Educativa.
21. Estimular y facilitar el perfeccionamiento y/o capacitación del personal de su
dependencia.
22. Velar por la buena convivencia entre los funcionarios del establecimiento y
actuar como moderadora en los conflictos que pudieran surgir.
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23. Orientar las directrices de acción de los diversos estamentos que componen la
unidad educativa.
24. Mantener al día y bajo custodia la documentación oficial de la unidad educativa.
25. Ser el responsable del mantenimiento general, aseo y ornato, y de la
conservación de la infraestructura de la unidad educativa, como también de
su equipamiento.
26. Informar las funciones asignadas a los miembros del personal y supervisar el
eficiente cumplimiento de ellas.
27. Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo.
28. Velar por el mejoramiento de la calidad del proceso de enseñanza-aprendizaje.
29. Proponer la contratación de personal, de acuerdo a los requerimientos y/o
perfiles de la escuela.
30. Ser responsable del cumplimiento de la normativa legal del proceso de
Admisión, Matrícula, y de Evaluación y Promoción Escolar.
31. Cumplir y hacer cumplir todas las normas establecidas por la Ley de
Subvención Educacional y ley de Subvención Escolar Preferencial (SEP).
32. Ser responsable de la solicitud, y envío al SLEP cuando corresponda, de los
presupuestos, velando por la administración eficiente de los fondos de la
escuela.
33. Rendir en forma oportuna los dineros de mantenimiento y ley SEP al área de
finanzas del SLEP.
34. Requerir al SLEP los acuerdos pertinentes para compras de equipos,
adquisición de materiales y otros, de acuerdo al presupuesto anual.
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Artículo X. DEL JEFE(A) DE LA UNIDAD TÉCNICA. Es el encargado de liderar la
gestión técnica pedagógica del establecimiento, así como de dar cumplimiento a las
finalidades técnicas-pedagógicas de la Unidad Educativa y hacer cumplir las
directrices técnicas emanadas de la Superioridad del Servicio. Además debe
programar, organizar, supervisar y evaluar el desarrollo de las actividades
curriculares. También colabora con la Dirección en la planificación, organización,
ejecución y evaluación de todos los procesos de la Unidad Educativa. Cumplirá
funciones de Orientación y Evaluación si no hay especialistas.
FUNCIONES DE LA UNIDAD TÉCNICA-PEDAGÓGICA DE LA ESCUELA JUAN DE
SAAVEDRA
1. Elaborar los horarios de clases.
2. Dirigir, organizar, coordinar, guiar, orientar, supervisar y evaluar las funciones
Técnico-Pedagógicas de los docentes.
3. Dirigir, evaluar y velar por el desarrollo efectivo de las actividades de Desarrollo
Personal y Orientación.
4. Dirigir la organización, programación y desarrollo de las actividades de
evaluación del proceso de Enseñanza-Aprendizaje.
5. Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar en coordinación con los
profesores de curso y de los distintos Sectores y Subsectores.
6. Supervisar y controlar el desarrollo de los contenidos programáticos y la
integración de los programas de estudio de todos los sectores y subsectores
y de los talleres extra programáticos de la escuela.
7. Impulsar la adecuada utilización de textos escolares y material didáctico.
8. Promover el perfeccionamiento docente.
9. Orientar, supervisar y evaluar las actividades de colaboración de los docentes.
10. Procurar, con los profesores de los Sectores y Subsectores, la organización de
Talleres de Refuerzo Pedagógico de los alumnos para mejorar el
rendimiento escolar.
11. Dirigir y coordinar las jornadas de reflexión docente sobre prácticas
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pedagógicas.
12. Integrar el Equipo de Gestión de la escuela.
13. Presidir los Consejos Técnicos de su competencia.
14. Participar de mesas técnicas y reuniones convocadas por los organismos
pertinentes.
15. Revisar los Libros de Clase de cada curso, formulando las observaciones
pertinentes, en forma verbal o escrita, a los docentes, e informar por escrito
al Director/a.
16. Tendrá a su cargo todo el material que llegue desde el Mineduc, SLEP u otros
organismos y se encargará de su pronta distribución.
17. Cumplir con los deberes y responsabilidades que le son asignadas en el Plan
Integral de Seguridad Escolar.
18. Gestionar, supervisar y evaluar el Plan de Mejoramiento Educativo en conjunto
con el Equipo Directivo y EGE cuando corresponda.
19. Cumplir con las funciones y atribuciones, en caso de ausencia de la directora,
para optimizar el desarrollo y funcionamiento de la Unidad Educativa.
20. Coordinar y supervisar la entrega de información pertinente al Sistema de
Información General de Estudiantes (SIGE) y Página Institucional.
21. Coordinar y supervisar la gestión del profesor Coordinador/a de ENLACE,
encargado de ENLACES, coordinador/a de BiblioCRA, encargada de
BiblioCRA y Coordinador de Talleres extra programáticos.
Artículo XI. DEL INSPECTOR GENERAL Y/O ENCARGADO DE CONVIVENCIA
ESCOLAR. Es el docente directivo responsable de velar por el cumplimiento de las
obligaciones del personal y del funcionamiento de la organización escolar, conforme
a las normativas del presente Reglamento Interno. Como encargado de Convivencia
escolar, será responsable de implementar las medidas que determine el Consejo
Escolar, diseñando un plan de gestión para llevar a cabo esas medidas. Deberá
mostrar capacidad de gestión, liderazgo y ascendiente, tanto ante la comunidad
docente, los estudiantes y los padres, madres y apoderados del establecimiento.
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FUNCIONES DEL INSPECTOR GENERAL Y/O ENCARGADO DE CONVIVENCIA
DE LA ESCUELA JUAN DE SAAVEDRA
1. Establecer el plan anual de actividades de la unidad de inspectoría.
2. Informar, diariamente, al Director acerca de la marcha de la unidad de
inspectoría.
3. Presidir la Comisión de disciplina de la unidad educativa e integrar las
comisiones de su competencia.
4. Planificar, coordinar, supervisar y evaluar todas las actividades a realizar por los
paradocentes.
5. Ser responsable de:
5.1 El cumplimiento del horario de clases.
5.2 El registro de asistencia diaria de cada curso y las firmas correspondientes.
5.3 El control de asistencia y firma de cada jornada de trabajo.
5.4 Velar por el fiel cumplimiento del respeto a las normas disciplinarias
aplicadas al alumnado, tanto fuera como dentro del aula.
5.5 Controlar la asistencia, puntualidad y justificativos de los alumnos.
5.6 Hacer respetar las normas relativas a la presentación personal del
alumnado.
5.7 Conocer y hacer cumplir las normas que resguarden la seguridad de los
estudiantes dentro de la escuela, tanto a nivel grupal, como individual.
5.8 Aplicar las sanciones disciplinarias, en conformidad con lo establecido en el
Reglamento Interno.
5.9 Velar por el cumplimiento del calendario de actos cívicos y efemérides en la
Unidad educativa.
5.10 Mantener una permanente comunicaciones con los padres y
apoderados en los asuntos relativos al comportamiento de los alumnos, en
los horarios establecidos para el caso.
5.11 Colaborar en el proceso de matrícula en la unidad educativa.
5.12 En el caso de las Salidas Pedagógicas, recibir la Autorización de Salida
firmada por el apoderado y mantener en su poder, en original, el expediente
y la Resolución que autoriza la Salida Pedagógica. Una vez finalizada la
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actividad, archivar la documentación.
6. Conocer e implementar las orientaciones que entrega la Política Nacional de
Convivencia Escolar.
7. Asumir el rol primario en la implementación de las medidas de convivencia
escolar que permite el Consejo Escolar o el Comité de Buena Convivencia.
8. Promover la participación de los diferentes estamentos de la comunidad
educativa en el Consejo Escolar o el Comité de Buena Convivencia.
9. Promover el trabajo colaborativo en torno a la convivencia escolar en el Consejo
Escolar o el Comité de Buena Convivencia.
10. Implementar las medidas sobre la convivencia escolar que disponga el Consejo
Escolar o el Comité de Buena Convivencia.
11. Elaborar el Plan de Gestión sobre convivencia escolar, en función de las
indicaciones del Consejo Escolar o el Comité de Buena Convivencia.
12. Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la buena convivencia
y manejo de situaciones de conflicto, entre los diversos estamentos de la
comunidad educativa.
13. Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la comunidad educativa,
en la elaboración, implementación y difusión de políticas de prevención,
medidas pedagógicas y disciplinarias que fomenten la buena convivencia
escolar.
14. Cumplir con los deberes y responsabilidades que le son asignadas en el Plan
Integral de Seguridad Escolar.
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II.I DEL PERSONAL DOCENTE.
Artículo XII. OBLIGACIONES Y REQUERIMIENTOS DE CARÁCTER
ADMINISTRATIVO DE LOS DOCENTES.
Del registro de asistencia de los alumnos:
1. Es obligación de los docentes registrar, en el control de asignatura, la
asistencia de los alumnos hora a hora, indicando el número de lista del
alumno ausente y la cantidad de alumnos presentes en su clase, registrando
su firma, y traspasar esta información a Inspectoría.
2. Registrar clase a clase a los alumnos atrasados, indicando el número de lista
del alumno.
3. El no registrar correcta y oportunamente estos datos constituirá una falta
administrativa sujeta a sanciones como sigue:
3.1. Primera falta: Amonestación verbal.
3.2. Segunda falta: Amonestación escrita en la Hoja de Vida del trabajador.
3.3. Tercera falta: Amonestación escrita, mediante oficio, ante la autoridad
correspondiente de SLEP.
4. En caso de ausencia del docente que le correspondiera dictar una clase, la
asistencia del curso podrá ser tomada por el Inspector General, Jefe de
U.T.P o algún otro funcionario del establecimiento que la Directora
determine para estos casos. Lo importante es que la asistencia siempre se
encuentre tomada en los libros de clases.
Del registro de materias en los libros de clases:
1. Los docentes están obligados, por disposiciones del MINEDUC, a registrar sus
materias en los libros de clases, indicando los contenidos tratados y las
actividades realizadas, señalando la fecha correspondiente. Esto debe
realizarse clases a clase.
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2. Cuando se trate de una hora de clases no realizada, cualquiera sea el motivo,
el docente debe registrar este hecho en el lugar correspondiente a la materia
del día, indicando también la fecha correspondiente. De tratarse de una
licencia médica debe dejar constancia de ello en el mismo registro.
3. Si la hora de clases no realizada por el docente es reemplazada o atendida por
otro miembro del personal, también ello debe registrarse.
4. Registrar el número de horas clase a clase, en el renglón debajo de la fecha.
5. Registrar el objetivo de aprendizaje y los indicadores trabajados clase a clase.
6. El no registrar correcta y oportunamente estos datos constituirá una falta
administrativa sujeta a sanciones como sigue:
6.1. Primera falta: Amonestación verbal.
6.2. Segunda falta: Amonestación escrita en la Hoja de Vida del trabajador.
6.3. Tercera falta: Amonestación escrita, mediante oficio, ante la autoridad
correspondiente de SLEP.
Del Registro de Evaluaciones
1. Registrar mensualmente en la hoja del libro de clases destinada para ese fin,
las evaluaciones realizadas.
2. Registrar el objetivo de aprendizaje evaluado.
Artículo XIII. DEL PROFESOR(A) JEFE DE CURSO: Es el docente que, en
cumplimiento de su función, es responsable de la marcha pedagógica y de orientación
de su curso.
FUNCIONES DEL PROFESOR JEFE
1. Asumir funciones de orientación de su curso, siendo su guía y promotor(a) de
su desarrollo personal y grupal.
2. Participar junto a su curso de actos, conmemoraciones, efemérides, etc. que
celebre la escuela.
3. Recoger las inquietudes y problemas que afectan a su curso, como depositario
principal de su confianza, y resolverlos, en conjunto con otros docentes que
allí se desempeñen, en forma privada y diligente.
Reglamento Convivencia Escolar 2019- 2022
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4. Planificar, supervisar y evaluar el proceso de Orientación Educacional y
Vocacional de los educandos de su curso, en conjunto con la Unidad
Técnica Pedagógica del establecimiento.
5. Colaborar y asesorar a la directiva del curso en la preparación, organización,
animación y evaluación de las actividades del Consejo de Curso y de la vida
propia del grupo curso.
6. Velar por la calidad del proceso enseñanza aprendizaje de su curso.
7. Elaborar actas, planillas, fichas, informes de rendimiento y personalidad,
mantener al día la documentación de cada alumno.
8. Colaborar con los colegas revisando diariamente la sección de firmas del libro
de clases de su curso.
9. Citar individualmente, cuando lo estime conveniente, a los padres o
apoderados de un alumno, para informarles sobre un problema que lo
afecte.
10. Entrevistar al menos 2 veces en el año, una vez cada semestre, a cada uno de
los apoderados. Los estudiantes con problemas de rendimiento y/o conducta
tendrán entrevista, junto a su apoderado, cada vez que sea necesario.
11. Registrar cada entrevista, ya sea al alumno y/o al apoderado, en la hoja de vida
de cada estudiante y en hoja institucional de entrevistas.
12. Registrar, en la bitácora anexa del leccionario, el detalle de cada anotación en
la hoja de vida del alumno.
13. Coordinar con los docentes la información que será entregada en la
calendarización mensual de evaluaciones.
14. Citar a reunión de subcentro de padres y apoderados de acuerdo a calendario
del establecimiento, con la finalidad de darles a conocer materias propias
del proceso educativo del curso.
15. Entregar en cada reunión de subcentro de padres, realizada mensualmente, el
informe parcial de notas de cada alumno y la calendarización de
evaluaciones.
16. Tiene el deber de hacer conciencia entre sus alumnos y apoderados que todos
los profesores del establecimiento son Autoridad para hacer cumplir el
Reglamento Convivencia Escolar 2019- 2022
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reglamento interno.
17. Asistir a los consejos de profesores, tanto administrativos como técnicos y
todas las reuniones extraordinarias citadas por Dirección y/o U.T.P.
18. Solicitar a la Dirección, Consejo Disciplinario ante casos conductuales
reiterados relacionados con su jefatura.
19. Cumplir con los deberes y responsabilidades que le son asignadas en el Plan
Integral de Seguridad Escolar.
Artículo XIV. PROFESOR DE ASIGNATURA:
1. Velar por la calidad del proceso Enseñanza-Aprendizaje de sus alumnos/as.
2. Procurar que ante un permiso administrativo el proceso de Enseñanza-
Aprendizaje continúe en forma normal, proporcionando material educativo
atendiendo a la planificación anual a la persona que tomará su lugar en ese
momento.
3. Cumplir con el horario de clases asignado y el número de horas de contrato.
4. Dar a conocer a los alumnos/as, iniciado el año escolar, los objetivos de los
sectores o subsectores, técnicas de estudio, formas de control, etc.
5. Participar en las actividades artísticas y culturales que se desarrollan en la
escuela.
6. Entrevistar al menos 2 veces en el año, una vez cada semestre, a cada uno de
los apoderados. Los estudiantes con problemas de rendimiento y/o conducta
tendrán entrevista, junto a su apoderado, cada vez que sea necesario.
7. Registrar cada entrevista, ya sea al alumno y/o al apoderado, en la hoja de vida
de cada estudiante y en hoja institucional de entrevistas.
8. Registrar, en la bitácora anexa del leccionario, el detalle de cada anotación en
la hoja de vida del alumno.
9. Poner en conocimiento del Profesor Jefe, Encargada de Convivencia Escolar
y Jefe de Unidad Técnica Pedagógica, oportunamente los problemas de
rendimiento y disciplina que tuviese en el desarrollo del currículum
Subsector, dejando registro y firma de la conversación.
10. Debe firmar, clase a clase, las horas de clases realizadas y anotar las materias
Reglamento Convivencia Escolar 2019- 2022
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pasadas.
11. Escribir oportunamente en el libro de clases las calificaciones obtenidas por los
alumnos.
12. Cumplir con el Reglamento de Evaluación Interno del establecimiento.
13. Completar la planilla de calendarización de evaluaciones mensuales para ser
informada a la familia.
14. Entregar oportunamente y en fechas acordadas, las calificaciones finales de
cada semestre.
15. Hacer cumplir lo establecido en el Manual de Convivencia con los alumnos.
16. Durante los periodos de clases, deberá cautelar que los alumnos permanezcan
en la sala.
17. Velar para que la sala de clases al finalizar la asignatura quede en buenas
condiciones de orden e higiene para realizar la siguiente clase.
18. Velar por el cumplimiento de las normas de disciplina de los alumnos.
19. Pedir justificativos a los alumnos, por inasistencias a clases y/o evaluaciones
avisadas oportunamente. Pedir justificativos a los alumnos, en la primera
hora de clases, por inasistencias a clases y/o evaluaciones.
20. Solicitar, a los alumnos atrasados, el pase para entrar a la clase, debidamente
entregado por inspectoría y dejar registrado en la hoja diaria de firmas.
21. Comunicar a Dirección, Jefa de U.T.P o Encargada de Convivencia Escolar de
accidentes ocurridos en su clase.
22. Cumplir con los deberes y responsabilidades que le son asignadas en el Plan
Integral de Seguridad Escolar.
Reglamento Convivencia Escolar 2019- 2022
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Artículo XV. DEL PROFESOR A CARGO DE LA FORMACIÓN. Es el docente
encargado, por un período determinado a principio de año, de recibir a los alumnos
en la formación. Dentro de sus funciones se encuentra:
1. Velar para que los docentes formen a sus cursos oportunamente, al inicio de la
jornada de clases y después de cada recreo, según corresponda.
2. Saludar y dar bienvenida a los alumnos/as al inicio de la jornada de clases.
3. Coordinar la dirección de los actos matinales del día lunes, dando paso a la
entonación del Himno Nacional y Celebración de Efeméride.
Artículo XVI. DE LOS PROFESORES A CARGO DE LA EFEMÉRIDE. Es el docente
encargado de organizar y preparar la efeméride semanal.
Dentro de sus funciones se encuentra:
1. Turno de Efemérides: Tener a su cargo, dirigiendo el acto matinal del día lunes,
dándole realce a las efemérides que le corresponda en la semana.
2. Velar para que la confección, montaje y exposición del diario mural esté al día y
cumpla su objetivo.
3. Reemplazar al profesor a cargo de la formación cuando éste no esté presente.
Artículo XVII. DE LA EDUCADORA DE PÁRVULOS
1. Cumplir con las funciones que le corresponde como docente del establecimiento.
2. Cooperar con las actividades de la escuela e integrar a los alumnos en los actos
culturales de la escuela.
3. Cumplir con las funciones que le corresponden como profesor jefe.
4. Cumplir con las disposiciones de Planes y Normas Técnicas del Nivel.
5. Cumplir con los deberes y responsabilidades que le son asignadas en el Plan
Integral de Seguridad Escolar.
Reglamento Convivencia Escolar 2019- 2022
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Artículo XVIII. EDUCADORA DIFERENCIAL DE LA ESCUELA JUAN DE
SAAVEDRA
Cumplir con las funciones que le corresponden como docente del
establecimiento.
Fijar el horario de los grupos de alumnos que serán atendidos.
Cooperar con los profesores curso en la detección de posibles casos de alumnos
con problemas de aprendizaje para su incorporación al Grupo Diferencial.
Ayudar a los alumnos en sus logros y estimularlos en sus progresos.
Cumplir con las disposiciones del decreto 67.
Artículo XIX. PROFESOR ASESOR DE CENTRO DE PADRES DE LA ESCUELA
JUAN DE SAAVEDRA
Representar, fielmente, a la Dirección del Establecimiento en el ejercicio de su
cargo.
Ser el relacionador entre los padres y la Dirección de la Escuela.
Recordar a las Directivas de Subcentro de Padres de los diferentes cursos de la
escuela, el día y hora de las reuniones del Centro General.
Llevar un registro de asistencia a las reuniones.
Conocer el monto de los fondos recaudados en las diferentes actividades
propuestas por el Centro General de Padres y su utilidad prestada en beneficio de los
alumnos.
Procurar el compromiso y la colaboración de todos los padres en el
mejoramiento de la infraestructura y equipamiento de la Unidad Educativa.
Cautelar el funcionamiento del Centro General de Padres de acuerdo a la
normativa vigente.
Reglamento Convivencia Escolar 2019- 2022
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Artículo XX. PROFESOR ASESOR DE CENTRO DE ALUMNOS DE LA
ESCUELA JUAN DE SAAVEDRA
Representar, fielmente, a la Dirección del Establecimiento en el ejercicio de su
cargo.
Ser el relacionador entre los alumnos/as y la Dirección de la Escuela.
Recordar a las Directivas de alumnos de los diferentes cursos de la escuela, el
día y hora de las reuniones del Centro de alumnos
Llevar un registro de asistencia a las reuniones.
Conocer el monto de los fondos recaudados en las diferentes actividades
propuestas por el Centro de Alumnos y su utilidad prestada en beneficio de los
mismos.
Cautelar el funcionamiento del Centro de Alumnos de acuerdo a la normativa
vigente.
Cautelar que se realicen las actividades planteadas por el Centro de Alumnos
en cumplimiento del Plan de Acción elaborado.
Artículo XXI. DEL COORDINADOR DE BIBLIOTECA Y CENTRO DE RECURSOS
DEL APRENDIZAJE (BiblioCRA).
Es el docente responsable de coordinar y supervisar el uso pedagógico de los
recursos bibliográficos, audiovisuales e informáticos en apoyo del proceso de
enseñanza-aprendizaje de los alumnos. Se encuentra bajo la responsabilidad del Jefe
de UTP para dar cuenta de su gestión. Dentro de sus funciones se encuentra:
1. Cumplir con las obligaciones y planes que se establecen en el convenio CRA
con el MINEDUC.
2. Supervisar el orden, velar por la comodidad de la biblioteca y hacer que se
cumpla el reglamento establecido para su uso.
3. Preparar informes relacionados con el uso, existencia y necesidades de la
biblioteca.
4. Proponer la adquisición de libros y periódicos que se estime conveniente, en
Reglamento Convivencia Escolar 2019- 2022
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consulta con el cuerpo docente y comunicar de lo adquirido a través de
boletines informativos.
5. Coordinar, supervisar y colaborar con el encargado de BiblioCRA en el trabajo
de clasificación y catalogación de los materiales disponibles para su uso en
el ámbito académico.
6. Proponer a la Dirección el presupuesto anual de gasto de biblioteca.
7. Extender los beneficios de su labor a instituciones colaboradoras de la escuela,
propiciando horarios o modalidades de atención apropiadas cuando la
dirección lo estime conveniente.
8. Realizar actividades tendientes a aumentar la dotación bibliotecológica.
9. Estar en conocimiento de la bibliografía consultada en los programas de
estudios aplicados en el establecimiento.
10. Orientar a alumnos y profesores en la búsqueda de material informativo y
cooperar en las labores que le puedan competer en las diferentes
asignaturas.
11. Diagnosticar los requerimientos de materiales audiovisuales, en consulta con
UTP.
12. Proponer el aprovisionamiento de materiales audiovisuales en conformidad a
las necesidades detectadas.
13. Mantener nexos de intercambio de materiales audiovisuales con organismos
del MINEDUC u otros de carácter particular.
14. Promover estrategias motivadoras orientadas al aprovechamiento de los
recursos existentes con fines pedagógicos.
15. Supervisar el cumplimiento de la actualización del inventario de la sala de
BiblioCRA, el que será realizado al finalizar el año escolar.
Artículo XXII. DEL COORDINADOR DE ENLACES.
Es el docente responsable de coordinar y supervisar la utilización de los recursos
informáticos con fines pedagógicos. Responde de su gestión ante el jefe de U.T.P.
Son funciones del Coordinador de ENLACES:
1. Cumplir con las obligaciones que se establecen en el convenio ENLACES con
Reglamento Convivencia Escolar 2019- 2022
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el MINEDUC.
2. Mantener operativos los recursos informáticos disponibles en el establecimiento
(Sala de ENLACES, BiblioCRA, sala de profesores, salas de clases).
3. Capacitar a los docentes en el manejo y aprovechamiento de los recursos de
Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TICs) con fines
pedagógicos.
4. Promover y apoyar cualquier innovación metodológica referida a Informática
Educativa.
5. Organizar horarios de uso de las salas de Informática, en conformidad a las
necesidades de los alumnos y de los profesores.
6. Mantener a disposición de los alumnos y docentes una variada disponibilidad de
recursos digitales y software educativos.
7. Mantener un sistema de control, préstamo y uso de la sala de ENLACES.
8. Mantener un directorio actualizado de sitios y recursos con temáticas de carácter
educativo.
9. Proponer la adquisición de materiales y recursos informáticos con fines
educativos.
10. Supervisar y colaborar en el cumplimiento de la actualización del inventario
de la sala de ENLACES, el que será realizado al finalizar el año escolar.
Reglamento Convivencia Escolar 2019- 2022
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Artículo XXIII. ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN
Este artículo considera las funciones establecidas por la escuela en correlación con
las planteadas de común acuerdo, por el Sindicato de Trabajadores Codocentes de
Valparaíso.
1. PERSONAL AUXILIAR
Corresponde al personal auxiliar de servicios ejecutar las siguientes funciones:
1.1. Asear, cuidar, proteger y mantener las oficinas, salas, talleres, laboratorios,
comedor, patios, muebles, baños, duchas, pasillos, escalas, accesos
exteriores e interiores y demás dependencias del establecimiento.
