procesos participativos para la inclusión de las ... · mapeo participativo evaluación de...

Post on 22-Nov-2018

226 Views

Category:

Documents

0 Downloads

Preview:

Click to see full reader

TRANSCRIPT

Monitoreo Integral de Servicios de los Ecosistemas,con Énfasis en Acciones de Mitigación al Cambio Climático

CATIE, Sede Central Turrialba, Costa Rica, Del 1 al 26 de Junio de 2015

MSc. Angela Díaz

adíaz@catie.ac.cr

Programa Cambio Climático y Cuencas, CATIE

Fecha: Lunes 18 de Julio, 2016

Procesos participativos para la inclusión de las comunidades indígenas

Curso de formación de capacitadores en gobernanza y gestión forestal con énfasis en REDD+

2016

CONTENIDO

1 Antecedentes generales, para enmarcar la el tema de participación e inclusión.

2 Términos importantes

3 Avances en los procesos de consultas en el marco de Redd+

4 ¿Qué falta/sigue?

5 Mensajes claves

6 Lecciones aprendidas

¿PORQUÉ HAY TANTO INTERÉS EN INTEGRAR/INCORPORAR A LAS

COMUNIDADES LOCALES y PUEBLOS INDÍGENAS EN REDD+?

1 ANTECEDENTES

1 ANTECEDENTES

Reconocimiento de la tenencia de tierra en décadas pasadas

MAPA INTERACTIVO DE CONFLICTOS SOCIO-AMBIENTALES

• http://ejatlas.org/

20% de la tierra son territorios indígenas

Alberga el 80% de la biodiversidad global

Alberta el 90% de la diversidad cultural

1 ANTECEDENTES

1 ANTECEDENTES GENERALES

• Declaración Universal de Derechos Humanos (1945, contiene 30 artículos)

• Declaración de las naciones unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas con un total de 46 artículo 2007

¿CUÁL ES LA NORMATIVA INTERNACIONAL QUE EXISTE PARA INTEGRAR/INCORPORAR A LAS

COMUNIDADES LOCALES y PUEBLOS INDÍGENAS EN REDD+?

• Declaración Universal de Derechos Humanos (1948, contiene 30 artículos)

• Comité de las naciones unidas para la eliminación de la discriminación racial (CERD) (1965)

• Convenio 169 del OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes (1989)

• Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) 1992 y varias decisiones de las partes para dicho convenio.

1 ANTECEDENTES

• Declaración de las naciones unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas con un total de 46 artículo 2007 (3/libre determinación, 4/autonomía y autogobierno, 8/respeto a la cultura, 10/FPIC-CLPI, 19/consultas, 26/derechos a los territorios, 32/institucionalidad, 41/cooperación financiera y asistencia técnica).

• Directrices de esta declaratoria en el 2008

1 ANTECEDENTES

2 TERMINOS IMPORTANTES

• REDD+ necesita del CLPI, la integración de las comunidades locales eindígenas se ampara en diversos mecanismos INTERNACIONALES(UNDRIP, Convenio 169 de la OIT, CBD, UNFCCC, UN-REDD´s, FCPF/FIP,VCS, CCB, Estándares sociales y ambientales para REDD+) y suaplicaciones a nivel nacional.

“PRINCIPIO/DERECHO DEL CONSENTIMIENTO LIBRE, PREVIO EINFORMADO” = es la práctica de dar o negar un permiso

• Consulta: a los pueblos indígenas y comunidades dependientes de losbosques que pueden verse afectados directa o indirectamente porREDD+.

2 TERMINOS IMPORTANTES

2 TERMINOS IMPORTANTEElementos del FPIC/CLPI

• Libre: implica que no hay coerción, intimidación o manipulación a lahora de tomar decisiones.

ONIC 2011

2 TERMINOS IMPORTANTESElementos del FPIC

• Previo: implica consentimiento y que ha sidosolicitado con suficiente anticipación a cualquierautorización o comienzo de actividad

ONIC 2011

2 TERMINOS IMPORTANTESElementos del FPIC

• Informado: dar toda lainformación; debe serdetallada, incluir aspectosnegativos de las iniciativas,áreas comprometidas,quiénes participan, riesgosgenerales del proyecto.

