presentación despacho aduanero
Post on 11-Jul-2015
383 Views
Preview:
TRANSCRIPT
Lic. Gabriel Raymundo Calderón Sánchez
CURSO DE DESPACHO ADUANERO
CON ENFOQUE A VUCEM
Objetivo:
Que los participantes conozcan
de procedimientos, requisitos y
trámites aduaneros para poder
efectuar exportaciones e
importaciones y que identifiquen
los términos manejados en el
desaduanamiento de las
mercancías, a fin de comprender
el cumplimiento legal de los
actos y formalidades que traen
consigo las transacciones
extranjeras y las modificaciones
para la entrada en vigor respecto
a VUCEM
Temas
Introducción al Comercio Internacional
Principales leyes que inciden en el comercio exterior
Manejo y control del despacho aduanero de mercancías
Principales acciones para el desaduanamiento de mercancías de importación
Ventanilla Única, actualizaciones y procedimientos en materia aduanera
ORGANISMOS INTERNACIONALES
ONUOrganización
de las Naciones
Unidas 1945
ISO
Organización Internacional para la Estandarización 1947
CCA
Consejo de Cooperaci
ón Aduanera
1950
OMC
Organización Mundial de Comercio
1995
GATT
Acuerdo General
sobre Aranceles y Comercio 1947-1994
ISO
Organización Internacional
para la Estandarizaci
ón 1947
OMAOrganización mundial de
Aduanas 1994
INTRODUCCIÓN AL COMERCIO
INTERNACIONAL
México Cerrado al comercio exterior hasta 1985:
México es la economía más avanzada, en los países
Latinoamericanos en materia de Comercio Exterior.
En 1986 México se adhiere al GATT.
Globalización.
Intercambio de bienes y capitales entre los países.
La primera fase de apertura comercial, terminó con
gran parte de la industria comercial.
Empresas
Industriales sin
preparación
Productos
elaborados con
mejor tecnología
y de calidad
En 1986 México se
adhiere al GATT
que en 1995 pasa
a ser la OMC
Bajo las condiciones impuestas por los
organismos internacionales tales como el
Banco Mundial y el Fondo Monetario
Internacional y termina con la firma de
manera rápida del Tratado de Libre
Comercio de América del Norte firmado
con Canadá y Estados Unidos.(NAFTA North
American Free Trade Agreement)
Se nos presenta al mundo como mano de
obra barata y como un lugar seguro donde
invertir, se nos hace creer que
alcanzaríamos un nivel elevado de
desarrollo sin recordar que con pasar las
penas del purgatorio 8 años no seria fácil y
que traería como consecuencia una
severa crisis y un crecimiento desigual en
la economía.
PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2006-2012
En cuanto a Política exterior, los puntos más importantes son los siguientes:
Incrementar la inversión y productividad.
Continuar con la apertura comercial y atracción de inversión
directa extranjera.
Aranceles mas bajos para adquirir maquinaria a menor costo.
Desarrollo de nuevas tecnologías permite producir nuevos
bienes y servicios y así incursionar a los mercados
internacionales.
Reducción de los costos y trámites de las operaciones de
comercio exterior.
LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO PAÍS FIRMA APROBACIÓN
DEL SENADOPROMULGACIÓN EN VIGOR A PARTIR
DE
TLCAN (Estados Unidos, Canadá y México)
17 de diciembre de 1992
22 de noviembre de 1993
20 de diciembre de 1993 1 enero de 1994
Costa Rica 5 de abril de 1994 21 de Junio de 1994 10 de enero de 1995 1 de enero de 1995
G3 (Colombia,Venezuela y México) 13 de junio de 1994 13 de junio de 1994 31 de diciembre de 1994 1 enero de 1995
Bolivia 10 de Septiembre 28 de septiembre de 1994
11 de enero de 1995 1 enero de 1995
Nicaragua 18 de diciembre de 1997
30 de abril de 1998 29 de junio de 1998 1 de junio de 1998
Chile 17 de abril de 1998 23 de noviembre de 1998
28 de junio de 1999 1 de agosto de 1999
TN (El Salvador, Guatemala y Honduras)
28 de junio de 2000 19 de enero de 2001 14 de marzo de 2001 15 de marzo de 2001
TLCUEM Unión Europea 23 de marzo de 2000 20 de marzo de 2000 (Acuerdo Global)
26 de junio de 2000 1 de junio de 2000 (bienes)1 de marzo de 2001 (Servicios e Inversion)
Israel 10 de abril de 2000 28 de abril de 2000 28 de junio de 2000 1 de julio de 2000
TLC México-AELC 3 de noviembre de 2000
27 noviembre 2000 27 noviembre 2000 1 julio 2001
Uruguay 15 de noviembre de 2003
28 de abril de 2004 25 de junio de 2004 15 de junio de 2004
Acuerdo para el fortalecimiento de la Asociacion Economica entre los Estados Unidos y Japón
17 de septiembre de 2004
18 de noviembre de 2004
31 de marzo de 2005 1 de abril de 2005
Acuerdo de Integración Económica Perú
06 abril 2011 15 diciembre 2011 9 De enero de 2012 Aun no entra en vigorTLC Único Centro América (Costa rica, el Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua)
22 de noviembre de 2011
15 de diciembre de 2011
9 De enero de 2012 Agosto 2012Entrará en vigor en Agosto del 2012, lo cual eliminaría los siguientes tratados con: Salvador, Costa Rica, Guatemala, Honduras y Nicaragua
Tratado Único de
Centroamérica
Tratados y acuerdos
de Libre Comercio1986
GAT OMC
1992ALADI Chile
1993APEC
1994OCDE
TLACAN
1995TLC Costa Rica
TLC Bolivia
TLC G3 Colombia, Venezuela
Venezuela sale en el 2006
Queda sin efectos en el 2010
Tratados y acuerdos
de Libre Comercio1998
TLC Costa Rica
ALADI Uruguay
ALADI Cuba
ALADI Ecuador
ALADI Panamá
1999 TLC Chile
ALADI Argentina
2000TLCUEM
TLC Israel
ALADI Peru
ALADI Paraguay
2001 TLC TN Guatemala, Honduras, El Salvador
TLC AELC Islandia Linchestein, Noruega
2002ALADI Mercosur (Automotor)
ALADI Mercosur (Acuerdo Marco)
ALADI Brasil
Tratados y acuerdos de Libre Comercio
2004TLC Uruguay
2005AE Japón
2012TLC Centro América
Jerarquía de leyes
En los estados, el orden jerárquico normativo funciona así:
Constitución Federal
Leyes Federales y los Tratados
Constitución local propia de cada Estado
Leyes Ordinarias
Leyes Reglamentarias
Normas jurídicas individualizadas
Leyes Municipales
Constitución Federal
Leyes Federales y los Tratados
Leyes Ordinarias
Leyes Reglamentarias
Leyes Municipales
En el Distrito Federal de la siguiente manera:
"
Esta Constitución, las Leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella, y todos los tratados hechos yque se hicieren por el Presidente de la República, con aprobación del Congreso, serán la ley suprema de toda la Unión.
Artículo 133
Jurisprudencia
LEYES FEDERALES Y TRATADOS INTERNACIONALES.TIENEN LA MISMA JERARQUIA NORMATIVADe conformidad con el artículo 133 de la Constitución, tanto las leyes
que emanen de ella, como los tratados internacionales , celebrados por el ejecutivo Federal, aprobados por el Senado de la República y que estén de acuerdo con la misma, ocupan, ambos, el rango inmediatamente inferior a la Constitución en la jerarquía de las normas en el orden jurídico mexicano
Constitución Política De los
Estados Unidos Mexicanos
202 Reformas Constitucionales Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2012
Arts.