1.2. Desempeñar la función de portería.
1.3. Retirar, repartir y franquear mensajes y correspondencias del y para el
Establecimiento Educacional, requiriendo la firma del destinatario y
responsabilizándose personalmente de su cometido.
1.4. Ejecutar reparaciones menores.
1.5. Cumplir con los deberes y responsabilidades que le son asignadas en el Plan
de Seguridad Escolar.
2. PARADOCENTES Y/O INSPECTORES DE PATIO. Es el funcionario que tiene
como responsabilidad apoyar y auxiliar al a docencia en tareas
complementarias tales como resguardo de la disciplina escolar, asistencia en
laboratorios de ciencias, computación y salidas extra programáticas.
Son labores de los Paradocentes:
Responde ante el Inspector General y sus funciones específicas son:
2.1 Velar por la disciplina y el orden en todas las actividades de la escuela.
2.2 Ayudar a mantener al día los registros estadísticos de la situación
disciplinaria de los alumnos.
2.3 Mantener relaciones cordiales con los alumnos y participar con ellos en horas
libres, actividades extraescolares, etc.
2.4 Ayudar en la atención de los cursos que se encuentren libres por ausencia
Reglamento Convivencia Escolar 2019- 2022
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de un profesor.
2.5 Velar porque los alumnos presenten sus justificativos en caso de
inasistencias.
2.6 Ayudar al Encargado de Convivencia para que los alumnos enmarquen su
actuación dentro del Reglamento Interno.
2.7 Atender el ingreso de los alumnos que no lleguen a la hora a sus salas de
clases.
2.8 Controlar y registrar en el libro de salida el ingreso y egreso de los alumnos
del establecimiento.
2.9 Velar por la disciplina de los alumnos en los patios, baños, camarines,
pasillos y durante horas libres.
2.10 Tocar el timbre para la entrada y salida de clases.
2.11 Hacer cumplir el uso uniforme escolar establecido en el presente Reglamento
Interno.
2.12 Mantener los principios y normas de la institución en el desempeño de sus
funciones.
2.13 Hacer cumplir las disposiciones emanadas de Dirección y Encargada de
Convivencia Escolar.
2.14 Mantener una permanente comunicación con Inspectoría General y/o
Encargada de Convivencia Escolar, en relación a sus funciones.
2.15 Atender a los apoderados en materias de control y registro de justificativos
de inasistencias y atrasos de los alumnos.
2.16 Colaborar con los consejos, comisiones y actos oficiales que requieran su
participación.
2.17 Colaborar en la creación de un ambiente grato y constructivo para la
educación de los alumnos.
2.18 Cuidar el mobiliario y demás bienes de la institución.
Reglamento Convivencia Escolar 2019- 2022
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3. AUXILIAR DE PÁRVULOS
Corresponde el cumplimiento de las siguientes funciones:
4.1 Colaborar en el proceso de desarrollo integral de los alumnos párvulos del
curso al que fue asignada.
4.2 Guiar y estimular al alumno parvulario en el desarrollo de las actividades
previamente planificadas y preparadas por la Educadora de Párvulos
responsable del curso.
4.3 Velar por la seguridad del párvulo y prestarle los primeros auxilios de acuerdo
a los procedimientos de accidente escolar.
4.4 Dar cuenta a la Educadora de Párvulos de situaciones de aseo personal y
estado de salud de los niños.
4.5 Colaborar con la recepción y/o entrega de los alumnos a los apoderados del
curso, al comienzo y término de la jornada escolar.
4.6 Asistir a la Educadora de Párvulos durante el almuerzo de los alumnos.
4.7 Apoyar a la Educadora de Párvulos en el fomento de hábitos en los alumnos
conforme a las reglas establecidas para ese nivel.
4.8 Colaborar en la confección de material didáctico diseñado por la Educadora
responsable del curso, con los elementos que oportunamente se le
proporcionen, dentro de su jornada de trabajo.
4.9 Informar a la Educadora cuando detecte condiciones defectuosas del
mobiliario y/o situaciones de riesgo o peligro para los alumnos dentro del
establecimiento.
4.10 Cumplir las instrucciones técnico-pedagógicas entregadas por la Educadora
de Párvulos.
4.11 Colaborar en la mantención de decorados u ornatos al interior de su sala de
clases.
4.12 Asistir y colaborar con la Educadora de Párvulos en las reuniones de padres
y apoderados, reuniones técnicas y talleres de nivel parvulario, siempre que
éstas se realicen dentro de su jornada diaria de trabajo, caso contrario, bajo
absoluta responsabilidad de la asistente.
Reglamento Convivencia Escolar 2019- 2022
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4.13 Formar parte activa y/o de representación en la elaboración y ejecución de
proyectos que beneficien al párvulo o a la unidad educativa.
4.14 Cumplir con los deberes y responsabilidades que le son asignadas en el Plan
Integral de Seguridad Escolar.
4. ENCARGADO DEL CENTRO DE RECURSOS DEL APRENDIZAJE (CRA):
Responde ante el Coordinador de CRA y Jefe de la U.T.P, y sus funciones
específicas son:
5.1 Planificar conjuntamente con el Coordinador de Biblioteca y Jefe de U.T.P el
crecimiento y mejor funcionamiento de la biblioteca.
5.2 Promover el hábito de lectura e instruir a los alumnos en el uso eficiente de
la biblioteca.
5.3 Vigilar el orden y velar por la comodidad de la biblioteca y hacer que se
cumpla el reglamento establecido para su uso.
5.4 Preparar informes relacionados con el uso, existencia y necesidades de la
biblioteca.
5.5 Sugerir la adquisición de libros y periódicos convenientes, en consulta con el
cuerpo docente e informar de las mismas a través de boletines informativos.
5.6 Dirigir el trabajo de clasificación y catalogación.
5.7 Mantener los libros, revistas y periódicos en buen estado de conservación.
5.8 Mantener al día el inventario de las publicaciones y equipos de la biblioteca.
5.9 Presentar un informe semestral y anual de todo el movimiento de la
biblioteca.
5.10 Confeccionar la ficha activa del libro y la ficha del lector, informando
oportunamente a la Coordinadora de cualquier eventualidad.
5.11 Estar en conocimiento de la bibliografía consultada en los programas de
estudio en aplicación en el establecimiento.
5.12 Orientar a los alumnos en la búsqueda de material informativo y cooperar en
las labores que le puedan competer en los consejos de asignaturas, cursos,
niveles o especialidades.
Reglamento Convivencia Escolar 2019- 2022
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5.13 Mantener los principios y normas de la institución en el desempeño de sus
funciones.
5.14 Atender multicopiado, según necesidades.
5. ENCARGADO DE ENLACES: Responde ante el Coordinador de ENLACES y
el Jefe de la U.T.P, y sus funciones específicas son:
6.1 Realizar el mantenimiento de los equipos y redes de informática y
comunicaciones del establecimiento.
6.2 Velar por el funcionamiento óptimo de las redes de informática y de
comunicaciones de la Unidad Educativa.
6.3 Entregar asistencia técnica a los docentes, al Coordinador de ENLACES y a
los alumnos, en cuanto a un adecuado funcionamiento de hardware instalado
y software disponible.
6.4 Asesorar en la gestión de las solicitudes de conectividad y comunicaciones
del establecimiento, junto con el seguimiento que permite velar por su
correcto funcionamiento.
6.5 Revisar, proponer e incorporar nuevas técnicas y tecnologías al
establecimiento y a los procesos del área.
6.6 Supervisar el buen uso de los equipos de la sala de enlaces.
6.7 Atender a alumnos y docentes en sala de informática (ENLACES).
6. ASISTENTE DE AULA DE NB1: Responde ante el profesor titular y el jefe de
la U.T.P. y sus funciones son:
7.1 Asistir al docente titular en tareas de apoyo propias de la jefatura de curso.
7.2 Asistir al docente de asignatura en tareas de apoyo de enseñanza-
aprendizaje de los alumnos, dentro y fuera del aula.
7.3 Ayudar en la conexión de materiales de apoyo a la enseñanza.
7.4 Colaborar en el cuidado de los alumnos del curso durante los recreos,
formación y actos de diversa índole.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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CAPITULO IV
REGLAMENTO INTERNO DE HIGIENE Y SEGURIDAD LABORAL
Todo trabajador deberá conocer y cumplir fielmente las normas de Higiene y
Seguridad en el trabajo que contiene este Reglamento, el que dicta en cumplimiento
al Art. 67 de la Ley N° 16.744 sobre accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales, Decreto Supremo N° 40/1969 del Ministerio del Trabajo y Código del
Trabajo, el cual fue establecido a través de la Ley N° 18.620. El Art. N° 67 de la Ley
N° 16.744, establece lo siguiente: “Las empresas o entidades estarán obligadas a
mantener al día los Reglamentos Internos de Higiene y Seguridad en el Trabajo y los
trabajadores a cumplir con las exigencias que dichos Reglamentos les impongan. Los
reglamentos deberán consultar la aplicación de multas a los trabajadores que no
utilicen los elementos de protección personal que se les haya proporcionado, o que no
cumplan las obligaciones que les impongan las normas, reglamentaciones o
instrucciones sobre higiene y seguridad en el trabajo”. La aplicación y reclamo de tales
multas se regirán por lo dispuesto en el artículo N°153 del Código del Trabajo; el
destino de las mismas se regirá por el artículo 20 del citado D.S. N° 40.
Las disposiciones que contiene el presente reglamento han sido establecidas
con el fin de prevenir los riesgos de accidentes del trabajo o enfermedades
profesionales que pudieran afectar a los trabajadores de la escuela y contribuir así a
mejorar y aumentar la seguridad en el establecimiento. La prevención contra riesgos
de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales requiere que tanto el sector
laboral como el patronal, realicen una acción mancomunada y en estrecha
colaboración para alcanzar los objetivos principales que radican en controlar y suprimir
las causas que provocan los accidentes y enfermedades. La Prevención de Riesgos
en la escuela requiere que esta gestión sea efectuada en forma mancomunada por
todos sus integrantes, debiendo existir una colaboración y responsabilidad en todo
momento, con el fin de evitar las consecuencias que traen consigo los accidentes. En
resumen, este reglamento está destinado a poner todo trabajo en las condiciones de
higiene y de seguridad laboral necesarias, lo que sólo podrá ser logrado con la
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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cooperación de todas las personas que laboran en la institución, por lo cual se solicita
a todo el personal su más amplio apoyo a todas las actividades y disposiciones que él
contiene.
I.- GLOSARIO DE TERMINOS.
1. Trabajadores: Toda persona que en cualquier carácter presta servicios al
Establecimiento y por los cuales reciba remuneración.
2. Jefe Inmediato: La persona que está a cargo del trabajo que se desarrolla con
un grupo de trabajadores subordinados, tales como Directora, Jefa de U.T.P,
Inspectora General y/o Encargada de Convivencia Escolar.
3. Entidad empleadora: Es la que contrata los servicios del trabajador, es decir la
Corporación Municipal de Valparaíso.
4. Riesgo profesional: Los riesgos a que está expuesto el trabajador y que pueden
provocarle un accidente o una enfermedad profesional, definidos expresamente en los
artículos 5º y 7º de la Ley Nº 16.744.
5. Equipo de protección personal: El elemento o conjunto de elementos que
permita al trabajador actuar en contacto directo con una sustancia o en un medio hostil,
sin deterioro para su integridad física.
6. Accidente del trabajo: Es toda lesión que sufra el trabajador a causa o con
ocasión de su trabajo y que le produzca una incapacidad o la muerte.
7. Accidente del trayecto: Es el que ocurre en el trayecto directo de ida o regreso
entre la casa habitación del trabajador y el lugar de trabajo. La circunstancia de haber
ocurrido el accidente en el trayecto directo deberá ser acreditada ante el respectivo
Organismo administrador, mediante el correspondiente parte de carabineros u otros
medios igualmente fehacientes.
8. Organismo administrador del seguro: el del cual el Establecimiento es
adherente.
9. Comité paritario: El grupo de tres representantes del Establecimiento y de tres
representantes de los trabajadores, destinado a preocuparse de los problemas de
seguridad e higiene laboral, en conformidad con el Decreto Nº 54 del Ministerio del
Trabajo.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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10. Normas de seguridad: El conjunto de reglas obligatorias emanadas de este
Reglamento, del Comité paritario y/o del Organismo administrador.
II.- DE LAS OBLIGACIONES
Los trabajadores y la escuela deben considerar algunas obligaciones de Prevención
de Riesgos, como las siguientes:
1. La Directora de la escuela se preocupará de mantener las condiciones de
seguridad que permitan evitar la ocurrencia de accidentes, asignando
responsabilidades a los diferentes niveles de la organización.
2. Todos los trabajadores deben tomar conocimiento de las normas de Prevención
de Riesgos y ponerlas en práctica.
3. Es obligación de todos los trabajadores cooperar en el mantenimiento y buen
estado del Establecimiento, de sus máquinas, equipos, herramientas e instalaciones
en general.
4. Los trabajadores deben conocer el plan de emergencia y evacuación del
Establecimiento y cumplir con las responsabilidades asignadas.
5. Los trabajadores deben informar a su Jefatura directa de cualquier situación
que, a su juicio, represente riesgos de accidentes para los funcionarios o alumnos/as
del Establecimiento.
6. Es responsabilidad de los trabajadores cuidar de la seguridad de los alumnos/as
dentro del recinto del Establecimiento o fuera de éste, si los alumnos están a su cargo.
7. Colaborar en la mantención, limpieza y orden del recinto en que trabaja, lugares
que deberán encontrarse permanentemente libres de cualquier objeto o líquido que
pueda generar riesgos de una caída u otro accidente.
8. Presentarse al Establecimiento en condiciones físicas satisfactorias. En caso de
sentirse enfermo, deberá comunicarlo a su Jefe directo.
9. Cooperar con las Investigaciones de accidentes e inspecciones de seguridad
que lleve a cabo el Comité paritario, monitores de prevenciones, o cualquier trabajador
que haya sido asignado para tal función.
10. Participar en cursos de capacitación en Prevención de Riesgos, primeros
auxilios, prevención de uso de la voz, simulacros u otros que la Dirección de la escuela
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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considere conveniente para las necesidades de los funcionarios, estudiantes y del
Establecimiento en general. La Dirección, asimismo, se preocupará de mantener
programas de capacitación sobre la materia.
11. Dar cuenta de inmediato al Jefe superior de cualquier accidente que ocurra en
el Establecimiento al personal, a estudiantes o a otras personas.
12. Dar pronta cuenta de malestares, debidos a posibles enfermedades, que tengan
relación y afecten a su trabajo.
13. Los trabajadores, si es el caso, deberán usar los correspondientes elementos
de protección personal que les haya entregado el Establecimiento o que hayan
convenido con la Dirección. En caso de pérdida, deberán comunicarlo de inmediato a
su Jefe directo y preocuparse de su reposición.
14. De acuerdo con las disposiciones legales vigentes, la escuela está obligada a
proteger a todo su personal de los riesgos del trabajo, entregándole sin costo alguno
para ellos, pero a su cargo y bajo su responsabilidad, los equipos de protección
personal. Estos equipos de protección no podrán ser usados para fines que no tengan
relación con su trabajo.
15. Los trabajadores deben conocer los conceptos básicos de Prevención y Control
de incendios, la ubicación y el uso de los extintores del Establecimiento.
16. La Dirección del Establecimiento educacional se preocupará de instruir a los
trabajadores en el conocimiento de los conceptos básicos sobre el uso de extintores.
17. Los trabajadores del Establecimiento, antes de efectuar cualquier trabajo
(reparaciones eléctricas, trabajos en altura, reparaciones generales), deberán evaluar
el riesgo que representa, solicitando colaboración o informando al Jefe directo para
que analice la situación y tome las medidas que éste requiera.
18. Los trabajadores que usen escalas deberán cerciorarse de que estén en buenas
condiciones. No deberá colocarse en ángulos peligrosos, ni afirmarse en suelos
resbaladizos, cajones o tablones sueltos. Si no es posible afirmar una escala en forma
segura, deberá colaborar otro trabajador en sujetar la base. Las escalas no deben
pintarse y deberán mantenerse libre de grasas o aceites para evitar accidentes.
19. El traslado del material que se efectúe en el Establecimiento deberá hacerse
con las debidas precauciones, solicitándose ayuda si es necesario. Las estadísticas
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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de accidentes a nivel educacional registran un alto número de casos por esta causa.
20. Los trabajadores deberán evitar subirse a sillas o bancos para alcanzar un
objeto en altura, por existir riesgo de caídas.
21. Los trabajadores deben evitar correr y bajar las escaleras en forma apresurada
y distraída.
22. Los trabajadores, especialmente los auxiliares del Establecimiento, deben tener
sumo cuidado en el trabajo que efectúen en techumbre. Este tipo de trabajo se debe
evaluar previamente y tomar las medidas preventivas que se aconsejan. Si existen
dudas sobre éstas, podrán ser consultadas a un especialista del organismo
administrador del seguro.
23. El Establecimiento deberá ser inspeccionado mensualmente por el Comité
Paritario, quienes informarán por escrito a la Dirección del Colegio acerca de las
condiciones que puedan generar accidentes, con el objeto se tomen las medidas de
prevención que correspondan.
24. Las vías de circulación interna y/o evacuación deberán estar permanentemente
señalizadas y despejadas, prohibiéndose depositar en ellas elementos que puedan
producir accidentes o alterar la salida de los trabajadores o estudiantes en caso de un
siniestro.
25. El Establecimiento debe contar con las zonas de seguridad preestablecidas y
señalizadas de acuerdo con la Circular N° 641 del Ministerio de Educación.
26. Los trabajadores deben comunicar al jefe directo cualquier fuente de calor o de
combustible fuera de control que pueda generar un incendio.
27. Los afiches o cualquier material de motivación de prevención de riesgos no
podrá ser destruidos o usados para otros fines.
28. El Establecimiento debe contar con un plan de emergencia y de evacuación, de
acuerdo con las necesidades y efectuar las prácticas periódicas.
29. El Establecimiento debe contar con procedimientos claros para la atención,
tanto de los trabajadores como de escolares.
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III.- DE LAS PROHIBICIONES.
Se prohíbe, especialmente, ejecutar las siguientes acciones:
1. Permitir el ingreso al recinto del Establecimiento a personas no autorizadas para
ello.
2. Permitir el ingreso a la escuela de personas ajenas a la Institución para que
ocupen dependencias y/o manipulen medios y materiales sin autorización de la
Dirección del Plantel.
3. Ingresar al lugar de trabajo o trabajar bajo la influencia del alcohol o en estado
de embriaguez.
4. Fumar en la escuela y/o encender fuego en lugares no autorizados.
5. Realizar acciones que pudieran provocar accidentes.
6. Permanecer en la escuela después de horas de trabajo, sin la autorización de
su Jefe directo.
7. Negarse a proporcionar información relacionada con las condiciones de trabajo
que puedan ser causa de accidentes para los trabajadores o estudiantes.
8. Romper, rayar, retirar o destruir avisos, afiches, instrucciones o reglamentos
que tengan relación con la Prevención de Riesgos.
9. Negarse a participar en operaciones de emergencia y evacuación.
10. No usar los correspondientes elementos de protección que se les haya
entregado para su seguridad o hacer un mal uso de ellos.
11. Efectuar reparaciones eléctricas o de otro tipo sin estar autorizado para ello.
12. Sobrecargar las instalaciones eléctricas o efectuar su deterioro intencional.
13. Correr en el Establecimiento sin necesidad.
14. Bajar las escaleras corriendo o en forma distraída.
15. Efectuar manejo de materiales sin pedir ayuda o en forma insegura.
16. Efectuar trabajos en altura sin las correspondientes medidas de prevención.
17. Permitir el ingreso de escolares a instalaciones que involucren riesgos
especiales, sin la supervisión directa del profesor responsable de aquellas
dependencias, las cuales deberán permanecer bajo llave cuando no estén en uso.
18. Usar calzado inadecuado que pueda producir resbalones o torceduras.
19. No denunciar en forma oportuna un accidente del trabajo o del trayecto.
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20. Negarse a participar en cursos de capacitación en Prevención de Riesgos.
21. Negarse a algún chequeo médico que se pueda efectuar para detectar posibles
riesgos de enfermedades comunes o del trabajo.
22. Negarse a cumplir las normas de Prevención de riesgos que determine
necesaria la Dirección de la escuela.
23. Usar maquinarias, equipos o instalaciones sin estar capacitado o autorizado
para ello.
24. Destruir o hacer un mal uso de los servicios higiénicos.
25. Almacenar material combustible en áreas de alto riesgo de incendio.
26. Realizar acciones que pongan en peligro la integridad física propia o de otros.
27. No asearse después de usar agentes irritantes que puedan producir dermatitis
u otras lesiones (tiza, desengrasantes, etc.).
IV.- ORGANIZACION DE LA PREVENCION DE RIESGOS.
IV.I. Del Comité Paritario de Higiene y Seguridad. El Comité paritario es un
organismo de participación conjunta y armónica entre el Establecimiento Educacional
y los trabajadores, creado exclusivamente para que se analicen los riesgos de
accidentes y enfermedades que tengan su origen en los lugares de trabajo y se
adopten acuerdos que, razonablemente, contribuyan a su eliminación o control.
1. El Comité paritario de Higiene y Seguridad estará compuesto por tres
representantes del Establecimiento Educacional y tres de los trabajadores. Además,
deben considerarse tres representantes de ambas partes en calidad de suplentes.
2. La designación o elección de miembros integrantes de los Comités paritarios se
efectuará en la forma que establece el Decreto Nº 54 del Ministerio del Trabajo y
Previsión Social, de fecha 21 de Febrero de 1969 y sus modificaciones.
Los representantes del empleador serán designados por la Dirección del Colegio,
debiendo ser preferentemente personas vinculadas a las actividades técnicas que se
desarrollen en el Establecimiento. Los representantes de los trabajadores, se elegirán
mediante votación secreta y directa. El voto será escrito y en él se anotarán tanto
nombres como personas deban elegirse para miembros titulares y suplentes. Se
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considerarán elegidos como titulares aquellas personas que obtengan las tres más
altas mayorías y como suplentes los tres que los sigan en orden decreciente de
sufragios.
3. Para ser elegido miembro representante de los trabajadores se requiere:
a. Tener más de 18 años.
b. Saber leer y escribir.
c. Encontrarse actualmente trabajando en la escuela y haber pertenecido a la
misma un año como mínimo.
d. Acreditar haber asistido a un curso de orientación de Prevención de Riesgos
Profesionales dictado por la Autoridad Sanitaria u otros Organismos administradores
del Seguro contra riesgos y accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, o
prestar o haber prestado servicios en el Departamento de Prevención de Riesgos
Profesionales por los menos durante un año.
4. Corresponderá al Inspector del Trabajo respectivo decidir, en caso de duda, si
debe o no constituirse Comité paritario en el Establecimiento. Asimismo, este
funcionario deberá resolver, sin ulterior recurso, cualquier reclamo o duda relacionada
con la designación o elección de los miembros del Comité paritario.
5. Tanto la escuela como los trabajadores deberán colaborar con el Comité
paritario, proporcionándole las informaciones relacionadas con las funciones que les
corresponda desempeñar.
6. Funciones de los Comités paritarios de Higiene y Seguridad (extracto de la ley
N°16.744)
6.1. Indicar la adopción de todas las medidas de Higiene y Seguridad que sirvan
para la Prevención de Riesgos profesionales.
6.2. Dar a conocer a los trabajadores del Establecimiento los riesgos que entrañan
sus labores, las medidas preventivas y los métodos correctos del trabajo.
6.3. Vigilar el cumplimiento de las medidas señaladas, tanto por parte del Colegio
como de los trabajadores.
6.4. Asesorar e instruir a los trabajadores en la correcta utilización de los elementos
de protección personal.
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6.5. Investigar las causas de los accidentes del trabajo y de las enfermedades
profesionales.
6.6. Decidir si el accidente o enfermedad profesional se debió a negligencia
inexcusable del trabajador.
6.7. Cumplir las demás funciones que les encomiende el Organismo administrador
de la Ley Nº 16.744.
6.8. Promover la realización de cursos de adiestramientos destinados a la
capacitación profesional de los trabajadores.
7. Los comités paritarios se reunirán, en forma ordinaria, una vez al mes; pero,
podrán hacerlo en forma extraordinaria a petición conjunta de un representante de los
trabajadores y uno de la Dirección, o cuando así lo requiera el Organismo
administrador. En todo caso, el Comité deberá reunirse cada vez que ocurra un
accidente del trabajo que cause la muerte de uno o más trabajadores, o que, a juicio
del Presidente, le pudiera originar a uno o más de ellos una disminución permanente
de su capacidad laboral superior a un 40%. Las reuniones se efectuarán en horas de
trabajo, considerándose como trabajado el tiempo en ellas empleado. Se dejará
constancia de lo tratado en cada reunión, mediante las correspondientes Actas.
IV.II. DEL DERECHO A SABER. (D.S. Nº 40 de 1969, del Ministerio del Trabajo y
Previsión Social)
1. El empleador deberá informar oportuna y convenientemente a todos sus
trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas
preventivas y de los métodos de trabajo correctos. Informará especialmente acerca de
los elementos, productos y sustancias que deben utilizar en los procesos de
producción o en su trabajo; sobre la identificación de los mismos (fórmula, sinónimos,
aspecto y color), sobre los límites de exposición permisible de esos productos, acerca
de los peligros para la salud y sobre las medidas de control y de prevención que deben
adoptar para evitar tales riesgos.