IUCN 2012

2 TERMINOS IMPORTANTESElementos del FPIC

• Consentimiento: la consulta y participación son fundamentales eneste paso y también es decir no y debe ser respetado.

ONIC 2011

¿CUÁNDO APLICAR EL DERECHO AL CLPI?

• El desplazamiento forzoso de personas de sus tierras o territorios (Artículo 10);

• La destitución de propiedad cultural, intelectual y espiritual (Artículo 11);

• La creación de legislación o medidas administrativas que puedan afectar a los pueblos indígenas (Artículo 19);

• La expropiación, uso, ocupación o daño de tierras o territorios tradicionales (Artículo 28);

• El almacenaje o eliminación de materiales peligrosos en tierras o territorios indígenas (Artículo 29) y

• La aprobación del Estado de proyectos que afectan tierras, territorios u otros recursos, especialmente en conexión con el desarrollo, aprovechamiento o explotación de minerales, agua u otros recursos (Artículo 32).

Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas

¿SE ESTÁ APLICANDO ADECUADAMENTE

EL CLPI y CÓMO SE ESTÁ ABORDANDO?

3 AVANCES (visión local)¿EN QUÉ ETAPAS DE PROYECTOS REDD+ SE DEBE INTEGRAR A LAS COMUNIDADES?

• Idea del proyecto;

• Diseño del proyecto;

• Implementación del proyecto:

“Consentimiento vivo, con continuo monitoreo y reafirmación a través de las diferente etapas del

proyecto”

Derechos de tierra

Identificar instituciones

Considerarán el proyecto REDD+

Mapeo participativo Evaluación de impactos

Información

Considerarán el proyecto REDD+

No necesitan FPICNinguno

NO REDD+

NO REDD+

Derechos de los interesados,

Negociación del proceso Trato de uso de la tierraConstruir consenso

Consejo

Considerarán el proyecto REDD+ NO REDD+

Elaborar borrador de acuerdos

Escribir acuerdos

Implementar acuerdos Implementar proyecto

Monitoreo participativoResolver disputasFuente RECOFTC et al 2011

3 AVANCES (visión local/planes de vida)¿PROTOCOLOS COMUNITARIOS, PROTOCOLOS BIOCULTURALES?

• Valida sus reglas consuedutinarias.

• Defines sus organizaciones representativas

• Define el procedimiento para dar el CLPI

• Resguarda sus derechos colectivos

• Favorece la negociación (igualdad de condición)

• Empodera a las comunidades y Pueblos Indígenaspara defender sus medios de vida.

• Postura consensuada (condiciones mínimas) sobre eldesarrollo que desean

• Postura sobre el acceso y participación de beneficios.

3 AVANCES (visión local/planes de vida)¿PROTOCOLOS COMUNITARIOS, PROTOCOLOS BIOCULTURALES?

3 AVANCES A LA FECHA

País Avances en temas del CLPI

Perú Ley de consulta desde el 2010 con sus directrices para la aplicación del derecho al CLPI

Colombia Manual para el CLPI con énfasis en el sector minera energético

Costa Rica En salvaguardas y otras iniciativas

Nicaragua Manual del CLPI

Honduras Protocolo Bio-cultural del pueblo Miskitu

México Manual

Paraguay Protocolo propuestos para la consulta y CLPI

País Avances en temas del CLPI

Perú Ley de consulta desde el 2010 con sus directrices para la aplicación del derecho al CLPI

Colombia Manual para el CLPI con énfasis en el sector minera energético

Costa Rica En salvaguardas y otras iniciativas

Nicaragua Manual del CLPI

Honduras Protocolo Bio-cultural del pueblo Miskitu

México Manual

Paraguay Protocolo propuestos para la consulta y CLPI

• En 1996 Acuerdo de Paz para el conflicto de 1960-1996 los mecanismos de consulta se incluyeron en estos acuerdos.

• La descentralización como parte del acuerdo en los Códigos Municipales regula la consulta a los vecinos a través de las consultas comunitarias de buena fe o auto-convocadas, también las consultas municipales.

• 2002 la Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural.

