régimen disciplinario del servidor público en colombia

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Régimen disciplinario del servidor público en Colombia

Código único disciplinario Ley 734 de 2002

Carlos Andrés Pérez GarzónPopayán, 15 de enero de 2012

El derecho disciplinario es “una rama esencial al funcionamiento del Estado enderezado a regular el comportamiento disciplinario de su personal, fijando los deberes y obligaciones de quienes lo integran, las faltas, las sanciones correspondientes y los procedimientos para aplicarlas”

Sentencia C-417 de 1993.

I) Principios rectores del código

1. Titularidad de la potestad reglamentaria: el Estado2. Legalidad3. Ilicitud sustancial : antijuridicidad cuando se afecte el deber funcional

sin justificación

4. Debido proceso5. Efecto general inmediato de las normas procesales6. Reconocimiento de la dignidad humana7. Presunción de inocencia: además, toda duda durante la actuación se

resolverá a favor del investigado

8. Gratuidad de la actuación disciplinaria 9. Ejecutoriedad∞”Non bis in ídem”

10. Celeridad de la actuación disciplinaria11. Culpabilidad12. Favorabilidad: sentencia C-948/02

13. Igualdad ante la ley disciplinaria14. Función de la sanción disciplinaria: preventiva y

correctiva15. Derecho a la defensa16. Proporcionalidad17. Motivación

18. Interpretación de la ley disciplinaria Finalidades del proceso: I) la prevalencia de la justicia, II) la efectividad del derecho sustantivo, III) la búsqueda de la verdad material, IV)el cumplimiento de los derechos y garantías debidos a las personas que en él

intervienen.

19. Aplicación de principios e integración normativa

II) Poder disciplinario

a) Preferente: PGN y personerías municipales y distritales

b) Ordinario o común: oficinas de control interno disciplinario y superiores jerárquicos o nominadores

II) La ley disciplinaria

1. Falta disciplinaria y sanción correspondiente2. Ámbito de aplicación territorial 3. Destinatarios • Servidores públicos• Particulares del artículo 53.• Indígenas que administren recursos públicos• los del último inciso del artículo 25.

4. Exención de responsabilidad disciplinaria: excepción: cuando el autor a preordenado su inimputabilidad.

5. Causales de extinción de la falta disciplinaria: • Prescripción: 5 años dependiendo de dos situaciones; excepción 12 años.• Muerte

5. Desistimiento del quejoso no extingue la acción disciplinaria.

III) Faltas disciplinarias

1. Gravísimas. Art. 48

Ej.: “Realizar objetivamente una descripción típica consagrada en la ley como delito sancionable a título de dolo, cuando se cometa en razón, con ocasión o como consecuencia de la función o cargo, o abusando del mismo.”

2. Graves y leves. Art. 50, 43

“Constituye falta disciplinaria grave o leve, el incumplimiento de los deberes, el abuso de los derechos, la extralimitación de las funciones, o la violación al régimen de prohibiciones, impedimentos, inhabilidades, incompatibilidades o conflicto de intereses consagrados en la Constitución o en la ley.”

IV) Sanciones

1. Destitución e inhabilidad general: falta gravísima dolosa

2. Suspensión en el ejercicio del cargo e inhabilidad especial: falta grave dolosa

3. Suspensión: faltas graves culposas

4. Multa: falta leve dolosa

5. Amonestación escrita: falta leve culposa.

• Para preservación del orden interno: llamado de atención.• Graduación de la sanción.

V)Procedimiento disciplinario

1. sujetos procesales.• Investigado y su defensor• Ministerio Público• C-014 de 2004: víctimas o perjudicados de las faltas

disciplinarias que constituyan violaciones al DIH y los DDHH.

* Intervención del quejoso

2. Características de la acción disciplinaria

• Ejercicio: PGN, CSJtra., Supernotariado, personeros distritales y municipales, oficinas de control interno disciplinario y los nominadores y superiores jerárquicos inmediatos.

• Inicio• Procedencia, impedimentos o recusaciones.

3. Adquisición de la calidad de investigado4. Recursos• Reposición• Apelación• Queja Sólo son revocables se infringen

manifiestamente la Constitución, la ley o las normas reglamentarias, y derechos fundamentales

VI) Competencia

1. Por la calidad del sujeto disciplinable2. Por el factor territorial3. Por conexidad4. Por factor funcional

Competencias especiales:• Proceso disciplinario contra el Procurador

General de la Nación.

VII) Procedimiento ordinario

1. Indagación preliminar: “cuando hay duda”• 6 meses• Auto de apertura o archivo definitivo

2. Investigación disciplinaria: “id. plena del posible autor”

• 6 meses

3. Evaluación de la investigación disciplinaria y formulación del pliego de cargos

4. Descargos, pruebas y fallo5. Segunda instancia6. Ejecutoria del fallo

VIII) Procedimientos especiales

a) Procedimiento verbal• In fraganti• Con elementos o efectos que provengan de la

ejecución de la conducta• Confesión• Falta leve

b) Procedimiento especial ante el Procurador General de la Nación: por conductas del art. 278 numeral 1 de la Constitución.

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