2. La obligación de informar debe ser cumplida al momento de contratar a los
trabajadores o de crear actividades que impliquen riesgos y se hará a través de los
Comités paritarios de Higiene y Seguridad.
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3. El empleador deberá mantener los equipos y dispositivos técnicamente
necesarios para reducir a niveles mínimos los riesgos que puedan presentarse en los
sitios de trabajo.
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IV.III. Riesgos más representativos de la Escuela: A continuación se enumeran los
riesgos presentes y posibles dentro de la escuela, con la finalidad de contar con
procedimientos claros de prevención ante cualquier situación presente o futura que
pudiera generar riesgos a la integridad del personal del colegio como de los alumnos
y en general, de cualquier miembro de la comunidad educativa.
RIESGOS EXISTENTES CONSECUENCIAS MEDIDAS PREVENTIVAS
CAÍDAS DE DISTINTO Y MISMO NIVEL
Contusiones, fracturas, esguinces, heridas, etc.
Mantener el orden y aseo.
Mantener las superficies de tránsito libres de obstáculos
No subirse en pisos, sillas, escritorios, cajones, estantes, para ascender niveles superiores. Utilizar escaleras.
Utilizar cera antideslizante para limpieza.
Mantener pisos libre de líquidos derramados.
No correr por escaleras o pasillos.
Hacer uso del pasamano al subir o bajar por las escaleras.
No transitar por sobre cordones eléctricos y/o telefónicos a ras de piso, en medio de los pasillos.
No balancearse sobre sillas u otras superficies.
GOLPES Contusiones y heridas. Mantener las vías de transito libres de materiales, obstáculos u objetos sobresalientes.
Mantener cajones de escritorios, 128 estantes, cajoneras, kárdex, permanentemente cerrados.
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No sobrecargar los cajones superiores de los estantes o cajoneras.
Los cajones debe abrirlos uno a la vez.
Señalizar puertas de vidrios mediante cintas visibles.
Elimine el hábito de amontonar cosas sobre muebles.
Evitar correr dentro de LA CONGREGACIÓN y por las escaleras de tránsito.
Utilizar calzado apropiado
Cuando se vaya a utilizar una escalera tipo tijeras, cerciorarse que esté completamente extendida antes de subirse.
Las escalas no deben pintarse, cuando más barnizarse de color natural
y deberán mantenerse libres de grasas o aceites para evitar accidentes.
SOBREESFUERZOS Lumbalgias, esguinces. No exceder cargas superiores a 20 kilos en el caso de las mujeres y a 25 kilos en caso de los hombres.
Solicitar ayuda para levantar objetos pesados, irregulares o utilice algún elemento auxiliar mecanizado.
Levantar los materiales utilizando la técnica consistente en mantener la columna recta, doblar sus rodillas, acercar
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la carga al cuerpo, levantarse manteniendo la columna recta.
Se deberá utilizar los equipos de protección personal, tales como: guantes, calzado de seguridad, etc.
USO ESFORZADO Y PROLONGADO DE LA VOZ
Disfonía. No grite, ni tampoco se irrite.
No fume.
Mantenga una alimentación sana y balanceada.
No sé auto medique, consulte a su médico.
Realice otras puestas de escena, ocupando otros medios.
SOBREESFUERZO DE LA CARGA MENTAL
Estrés, Angustia, Depresión, etc.
Mantenga una alimentación sana y balanceada.
Mantenga agendadas sus actividades.
No asuma nuevos compromisos si no es capaz de cumplirlos, aprenda a decir ¡NO!
Realice ejercicios físicos: caminatas, trote, andar en bicicleta, etc.
Realice algún deporte o actividad física.
No sé sobre endeude, mantenga control de sus gastos.
CONTACTO CON ELEMENTOS PUNZANTES O CORTANTES
Heridas, Contusiones, etc No mantener elementos cortantes o punzantes en los puestos de trabajo, sin utilizar.
Utilizar correctamente las herramientas, es decir utilizarlas para lo que fueron
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concedidas.
No sacar corchetes, clavos, tornillos u otros elementos con las uñas o dedos.
Desechar elementos corto punzantes en recipientes especialmente habilitados para este fin.
CONTACTO CON ELECTRICIDAD
Muerte, Quemaduras, Heridas, Contusiones, etc.
No intervenir equipos, maquinarias o artefactos eléctricos, bajo ninguna condición.
La reparación debe ser realizada por personal calificado y autorizado.
No usar enchufes deteriorados, ni sobrecargar los circuitos evitando recargar enchufes con triples o alargadores de corrientes.
Utilice las herramientas adecuadas y el equipo de protección personal que corresponda.
La instalación eléctrica debe poseer línea de tierra de seguridad, conforme con las Normas SEC.
Los equipos y/o artefactos eléctricos deberán estar conectados a la línea de tierra de seguridad.
No efectuar uniones defectuosas, sin aislación.
Al intervenir equipos energizados, tableros conductores, cerciorarse de desenergizar las instalaciones.
No usar conexiones
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defectuosas y/o fraudulentas o instalaciones fuera de norma.
Realizar mantención periódica a equipos e instalaciones.
El personal debe ser capacitado en su labor específica, y en prevención de riesgos eléctricos y debe estar dotado de herramientas, materiales y elementos apropiados.
Se deben supervisar los trabajos eléctricos, para verificar si se cumplen las normas y procedimientos
Utilizar Elementos de Protección Personal Dieléctricos de manera permanente.
Utilizar herramientas dieléctricas, constatar condiciones de aislación antes de usarlas.
ACCIDENTES EN OPERACIÓN DE EQUIPOS ELÉCTRICOS
Heridas cortopunzantes, contusiones, fracturas, amputaciones, etc.
Al operar las máquinas, herramientas o equipos de trabajo, deberán preocuparse del correcto funcionamiento de éstas.
Mantener ordenado y asea-do su lugar de trabajo.
Poner los dispositivos de seguridad adecuados en partes en movimiento, pun-tos de operación y transmisiones.
Mantención periódica de máquinas, herramientas y equipos.
Utilizar los elementos de protección personal correspondientes.
Reparación, limpieza
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o recarga de combustible debe hacerse con maquinaria detenida o desconectada.
No operar equipos o máquinas sin estar capacitados.
No quitar las protecciones a las máquinas o equipos.
GOLPES POR HERRAMIENTAS MANUALES
Contusiones y heridas Utilice herramientas adecuadas al trabajo que se realiza, sin improvisarlas.
Utilice herramientas en buen estado.
Revise las herramientas antes de usarlas.
Mantenga el orden, sin dejar herramientas botadas en cualquier sitio, sino en su lugar.
Use los elementos de protección personal adecuados al trabajo que se está efectuando.
Adopte una posición cómoda y acorde al esfuerzo por realizar.
Utilizar la herramienta sólo para lo que fue diseñada.
CAÍDAS DISTINTO NIVEL A MAS DE 1,8 MTS. DE ALTURA SOBRE SUPERFICIES DE TRABAJO: ESCALAS MÓVILES O FIJAS, ANDAMIOS, ESCALERAS, PISOS Y PASILLOS (TRABAJO EN ALTURA FÍSICA)
Golpes, contusiones, heridas, lesiones traumáticas y muerte.
Capacitar y entrenar al personal sobre trabajo en altura.
Realizar exámenes Pre-Ocupacionales al personal periódicamente.
Contar con procedimientos de trabajo seguro.
Utilizar superficies de trabajo construidas de acuerdo a las normas de seguridad vigentes.
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Mantener superficies de trabajo en buenas condiciones y limpias.
Utilizar la superficie adecuada considerando el tipo de trabajo y el peso que deberá resistir.
Señalizar las áreas de tránsito, de trabajo y de almacenamiento.
No utilizar andamios cubiertos de nieve o escarcha, las que se eliminarán antes de trabajar.
Armar andamios con estructura y plataforma de trabajo completa de acuerdo normativa vigente. Se deben instalar 3 tablones con tope, rodapiés, barandas y afianzado a la estructura o edificio.
No sobrecargar la capacidad de los andamios con personas o materiales.
Dar a escalas un ángulo adecuado. La distancia del muro al apoyo debe ser de 1/4 del largo utilizado.
No utilizar escalas metálicas en trabajos eléctricos.
Asegurarse de puntos de anclaje de la estructura para asegurar cuerdas de vida y cabos de vida.
Utilizar Arnés de Seguridad y sus accesorios tales como amortiguadores de forma permanente, afianzados a la estructura, durante trabajos en altura sobre 1,8 mts. de altura
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medidos desde el piso hasta la superficie de trabajo.
Revisar a diario los dispositivos y elementos de seguridad antes de usarlos, si alguno de ellos presenta desperfectos solicitar reemplazo inmediatamente.
Usar obligatoriamente Elementos de Protección Personal, Casco, barbiquejo, guantes, porta herramientas, antiparras zapatos de seguridad, etc.
No cometa actos imprudentes o temerarios.
ATRAPAMIENTOS Heridas y contusiones. Evitar ubicarse en la trayectoria de movimiento de la máquina.
Poner las protecciones necesarias en maquinarias que usen sistemas de transmisión con poleas y correas como betoneras y trompos.
No utilizar ropas sueltas al operar maquinarias con transmisión de poleas.
ATRAPAMIENTOS Y CAÍDAS DE DISTINTO NIVEL DURANTE EXCAVACIONES
Contusiones, heridas, lesiones traumáticas, parálisis y muerte.
Taludes confeccionados conforme a estudio de mecánica de suelos.
Delimitar el perímetro de la excavación.
Señalizar, advirtiendo la existencia de la excavación.
Usar elementos de protección personal y sistemas de protección contra caídas, Arnés de Seguridad y accesorios de
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anclaje.
Evitar el acopio de material a menos de 0,60 mts. de los bordes de la excavación.
No permitir el tránsito de vehículos o maquinarias, a menos de 2 metros de los bordes.
Confeccionar pasarelas para atravesar la excavación, con mínimo de tres tablones de ancho, con barandas. Distancia de 30 mts. entre una y otra.
Si no se tiene talud adecuado, se debe entibar toda excavación de más de 1,5 metros de profundidad.
ACCIDENTES DE TRÁNSITO
Muerte, Lesiones Traumáticas, etc.
Respete señalización del tránsito la Ley de Tránsito vigente.
Conduzca a velocidad razonable y prudente, conservando la distancia.
No conduzca bajo la influencia del alcohol, drogas u otros elementos que deterioren sus condiciones físicas y mentales.
Verifique que el vehículo que va a conducir se encuentre en buenas condiciones de operación y con revisión técnica vigente.
Conduzca a la defensiva y tenga respeto por los peatones, sea cortes y tolerante.
Cruzar la calzada sólo por el paso para peatones, nunca cruzar entre dos vehículos
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detenidos o en movimiento.
No viajar en la pisadera de los vehículos de la locomoción colectiva ni subir o bajarse de éstos cuando están en movimiento. Tómese del pasamanos
Al conducir un vehículo o como acompañante, usar siempre el cinturón de seguridad.
No corra en la vía pública.
Utilice calzado apropiado.
Esté atento a las condiciones del lugar donde transita, evite caminar por zonas de riesgos como aquellas que presentan pavimentos irregulares, hoyos, piedras, piso resbaladizo, grasa, derrames de aceite, etc.
ATROPELLAMIENTO Muerte, Lesiones Traumáticas, etc.
Cruzar calles solo en las esquinas.
Transite a pie por la vereda, o por los pasos peatonales habilitados, nunca utilice la calzada.
Cruce la calzada verificando que por ambos lados no concurran vehículos.
Suba o baje de vehículos estando estos totalmente detenidos.
En ningún caso intente cruzar la calzada por detrás de vehículos detenidos y/o estacionados.
No viaje colgando y/o en las pisaderas, de los vehículos del transporte
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público.
INCENDIO Muerte, Quemaduras, Asfixia, etc.
Mantenga el orden y aseo en todo lugar de trabajo.
Mantener siempre libre el acceso a los extintores y/o redes húmedas y secas.
Verifique permanentemente que los extintores estén certificados, presurizados y con su revisión al día.
El personal debe estar en conocimiento del uso y operación de los extintores.
Mantener en lugar aislado los útiles de aseo como trapos con cera solventes, aceites o grasas.
Al percibir olor a gas, no debe encender ningún artefacto a gas licuado o gas de cañería, tampoco encienda ningún artefacto eléctrico.
Los receptáculos de papeles o basuras deben ser de material incombustible.
No fume en los lugares de trabajo, en lugares que no sean habilitados para ello.
Evitar el almacenamiento de materiales combustibles, especialmente si éstos son inflamables.
Evitar derrames de aceites, combustibles y otros que puedan generar incendios y/o explosiones.
DIGITACIÓN Tendinitis, Lumbalgias, Al digitar, debe
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PROLONGADA etc. apoyar en su escritorio sus muñecas, brazos y codos, formando un ángulo recto entre el antebrazo, codo y brazo.
Mantenga su columna recta y apoyada, adoptando una posición segura al sentarse, para cuyo efecto debe usarse los mecanismos de regularización de la silla.
Uso de apoya muñecas y apoya pies.
Cada 30 minutos de trabajo continuo descanse y realice ejercicios de relajación de extremidades superiores.
Apoye constantemente sus pies.
La línea de los ojos debe prolongarse al borde de la pantalla de su computador, si no fuera de ese modo debe ajustar la altura del monitor.
Mantenga limpia la pantalla del computador y regule sus caracteres, de tal forma de no exigir innecesariamente la visión.
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EXPOSICIÓN A RUIDO INDUSTRIAL
Disminución de la capacidad auditiva.
En aquellos lugares, donde no ha sido posible eliminar o controlar el ruido, se debe utilizar protectores auditivos.
Usar elemento de protección personal. (Casco) en lugares donde exista peligro de caída de materiales.
APLASTAMIENTO TEC, fracturas y lesiones mutiles.
Dar aviso inmediato al detectar una condición de riesgo como un apilamiento.
CONTACTO CON PRODUCTOS QUÍMICOS
Intoxicaciones, dermatitis y alergias.
Usar los elementos de protección personal respiratoria, visual y guantes necesarios para la actividad.
Lávese bien las manos o parte del cuerpo que haya estado en contacto con algún tipo de químico o material irritante.
ACCIDENTES EN OPERACIÓN DE COMPRESORES
Heridas, contusiones, fracturas y lesiones traumáticas.
Hacer funcionar en forma periódica la válvula de seguridad, para evitar que ésta se agripe.
Drenar el compresor frecuentemente para expulsar el agua que se forme por condensación en el interior del acumulador de aire.
Verificar regularmente el nivel de aceite.
Efectuar el cambio de los lubricantes dentro de los períodos recomendados.
Eliminar las fugas y derrames de aceite.
Verificar que las válvulas de descarga se
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encuentren abiertas.
Observar en forma periódica la presión de trabajo señalada en el manómetro.
Revisar las conexiones, codos unidos, mangueras y cañerías conductores de aire comprimido.
No permitir el uso de alambres como abrazaderas.
Planificar la mantención del compresor
y acudir a personal especializado.
Proteger los sistemas de transmisión correa polea.
Normalizar y señalizar los tableros eléctricos.
ACCIDENTES EN OPERACIONES DE CARPINTERÍA
Heridas, contusiones y lesiones múltiples.
En labores de moldajes exteriores, colocación o descimbre y montaje o desarme de andamios, uso obligatorio de arnés de seguridad y accesorios de anclaje sobre trabajo sobre 1,8 mts. De altura, medidos desde el piso hasta la superficie de trabajo.
Mantener el orden y el aseo.
Señalizar las zonas donde existe peligro de golpes por caídas de material o herramientas.
Uso de elementos de protección personal, calzado, guantes, casco con barbiquejo.
El o los trabajadores
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que usen escalas deberán cerciorarse de que estén en buenas condiciones.
Las escalas no deberán colocarse en ángulos peligrosos, ni afirmarse en suelos resbaladizos, cajones o tablones sueltos. Si no es posible afirmar una escala de forma segura, deberá colaborar otro trabajador en sujetar la base.
PROYECCIÓN DE PARTÍCULAS
Cuerpos extraños en ojos, conjuntivitis, erosiones y quemaduras.
Asegurarse que las máquinas y equipos cuenten con protecciones y que éstas permanezcan en su lugar y en óptimas condiciones.
Se deben usar los equipos de protección personal de forma permanente. Visuales, faciales, oídos y cabeza que indique la supervisión, tales como gafas-lentes con vidrio endurecido y protección lateral, caretas, protectores faciales, cascos, etc.
Prohibido el uso de pantalón corto.
CONTAGIOS, INFECCIONES
Dermatitis, alergias, entre otras patologías infecciosas.
Utilizar los casilleros individuales para los fines exclusivos para los que fueron destinados, prohibiéndose almacenar en ellos desperdicios, restos de comida, trapos impregnados de grasa o aceite y otros, debiendo, además, mantenerlos permanentemente aseados.
Mantener los lugares
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de trabajo libres de restos de comida y otros, los que deberán ser depositados exclusivamente en los receptáculos habilitados para tales efectos.
Los trabajadores deberán en su aseo personal, especialmente el de las manos, usar jabón o detergentes, prohibiéndose el uso de aserrín, huaipe o trapos que puedan tapar los desagües y producir condiciones antihigiénicas.
EXPOSICIÓN AL ARCO VOLTAICO
Conjuntivitis actínica. De exponerse el personal a exposición del arco voltaico, debe contar con lentes de seguridad adecuados para exposición a radiación ultravioleta.
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CAPITULO V
MANUAL DE CONVIVENCIA
NORMAS QUE REGULAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR, LAS RELACIONES
CON LAS REDES DE APOYO Y LA COMUNIDAD EXTERNA
DE LOS ALUMNOS/AS
Artículo XXIV. MATRÍCULA Requisitos de Ingreso:
El marco legal que rige el ingreso de alumnos y alumnas está dado en primer lugar
por la Constitución Política de 1980 y en segundo lugar por la normativa legal vigente
en cuanto a edades se refiere.
Edades de ingreso para:
Educación Pre-Básica: I nivel de Transición 4 años cumplidos al 31 de marzo.
II Nivel de Transición 5 años cumplidos al 31 de marzo.
Educación Básica: Primer año, 6 años cumplidos al 31 de marzo.
Se debe tener presente que en la normativa vigente, existen tolerancias para las
distintas modalidades y es el Director/a de la Unidad Educativa quien tiene la facultad
de admitir el ingreso de dichos alumnos y alumnas.
Asistencia y Puntualidad:
Siendo la Asistencia Media la base de sustentación económica del sistema, las
Unidades Educativas, deben implementar medidas que tiendan al óptimo porcentaje
de asistencia del alumnado. En este sentido, la Escuela Juan de Saavedra exige
justificación de las inasistencias en forma escrita o la presentación del apoderado.
En el caso de inasistencias prolongadas, es necesario que el apoderado asista a
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justificar y presente certificado médico que acredite las inasistencias.
La Puntualidad al igual que la Asistencia son hábitos permanentes que deben
inculcarse y estimularse adecuadamente para el mejor logro de los objetivos
propuestos por el sistema corporizado. Es útil recalcar que, más que medidas
drásticas, deben ser los estímulos los que incentiven a nuestros alumnos a cumplir
estas metas de asistencia y puntualidad.
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Artículo XXV.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS/AS
La Escuela considera al alumno/a como persona, sujeto de derechos y deberes,
conforme a la corrección fraterna de esta Comunidad.
Es, en el respeto de los derechos y en el cumplimiento de los deberes, donde se
promueve y desarrollan relaciones humanas fraternas, justas y solidarias.
DERECHOS.
Los alumnos(as) pertenecientes a la Escuela Juan de Saavedra tiene derecho a: Ser informado del Manual de Convivencia que rige al establecimiento.
Que el proceso de enseñanza-aprendizaje se realice en un ambiente de mutuo
respeto y tranquilidad.
Solicitar del docente correspondiente, las aclaraciones pertinentes durante el
desarrollo de las actividades educativas.
Conocer el Reglamento Interno de Evaluación.
Conocer el Reglamento Interno del Alumno/a. manual de convivencia.
Conocer y respetar el manual de convivencia del curso
Tener acceso a los beneficios que asigna la ley de acuerdo a los requisitos
establecidos por ella, tales como: Pase Escolar, Seguro Escolar, JUNAEB, Médico y
Dental, P.A.E., Programas de Asistencia, Becas, Redes de Apoyo (Programa
habilidades para la Vida, Previene, Carabineros, etc.), etc.
Desarrollar sus actividades escolares de acuerdo a Planes y Programas con
todo el material didáctico, disponible de la Unidad Educativa.
Hacer uso de los servicios con que cuenta el Establecimiento y la Corporación
Municipal para el Desarrollo Social de Valparaíso, para el logro de sus propósitos.
(Departamentos de: Acción Social, Bienestar, Orientación, Unidad Técnica etc.)
A la libertad de relacionarse con sus iguales, respetando el normal
desenvolvimiento de las actividades al interior de la Escuela.
A recibir una formación integral y tomando parte de la vida académica, artística,
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deportiva y recreativa, conforme a la propuesta del Proyecto Educativo Institucional
(P.E.I.)
Ser considerado y tratado como persona , reconociendo su identidad y dignidad.
A tener un entorno armónico y fraterno donde prime el respeto.
A desarrollar sus capacidades: artísticas, físicas e intelectuales.
A desarrollar la capacidad de análisis, de reflexión personal y de la realidad
circundante, para realizar opciones acordes a su proyecto de vida y contribuir a la
sociedad y a la cultura.
Las alumnas embarazadas tienen derecho a continuar sus estudios, para lo cual
el establecimiento flexibilizará los procedimientos de enseñanza y evaluación de
acuerdo a su estado de gravidez.
Toda alumna madre de un lactante tiene derecho a darle alimentación y
amamantamiento a su hijo o hija. Para ello deberá acordar con la Dirección los
horarios para salir del establecimiento, lo cual se hará efectivo previa autorización por
escrito. Si así lo quisiera, podrá recibir a su hijo o hija en el propio establecimiento
para amamantarlo y/o alimentarlo, disponiendo para ello un lugar tranquilo.
Los alumnos/as de Segundo Ciclo Básico tienen derecho a participar en las
elecciones de sus representantes, los que conformarán la Directiva del Centro de
Alumnos.
A. DEBERES.
Los alumnos y alumnas pertenecientes a la Escuela Juan de Saavedra tienen el deber de: De interesarse y conocer el Manual de Convivencia que rige este
establecimiento.
Portar a diario su Libreta de Comunicaciones
Cumplir responsablemente sus compromisos educacionales tales como:
lecciones, tareas, controles y toda actividad que conduzca a su crecimiento personal.
Mantener un buen comportamiento, actitud social que debe expresarse en todo
momento, lugar y circunstancia.
Mantener una buena presentación personal, la que será un requisito básico en
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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todas las actividades del Establecimiento y de la vida diaria.
Contribuir al orden y mantenimiento del Establecimiento, de todos los materiales
que se encuentren en él: libros, mobiliario escolar, cuadernos, estantes, árboles,
plantas, equipos deportivos, etc.
Mantener la sala limpia y ordenada.
Retornar puntualmente a clases después de los recreos u otra actividad.
Respetar la labor docente escuchando y participando de acuerdo a las
instrucciones dadas.
Cuidar los elementos audiovisuales utilizados en la sala de clases u otras
dependencias (TV, video, radio, Data Show, cámara fotográfica, computadores,
Notebook, DVD, etc.)
Cumplir con toda la normativa que regula la vida escolar según las disposiciones
generales e internas de la Unidad Educativa.
Las alumnas que se encuentren en situación de embarazo deberán informar su
estado de gravidez presentando un certificado médico. Además, deberá ser
responsable en el cumplimiento de sus deberes escolares.
Asumir responsable y diligentemente cualquier daño o deterioro ocasionado por
uso negligente y/o malicioso de los recursos con los que cuenta el establecimiento.
Los alumnos/as de Segundo Ciclo Básico tienen el deber de informarse y
participar de las elecciones del Centro de Alumnos del establecimiento.
Artículo XXVI. ACTITUDES BÁSICAS QUE DEBEN MOSTRAR LOS ALUMNOS/AS Presentación personal: la cual se manifiesta a diario a través del orden, aseo e higiene personal. Ella debe ser esmerada y constante, especialmente en lo referente a uniforme completo. Esto implica: Vestir el uniforme reglamentario a diario, para todas las actividades de la
Escuela, en buenas condiciones de aseo y limpieza, con la insignia cosida a la polera
o polerón, el cual fue acordado y aprobado previamente por el Centro General de
Padres.
Pantalón de color gris, que tope el borde del zapato, corte normal, con basta,
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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limpio y ordenado, polera, polerón color azulino, con insignia.
En invierno los alumnos/as usarán polerón, polar, chaqueta o parka azul marino
o azulino, sin adornos u otros colores.
Los alumnos usarán sobre el uniforme capa de color blanco o beige, abrochada
con todos sus botones, las alumnas usarán delantal cuadrillé azul, abotonado y en
buen estado. La capa y/o delantal deberán estar marcados con su nombre y sin
dibujos ni consignas, limpios y usada a diario, aún sobre la salida de cancha los días
que les corresponda Ed. Física.
