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ING. ROBERTO ASATO

DIRECCIÓN NACIONAL DE REFINACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN

TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS LIQUIDOS

TRANSPORTE HIDROCARBUROS LÍQUIDOS

Legislación

Normativas

LEGISLACION

Ley N° 24.449 - Tránsito y Seguridad Vial.Decreto 779/95 – Decreto Reglamentario.

Anexo S - Reglamento General para el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera.Resolución N° 195/97 – Normas Técnicas

para el Transporte Terrestre.

RESOLUCIÓN 195/97

Clasificación de las Mercancías Peligrosas

CLASE 1: ExplosivosCLASE 2: GasesDivisión 2.1: Gases InflamablesDivisión 2.2: Gases No Inflamables. No TóxicoCLASE 3: Líquidos Inflamables

RESOLUCIÓN 195/97

CLASE 4.1: Materias Sólidas No inflamablesCLASE 4.2: Materias que pueden experimentar inflamación espontánea.CLASE 4.3: Materias que en contacto con el agua desprenden gases inflamables.CLASE 5.1: Materiales comburentesCLASE 5.2: Peróxidos Orgánicos

RESOLUCIÓN 195/97

CLASE 6.1: Materias TóxicasCLASE 6.2: Materias InfecciosasCLASE 7: Materias radiactivasCLASE 8: Materias CorrosivasCLASE 9: Materias y Objetos Peligrosos Diversos.

RESOLUCIÓN 195/97

ANEXO I

CAPÍTULO I: Clasificación y Definición de las Clases de las Mercancías Peligrosas.

CLASE 3 – LIQUIDOS INFLAMABLES

ANEXO S

Artículo 5°: La SUBSECRETARÍA DE COMBUSTIBLES es el Organismo designado como Autoridad de Aplicación para la reglamentación y control de normas específicas relacionadas con el transporte por cisternas de mercancías peligrosas, en lo concerniente a combustibles líquidos derivados del petróleo.

NORMATIVA

Disposición SSC N° 76/97 (30/04/97) – Inspecciones periódicas de los tanques cisternas de transporte por la vía pública.

NORMATIVA

Disposición SSC N° 90/97 – Prórroga presentación certificación ISO 9000 del fabricante o proyectista.

Disposición SSC N° 144/98 – Prórroga de plazos de vencimiento para realización de los ensayos.

NORMATIVA

Resolución S.E. N° 404/94

Registro de Profesionales y Empresas Auditoras de Seguridad.

DISPOSICION SSC N° 76/97

ARTICULO 1°.- Incorpórase como punto d) del artículo 7° de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA N° 404 de fecha 21 de diciembre de 1994, el rubro “Tanques Cisterna para el Transporte por la Vía Pública de Combustibles Líquidos y Gases Licuados Derivados del Petróleo”.

DISPOSICION SSC N° 76/97

Alcance

Todo tanque cisterna destinado al transporte por automotor de combustibles líquidos, de capacidad igual o superior a 450 litros, deberá someterse a la inspección periódica de sus elementos constitutivos y componentes, con la periodicidad y conforme a las especificaciones técnicas que se detallan en la Disposición.

NORMATIVA APLICABLE

Normas de Acuerdo Europeo Sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR).

NORMA ADR

AlcanceEsta norma tiene por objeto regir la construcción, habilitación, operación y reparación de las unidades afectadas al transporte internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera.

ACREDITACIÓN

Fabricación de acuerdo a la Norma ADR.

Certificación ISO 9000 del fabricante o proyectista.

DISPOSICION SSC N° 76/97

ANEXO IConsideraciones Técnicas.

ANEXO IICroquis de Protectores

ANEXO I

CAPITULO I: Especificaciones Técnicas.

CAPITULO II: Protocolo de Inspección de Tanques Cisternas.

CAPITULO III: Inspección de Cisternas y Accesorios.

ESPECIFICACIONES TECNICAS

Tipos de Inspecciones:

Visual externa (VEx).Visual Interna (VI).Prueba de estanquidad (PE).Verificación de espesores (VEs).

ESPECIFICACIONES TECNICAS

Antigüedad y Frecuencia:

(VEx): En todos los casos - Anualmente(VI): En todos los casos – Cada 2 años.(PE y Ves): 1 a 10 años – Cada 5 años

Más de 10 años – Cada 3 años

ESPECIFICACIONES TECNICAS

Presión de prueba de estanquidad:

CERO COMA DOS DECIMAS (0,2) de bar durante 5 minutos.

El tanque o compartimento a ensayar deberá ser inspeccionado con todos sus bloqueos instalados.

