reformas fiscales 2019 - nyssen consultores...2019/01/07  · obligaciones fiscales el Órgano...

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REFORMAS FISCALES

2019

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PERSPECTIVAS ECONÓMICAS

PERSPECTIVAS ECONÓMICAS

2016 2017 2018 2019

Crecimiento del PIB en % 3.0 2.5 2.16 2.61

Inflación en % 3.4 6.8 4.83 3.40

Tipo de cambio promedio 16.40 18.62 18.83 20.00

Barril petróleo en dólares 50.00 55.00 60.00 55.00

LEY DE INGRESOS 2019

Cifras en Miles de Millones de Pesos

2019 2018 Incremento

%

ISR $1,753 $1,566 11.94

PATRIMONIO

IVA 995 877 13.45

IEPS 438 421 0.04

SOBRE NÓMINAS

ECOLÓGICOS

SS 343 309 11.00

IMPUESTOS $3,311 $2,957 11.97

LEY DE INGRESOS 2019

Cifras en Miles de Millones de Pesos

Impuesto Sobre la Renta

$1,752,500 47.95%

Impuesto al Valor

Agregado. $995,203 27.23%

I.E.P.S. $437,901 11.98%

Seguridad Social.

$343,133 9.39%

Otros Impuestos,

$125,769 3.44%

RECARGOS

Por prórroga 1.47%

Por mora 0.98%

Pago diferido 1.82%

Parcialidades

Hasta 12 meses 1.26%

De 12 hasta 24 meses 1.53%

Superiores a 24 meses 1.82%

Incluyen actualización

INGRESOS NO ACUMULABLES

PARA DAMNIFICADOS POR SISMO

Para apoyar a los damnificados por los sismos

del mes de septiembre de 2017

Los que tuvieron sus casas habitación en zonas

afectadas por los sismos en México los días 7 y

19 de septiembre, no considerarán ingresos

acumulables para efectos de la Ley de ISR, los

siguientes ingresos

INGRESOS NO ACUMULABLES

PARA DAMNIFICADOS POR SISMO

Apoyos económicos o monetarios que reciban

de personas morales o fideicomisos para

recibir donativos deducibles para efectos del

ISR, siempre que dichos apoyos económicos o

monetarios se destinen para la reconstrucción

o reparación de su casa habitación

TASA DE RETENCIÓN POR

INTERESES

Durante 2018 la tasa de retención anual del ISR

fue del 0.46%, para este ejercicio del 2019 será

del 1.04%

Declaraciones anuales

informativas

PRECIOS DE TRANSFERENCIA

Precios de Transferencia

ISR

I. Ingresos acumulables mayores o iguales a

$708 millones, que coticen en Bolsa en el

ejercicio fiscal anterior

II. Grupos de Sociedades Integradoras e

Integradas

III.Entidades Paraestatales de la

Administración Pública Federal

IV.Establecimientos Permanentes

•Deberá contener la información a nivel jurisdicción fiscal sobre la distribución mundial de ingresos e impuestos pagados, así como ciertos indicadores de localización de las actividades económicas en las jurisdicciones fiscales en las que opera el grupo empresarial multinacional en el ejercicio fiscal correspondiente. Doce mil millones de pesos

• la descripción y análisis del contribuyente obligado, así como de sus operaciones con partes relacionadas; y la información financiera tanto del contribuyente obligado como de las operaciones o empresas utilizadas como comparables en sus análisis. 708 millones

• que contenga información del grupo empresarial multinacional: sobre la estructura organizacional, la descripción del negocio, los intangibles, las actividades financieras con sus partes relacionadas, y la posición financiera y fiscal. 708 millones

Declaración informativa

maestra

Declaración informativa

local

Declaración informativa

país por país

Archivo Maestro

La información que ha de incluirse en el archivo maestro ofrece un “esbozo” del Grupo Multinacional y contiene datos relevantes que cabe clasificar en cinco categorías:

(a) la estructura organizativa del Grupo Multinacional

(b) una descripción del negocio o negocios de la EMN

(c) los intangibles de la EMN

(d) las actividades financieras intragrupo de la EMN y

(e) las posiciones financieras y fiscales de la EMN

Archivo Local

El archivo local se centra en la información pertinente para analizar los precios de transferencia en las operaciones entre una empresa asociada local y las asociadas de otros países, siempre que sean significativas conforme al sistema tributario local

Dicha información comprende:

los datos financieros de tales operaciones específicas,

un análisis de comparabilidad, y

La selección y aplicación del método de precios de transferencia más apropiado

Informe país por país

El informe país por país exige agregar

información fiscal a nivel de cada jurisdicción

en lo que respecta al reparto mundial de los

beneficios y los impuestos pagados, así como

ciertos indicadores de la localización de las

actividades económicas en las jurisdicciones

fiscales en las que opera el Grupo

Multinacional

Informe país por país

Enumerar todas las Entidades Integrantes cuya

información financiera se presente, haciendo constar la

jurisdicción fiscal de constitución cuando fuera diferente

de la jurisdicción fiscal de residencia y la naturaleza de las

principales actividades económicas ejercidas por la

Entidad Integrante

Será de utilidad a la hora de evaluar con carácter global el

riesgo de precios de transferencia

19

SANCIONES

No proporcionar la información a que se refiere el artículo 76-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta, o proporcionarla incompleta, con errores, inconsistencias o en forma distinta a lo señalado en las disposiciones fiscales

De $140,540.00 a $200,090.00

20

Intercambio de información

La declaración informativa país por país, podrá ser intercambiada con autoridades fiscales extranjeras, sólo cuando pertenezcan a un país con el que México tenga en vigor un acuerdo amplio de intercambio de información tributaria, o un tratado para evitar la doble imposición que contenga una cláusula de intercambio de información

Regla US CbC Report

• Al no implementarlo, generaba costos altos de

cumplimiento en otros países

• Entrega voluntaria adelantada

• Tener firmado un acuerdo de intercambio

automático de información y cumplir con reglas

de confidencialidad.

• Excepción para compañías que pongan en

peligro la seguridad nacional

Reglas Misceláneas

Sobre Ajustes

PRECIOS DE TRANSFERENCIA

Pasos para el estudio

1.Análisis funcional y conocimiento de operación

2.Ajustes para hacer mas comparables mis comparables

3.Aplicación del método de Precios de Transferencia

4.Aplicación de método percentil

5.Obtención de resultado

Si cumple con PT:

#Se emite la opinión positiva

#Se elaboran declaraciones

informativas

#Se utiliza información para

SIPRED

#Se utiliza estudio para BEPS

NO cumple con PT:

#Se emite la opinión negativa

#Se propone un ajuste a cliente

#Se ajusta el resultado del año

#Se cambia declaración anual

#Se elaboran Declaraciones

informativas, SIPRED, BEPS

Método Costo Adicionado

OPERACIÓN A EXAMINAR

Fabricante

Sucursal México

Ventas 120.00

Costo 100.00

U.B. 20.00

UB/costo

=20/100

=20%

Distribuidor

E.U.

Casa Matriz

Uso de Método intercuartil

Operación a

Examinar

Operaciones

Comparables

Límite Inferior 21.50%

Mediana 24.00%

Límite Superior 27.25%

21%, 23%, 28%,

31%, 18%, 25%

20%

Método

Percentil

Uso de Método intercuartil

Límite Inferior 21.50%

Mediana 24.00%

Límite Superior 27.25%

Método

Percentil

Se propone al cliente un ajuste para aumentar las Ventas

Se hace un ajuste Contable y/o fiscal Incrementando Ingresos

Acumulables

Resolución Miscelánea

Publicada al 2 de julio de 2018 (aplicable para el ejercicio 2018) añade la sección 3.9.1 denominada Ajustes de Precios de Trasferencia. Además de dar definiciones sobre los tipos de ajuste; establecen reglas a seguir cuando después de aplicar el método percentil la operación analizada está fuera del rango.

