probatoria autonomos sicam 2012žart.8: dispone que los aportes previsionales obligatorios se...

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PROBATORIA AUTONOMOSSICAM 2012

û El trabajo autónomo supone auto-organización, habitualidad en el ejerciciode su actividad y la asunción del riesgoeconómico por parte del propio trabajador,tenga o no una empresa.

û Están obligados a efectuar aportes alrégimen jubilatorio, todas las personasfísicas mayores de 18 años que realicenalguna actividad lucrativa que noconfigure relación de dependencia.(Art.2ºley 24.241)

û Los trabajadores autónomos deberánefectuar los aportes de acuerdo a lacategoría en la que estén incluidosconforme a la actividad que realicen.

û Las actividades están identificadas pornúmeros de 3 dígitos(por ejemplo307,309,898,etc).

û La actividad autónoma esta normadapor la ley 24.241 Art .8 al Art.11

û Art.11:Porcentaje de aportes y contribuciones:

û Aporte en Relación de Dependencia:û 11% se le descuenta al empleadoû 16% lo aporta el empleador como

contribución al sistemaû el aporte de los trabajadores

autónomos es el 27%.

û Art.8: dispone que los aportes previsionales obligatorios se efectúan sobre los niveles de rentas de referencia calculados en base a categorías, de acuerdo con las siguientes pautas:

û A.-Capacidad contributiva› Tipo de Sociedad› Antigüedad en la Matrícula› Empleados Ocupados› Capacidad de Carga

û Valores de Renta de Referencia del 2012 se encuentran determinados en la RG de AFIP Nº 3305 de fecha 28/03/12 y en Circular DP11/12

RENTA DE REFERENCIA RG 3305

û Los valores de las rentas de referencia a que se refiere el Artículo 8º de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, para el cálculo de los aportes de los trabajadores autónomos correspondientes a la obligación mensual del período devengado marzo de 2012 —con vencimiento en el mes de abril de 2012— y siguientes, son los que se indican a continuación:

RENTA DE REFERENCIACATEGORIAS RG 3305

û I.- $977.98û II.- $1.369.98û III.- $1.955.95û IV.-$3.129.52û V.- $4.303.09

û Fue creado por la Ley 24.977 en julio de1998

û Componentes:1) IMPOSITIVO,2) PREVISIONAL3) OBRA SOCIAL

SSistemaIInformaciónnformaciónCContribuyentesontribuyentesAAutónomosutónomosMMonotributistasonotributistas

û Determinación de Deuda de Autónomos y Monotributistas

û Justificación de falta de deuda de Autónomos y Monotributistas

û Reconocimiento de Servicios Autónomosû Inclusión en Moratoria Previsional

•• 1. ALTA DE CLAVE FISCAL:1. ALTA DE CLAVE FISCAL:•• Se efectúa ante la AfipSe efectúa ante la Afip•• Clave Fiscal Pensión:Clave Fiscal Pensión:• Acreditar vínculo en ADP (ANSES)• Solicitar pantalla de vínculo• Solicitar Clave Fiscal en AFIP del cónyuge• Asociar la clave fiscal a la del causante• Ingreso al SICAM por clave fiscal del

cónyuge

û Error en la Situación de Revistaû Falta de asociación de Cuentaû Existencia de más de un CUITû Necesidad de Validar Pagos

û JUBILACIONû PENSIONû PRESTACION ANTICIPADA POR

DESEMPLEOû Retiro Transitorio por Invalidez (RTI)û RECONOCIMIENTO DE SERVICIOSû OTROS LIBRE DEUDAS

û JUBILACIONû PENSIONû PRESTACION ANTICIPADA POR

DESEMPLEOû Retiro Transitorio por Invalidez (RTI)û RECONOCIMIENTO DE SERVICIOSû OTROS LIBRE DEUDAS

ûLEY 24.241ûLEY 18.038ûLEY 24.476ûLEY 25.994 :û ART 6ºû ART 2º

ûLEY 24.241ûLEY 18.038ûLEY 24.476ûLEY 25.994 :û ART 6ºû ART 2º

û Los beneficios nos dan la posibilidad de reducir la deuda de un aportante autónomo o monotributista, ellos son:

ûû PRESCRIPCIÒN LEY 14.236 ART 16PRESCRIPCIÒN LEY 14.236 ART 16ûû CONDONACIÒN LEY 24.476 ART 1º,3º,6ºCONDONACIÒN LEY 24.476 ART 1º,3º,6ºûû RENUNCIA LEY 25.321 ART 1ºRENUNCIA LEY 25.321 ART 1º

û ART 3º - Los trabajadores autónomos quesus ingresos mensuales no superen lostres (3) AMPOS, y su patrimonio netototal sea menor a cincuenta mil pesos,están alcanzados por las disposicionesdel presente Capítulo en la fecha, formay condiciones que establezca la D.G.I.

û Los años declarados podráncomputarse como años de servicios, node aportes.

û Este beneficio debe ser aplicado desde01/01/1955 hasta 30/09/1993, sobreAños, meses y la cantidad de años acondonar dependerá de la fecha delcese, con la limitación que impone el Art38 de la Ley 24.241

û Este beneficio se aplica en aquelloscasos en que no es posible aplicar el Art38 de la Ley 24.241

û La Ley Nº 25.321 establece que lostrabajadores que completen los años deservicios y aportes requeridos paraacceder al beneficio jubilatorio podránrenunciar a los meses trabajados encalidad de autónomos, que fuerensimultáneos o que excedieren elrequisito de servicios exigidos por la leyaplicable, caducando a tal efecto ladeuda exigible por esos lapsos.

