propuestas iniciativas (2014)asambleaapostolica.org/english/wp-content/uploads/2014/... ·...
Post on 05-Jan-2020
4 Views
Preview:
TRANSCRIPT
Asamblea Apostólica de la Fe en Cristo Jesús CONVENCIÓN GENERAL 2014 – Long Beach, CA
Noviembre 25-29, 2014
PROPUESTAS INICIATIVAS
(2014)
2
ASAMBLEA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS
CONVENCIÓN GENERAL 2014 – Long Beach, CA
FECHA: Noviembre 25-29, 2014
PROPUESTA INICIATIVA A LA CONSTITUCIÓN #1 (2014)
ENMIENDA PROPUESTA:
PROPUESTA PARA MODIFICAR EL ARTÍCULO 7, Inciso X
POR : Pastor Misael J. Zaragoza, National City, CA
3
Convención General 2014 – Long Beach, CA
PROPUESTA - INICIATIVA
Sometido por: Pastor Misael J. Zaragoza
DEBERES DEL OBISPO PRESIDENTE1
ARTÍCULO 7 SECCIÓN X
(ACTUAL): Presentará un informe de su administración, incluyendo datos
estadísticos, ante las Convenciones Generales, e informará de sus actividades
ante las reuniones ordinarias de la Mesa Directiva General.
(PROPUESTA - INICIATIVA): Someterá un informe por escrito del Estado
de la Iglesia, su administración y los otros siete (7) departamentos de la Mesa
Directiva General. El informe debe incluir, más no limitarse, al plan de
negocios, información financiera, información de censo e información
demográfica concerniente al Estado de la Iglesia. El informe debe ser enviado
por medio de First-Class Mail, por medio de correo electrónico o por fax a
todos los Pastores actuales de la Asamblea Apostólica no menos de treinta (30)
días antes de la próxima Convención General. Los Pastores revisarán y
estudiarán el Informe Presidencial antes de asistir a la Convención General. El
Informe del Estado de la Iglesia también deberá ser sometido a la Sesión Conjunta
de Obispos antes de ser presentado y discutido con el cónclave de Pastores en la
Convención General.
(RAZÓN POR EL CAMBIO): Los Pastores podrán revisar y estudiar el
Informe Presidencial antes de la convención y podrán estar preparados con
preguntas. En convenciones anteriores, algunos de los departamentos se
han salido del presupuesto, han estado fuera de balance, y el obispo
encargado de ese departamento es nominado, en el pasado, por un segundo
término. Pero basado en los resultados del departamento, tal nominación no
ha sido justamente merecida por el supervisor del departamento. Si el
supervisor de un departamento es incapaz de manejar y poner en orden su
departamento en cuatro años, no debería ser nominado ni aprobado por la
mesa calificativa para un segundo término en cualquier posición de la Mesa
Directiva General. El segundo beneficio de éste cambio es que dará más
tiempo a los Obispos, Ancianos y Pastores para discutir otros temas
importantes. Todos hemos notado que se ha tomado demasiado tiempo, en
Convenciones Generales anteriores, leyendo estos informes.
1 Constitución de la Asamblea Apostólica 2013 página 11
4
ASAMBLEA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS
CONVENCIÓN GENERAL 2014 – Long Beach, CA
FECHA: Noviembre 25-29, 2014
PROPUESTA INICIATIVA A LA CONSTITUCIÓN #2 (2014)
ENMIENDA PROPUESTA:
PROPUESTA PARA MODIFICAR EL ARTÍCULO 6, Inciso IV
POR : Pastor Misael J. Zaragoza, National City, CA
5
Convención General 2014 – Long Beach, CA
PROPUESTA - INICIATIVA
Sometido por: Pastor Misael J. Zaragoza
REQUISITOS PARA SER MIEMBRO DE LA MESA DIRECTIVA
GENERAL2
ARTÍCULO 6 SECCIÓN IV
(ACTUAL): Para figurar como candidato para los demás puestos se requiere
que la persona haya sido miembro de la Mesa Directiva General, obispo o
anciano auxiliar y estar ocupado en el momento de la elección cuando menos
en un pastorado.
(PROPUESTA - INICIATIVA): Para figurar como candidato para ser
nominado, elegido, o para llenar una vacancia en la Mesa Directiva General, el
candidato debe haber servido un término completo de cuatro años en la Mesa
Directiva General, o un término completo de cuatro años como Obispo
Supervisor; debe ser un Pastor actual, en buen estado con la iglesia, cumplido
con todas sus obligaciones, y debe estar completamente en acuerdo con los
Principios Doctrinales de la Asamblea Apostólica.
(RAZÓN POR EL CAMBIO): El ministro nominado para servir en la Mesa
Directiva General debería de tener la experiencia y conocimiento de los
asuntos normales y críticos pertinentes a la Mesa Directiva General. Esto
solamente se logra por medio haber servido como miembro de la Mesa
Directiva General o como Obispo Supervisor por lo menos cuatro años.
Muchos de nuestros Obispos, sus esposas, y familias han servido a la
Asamblea Apostólica día tras día con tanta integridad, humildad, y valor, y
representan lo mejor de nuestras tradiciones y doctrinas apostólicas. Ellos
deberían ser dados el primer derecho y oportunidad para servir al nivel de
supervisión nacional envés de nominar o apuntar a un ministro novato con
solamente experiencia de haber sido Anciano o Pastor. En nuestra
organización, el puesto de Anciano es un puesto pasivo sin autoridad, sin
necesidad de resolver problemas, y la mayoría de nuestros Ancianos y Pastores
no tienen la experiencia para tratar con los asuntos normales o críticos dentro
de nuestra organización.