5 Profesión.
8 Derecho de petición.
14 A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de
persona alguna.
16 Nadie puede ser molestado en su persona, familia,
domicilio, papeles…
31 Obligaciones de los mexicanos:
IV Contribuir para los gastos públicos
73 Facultades del Congreso:
XXIX Para establecer contribuciones
Arts.
89 Facultades del Presidente:
X Dirigir la política exterior y celebrar tratados
internacionales
131 Facultad privativa de la Nación:
Gravar mercancías que se importen/exporten.
133 La Constitución, las leyes del congreso y los tratados serán
Ley suprema de toda la nación.
Código Fiscal
de la Federación
Arts.
1 Las personas físicas y morales están obligadas a contribuir para
el gasto público
2 Clasificación de las contribuciones:
3 Aprovechamientos
4 Créditos fiscales
10 Domicilio fiscal
11 Ejercicio Fiscal
14 Enajenación de bienes
17A Monto de las contribuciones y aprovechamientos.
Impuestos.
Aportaciones de Seguridad Social.
Contribuciones de mejoras.
Derechos.
18 Promoción dirigida a las autoridades fiscales.
18A Las promociones que se presenten ante las autoridades
fiscales.
19 En ningún trámite administrativo se admitirá la gestión
de negocios.
20BIS Índice Nacional de Precios al Consumidor.
29 De la obligación de expedir comprobantes fiscales
29-A. Requisitos de Los comprobantes fiscales digitales
73 No se impondrán multas cuando se cumplan en forma
espontánea obligaciones fiscales.
Arts.
Ley del IVE
E IEPS
Arts.1 Personas físicas y morales están obligadas al pago del
IVA.
2 Tasa del 11% en región fronteriza.
2A Tasa del 0% a ciertos productos (animales, vegetales no
industrializados, medicina de patente y productos
alimenticios, tractores, etc.).
8 Enajenación, faltante de bienes en los inventarios de las
empresas.
11 Se efectúa la enajenación de los bienes cuando se
cobren las contraprestaciones y sobre el monto de cada una
de ellas.
27 Calcular el impuesto al valor agregado tratándose de
importación de bienes tangibles.
Arts.
28 Tratándose de importación de bienes tangibles, el pago
tendrá el carácter de provisional y se hará
conjuntamente con el del impuesto general de
importación, inclusive cuando el pago del segundo se
difiera en virtud de encontrarse los bienes en depósito
fiscal en los almacenes generales de depósito, sin que
contra dicho pago se acepte el acreditamiento.
Ley de Comercio
Exterior
1 al 3 Disposiciones generales.
4 Facultades del Ejecutivo Federal.
5 Facultades de la Secretaría de Economía.
6 al 8 Comisiones auxiliares.
• COCEX
• COMPEX
9 al 11 Origen de las mercancías.
12 al 14 Aranceles:
• Advalorem
• Especifico
• Mixto
• Arancel Cupo.
• Arancel Estacional.
Arts.
26 y 27 Otras medidas de regulación al comercio exterior y
normas oficiales mexicanas.
28 y 29 Practicas desleales de comercio internacional.
30 a36 Discriminación de precios.
37 y 38 Subvenciones.
15 al 20A Medidas de regulación y restricción no arancelarias.
21 al 25 Permisos previos, cupos y marcado de país de origen.
Arts.
39 a 44 Daño a una rama de producción nacional
45 a 48 Medidas de salvaguarda
49 a 56 Procedimiento en materia de practicas desleales de
comercio internacional y medidas de salvaguarda.
Disposiciones comunes a los procedimientos.
57 Procedimiento en materia de prácticas desleales de
comercio internacional. Resolución preliminar.
58 y 59 Resolución final
60 Derogado
61 Audiencia conciliatoria.
62 a 71 Cuotas compensatorias.
72 a 74 Compromisos de exportadores y gobiernos.
75 a 77 Procedimiento en materia de medidas de
salvaguarda. Determinación de medidas de
salvaguarda.