• Entre el 2010 y 2011 se elaboró un proyecto de Reglamento para el Proceso de Consulta del Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en Países independientes, mismo que tuvo muchas críticas y fue cuestionado por los pueblos indígenas de Guatemala.

Qué avances tenemos para Guatemala

• Es un hito en la jurisprudencia de la Corte la sentencia de amparo recaída en el expediente N° 3878-2007 de 2009, relativo a las comunidades de San Juan Sacatepéquez afectadas por un proyecto minero no consultado. En dicho fallo, la Corte de Constitucionalidad identificó las fuentes que reconocen el derecho a la consulta previa, libre e informada, y desarrolló su contenido a luz de tales fuentes. Destaca que la Corte haya reconocido que tales fuentes formen parte del bloque de constitucionalidad aplicable a los pueblos indígenas y que haya utilizado en su sentencia la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. En la misma sentencia, la Corte de Constitucionalidad afirmó que la consulta es “un derecho fundamental de carácter colectivo”, y que “la carencia de legislación ordinaria ad hoc [sobre el derecho a la consulta] no puede significar la nulidad del derecho que asiste a las poblaciones indígenas, que debe ser respetado por el Estado”

Qué avances tenemos para Guatemala

4 ¿QUÉ SIGUE?• Dentro del programa UN-REDD se ha preparado

directrices en consulta con pueblos indígenas y comunidades dependientes de los bosques para hacer del CLPI sea una realidad (2013).

• Tomar las lecciones aprendidas de las iniciativas en curso y de otros proyectos de desarrollo relacionados a comunidades locales y pueblos indígenas.

5 MENSAJES CLAVES• Consentimiento a cualquier acuerdo debe ser interpretado

como los pueblos indígenas han entendido razonablemente.

• Los proponentes del proyecto, proponen no imponen (gobierno es garante de los derechos-comunidades y PI titulares de derechos).

• Proyectos que respetan los medios de vida tienen más opción de ser exitosos.

• Ejercer el CLPI sirve para revertir los proceso históricos de exclusión a la toma de decisiones.

5 MENSAJES CLAVES• Las consultas no son preceptivas (única manera de

llevarla a cabo) son receptivas (según las condiciones sitio-específicas).

RECURSOS

PROGRAMA DE MEDIADORES

CULTURALES Estudio de caso en PANAMA

y COSTA RICA

Ca

Grupos Embera-Wounaan en Panamá

ACTORES IMPORTANTES REDD+

• PIR (96 agrupadas en propietarios privados, propietarios especiales (como los territorios indígenas y terrenos que otorgó el IDA) y el estado – MAG).

• Estas PIR han sido tomadas en cuenta en todo el proceso.

PILOTO DE FORMACIÓN DE MEDIADORES CULTURALES

• 2012 se inició el proyecto piloto.

• Acercamiento a una de las ADIs.

• ADIs definen sus representantes para formarse

como mediadores culturales.

• Pilotos con grupos Bribris y Cabecar.

1era Fase Socialización política y construcción del manual

ETAPA 1 DURANTE EL EVENTO/obtener información

Imágenes del trabajo que se realizó por delimitación del territorio (mapa parlante)

Imágenes de las herramienta utilizada para obtener información en plenaria (línea de tiempo)

2nda Fase Curso Formación de mediadores Culturales

3ra Fase Implementación de talleres locales para brindar información a las comunidades

El papel de los Mediadores CulturalesConocer los valores culturales y cosmogónicos de su pueblo

Interpretar y comunicar conceptos técnicos-científicos –indígenas

Facilitar información a las comunidades y a los tomadores de decisión

Análisis de los temas debe basarse en su conocimiento y valor cultural

Tener conocimiento de los procesos políticos internos

Debe ajustarse a la realidad de su territorio, manejar diferentes situaciones

Debe tener interés, transmitir tranquilidad, sensibilidad a lo que sienten las personas, ser conciliador y flexible

Intercambio de experiencias en otros países….

Programa Nacional de Mediadores Culturales

REFLECIÓN SOBRE EL TRABAJO DE FORMACIÓN DE MEDIADORES CULTURALES

Gracias!

Angela Díaz

adíaz@catie.ac.cr

Programa Cambio Climático y Cuencas,

CATIE

top related