Los Ajustes Pueden ser :

Aumentar Ingresos acumulables Aumentar Deducciones

Incrementa Base Impuesto Baja Base Impuesto

Puede motivar declaración

complementaria

Puede motivar declaración

complementaria

HACIENDA OK HACIENDA pondrá trabas

Disminuir Ingresos acumulables Disminuir Deducciones

Baja Base Impuesto Incrementa Base Impuesto

Puede motivar declaración

complementaria

Puede motivar declaración

complementaria

HACIENDA pondrá Trabas HACIENDA OK

INTERPRETACIÓN JURÍDICA SOBBRE PRECIOS DE

TRANSFERENCIA

AUTO REGULARIZACIÓN Para efectos de dar debido cumplimiento a las

obligaciones previstas en la Ley Federal para la

Prevención e Identificación de Operaciones con

Recursos de Procedencia Ilícita (Ley de Lavado de

dinero) de identificar y avisar al SAT

Los sujetos que NO se encuentren al corriente en el

cumplimiento de dichas obligaciones del 1º de julio del

2013 al 31 de diciembre del 2018 podrán

Solicitar y obtener autorización del SAT para

regularizar su situación

Implementar el programa de auto regulación

AUTO REGULARIZACIÓN

IDENTIFICACIÓN DE ACTIVIDADES

VULNERABLES

Tarjetas de servicio, crédito, pre pagadas y

todas aquellas que constituyan instrumentos de

almacenamiento de valor monetario

Operaciones de mutuo o de garantía o de

otorgamiento de préstamos o créditos

La comercialización o distribución de vehículos

(aéreos, marítimos o terrestres), nuevos o

usados

AUTO REGULARIZACIÓN IDENTIFICACIÓN DE ACTIVIDADES

VULNERABLES

Servicios de construcción o desarrollo de

bienes inmuebles en los que se involucren

operaciones de compra o venta

La prestación de servicios profesionales, de

manera independiente, sin que medie relación

laboral (Administración y manejo de recursos,

valores o cualquier otro activo

AUTO REGULARIZACIÓN

IDENTIFICACIÓN DE ACTIVIDADES

VULNERABLES

La constitución de derechos personales de uso

o goce de bienes (arrendamiento de inmuebles

por su valor mensual sea mayor a 1605 UMAS

($129,363 para 2018)

Recepción de donativos

La subasta o comercialización de obras de arte

La comercialización o intermediación de

Metales Preciosos, Piedras Preciosas, joyas o

relojes

AUTO REGULARIZACIÓN

OBLIGACIONES

Presentar Avisos en los tiempos y bajo las formas

previstas

Identificar a los clientes y usuarios con quienes

realicen las Actividades sujetas a supervisión y

verificar su identidad basándose en credenciales o

documentación oficial, así como recabar copia de

la documentación

Para los casos en que se establezca una relación

de negocios, se solicitará al cliente o usuario la

información sobre su actividad u ocupación

AUTO REGULARIZACIÓN

OBLIGACIONES

Solicitar al cliente o usuario si tiene

conocimiento de la existencia del dueño

beneficiario (documentación oficial que permita

identificarlo)

Custodiar, proteger, resguardar y evitar la

destrucción u ocultamiento de la información

que sirva de soporte a la Actividad Vulnerable

AUTO REGULARIZACIÓN

AMNISTÍA

El SAT deberá emitir y publicar en el Diario

Oficial de la Federación las reglas de carácter

general en un plazo máximo de 60 días

No procederá la imposición de sanciones (de

$806 mil a 5.2 millones de pesos) respecto del

período de incumplimiento que ampare el

programa de auto regularización

AUTO REGULARIZACIÓN

AMNISTÍA

El SAT podrá condonar las multas que se

hayan fijado en términos de la (Ley de Lavado

de dinero) durante el período de

incumplimiento que ampare el programa

La vigencia del programa de auto

regularización interrumpe el plazo de

prescripción para la imposición de las

sanciones correspondientes

INTERPRETACIÓN JURÍDICA DE LA AUTO REGULARIZACIÓN

El ciudadano, debe manifestar bajo protesta de decir

verdad que se que se comprometen a continuar con el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la

normatividad que los regula, así como con sus

obligaciones fiscales

El Órgano (Secretaría de Economía) tendrá las

funciones en coordinación con el sector privado, de

determinar la forma y periodicidad con que se llevará a

cabo los procesos de selección del 1% de los

contribuyentes que se encuentren inscritos en el Padrón

INICIATIVA LEY DE FOMENTO A LA

CONFIANZA CIUDADANA

A efecto de verificar el cumplimiento de las obligaciones

fiscales a las que se encuentren sujetos (Órgano distinto

al SAT)