En los días en que, por horario, les corresponda Ed. Física o Deporte, los
alumnos/as podrán asistir a clases con Salida de Cancha oficial del establecimiento
aprobado por el Centro General de Padres y Apoderados (Buzo azul marino con vivos
amarillos e insignia de la escuela)
Para la clase de Educación Física los alumnos/as deben traer ropa de recambio
que incluye short o buzo azul, negro o plomo, polera blanca y zapatillas, prendas que
sólo podrán ser usadas en la clase misma, siendo un requisito para participar de ella.
Posteriormente el alumno/a debe volver a vestir uniforme o buzo oficial del
establecimiento.
Zapatos negros lustrados, calcetas azules y/o gris para ambos sexos.
Corte de cabello:
Damas: Cabello limpio, bien peinado y tomado, sin tinturas de fantasía.
Varones: Cabello limpio, corte tradicional que no sobrepase el cuello de la
polera, peinado, no se aceptan cortes de fantasías. Sin tinturas.
Accesorios azules (colette, cintillos, trabas, cintas etc.)
Las alumnas se deben presentar sin ningún tipo de maquillaje.
No se permite en los varones el uso de aros de ninguna especie.
En las alumnas: un solo par de aros no colgantes y de tamaño adecuado, en los
lóbulos de cada oreja.
No se permite en damas y varones el uso de piercing.
Comportamiento: es el conjunto de normas y actitudes que cautelan el bien
común, para el logro del crecimiento personal y para la construcción de una comunidad
basada en la solidaridad, servicio, respeto a la persona y promoción del bien común,
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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para su integración positiva en la comunidad escolar y en la sociedad. Esto significa:
Respetar a todos los integrantes de la Comunidad Educativa, en su dignidad de
persona, única e irrepetible.
Demostrar siempre buen comportamiento en clases.
Tratar a sus compañeros (as) con respeto y dirigirse a ellos (as), por su nombre.
Participar e integrarse positivamente en las actividades de la clase y del grupo.
Contribuir al desarrollo armónico y fraterno para la consolidación del bien común
dentro de la Comunidad Educativa.
Valorar y practicar el saludo como expresión de respeto y amistad.
Reconocer los errores y corregirlos.
Actuar en forma amistosa y con respeto en la sala de clases, patio, comedor y
demás lugares de la Escuela.
Demostrar buen comportamiento fuera del Establecimiento, para prestigiar su
imagen personal y el buen nombre de la Escuela.
Escolaridad: es el actuar del alumno(a), con responsabilidad en distintas actividades del currículum. Esto significa: Asistir diariamente a clases, demostrando puntualidad a la llegada como
asimismo a la sala de clases.
Participar activamente en el aseo, ornato y mantenimiento de la Unidad
Educativa, responsabilizándose de los daños y deterioros que pueda ocasionar al
Establecimiento.
Cuidar sus pertenencias, no traer joyas, objetos de valor, pues no será
responsabilidad del Establecimiento la pérdida de ellos.
Prohibido traer elementos distractores que no permiten el normal desarrollo de
las clases como por ejemplo: personal stereo, Mp3, Mp4, I pod, celulares, juegos
electrónicos etc.
Poner atención y participar en forma activa y positiva, en la sala de clases.
Asistir a las pruebas, presentar los trabajos calificados y cumplir oportunamente
con las tareas y responsabilidades, en las fechas que corresponda.
Cuidar y mantener el patrimonio físico de la Escuela, dando un buen uso al
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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material de estudio.
Usar a diario el Cuaderno de Comunicaciones y/o Agenda.
No fumar dentro de la escuela, ni en la calle con uniforme.
Demostrar espíritu de: superación, honradez y respeto, desarrollando de esta
manera la capacidad de análisis, de reflexión personal y de la realidad circundante,
para realizar opciones acordes a su proyecto de vida y contribuir a la sociedad y a la
cultura.
PADRES Y APODERADOS DE LA ESCUELA JUAN DE SAAVEDRA
Artículo XXVII. El padre y/o apoderado es un miembro activo de la
Comunidad escolar desde el momento que matricula a su hijo su responsabilidad es
indeleble en lo que se dice relación con la formación de su hijo, pupilo y la integración
del establecimiento.
Artículo XXVIII. Habrá un Centro General de Padres y Apoderados que se
regirá por las normas legales y reglamentarias vigentes.
Artículo XXIX. Los padres, apoderados y/ adultos responsables de los
alumnos/as de la Escuela Juan de Saavedra tienen los siguientes derechos:
A que la escuela imparta el tipo de educación definido en su Proyecto Educativo
Institucional y según las disposiciones que las leyes vigentes establecen.
Ser informado sobre el Proyecto Educativo del Establecimiento.
A conocer el funcionamiento de la Escuela y el modo en que se ejecuta el
Proyecto Educativo Institucional.
A ser recibido por los profesores de la Escuela en los horarios establecidos, y
recibir información periódica sobre la situación de su hijo/a o alumno/a en los aspectos
académicos.
A formar parte del Centro de Padres y Apoderados de la Escuela y participar en
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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las actividades que éste organice.
A opinar en las reuniones del Subcentro, así como también, en las reuniones del
Centro General de Padres y apoderados.
Artículo XXX. Los padres, apoderados y/o adultos responsables de los/as alumnos/as
de la Escuela Juan de Saavedra encomiendan a la escuela parte de la educación de
sus hijos y/o pupilos, por lo tanto tienen los siguientes deberes:
Deben mantener una conducta coherente de respeto a todo el personal del
establecimiento.
Deben velar para que sus hijos logren aprendizajes de calidad.
Deben justificar personalmente o por escrito las inasistencias de sus hijos.
Deben asistir a todas las reuniones de apoderados del curso al que pertenecen
sus hijos, en caso contrario, justificar personalmente o por escrito.
Deben apoyar las acciones emprendidas por la Directiva del Subcentro de
Padres y Apoderados del curso y del Centro General de la Escuela.
Deben ser los primeros responsables en la formación de hábitos de sus hijos,
hábitos que la escuela reforzará.
Deben apoyar siempre el trabajo de los docentes para el logro de los objetivos
propuestos en el PEI.
Deben participar en la revisión del Manual de Convivencia Escolar y
comprometerse a cumplir y hacer cumplir dichos acuerdos.
Deben acudir en el horario y día que sean requeridos.
Deben iniciar, cuando se le solicite, el o los tratamientos médicos (neurológicos,
psicológicos, etc.)
Deben cumplir con los tratamientos que prescribe el especialista, en el tiempo
indicado.
Deben informar a los profesores aquellos aspectos de la personalidad de sus
hijos que estimen convenientes para ayudar en su formación.
Deben asistir a las entrevistas y reuniones convocadas por la Dirección, Unidad
Técnico Pedagógica, Profesores o Inspectores, para tratar asuntos relacionados con
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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la educación de sus hijos.
Deben mantener un trato correcto y respetuoso hacia los integrantes del Equipo
Educativo.
No podrán: interrumpir la actividad escolar, ingresar a sala sin autorización
previa de la profesora o Dirección, agredir verbal o físicamente a profesores y resto
del personal del Establecimiento.
Es responsabilidad y obligación de los padres, apoderados y/o adultos
responsables de los alumnos/as, canalizar oportunamente sus quejas, dudas y
observaciones formalmente y por los canales establecidos: Inspectores, Profesores,
Profesor Jefe, Dirección e instancias que legalmente correspondan.
Artículo XXXI. En caso de que se produzca una situación de extrema gravedad,
la Dirección del establecimiento podrá solicitar un cambio de apoderado.
REDES DE APOYO.
Para cumplir con los objetivos propuestos, la Escuela necesita de un permanente
apoyo, estas redes de apoyo son múltiples y de variada procedencia, pero todas
contribuyen en alguna medida al cumplimiento de la Misión.
Contamos con apoyo:
Centro General de Padres.
Proyectos: Enlace, Jornada escolar Completa,
Consejo de profesores.
Asistencialidad escolar, JU.N.A.E.B.
Comisión Mixta Salud-Escuela
Carabineros.
Universidades (UPLA;PUCV;VIÑA DEL MAR,VALPARAISO)
Junta de Vecinos.
Colegio de Profesores.
Bomberos.
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Ilustre Municipalidad de Valparaíso
Secreduc.
Deprov
Cormuval
Conace. (Previene)
Iglesias.
Fosis
Banco De La Solidaridad
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PROTOCOLOS DE ACCIÓN Y MODIFICACIONES INTRODUCCIÓN DEL
PROTOCOLO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
En el marco de la nueva ley sobre Violencia Escolar N° 20.536, promulgada
y publicada en septiembre del 2011 por el Ministerio de Educación, se implementa
como Política Nacional el abordaje de esta temática en los establecimientos
educacionales chilenos, desarrollando marcos explicativos y un protocolo de acción
ante estas situaciones.
Cumpliendo con esta disposición de la Ley contra la violencia escolar que busca
atender tales situaciones en los establecimientos educacionales colaborara en darle
relevancia y consignar como un deber del colegio promover la buena convivencia,
prevenir y tomar medidas ante situaciones de violencia, institucionalizar a través de
un Comité de Convivencia Escolar la planificación y ejecución de un plan de gestión.
El siguiente manual, tiene como objetivos promover y desarrollar, en todos los
integrantes de la comunidad educativa, los principios y elementos que construyan una
sana convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la
prevención de toda clase de violencia o agresión. Establecer protocolos de acción en
complemento con nuestro Reglamento Interno, para los casos de maltrato escolar, los
que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e
implementar medidas reparatorias para los afectados. Todo lo anterior sin perjuicio
de impulsar acciones de prevención para una sana convivencia escolar.
Definición de Maltrato Escolar:
Se entenderá como maltrato escolar cualquier acción intencional, ya sea física o
psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o
cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con
independencia del lugar en que se cometa, siempre que:
a. Produzca temor razonable de sufrir menoscabo en su integridad física o
psíquica, su vida privada, su propiedad u otros derechos fundamentales.
b. Cree un ambiente hostil, intimidatorio, humillante o abusivo.
c. Dificulte o impida de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico,
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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afectivo, intelectual, espiritual o físico.
Se consideraran constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas:
a. Proferir insultos, hacer gestos groseros o amenazantes y ofender reiteradamente
a cualquier miembro de la comunidad educativa.
b. Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de
cualquier otro miembro de la Comunidad Educativa.
c. Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un
alumno u otro miembro de la comunidad educativa (ejemplo utilizar sobrenombres
hirientes, mofarse de características, etc.).
d. Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición
social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia
étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o
cualquier otra circunstancia.
e. Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro
integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de
textos, correo electrónico, foros, servidores que almacenan videos o fotografías,
sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico;
f. Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato
escolar;
g. Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aún cuando no sean constitutivo
de delito.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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Líneas de acción para abordar el maltrato escolar:
1. Promoción de la Convivencia Escolar Positiva:
En base a lo anterior, la comunidad educativa deberá generar estrategias para
promocionar el buen trato dentro y fuera del aula, por medio de talleres y actividades
formativas, recreativas y psicoeducativas.
Se entenderá por Convivencia Escolar Positiva la coexistencia armónica de los
miembros de la comunidad educativa, que supone una óptima interrelación entre
ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima
que propicia el desarrollo integral de los estudiantes (Ley de Violencia Escolar
N°20.536, Ministerio de Educación).
2. Prevención de Violencia Escolar:
A nivel de toda la comunidad educativa se generarán estrategias para prevenir la
violencia escolar y/o bullying por medio de talleres y actividades formativas y
recreativas.
3. Detección y atención de Casos de Violencia y Acoso Escolar:
Se abordarán los casos de Violencia y Acoso Escolar aplicando un Protocolo de
Acción.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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EQUIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Fundamentación:
El presente protocolo, orienta y determina las acciones propias del Equipo de
Convivencia Escolar, así como complementa las disposiciones del reglamento de
convivencia escolar. La comisión se reunirá, en situaciones de violencia escolar, con
el fin de velar por el cumplimiento de la normativa y los procedimientos que tiene
nuestra comunidad escolar.
El Equipo de Convivencia Escolar estará compuesto por:
Directora de la Escuela Juan de Saavedra.
Encargada de convivencia escolar.
Profesora de U.T.P.
Un profesor de curso afectado.
Equipo Psicoeducativo cuando corresponda.
Los mencionados se harán cargo de la situación de violencia una vez ocurrida,
de modo de actuar simultáneamente con todos los actores implicados. Los
estudiantes no pueden formar parte de estos protocolos de acción, dado que
implicaría exponerlos a situaciones de violencia.
Este equipo a través del dialogo, escucha atenta y reflexivamente las
posiciones e intereses de los involucrados, indaga sobre una solución justa y formativa
para ambas partes. La función de este equipo es buscar una solución formativa para
todos los involucrados sobre la base de dialogo y de una reflexión crítica sobre la
experiencia vivenciada en el conflicto.
También será la encargada de investigar los antecedentes, a los involucrados y
aplicar las medidas establecidas en el Reglamento de Convivencia Escolar.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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Objetivo General Equipo de Convivencia Escolar:
Velar por el cumplimiento de la normativa y los procedimientos que dispone la
escuela frente a situaciones de violencia escolar, buscando el fortalecimiento de la
sana convivencia.
El Equipo de Convivencia Escolar tendrá las siguientes funciones y
atribuciones:
a. Diseñar e implementar planes de prevención de la violencia escolar en el
establecimiento.
b. Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de
las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo
de conducta contraria a la sana convivencia escolar.
c. Conocer los informes e investigaciones presentados por el encargado de
Convivencia Escolar.
d. Requerir a la dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes, reportes
o antecedentes relativos a la Convivencia Escolar.
e. Determinar, con alcance general, que tipos de falta serán de su propia
competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores u
otras autoridades del colegio, así como los procedimientos a seguir en cada caso.
f. Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes.
Encargado Convivencia Escolar: Profesora de la Escuela Juan de Saavedra,
quien ejecuta de manera permanente los acuerdos, decisiones y planes del Equipo
de Convivencia Escolar.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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Medidas y Sanciones Disciplinarias.
Las medidas disciplinarias y su gradualidad (estipuladas en el Reglamento de
Convivencia Escolar) son:
a) Amonestaciones sean estas, verbales, amonestación comunicada al apoderado;
amonestación con citación a apoderado.
b) Suspensión de clases.
c) Retiro del alumno.
Toda sanción o medida debe tener claramente un carácter formativo para todos los
involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la
gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados y procurando
la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable.
Obligación de Denuncia de Delitos.
La Directora de la Escuela Juan de Saavedra deberá denunciar cualquier
acción que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad
educativa, tales como lesiones, amenazas, robo, hurtos, abusos sexuales, porte o
tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar
a Carabineros de Chile, La policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio
Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome
conocimiento del hecho.
Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser
presentada en forma verbal o escrita ante cualquier autoridad del establecimiento, la
que, a la vez, deberá dar cuenta a Inspectoría General, la que dará aviso al encargado
de convivencia escolar, dentro de un plazo de 24 horas a fin de que se inicie el debido
proceso.
Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer
una sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.
Artículo XXXII. Protocolo de Convivencia
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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El presente documento da cuenta de las disposiciones reglamentarias que regulan la
convivencia escolar de la comunidad educativa que conforma la Escuela Juan de
Saavedra, en coherencia con nuestro PEI.
Artículo XXXIII. Conformidad con el Protocolo
Al momento de matricular a su hijo o pupilo en nuestro establecimiento, el apoderado
y la familia aceptan y acatan en su totalidad este reglamento, asumiendo las
prácticas y rutinas de la escuela.
Cualquier cambio que se realizare al presente Reglamento será comunicado a los
estudiantes y apoderados a más tardar 30 días después de aprobado el cambio, vía
comunicación por medio de la agenda escolar y/o reunión de apoderados.
Artículo XXXIV. El estudiante, primer responsable del cumplimiento del Protocolo
El estudiante de la escuela Juan de Saavedra es el primer responsable en dar
cumplimiento a este protocolo.
Los estudiantes de 1° básico a 8° básico, tendrán derecho a organizarse
democráticamente, formando el Centro de Estudiantes de la Escuela Juan de
Saavedra. Los representantes de éste, serán el organismo mediador entre
estudiantes docentes y Equipo Directivo.
El Centro de Estudiantes podrá reunirse periódicamente en Asambleas Generales de
Estudiantes o cuando ellos lo requieran, previa coordinación de tiempo y espacio con
el Profesor Asesor. El Centro de Estudiantes será asesorado por un docente, el
que será designado por el Equipo Directivo.
El Centro de Estudiantes tendrá la obligación de generar un sistema que permita
defender, sancionar y/o distinguir a los estudiantes del Colegio por sus acciones,
considerando para ello como fundamento, el Proyecto Educativo Institucional, el
Reglamento de Convivencia vigente, las orientaciones y Coordinación del Equipo
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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Directivo de la Escuela Juan de Saavedra.
Artículo XXXV. Documento oficial de comunicación Apoderado-Escuela Juan de
Saavedra
La agenda, de diseño exclusivo de la Escuela Juan de Saaverdra, es el único
documento oficial para las comunicaciones familia-Colegio y viceversa, por lo tanto
es obligatorio que los estudiantes la tengan consigo permanentemente.
En caso de extravío el estudiante tiene la obligación de comunicarlo inmediatamente
a Coordinación de Convivencia y adquirir una nueva agenda o bien obtener un
cuaderno chico de 60 hojas.
El estudiante tiene la obligación de portar y mantener limpia y en buen estado su
agenda.
El estudiante es responsable de mostrar a sus padres – apoderados todas las
comunicaciones y entregarle todas las circulares que emite la Escuela. El apoderado
deberá, a su vez, revisarlas y firmarlas periódicamente.
El apoderado debe mantener actualizada la información referida a datos personales
(ej.: dirección, mail, teléfonos, teléfonos de emergencia, antecedentes médicos, entre
otros), para mantener la comunicación expedita y permanente.
El profesor utilizara este medio para comunicarse con los apoderados.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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Artículo XXXVI. Asistencia de los padres y apoderados a la escuela
Las Reuniones para Padres y Apoderados son el único espacio de participación
sistemática del grupo de apoderados – curso y toda la información oficial general
relativa al funcionamiento del curso y de la escuela, se da a conocer en ellas, por lo
cual se establece que la asistencia a éstas es de carácter obligatorio.
De la misma forma, se considera de carácter obligatorio la asistencia a las
citaciones que un docente de la Escuela le haga, vía agenda, mail o teléfono.
La no asistencia reiterada a las reuniones de apoderados y/o a citaciones, sin
justificación será entendida como falta de compromiso, y frente a ello la Escuela
evaluará la situación del estudiante en el establecimiento, pudiendo ser sancionado el
apoderado.
El registro de inasistencia a reuniones y/o citaciones será en la Hoja de Vida del
estudiante.
Artículo XXXVII. Autorizaciones a los estudiantes
El apoderado, al momento de matricular, entiende que es necesario autorizar a su hijo
o hija para asistir a todas las salidas pedagógicas que la escuela planifique, así como
otorgar las autorizaciones respectivas en el caso de que su hijo o hija tenga una
actividad en representación de la Escuela, o una actividad extra-programática citada
por el mismo. Si por causa mayor un alumno no puede asistir, el apoderado debe
justificar el día anterior a la salida.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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Artículo XXXVIII. Artículo 7º: Relaciones padres –Escuela Juan de Saavedra
Los apoderados pueden solicitar entrevistas con los profesores jefes y profesores de
asignatura, mediante Agenda o coordinación telefónica en secretaría. La secretaria
coordinará con el profesor e informarán vía Agenda, el día y hora de la entrevista.
Del mismo modo se procederá con las entrevistas solicitadas a la Directora, Jefe
de la Unidad Técnico Pedagógica, Coordinador de Convivencia y demás.
El apoderado tiene derecho a expresar su opinión, plantear dudas, reclamos, pedir
solución a problemas y apelar, siempre y cuando mantenga una actitud respetuosa
con todo el personal de la Escuela. El no cumplimiento de esta norma tendrá como
consecuencia la solicitud del cambio de apoderado para su hijo o hija.
El apoderado tiene Derecho a formar parte del Centro General de Padres de la
Escuela Juan de Saavedra, con el sólo hecho de tener a su hijo o hija matriculado
en este colegio.
El Centro de Padres será asesorado por un docente, el que será designado por el
Equipo Directivo.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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Artículo XXXIX. Uso del uniforme
Los estudiantes deben presentarse y retirarse diariamente con el Uniforme
Institucional de la Escuela completo y bien presentado (limpio, ordenado,
correspondiendo a la talla del estudiante).
Descripción de la presentación personal de los estudiantes:
Buzo de diseño exclusivo de la Escuela (chaqueta, pantalón)
Polera de diseño exclusivo de la Escuela Juan de Saavedra (azul con manga
larga y cuello)
Parka o Polar diseño de color azul.
Zapatillas (evitar colores o diseños llamativos, tipo fantasía)
Asistir con la ropa limpia, sin cortes ni adecuaciones. Respetar su confección
original
Asistir con el cabello limpio y sujeto con cintillo, pinches o amarras (tanto
hombres como mujeres)
Utilizar el pelo de tono natural evitando colores de fantasía (artificiales).
No se permite cortes de diseños y estilos particulares o de fantasía.
No se permite el uso de piercing que inhabiliten la pronunciación fonética o el
desarrollo normal de actividades escolares.
Solo el pantalón de buzo del colegio podrá ser, el resto del uniforme debe ser
todo institucional.
El uso inadecuado o el no uso del uniforme institucional es considerado una
falta leve, pero acumulativa.
Ningún estudiante puede participar en las actividades del colegio sin su uniforme,
salvo que se le autorice expresamente y como caso excepcional, luego de un
compromiso fechado en agenda y Hoja de Vida con el apoderado.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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Artículo XL. Presentación personal en salidas pedagógicas.
El estudiante debe asistir con el uniforme institucional de la escuela, estipulado
según la ocasión, a toda salida educativa o en representación de la Escuela.
Artículo XLI. Extravío de prendas u otros objetos
Las prendas de vestir que los estudiantes usen deben venir marcadas con su nombre
completo, para evitar extravíos. El extravío de prendas es de exclusiva responsabilidad
del estudiante.
Está estrictamente prohibido usar: celulares, mp3, mp4, iPod y cualquier otro tipo de
artefactos electrónicos o tecnológicos que puedan ser extraviados y/o que distraigan
al estudiante de sus tareas dentro de la sala de clases.
En caso de que un estudiante asista con alguno de estos objetos, debe entregarlos
al inicio de la jornada siéndoles devueltos al término de la misma. De NO cumplir con
esta condición, el objeto será requisado por el/la docente o directivo que se
lo solicite, el que será devuelto exclusivamente al apoderado, dejando registro
de ello en la Hoja de Vida del estudiante.
El extravío de cualquier objeto, mencionado en párrafo anterior es de exclusiva
responsabilidad de su dueño(a).
Artículo XLII. Fundamentación de sanciones y distinciones
Con el objetivo de generar una convivencia sana dentro de una comunidad
responsable, respetuosa y comprometida con sus Objetivos Institucionales, se
establecen distinciones y sanciones.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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Artículo XLIII. Descripción de las distinciones o reconocimientos
Distinciones Es el reconocimiento a los estudiantes destacados en cada curso. Son
otorgadas por el Establecimiento en consulta al grupo de pares, profesor jefe, el
Consejo de Profesores y el Equipo Directivo, según corresponda:
A.- Las distinciones para los estudiantes de todos los niveles son:
1.- Premio Mejor Compañero: Se entrega este premio al estudiante que es reconocido
y elegido por sus pares como un buen compañero.
Este premio se entrega a un estudiante de cada curso el día de Aniversario de la
Escuela.
2.- Premio Juan de Saavedra: Se entrega este reconocimiento al estudiante que se
destaca por su amabilidad, compromiso y participación con las actividades de la
Escuela al estudiante que siempre está a disposición de quienes lo rodean, alegre,
responsable con sus labores, respetuoso de sí mismo y de los demás.
Este premio se entrega a un estudiante de cada curso el día del acto de finalización de
año.
3.-Conciencia Ecológica: Se entrega este reconocimiento al o los estudiantes que
destaquen durante el año escolar por sus acciones académicas y no académicas
de cuidado del medio ambiente.
Este premio se entrega a un estudiante de cada curso el día del medio ambiente.
4.- Premio a las Artes: Se entrega este reconocimiento al o los estudiantes que
destaquen durante el año escolar por evidenciar sus habilidades artísticas, a través de
expresiones artísticas, plásticas, dramáticas y/o musicales.
Este premio se entrega a estudiantes de cada curso en el acto de finalización de año.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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5.- Premio al Deporte: Se entrega este reconocimiento al o los estudiantes que
destaquen durante el año escolar por evidenciar y destacar sus habilidades deportivas.
6. Premio a la superación personal.
Artículo XLIV. Acciones para cuidar compromisos
El Protocolo de Convivencia propone tres prácticas de acción que tienen por
finalidad cuidar los compromisos entre los miembros de la comunidad y evitar los
conflictos, proporcionando evidencias y apoyo a las situaciones que alteren el clima
y la convivencia durante el año escolar.