2Constitución de la Asamblea Apostólica 2013 página 9
6
ASAMBLEA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS
CONVENCIÓN GENERAL 2014 – Long Beach, CA
FECHA: Noviembre 25-29, 2014
PROPUESTA INICIATIVA A LA CONSTITUCIÓN #3 (2014)
ENMIENDA PROPUESTA:
PROPUESTA PARA MODIFICAR EL ARTÍCULO 66, Añadir
Inciso XI
POR : Pastor Misael J. Zaragoza, National City, CA
7
Convención General 2014 – Long Beach, CA
PROPUESTA - INICIATIVA
Sometido por: Pastor Misael J. Zaragoza
ATRIBUCIONES DE LOS PASTORES
ARTÍCULO 66 AÑADIR SECCIÓN XI
El Pastor Líder tendrá el primer derecho a rehusar de nombrar su Sucesor
solamente si ha sido Pastor de esa iglesia local por 20 años o más y ha llegado
a la edad de 65. El Pastor que se jubilará tendrá la responsabilidad de
discipular y entrenar a su Sucesor Nombrado por no menos de un año antes de
la transición Pastoral, y el Sucesor deberá comprometerse a continuar la
misión y visión de la iglesia local. La transición Pastoral propuesta depende
de la fidelidad del Sucesor Nombrado; debe de estar en buen estado con la
Asamblea Apostólica, ser cumplido con todas sus obligaciones, y debe de estar
completamente en acuerdo con los Principios Doctrinales de la Asamblea
Apostólica como es estipulado en el capítulo veinticuatro de ésta Constitución.
El Pastor que se jubilará debe notificar por escrito al Obispo Supervisor y al
Obispo Presidente. El Obispo Presidente y los oficiales del Distrito darán
consejo al Sucesor Nombrado del Pastor Líder local sobre sus deberes a la
Asamblea Apostólica, al Distrito, a la iglesia local y al Pastor jubilado.
(RAZÓN POR EL CAMBIO): Muchos de nuestros pastores líderes que han
llegado a la edad de jubilación deberían de tener el derecho de elegir a su
sucesor. Es notable que tenemos Pastores Líderes, sus esposas, y familias que
sirven a la Asamblea Apostólica, y que día tras día, llevan a cabo sus funciones
con tanta integridad, humildad, y valor; ellos representan lo mejor de nuestras
tradiciones y la Doctrina Apostólica. La Asamblea Apostólica ha crecido y se
ha desarrollado en proporciones tales que la Mesa Directiva General y los
oficiales del Distrito tienen, en la mayoría de los casos, un mínimo
conocimiento de los asuntos internos de la iglesia local. Hemos visto en
nuestra Asamblea Apostólica que algunos ministros han sido colocados como
pastores, dentro del perímetro de responsabilidad de la Mesa Directiva General
y los oficiales del Distrito correspondientes, sin la aprobación del pastor actual,
y en algunos casos el resultado del crecimiento espiritual y numérico, así como
la estabilidad financiera de la iglesia local, ha sido mínima o negativa.
(NOTA)Esta propuesta - iniciativa para añadir una sección XI al Artículo
66 modificaría el siguiente artículo:
8
ATRIBUCIONES DEL OBISPO DE DISTRITO: ARTÍCULO 49
SECCIÓN I (PÁGINA 73): que diría lo siguiente:
(ACTUAL): “Las atribuciones de los obispos supervisores serán las
siguientes”
Harán por regla general el cambio o remoción de pastores y ministros en
convención distrital, o en reunión ministerial; tendrán la facultad para nombrar
pastores o encargados de las congregaciones y para hacer todos los cambios
ministeriales que sean necesarios. No se hará ningún cambio o remoción de
ministros sin la previa autorización del Obispo Presidente. (La siguiente
oración es en adición a éste párrafo): Este Artículo excluye a Pastores
entrando en la jubilación, quienes tendrán el primer derecho de rehusar
nombrar su Sucesor de acuerdo a las reglas y procedimientos del
ARTÍCULO 66 SECCIÓN XI PÁGINA 98 de ésta Constitución.
9
ASAMBLEA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS
CONVENCIÓN GENERAL 2014 – Long Beach, CA
FECHA: Noviembre 25-29, 2014
PROPUESTA INICIATIVA A LA CONSTITUCIÓN #4 (2014)
ENMIENDA PROPUESTA:
PROPUESTA PARA MODIFICAR EL CAPÍTULO 23,
ARTÍCULO 76, Inciso I
POR: Pastor Misael J. Zaragoza, National City, CA
10
Convención General 2014 – Long Beach, CA
PROPUESTA - INICIATIVA
Sometido por: Pastor Misael J. Zaragoza
PROCEDIMIENTOS PARA ENMENDAR LA CONSTITUCIÓN DE LA
ASAMBLEA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS3
CAPÍTULO VEINTITRÉS ARTÍCULO 76 SECCIÓN I
(ACTUAL): Las propuestas – iniciativas son el instrumento para enmendar, crear
o eliminar artículos de la Constitución de la Asamblea Apostólica, y deberán
inicialmente entregarse al Obispo Secretario General quien, en su debido orden, las
presentará a la reunión ministerial de la Convención General, para estudiar si
deben recibir una resolución inicial de proceso.
(PROPUESTA-INICIATIVA): Las propuestas – iniciativas son el instrumento
para que después de ser aprobadas enmendarán, crearán o eliminarán artículos de
la Constitución de la Asamblea Apostólica. Estos deberán ser sometidos al
Obispo Secretario General, por escrito, no menos de noventa (90) días antes de
la Convención General. El Obispo Secretario General enviará el documento a
todos los pastores actuales de la Asamblea Apostólica no menos de 30 días antes
de la Convención General para revisión y estudio Pastoral. Transmisión de los
documentos debe de ser por medio de First-Class Mail, correo electrónico o por
fax. El Obispo Secretario General las presentará al cónclave de ministros
presentes en la Convención General para revisar y votar si deben recibir una
resolución inicial de proceso.
(RAZÓN POR EL CAMBIO):Los Obispos, Ancianos y Pastores deberían ser
Dados el tiempo suficiente para leer, revisar y estudiar las propuestas –
iniciativas antes de la convención y estar preparados con preguntas o críticas
constructivas. Muchos de nuestros ministros que expresan sus opiniones a
favor o en contra de cualquier iniciativa o cambio a nuestra Constitución sólo
hablan sus ideas, conceptos, o preferencias personales. Un ministro debe estar
preparado para hablar con claridad, con apoyo bíblico, datos históricos u otros
datos que acrediten el apruebo o desapruebo de la propuesta - iniciativa. Esto
sólo puede suceder cuando los Obispos, Ancianos y Pastores se les dan el
tiempo suficiente para leer, revisar y estudiar las propuestas - iniciativas antes
de la convención.