Los contribuyentes sancionados perderán su inscripción

en el Padrón y no podrán ser sujetos a los beneficios y

además serán sujetos de manera continua a los

procesos de verificación que realice la Secretaría, hasta

en tanto no revaliden su inscripción

INICIATIVA LEY DE FOMENTO A LA

CONFIANZA CIUDADANA

APLICACIÓN DEL CFDI

APLICACIÓN DEL CFDI

Los tipos de CFDI son:

* Ingresos

* Egresos

* Traslado

* Recepción de pago

* Nómina

APLICACIÓN DEL CFDI

INGRESOS

Contado

• CFDI que identifica la enajenación de bienes, prestación de servicios, uso ó goce temporal de bienes.

Crédito pago único

• CFDI que identifica la enajenación de bienes, prestación de servicios, uso ó goce temporal de bienes.

• Comprobante de recepción de pago por el total de la contraprestación.

Crédito parcialidades

• CFDI que identifica la enajenación de bienes, prestación de servicios, uso ó goce temporal de bienes.

• De dos a más comprobantes de recepción de pago.

APLICACIÓN DEL CFDI

INGRESOS POR ANTICIPOS

Sin remanente al concretar la enajenación

• Para estos anticipos es necesario elaborar:

• Comprobante por el anticipo

• Comprobante al concretar la operación y recibir la contraprestación.

• Comprobante de egresos que ampare el monto del anticipo.

Con remanente al concretar la enajenación

• Comprobante por el anticipo

• Comprobante al concretar la operación y recibir la contraprestación, aplicando el anticipo recibido.

• Comprobante por recepción de pago.

APLICACIÓN DEL CFDI

EGRESOS

NOTAS DE

CREDITO

Devolución de mercancía

Descuentos

Bonificaciones

Cancelaciones de

anticipos

APLICACIÓN DEL CFDI

TRASLADO

Este tipo de comprobante sirve para acreditar la

propiedad o posesión legal de mercancías o

bienes durante un traslado

Por lo general los transportistas son los que

utilizan este tipo de comprobantes

NO EMISIÓN DEL CFDI POR

RETENCIÓN

En el uso o goce temporal de bienes inmuebles y

en servicios profesionales el CFDI hace las

veces de constancia de retención

En el caso, las personas físicas que expidan el

CFDI podrán considerarlo como constancia de

retención del ISR e IVA, y efectuar el

acreditamiento de los mismos en los términos de

las disposiciones fiscales

PAGO DE IVA Y DE IEPS PARA

CONTRIBUYENTES DEL RIF

Sigue vigente para los que tributan en el RIF, el

beneficio de calcular el IVA y el IEPS con base a

porcentajes preferenciales, dependiendo de la

actividad que realizan

El beneficio solamente es aplicable en

operaciones con el público general

COMPENSACIÓN UNIVERSAL

2018

El CFF permite la compensación de cantidades a

favor derivadas de impuestos federales contra

saldos a cargo y fueran por adeudos propios o

por retención a terceros

2019

La Ley de Ingresos de la Federación considera

solo compensar cantidades a favor contra saldos

a cargo, en ambos casos generados en el mismo

impuesto y sólo por adeudos propios

COMPENSACIÓN UNIVERSAL

En Resolución Miscelánea se permite que las

cantidades generadas hasta el 31 de diciembre

del 2018 sean compensadas contra saldos a

cargo por adeudo propio

Se debe presentar un aviso

INTERPETACIÓN JURÍDICA

DE LA COMPENSACIÓN

UNIVERSAL

IMPUESTO PREDIAL EN LA

CIUDAD DE MÉXICO

El 31 de diciembre del 2018 se publicaron en la

Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal

(GOGDF)las modificaciones a la tarifa

contenida en el artículo 130 del CFCM

relacionadas con el procedimiento de cálculo y

determinación del Impuesto Predial en casa

habitación

IMPUESTO PREDIAL EN LA

CIUDAD DE MÉXICO

En el precitado Decreto se publicaron las

nuevas características para la determinación

del valor catastral base del impuesto predial

actualizando su tarifa en las columnas de límite

inferior y superior de valor catastral de los

inmuebles.