78 y 79 Circunstancias criticas.
80 a 89 Otras disposiciones comunes a los procedimientos.
89A a 89F Procedimientos especiales.
Arts.
Arts.
90 Promoción de exportaciones.
91 y 92 Instrumentos de promoción
93 Infracciones y sanciones administrativas
94 al 98 Recurso de revocación
ANTES
• Acta Constitutiva
• Alta en Hacienda
• RFC
• Padrón de importadores
• FIEL
• Encargo Conferido
• Manifestación de valor
• Hoja de cálculo de contribuciones
• Instrucción para recoger guía/BL
• Carta de instrucciones
• Regulaciones y restricciones arancelarias y no arancelarias.
DURANTE
• Art 36 Ley aduanera:
• Pedimento
• Factura comercial / COVE
• BL/Guía aérea
• Certificado de origen
• Regulaciones y restricciones no arancelarias
• Demoras
• Multa simple
• Embargo precautorio
• PAMA
DESPUÉS
• Factura del agente aduanal con comprobantes de gasto
• Autoauditoría
• Archivo 5 años
Requisitos para el despacho aduanero
Ley
Aduanera
Arts.
1 Esta Ley, y demás ordenamientos regulan la entrada y salida
de mercancías, el despacho aduanero. El código Fiscal se
aplicará supletoriamente a lo dispuesto en esta ley.
2 Para los efectos de esta Ley se considera (conceptos).
6 Copias o reproducciones de documentos guardados en
medios que autorice la secretaria tendrá el mismo valor que
los originales.
14 El manejo, almacenaje y custodia de las mercancías,
compete a las aduanas.
15 .-V Permitir el almacenamiento gratuito de las mercancías:
a) En mercancías de importación, dos días, excepto recinto
fiscalizado, marítimo 5 días.
b) En mercancías de exportación, quince días, excepto minerales
que son 30 días.
29 Abandono de las mercancías de Comercio Exterior.
35 Definición de despacho:
Se entiende por despacho el conjunto de actos y formalidades relativos a
la entrada de mercancías al territorio nacional y a su salida del mismo, que
de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros establecidos
en el presente ordenamiento, deben realizar en la aduana las autoridades
aduaneras y los consignatarios, destinatarios, propietarios, poseedores o
tenedores en las importaciones y los remitentes en las exportaciones, así
como de los agentes o apoderados aduanales.
• Factura comercial.
• Conocimiento de embarque/ Guía aérea.
• Documentos que comprueben las regulaciones y
restricciones no arancelarias.
• Documento que acredite la procedencia de las
mercancías.
• Deposito en garantía.
• Certificado de peso.
• Información para identificación, análisis y control.
36 Quienes importen o exporten mercancías están obligados apresentar ante la aduana, por conducto de agente o apoderadoaduanal, un pedimento en la forma oficial. Si las mercancías sujetasa regulaciones y restricciones no arancelarias cuyo cumplimiento sedemuestre a través de medios electrónicos, el pedimento deberáincluir la firma electrónica que demuestre el descargo total o parcialde esas regulaciones o restricciones. Dicho pedimento se deberáacompañar de:
I. En importación:
Checar Modificación a la Regla 1.9.16
Da origen al COVE
Las mercancías susceptibles de ser identificadas
individualmente, deberán indicarse los número de serie,
marca, modelo, o en su defecto las especificaciones técnicas
o comerciales necesarias para identificar las mercancías .
Cuando dichos datos existan podrán consignarse en el
pedimento, factura, documento de embarque o en relación
anexa firmada por el importador, agente o apoderado
aduanal.
Las maquiladoras o empresas con programas de exportación,
no estarán obligados a identificar las mercancías para
importaciones temporales, siempre que se importen insumos y
artículos semiterminados previstos en el programa.
Cuando las empresas opten por cambiar el régimen de
importación definitiva, deberán citar los números de serie de
las mercancías que hubieran importado temporalmente.