(NOTA): La introducción de la Constitución de nuestra Asamblea Apostólica
estipula en el párrafo 3, cláusula 2: “Que nuestra Constitución brota de la
Palabra de Dios y que toda nueva propuesta o enmienda debe forjarse bajo
la luz de las Sagradas Escrituras (Efesios 2:20).”
11
ASAMBLEA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS
CONVENCIÓN GENERAL 2014 – Long Beach, CA
FECHA: Noviembre 25-29, 2014
PROPUESTA INICIATIVA A LA CONSTITUCIÓN #5 (2014)
ENMIENDA PROPUESTA:
PROPUESTA PARA MODIFICAR EL ARTÍCULO 14, Inciso III
POR : Pastor Misael J. Zaragoza, National City, CA
12
Convención General 2014 – Long Beach, CA
PROPUESTA - INICIATIVA
Sometido por: Pastor Misael J. Zaragoza
DEBERES DEL OBISPO SECRETARIO DE MISIONES EXTRANJERAS
ARTÍCULO 14 SECCIÓN III
(ACTUAL): Elaborará planes de trabajo y un presupuesto anual y los
presentará ante la Mesa Directiva General para su estudio y aprobación.
(PROPUESTA – INCIATIVA): Desarrollará y someterá un plan de negocios
anual y un presupuesto anual. El plan de negocios debe incluir, mas no
limitarse, al análisis de ingresos y egresos para el departamento, y debe
delinear las iglesias locales o congregaciones que consistentemente dan
apoyo financiero, estipendios mensuales, salarios mensuales y que suplen o
sobrepasan la cuota mensual a un misionero. El plan de negocios también
debe incluir un negante para las iglesias locales que consistentemente dan para
la obra misionera y que serán exentas de otros programas relacionados a
Misiones Extranjeras. El plan de negocios, presupuesto, exenciones, y reglas de
exención deben ser sometidas a la Mesa Directiva General para su revisión y
aprobación. Debe presentar el plan de negocio y el presupuesto al a Mesa
Directiva General para su estudio, revisión, modificación y aprobación.
(RAZÓN POR EL CAMBIO): Una iglesia local que directamente apoya a un
misionero va a crear un vínculo más espiritual y comunicativo entre la iglesia
local y el Misionero. Tal iglesia será testigo de los resultados directos de sus
contribuciones colectivas. La iglesia local será capaz de programar viajes
misioneros al campo misionero. El pastor local y el misionero serán capaces de
formular un plan de trabajo más eficaz de crecimiento por estar los dos
directamente involucrados.
(NOTA):Todas las demás iglesias locales que no apoyan a un misionero
directamente para su salario mensual, estipendio o apoyo financiero debe
seguir promoviendo y contribuyendo al programa nacional de nuestras Dorcas
conocido por nosotros como: FLOR AZUL o cualquier otro programa
relacionado con Misiones Extranjeras que proporcionará asistencia financiera a
todas las otras necesidades del misionero fuera de su sueldo.
13
ASAMBLEA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS
CONVENCIÓN GENERAL 2014 – Long Beach, CA
FECHA: Noviembre 25-29, 2014
PROPUESTA INICIATIVA A LA CONSTITUCIÓN #6 (2014)
ENMIENDA PROPUESTA:
QUE EL SECRETARIO DEL DISTRITO Y EL TESORERO DEL
DISTRITO SEAN RECONOCIDOS COMO ANCIANO
SECRETARIO Y ANCIANO TESORERO.
POR : Pastor Pastor Johnnie Medrano, Phoenix #5, AZ
14
Convención General 2014 – Long Beach, CA
PROPUESTA - INICIATIVA
Sometido por: Pastor Johnnie Medrano
(PROPUESTA – INCIATIVA): Que el Secretario del Distrito y el Tesorero
del Distrito sean reconocidos como Anciano Secretario y Anciano Tesorero.
(RAZÓN): 1. Esto seguiría el modelo de la Mesa Directiva General. Cualquier persona en la
Mesa Directiva General es adecuadamente reconocida como obispo. Algunos
antes eran Ancianos, pero debido a su nueva posición tomamos la decisión hace
unos años para reconocer a cada miembro como obispo.
2. Para ocupar el cargo de Secretario del Distrito o Tesorero del Distrito deben
cumplir con los mismos requisitos de ser anciano. (Artículo 52 Inciso 10; Artículo
53 Inciso VI)
3. El cargo de Secretario del Distrito o Tesorero es un paso adelante respecto al de
Anciano; así que tiene sentido para llamarlos Anciano Secretario o Anciano
Tesorero en lugar de Pastor.
15
ASAMBLEA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS
CONVENCIÓN GENERAL 2014 – Long Beach, CA
FECHA: Noviembre 25-29, 2014
PROPUESTA INICIATIVA A LA CONSTITUCIÓN #7 (2014)
ENMIENDA PROPUESTA:
QUE HAGAMOS UNA DECISIÓN POR LA FAMILIA EN QUE
NO TENGAMOS MÁS CONVENCIONES DURANTE LA
SEMENA DEL DÍA DE ACCION DE GRACIAS.
POR : Pastor Pastor Johnnie Medrano, Phoenix #5, AZ
16
Convención General 2014 – Long Beach, CA
PROPUESTA - INICIATIVA
Sometido por: Pastor Johnnie Medrano
(PROPUESTA – INCIATIVA): Que hagamos una decisión por la
familia en que no tengamos más convenciones durante la semana del
día de Acción de Gracias.
(RAZÓN): 1. El día de Acción de Gracias es un tiempo para la familia y debe tener prioridad
sobre las obligaciones de la iglesia.
2. Nuestras prioridades son: Dios, la familia, la Iglesia; sin embargo, por tener
convenciones durante la semana del día Acción de Gracias, estamos diciendo que
nuestras prioridades son: Dios, La Iglesia, La Familia.
3. No todos tenemos familia en la iglesia o que vaya a venir a la Convención.
4. No todos vivimos cerca de la Convención; donde pudiéramos disfrutar de ambos
eventos.
5. Muchos no atienden a nuestra Convención no porque son rebeldes, sino porque
tienen sus prioridades en orden.