1.- Consejo Académico-Conductual: Es el mecanismo oficial de análisis de casos y
de aplicación de sanciones por problemas conductuales y/o académicos. Para
ello se consideran como antecedentes los registros de observaciones del libro de
clases, la Hoja de Vida del estudiante, la apreciación del conjunto de docentes, el
registro de asistencia y atrasos y el registro de calificaciones. Se realizan 2 Consejos
anuales. Lo conforma el cuerpo docente, en su totalidad y el Equipo Directivo.
2.- Consejo Conductual Extraordinario: Es convocado por la Directora y se realiza
para analizar situaciones emergentes, cuya gravedad pone en riesgo la armónica
convivencia. Está conformado por los docentes que atienden al estudiante y el
Equipo Directivo. Podría estar presente el estudiante y/o su apoderado si la
Directora lo convoca. Tiene por finalidad tomar una resolución sobre una situación
conductual grave, tomando en cuenta los antecedentes del estudiante consignados
en su Hoja de Vida, así como las opiniones de los participantes del Consejo
Conductual Extraordinario.
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Artículo XLV. Procedimiento ante un conflicto
El procedimiento que se establece ante un conflicto se aplicará en el caso que un
estudiante no cumpla con cualquiera de los artículos del presente Reglamento Interno,
y en la secuencia expresada en la siguiente pauta:
1º Amonestación verbal: Es una conversación entre el estudiante y docente o
paradocente que observa la conducta conflictiva, con el fin de hacerle comprender
cómo su falta afecta la convivencia escolar. No se registra en forma escrita.
2º Observación escrita en la Hoja de Vida del estudiante: Es una observación hecha
por el docente en la Hoja de Vida del estudiante en el Libro de Clases, y además, si
existe la necesidad de explicar detalladamente, en la Bitácora del curso anexa al
Libro de Clases; después de una conversación con el estudiante, donde se le
explicarán los pasos a seguir para la resolución de su conflicto. En esta observación
se describe el hecho y se registra el compromiso acordado. El docente informará al
alumno y apoderado, vía agenda, la descripción y acuerdo de la situación ocurrida.
La Hoja de Vida del estudiante es un registro oficial interno en el que se consignan los
hechos históricos del estudiante, durante su permanencia en la Escuela.
3º Citación al apoderado: Es una conversación personal con el apoderado para
comunicarle la falta de su hijo o hija y para acordar estrategias de solución de la
problemática. Puede ser llevada a cabo por un docente o un docente directivo: Se
registra en la Hoja de Vida del estudiante.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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Artículo XLVI. Aplicación de sanciones, considerando gravedad de la falta y/o
antecedentes:
1° Aviso de Condicionalidad: Éste puede ser aplicado por problemas Conductuales
reiterados sancionados por el Equipo de Convivencia Escolar y/o el Equipo Directivo
de la Escuela; siendo un elemento verificador las anotaciones en la Hoja de vida del
Alumno en el Libro de Clases, falta de responsabilidad o incumplimiento en la entrega
de útiles escolares. También por faltas del apoderado tales como: inasistencias a
citaciones, faltas de respeto hacia cualquier miembro de la comunidad escolar,
desacuerdo verbal del apoderado con el Proyecto Educativo de la Escuela, falta de
apoyo del apoderado hacia las exigencias de apoyo para el cumplimiento de deberes
escolares o de apoyo de especialista(s), si los docentes determinan que es necesario.
El aviso de condicionalidad de matrícula tendrá una duración mínima de un semestre
y máxima de un año. Después de este período puede ser levantada o se aplicará
condicionalidad de matrícula, si existen agravantes de la situación, que así lo indiquen.
2° Condicionalidad de la Matrícula: Será aplicada luego del incumplimiento del
compromiso del estudiante y/o apoderado estipulado en el Aviso de Condicionalidad.
Tendrá una duración mínima de un semestre y máxima de un año. Después de este
período puede ser levantada o se aplicará el Aviso de Caducidad de Matrícula para el
año escolar siguiente, si existen agravantes de la situación que así lo indiquen. Para
ello, sera consultado el Consejo de Profesores y/o consejo disciplinario.
3° Aviso de Caducidad de la Matrícula: Será aplicada luego del incumplimiento del
compromiso del estudiante y/o apoderado estipulado en la Condicionalidad de
Matrícula. Tendrá una duración mínima de un semestre y máxima de un año. Después
de este período puede ser levantada o se aplicará la Caducidad de Matrícula para el
año siguiente, si existen agravantes de la situación que así lo indiquen.
Las sanciones 1, 2 y 3 podrán ser levantadas sólo previa consulta al Consejo
Disciplinario y la resolución final recaerá en el Equipo de Convivencia Escolar.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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4° Caducidad de Matrícula: Es la pérdida del derecho a matrícula para el año siguiente.
El apoderado tomará conocimiento de ello en forma escrita, registrándose en la Hoja
de Vida del estudiante como prueba de que el apoderado fue informado oportunamente
de la situación.
5° Expulsión de la Escuela Juan de Saavedra: Es la pérdida de la condición de
estudiante regular de la Escuela de forma inmediata.
Ésta puede ser aplicada como consecuencia de una falta considerada gravísima según
la resolución del Consejo de Profesores y el Equipo Directivo.
Si la situación se da antes del 31 de octubre, el estudiante se retira del Colegio con un
informe de notas parciales. En cambio, si ocurre después de dicha fecha, el estudiante
tendrá derecho a asistir solamente a rendir evaluaciones finales.
Aun cuando la Expulsión es de caracter inmediato, se deberá dar al alumno y a su
familia un plazo de 3 días para realizar los descargos y apelar a la medida, instancia
que será revisada por el Equipo de Convivencia Escolar.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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Artículo XLVII. DEFINICION Y CLASIFICACION DE LAS FALTAS, Y MEDIDAS
DISCIPLINARIAS
FALTAS Y SANCIONES:
Se entenderá como FALTA al quebrantamiento de una obligación o cualquier
transgresión de las normas que velan la adecuada convivencia entre los miembros de
esta Unidad Educativa, estén o no establecidas en este Manual de Convivencia. El
incurrir en cualquier falta traerá consigo la aplicación de medidas disciplinarias y
sanciones pertinentes y acordes a la gravedad de la misma, ateniéndose a lo
consignado en este Manual. Continuando en esta línea, las faltas serán tipificadas
como: LEVES, GRAVES Y GRAVÍSIMAS.
a) FALTAS LEVES: son aquellas que afectan el bien común o desempeño escolar
sin provocar mayores trastornos.
Faltas Leves serán entre otras:
FALTAS LEVES POR RESPONSABILIDAD
a1. No justifica atrasos y/o inasistencia a clases.
a2. No presenta tarea
a3. No presenta materiales para trabajar en asignatura o taller.
a4. Presenta tarea, trabajo o actividad incompleta.
a5. No cuida la limpieza de la sala de clases, patios y otros lugares.
a6. Se presenta sin uniforme oficial.
a7. Se presenta sin uniforme de educación física o uniforme incompleto.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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a8. No trae capa para usar en la sala de clases.
a9. Tiene corte de cabello que no se ajusta a las normas de convivencia.
a10. Llega atrasado a clases después de recreo u hora de almuerzo.
a11. Usa elementos ajenos al uniforme oficial sin autorización de Inspectora
General y/o Encargada de Convivencia. (gorros, jockey, bufandas, cuellos, aros
, piercing, parkas, etc.)
a12. Aseo personal o presentación personal descuidada.
a13. No asiste a la formación.
a14. Sin agenda escolar.
a15. Sin comunicación firmada.
a16. Ingresa atrasado al inicio de la jornada escolar.
a17. Descuidado con sus útiles escolares y pertenencias.
a18. No asiste a actividades institucionales programadas (actos, ceremonias,
desfiles, etc)
a19. Se presenta sin preparación para rendir evaluación.
FALTAS LEVES POR CONDUCTA
a20. Conversa interrumpiendo la clase.
a21. Come durante las horas de clases.
a22. Realiza actividades incompatibles con el normal desarrollo de una clase
(por ejemplo, grita, duerme, emite o hace ruidos, se para sin permiso, uso de
celular, habla, juega o escucha música).
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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a23. Uso de balones u otros instrumentos deportivos en horarios y lugares
que no corresponde.
a24. Golpea sin intención con balón a miembros de la comunidad educativa.
a25. No abandona la sala de recreos o actividades que lo ameriten.
a26. No sigue instrucciones del profesor de asignatura, profesor jefe o
paradocente de ciclo.
a27. No cumple compromisos adquiridos con el profesor de asignatura,
profesor jefe o paradocente de ciclo o directivos.
a28. No respeta normas de comportamiento en el comedor, salón de actos,
sala de clases, etc.
a29. Expresa sus ideas y opiniones en forma inadecuada.
a30. Tiene modales bruscos y matonescos con sus compañeros (verbal o
físico).
a31. Tiene una respuesta inadecuada frente a una corrección de un adulto.
a32. Mal uso del uniforme escolar.
a33. Cualquier infracción leve no contemplada en la enumeración anterior.
Protocolo de acción ante faltas Leves:
1. En conversación con el alumno con el objetivo de conocer las motivaciones de
éste.
2. Ayudarlo a tomar conciencia de cómo su falta afecta a la convivencia escolar.
3. Registrar en hoja de vida del alumno junto a su compromiso de no volver a
cometer la falta.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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4. Informar al Apoderado del alumno, vía Agenda, de la situación y el compromiso
adquirido por el alumno, esperando una respuesta por parte del apoderado
frente a la situación.
5. Ante la reiteración de una misma falta, se citará en forma personal al
apoderado a una entrevista con el profesor Jefe o Encargada de Convivencia
Escolar segun corresponda. Se solicitará un compromiso de parte del
apoderado para poder resolver la situacion conflictiva.
6. Si se produce una nueva reiteración de la falta, luego del compromiso del
apoderado, se considerará una falta grave, sancionada con suspención a
clases de un día.
b) FALTAS GRAVES: se consideran aquellos comportamientos que dificultan el
proceso de enseñanza-aprendizaje y la vida en comunidad, comprometiendo
seriamente: los bienes del Establecimiento y el correcto desempeño escolar.
Estas faltas pueden ameritar la suspensión de clases por hasta 2 días, la
condicionalidad de la matricula y/o Caducidad de Matricula.
Faltas Graves serán entre otras:
FALTAS GRAVES POR RESPONSABILIDAD
b1. Ingresa atrasado al inicio de la jornada en forma reiterada (5 atrasos).
b2. Observaciones leves por irresponsabilidad registrada en la hoja de vida
e informada al apoderado (3 observaciones)
b3. No rinde una evaluación o no presenta trabajo, sin justificación.
b4. No asiste en forma reiterada a la formación, encontrándose en el colegio.
b5. Ausencia del apoderado a reunión, entrevista y otra actividad citada por
la dirección u otra autoridad de la escuela; sin previa justificación.
b6. No asiste a clases estando en el interior de la escuela.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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b7. No cumple plazos para devolver libros solicitados a la BiblioCRA.
b8. No asiste a dos o mas actividades programadas.
b9. Se presenta sin agenda escolar 3 veces.
FALTAS GRAVES POR CONDUCTA
b10. Observaciones leves por indisciplina registrada en la hoja de vida e
informada al apoderado (3 observaciones).
b11. No cumple con los compromisos adquiridos por el apoderado y el alumno
en el desarrollo de programa PIE, consignado por los docentes y profesionales.
b12. Tiene una actitud agresiva y/o grosera, tanto de palabras como de hecho,
con los profesores, compañeros de escuela y el personal en general.
b13. Ensucia, raya y/o daña deliberadamente bienes de la escuela o de sus
compañeros.
b14. Copia en evaluación consignada en el libro de clases.
b15. Hace uso indebido de las TICs y medios electrónicos en actividad
académica.
b16. Reacciona en forma exagerada ante una situación problemática
(berrinches, pataletas, rabietas, llantos o gritos exagerados).
b17. No cumple con responsabilidades adquiridas dentro del curso o en la
escuela.
b18. Oculta información al apoderado o al docente.
b19. No respeta las normas de seguridad y Buena convivencia de su ambiente
educativo (taller o sala de clases)
b20. Usa intencionadamente un vocabulario grosero.
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b21. Lanza objetos al interior o exterior de la sala de clases o a la calle
colindante con la escuela.
b22. Lanza improperios a personas que circulan por las calles colindantes a
la escuela.
b23. Abre bruscamente y/o golpea puertas de salas de clases.
b24. Grita o hace gestos molestos a los ocupantes de otras salas u oficinas
de la escuela.
b25. Quema papeles u otros objetos dentro del establecimiento.
b26. Esconde o lanza mochilas, bolsos u otro elemento de algun compañero.
b27. Escupe sobre útiles y mobiliario escolar.
b28. Facilita su agenda a otro alumno o usa su agenda ajena.
b29. Se burla con apodo o mala intención de sus compañeros o adultos.
b30. Fotografiar, filmar sin autorización a miembros de la comunidad
educativa.
b31. Cualquier infracción grave no contemplada en la enumeración anterior.
Protocolo de acción ante faltas Graves:
1. En conversación con el alumno con el objetivo de conocer las motivaciones de
éste
2. Ayudarlo a tomar conciencia de cómo una falta afecta a la convivencia escolar
3. Darle un espacio para que adquiera un compromiso de no reiterar la falta
sancionada.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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Por su parte, las sanciones aplicadas a estas faltas serán:
1. Amonestación verbal
2. Amonestacion escrita
3. - Expulsión de la sala de clases con permanencia en el establecimiento. Se
debe llamar al Paradocente de Ciclo, quien deberá retirar al alumno de
clases. El profesor entregará actividades a realizar fuera de la sala.
- Citación al apoderado. El profesor Jefe y/o Encargada de Convivencia
Escolar deberá citar mediante agenda y via telefónica al apoderado. La
entrevista deberá quedar registrada en Hoja de Vida del alumno y Bitácora
del curso, consignando la firma del apoderado en ambos registros.
4. Frente a la reiteración de la falta, el alumno será derivado a la Encargada de
Convivencia Escolar, quien tratará el caso con entrevista personal al alumno,
e informará al profesor Jefe del Curso respectivo.
- Si el caso lo amerita, se solicitará la reparación del daño provocado a
materiales o infraestructura del establecimiento.
- En el caso necesario se solicitarán disculpas publicas y/o individuales a los
afectados, y/o Trabajo de apoyo en la escuela en horario contrario a clases.
- Se realizará seguimiento de modificación conductual mediante la revision
de la planilla de faltas.
5. Dependiendo de la situación, el tipo de falta y el historial del alumno, se podrá
aplicar la suspension de clases por un máximo de hasta dos días.
6. El consejo disciplinario evaluará los avances del alumno en cuanto al
cumplimiento de sus compromisos, durante la reunion bimestral habitual; y
decidirá la permanencia de la sanción, o la revocará. De ser necesario, se
podrá realizar Consejo de Disciplina extraordinario.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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c) FALTAS GRAVÍSIMAS: son aquellas que lesionan el prestigio del
Establecimiento, atentan la dignidad de las personas, contravienen el normal
desarrollo del proceso educativo y/o apuntan a transgredir permanentemente las
normas de Convivencia de esta Unidad Educativa. Estas faltas ameritarán la
suspensión de tres días, matricula condicional, caducidad de Matrícula e incluso
si el consejo de profesores lo estima, la propuesta de traslado a otro
establecimiento de la CORMUVAL. En casos extremadamente graves se podrá
proceder a la desvinculación inmediata del alumno. La dirección ratificará o
rechazará dicha medida.
Faltas Gravísimas, serán entre otras:
FALTAS GRAVISIMAS POR RESPONSABILIDAD
c1. Observaciones graves por irresponsabilidad registradas en hoja de vida
e informadas al apoderado (3 observaciones).
c2. Llega atrasado más de 5 veces en el año.
c3. Por tener una inasistencia superior al 15% semestral, sin justificación.
c4. Inasistencia del apoderado a 2 reuniones seguidas o 3 reuniones
discontinuas en el semestre.
FALTAS GRAVISIMAS POR CONDUCTA
c5. Por lesiones graves y dolosas y otras formas de agresión física, verbal,
psicológica y/o virtual de un alumno a otro miembro de la comunidad educativa.
c6. Por acciones constitutivas de acoso escolar o bullying.
c7. Por consumo, porte, microtrafico y trafico de bebidas alcohólicas y
drogas.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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c8. Sale de la escuela sin conocimiento y autorización de Inspectora General
y/o Encargada de Convivencia. (fuga)
c9. No se presenta intencionadamente a la escuela (cimarra).
c10. Observaciones graves por indisciplina registradas en la hoja de vida e
informadas al apoderado (3 observaciones).
c11. Por copia en una evaluación en dos o mas oportunidades.
c12. Fuma, bebe bebidas alcohólicas o consume drogas en el recinto escolar
o con uniforme en la calle.
c13. Por robo y/o hurto comprobado de bienes institucionales o personales en
la escuela.
c14. Por realizar actividades comerciales de venta dentro de la escuela sin
autorización.
c15. Falsificación de firmas y/o notas de cualquier documento público de la
escuela, como en agenda, cuadernos y otros.
c16. Porte y distribución de instrumento de evaluación.
c17. Porte de armas o elementos cortopunzantes que puedan atentar contra
la integridad de los demás.
c18. Por acciones en contra de los principios éticos y la moral calificadas por
la legislación vigente.
c19. Por afectar en forma grave la imagen institucional.
c20. Por subir a las redes de Internet u otras, textos, correos, imágenes o
videos que dañen a la institución.
c21. Por agresión física, verbal y/o virtual del apoderado de un alumno hacia
un miembro de la comunidad educativa.
c22. Presentación, distribución o comercialización de material pornográfico.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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c23. Mantener la condicionalidad por mas de dos semestres.
c24. Por abuso sexual evidenciado hacia un miembro de la comunidad
educativa.
c25. Por acto de discriminación evidenciado hacia un miembro de la
comunidad educativa.
c26. Escupe a un miembro de la comunidad educativa.
c27. Por cualquier acto constitutivo de delito.
c28. Mentir u omitir información relevante.
c29. Cualquier infracción gravísima no contemplada en la enumeración
anterior.
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Protocolo de acción ante faltas Gravísimas:
1. Amonestación verbal
2. Expulsión de la sala de clases con permanencia en el establecimiento.
Se debe llamar al Paradocente de Ciclo, quien deberá retirar al
alumno de clases y derivar a Encargada de Convivencia Escolar, quien
tratará el caso con entrevista personal al alumno, e informará al profesor
Jefe del Curso respectivo.
3. Citación al apoderado. El profesor Jefe y/o Encargada de Convivencia
Escolar deberá citar mediante agenda y via telefónica al apoderado. La
entrevista deberá quedar registrada en Hoja de Vida del alumno y
Bitácora del curso, consignando la firma del apoderado en ambos
registros.
4. Conversación con el alumno con el objetivo de conocer las motivaciones
de éste.
- Ayudarlo a tomar conciencia de cómo su falta afecta a la convivencia
escolar
- En el caso de las faltas que no atenten contra la integridad de las
demás personas, se le dará un espacio para que adquiera un
compromiso de no reiterar la falta sancionada, registrando todo lo
anterior en: Hoja de Vida del alumo y Hoja de Entrevista.
- Si el caso lo amerita, se solicitará la reparación del daño provocado a
materiales o infraestructura del establecimiento.
- En el caso necesario se solicitarán disculpas públicas y/o individuales
a los afectados, y/o Trabajo de apoyo en la escuela en horario contrario
a clases.
- Se suspenderá de clases al alumno por un total de hasta 3 días.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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5. Se realizará seguimiento de modificación conductual mediante la
revision de la planilla de faltas.
6. Si la falta reviste daño para otras personas, es una falta reiterada o el
caso lo amerita, se podrá proceder a la condicionalidad de matricula,
propuesta de retiro o desvinculacion inmediata del alumno.
7. En el caso de las faltas que constituyen un delito, la direccion de la
escuela tiene el deber de dar aviso a Carabineros.
8. El consejo disciplinario evaluará los avances del alumno en cuanto al
cumplimiento de sus compromisos, durante la reunion bimensual
habitual; y decidirá la permanencia de la sanción, o la revocará.
CONDUCTAS MERITORIAS
PROCEDIMIENTO:
Es responsabilidad de los agentes educativos del Establecimiento fortalecer las
conductas positivas destacables de los alumnos(as).
Las conductas Meritorias serán aquellas conductas que se destacan por favorecer la
convivencia escolar armónica, que tiendan al bien común, al adecuado desarrollo
personal y/o al logro escolar destacado.
Las conductas meritorias serán tratadas de acuerdo al siguiente procedimiento:
Constancia en el Libro de Clases
Felicitación verbal y/o escrita al alumno
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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Informe escolar
Citación al apoderado
Cuadro de Honor
Premios al término del Año Escolar, en Acto de Finalización
Estímulos según casos especiales.
Algunas de las conductas meritorias son:
OBSERVACIONES POSITIVAS POR RESPONSABILIDAD
d1. Felicitaciones por su buen rendimiento.
d2. Felicitaciones por su trabajo y esfuerzo en clases.
d3. Presenta un excelente trabajo.
d4. Cumple con sus tareas, deberes y compromisos de la asignatura.
d5. Felicitaciones por su responsabilidad.
d6. Alumno que se destaca por su asistencia.
d7. Alumno que se destaca por su puntualidad.
d8. Cuida permanentemente sus útiles escolares y sus pertenencias.
d9. Cuida de su aseo y presentación personal.
d10. Se presenta siempre con uniforme oficial de la escuela, ordenado y
limpio.
d11. Se presenta siempre con el uniforme reglamentario para Ed. Física.
d12. Se destaca por la limpieza y cuidado de su capa o cotona.
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OBSERVACIONES POSITIVAS POR CONDUCTA
d13. Felicitaciones por su creatividad.
d14. Felicitaciones por su constancia en el estudio.
d15. Se ha superado en su conducta negativa.
d16. Felicitaciones por su actitud de liderazgo positivo.
d17. Alumno solidario con sus compañeros, educadores y asistentes de la
educación.
d18. Felicitaciones ha mejorado su conducta.
d19. Se destaca por su excelente disciplina.
d20. Felicitaciones por su espíritu de servicio.
d21. Alumno que se destaca por su participación en actividades artísticas,
culturales y deportivas.
d22. Alumno que se preocupa por el cuidado de los bienes materiales de la
escuela.
d23. Colabora en la mantención del aseo del aula y patios.
d24. Es respetuoso/a con sus compañeros, profesores y asistentes de la
educación.
d25. Se felicita por su honradez.
d26. Mantiene buenas relaciones personales con sus compañeros.
d27. Comparte positivamente con sus compañeros.
d28. Expresa sus ideas y opiniones en forma positiva.
d29. Busca soluciones positivas a los problemas que se le plantean.
d30. Colabora con el docente de asignatura y profesor jefe.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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d31. Participa de manera entusiasta en actividades internas del curso.
d32. Representa con entusiasmo y responsabilidad a la escuela.
d33. Expresa sus ideas usando un buen vocabulario-
d34. cualquier acción positiva no contemplada en la enumeración anterior.
OBSERVACIONES
Las conductas negativas serán tratadas siguiendo un proceso de Modificación
conductual, el cual se basa en la comunicación que podamos establecer con nuestros
alumnos y alumnas, por lo que frente a cualquier conflicto, el diálogo entre las partes
debe prevalecer (el diálogo supone que ambas partes exponen sus puntos de vista)
teniendo siempre en consideración que nuestro objetivo como educadores es modificar
la conducta negativa.
(1) Amonestación Verbal: Llamado de atención al alumno o alumna con motivo
de incurrir en faltas graves pudiendo efectuarla cualquier docente de la
comunidad o paradocente, tanto en el interior del recinto escolar como en
su entorno, cuando el alumno/a porta el uniforme del establecimiento. Se
espera del alumno una actitud positiva al llamado de atención y un cambio
de actitud ante los errores que incurre.
(2) Expulsión de la sala de clases con permanencia en el establecimiento:
Salida del alumno del lugar de trabajo por situación conductual grave,
permaneciendo en el establecimiento con actividades pedagógicas y bajo
la supervisión de los paradocentes y/o docentes.
(3) Citación al apoderado: Para todo efecto de sanción disciplinaria se citará al
apoderado para comunicar la situación y hacer compromiso con alumno/a
y apoderado para modificar la conducta que se presenta. Es obligación del
apoderado asistir a éstas.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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(4) Trabajo de apoyo en la escuela en horario contrario a clases: El alumno
debe permanecer en el establecimiento en tiempo extra a su jornada
escolar realizando actividades pedagógicas bajo la supervisión de
paradocentes y/o docentes.
(5) Inicio Ficha de registro y seguimiento de modificación conductual: En
situaciones donde los alumnos/as reiteran las faltas, luego de asumir un
compromiso de cambio, el Profesor/a Jefe solicitará la intervención de la
Dirección mostrando los antecedentes conductuales del alumno/a a través
de un informe que contenga las faltas cometidas, así como los
procedimientos con que se han tratado dichas faltas (conversaciones,
compromisos, citaciones al apoderado, etc.). Una vez que el Profesor/a
Jefe presente los antecedentes, la Dirección abrirá una Ficha de
Seguimiento Conductual con el objetivo de observar el proceso y registrar
las intervenciones realizadas por el establecimiento.
(6) Suspensión de clases: Ante situaciones de faltas gravísimas, será aplicada
esta sanción que consiste en suspender al alumno de toda actividad
curricular y extracurricular durante el tiempo que dure la medida
disciplinaria. Ésta sanción se hará efectiva desde el momento que se le
informa al apoderado de la situación disciplinaria.