II. En exportación
a) Factura comercial o cualquier documento que
exprese el valor comercial de las mercancías.
a) Documentos que comprueben el cumplimiento de
las regulaciones y restricciones no arancelarias a la
exportación.
42 Si quien debe formular el pedimento ignora las
características de las mercancías en depósito ante la
aduana, podrá examinarlas para ese efecto.
43 Elaborado el pedimento y efectuado el pago de las
contribuciones de las mercancías en depósito ante la
aduana, podrá examinarlas para ese efecto.
59 .- III Al agente o apoderado aduanal que promueva el
despacho, entregar: Manifestación por escrito bajo protesta
de decir verdad con los elementos para determinar el valor
en aduana de las mercancías.
64 La base gravable del impuesto general de importación es el
valor en aduana de las mercancías.
65 El valor de transacción de las mercancías importadas
comprenderá el precio pagado y otros cargos.
44 El reconocimiento aduanero y segundo reconocimiento.
56 Fechas que rigen las cuotas, bases gravables, tipos de
cambio de moneda, precios estimados.
59 Obligaciones de los importadores.
Arts.
67 Se considerará como valor en aduana el de valor de
transacción.
71 Cuando la base gravable del impuesto general de importación
no pueda determinarse conforme al valor de transacción de las
mercancías importadas, se determinará con otros métodos.
80 Los impuestos al comercio exterior se determinarán
aplicando a la
base gravable , la cuota que corresponda conforme a la
clasificación arancelaria de las mercancías.
Arts.
90 al 142 Regímenes aduaneros
A. Definitivos.
1. De importación.
2. De exportación.
B. Temporales.
I. De importación.
a) Para retornar al extranjero en el mismo estado.
b) Para elaboración, transformación o reparación en programas de
maquila o de exportación.
II. De exportación.
a) Para retornar al país en el mismo estado.
b) Para elaboración, transformación o reparación.
C. Depósito Fiscal.
D. Tránsito de mercancías.
I. Interno.
II. Internacional.
E. Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado.
F. Recinto fiscalizado estratégico.
Arts.
144 Facultades de la Secretaría
152 Tratándose de mercancías de difícil identificación para su análisis y dictamen conducentes.
176 al 202 Infracciones y sanciones relacionadas con la importación o exportación
203 Recurso de revocación
1.1.2 De los comprobantes
1.6.22 Los conocimientos de embarque que expidan las empresas navieras
servirán como comprobantes para la deducción y acreditamiento que
proceda conforme a las disposiciones fiscales, por lo tanto no será
necesario expedir comprobantes distintos a los señalados en esta regla
respecto de esos servicios, siempre que estén revalidados por el agente
naviero y contenga los siguientes datos:
I. Puertos de salida y destino del buque
II. Nombre y matricula del buque
III. Número en orden del conocimiento de embarque
IV. Nombre y domicilio a quien se expide el embarque
V. Descripción de los bienes
VI. Nombre, domicilio y firma del transportista
VII. Nombre y domicilio del embarcador
VIII.Tarifa del flete y gastos del transporte, indicar si son pagados o por
pagar
Reglas de carácter generalen materia de comercio exterior
3.5.1 Para los efectos del artículo 36, fracción I, inciso a) de la Ley, la
obligación de presentar facturas, se deberá cumplir cuando las
mercancías tengan un valor comercial en moneda nacional o extranjera
superior a 300 dólares. Las facturas podrán ser expedidas por proveedores
nacionales o extranjeros y presentarse en original o copia. La factura
comercial deberá contener los siguientes datos:
I. Lugar de expedición.
II. Nombre y domicilio del destinatario de la mercancía.
III. Descripción comercial detallada de las mercancías.
IV. Nombre y domicilio del vendedor.
Reglas de caracter general
en materia de comercio exterior
Consulta
Actualizaciones de las Reglas de carácter general en Materia de Comercio
Exterior
1.9.16. Para los efectos de los artículos 36, primer párrafo, fracciones I, inciso a) y II, inciso a), así como su penúltimo párrafo, 54, 80, 144, fracción III, 162, fracción VI y 169, último párrafo de la Ley, y 55 de su Reglamento, se requiere a los contribuyentes para que transmitan electrónicamente a la autoridad aduanera a través de la Ventanilla Digital, en idioma español, la información contenida en la factura o en cualquier documento que exprese el valor de las mercancías de comercio exterior, que destinen a alguno de los regímenes aduaneros previstos en la Ley. La transmisión de la información, podrá realizarse a través de agente o apoderado aduanal.
Décima Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011 y sus anexos Glosario de Definiciones y Acrónimos, 1 y 22.
Dicha información deberá ser transmitida previamente al despacho aduanero de las mercancías y deberá contener, los siguientes datos, según corresponda:
I. Lugar y fecha de expedición.
VIII. ....... No se considerará descripción comercial de la mercancía, cuando la misma se transmita en clave.Cuando los documentos se encuentren en inglés o francés, podrán efectuar la transmisión en estos idiomas.
Cuando de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, se requiera incluir en los documentos que expresen el valor de las mercancías, una declaración bajo protesta de decir verdad del contribuyente, la misma se asentará en la transmisión electrónica en el apartado correspondiente, cumpliendo con las demás formalidades aplicables, según sea el caso.
Actualizaciones de las Reglas de carácter general en Materia de Comercio
Exterior Décima Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter
General en Materia de Comercio Exterior para 2011 y sus anexos Glosario de Definiciones y Acrónimos, 1 y 22.
Actualizaciones de las Reglas de carácter general en Materia de Comercio
Exterior
1.9.17. Para los efectos de los artículos 37, 54, 80, 144, fracción III, 162, fracción VI y 169, último párrafo de la Ley, así como 55 y 58, fracción III y VI del Reglamento, cuando se opte por presentar un pedimento consolidado, los agentes o apoderados aduanales, transmitirán la información a que se refiere la regla 1.9.16., contenida en la factura, o en cualquier documento que exprese el valor de las mercancías de comercio exterior
Décima Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011 y sus anexos Glosario de Definiciones y Acrónimos, 1 y 22.
Actualizaciones de las Reglas de carácter general en Materia de Comercio
Exterior
3.1.4. Para los efectos del artículo 36 de la Ley, el pedimento deberá presentarse en un ejemplar, sólo con los campos contenidos en el formato denominado "Impresión Simplificada del Pedimento" asentando el código de barras correspondiente conforme a lo establecido en el Apéndice 17 del Anexo 22 y declarando el número del COVE y los e-documentscorrespondientes.
Décima Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011 y sus anexos Glosario de Definiciones y Acrónimos, 1 y 22.
Actualizaciones de las Reglas de carácter general en Materia de Comercio
Exterior
Décima Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011 y sus anexos Glosario de Definiciones y Acrónimos, 1 y 22.
3.1.30. Para los efectos de los artículos 1o., 35, 36, penúltimo párrafo, 37, 38 y 90 de la Ley, y 58 de su Reglamento, los documentos que deban presentarse junto con las mercancías para su despacho, para acreditar el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, NOM's y de las demás obligaciones establecidas en esta Ley para cada régimen aduanero y por los demás ordenamientos que regulan la entrada y salida de mercancías del territorio nacional, se podrán cumplir de conformidad con las normas jurídicas emitidas al efecto por las autoridades competentes, en forma electrónica o mediante su envío en forma digital al sistema electrónico aduanero a través de la Ventanilla Digital, salvo el documento que exprese el valor de las mercancías conforme a la regla 3.1.5. D.O.F. 31/05/2012
Actualizaciones de las Reglas de carácter general en Materia de Comercio
Exterior
Décima Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011 y sus anexos Glosario de Definiciones y Acrónimos, 1 y 22.