17
ASAMBLEA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS
CONVENCIÓN GENERAL 2014 – Long Beach, CA
FECHA: Noviembre 25-29, 2014
PROPUESTA INICIATIVA A LA CONSTITUCIÓN #8 (2014)
ENMIENDA PROPUESTA:
PROPUESTA PARA MODIFICAR EL ARTÍCULO 63, Inciso IX
POR: Pastor Johnnie Medrano, Phoenix #5, AZ
18
Convención General 2014 – Long Beach, CA
PROPUESTA - INICIATIVA
Sometido por: Pastor Johnnie Medrano
(PROPUESTA – INCIATIVA): Agregar Inciso IX al Artículo 63 Ministros
en receso y hacer cambios al documento de divorcio y a cualquier otro lugar en
la constitución que serían afectados. El objetivo de esta propuesta es abrir una vía
para aquellos hombres fieles que han sufrido el divorcio después de ser ungidos
para Ministerio Apostólico. Actualmente nuestra iglesia no tiene ninguna
oportunidad para que un ministro sea restaurado a su ministerio después del
divorcio.
(RAZÓN): 1. Hay hombres entre nosotros que han mostrado fidelidad durante este evento
traumático.
2. Estos hombres pueden haber aprendido de la desaparición de su matrimonio, y
ahora pueden ser más afectivos.
3. Estos hombres han sido ungidos en nuestras Convenciones; y sus pastores vieron
en ellos el llamando de parte de Dios.
4. Sus dones son evidentes para todos. “Porque irrevocables son los dones y el
llamamiento de Dios” (Romanos 11:29).
5. Nuestra Iglesia es una de restauración: Para el pecador, para el hermano y la
hermana; ¿por qué no para el ministro?
6. Si es aprobado; que esos hombres fieles que ya han sido fieles durante más de
dos años se les permitirá reanudar inmediatamente su ministerio después de una
reunión con el obispo del distrito.
Artículo 63 Inciso IX diría lo siguiente:
Después de dos años de estar en receso, esos ministros que hayan sido ungidos
al Ministerio Apostólico, y que no hayan cometido un pecado moral, pueden
ser reintegrados a su ministerio. En ese momento deben de haber permanecido
fiel y deben de haber pasado por el proceso del Artículo 63 Incisos II, III, y IV.
19
ASAMBLEA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS
CONVENCIÓN GENERAL 2014 – Long Beach, CA
FECHA: Noviembre 25-29, 2014
PROPUESTA INICIATIVA A LA CONSTITUCIÓN #9 (2014)
ENMIENDA PROPUESTA:
PROPUESTA PARA MODIFICAR EL CAPÍTULO 23
POR : Pastor Arturo Serrano, Colorado Springs #1, CO
Pastor Jesus Martinez, Alamosa, CO
20
Convención General Electoral del 2014
24 a 29 de noviembre del 2014 - Long Beach, Ca
Propuesta-Iniciativa
Presentado por: Pastor Arturo Serrano, Pastor Jesús Martínez
Vigésimo Tercer Capítulo
Procedimiento para enmendar la Constitución de la Asamblea Apostólica de la
Fe en Cristo Jesús
Artículo 76 (2013 Constitución página 111)
I. Las propuestas-iniciativas son el instrumento para enmendar, crear o eliminar
artículos de la Constitución de la Asamblea Apostólica, y deberán inicialmente
entregarse al Obispo Secretario General quien, en su debido orden, las
presentará a la reunión ministerial de la Convención General, para estudiar si
deben recibir una resolución inicial de proceso.
Las propuestas-iniciativas que por medio del voto reciban una resolución
inicial de proceso, seguirán el curso legal de revisión establecido en los
artículos 34 y 76 de la Constitución de la Asamblea Apostólica. La Mesa
Directiva General nombrará una Comisión Revisora para procesar las
propuestas–iniciativas que recibieron una resolución inicial de proceso. Ésta
será integrada por el Obispo Vicepresidente, quien la presidirá y cuatro
ministros más. En ninguno de los niveles del presente proceso se eliminarán
las propuestas-iniciativas, excepto por el voto del cuerpo ministerial presente,
en reunión de Convención General.
Propuesta-Iniciativa • Propósito de la propuesta-iniciativa: Permitir que el ministro sometiendo la
propuesta-iniciativa tenga la oportunidad de formar parte de la Comisión
Revisora, si es que la propuesta-iniciativa es aprobada en la Convención
General. Esto permitiría que el autor de la propuesta-iniciativa tome parte de
todo el proceso.
• Beneficios de tener al autor durante el proceso:
• Mantenerse fiel al espíritu de la propuesta-iniciativa.
• Crear menos discusión con el autor durante la Convención General
cuando la propuesta-iniciativa sea presentada el año siguiente.
Propuesta-Iniciativa al Artículo 76, Cláusula I, Párrafo 2 Las propuestas-iniciativas que por medio del voto reciban una resolución
inicial de proceso, seguirán el curso legal de revisión establecido en los
artículos 34 y 76 de la Constitución de la Asamblea Apostólica. La Mesa
21
Directiva General nombrará una Comisión Revisora para procesar las
propuestas–iniciativas que recibieron una resolución inicial de proceso. Ésta
será integrada por el Obispo Vicepresidente, quien la presidirá y cuatro
ministros más, de los cuales incluirá el autor de la propuesta-iniciativa. En
ninguno de los niveles del presente proceso se eliminarán las propuestas-
iniciativas, excepto por el voto del cuerpo ministerial presente, en reunión de
Convención General. Artículo 76 (2013 Constitución página112)
VI. Cuando una propuesta-iniciativa se presente en convención y pase una
comisión de estudio, el Obispo Presidente, en la segunda reunión de la Mesa
Directiva General después de la convención, nombrará una comisión de
estudio compuesta de 5 a 7 ministros, quienes tendrán la responsabilidad de
analizarla, estudiarla y presentar una tesis sobre su investigación. Este estudio
se deberá cumplir en un plazo de seis meses.
• Propósito de la propuesta de iniciativa: Permitir que el ministro sometiendo
la propuesta-iniciativa tenga la oportunidad de formar parte de la Comisión de
Estudio, si la propuesta-iniciativa es aprobada en la Convención General. Esto
permitiría que el autor de la propuesta-iniciativa tome parte de todo el
proceso.