IMPUESTO PREDIAL EN LA

CIUDAD DE MÉXICO

DECRETO

Los contribuyentes determinarán el impuesto predial

bimestralmente, aplicando al valor catastral de los

inmuebles la tarifa respectiva que se conforma de

dieciséis (16) rangos que van de la letra “A” a la “P”,

determinados entre un mínimo y un máximo, según el

valor catastral del inmueble, con cuotas fijas y tasas

aplicables sobre el excedente del límite inferior

IMPUESTO PREDIAL EN LA

CIUDAD DE MÉXICO

Tratándose de inmuebles de uso habitacional,

los contribuyentes tendrán derecho a una

reducción del impuesto predial a su cargo

mediante el pago de una cuota fija

IMPUESTO PREDIAL EN LA

CIUDAD DE MÉXICO

Se prescribe que los contribuyentes del

impuesto predial pagarán una cuota fija,

cuando se trate de inmuebles de uso

habitacional cuyo valor catastral se ubique en

los rangos A, B, C y D de la fracción I del

artículo 130 del Código Fiscal de la Ciudad de

México

IMPUESTO PREDIAL EN LA

CIUDAD DE MÉXICO

La mencionada reforma viola en perjuicio de los

contribuyentes los principios de legalidad y

seguridad jurídica, previstos en los artículos 14

y 16 de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos, así como los principios de

proporcionalidad y equidad tributaria

establecidos en el artículo 31, fracción IV,

Constitucional

IMPUESTO PREDIAL EN LA

CIUDAD DE MÉXICO

¿POR QUÉ?

En virtud de que establece un trato diferente a

personas que se encuentran en una misma

situación ante el objeto del impuesto

IMPUESTO PREDIAL EN LA

CIUDAD DE MÉXICO

Es decir, el sistema de aminoración del

impuesto predial que prevé el precitado artículo

del CFCDMX, se establece atendiendo al

destino del inmueble (uso habitacional),

mediante un esquema regresivo de cuotas fijas

IMPUESTO PREDIAL EN LA

CIUDAD DE MÉXICO

Sin embargo, solamente pueden acceder a ese

beneficio los propietarios y poseedores de

inmuebles de uso habitacional comprendidos

en los rangos A al D, y no así los que se ubican

en los reglones E al P de la tarifa respectiva

IMPUESTO PREDIAL EN LA

CIUDAD DE MÉXICO

Que los rangos E al P de la tarifa del impuesto predial

no estén comprendidos en la tabla de descuentos,

excluye injustificadamente del régimen especial de

tributación previsto para los inmuebles de uso

habitacional, colocándolos en el “régimen general”

cuestión que se traduce en un trato desigual entre

sujetos que se ubican en la misma situación, sin que

exista una razón objetiva para ello

IMPUESTO PREDIAL EN LA

CIUDAD DE MÉXICO

Además, el incremento de la tarifa para el cálculo del

impuesto predial resulta excesivo en comparación a lo

que los contribuyentes estaban obligados a pagar en

el ejercicio anterior por el mismo predio, sin que para

ello variaran las condiciones del lugar o la zona,

situación que contraviene el principio de

proporcionalidad previsto en nuestra Constitución

IMPUESTO PREDIAL EN LA CIUDAD

DE MÉXICO

Existe la posibilidad de interponer en su contra

el denominado juicio de amparo indirecto

ante los Juzgados de Distrito competentes en

la Ciudad de México

IMPUESTO PREDIAL EN LA

CIUDAD DE MÉXICO

¿CUÁNDO SE PODRÍA INTERPONER?