En el caso de presentarse reiteradas suspensiones a clases, la Dirección
del establecimiento tiene la facultad de citar a un Consejo Extraordinario de
profesores para analizar los antecedentes del alumno y acordar nuevas
medidas.
(7) Condicionalidad de matrícula: La condicionalidad es un proceso de apoyo
y de monitoreo de la conducta integral del alumno por parte de la Dirección
inserto en el Proceso de Modificación conductual estableciendo plazos y
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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límites para realizar cambios significativos en la conducta, condicionando
su permanencia en el establecimiento.
(8) Aviso de Caducidad de Matrícula.
(9) Cancelación de matrícula: Ante situaciones de alumnos/as que no han
reaccionado positivamente al proceso de modificación conductual y/o que
presentan una situación disruptiva que transgrede completamente las
normas del establecimiento, la Dirección planteará la cancelación de
matrícula, la que se decidirá en consulta a Consejo de Profesores. Una vez
que la decisión esté tomada, la Dirección del establecimiento gestionará el
traslado a otro establecimiento de la Corporación.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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Artículo XLVIII. Derecho de defensa
Todo estudiante que sea sancionado, tendrá derecho a ser escuchado en su defensa
de los cargos que se le hagan, mediante una conversación que se tendrá con el
estudiante una vez que se le decida sancionar. Si los argumentos que el estudiante
esgrime son considerados válidos por la autoridad de la Escuela (Directora,
Coordinadores), la sanción será revocada. Así mismo una vez que la sanción sea
aplicada el estudiante con el apoyo de su apoderado podrá, mediante una carta, apelar
a la sanción, con compromiso de acciones concretas, que den cuenta de un cambio
positivo por parte del propio estudiante y del apoderado. Esta carta será evaluada por
los directivos en consulta a los profesores y se comunicará la respuesta al apoderado
en el plazo de una semana.
Todo estudiante sancionado con alguna de las medidas establecidas, exceptuando la
de expulsión, tendrá una sesión de consejería y apoyo conductual con el Coordinador
de Convivencia. En dicha sesión se ofrecerá al estudiante un plan de trabajo y un
programa de cambio conductual que él libremente aceptará como un compromiso de
cambio y mejora conductual.
Artículo XLIX. Acerca de ley de Consumo de drogas, alcohol y tabaco
1) De lo permitido y no permitido
A.- Sobre las drogas ilegales: No está permitido el consumo, venta, ni posesión de
cualquier tipo de sustancia considerada como droga en la Ley de la República 19.366,
dentro del establecimiento y, fuera de él, en aquellas actividades que sean organizadas
o auspiciadas por éste.
B.- Sobre los psicofármacos: No está permitido el consumo, venta, ni posesión de
psicofármacos dentro de la Escuela ni fuera de él, en aquellas actividades que sean
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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organizadas o auspiciadas por éste, exceptuando a las personas que, por tratamiento
médico controlado (con receta), tengan que ingerir alguna sustancia de este tipo en la
Escuela para su salud. Esta situación se debe informar a la Directora de la Escuela o
al Profesor Jefe del curso correspondiente.
C.- Sobre el alcohol: No está permitido el consumo, venta, ni posesión de alcohol
dentro de la escuela, así como el ingreso al establecimiento bajo la influencia del
alcohol.
D.- Sobre el tabaco: No está permitido el consumo, venta, ni posesión de tabaco en la
Escuela, bajo ninguna condición y en ninguna actividad, según lo establecido por la ley
n°19.419.
2) De las medidas
A.- Sobre las drogas ilegales: marihuana, u otra.
La venta o distribución de drogas dentro de la Escuela amerita la expulsión del
estudiante, además de aviso y denuncia a Carabineros.
En el caso de que se detecte a un estudiante consumiendo droga o en posesión de
ella se informará a los padres y se dará aviso a Carabineros, realizando la
correspondiente denuncia. Luego, se le apoyará en conversación con el profesor jefe,
Coordinador de Convivencia y Psicólogo, quienes determinarán los pasos más
adecuados a seguir.
B.- Sobre los psicofármacos
En caso de venta o distribución: La venta o distribución de psicofármacos dentro de la
escuela amerita la expulsión del estudiante y la denuncia penal correspondiente.
En caso de consumo: En el caso de que se detecte a un estudiante consumiendo
psicofármacos o bajo su influencia, sin prescripción médica, se informará a los padres.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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Luego, se le apoyará en conversación con el profesor jefe y UPIJ, quienes
determinarán los pasos más adecuados a seguir. Si durante este proceso el o la
estudiante no evoluciona positivamente, se exigirá al apoderado tratamiento con
especialista. Estas acciones quedarán registradas en la Hoja de Vida del estudiante,
resguardando adecuadamente, su privacidad.
Tanto la atención profesional como su seguimiento y tratamiento son de
responsabilidad absoluta del apoderado, quien deberá mantener informado del
proceso al Profesor Jefe y/o Coordinador de Convivencia.
C.- Sobre el alcohol
Venta o distribución de alcohol: La venta de alcohol dentro de la escuela, amerita la
expulsión del estudiante, además de el correspondiente aviso y denuncia ante
Carabineros.
Consumo de alcohol: En el caso de que se detecte a un estudiante consumiendo
alcohol en el colegio o en sus alrededores, portándolo o bajo su influencia, se informará
a los padres. Luego, se le apoyará en conversación con el profesor jefe, el Coordinador
de Convivencia y el profesional de apoyo, quienes determinarán los pasos más
adecuados a seguir. Estas acciones quedarán registradas en la Hoja de Vida del
estudiante, resguardando adecuadamente, su privacidad.
D.- Sobre el tabaco:
Este Protocolo de Convivencia establece como falta de carácter Gravísima (Artículo
nº17), el hecho de detectar a un estudiante fumando, portando, distribuyendo o
vendiendo tabaco, dentro del establecimiento. Conforme al artículo 10 de la Ley N°
19.419 La sanción para esta falta es “Condicionalidad de matrícula por un semestre”,
evaluándose al término de este período dicha condición. En el caso de no existir
reincidencia, se levantará la condicionalidad. En caso contrario se caducará la
matrícula para el año siguiente. Todo este procedimiento será informado por el
Coordinador de Convivencia al apoderado, en entrevista personal.
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Todas las situaciones descritas anteriormente son de confidencialidad de las personas
y/o autoridades que analizarán los casos, y las personas involucradas velarán porque
se cumpla con esta disposición, a menos que la seguridad del estudiante amerite
quebrantar este acuerdo de confidencialidad.
Las faltas que no estuvieren especificadas en este Protocolo serán debidamente
analizadas por el Equipo Directivo del Establecimiento y las sanciones aplicadas serán
comunicadas al apoderado y al estudiante.
Artículo L. De la Asistencia a clases y su justificación.
Considerando la importancia que tiene para nuestra Escuela que los estudiantes
permanezcan en él la mayor cantidad del tiempo para participar de todas las
actividades planificadas y, de esta forma, lograr el mejoramiento de la Calidad de los
aprendizajes y asegurar la rigurosidad de los procesos, las inasistencias a clases
deberán ser justificadas en la agenda cuando el estudiante se presente de vuelta a la
Escuela.
Si el estudiante cumple tres inasistencias sin justificar, se citará al apoderado, para
solicitar respeto a esta normativa.
Las inasistencias prolongadas por enfermedad podrán justificarse solamente con
certificado médico, presentado en Inspectoría General, este certificado justifica la
inasistencia, pero no afecta el porcentaje de ésta.
No tendrán validez las justificaciones que no estén registradas en la agenda.
Artículo LI. Inasistencia a actividades evaluadas
Frente a la inasistencia a una actividad evaluada, el docente debe aplicar lo estipulado
en nuestro reglamento de evaluación.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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Si el estudiante no se presenta a una evaluación calendarizada y avisada, será
calificado con nota mínima.
La no rendición de una evaluación sin justificación es considerada como una falta grave
según el presente reglamento, por lo que se seguirá además, el protocol de acción
presentado en el artículo III.
Artículo LII. Permanencia y Salidas de la escuela
Los estudiantes deben permanecer en el establecimiento durante todo el período de
clases y/o en las actividades extraprogramáticas a las que se compromete.
Durante las horas de clases los estudiantes deben permanecer en la sala, no pudiendo
salir de ella sin permiso expreso del profesor.
Los estudiantes no deben ser retirados de clases antes del término de éstas. En caso
de ser absolutamente necesario (citaciones médicas), el estudiante sólo podrá ser
retirado del establecimiento por su apoderado o por quién éste determine mediante
comunicación escrita vía agenda a la Inspectora General.
Artículo LIII. Salidas pedagógicas
Considerando que el apoderado, al matricular a su pupilo en esta escuela,
reconoce que las salidas pedagógicas forman parte del proceso formativo y
evaluativo del estudiante, que son obligatorias y que se requiere de su autorización
expresa, es que se realizará el siguiente procedimiento:
a) Se informará con anterioridad (2 días mínimos) al apoderado, y por escrito,
de la salida pedagógica, indicando día, hora y lugar de ésta.
b) Se recogerá la Autorización de Salida firmada por el apoderado y se dejarán en
Coordinación De Convivencia un día antes de la salida.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
112
c) Se realizará una actividad evaluativa de la salida pedagógica y de
su contenido.
Artículo LIV. Cuidado de infraestructura y materiales
Todo deterioro causado intencional o no intencionalmente a útiles, muebles y
dependencias de la Escuela provocado por un estudiante, debe ser reparado. Será
responsabilidad del apoderado asumir el costo que implique la reposición, cuyo
presupuesto y condiciones de reposición, será determinado por la Directora del
Establecimiento, calculando el costo de los materiales y el pago de la mano de obra
de la reparación.
El hecho será registrado en la Hoja de Vida del estudiante, así como los resultados
de su reparación.
El deterioro se considerará como una falta grave, si no hay reposición en el plazo
acordado se estipulará falta gravísima.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
113
Artículo LV. PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN EN CASO DE VIOLENCIA
ESCOLAR, BULLYING Y ACOSO ESCOLAR
I. INTRODUCCIÓN
La Escuela Juan de Saavedra cumpliendo con la normativa legal de la Ley Nº 20.536
Sobre Violencia Escolar, que persigue atender situaciones de acoso y violencia
escolar (intimidación, matonaje, exclusión, amenazas y discriminación en sus formas
físicas, relacional y ciberbullying) ha desarrollado el presente protocolo para abordar
esta problemática.
Entre las manifestaciones de Violencia se encuentran: violencia psicológica, física,
sexual, por razones de género, a través de medios tecnológicos.
Por ello a partir de los lineamientos de nuestro Proyecto Educativo Institucional en
donde se postula que la escuela es un lugar donde se promueve la buena convivencia
social y afectiva, que promueve los valores institucionales como el respeto, tolerancia,
humildad, honestidad, solidaridad, responsabilidad y el conocimiento de sí mismo.
Los problemas de violencia escolar requieren de un abordaje sistémico, fortaleciendo
los procesos formativos de los estudiantes en los distintos niveles y espacios
educativos, considerando a todos los actores de la comunidad educativa, desde la
dirección hasta el personal auxiliar.
La prevención y abordaje del bullying comienza por reconocer el problema y sus
consecuencias, atendiendo la recuperación tanto del que comete la agresión como de
la víctima.
I.I Definición
Bullying es una conducta intencionada, repetida e injustificada de maltrato que realiza
uno o varios sujetos en contra de una(s) víctima(s), provocándole graves efectos
negativos. Se presenta a través de cualquier palabra, mirada, gesto o acto que hiere
el cuerpo, sentimientos o propiedad de un estudiante.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
114
- Es un comportamiento agresivo de menoscabo, solapado y escondido, y en
algunos casos anónimos.
- Se instala en una relación interpersonal asimétrica de poder.
- Es recurrente durante un período de tiempo, intencionado y sistemático.
- Puede ser una dinámica individual o grupal realizada en forma directa o indirecta
(desde maltrato verbal, físico, hasta ciberbullying).
II. MEDIDAS PREVENTIVAS DE LA ESCUELA JUAN DE SAAVEDRA
Medidas preventivas permanentes Responsable(s)
1. Realizar un diagnóstico mediante una encuesta a los estudiantes, para medir el nivel de violencia escolar en los distintos cursos y niveles escolares (año 2016).
Profesores Jefes y equipo de convivencia.
2. Capacitación interna de profesores, inspectores, auxiliares y administrativo (año 2016).
Equipo de Habilidades para la Vida.
3. Incorporar esta temática (protocolos) en plan de inducción al personal actual y nuevo.
Equipo de Convivencia Escolar.
4. Formación de apoderados: Incorporar los contenidos de protocolos a tratar en Escuela para Padres y reuniones de apoderados (año 2015).
Equipo de Convivencia Escolar. Profesores Jefes
5. Informar sobre protocolo de Violencia Escolar y bullying a toda la comunidad (año 2015).
Equipo de Convivencia Escolar. Equipo de Habilidades para la Vida. Profesor Jefe.
6. Entrevistas del profesor jefe con los estudiantes con la temática del bullying (año 2016).
Profesor Jefe Equipo de Habilidades para la Vida.
7. Incorporación actividades sobre bullying y/o Convivencia Escolar en el Taller de Desarrollo Personal (dependiendo de cursos con esa problemática).
Jefa de U.T.P Equipo de Habilidades para la Vida. Profesor jefe en la implementación.
8. Permanencia constante de inspectores de patio en los recreos, para observar comportamiento de los estudiantes y maneras de relacionarse.
Inspectores.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
115
9. Fomentar los valores de la buena convivencia escolar en jornadas de Desarrollo Personal, acorde al Proyecto Educativo Institucional.
Profesores Jefes Jefa de U.T.P Equipo de Habilidades para la Vida.
10. Fomentar el trabajo en equipo, la tolerancia y el respeto en los talleres extra programáticos y actividades tales: como celebración del día del alumno, aniversario de la escuela, finalización de semestre.
Profesores a cargo de talleres y coordinador de actividades extra programáticas.
Difundir explícitamente las consecuencias y sanciones asociadas a las conductas de bullying (Reglamento Interno).
Profesor Jefe, Inspectoría
12. Fomentar los buenos modales como una forma de generar un clima favorable (saludo, despedida, por favor, permiso, gracias). Reforzar conductas positivas, más que resaltar las negativas. Ayudar a determinar claramente cuáles son las situaciones de abuso, definirlos en (groserías, maltratos,matonaje, ofensas, etc.).
Profesores Jefes Profesores de Asignatura. Toda la comunidad educativa.
13. Centralizar la información en el Equipo de convivencia escolar y profesor jefe. Registrar los eventos en la hoja de vida de los alumnos/as.
Profesor Jefe. Profesor de asignatura. Equipo de Convivencia Escolar. Inspectores de patio. Auxiliares.
14. Incorporar los valores que promueven la buena convivencia como contenido transversal en las planificaciones de las diferentes asignaturas intencionado el trabajo formativo del desarrollo de los valores/actitudes del PEI .
Equipo de Convivencia Escolar. Profesores jefes. Profesores de asignatura.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
116
III. CLASIFICACIONES DE VIOLENCIA ESCOLAR
Es importante tener presente las siguientes clasificaciones de Violencia:
1. Agresividad: Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como una forma
de enfrentar situaciones de riesgo, es esperable en toda persona que se ve enfrentada
a una amenaza que eventualmente podría afectar su integridad. La agresividad no
implica, necesariamente un hecho de violencia, pero cuando está mal canalizada o la
persona no logra controlar sus impulsos, se puede convertir en una agresión o
manifestarse en hechos de violencia. Los impulsos agresivos deben modulados,
orientados y canalizados mediante la autorregulación, el autocontrol y la
autoformación.
2. Conflicto: Involucra a más de dos personas que entran en oposición o desacuerdo
debido a intereses, verdadera o aparentemente incompatibles.
El conflicto no es sinónimo de violencia, pero un conflicto mal abordado o que no es
resuelto a tiempo puede derivar en situaciones de violencia.
es un hecho social. Debe ser abordado y resuelto, no ignorado y para ello existen
mecanismos como la mediación, la negociación y el arbitraje.
Violencia: Existen diversas definiciones de violencia según la perspectiva que se
adopte. Todas tienen en común dos ideas básicas:
1.- El uso legítimo del poder y de la fuerza, sea física o psicológica.
2.- El daño al otro como una consecuencia.
Es un aprendizaje, no es un hecho o condición natural de las personas. La violencia
debe ser erradicada mediante prácticas solidarias, pacificas que fomenten el dialogo y
la convivencia social.
3. Bullying: Es una manifestación de violencia en la que un estudiante es agredido/a
y se convierte en victima al ser expuesta de forma repetida y durante un tiempo, a
acciones negativas por parte de uno o más compañeros/as. Se puede manifestar como
Maltrato psicológico, verbal o físico que puede ser presencial, es decir directo, o
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
117
mediante el uso de medios tecnológicos como mensajes de texto, amenazas
telefónicas o través de redes sociales de Internet. Según el Art. 16 B se entiende por
Bulling: “ matonaje, acoso escolar, hostigamiento o bulling. La ley sobre Violencia
Escolar lo define como “toda acción u omisión constitutiva de agresión u
hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento
educacional para estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en
contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad
o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato,
humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya
sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio tomando en cuenta su edad
y condición”.
El Bulling tiene tres características centrales que permiten diferenciarlo de otras
expresiones de violencia:
- Se produce entre pares.
- Existe abuso de poder.
- Es sostenido en el tiempo, es decir se repite durante un periodo indefinido.
Es una de las expresiones más graves de violencia y debe ser identificada, abordada
y eliminada del espacio escolar de manera decidida y oportuna, con la participación de
toda la comunidad escolar.
Se consideran constitutivas de Maltrato Escolar entre otras, las siguientes conductas:
- Proferir insultos y garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender
reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
- Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de
cualquier otro miembro de la unidad educativa.
- Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la unidad educativa.
- Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar en forma
reiterada o burlarse de un alumno u otro miembro de la unidad educativa.
- Discriminar a un integrante de la unidad educativa, ya sea por su condición
social, situación económica, pensamiento político, ascendencia étnica, nombre,
nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defecto físico o cualquier otra
circunstancia.
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118
- Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o cualquier otro miembro
de la unidad educativa a través de chat, blog, mensajes de texto, correos electrónicos,
watshap, foros, servidores que almacenen videos o fotografías, sitios web, celulares o
cualquier otro medio tecnológico virtual o electrónico.
- Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de
maltrato escolar.
- Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando, sean
constitutivos de delito.
IV. PROTOCOLO EN CASO DE VIOLENCIA ESCOLAR
A continuación, se da a conocer el Protocolo de Actuación frente a Violencia
Escolar de acuerdo a información entregada por el alumno o por el apoderado.
A. Información entregada por el alumno/a
El relato o la denuncia de un alumno o de algún testigo debe ser realizada en
forma verbal y cuando se le solicite en forma escrita en primera instancia al profesor
de asignatura, profesor jefe, o en su defecto a un paradocente o inspector de patio,
jefa de U.T.P o directora de la escuela.
ACTUACIÓN FRENTE A FALTAS CALIFICADAS COMO GRAVES SEGÚN EL
PRESENTE REGLAMENTO INTERNO.
Pasos Acción Responsable
1° Inmediatamente registrar lo denunciado en la hoja de vida del alumno.
Persona que reciba la denuncia.
2° Entrevistar a los involucrados. Persona que recibe la denuncia.
3° Reflexionar junto con los involucrados e identificar el problema y darle solución de forma inmediata.
Persona que recibe la denuncia.
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4° Intentar que los alumnos se pidan disculpas, se reconcilien y se comprometan a no repetir la falta.
Persona que la denuncia.
5° Registrar el compromiso de los alumnos en hoja de vida del libro de clases.
Persona que recibe la denuncia.
6° Dar a conocer situación a Encargada de Convivencia registrando y firmando el acuso recibo de la información en el Acta de entrega de información. Plazo de 24 hrs.
Persona que recibe denuncia.
7° La Encargada de Convivencia Escolar toma conocimiento de la información evaluando si existe reincidencia de los hechos con los alumnos involucrados.
Encargada de Convivencia Escolar.
8° Si los involucrados han sido reincidentes en la falta se aplica sanción disciplinaria de acuerdo a la gravedad estipulada en manual de convivencia.
Encargada de Convivencia Escolar.
9° Citación a entrevista apoderado para dar a conocer la situación disciplinaria del alumno.
Encargada de Convivencia Escolar.
10° Entrega de información de la situación de violencia escolar por vía escrita utilizando Acta para este efecto a Directora de la escuela.
Encargada de Convivencia Escolar.
ACTUACIÓN FRENTE A FALTAS CALIFICADAS COMO GRAVÍSIMAS SEGÚN EL
PRESENTE REGLAMENTO INTERNO.
Pasos Acción Responsable
1° Inmediatamente registrar lo denunciado en la hoja de vida del alumno.
Persona que reciba la denuncia.
2° Entrevistar a los involucrados. Encargada de Convivencia Escolar
3° Citación INMEDIATA a apoderado para dar a conocer la situación disciplinaria del alumno.
Encargada de Convivencia Escolar
4° Se informará a las autoridades correspondientes de la situación. Corporación, tribunales de familia, carabineros, etc.
Directora
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B. Información entregada por el apoderado (a)
Pasos Acción Responsable
1° Entrevistar a los supuestos involucrados, identificando que lo denunciado es real.
Persona que reciba la denuncia.
2° Inmediatamente registrar lo denunciado en la hoja de vida del alumno involucrados (víctima/as y agresor/es).
Persona que recibe la denuncia.
3° Registrar entrevista en hoja de entrevista y hoja de vida de los alumnos.
4° Reflexionar junto con los involucrados e identificar el problema y darle solución de forma inmediata.
Persona que recibe la denuncia.
5° Intentar que los alumnos se pidan disculpas, se reconcilien y se comprometan a no repetir la falta.
Persona que recibe la denuncia.
6° Registrar el compromiso de los alumnos en hoja de vida del libro de clases, y hoja de entrevistas.
Persona que recibe la denuncia.
7° Si es preciso seguir protocolo de bulling, identificarlo para actuar en los tiempos y con las personas precisas.
Equipo de Convivencia Escolar.
8° Citar al apoderado que hizo la denuncia identificando el protocolo de violencia escolar, o en su defecto indicar protocolo a seguir si es caso de bulling.
Encargada de Convivencia Escolar.
Nota: Si la persona que recibe la denuncia es un paradocente, éste deberá seguir el
protocolo realizar hasta el paso N° 3 y luego DEBERÁ OBLIGATORIAMENTE derivar
el caso a Encargada de Convivencia Escolar y/o inspectora de escuela.
ACTUACIÓN FRENTE A FALTAS CALIFICADAS COMO GRAVÍSIMAS SEGÚN EL
PRESENTE REGLAMENTO INTERNO.
Pasos Acción Responsable
1° Inmediatamente registrar lo denunciado en la hoja de vida del alumno.
Persona que reciba la denuncia.
2° Entrevistar a los involucrados. Encargada de Convivencia Escolar
3° Citación INMEDIATA a apoderado para dar a conocer la situación disciplinaria del
Encargada de Convivencia Escolar
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alumno.
4° Se informará a las autoridades correspondientes de la situación. Corporación, tribunales de familia, carabineros, etc.
Directora
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V. PROTOCOLO EN CASO DE BULLING
Pasos Acciones Responsable(s) Tiempo
1° Evaluar la información: 1. Averiguar entrevistar y recopilar información por parte del Equipo de Convivencia Escolar y/o profesor jefe. 2. Registrar la información en la hoja de vida del estudiante.
Equipo de Convivencia Escolar. Profesores Jefes.
1era semana
2° Estrategias: 1 Elaborar estrategias por parte del equipo de Convivencia, profesores jefes y equipo H.P.V. una vez confirmada la situación de bullying, 2 Informar al resto de los profesores de la situación.
Equipo de Convivencia Escolar. Profesores jefes. Equipo de H.P.V
1era semana
3° Acogida y protección de los afectados. 1 Acogida por parte del Equipo de Convivencia Escolar a los estudiantes intimidados, dejando claramente establecido que la escuela no ampara ni permite estas conductas y que lo protegerán. 2 Conversar con los involucrados durante la jornada escolar para recabar información, anotar en hoja de derivación. 3 Contactar inmediatamente a los padres del alumno intimidado para comunicarles que se está tratando el problema y que se les mantendrá informados. 4 Si se considera que la información lo amerita, derivar situación a UPIJ.
Equipo de Convivencia Escolar. Profesor Jefe
2da semana
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4° Entrevista con agresor (es) Conversar con el agresor (Equipo de Convivencia Escolar y/o profesor jefe) para informarse de la situación desde su punto de vista y evaluar el grado de conciencia respecto a lo sucedido. 1. Clarificar que la escuela NO acepta ni ampara situaciones de agresiones, malos tratos, etc. 2. Informar a los involucrados de las consecuencias de sus actuaciones.
Equipo de Convivencia Escolar. Profesor Jefe
2da semana
5° Reportar y determinar medidas a tomar frente a la situación ocurrida: 1. Decidir las sanciones y medidas reparatorias por parte del Equipo Convivencia Escolar. 2. Medidas reparatorias como: compromiso de los involucrados, carta de disculpas individuales y públicas cuando corresponda.