• Beneficios de tener al autor durante el proceso:
• Mantenerse fiel al espíritu de la propuesta-iniciativa del autor.
Propuesta-Iniciativa al Artículo 76, Cláusula VI
VI. Cuando una propuesta-iniciativa se presente en convención y pase una
comisión de estudio, el Obispo Presidente, en la segunda reunión de la Mesa
Directiva General después de la convención, nombrará una comisión de
estudio compuesta de 5 a 7 ministros, de los cuales incluirá el autor de la
propuesta-iniciativa. El comité de estudio tendrá la responsabilidad de analizar
la propuesta-iniciativa, estudiarla y presentar una tesis sobre su investigación.
Este estudio se deberá cumplir en un plazo de seis meses.
22
ASAMBLEA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS
CONVENCIÓN GENERAL 2014 – Long Beach, CA
FECHA: Noviembre 25-29, 2014
PROPUESTA INICIATIVA A LA CONSTITUCIÓN #10 (2014)
ENMIENDA PROPUESTA:
PROPUESTA PARA MODIFICAR EL ARTÍCULO 4, Añadir Inciso
XXI
POR : Obispo Felipe Salazar, Obispo Arcadio Peña, Ex-
Obispo Felipe Lugo, Obispo Daniel Lofton, Obispo
Saúl Rocha, Obispo Juan Mata, y Pastor Misael
Zaragoza.
23
PROPUESTA-INICIATIVA A LA CONSTITUCION
Propuesta Iniciativa para agregar un nuevo inciso XXI al Artículo 4 de la
Constitución de la Asamblea Apostólica
La Propuesta-Iniciativa está propuesta por: Obispo Felipe Salazar, Obispo
Arcadio Peña, Ex-Obispo Felipe Lugo, Obispo Daniel Lofton, Obispo
Saúl Rocha, Obispo Juan Mata, y Pastor Misael Zaragoza.
ENMIENDA PROPUESTA El nuevo inciso rezaría: Ministros electos a la Mesa Directiva General podrán
fungir por un máximo de doce años consecutivos en la Mesa Directiva General
a menos que antes de cumplirse el límite de doce años alguno sea electo
Presidente de la Asamblea Apostólica. En ese caso, el miembro electo
Presidente podrá fungir por un máximo de veinte años consecutivos en la Mesa
Directiva General. Después de un receso de cuatro años podrán fungir de
nuevo como candidatos a la Mesa Directiva.
El Razonamiento:
Los límites en el tiempo que algún ministro puede servir es una idea que ya se
ha instituido en nuestra Constitución, con buenos resultados. Los miembros de
la Mesa Directiva General, los Obispos Supervisores, y los Ancianos todos
tienen limitaciones a un número específico de términos que pueden servir en esas
oficinas. Esta propuesta-iniciativa busca limitar aún más la cantidad de tiempo que
un miembro de la Mesa Directiva General podrá fungir como miembro de la
misma.
¿Por qué limitar a un Miembro de la Mesa Directiva General a servir 12 años
consecutivos?
• Un límite de Doce años permitirá suficiente tiempo para que un ministro
pueda servir en potencialmente tres y por lo menos dos diferentes posiciones
en la Mesa Directiva General antes de retirarse por al mínimo cuatro años.
• Un límite de doce años permitirá una efusión de ideas frescas en la Mesa
Directiva General al entrar nuevos líderes con nuevas ideas.
• Un límite de doce años proveerá una solución al estancamiento que puede
crearse cuando ideas anticuadas simplemente se recirculan, cosa que sucede
cuando las mismas.
• Doce años es suficiente tiempo para que un miembro de la Mesa Directiva
General pueda introducir y aplicar sus ideas en la Mesa Directiva General.
24
• Doce años es bastante tiempo para que el cuerpo pastoral tenga una buena
idea de la calidad de trabajo que hace un miembro de la Mesa Directiva
General y de la efectividad de su liderazgo.
• Doce años es suficiente tiempo para que un líder sobresaliente sea reconocido
como tal por el cuerpo pastoral y si lo desean hacer que lo promuevan en
consecuencia.
• Doce años son suficientes años de experiencia en la Mesa Directiva General
para servir a la Iglesia como Presidente.
• Un límite de doce años pondrá un límite en la dependencia que pueda
desarrollarse en los sueldos adicionales que se ganan en ese nivel.
• Este artículo permitiría elegir de nuevo a la Mesa Directiva General a los
miembros que se han ganado el favor de los Pastores después de un receso de
cuatro años.
25
ASAMBLEA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS
CONVENCIÓN GENERAL 2014 – Long Beach, CA
FECHA: Noviembre 25-29, 2014
PROPUESTA INICIATIVA A LA CONSTITUCIÓN #11 (2014)
ENMIENDA PROPUESTA:
PROPUESTA PARA MODIFICAR EL ARTÍCULO 13
POR : Obispo Arcadio Peña, McAllen, TX
26
Convención General del 2014
24 a 31 noviembre del 2014
Long Beach, California
Obispo Arcadio Peña
Propuesta-Iniciativa Nueva
ATRIBUCIONES DEL OBISPO TESORERO GENERAL
ARTÍCULO 13
V. Se exigirá que el Tesorero del Distrito envíe el presupuesto anual del distrito a
por medio de correo electrónico para el nuevo año a más tardar el 1 de
noviembre para su revisión y como información del plan financiero del
distrito.
27
ASAMBLEA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS
CONVENCIÓN GENERAL 2014 – Long Beach, CA
FECHA: Noviembre 25-29, 2014
PROPUESTA INICIATIVA A LA CONSTITUCIÓN #12 (2014)
ENMIENDA PROPUESTA:
PROPUESTA PARA MODIFICAR EL ARTÍCULO 53
POR : Obispo Arcadio Peña, McAllen, TX
28
Convención General del 2014
Long Beach, California
24 al 30 de noviembre del 2014
Propuesta-Iniciativa Nueva
TESORERO DEL DISTRITO ARTÍCULO 53
VIII. Debe enviar el presupuesto anual del distrito a por medio de correo
electrónico para el nuevo año a la Tesorería General a más tardar el 1 de
noviembre para su revisión y como información del plan financiero del
distrito.