ESPECIFICACIONES TECNICAS

Todas las válvulas, tuberías y otros accesorios sometidos a presión deben ser inspeccionados en conjunto con el tanque.Las cisternas que presenten pérdidas en la envolvaente o cabezales y/o deformaciones permanentes no serán habilitadas.Emisión de Certificado con indicación detallada y taxativa de cada rubro controlado.

ESPECIFICACIONES TECNICAS

APTO: El tanque cisterna está habilitado para prestar el servicio de transporte de combustibles líquidos hasta que se produzca el vencimiento de la aptitud.

RECHAZADO: Obliga al retiro inmediato del servicio del tanque cisterna.

ESPECIFICACIONES TECNICAS

CERTIFICACIÓN

Tipo de inspección, verificación o prueba.Listado de todos los rubros inspeccionados, verificados o probados.Ubicación y características de las anomalías detectadas.Detalle de reparaciones, modificaciones o mantenimientos hechos sobre soldadura o que incluyan a éstas, si hubieran existido.

PROTOCOLO DE INSPECCION DE TANQUES

Sigue parámetros establecidos en la normativa ADR.

PROTOCOLO DE INSPECCION DE TANQUES

Caño de escape.Arrestallamas.Válvulas de emergencia.Protección antivuelco de las bocas de carga.Válvulas de descarga.Tapas superiores herméticas.

PROTOCOLO DE INSPECCION DE TANQUES

Mangueras: Poseer acoples con cierres herméticos, y contar con doble abrazadera en ambos extremos.Leyendas.Emblemas.Sistema eléctrico.

PROTOCOLO DE INSPECCION DE TANQUES

Elementos de Protección Contra Incendios.

DOS (2) matafuegos de 10 Kg. de 20 BCUn matafuego de 2,5 Kg. de 5 BCDOS (2) baldes con tapa conteniendo 10 Kg. de arena cada uno.

PROTOCOLO DE INSPECCION DE TANQUES

Condición de realización

En ocasión de la Revisión Técnica Obligatoria, los responsables de los tanques cisternas deberán presentar la certificación que acredite la condición de APTO, de las cisternas incorporadas a los vehículos automotores que transportan.

INSPECCIÓN DE CISTERNAS Y ACCESORIOS

Cisterna

Corrosión Externa: En caso de dudas control de espesores.Abolladuraas, rayones y globos: En caso de duda efectuar ensayos no destructivos.Sujeción de cisterna a bastidor.

PROTOCOLO DE INSPECCION DE TANQUES

Sujeción de cisterna a bastidor o controlar montaje de la misma sobre el chasis.

Protección antivuelco de las bocas de carga.

Accesos a las bocas de la cisterna.

ACCESORIOS

Válvulas de descarga

Controlar hermeticidad.Verificar estado de juntas y tapas.Verificar posición de la válvula.Verificar protección estructural contra vuelcos.

ACCESORIOS

Válvula de emergencia.Verificar ausencia de pérdidas en cada compartimento en forma independiente.Válvulas de venteo.Mangueras: Verificar estado conservación exterior.Conexiones de descarga a tierra.

ANEXO II

Figura 1: Protector arrestallamas.Figura 2: Arrestallamas.Figura 3: Protector de Válvulas de DescargaFigura 4: Estructura de protección en caso de vuelco.

CODIGOS NUMÉRICOS

El Código Numérico indica con 2 ó 3 números la intensidad del riesgo en función de su clasificación.La importancia del riesgo se consigna de izquierda a derecha.La cantidad de veces que se repite un número indica la intensidad del riesgo.Cuando el riesgo es simple, se acompaña con un CERO.

CODIGOS NUMÉRICOS

30 – Líquido inflamable (PI: 23 °C y 60.5°C)323 – Líquido inflamable que reacciona con el agua.33 – Liquido muy inflamable (PI: < 23 °C) 336 - Líquido muy inflamable tóxico.338 – Líquido muy inflamable corrosivo.

SIMBOLO

IDENTIFICACIÓN DEL RIESGO

122330KEROSENE

120230GAS OIL

120333NAFTA

N° ONUN° RIESGOPRODUCTO

IDENTIFICACIÓN DEL RIESGO

126833DESTILADOS

127030ACEITE MINERAL

199933ASFALTO

N° ONUN° RIESGOPRODUCTO

IDENTIFICACIÓN DEL RIESGO

MEDIDAS PRIMARIASLlamar primero al número de teléfono de respuesta en caso de emergencias que figura en el documento de embarque o el que figura en el

automotor.Aislar el área de derrame o fuga en un radio no menor a 100 metros. Cortar las vías de acceso, desviar el tránsito y no permitir el ingreso de

de vehículos.Mantener anuldas las fuentes de ignición.Acercarse al escape a favor del viento para determinar el origen del mismo e intentar controlarlo.Permanecer en el lugar solamente las personas autorizadas.Los equipos eléctricos que se utilicen deben ser a prueba de explosión.