Equipo de Convivencia Escolar Profesor jefe
3° semana
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6° Informar de los hechos a los apoderados: 1. Citar por separado a los apoderados y comunicar situación ocurrida, tanto a los apoderados de la víctima como los agresores. 2. Informar acerca de las sanciones y reparaciones que el estudiante agresor debe realizar. 3. Solicitar la intervención de un especialista para ayudar efectivamente a los estudiantes involucrados 4. Dejar en claro con los padres que la escuela NO acepta ni ampara situaciones de agresiones por muy menores que estas se estimen. 5. Informar de las sanciones que se aplicarán aunque los apoderados no estén de acuerdo o se nieguen a firmar la constancia de la sanción. Se persigue que el estudiante recapacite frente a su conducta negativa y logre un cambio. 7. Registrar y firmar entrevista con los 6. padres.
Equipo de Convivencia Escolar. Profesor jefe. Psicologo. Equipo H.P.V
3era semana
7. 8. Solicitar a los apoderados que 8. conversen con sus hijos sobre el tema y les hagan ver la gravedad de lo ocurrido y la importancia de establecer buenas relaciones con los demás aportando a una buena convivencia en comunidad. 9.
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125
7° Aplicación de sanciones y seguimiento de la situación: 1. Aplicar las sanciones manteniendo la supervisión y seguimiento de ellas. 2. Mantener un seguimiento de las relaciones de los estudiantes involucrados en la situación. 3. Mantener seguimiento de los apoderados involucrados en la situación para reportar la actitud después de lo sucedido. 4. Mantener entrevista periódica con los estudiantes involucrados. 5. Evaluar derivación de los estudiantes involucrados a la red de apoyo según corresponda. 6. Actividades e intervención en taller de desarrollo personal y/o orientación para modificar conductas de bullying en los cursos afectados, tomando en consideración los grados de ansiedad de la víctima. 10.
Equipo de Convivencia Escolar. Equipo H.P.V Profesor jefe. Profesores de asignatura. Inspectores de patio. Red de apoyo (consultorio, PPF, Multisistémico, etc)
3era y 4ta semana
8° 11. Realizar informe para ser enviado a equipo de Convivencia Escolar SLEP 12. 1. Enviar informe de protocolo de actuación. 13. 2. Enviar copias de toda la información, recopilada como hojas de vida de los alumnos, entrevistas alumnos y apoderados, actuación de psicólogos y redes de apoyo, evidencias de intervención grupal, compromisos, etc.
Equipo de Convivencia Escolar.
4ta semana
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126
VI. CRITERIOS GENERALES EN CASO DE BULLYING.
A. Sanciones y medidas remédiales en el caso de los agresores:
Las sanciones por bullying serán aplicadas respecto de la gravedad del evento.
1. Advertencia escrita al o los agresores registrada en su hoja de vida.
2. Frente a una reiteración de la conducta se condicionará la matricula o se podrá
solicitar el traslado.
3. Se promoverá con los estudiantes la toma de conciencia de sus acciones y las
consecuencias que ellas podrían llegar a tener, tanto para las víctimas como para los
agresores.
4. Reparación del daño causado a través de las actividades previamente
determinadas, de acuerdo a la gravedad y edad del estudiante. (Reponer objeto roto o
dañado, cartas, disculpas públicas, otros.
5. Se derivará para atención de red apoyo con profesional en caso que la situación
lo amerite. En el caso de no cumplir con la derivación, la escuela dejara condicional
por conducta al estudiante, se informará a SLEP.
6. De acuerdo a la falta, cancelación de matrícula para el estudiante que persiste
en conductas agresoras, a pesar de haber recibido tratamiento y/o apoyo necesarios.
B. Medidas remédiales en caso de la víctima:
1. Resaltar lo importante y positivo que es informar y conversar la situación que lo
aflige.
2. Dar seguridad y acogida a la víctima.
3. Se entregará apoyo a través de:
- Equipo de Convivencia Escolar.
- Profesor jefe.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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- Compañeros de curso.
- Derivación a profesional según sea el caso.
- Integrarlo (a) a red de apoyo y/o talleres que fortalezcan su autoestima, ejemplo:
Talleres extraprogramaticos de su agrado.
C. Procedimientos de información:
1. Frente a una situación de bullying (el profesor jefe o persona informada de la
situación) actuará inmediatamente de acuerdo al Plan de Acción de este protocolo.
2. El profesor jefe y un miembro del Equipo de Convivencia Escolar debe
comunicarse a la brevedad con los apoderados de los estudiantes involucrados
solicitando su colaboración y confianza asegurándoles que la escuela está abordando
la situación y que les mantendrá informado de los procesos.
3. Tratar el tema con confidencialidad, cuidando en extremo la sobre exposición
de las víctimas.
4. Actuar con prudencia y ecuanimidad, ajustándose estrictamente a los hechos
ocurridos.
5. Al término del semestre escolar se evaluará si el evento fue superado o no por
las partes y se tomarán las remédiales para el próximo año.
D. Otras medidas remediales:
Acciones Responsable(s)
Difundir material visual antibullying Equipo de Convivencia Escolar
Entrevistar a los estudiantes involucrados en situaciones de bullying en años anteriores para conocer su evolución con informes de especialistas.
Equipo de Convivencia Escolar Profesor jefe
Entrevistar a los estudiantes más dañados y hacer seguimientos de los tratamientos con red de apoyo.
HPV Red de apoyo
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Entregar material informativo respecto al bullying Con guías de trabajo, para padres e hijos de Kínder- 8° año.
Equipo de Convivencia Escolar Equipo de H.P.V. Profesores jefes
E. Sugerencias.
1. Para la familia:
Controlar los medios de comunicación y las redes sociales en el hogar.
Fortalecer las instancias de vida familiar, la comida diaria, las actividades de
fines de semana y vacaciones (familiares).
Ayudar a la reflexión, promover actitudes y estilos positivos a través de la
comunicación
Ser ejemplo modelando estilos respetuosos.
Contener la emoción, dar tranquilidad, ayudar a
reconocer emociones.
No culpabilizar sino responsabilizar.
No permitir grupos excluyentes.
No descalificar ni hablar mal de personas del curso sobre todo delante
de los hijos.
No permitir el maltrato entre hermanos.
Controlar el acceso y uso de juegos electrónicos que incitan a la violencia.
Confiar en los procedimientos y medidas implementados por la escuela pues
estos están pensados en el bienestar y seguridad de todos los estudiantes.
Propiciar un clima de respeto entre las familias involucradas aceptando las
medidas definidas por la escuela.
2. Para los profesores:
En la planificación considerar:
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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Entregar orientaciones frente al uso de los contenidos violentos presentes en
los medios de comunicación y los juegos electrónicos.
Fortalecer las instancias de comunicación familiar (a través de las entrevistas
individuales con los apoderados).
Promover actividades de colaboración.
Incorporar actividades que ayuden a visualizar el problema y reflexionar sobre
este.
Preveer problemas en la conformación de grupos de trabajo (Consultar a
profesores jefes).
Promover el panel de valores del PEI.
Socializar el perfil de la comunidad.
No dejar a los estudiantes sin supervisión (puntualidad,
responsabilidad, presencia en las salas de clases).
En la clase:
Propiciar un buen ambiente y un clima adecuado que promueva el
aprendizaje.
No aceptar faltas de respeto (intervenir en forma inmediata frente a burlas,
lenguaje inadecuado y otros).
Enseñar a escuchar, respetar al otro mientras habla.
3. Para los alumnos:
Reflexionar sobre las consecuencias del bullying en los agresores y en las
víctimas.
Aceptar la responsabilidad y consecuencias de sus actos.
Incentivar el autocontrol.
Ser tolerante ante la diversidad.
No amparar situaciones de bullying en forma expresa o anónima.
Integrar a los compañeros a las actividades del curso.
No descalificar a los compañeros.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
130
4. Para la comunidad:
Comunicación oportuna con los canales adecuados
(profesor jefe, orientador, psicólogo).
Todos los funcionarios reportarán desde su rol cualquier situación que podría
llevar a un acto de agresión.
Cumplir fielmente los turnos activos de patios y comedor.
Socializar este protocolo con todos los estamentos de la comunidad.
5. Para la Dirección:
Promover acciones de buena convivencia para la comunidad.
Promover, implementar y evaluar las políticas anti-bullying a la luz del
proyecto educativo.
Asignar los recursos necesarios para concretizar las políticas anti-bullying.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
131
Artículo LVI. PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE A ALUMNAS
EMBARAZADAS, MADRES ADOLESCENTES Y PATERNIDAD ESCOLAR.
INTRODUCCIÓN
Contar con orientaciones claras en caso de que existan alumnas
embarazadas o futuros padres permite a los directivos, madres, padres, apoderados,
docentes y asistentes de la educación, actuar de modo coherente con su rol formativo
y fortalecer la permanencia de estos estudiantes en el sistema escolar.
Este protocolo contiene información sobre la normativa y los planteamientos del
Ministerio de Educación, en torno a alumnas/os en situación de maternidad y
paternidad que se encuentran en establecimientos educativos. Además, encontrarán
información sobre las redes de apoyo a las que pueden acceder en estos casos.
Todas las indicaciones contenidas en este documento se fundamentan en el deber
que tienen los centros escolares de asegurar el derecho a la educación, brindando
las facilidades que correspondan, para la permanencia de la alumna/o en el sistema
escolar, evitando así la deserción de las alumnas embarazadas y/o madres y los
padres adolescentes.
Estas observaciones se fundamentan en el respeto y valoración de la vida y en los
derechos de todas las personas. Esto NO significa premiar o fomentar el embarazo
adolescente.
DERECHOS DE LAS ALUMNAS EMBARAZADAS Y MADRES
En Chile, se encuentra garantizado el derecho de las alumnas embarazadas
y madres a permanecer en sus respectivos establecimientos educacionales,
sean éstos públicos o privados, sean subvencionados o pagados,
confesionales o laicos.
Es por ello, que la Ley N°20.370/2009 (LGE) Gener al de Educación, Art. 11
señala: “El embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán
impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
132
educación de cualquier nivel, debiendo estos últimos otorgar las facilidades
académicas y administrativas que permitan el cumplimiento de ambos
objetivos”.
Criterios de evaluación: Las alumnas embarazadas podrán ingresar a clases
y rendir normalmente sus actividades académicas y evaluaciones, sin
embargo, si presentan controles médicos o problemas de salud pre y post
parto, que interfieran su asistencia a clases; tendrán todas las condiciones
necesarias para completar y desarrollar actividades de clases o rendir
pruebas en horarios alternativos.
Criterio para la promoción: Las alumnas embarazadas serán promovidas si
completan sus dos semestres o; si fuera necesario por problemas de salud
durante el embarazo, parto y post parto; se hará término anticipado del año
escolar o se les aprobará con un semestre rendido, siempre y cuando
cumplan con la normativa de aprobación por rendimiento estipulada en el
Reglamento de Evaluación para todos los alumnos.
Para las estudiantes embarazadas, no se considera el 85% de asistencia a
clases durante el año escolar, sino que con un mínimo de 60%, esto debe ser
por situaciones derivada por el embarazo como por ejemplo: pre natal, parto,
post natal, control de niño sano, lactancia.
El establecimiento contará con un docente responsable de realizar tutorías,
se privilegiará que esta labor la cumpla el/la profesor/a jefe de la alumna. El
cual llegara de mutuo acuerdo con la estudiante el día y la hora de atención,
además el profesor jefe estará apoyado por U.T.P, Orientación y Capellanía,
según corresponda y según las problemáticas de la o las estudiantes
embarazadas.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
133
RESPECTO AL PERÍODO DE EMBARAZO
Tanto la estudiante embarazada como el progenitor adolescente, tendrá
autorización para concurrir a las actividades que demande el control prenatal
y cuidado del embarazo. Cabe señalar que los derechos son los mismos para
alumnos varones que estén en situación de paternidad.
La alumna tendrá autorización para asistir al baño cuantas veces lo requiera,
resguardando que se cumpla el debido objetivo y no se mal utilice esta
facilidad.
RESPECTO AL PERIODO DE MATERNIDAD Y PATERNIDAD
La madre adolescente determinará el período de alimentación de su hija o hijo
que pudiera ser un máximo de una hora, lo cual estará sujeto a lo que indique
el médico tratante. Este periodo debe estar comunicado formalmente a través
de una carta a la directora de la escuela. El período para entregar la carta
debe ser dentro de la semana de ingreso de la alumna.
El apoderado firmará una carta de compromiso en la cual se detallará el apoyo
que le brindará a su pupila con respecto a sus deberes académicos.
CRITERIOS A CONSIDERAR EN LA ELABORACIÓN DEL PROTOCOLO
Establecer claramente el sistema de evaluación al que la alumna/o puede
acceder como alternativa, en tanto la situación de embarazo o de
maternidad/paternidad le impida asistir regularmente a la unidad educativa.
Establecer criterios para la promoción con el fin de asegurar que las/los
alumnas cumplan efectivamente con los aprendizajes y contenidos mínimos
establecidos en los Programas de Estudio.
No hacer exigible el 85% de asistencia a clases sino que el 60% durante el
año escolar a las alumnas en estado de embarazo o maternidad. Las
inasistencias que tengan como causa directa situaciones derivadas del
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
134
embarazo, parto, postparto, control de niño sano y enfermedades del hijo
menor de un año, se consideran válidas cuando se presenta certificado
médico, carnét de salud, tarjeta de control u otro documento que indique las
razones médicas de la inasistencia.
Se deberá elaborar un calendario flexible que resguarde el derecho a la
educación de estas alumnas y alumnos, brindándoles el apoyo pedagógico
necesario mediante un sistema de tutorías. Nombrar a un docente como
responsable para que supervise su realización.
Señalar que la alumna/o deberá presentar el carné de salud o certificado
médico cada vez que falte a clases por razones asociadas al embarazo,
maternidad o paternidad.
En el caso de que la estudiante tenga una asistencia a clases menor a un
50% durante el año escolar, la directora del establecimiento educacional tiene
la facultad de resolver su promoción. Lo anterior en conformidad con las
normas establecidas en los Derechos Exentos de Educación N°s511 de 1997,
112 y 158, ambos de 1999 y 83 de 2001 o los que se dictaren en su
reemplazo, sin perjuicio del derecho de apelación de la alumna ante la
Secretaría Regional Ministerial de Educación respectiva.
EL PROTOCOLO DE RETENCIÓN DEBE CONTAR CON ACCIONES PARA LA
ETAPA DEL EMBARAZO, DE MATERNIDAD Y DE CRIANZA.
Respecto del período de embarazo:
Establecer, dentro de los derechos de la estudiante embarazada o progenitor
adolescente, el permiso para concurrir a las actividades que demanden el
control prenatal y el cuidado del embarazo, todas ellas documentadas por el
médico tratante o matrona.
En el caso de la alumna, velar por el derecho a ir al baño cuantas veces lo
requiera, sin tener que reprimirse por ello, previniendo el riesgo de producir
una infección urinaria (primera causa de síntoma de aborto).
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
135
Facilitar durante los recreos, que las alumnas embarazadas puedan utilizar
las dependencias de la biblioteca u otros espacios del establecimiento, para
evitar estrés o posibles accidentes.
Respecto del período de maternidad y paternidad:
Brindar el derecho a la madre adolescente a decidir el horario de alimentación
del hijo o hija, que debiera ser como máximo una hora, la que no considera
tiempos de traslado. Evitando con esto que se perjudique su evaluación diaria.
Este horario debe ser comunicado formalmente al directora del
establecimiento educacional durante la primera semana de ingreso de la
alumna.
Cuando el hijo menor de un año, presente alguna enfermedad que necesite
de su cuidado específico, según conste en un certificado emitido por el médico
tratante, el establecimiento dará, tanto a la madre como al padre adolescente,
las facilidades pertinentes, especialmente considerando que esta es una
causa frecuente de deserción escolar post parto.
ALGUNAS CONSIDERACIONES PARA LOS ADULTOS RESPONSABLES DE
LAS Y LOS ESTUDIANTES EN SITUACIÓN DE EMBARAZO, MATERNIDAD Y
PATERNIDAD
Los padres y madres tratan de hacer las cosas de la mejor forma posible para sus
hijos e hijas, y es fácil que se desorienten cuando los ven oscilar entre la dependencia
de un adolescente y la independencia de un adulto. No se pueden extrapolar reglas
y soluciones de adultos a los problemas y situaciones de los adolescentes. Sin
embargo, es importante señalar que para aquellos adolescentes que se sienten
capaces de contarles a sus madres y padres sus temores, fracasos y aspiraciones
sin ser juzgados, hay más posibilidades que se conviertan en adultos seguros y
confiados que aquellos adolescentes que sienten la necesidad de esconderles todo.
Nuestro desafío como adultos responsables de un adolescente es estar atentos
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
136
a sus señales, claras o equívocas y mantener abiertas las vías de comunicación.
Al padre o madre que es apoderado/a de un adolescente en situación de embarazo,
maternidad o paternidad, debe incorporar en este rol las siguientes
responsabilidades:
Informar en el establecimiento educacional que la alumna/o se encuentra en
esta condición. La Directora o Encargada de Convivencia Escolar
responsable le informará sobre los derechos y obligaciones, tanto de la
alumna/o, como de la familia y del establecimiento educacional.
Se podrá firmar un compromiso de acompañamiento al adolescente, que
señale su consentimiento para que la alumna/o asista a los controles,
exámenes médicos y otras instancias que demanden atención de salud,
cuidado del embarazo y del hijo/a nacido, que implique la ausencia parcial o
total de la alumna/o durante la jornada de clases.
Notificar al establecimiento educacional de situaciones como cambio de
domicilio o si el hijo/a en condición de embarazo, maternidad o paternidad
quedará bajo la tutela o responsabilidad de otra persona.
Con el fin de que las alumnas/os en condición de embarazo, maternidad o paternidad
no abandonen el sistema escolar, puedan continuar sus estudios y completar su
trayectoria educativa, los docentes y directivos del establecimiento deben orientar y
asegurarse de que ellos accedan a los beneficios que entrega el Ministerio de
Educación.
El establecimiento educacional debe ingresar en el Sistema de Registro de
Estudiantes Embarazadas, Madres y Padres de JUNAEB a sus estudiantes en esas
condiciones. Dicho registro permite hacer un seguimiento a la trayectoria escolar de
las y los estudiantes, y focalizar esfuerzos para disminuir las tasas de deserción
escolar
CAPITULO VI
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
137
REGLAMENTO DEL CENTRO GENERAL DE PADRES Y APODERADOS
La madre, padre, apoderado, y/o tutor, de los estudiantes son los primeros y
principales responsables de la educación de sus hijos. Además de tener sus propias
funciones y actividades a través del Centro General de Padres y Apoderados de la
escuela, y del Subcentro de Padres del Curso, también deben aportar iniciativas y
sugerencias mediante el diálogo permanente con profesores y Dirección en reuniones
periódicas y/o en entrevistas personales, a fin de contribuir al mejor logro de los
resultados que se espera alcanzar con sus hijos en el marco del Proyecto Educativo
del establecimiento.
El marco legal del Centro de Padres del Colegio se sustenta en:
- Decreto 565/90 del Ministerio de Educación. Aprueba Reglamento General
del Centro General de Padres y Apoderados para los establecimientos educacionales
reconocidos oficialmente por el Mineduc.
- Decreto 828/95 modifica el decreto 565/90.
- Decreto 732/97
TITULO I
CONSIDERACIONES GENERALES Y OBJETIVOS DEL CENTRO GENERAL
Articulo 1 El Centro General de Padres y Apoderados es el organismo conformado
por las familias de los alumnos que cumple la función de colaborar con el
Establecimiento, el cual incentiva y consolida un ambiente de cordialidad,
comunicación y cooperación para asegurar el logro del Proyecto Educativo de la
Escuela Juan de Saavedra.
TITULO II
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
138
DE LAS FUNCIONES DEL CENTRO GENERAL DE PADRES Y
APODERADOS
Artículo 2 Son funciones del Centro de Padres y Apoderados:
a) Fomentar la preocupación de sus miembros por la formación y desarrollo personal
de sus hijos y pupilos y, en consonancia con ello, promover las acciones de estudio y
capacitación que sean convenientes para el mejor cometido de las responsabilidades
educativas de la familia.
b) Integrar activamente a sus miembros en una comunidad inspiradas por principios,
valores cristianos e ideales educativos comunes, canalizando para ello las aptitudes,
intereses y capacidades personales de cada uno.
c) Establecer y fomentar vínculos entre el hogar y el Establecimiento y que faciliten la
comprensión y el apoyo familiar hacía las actividades escolares y el ejercicio del rol
que corresponde desempeñar a los padres y apoderados en el fortalecimiento de
los hábitos, ideales, valores y actitudes que la educación fomenta en los alumnos
d) Apoyar la labor educativa del Establecimiento, aportando esfuerzos y recursos
para favorecer el desarrollo integral del alumno.
e) Proyectar acciones hacía la Comunidad en general; difundir los propósitos e
ideales del Centro de Padres.; promover la cooperación de las instituciones y
agentes comunitarios en las labores del Establecimiento y, cuando corresponda,
participar en todos aquellos programa de progreso social que obren en beneficio de
la educación, protección y desarrollo de la niñez y juventud.
f) Proponer y patrocinar dentro del Establecimiento y en la Comunidad, iniciativas
que favorezcan la formación integral de los alumnos, en especial aquellas
relacionadas con el mejoramiento de las condiciones económicas, culturales,
sociales y de salud que puedan afectar las oportunidades y el normal desarrollo de
los alumnos.
g) Mantener comunicación permanente con los niveles directivos del Establecimiento
tanto para obtener y difundir entre sus miembros la información relativa a las políticas,
programas y proyectos educativos del Establecimiento como para plantear, cuando
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
139
corresponda, las inquietudes, motivaciones y sugerencias de los padres relativas al
proceso educativo y vida escolar.
TÍTULO III
DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO GENERAL DE
PADRES Y APODERADOS.
Artículo 3 Son miembros del Centro General de Padres y Apoderados
a) Pertenecerán al Centro de Padres y Apoderados de la Escuela Juan de
Saavedra, los Padres, Apoderados, tutores, curadores o un tercero que cualquiera de
estos designe en su representación, siempre que sea mayor de 21 años de edad.
b) Tanto la participación de los Padres y Apoderados en las actividades del Centro
como la colaboración material, institucional y financiera que este requiera de
aquellos, son de aceptación voluntaria.
c) Los padres y apoderados que asistan a la primera reunión de cada Sub-Centro en
el mes de marzo (de cada año), deben estar en conocimiento que la Directiva elegida
en ese Sub-Centro, automáticamente, por derecho propio, pasan a pertenecer al
Centro General de Padres y Apoderados del establecimiento, y tendrán el derecho
de elegir o ser elegidos como miembros de la Directiva del Centro General de
Padres y Apoderados.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
140
Articulo 4 Son derechos de los miembros del Centro General de Padres y
Apoderados:
a) Elegir y ser elegidos para cargos directivos.
b) Conocer los planes de Trabajo aprobados.
c) Presentar proposiciones o proyectos al directorio.
d) Estar informado de las actividades realizadas por el Centro General de Padres.
Artículo 5 Son obligaciones de los miembros del Centro
General de padres y Apoderados:
a) Asistir a todas las reuniones que el Centro General o los Subcentros de Padres
citen.
b) Colaborar en las actividades del Centro general de Padres y apoderados.
c) Cancelar las cuotas en las que se haya comprometido
d) Actuar de tal manera que este siempre velando por el prestigio de la institución.
Artículo 6 Organismos del Centro General de Padres y Apoderados
El Centro de Padres del establecimiento estará estructurado en los siguientes
organismos:
a) La Asamblea General.
b) El Directorio.
c) Los Sub-Centros.
Artículo 7 Del directorio y su mandato
El directorio será elegido cada dos años, después del cual podrán sus integrantes
postular a una nueva elección pasados dos años
Artículo 8 La Asamblea General
La asamblea general está constituida por todos los miembros del Centro General de
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
141
Padres y Apoderados, con excepción de los miembros honorarios y c colaboradores.
DE LAS FUNCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL
Artículo 9 Son funciones de la Asamblea General:
a) Aprobar el reglamento interno y sus modificaciones.
b) Elegir cada dos años a los miembros del Directorio en votación universal,secreta e
informada y según los procedimientos eleccionarios que el Reglamento Interno
contemple.
c) La elección del Directorio deberá efectuarse dentro de 90 días de iniciado el año
escolar.
d) Para la elección del nuevo Directorio, el quórum requerido será del 50% + 1
(más uno).
e) Aprobar el Reglamento Interno y sus modificaciones de acuerdo con los
procedimientos que establezca dicho Reglamento.
f) Tomar conocimiento de los Informes, Memorias y Balances que debe entregar el
Directorio.
g) Las Asambleas Generales se realizarán en los meses de mayo y noviembre de
cada año, en días y horario que establezca el Centro General y debidamente
informada a toda la comunidad escolar.
h) Para efectos de votaciones dentro de la Asamblea General, cada familia será
representada sólo por una persona que podrá ser el padre, la madre, o en
ausencia de éstos por el apoderado, el tutor, o el curador del alumno.
i) Sin perjuicio de lo anterior, el Reglamento Interno podrá establecer un sistema de
representación diferente.
j) La Asamblea General deberá reunirse a lo menos 4 veces en el año para
conocer y aprobar la Memoria, el Balance Anual, el Presupuesto y el Plan de
Anual de Trabajo presentados por el Directorio.