29
ASAMBLEA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS
CONVENCIÓN GENERAL 2014 – Long Beach, CA
FECHA: Noviembre 25-29, 2014
PROPUESTA INICIATIVA A LA CONSTITUCIÓN #13 (2014)
ENMIENDA PROPUESTA:
PROPUESTA PARA MODIFICAR EL ARTÍCULO 48
POR : Obispo Arcadio Peña, McAllen, TX
30
Convención General de 2014
24 al 30 de noviembre del 2014
Long Beach, California
Obispo Arcadio Peña
Propuesta-Iniciativa Nueva
DEBERES DE UN OBISPO DEL DISTRITO
ARTÍCULO 48
VIII. Ellos se esforzarán por asegurar que el tesorero del distrito envíe al Tesorero
General, por medio de correo electrónico, el presupuesto anual del distrito
para el nuevo año antes del 1 de noviembre para su revisión y como
información del plan financiero del distrito.
(NOTA): Esta propuesta-iniciativa renumeraría las cláusulas del Artículo 48.
Ej.: Ocho (VIII) se convertirían en nueve (IX); Nueve (IX) se convertiría en
Diez (X), etc. Si es aprobado, el Artículo 48 tendría entonces dieciséis (XVI)
cláusulas.
31
ASAMBLEA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS
CONVENCIÓN GENERAL 2014 – Long Beach, CA
FECHA: Noviembre 25-29, 2014
PROPUESTA INICIATIVA A LA CONSTITUCIÓN #14 (2014)
ENMIENDA PROPUESTA:
PROPUESTA PARA MODIFICAR EL ARTÍCULO 31
POR : Pastor Abner Arias, Stockton #1, CA
32
PROPUESTA-INICIATIVA
TEMPLOS Y PREDIOS
CAPITULO NOVENO ARTICULO 31
“La siguiente propuesta-iniciativa podría afectar al Artículo 31, el cual,
presentemente corresponde a la sección bajo el nombre de “Templos y Predios”
(página 23 de la Constitución 2013 escrita en Español). A la misma vez su
aprobación implicaría la adición del presente artículo numerado; por ende,
afectaría a la secuencia numérica que le procede.”
El punto principal de esta propuesta es de enriquecer el Legado Apostólico
poniendo al alcance de pastores calificados oportunidades de posteridad y
mejorías. No hay intención alguna en esta propuesta de afectar, cambiar o
modificar los principios básicos de la Doctrina Apostólica.
Propongo que se les permita a pastores pre-calificados la habilidad de alcanzar
autonomía sobre sus propiedades en sus iglesias. Estos pastores habrán de
seguir las medidas legales estipuladas por el Internal Revenue Service también
conocido como el IRS (por sus siglas en inglés); y así, proteger los intereses de
todo participante bajo tal autonomía, ya sean estos intereses: espirituales,
económicos o de bienes y raíces. Además a su vez, evadir la violación de la ley que
trata con “inurnment” (Palabra, que según su aplicación significa “beneficio” o
“beneficiar”).
33
ASAMBLEA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS
CONVENCIÓN GENERAL 2014 – Long Beach, CA
FECHA: Noviembre 25-29, 2014
PROPUESTA INICIATIVA A LA CONSTITUCIÓN #15 (2014)
ENMIENDA PROPUESTA:
PROPUESTA PARA MODIFICAR EL ARTÍCULO 20
POR: Obispo Abel E. Rodríguez, Este de Los Ángeles, CA
34
PROPUESTA INICIATIVA
Fecha: 25 de agosto del 2014
Presentada por: Obispo Abel E. Rodríguez
Distrito Este de Los Ángeles, El Siloé, Este de Los Ángeles, CA
Adición propuesta de un proceso ampliado al Artículo 20, Cláusula I
existentes.
Introducción y objetivo: El objetivo de esta Propuesta-Iniciativa es traer equilibrio al proceso de la
toma de decisiones de la Asamblea Apostólica dándoles una voz mayoritaria a
los Pastores como poder gobernante en todas las tomas de decisiones en
materia de formulación de políticas, en lugar de dejarlas bajo el poder
exclusivo de la Mesa Directiva General. Esta propuesta resultaría en un
equilibrio de poderes semejante al protocolo que empleamos al implementar
cambios constitucionales. El proceso constitucional de la Asamblea
Apostólica está diseñado para permitirles a los pastores votar en todos los
procesos legislativos.
Esta propuesta simplemente agregará texto al Artículo y Cláusula ya
existentes.
Motivación bíblica
“Donde no hay dirección sabia, caerá el pueblo; Mas en la multitud de
consejeros hay seguridad.” - Proverbios 11:14
El Artículo Constitucional actual enuncia lo siguiente:
PODERES DE LA MESA DIRECTIVA GENERAL - ARTÍCULO 20
I. La Mesa Directiva es el conjunto representativo más elevado de la
ASAMBLEA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS, y se organiza
con el propósito de dirigir y controlar todas las actividades de esta corporación
religiosa. Velará porque los acuerdos, planes y proyectos aprobados por las
Convenciones Generales, reuniones de la Mesa Directiva General, Reuniones
Conjuntas, y Reuniones Episcopales se cumplan. Y es el organismo que
durante el tiempo que pasa entre una Convención General y la otra, tiene
autoridad para todos los problemas que se presenten, tomando las decisiones
que competan, y representar la voluntad de toda la Asamblea Apostólica.
35
El Artículo Propuesto enunciaría lo siguiente:
LOS PODERES DE LA MESA DIRECTIVA GENERAL - ARTÍCULO 20
• La Mesa Directiva es el conjunto representativo más elevado de la
ASAMBLEA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS, y se organiza
con el propósito de dirigir y controlar todas las actividades de esta corporación
religiosa. Velará porque los acuerdos, planes y proyectos aprobados por las
Convenciones Generales, reuniones de la Mesa Directiva General, Reuniones
Conjuntas, y Reuniones Episcopales se cumplan. Y es el organismo que
durante el tiempo que pasa entre una Convención General y la otra, tiene
autoridad para todos los problemas que se presenten, tomando las decisiones
que competan, y representar la voluntad de toda la Asamblea Apostólica. Las
resoluciones “inmediatas” no irrevocables de los asuntos y cuestiones serán
entonces presentadas en la próxima Reunión Conjunta de Obispos y en la
Convención General para que la decisión que la Mesa Directiva General
haya aprobado, de acuerdo al privilegio conferido en este Artículo y
Cláusula, sea entonces: (1) validada y ratificada, o (2) censurada y
revocada, o (3) modificada según sea necesario. Esto se lograría mediante
por un voto de mayoría.