Una vez transmitido el documento, se recibirá un acuse de referencia emitido por la Ventanilla Digital denominado e-document, el cual el agente o apoderado aduanal deberá declarar en el pedimento respectivo, en el bloque de identificadores con la clave que corresponda conforme al Apéndice 8 del Anexo 22, sin anexar al pedimento el documento de que se trate, salvo disposición en contrario. Se tendrá por cumplida la obligación de presentar la documentación a que se refiere el artículo 36 de la Ley, cuando se presente el pedimento validado ante el mecanismo de selección automatizado.
Manifiesto de Carga
Registro
Registro
Registro
Registro
Reconocimiento y
Segundo reconocimiento
Reconocimiento y
Segundo reconocimiento
AGENTE ADUANAL
VE
ND
ED
OR
EN
TR
EG
AD
O E
N L
UG
AR
AC
OR
DA
DO
(F
RO
NT
ER
A,T
ER
MI
NA
L,
MU
EL
E)
PU
ER
TO
DE
CA
RG
A D
EL
E
MB
AR
QU
E
RA
MP
A D
EL
BA
RC
O
A B
OR
DO
CO
MP
RA
DO
R
DO
CU
ME
NT
OS
DE
EX
PO
RT
AC
ION
DO
CU
ME
NT
OS
DE
IM
PO
RT
AC
ION
EN
TR
EG
AD
O E
N L
UG
AR
A
CO
RD
AD
OE
N D
ES
TI
NO
RA
MP
A D
EL
BA
RC
O
DE
SC
AR
GA
A B
OR
DO
PUNTOS CRITICOS EN LA COMERCIALIZACIÓN Y DESPACHO ADUANAL
5 años
DESPACHO
La Ventanilla Única del Comercio Exterior Mexicano, promovida bajo el nombre de Ventanilla Única,es un esfuerzo intersecretarial, inscrito en los lineamientos de simplificación administrativa del Gobierno Federal, que busca incidir, mediante la innovación tecnológica, en la competitividad del país, permitiendo procesos de comercioexterior más ágiles, fáciles y seguros.
Ingreso al portal de internet.
Envío electrónico a oficinas de gobierno.
Se descuentanlos impuestos desde el banco. Se verifica
digitalmentey se libera.
La Ventanilla Única para efectos del despacho aduanero, funciona con 5 pasos:
Agente Aduanal envía electrónicamente el pedimento .
TIPOS DE USUARIOS DE VENTANILLA ÚNICA
Importadores y exportadores
Agentes (y apoderados) aduanales
Auxiliares del comercio exterior (Capturistas privados)
Transportistas*
.
Ya se cuenta con 450 equipos para todos los verificadores de las aduanas.
Se estima utilizar un equipo por cada dos verificadores.
Servicios de sistema e
infraestructura
Toughtbook
Es un mecanismo seguro y ágil para realizar
operaciones electrónicas por internet.
Es un conjunto de datos que se
adjuntan a un mensaje electrónico
con el propósito de identificar al
emisor del mensaje como autor
legítimo de éste, tal y como si se
tratara de una firma autógrafa.
Las personales físicas o morales tendrán acceso
a los servicios de Ventanilla Única a través de
FIEL
¿Qué es la FIEL?
La FIEL
y sus elementos de seguridad
RFC
Clave privada
Llave pública o certificado
Contraseña de la llave privada
Es única por documento y signatario
Es posible identificar al autor
Es infalsificable
Es imposible transferir a otro
documento
La FIEL y sus elementos de seguridad
CON LA FIEL NO SE PUEDE:
”Hacer fraudes”
Vender la empresa.
Hacer fusiones
comerciales.
No otorga ningún
poder de
administración ni de
dominio.
Dar de alta Ventanilla Única
Ejercicio
Requisitos:
RFC o CURP
Correo Electrónico vigente
Acceso a VUCEM
Los documentos deberán ser ingresados y firmados en el portal de Ventanilla Única.
