régimen de incorporación fiscal cpc josÉ sergio ledezma martinez

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Régimen de Incorporación Fiscal

CPC JOSÉ SERGIO LEDEZMA MARTINEZ

TEMARIO

1.

2.

3.

FUNDAMENTO LEGAL

CONTRIBUYENTES QUE PUEDEN TRIBUTAR EN ESTE

RÉGIMEN CONTRIBUYENTES QUE NO PUEDEN

OPTAR POR TRIBUTAR ENESTE RÉGIMEN

BENEFICIOS DE TRIBUTAR EN ESTE RÉGIMEN

OBLIGACIONES A CUMPLIR

EMISIÓN DE COMPROBANTES FISCALES (CFDI’S)

4.

5.

6.

7. COMPROBANTES FISCALES CON PÚBLICO EN

GENERAL

2N A Z U C O N S U L T O R E S L U I G I 3 9 1 2 3 @ Y A H O O . C O M . M X

FUNDAMENTO LEGAL

CPEUM Art. 31. Son Obligaciones de

los

MexicanosIV.Contrib

uirpúblicos, Federación,

para los gastosasí

de

ladel

comoDistrito Federal o del

Estadoy Municipio en que residan,de la manera proporcional y

que dispongan

equitativalas leyes.

FUNDAMENTO LEGAL

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

TÍTULO IV

CAPÍTULO IISECCIÓN II

ARTÍCULOS 111 A 113

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADOARTÍCULO

5-ELEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y

SERVICIOS (IEPS)

ARTÍCULO 5-D

CONTRIBUYENTES QUE PUEDEN

ACCEDERART.

111

Contribuyentes Personas FísicasQue Realicen ÚNICAMENTE ActividadesEmpresarialesEnajenen BienesPresten Servicios que no Requieran TítuloProfesionalPODRÁN OPTAR por Tributar en TérminosEsta SecciónIngresos del Ejercicio Anterior Máximo$2’000,000Inicio Ejercicio, Estimen no Excederán de$2’000,000Si su Período es Menor a 12 Meses, Dividir

Ingresos entre

Días

de Período

yMultiplicar por 365 para Límite

CONTRIBUYENTES QUE PUEDEN ACCEDER Actividad

Copropiedad

Empresarial

mediante

Que los Ingresos Brutos de la Suma deTodos los Copropietarios no Excedan de$2’000,000 Que en lo Individual, los Ingresos de cadaCopropietario

más

la Venta de

ActivosFijos de Dicho Copropietario no

Excedan$2’000.000

Régimen Intermedio que no haya Excedido$2’000,000

6

CONTRIBUYENTES QUE NO PUEDEN

ACCEDERI. Socios,

Personas

Accionistas

Morales.

o Integrantes

deQue

sean ParteRelacionad

a.II. Contribuyentes con Actividades de

BienesRaíces, Capitales Inmobiliarios, NegociosInmobiliarios

o Actividades

Financieras.Salv

oque solamente

realicen

Actos

dePromoción o Demostración Personalizadaa Persona

sFísicas

para

Que

la Compra

deCasa

Habitación.

dichos

Clientes,Actos de

Personas Físicas,Construcción.

NO REALICEN

8

CONTRIBUYENTES QUE NO PUEDEN ACCEDERIII

.Obtengan Ingresos por Comisión, Mediación,Agencia,

Representación,

Correduría,Consignaci

ónIngresos por

y Distribución.

Salvo

queestos

Conceptosno Excedande

l30%

de sus

que

Ingresos Totales.

LasRetencion

esles

Hagan

las PersonasMorales se consideran Pagos

Definitivos.IV. Qu

eobtenga

Ingresos

por

EspectáculosPúblicos y

Franquiciatarios.V. Fideicomisos ni

Asociación enParticipación.

9

OBLIGACIONES

Art. 112. Tendrán las Obligaciones Siguientes:I. Solicitar su inscripción en el Registro

Federalde Contribuyentes.

II. Conservar

comprobantes

que

reúnanrequisitos fiscales, únicamente

cuando no sehaya emitido un comprobante fiscal por laoperación.III. Registrar

en los

medios o

sistemaselectrónicos a que se refiere el

artículo 28del

Código

Fiscal

de la Federación,

losingresos, egresos, inversiones y deduccionesdel ejercicio correspondiente.

SISTEMA DE REGISTRO

FISCAL

Regla I.2.8.2Fiscal

Sistema

de Registro

Las PF podrán ingresar a laaplicación electrónica “Sistema deRegistro Fiscal”Utilizar RFC y ContraseñaCapturarán datos de Ingresos yDeducciones

Podrán EmitiraplicaciónPodrán utilizar

CFDi’s en esta

esta informaciónpar

aintegrar

y presentar sudeclaraci

ón

11

OBLIGACIONESIV. Entreg

arfiscales.

a sus

Para

clientes

estos

comprobantesefectos

losdichos

contribuyentescomprobantes electrónica de

podránutilizan

do servicio

expedirla herramientade generaci

óngratuita

de factura

electrónica

que

seencuentra en la página de Internet del SAT.

V. Efectuarrelativas importe

el pago

de las erogacionesa sus compras e inversiones,

cuyosea

superior

a $2,000.00,mediante cheque,

tarjetao de servicios.

de crédito, débito

12

OBLIGACIONES

VI.

Presentar, a más tardar el día 17 delmes inmediato posterior a aquél alque

corresponda

el pago,declaraciones bimestrales en

las quese determinará y pagará el impuestoconforme

a lo

dispuesto

en estaSección. Los pagos bimestrales

a quese refiere esta fracción, tendrán elcarácter de definitivos.Regla

I.2.9.3.Opción para Presentación DeclaracionesRIF

Bimestrales

Podrán presentarla a más tardar el último día del mesbimestre.

posterior al

No aplicar art. 7.2 del DBF del 30 marzo de 2012 (5.1 del 26 de dic.2013)

N A Z U C O N S U L T O R E S L U I G I 3 9 1 2 3 @ Y A H O O . C O M . M X

OBLIGACIONES

VII.

Efectuar

retenciones

en erogaciones

porsalarios y enterarlas con el pago

bimestral.VIII.

Pagar el ISR en términos de esta Sección.Presentar además

al SAT,las

los datos

deingresos

obtenidos

y erogacionesrealizadas, incluyendo las

inversiones, asícomo la información de operacionesproveedores.

con

Regla I.2.9.2. Cumplimiento de obligación de presentar informativa Se tendrá por cumplida

la obligación de presentar la información de

loslas sus

ingresos

obtenidos

y las erogaciones

realizadas,

incluyendoinversiones,

asícomo

la información

de las operaciones

conproveedores en el bimestre inmediato anterior, cuando los

contribuyentesutilicen el sistema de registro fiscal establecido en la regla I.2.8.2

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Si requiere mayor información, comuníquese con nosotros… Con gusto le atenderemos!!

Tel: (442) 2 48 36 58 y 59 Paseo del romancero 133

Col. BalaustradasQuerétaro, Qro.

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