36
ASAMBLEA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS
CONVENCIÓN GENERAL 2014 – Long Beach, CA
FECHA: Noviembre 25-29, 2014
PROPUESTA INICIATIVA A LA CONSTITUCIÓN #16 (2014)
ENMIENDA PROPUESTA:
PROPUESTA PARA MODIFICAR EL ARTÍCULO 5
POR: Obispo Abel E. Rodríguez, Este de Los Ángeles, CA
37
PROPUESTA INICIATIVA
Fecha: 25 de agosto de 2014
Presentada por: Obispo Abel E. Rodríguez
Distrito Este de Los Ángeles, El Siloé, Este de Los Ángeles, CA
Adición propuesta de una nueva cláusula al Artículo 5 Nueva Cláusula III
COMISIÓN CALIFICADORA
RESULTADOS DE ELECCIONES
Introducción y objetivo:
El objetivo de esta Propuesta-Iniciativa es agregarle a nuestro excelente método de
elecciones ya existente cierta medida de transparencia y plena responsabilidad ante
el público, lo cual ha surgido como un tema de considerable importancia durante
años recientes. NO es la intención de esta propuesta insinuar la existencia de
discrepancias en ninguna de nuestras elecciones pasadas o actuales.
“Donde no hay dirección sabia, caerá el pueblo; Mas en la multitud de consejeros
hay seguridad”.- Proverbios 11:14
Así como las escrituras nos hablan sobre la sabiduría de tener múltiples consejeros,
también hay gran sabiduría en adoptar un espíritu de transparencia al compartir
públicamente los resultados de cualquiera de nuestras elecciones. Es por este
motivo que se presenta esta Propuesta-Iniciativa.
Motivación bíblica “Porque nuestra gloria es esta: el testimonio de nuestra conciencia, que con
sencillez y sinceridad de Dios, no con sabiduría humana, sino con la gracia de
Dios, nos hemos conducido en el mundo, y mucho más con vosotros”. - 2
Corintios 1:12
COMISIÓN CALIFICADORA
RESULTADOS DE ELECCIONES
(Para agregarse como una nueva sección en el Artículo 5, en una nueva sub-
sección, nueva Cláusula III)
III. La Comisión Calificadora creará un documento (Tabulación de Resultados de
Elecciones) que registrará y mostrará los resultados de la tabulación de votos
categorizados por el nombre de cada candidato y el número de votos
obtenidos.
38
1. La Tabulación de Resultados de Elecciones se publicará y deberá contener
constancia de cada candidato que obtuvo votos. No tendrán que publicarse
los nombres de los candidatos que obtuvieron solamente un (1) voto, salvo
que haya menos de diez (10) candidatos en total.
2. La Tabulación de Resultados de Elecciones también deberá contener el
nombre y número de votos obtenidos de cualquier candidato nominado que
haya declinado postularse como candidato y/o cualquier candidato a quien,
por motivos justificados, no se le haya permitido postularse como candidato
(ver ejemplo).
3. Cualquier candidato nominado que decline participar en la elección deberá
indicarse como tal colocando un asterisco (*) junto al nombre del candidato
y el número de votos obtenidos. El registro indicará “* El candidato
declinó”. No deberá ofrecerse ninguna otra explicación.
4. Cualquier candidato nominado que no sea aprobado por la Comisión
Calificadora para participar en la elección deberá indicarse como tal
colocando un doble asterisco (**) junto al nombre del candidato y el número
de votos obtenidos. El registro indicará “** Candidato no aprobado”. No
deberá ofrecerse ninguna otra explicación.
5. Todos los miembros de la Comisión Calificadora deberán también firmar el
documento de Tabulación de Resultados de las Elecciones.
6. Los resultados finales de cada elección se publicarán en la página web
oficial de la Asamblea Apostólica y en la próxima gaceta oficial de la
Asamblea Apostólica, “El Heraldo”. El formato de esta publicación será
igual que el de la Tabulación de Resultados de las Elecciones, incluidas las
firmas de los miembros de la Comisión.
39
Asamblea Apostólica de la Fe en Cristo Jesús
Registro de Tabulación de Elecciones
Elecciones para el cargo de: Obispo Presidente de la Asamblea Apostólica
Lugar de las elecciones: Long Beach, California
Fecha de las elecciones: 30 de noviembre del 2014
Tipo de elecciones: Preliminar Final
Nombre del candidato Votos obtenidos
1. Sam Smith 147
2. Robert Real 132
3. Peter Paul 84
4. Nick Neven 36 *
5. Mark Mountain 31
6. Raul Right 25 **
7. Thomas Tower 17
8. Frank Fountain 9
9. Walter Waters 2
10. Andrew Angelo 2
* El candidato declinó
** Candidato no aprobado
Firmas de los miembros de la Comisión que certifican los resultados de las elecciones
_____________________________ _____________________________
_____________________________ _____________________________
_____________________________ _____________________________
_____________________________ _____________________________
40
Asamblea Apostólica de la Fe en Cristo Jesús
Registro de Tabulación de Elecciones
Elecciones para el cargo de: ___________________________________
Lugar de las elecciones: ___________________________________
Fecha de las elecciones: ___________________________________
Tipo de elecciones: Preliminar Final
Nombre del candidato Votos obtenidos
1. __________________________________________ ________
2. __________________________________________ ________
3. __________________________________________ ________
4. __________________________________________ ________
5. __________________________________________ ________
6. __________________________________________ ________
7. __________________________________________ ________
8. __________________________________________ ________
9. __________________________________________ ________
* El candidato declinó
** Candidato no aprobado
Firmas de los miembros de la Comisión que certifican los resultados de las elecciones
_____________________________ _____________________________
_____________________________ _____________________________
____________________________ _____________________________
_____________________________ _____________________________
41
PROPUESTA DE ENMIENDA
Fecha:25 de agosto del 2014
Presentada por: Obispo Abel E. Rodríguez
Distrito Este de Los Ángeles, El Siloé, Este de Los Ángeles, CA
Propuesta de enmienda al Artículo 5, Cláusula II
Bajo la sección COMITÉ CALIFICADOR, SU FUNCIÓN
Introducción y objetivo: Alinear esta porción de la Constitución a la Propuesta de Iniciativa
anteriormente presentada en relación al Artículo 5 con la recién propuesta
Cláusula III.