Todos los anexos al pedimento deberán ser digitales exceptuando la factura en el caso de que aplique.
DIGITALIZACIÓN
¿Qué es?
Sistema que valida y recibe de manera anticipada la información de
los documentos que comprueban el valor de las mercancías, así
como la información de los documentos de cruce en caso de
remesas de consolidados
¿Qué busca lograr?
• Facilitar el cumplimiento de pago desde cualquier parte de la
república mexicana
• Reducir sustancialmente el tiempo de pago.
¿Qué beneficios obtendremos?
• Simplificar y reducir costos administrativos.
• Agilizar el despacho de mercancías.
COVE (COMPROBANTE DE VALOR
ELECTRONICO)
ANTERIORMENTE la factura se presentaba en papel.
-El 22 de noviembre se implementa la factura electrónica.
1. Factura en papel. (se siguió aceptando hasta el31 de enero del 2012) Después del esta fecha, no
se aceptará este esquema.
2. Factura electrónica.
.
El COVE electrónico puede ser firmado por el importador /
exportador o el agente aduanal.
El agente aduanal tendrá acceso a esta información para realizar previo.
Ajustes que los Agentes aduanales deberán realizar para interactuarcon la Ventanilla única
1. Ventanilla Única
-Solicitar que sus clientes (importadores y exportadores) incorporen como capturistas privados a los dependientes para auxiliar a las empresas en sus trámites.
2. COVE
-Requerir el sello especial para VUCEM mediante el SAT-Firmar el COVE con su FIEL-Enlazar su sistema a la Ventanilla Única vía web service.-Revisar en la ventanilla única el COVE cuando lo haya capturado la empresa.
3. Digitalización
-Adquirir escáneres para realizar la digitalización de documentos adjuntos al pedimento.- Desarrollo de software para administrar y almacenar los documentos digitales.-Incorporar los documentos a la Ventanilla Única.-Revisar los documentos que haya incorporado la empresa.-Adquirir la misma tecnología del SAT para llevar a cabo el examen previo de las mercancías y desahogar el reconocimiento aduanero.-Revisar el ancho de banda contratado y, en caso de ser necesario, contratar el enlace de internet simétrico.
Esquema de exportación en Ventanilla Única
1. Envía documentos a la VU
3. Envía pedimento a prevalidar
4. Envía pedimento correcto a validar
5. Genera código de validación
2. Recaba documentos
de VU, clasifica
mercancías y elabora
pedimento
6. Paga el pedimento
7. Presenta pedimento y mercancía en la aduana
Esquema de importación en Ventanilla Única
4. Envía pedimento a prevalidar
5. Envía pedimento correcto a validar
6. Genera código de validación
2. Elabora COVE, lo
incorpora a VU, clasifica mercancías y
elabora pedimento
7. Paga el pedimento
8. Presenta pedimento y mercancía en la aduana
1. Envía documentos al agente aduanal
3. Incorpora datos a la VU
GRACIAS
LCI Gabriel R. Calderón Sánchez
grcs@iacem.com.mx 57853397
¿Dudas?¿Preguntas?¿Comentarios?¿Dudas? ¿Preguntas? ¿Comentarios? ¿Dudas? ¿Preguntas? ¿Dudas? ¿Preguntas? ¿Comentarios?¿Comentarios? ¿Dudas? ¿Preguntas? ¿Comentarios?¿Dudas?¿Preguntas?¿Comentarios?¿Dudas?¿Preguntas?¿Comentarios?¿Dudas?¿Preguntas?¿Dudas?¿Preguntas?¿Comentarios?¿Comentarios?¿Dudas?¿Preguntas?¿Comentarios?¿Dudas?¿Preguntas?¿Comentarios?¿Dudas?¿Preguntas?¿Comentarios? ¿Dudas? ¿Preguntas? ¿Dudas?¿Preguntas?¿Comentarios?¿Dudas? ¿Preguntas?
top related