procedimiento accidentes del trabajo … · indicar las actividades a realizar en la ocurrencia de...
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PROCEDIMIENTO
ACCIDENTES DEL TRABAJO
ENFERMEDADES
PROFESIONALES DE H, S Y MAT
Nombre Cargo Fecha Firma
Elaborado por Bárbara Torres Vásquez
Encargado(a) de H, S y MAT
28.09.2010
Revisado por Carolina Iturrieta Bascuñán
Encargada(o) de la Unidad de Gestión de Personas
28.09.2010
Aprobado por Jimena Moreno Hernández
Representante de la Dirección
28.09.2010
SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD ISO 9001-2008
PROCEDIMIENTO
ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
Código: HSMA-ATEP 5 Versión: 4.0 Página: 2 de 12 Fecha: 28.09.10
HISTORIA E IDENTIFICACIÓN DE CAMBIOS
VERSIÓN ÍTEM FECHA CAMBIOS
1.0 -- 25.09.2009 Normalización
1.0 -- 25.09.2009 Se modifico la tabla de aprobación, asimismo se eliminaron los nombres.
1.0 7 25.09.2009 Se elimina de acuerdo al Procedimiento de Control de Documentos del Sistema de Calidad
1.0 6 25.09.2009
En la Normativa vigente se agrega que es de la Ley N°16.744, asimismo se especifica que los requisitos técnicos son de la DIPRES. Asimismo, se agrega a las referencias la Norma ISO 9001:2008, los Procedimiento control de Documentos, y los Procedimiento Control de Registros.
1.0 7 25.09.2009
Se agrega en la fila de responsable Encargado/a la frase “de procedimiento”, además en la Fila de almacenamiento en el lugar y “responsable”, esta palabra se elimina y se agrega detalladamente en forma digital donde se encuentran los documentos en el PC.
2.0 7 09.10.2009 Se desagrega detalladamente el almacenamiento de los registros, tanto en papel como digital.
2.0 -- 11.08.2010 Se modifica formato según ISO 9001:2008, además se actualiza el logo Institucional y la descripción del proceso.
2.0 7 11.08.2010 Se modifica el año del archivador del sistema en el año, debido a que dice 2008-2009 y 2010.
3.0 7 28.09.2010 Se eliminan los registros; Certificado de Atención, ODA, Examen Interconsulta de la tabla.
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PROCEDIMIENTO
ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
Código: HSMA-ATEP 5 Versión: 4.0 Página: 3 de 12 Fecha: 28.09.10
1. OBJETIVO
Indicar las actividades a realizar en la ocurrencia de que un funcionario/a sufra un Accidente de
Trabajo o Enfermedad Profesional.
2. ALCANCE
Aplica a los funcionario(a)s de la Subsecretaria del Trabajo.
3. RESPONSABLES
Encargado(a) de H,S y MAT
Funcionario(a)
4. DISPOSICIONES GENERALES
Ante la ocurrencia de un accidente el funcionario(a) deberá dar aviso inmediato al
encargado(a) de H, S y MAT.
En caso de un accidente de trayecto el funcionario(a) debe traer una constancia o testigos del
hecho.
En caso de presunción de enfermedad profesional se deberá dar aviso inmediato al
encargado(a) de H, S y MAT.
5. HERRAMIENTA DE CONTROL Y/O INDICADOR DE GESTIÓN
Seguimiento DIAT.
6. REFERENCIAS
Normativa Vigente Ley N°16.744
Requisitos Técnicos de la DIPRES
Norma ISO 9001:2008
Procedimiento Control de Documentos
Procedimiento Control de Registros.
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PROCEDIMIENTO
ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
Código: HSMA-ATEP 5 Versión: 4.0 Página: 4 de 12 Fecha: 28.09.10
7. REGISTROS
Identificación Responsable(s)
Almacenamiento
Disposición Tiempo
Medio de
Soporte Lugar y Responsable
DIAT Encargado(a)
de Procedimiento
3 años Papel
Papel: Archivador en repisa de la Oficina de la Encargado/a del Procedimiento, Nombre Archivador: Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Varios 2008/2009/2010
Eliminación
DIEP Encargado(a)
de Procedimiento
3 años Papel y Digital
Papel: Archivador en repisa de la Oficina de la Encargado/a del Procedimiento, Nombre Archivador: Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Varios 2008/2009/2010
Eliminación
Dictamen del COMPIN
Encargado(a) de
Procedimiento
3 años Papel
Papel: Archivador en repisa de la Oficina de la Encargado/a del Procedimiento, Nombre Archivador: Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Varios 2008/2009/2010
Eliminación
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Código: HSMA-ATEP 5 Versión: 4.0 Página: 5 de 12 Fecha: 28.09.10
8. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO ACCIDENTES DEL TRABAJO
Funcionario (a) Encargado (a) de PMG H, S y MAT Encargada (o) de la Unidad de
Gestión de Personas
Procedimiento de Accidentes del Trabajo
Da avisa de
AccidenteLlena la DIAT
Ingresa al prestador
para su evaluación, se
le indica tratamiento
Deriva al trabajador
al prestador médico
DIAT
Recibe Certificado
de Atención
INICIO
Remite Certificado
al ISL
Recibe del ISL la
orden de atención
que remite al Servicio
Asistencial
FIN
Firma DIAT
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Código: HSMA-ATEP 5 Versión: 4.0 Página: 6 de 12 Fecha: 28.09.10
8.1 ACTIVIDADES
1. El aviso de accidente puede ser realizado en forma personal o telefónica.
2. El prestador médico al cual se puede derivar al trabajador puede ser: Asociación
Chilena de Seguridad, Hospital del Trabajador o Red del Sistema Nacional del Servicio de
Salud.
3. El funcionario deberá seguir el tratamiento indicado y deberá hacer entrega al
encargado(a) del Sistema H, S y MAT del Certificado de Atención que le entregue el
Servicio de Salud.
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9. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO ENFERMEDADES PROFESIONALES
Funcionario (a) Encargado (a) de PMG H, S y MAT Encargada (o) de la Unidad de
Gestión de Personas
Procedimiento de Enfermedades Profesionales
Informa al en
encargado de H, S y
MAT
Deriva a la COMPIN
central
Es atendido en COMPIN
para su evalución
DIEP
Lleva la Interconsulta a
prestaciones médicas
de INP
INICIO
Es derivado a Hospital
Clínica U. De Chile
Recibe dictamen del
COMPIN, que
determinara si es o no
una enfermedad
profesional
Dictamen del
COMPIN
FIN
Firma DIEP
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Código: HSMA-ATEP 5 Versión: 4.0 Página: 8 de 12 Fecha: 28.09.10
9.1 ACTIVIDADES 1. Una vez recibido el aviso, el encargado(a) llenará el formulario de la DIEP y derivará al trabajador al COMPIN central, ubicado en la calle Dieciocho Nº 120 piso 2, solicitando previamente una hora con el profesional especializado. 2. La interconsulta deberá llevarla a INP prestaciones médicas ubicado en la calle Teatinos Nº 10 con los encargados que solicitarán una hora en el Hospital Clínico de la U. de Chile. 3. El dictamen determinará si es Enfermedad Profesional lo que permitirá iniciar el tratamiento de la patología encontrada, y si no lo es, el funcionario debe realizar el tratamiento por su Sistema Previsional.
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10. ANEXOS: FORMATO DIAT
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10. 1 ANEXOS: FORMATO DIEP
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