CESECESE FICTOFICTO:: Será considerado con "cese delas tareas autónomas" aquel mes en el cualel afiliado realizó el último aporte al régimenpara trabajadores autónomos instituido porla Ley Nº 18.038 (to 1980) o el régimenanterior (Ley Nº 14.397) o al SIPA (Ley Nº24.241) también puede ser considerado:

" el mes donde efectuó el aporte previsionalinmediato anterior al período en el cualinvoca la renuncia de servicios que regula laLey Nº 25.321para el caso de que no existanaportes en el periodo renunciado

•• LEYLEY 2447624476::Esta ley establece un plan deregularización de períodos anteriores aseptiembre de 1993 inclusive, el cuáltiene el carácter de permanente. Esteplan puede ser solicitado porcontribuyentes inscriptos o no comoautónomos y por los derechohabientesde los sujetos autónomos fallecidos. Coneste plan podrá iniciar los trámites para laobtención del beneficio jubilatorio y/opensión.

Desde Hasta Aportes Ley 19032

Fonavi SAC Categ.A

01/55 12/70 X 39

01/71 12/71 X X 42.23

02/72 05/77 X X X 50.36

06/77 06/80 X X X X 58.80

07/80 09/80 X X X 54.30

10/80 03/84 X X 46.50

04/84 09/91 X X X 54.30

10/91 06/94 X X 46.50

û Art 2º Deroga a la resolución 1014/05û Art.4º Entra en vigencia a partir del día

siguiente de su publicación û Fecha de publicación BO 26/08/2010û Vigencia 27/08/2010û Los trámites ingresados se rigen por la

resolución 1014/05û Los turnos anteriores a su vigencia se

rigen por la 1014 (PREV 19-05. X.1)

û Es determinar la real prestación de losservicios autónomos para establecer elderecho a las prestaciones del SIPA antela petición que formule el trabajadorautónomo afiliado al SIPA o losderechohabientes para el caso de sufallecimiento.

û 1) Constatar que exista afiliación en elpadrón histórico de autónomos paradeterminar si se encuentracorrectamente relacionado el Nº decuenta con la CUIT.

û 2)Analizar la documentaciónpresentada a fin de verificarla,aceptando o rechazando las boletas depagos anteriores al 31/07/1993

û 3) Verificar que la situación de revistaincorporada al Sicam, sea coincidentecon los datos del PUC, incluida en lapestaña “DATOS PERSONALES”

FECHA MORATORIA

A partir 01/10/1993 Ley 24.476

A partir 01/01/2004 Ley 25.865 y 25.994(Art 6º)

A partir 01/02/2004(MT) Ley 25.865 y 25.994(Art.6º)

û 4)Verificar la correcta invocación de los Beneficios:

BENEFICIOS

PRESCRIPCIÒN : Ley14.246 (Art.16)

CONDONACIÒN: Ley 24476 (Art.1)RENUNCIA : Ley 25.321 (Art.1)

DDJJ :Ley 24.241(Art. 38) Ley24.476(Art.3)

û 5) Verificar si se opto en el Sicam por la Resolución 592/1979:

1) Que no exista ampliación de periodos en el formulario 558/A

2) Que no exista modificación de periodos y actividad

û liquidaciones realizadas a través delSICAM, en vigencia de la ResoluciónD.E.-N Nº 555/2010, de titulares que sehubieran adherido a la moratoria 592/79y que registraran períodos anteriores a lafecha de inicio de actividad de acuerdoa AUT1, deberán ser incluidos en el plande moratoria como ampliación deperíodos (SICAM II).

û Si el afiliado opta por la moratoria 592/79 en el Sicam, la ampliación por servicios anteriores al inicio de actividades que surge de la pantalla AUT 1( archivo de autónomos) deberá ser cargada en el Sicam II .

û UNICO SUPUESTO DE USO OBLIGATORIO DEL SICAM II

û Si se presenta el trámite dentro de los 45 días hábilesadministrativos se abona desde la generación del SICAM

û - Si hay un trámite anterior la “… nueva solicitud por losperíodos impagos deberá adecuarse a los requisitos yexigencias expuestas en el procedimiento vigente”

û - El iniciador debe controlar que coincida el padrón (Dentrode la competencia de ANSES - períodos fuera de moratoria)› Si no coincideñ Presentación de 460/Fñ Actividad No Reglada. No se exige prueba. Se presenta

en AFIP(4.7.3)ñ Actividad Reglada. Si cambia por actividad “no

reglada” Se solicita F 929 y pruebas. Las pruebas enAFIP

û El período prescripto no se considerapara los años de servicios ni años conaportes. Si dentro de dicho períodoexisten meses aportados, en la situaciónde revista del Sicam deben efectuarselos cortes necesarios para considerarlos.

û En otra presentación se pueden abonarlos períodos adeudados e incorporar enel SICAM

û Si se opta por la moratoria 592/79 en elSicam no se puede solicitar prescripciónliberatoria y se debe tener en cuenta losperiodos informados en situación derevista hasta el 30/06/1979 inclusive.

û Si no se opta por la moratoria 592/79 sepuede prescribir lo anterior a la vigenciade la misma y por el periodo que deseehasta el 30/06/79 inclusive

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