Artículo 10 El Directorio del Centro de Padres estará formado a lo menos
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
142
por el Presidente, un Vicepresidente, un Secretario y un Tesorero.
Artículo 11 SON FUNCIONES DEL DIRECTORIO DEL CENTRO DE
PADRES:
a) Dirigir el Centro de Padres de acuerdo a sus fines y funciones.
b) Administrar sus bienes y recursos.
c) Representar al Centro ante la Dirección del Establecimiento, la Comunidad Escolar
y demás organismos y agentes externos con los cuales el Centro debe vincularse.
d) Elaborar planes, programas y proyectos de trabajo del Centro y difundirlos entre
sus miembros.
e) Convocar a reuniones de la Asamblea y del Centro de Padres.
f) Proponer a los Sub-centros la designación de las personas a cargo de los
organismos internos del Centro y de las Comisiones de Trabajo.
g) Supervisar las actividades que realizan los organismos internos del Centro y sus
comisiones.
h) Estimular la participación de los Padres y Apoderados en las actividades del Centro
y apoyar decididamente aquellas iniciativas y programas de trabajo resueltas por los
Sub-centros que contribuyen al cumplimiento de las funciones del Centro.
i) Informar periódicamente a la Dirección del establecimiento acerca del desarrollo
de programas de trabajo del Centro de las inquietudes e intereses de los padres en
torno a la marcha del proceso escolar, y obtener de dicha Dirección la información
indispensable para mantener compenetrados a los padres de los propósitos y
desarrollo del proyecto educativo del Establecimiento.
j) Someter a la aprobación de los Sub-centros las fuentes de financiamiento del
Centro y el presupuesto anual de entradas y gastos.
k) Elaborar los Informes, Cuentas, Memorias, Balances y otros que le corresponde
presentar a la Asamblea General.
l) Para ser miembro del Directorio se requiere que el postulante sea mayor de 21
años y tenga a lo menos un año de pertenencia al Centro de Padres del
Establecimiento.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
143
m) En caso de producirse una vacante en el Directorio por renuncia o por cualquier
otro motivo, la vacante será llenada por un miembro elegido en reunión de
Subcentro.
El Director del establecimiento asistirá a las reuniones del directorio en calidad de
asesor, condición que podrá delegar algún docente del plantel con derecho a voz y
voto.
El Directorio tendrá reuniones ordinarias y extraordinarias.
El quórum para sesionar y para resolver votaciones será de a lo menos los dos tercios
de los miembros del Directorio.
Artículo 12 Las atribuciones y deberes del Presidente del Directorio serán:
a) Convocar y presidir las reuniones del directorio y asambleas generales.
b) Representar al Centro de Padres ante la dirección del establecimiento y
autoridades.
c) Velar por el cumplimiento del presente reglamento
d) Organizar el trabajo del directorio y proponer el Plan anual de trabajo
e) Ejecutar los acuerdos del directorio, asamblea y subcentros
f) Proponer a los subcentros los nombres de las personas para integrar
los Comités de Trabajo.
g) Firmar actas, documentos y correspondencia del Centro general de Padres y
Apoderados.
h) Responsabilizarse de los bienes del centro General de padres y Apoderados.
i) Fiscalizar periódicamente el flujo de ingresos y egresos de Tesorería del Centro
General de Padres y Apoderados.
a) En ausencia del presidente asumirá el vicepresidente con las mismas
obligaciones, por lo que trabajaran en equipo.
b) Representante de los padres ante el Consejo Escolar .
Artículo 13 Atribuciones y deberes del Vicepresidente
a) Reemplazar y/o subrogar al Presidente
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
144
b) Responsabilizarse del funcionamiento de las comisiones o Comités de Trabajo
c) Realizar las tareas específicas encomendadas por el presidente
Artículo 14 Las funciones del Secretario del Directorio serán:
a) Registrar en el Libro de Actas los acuerdos y temas abordados en cada
sesión. Al inicio de cada una de ellas, deberá leer el acta anterior
y someterla a aprobación de la asamblea.
b) Dar lectura a la correspondencia recibida y despachada.
c) Citar oportunamente a reuniones, informando de la tabla.
d) Llevar al día y en forma correcta los archivos del Centro General de Padres y
Apoderados.
e) Preparar las tablas de reuniones del directorio junto con el presidente
f) Hacer las publicaciones que disponga el directorio
g) Redactar y publicar en los medios de comunicación las crónicas, avisos,
citaciones que sean necesarias para la información pública de los miembros del centro
h) En ausencia del secretario asumirá otro miembro de la directiva.
Articulo 15 Las funciones del Tesorero del Directorio, serán:
a) Recaudar y guardar los dineros del centro de padres, en una cuenta
bipersonal con el presidente en una entidad bancaria.
b) Los bienes recaudados de beneficios se depositaran en un lapso no mayor a 7
días de terminado el evento.
c) Llevar los libros para Control y Contabilidad de los ingresos y egresos
d) La tesorería deberá presentar un balance anual a la Asamblea General en el
momento de la entrega del cargo, y deben emitir un informe de caja al cuerpo de
delegados en copia a la dirección del Colegio.
e) Organizar la recaudación de fondos en el proceso de matrícula y durante el año
escolar.
f) Realizar cotizaciones y solicitar presupuestos para gastos e inversiones.
g) Guardar la documentación en forma permanente en el establecimiento y
debidamente asegurada.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
145
h) En ausencia del tesorero, asumirá otro miembro de la directiva.
A LAS DIRECTIVAS DE SUB-CENTRO LE CORRESPONDERÁ
Artículo 16 A las Directivas de Sub Centro le corresponderá:
a) Cumplir y promover, en el ámbito de su acción, los objetivos, funciones y planes
del Centro General de Padres y Apoderados de la manera más eficaz posible.
b) Estimular la participación de todos los miembros del Sub-Centro en las actividades
promovidas y programadas por el Centro de Padres y Apoderados
c) Poner en ejecución los programas específicos de trabajo y de decisiones que en el
marco de los fines y funciones del Centro de Padres y Apoderados, sean resueltas
por los miembros del Sub-Centro.
d) Vincular al Sub-Centro con la Directiva de Centro de Padres y Apoderados con
otros Sub-Centros, y cuando corresponda con la Dirección del Establecimiento y con
los profesores Jefes de Curso.
e) Redactar el Reglamento Interno y las modificaciones que éste requiera y someterlo
a la Asamblea General.
f) Designar a las personas encargadas de los organismos internos del Centro
General de padres y Apoderados a los miembros de las Comisiones de trabajo.
g) Aprobar los procedimientos de financiamiento del Centro, los montos de las
cuotas que pudiesen cancelar los miembros del Centro y el presupuesto anual de
entradas y gastos elaboradas por el Directorio.
h) Apoyar la labor de orientación personal, vocacional, educacional y profesional
desarrollada por los Profesores Jefes y la Dirección del establecimiento.
i) Contribuir a la solución de los problemas específicos del curso en el orden
conductual, económico y social, velando siempre por el bienestar, desarrollo y
formación de los alumnos.
j) Constituir la instancia básica de todas las estructuras del Centro de padres, por los
cuales han de obrar con entusiasmo, responsabilidad, dedicación y eficiencia.
Artículo 17 Cada Subcentro elegirá democráticamente su directiva. La Directiva
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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estará compuesta por:
Presidente, Secretario, Tesorero y un Delegado.
Artículo 18 Son funciones del Presidente del
Subcentro:
a) Representar al Subcentro de Padres.
b) Convocar y dirigir las reuniones del Subcentro.
c) Elaborar junto con la Directiva y el Profesor Jefe el Plan Anual de trabajo, como el
presupuesto anual.
d) Hacer participar a todos los Padres y apoderados del curso en las actividades
programadas o en aquellas que resultaran necesarias para mejorar las condiciones
materiales, sociales y morales de los alumnos.
e) Hacer cumplir las disposiciones del reglamento del centro de padres y las que en
consonancia con ellas estableciera el propio Subcentro.
Artículo 19 Son funciones del Secretario:
a) Tener al día el libro de actas y los archivos del subcentro.
b) Llevar al día el registro de asistencia a las reuniones mensuales.
c) Responsabilizarse de la correspondencia y de las citaciones.
Articulo 20 Son funciones del Tesorero
a) Cobrar las cuotas, registrar pago y entregar los recibos correspondientes.
b) Cobrar las cuotas del Centro General, registrarlas, entregar los recibos y el
registro de entrega de los aportes al Tesorero General.
c) Presentar en cada reunión mensual el estado de ingresos, gastos y saldos, en
hoja escrita, con copia al Presidente y al Profesor jefe de curso.
d) Mantener al día la documentación necesaria.
e) Elaborar junto con el Presidente el presupuesto Anual del Balance.
Artículo 21 Son funciones del Delegado
a) Formar parte activa con derecho a voz y voto en las Asambleas del Centro
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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General de Padres y Apoderados.
b) Asistir puntualmente y con regularidad a las Asambleas.
c) Desarrollar planes y/o trabajos propuestos por el Directorio del Centro General
TITULO IV
DE LAS CESACIONES EN EL CARGO Y DE LAS SANCIONES
Articulo 22 Los miembros de las Directiva del Centro General de los Subcentro
cesarán en sus funciones:
a) Por término de su mandato.
b) Por incumplimiento a las obligaciones y deberes que este reglamento establece,
determinado por la Directiva General o de cada Subcentro
c) Efectuar propaganda o campañas proselitistas con fines políticos o religiosos.
d) Por arrogarse derechos que expresamente no le han sido conferidos por este
Reglamento.
e) Por injurias y/o calumnias al Director, profesorado de la Unidad Educativa,
personal co-docente, a miembros del Directorio General o de algún Sub-Centro.
f) Renuncia voluntaria por escrito.
g) Por fallecimiento.
h) Dejen de pertenecer a la escuela.
Artículo 23 Establecida la infracción, las Directivas del Centro y/o Subcentro
suspenderán de su cargo a la o las personas que hayan incurrido en ella,
inhabilitándolas para ocupar cargo alguno en la institución y, sin perjuicio de las
ACCIONNES LEGALES QUE PROCEDAN.
El o los cargos vacantes serán elegidos por elección democrática de la Asamblea,
hasta el término del mandato de la siguiente forma:
a) Por votación abierta y en total acuerdo de los asistentes.
b) Por votación secreta e informada.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
148
c) Por nombramiento presentado por la Directiva, aceptado por el interesado y puesto
a consideración de la asamblea.
d) Por ofrecimiento voluntario y aprobación de la Asamblea.
TITULO V DE LOS BIENES DEL CENTRO DE PADRES
Artículo 24 Son parte de los bienes del Centro:
a) Las cuotas ordinarias y extraordinarias, del Centro General y Subcentro.
b) Los ingresos de otras actividades, las donaciones y los bienes que se adquieran
y que NO sean expresamente donados al Establecimiento.
Articulo 25 Los fondos del Centro, serán depositados en una cuenta bipersonal en
el banco del Estado a nombre del Presidente y Tesorero, y los giros se harán por
ambos, previo acuerdo del Directorio y con la debida constancia en el acta de la
reunión correspondiente.
TITULO VI DE LA COMISION REVISORA DE CUENTAS
Articulo 26 La Comisión Revisora de Cuentas estará formada por tres personas
elegidas por los subcentros en la reunión que seguirá a su constitución. Dicha
Comisión dispondrá de un máximo de 15 días para cumplir su cometido, con la
presencia del Tesorero de la Dirección.
Artículo 27 Del informe emanado de la comisión se entregará el original al presidente
y una copia al director del establecimiento. Durante el mandato de cada directiva, la
Comisión Revisora de Cuentas tendrá como misión la de fiscalizar el movimiento
financiero del Centro de Padres.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022.
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DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo 28 La Asamblea General deberá reunirse a lo menos 4 veces al año.
a) La primera reunión dentro de los cuarenta días, para conocer los planes y
programas de la nueva Directiva.
b) La segunda reunión el último día de clases del primer semestre, conocer gestión
logros y no logros.
c) Tercera reunión en la primera semana de Octubre, planificación cuotas del año
siguiente.
d) Cuarta reunión, final del año, premio, regalos, resultados y presentar proyectos
para trabajos de verano para su aprobación final.
Artículo 29 Toda situación no contemplada al presente reglamento será solucionada
por el Consejo de Delegados por simple mayoría, con la del profesor asesor y
considerando como marco referencial el Proyecto Educativo del Colegio
Articulo 30 Corresponde al Ministerio de Educación a través las Secretarías
Regionales Ministeriales de Educación conocer y resolver sobre las dudas y
controversias que ocurran entre los Centros de Padres y la Dirección del
Establecimiento, sin perjuicio de las facultades que las disposiciones legales otorguen
a otros organismos sobre la materia.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022
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CAPITULO VII
REGLAMENTO DE CENTRO DE ALUMNOS
El Centro General de Alumnos constituye una organización que actualmente forma
parte de la Comunidad Escolar de la Escuela Juan de Saavedra.
Este reglamento se sustenta en el Decreto 524/90, reformulado en el año 2006,
Reglamento General de organización y funcionamiento de los Centro de Alumnos en
escuelas de Educación General Básica, en su Segundo Ciclo Básico y de Enseñanza
Media reconocidos oficialmente por el Mineduc.
TÍTULO I
DE LA CONSTITUCIÓN DEL CENTRO DE ALUMNOS:
Artículo 1 La directiva del Centro de Alumnos debe estar conformada por los
siguientes cargos: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario Ejecutivo, un
Tesorero.
Artículo 2 La directiva del Centro de Alumnos debe ser elegida anualmente por los
alumnos de Segundo Ciclo Básico durante el mes de Mayo de cada año.
Artículo 3 Para optar a algún cargo de la directiva del Centro de Alumnos, el
postulante deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Ser alumno regular de la escuela y tener a lo menos 1 año de permanencia
al momento de postular.
b) No haber sido destituido de algún cargo del Centro de Alumnos por infracción a
sus reglamentos.
c) No tener matrícula condicional.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022
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Artículo 4 Los titulares se desempeñan en sus cargos durante un año lectivo.
DE LA ASESORÍA DEL CENTRO DE ALUMNOS
Artículo 5 El Centro de Alumnos será asesorado directamente en la organización y
gestión por un profesor del establecimiento, propuesta por la Dirección.
DE LAS FUNCIONES DE LA DIRECTIVA
Artículo 6 Le corresponde a la Directiva:
a) Dirigir y administrar el Centro de Alumnos en todas aquellas materias de
su competencia.
b) Elaborar el plan anual de trabajo del Centro de Alumnos.
c) Organizar, dirigir y supervisar la ejecución del plan de trabajo anual.
d) Representar al Centro de Alumnos ante la Dirección del establecimiento, el
Consejo de Profesores, el Centro de Padres y Apoderados y las instituciones de la
comunidad.
e) Presentar a la Asamblea General, antes de finalizar su mandato una cuenta
anual de las actividades y un balance del movimiento de tesorería.
f) Decidir la participación del Centro de Alumnos ante las organizaciones
estudiantiles con las cuales el Centro se relacionará de acuerdo con el título VII de
este Reglamento y designar a los representantes cuando corresponda.
Artículo 7 Atribuciones del Presidente del Centro de Alumnos
a) Presidir las sesiones del Consejo de Delegados de Curso y la Directiva del
Centro de Alumnos.
b) Representar al Centro de Alumnos ante la Dirección del Colegio y el Consejo de
Profesores.
c) Convocar a sesiones de la Directiva, del Consejo de Delegados de Curso y
a Asambleas Generales con el conocimiento del Profesor Asesor.
Reglamento Convivencia Escolar 2019 - 2022
152
d) La convocatoria a Asamblea General requerirá además de la autorización previa
del Director.
e) Representar al Centro de Alumnos ante la comunidad
Artículo 8 Atribuciones del Vicepresidente
Su misión será secundar al Presidente en sus labores. Tendrá a su cargo los
archivos del Centro de Alumnos y en caso de ausencia del Presidente, deberá
subrogarlo con todas sus facultades
Artículo 9 Atribuciones del Secretario
a) Su labor será procurar el buen funcionamiento de las distintas actividades del
Centro de Alumnos. Deberá informar al Presidente de la labor que se realice.
b) Deberá confeccionar las actas tanto de las sesiones de la Directiva como de las
Asambleas Generales en un libro que se destinara para tal objeto.
Artículo 10 Atribuciones del Tesorero:
a) Llevará la contabilidad del Centro de Alumnos, documentando las cuentas de
ingreso y egreso con las correspondientes facturas, boletas y comprobantes.
b) Será el único encargado de depositar y retirar los dineros del Centro, pudiendo
delegar por escrito este derecho ocasionalmente al Presidente.
DE LAS FUNCIONES DEL CENTRO DE ALUMNOS
Articulo 11 El Centro de Alumnos deberá dedicarse exclusivamente al cumplimiento
de fines y objetivos, no podrá intervenir en materias didácticas - pedagógicas o en la
administración y organización escolar de la escuela.
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DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE ALUMNOS
Artículo 12 El Centro de Alumnos se organizará y funcionará según un Reglamento
Interno que deberá ajustarse al marco establecido por el presente reglamento general
y responder a las circunstancias y características específicas de su realidad escolar.
Artículo 13 El Centro de Alumnos al programar sus actividades deberá someterlo a
consideración del Consejo de Delegados de Curso para su estudio y aprobación.
Artículo 14 Junta electoral
a) La inscripción de cada lista deberá presentarse a la Junta Electoral con un
programa de trabajo.
b) Los votos serán confeccionados por la Junta Electoral y serán numerados. Ellos
contendrán las listas debidamente inscritas, identificadas con el nombre del
candidato a Presidente y del resto de los integrantes de la lista si es posible.
c) En toda elección cada alumno tendrá derecho a un voto, el que no será delegable.
La votación será secreta. La preferencia se expresará mediante una marca visible
en el lugar destinado para tal efecto en el voto. Sólo alumnos regulares de 5º
Básico a 8º año Básico tendrán derecho a voto.
d) La junta electoral distribuirá los votos, presenciará la votación y velará por su
legalidad. Seconstituirán a lo menos dos mesas, las que serán controladas por los
miembro de la Junta Electoral.
e) Cada alumno con derecho a voto recibirá uno, el cual marcará en secreto con su
preferencia y procederá luego a depositarlo en la urna correspondiente.
f) El recuento de votos se realizará por la Junta Electoral sólo en presencia de los
candidatos y de los profesores asesores, y se efectuará tan pronto hay a terminado
la votación.
g) Resultará elegida la lista que hay a alcanzado la simple mayoría de los votos
válidamente emitidos. Los votos en blanco no se considerarán para tal efecto.
h) La transmisión de los cargos de la Directiva del Centro de Alumnos se hará
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dentro de los 15 días siguientes a la elección en un acto oficial en el establecimiento,
con asistencia de los cursos del segundo ciclo Básico.
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CAPITULO VIII
REGLAMENTO DEL CONSEJO ESCOLAR
TITULO I
DEL CONSEJO
Artículo 1 La ley Nº 19.979 del 28 de octubre 2004, de Jornada Escolar
Completa, en sus artículos 7º,8º y 9º, aprueba la formación de los Consejos
Escolares, los cuales serán obligatorios en los establecimientos públicos, como una
manera de fortalecer la gestión escolar, mejorar la convivencia, brindar espacios de
información, participación, opinión y proposición de materias relevantes del
quehacer educativo tanto a docentes, padres y apoderados y/o alumnos.
Por su parte, el Ministerio de Educación dicta mediante el Decreto Nº 24/2005, el
reglamento de los Consejos Escolares que norma la constitución, funcionamiento y
las facultades de los Consejos Escolares.
TITULO II
DE LAS SESIONES
Artículo 2 El Consejo Escolar de la Escuela Juan de Saavedra
realizará sesiones ordinarias y extraordinarias.
Las sesiones ordinarias se efectuarán dos veces en el semestre y serán planificadas
en la primera sesión ordinaria en el mes de Abril. La Dirección del establecimiento
será la encargada de hacer las citaciones en forma escrita.
Las sesiones extraordinarias serán citadas en forma escrita por la Dirección del
establecimiento a petición de una simple mayoría de los miembros del Consejo
Escolar o por iniciativa propia.
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TITULO III
DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO
Artículo 3 Los integrantes del Consejo Escolar de la Escuela Juan de
Saavedra son:
La Directora de la Escuela Juan de Saavedra quien presidirá el Consejo
Un representante del sostenedor.
Quien preside el Centro General de Padres y Apoderados de la Escuela Juan de
Saavedra.
Quien preside el Centro de Alumnos de la Escuela Juan de Saavedra.
Un representante de los profesores del establecimiento, quien debe ser elegido
por sus pares a través de votación democrática.
Jefa de Unidad Técnica Pedagógica de Escuela Juan de Saavedra
(Directora debe presenter esta iniciativa cada año)
Artículo 4 Los integrantes permanecerán como miembros del Consejo
Escolar, mientras duren en sus cargos, con excepción de la representante de los
Profesores que será elegido por un año, pudiendo ser reelegido por sus pares.
Artículo 5 Perderá la calidad de miembro del Consejo Escolar, sólo
cuando deje de cumplir con las funciones para las que fue elegida/o.
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TITULO IV
DEL SECRETARIO GENERAL
Artículo 6 Él (la) secretario(a) será elegido(a) por votación simple, entre los
miembros del Consejo Escolar.
Será él (la) encargada de:
Escribir en el acta los contenidos, acuerdos y/o observaciones tomados en las
sesiones, en el libro del Consejo Escolar de la Escuela Juan de Saavedra.
Dar a conocer acta anterior y solicitar la firma de todos los miembros del Consejo
Escolar asistentes a dicha sesión.
TITULO V
DE LAS ACTAS
Artículo 7 Las actas de las sesiones del Consejo deberán ser leídas a la sesión
siguiente y sometidas a la aprobación o rechazo por parte de los miembros del
Consejo Escolar.
Las actas y/o observaciones pertinentes deberán ser firmadas por los
asistentes a dichas reuniones.
TITULO VI
DE LA COMUNICACIÓN
Artículo 8 Los acuerdos establecidos en el Consejo Escolar serán comunicados
de la siguiente manera:
Apoderados: se publicará la información pertinente a través de informativos
expuestos en Diario Mural del Establecimiento dispuesto en la entrada del edificio y
a la vista de los apoderados.
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Docentes: se dará la información a los docentes a través del informe que
entregue la representante de los profesores ante el Consejo Escolar en Reunión del
Consejo de Profesores.
Asistentes de la Educación: se entregará la información a través de reunión con la
Dirección del establecimiento.
Alumnos: la información pertinente será entregada por el Centro de alumnos a
través de reunión con Presidentes y delegados de cada curso.
TITULO VII
DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS
Artículo 9 Derechos de los miembros del Consejo Escolar Escuela Juan de
Saavedra
Opinar sobre los diversos temas planteados y tratados en las reuniones,
tanto ordinarias como extraordinarias, del Consejo Escolar
Participar y representar al Consejo Escolar cuando la instancia lo amerite.
Artículo 10 Deberes de los miembros del Consejo Escolar de la
Escuela Juan de Saavedra
Asumir la responsabilidad de representar, tanto al estamento al cual pertenece,
como al Consejo Escolar.
Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias citadas con, a lo menos, un
día de anticipación.
Cumplir con las obligaciones acordadas, de común acuerdo, durante las
reuniones del Consejo Escolar.
Participar activamente en todas las acciones acordadas y planificadas por el
Consejo Escolar.
Artículo 11 Serán funciones de la persona que ejerce como Director/a del
Consejo Escolar de la Escuela Juan de Saavedra Informar:
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En forma semestral los resultados del rendimiento escolar y/o mediciones de la
calidad de la educación, obtenidos por el establecimiento.
De las visitas de fiscalización del Mineduc, en la primera sesión luego de
realizada ésta.
Al Consejo Escolar acerca del Plan Anual del Establecimiento.
Sobre las modificaciones al Reglamento Interno de Evaluación y del Manual de
Convivencia
De los resultados parciales, avances y evaluación del Plan Anual.
Los casos de maternidad y embarazos de adolescentes del establecimiento y sus
respectivos planes de apoyo.
En forma escrita de la gestión educativa del establecimiento una vez al año,
antes de ser presentado a la comunidad educativa.
Sobre resultados de cargos concursables de profesionales de apoyo,
administrativos , docentes y/o directivos.
Artículo 12 Cualquier situación no contemplada en este Reglamento Interno del
Consejo Escolar de la Escuela Juan de Saavedra será resuelta en asamblea.
OBSERVACIONES GENERALES
Fue elaborado con la participación de todos los estamentos del establecimiento.
Anualmente se hace una revisión del Manual y se da a conocer a los alumnos durante
las horas de Orientación y/o Consejo de Curso y a los apoderados en la primera
reunión de Subcentro de apoderados. Por su parte, los miembros del Consejo
Escolar analizan y dan sus apreciaciones sobre este documento durante la primera
reunión ordinaria.
Al inicio del año se realiza una actualización del Manual, incorporando aspectos no
contenidos anteriormente, como: los derechos y deberes de los apoderados, los
que fueron trabajados en reunión taller de Subcentro. Así mismo, se modificaron
algunas faltas y sanciones, atendiendo a las nuevas características que presentan
nuestros alumno/as
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