Dos momentos:

El primero, a los treinta días hábiles siguientes a la

entrada en vigor de las modificaciones realizadas al

precepto de mérito, y

El segundo, dentro de los quince días hábiles siguientes al

primer acto de aplicación, que en el caso concreto

corresponde al pago del impuesto del primer bimestre de

2019

IMPUESTO PREDIAL EN LA

CIUDAD DE MÉXICO

¿CUÁL ES EL OBJETO O

BENEFICIO DE SU

INTERPOSICIÓN?

ESTIMULOS FISCALES

REDUCCIÓN DE MULTAS FORMALES

50% DESDE QUE INICIA LA AUDITORÍA Y

HASTA EL ACTA FINAL U OFICIO DE

OBSERVACIONES

40% A PARTIR DEL ACTA FINAL, OFICIO DE

OBSERVACIONES O RESOLUCIÓN

PROVISIONAL Y HASTA ANTES DE QUE SE

NOTIFIQUE EL CRÉDITO FISCAL

ESTIMULOS FISCALES

ACREDITAMIENTO DEL IEPS DEL DIÉSEL O

BIODIÉSEL

ACTIVIDAD EMPRESARIAL QUE UTILICEN EL

DIÉSEL, BIODIÉSEL Y SUS MEZCLAS COMO

COMBUSTIBLE EN MAQUINARIA (EXCEPTO

VEHÍCULOS)

APLICABLE A VEHÍCULOS MARINOS

ACREDITAMIENTO DEL IEPS AL ISR CAUSADO

ESTIMULOS FISCALES

OPCIÓN PARA EL ACREDITAMIENTO DEL

IEPS AL ISR

SECTORES AGRÍCOLA, GANADERO,

PESQUERO Y SILVÍCOLAS

POSIBILIDAD DE ACREDITAR EL FACTOR DEL

0.355 AL PRECIO DEL DIÉSEL INCLUYENDO EL

IVA

ESTIMULOS FISCALES

DEVOLUCIÓN DEL IEPS DEL DIÉSEL O

BIODIÉSEL QUE SE UTILICE PARA

CONSUMO FINAL

DEVOLUCIÓN PARA AGROPECUARIAS Y

SILVÍCOLAS (20 veces UMA)

PERSONAS FÍSICAS

PERSONAS MORALES

ESTIMULOS FISCALES

ACREDITAMIENTO DEL IEPS DEL DIÉSEL O

BIODIÉSEL

TRANSPORTE PÚBLICO DE PERSONAS,

CARGA O TURÍSTICO

CONTRA ISR CAUSADO

VIGENCIA DE DOCE MESES

NO APLICABLE SI EL SERVICIO SE OTORGA

ENTRE PARTES RELACIONADAS

ESTIMULOS FISCALES ACREDITAMIENTO PARA

TRANSPORTISTAS DEL 50% DEL PAGO DE

PEAJE EN AUTOPISTAS

TRANSPORTE DE PERSONAS, CARGA O

TURÍSTICO

50% CONTRA ISR CAUSADO

QUIEN NO LO ACREDITE PERDERÁ SU

DERECHO

ES ACUMULABLE EL ESTÍMULO

ESTIMULOS FISCALES ACREDITAMIENTO DEL IEPS DE LOS

COMBUSTIBLES FÓSILES AL ISR CAUSADO QUE

SE UTILICEN PARA ELABORAR OTROS BIENES

QUE EN EL PROCESO PRODUCTIVO:

NO SE DESTINEN A LA COMBUSTIÓN

UTILIZAR LA FORMA OFICIAL

MONTO QUE RESULTE DE MULTIPLICAR LA

CUOTA DEL IEPS POR LA CANTIDAD DE

COMBUSTIBLE CONSUMIDO

SON COMBUSTIBLES FÓSILES: PROPANO, BUTANO,

GASOLINA, GASAVIÓN, TURBOSINA, DIÉSEL, COQUE DE

CARBÓN,…

ESTIMULOS FISCALES

ACREDITAMIENTO DEL DERECHO ESPECIAL DE

MINERÍA

LOS CONTRIBUYENTES TITULARES DE

CONCESIONES Y ASIGNACIONES MINERAS

PODRÁN ACREDITAR CONTRA EL ISR DEL

EJERCICIO O EN PAGOS PROVISIONALES, EL

DERECHO ESPECIAL SOBRE MINERÍA QUE SE

HAYA PAGADO EN EL EJERCICIO QUE SE TRATE

INGRESOS ANUALES 50 MILLONES DE PESOS

ESTIMULOS FISCALES

DISMINUIR DE LA UTILIDAD FISCAL

DETERMINADA EN LOS PAGOS PROVISIONALES

EL MONTO DE LA PTU PAGADA EN EL MISMO

EJERCICIO

DISMINUCIÓN DE LA PTU EN LA MISMA

PROPORCIÓN DE MAYO A DICIEMBRE (8 MESES)

EL ESTÍMULO SE APLICARÁ HASTA EL MONTO

DE LA UTILIDAD FISCAL

NO SE RECALCULARÁ EL COEFICIENTE DE

UTILIDAD CON MOTIVO DE ESTE ESTÍMULO

ESTIMULOS FISCALES

DEDUCCIÓN ADICIONAL POR CONTRATAR

TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD

PERSONAS QUE PADEZCAN DISCAPACIDAD; MOTRIZ,

QUE PARA SUPERARLA REQUIERAN USAR

PERMANENTEMENTE DE PRÓTESIS, MULETAS O SILLAS

DE RUEDAS; AUDITIVA O DE LENGUAJE, EN UN 80% O

MÁS DE LA CAPACIDAD NORMAL; MENTAL, ASÍ COMO

CUANDO EMPLEEN INVIDENTES

CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD EXPEDIDO POR EL

IMSS

ESTIMULOS FISCALES

DEDUCCIÓN ADICIONAL POR CONTRATAR

TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD

DEDUCIR DE LOS INGRESOS ACUMULABLES EL

EQUIVALENTE DEL 25% DEL SALARIO EFECTIVAMENTE

PAGADO

EL SALARIO GRAVADO ES AL QUE SE LE APLÍCA EL

ESTÍMULO, (NO EL EXENTO)

RETENER Y PAGAR EL IMPUESTO

NO PODRÁN APLICAR EL ESTÍMULO QUE CONTEMPLA

LA LEY DE ISR DE LA DEDUCCIÓN ADICIONAL POR

CONTRATAR DISCAPACITADOS

DEDUCCIÓN ADICIONAL POR

DONACIÓN DE BIENES BÁSICOS

Deducción adicional del 5% del costo de lo vendido

de los bienes donados a donatarias autorizadas

denominadas “banco de alimentos o medicinas”

Condiciones

• Que el margen de utilidad sea igual o superior al

10%

• Si es menor el porcentaje de deducción será el

50% del margen de utilidad

ESTIMULOS FISCALES

ESTÍMULOS POR INVERSIÓN EN PROYECTOS DE

PRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA NACIONAL

LOS CONTRIBUYENTES QUE SEAN BENEFICIADOS CON

EL CRÉDITO FISCAL POR LAS APORTACIONES

EFECTUADAS A PROYECTOS DE INVERSIÓN

APLICAR EL MONTO DEL CRÉDITO FISCAL A LOS PAGOS

PROVISIONALES DE ISR

NO SE PODRÁ APLICAR EN FORMA CONJUNTA CON

OTROS TRATAMIENTOS FISCALES QUE OTORGUEN

BENEFICIOS O ESTÍMULOS FISCALES

EXENCIONES

DERECHO DEL TRÁMITE ADUANERO (DTA)

SE EXIME DEL PAGO DEL DTA QUE SE

CAUSE POR LA IMPORTACIÓN DE GAS

NATURAL, EN LOS TÉRMINOS DE LA

LEY FEDERAL DE DERECHOS

¿PREGUNTAS?

PRESENTACIÓN EN:

www.nyssen.com/reformasfisc

ales2019

GRACIAS

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