Proveer una transparencia para los candidatos seleccionados durante el proceso
de elecciones y mostrar plena y exactamente los candidatos que han sido
seleccionados por los pastores votantes en las elecciones, sin que esto sea
filtrado a través de ninguna comisión. Esto resultaría en un verdadero voto por
mayoría simple, según se prescribe en el Artículo 4, Cláusula XVIII.
COMITÉ CALIFICADOR
SU FUNCIÓN II. El Comité Calificador considerará a aquellos ministros que hayan obtenido un
mayor número de votos según sus capacidades, cualidades y derechos, y
aprobará de dos a cinco de ellos como candidatos.
La Enmienda propuesta enuncia lo siguiente:
COMITÉ CALIFICADOR
SU FUNCIÓN II. El Comité Calificador considerará a aquellos ministros que hayan obtenido un
mayor número de votos según sus capacidades, cualidades y derechos, y
aprobará a los diez (10) candidatos que hayan obtenido la mayor cantidad de
votos.
42
ASAMBLEA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS
CONVENCIÓN GENERAL 2014 – Long Beach, CA
FECHA: Noviembre 25-29, 2014
PROPUESTA INICIATIVA A LA CONSTITUCIÓN #17 (2014)
ENMIENDA PROPUESTA:
PROPUESTA PARA MODIFICAR EL ARTÍCULO 31
POR : Obispo Abel E. Rodríguez, Este de Los Ángeles, CA
43
PROPUESTA INICIATIVA
Fecha: 25 de agosto del 2014
Presentada por: Obispo Abel E. Rodríguez
Distrito Este de Los Ángeles, El Siloé, Este de Los Ángeles, CA
Esta iniciativa debe ser incorporada en el Artículo 31 como una nueva Cláusula
XII.
Introducción y objetivo: El objetivo de esta Propuesta-Iniciativa es instituir un protocolo para la Mesa
Directiva General con respecto a transacciones de bienes y raíces. Establecerá el
requisito de una Resolución otorgada a la Mesa Directiva General por el Cuerpo
Episcopal en funciones de la Asamblea Apostólica cuando la Mesa Directiva
General o cualquier Departamento de Secretaría procure, en forma colectiva o
individual, comprar, vender, alquilar, hipotecar o prestar propiedades inmuebles a
nivel corporativo.En breve, la Asamblea Apostólica ya ha establecido un sistema y
un proceso en el Artículo 31 que debe emplearse cuando una congragación local
considere comprar, vender, alquilar, hipotecar o prestar propiedades inmuebles. El
protocolo establecido se compone de una resolución local, una resolución distrital,
y una resolución final emitida por la Mesa Directiva General para poder proceder.
Sin embargo, no existe ningún protocolo establecido en caso que la Corporación
opte por comprar, vender, alquilar, hipotecar o prestar propiedades inmuebles. Esta
propuesta proporcionaría un método sencillo que requiera que la Mesa Directiva
General obtenga la aprobación y resolución del Cuerpo Episcopal en funciones
antes de comprometer a los Distritos y Pastores de la Asamblea Apostólica en
cualquier transacción de bienes raíces que pudiera afectar financieramente nuestra
economía en general.
Motivación bíblica Porque ¿quién de vosotros, queriendo edificar una torre, no se sienta primero y
calcula los gastos, a ver si tiene lo que necesita para acabarla?– Lucas 14:28
Esta Propuesta de Iniciativa debe ser incorporada en el Artículo 31 y será la nueva
Cláusula XII.
La nueva Cláusula XII que se propone quedaría redactada de la siguiente manera:
Cláusula XII
Para que la Mesa Directiva General o cualquiera de sus Departamentos de
Secretaría compre, venda, alquile, hipoteque, o preste propiedades inmuebles
que estén bajo el nombre de la Asamblea Apostólica, deben seguirse los pasos
a continuación:
44
1. Presentar una propuesta al Cuerpo Episcopal en funciones de la Asamblea
Apostólica por estos medios de correspondencia: correo electrónico y
correo regular. La propuesta debe incluir los siguientes detalles de
información:
a. El propósito y el motivo de la compra de la propiedad o las propiedades.
b. El sitio y la descripción legal de los bienes inmuebles.
c. El precio de compra de los bienes inmuebles.
d. Detalles financieros: el precio de compra, el pago inicial, la tasa de
interés y los términos del préstamo, y cualquier otra información
pertinente.
e. La fuente de los fondos que se usarán para efectuar los pagos.
f. El impacto fiscal en la economía de la Asamblea Apostólica. Esto
deberá realizarlo un partido externo para evaluar con exactitud el
impacto fiscal. (También puede realizarlo la institución garantizadora
del préstamo de bienes inmuebles).
2. Una vez que la información que antecede haya sido presentada al Cuerpo
Episcopal, se convocará una reunión para deliberar y analizar la petición
de la resolución. Todo el Cuerpo Episcopal deberá estar presente cuando
esta reunión se lleve a cabo. Sin embargo, se podrá efectuar en grupos
más pequeños en persona o por videoconferencia. En esta reunión o
reuniones, los obispos (o el miembro designado de la Mesa Distrital)
darán su voto ya sea de aprobar o denegar la resolución para comprar,
vender, alquilar, hipotecar o prestar propiedades inmuebles. Cada
distrito deberá estar representado. Será necesaria una simple mayoría
para aprobar o denegar una resolución. Toda la Mesa Directiva General
deberá estar presente durante las deliberaciones y el proceso de votación,
así se lleve a cabo en una o múltiples reuniones.
3. La resolución final deberá incluir el registro de votación del Cuerpo
Episcopal (o de su representante) indicando su aprobación o denegación.
NOTA: La Cláusula XII existente se convertirá entonces en la Cláusula XIII, y
cada una de las Cláusulas sucesivas del Artículo 31 pasarán hacia adelante
respectivamente.
top related