SEGURIDAD PÚBLICA

Usar el equipo de aire autónomo de presión positiva.Traje aantifuego en las intervenciones con incendio..Protección de manos y facial en la intervención contra escape o exposición a altas temperaturas

EQUIPOS DE PROTECCIÓN

INCENDIO O EXPLOSIÓNMaterial inflamable.Se encenderá fácilmente por calor, chispas o llamas.Los vapores forman con el aire mezclas explosivas.Los vapores pueden viajar a una fuente de encendido y retornar en flama.Los vapores son más pesados que el aire y se difunden a nivel de piso.El calentamiento del recipiente origina un aumento de presión. Peligro de estallido o explosión!

A LA SALUDLos vapores pueden causar mareos o sofocación.

En contacto con la piel puede causar irritación de piel y ojos.El fuego puede producir gases irritantes o tóxicos.

ELIGROS POTEPNCIALES

N° ONU: 1203

CLASE 3: LIQUIDOS INFLAMABLES N° RIESGO 33

FICHA DE INTERVENCION

PRINCIPALES AGENTES DE EXTINCIÓNPolvo Químico Seco.Anhídrido Carbónico (CO2).

Agua pulverizada, se utiliza para enfriar recipientes, diluir escapes de gas y protección en acercamientos a siniestros.Líquido espumígeno.

FUEGOIncendios pequeñosPolvo Químico Seco o agua.Incendios GrandesUse rocío o niebla de agua.

Líquido espumígeno.Polvo Químico Seco.

Incendio que involucra cisternasCombata el incendio desde una distancia máxima o utilice soportes fijos para mangueras.Refrigerar el recipiente con agua hasta mucho después que el fuego se haya extinguido.Retírese inmediatamente si sale un sonido creciente de los mecanismos de seguridad o si el tanque se empieza a decolorar. Peligro de

estallido.SIEMPRE mantenerse alejado de los extremos de los tanques.Si a pesar de los esfuerzos no se puede controlar, dejar arder controladamente y seguir refrigerando.Incendio del vehículo tractor pero sin fuga del recipienteRefrigerar el recipiente inmediatamente con agua. Apagar el incendio del vehículo.

RESPUESTA DE EMERGENCIA

EVACUACIÓNFrente a un DERRAME GRANDE, considere la evacuación inicial a por lo menos 800 metros.

Si una cisterna está involucrada en un incendio, AISLE a a 1600 metros a la redonda y considere la evacuación.

DERRAME O FUGA

ELIMINAR todas las fuentes de ignición (no fumar, no usar bengalas, chispas o llamas en el área de peligro).

Detener la fuga en caso de poder hacerlo sin riesgo.

Todo equipo que se utilice durante el manejo del producto, debe estar conectado eléctricamente a tierra.

Use rocío de agua para reducir vapores.

No tocar ni caminar sobre el material derramado.

Tratar de absorber con material específico.

Canalizar hacia un lugar predeterminado y proceder luego a su recuperación.

No derivar hacia alcantarillas o drenajes.

PRIMEROS AUXILIOS

Mueva a la víctima a donde se respire aire fresco.

Llamar a los servicios médicos de emergencia.

Aplicar respiración artificial si la víctima no respira.

Suministrar oxígeno si respira con dificultad.

En caso de contacto con el producto, enjuagar inmediatamente los ojos con agua y lavar la piel con agua y jabón .

Quitar la ropa contaminada.

DISPOSICION SSC N° 90/97

Prórroga de 180 días para el fabricante de cisternas para el cumplimiento de la Certificación ISO 9000.Los equipos a utilizar deben contar con un dispositivo de seguridad (válvula de alivio o regulador de presión) que evite que la presión de prueba exceda un máximo de TRES DECIMAS DE BAR (0.3 bar).

DISPOSICION SSC N° 90/97

Las pruebas de estanquidad pueden ser realizadas indistintamente, mediante la realización de prueba hidráulica o gas inerte.

Las válvulas de Presión y Vacío deben ser desmontadas, para las pruebas de las cisternas.

DISPOSICION SSC N° 90/97

La presión de prueba deberá mantenerse a 0,2 bar, por lo menos durante TREINTA (30) minutos.

En caso de modificación o alteración de las cisternas y/o sus accesorios, deberán efectuar una nueva certificación.

DISPOSICION SSC N° 76/97

Ante reparación o modificación de la cisterna deberá dejarse constancia de ello, consignando la letra R, a continuación de la fecha.El arrestallama se limitaráal uso, cuando el camión cisterna circule por áreas de riesgo (Refinerías / Plantas de Despacho).

DISPOSICION SSC N° 90/97

Artículo 6°:

Las nuevas cisternas a partir de la vigencia de la DISPOSICIÓN S.S.C. N° 76/97, no podrán contar con acoplado.

DISPOSICION SSC N° 144/98

Establece diferentes plazos de prórroga para el cumplimiento de los diferentes ensayos, conforme la antigüedad de los tanques.

DISPOSICION SSC N° 144/98

Las cisternas destinadas al transporte por la vía pública de productos derivados del petróleo, que se carguen a temperaturas superiores a los CINCUENTA GRADOS CENTIGRADOS (50 °C), deberán dar cumplimiento en forma SEMESTRAL, exclusivamente a la prueba visual externa, quedando eximidas de la realización del resto de las pruebas establecidas en el ANEXO I de la Resolución SSC N° 76/97.

RESOLUCIÓN S.E. N° 1102/04

Registro de Bocas de Expendio de Combustibles Líquidos, Consumo Propio, Almacenadores, Distribuidores y Comercializadores de Combustibles e Hidrocarburos a Granel y de Gas Natural Comprimido.

RESOLUCIÓN SE N° 1102/04

Artículo 46°

Quedan comprendidas dentro de los alcances del Artículo 6° de la Disposición SSC N° 90/97, todas las cisternas destinadas al transporte de combustibles líquidos por la vía pública.

ENSAYOS

Están especificados en Las Condiciones para el cumplimiento de las Normas de Acuerdo de Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR).

PROTOCOLOS

Están especificados en Las Condiciones para el cumplimiento de las Normas de Acuerdo de Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR).

REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA

Los talleres dedicados a efectuar los controles periódicos, no podrán realizar la inspección pertinente si el transportista no presenta el Certificado de APTO de la cisterna involucrada.En caso de incumplimiento se hará pasible de las sanciones prevista en el Decreto N° 779/95 .

DEBERES

Obligaciones

Responsabilidades

DEBERES

RESPONSABILIDADES

Chofer

Receptor

Auditora

Fabricante

Transportista

DadorTaller

DADOR DE CARGA

Documentación de la carga.Ficha de Intervención.Capacitación al transportista.Habilitación del transporte.

TRANSPORTISTA

Habilitación de las unidades.Ensayos en término y certificaciones.Capacitación básica obligatoria de choferes.Identificación de riesgo.RTO.Equipamiento de emergencia y protección individual.

CHOFERES

Carnet de conductor con categoría habilitante.

Capacitación básica obligatoria (CBO) y específica.

FABRICANTES

Cumplir con las normas de fabricación y efectuar los ensayos correspondientes.

Certificar con Empresa Auditora de Seguridad.

EMPRESAS AUDITORAS

Verificar fabricación.

Certificar los ensayos.

Certificar producto final.

Mantener Registro actualizado de tanques cisternas.

RECEPTOR DE CARGA

Verificación habilitación del transporte.

Verificación habilitación del chofer.

TALLERES RTO

Verificación Certificación de Cisterna.

REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA

Los talleres dedicados a efectuar los controles periódicos, no podrán realizar la inspección pertinente si el transportista no presenta el Certificado de APTO de la cisterna involucrada.En caso de incumplimiento se hará pasible de las sanciones prevista

SECRETARIA DE ENERGIA

Dictado de la Reglamentación.

La realización de Inspecciones mediante Empresas Auditoras de Seguridad.

Control de la documentación pertinente, durante el transcurso del análisis de la Resolución SE N° 1102/04.

RECORDAR

El accidente mas favorable y el menos perjudicial es el que no se produce.Los accidentes no casuales, sino causales.El cumplimiento de las normativas y los controles efectuados en cada uno de los niveles de responsabilidad, minimizan la ocurrencia de accidentes.

RECORDAR

No debemos salir y correr detrás de la ambulancia o los bomberos, debemos evitar que éstos salgan y para eso:

Cada uno de los actores, en los distintos niveles de responsabilidad que les compete, deben asumir la misma, haciendo las cosas como deben hacerse y no como cada uno cree que debe hacerse.

RESUMIENDO

El cumplimiento de la norma aplicable, permite garantizar con un alto grado de certeza, que la probabilidad de falla es mínima.

La auditoría durante la construcción de los tanques y los ensayos periódicos permite refrendar que los estándares se cumplen.

RESUMIENDO

La capacitación de los choferes asegura que los mismos conocen lo que transportan y que saben como actuar en primera instancia, en caso de siniestro.

La identificación del vehículo permite conocer el tipo de producto que se transporte y cuales son los riesgos que de ellos se derivan.

RESUMIENDO

La ficha de Intervención que debe portar el chofer, permite a los socorristas saber QUE HACER, COMO HACERLO y CON QUE hacerlo.

MURPHY

Si algo puede fallar, esa falla puede ocurrir en el momento mas importante y con el máximo daño.

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