nuevas funciones y características de aspel noi 9
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Nuevas funciones y características de Aspel NOI 9.0
A continuación, se describen las nuevas funciones y características de Aspel NOI 9.0:
Tablero de nómina Analizador de recibos
electrónicos
Conciliación de
acumulados
7
Generador de cartas,
contratos y
constancias
Automatización de
comprobantes
(Timbrado masivo)
Mejoras en el
proceso de finiquito
Mejoras en el traspaso de
acumulado
5 6
Aspel-NOI:
Es el sistema que automatiza el control de la Nómina Digital. Su fácil manejo y
versatilidad ofrecen un cálculo exacto de las percepciones y deducciones de los
trabajadores de acuerdo a las disposiciones fiscales y laborales vigentes. Genera CFDI (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet) de los recibos de nómina y asimilables a salarios.
Además, calcula la retención de ISR, cuotas obrero-patronales IMSS e
INFONAVIT, subsidio para el empleo y previsión social, entre otros.
1 2 3 4
Tablero de nómina
Se integra un nuevo tablero de nómina permitiendo consultar indicadores gráficos de la
nómina actual. Ingresando desde:
Menú Nómina / Tablero de nómina
Cuenta con las siguientes secciones:
a) Trabajadores activos: Muestra el total de trabajadores agrupados por:
▪ Estatus ▪ Años de antigüedad ▪ Contrato por vencer ▪ Aniversario ▪ Departamento ▪ Puesto ▪ Clasificación
Figura 1 Tablero de nómina / Trabajadores activos
b) Total de percepciones
• Pagos por percepciones y deducciones
• Pagos por antigüedad
• Sueldos por departamento
• Sueldos por puestos
• Sueldos por clasificación
Figura 2 Tablero de nómina / Total de percepciones
c) Recibos electrónicos
• Timbrados
• Cancelados
• No Generados
Figura 3 Tablero de nómina / Recibos electrónicos
Analizador de recibos electrónicos
Ten la certeza de que no existan diferencias al realizar la conciliación entre los totales de
pago de los comprobantes emitidos y los totales de la nómina actual. Exporta la consulta hacia archivos Excel®, Texto delimitado, HTML y XML.
Ingresando desde:
Menú Fiscales / Analizador / Analizar Recibos Electrónicos
1. Selecciona la carpeta donde se encuentran los XML de tus recibos de nómina.
2. Da clic en el botón Verificar para realizar el proceso.
3. Valida en la columna Diferencia, si encuentras alguna se indicará con color rojo la palabra
SI.
Figura 4- Ventana Analizador Recibos Electrónicos
4. Selecciona la información con la diferencia encontrada y da clic en el botón Detalle
del recibo para validar el detalle de Percepciones / Deducciones.
Figura 5 Ventana Detalle de Percepciones / Deducciones
Conciliación de acumulados
Selecciona múltiples nóminas y observa la información de los acumulados por nómina y
CFDI, ya sea de forma general o a detalle. Exporta la consulta hacia archivos Excel®, Texto delimitado, HTML y XML. Ingresando desde:
Menú Acumulados / Recibos electrónicos / Conciliación de Acumulados
1. Selecciona a tu trabajador o el rango de tus trabajadores. 2. Selecciona las nóminas a conciliar
Figura 6- Ventana Conciliación de recibos electrónicos con Acumulados de nóminas
3. Al realizar el proceso valido en la columna de diferencia, si existe alguna será indicado
con el símbolo y en color rojo los montos.
Figura 7 Ventana Conciliación de acumulados y CFDI
4. Permite ver la consulta por Consolidado por nómina y Por nómina-Detalle
por trabajador
Figura 8 Ventana conciliación de acumulados yCFDI
4 Generador de cartas, contratos y constancias
Crea de forma sencilla cartas, contratos y constancias laborales, a través de prácticas plantillas en Microsoft Word®.
Menú Reportes / Cartas / Administrador de contratos y otros documentos
El sistema contará con:
• Carta de recomendación
• Constancia laboral
• Carta Embajada de Estados Unidos
• Carta Finiquito
• Carta Infonavit
• Constancia para Guardería IMSS
• Constancia para el IMSS
1. Selecciona la Carta o constancia que deseas, coloca la información para realizar
la pre visualización del documento.
Figura 9 Ventana Administrador de contratos y otros documentos
2. Da clic en Editar plantilla, te mostrará la ventana para realizar el filtro de tus trabajadores.
Figura 10 Ventana Filtro de trabajadores
3. Valida la información de tu plantilla y realiza la impresión con la información de
tu trabajador.
Figura 11 Edición de plantilla e impresión de documento
Automatización de comprobantes (Timbrado masivo)
Obtén tus CFDI en automático al timbrar de forma masiva tus recibos sin detener las
operaciones de tu empresa.
Menú Parámetros del Sistema / Recibos Electrónicos / Pestaña Automatización de
Comprobantes
1. Realiza la configuración de la automatización
Figura 12 Ventana Parámetros del sistema / Recibos electrónicos – Automatización de comprobantes
2. Cuando se realice la obtención se mostrará la alerta indicándote el estatus de tus
comprobantes.
Figura 13 Ventana obtención de comprobantes
Mejoras en el proceso de finiquito
Al realizar el proceso de finiquito, en la consulta del recibo de tu trabajador visualiza cada
proceso de manera individual (Liquidación e Indemnización).
Menú Proceso de nómina / Finiquitos
1. Al realizar el finiquito podrás indicar el proceso a generar.
Figura 14 Ventana generación finiquitos
2. Al consultar el recibo de tu trabajador, podrás seleccionar el recibo a visualizar
Indemnización/Liquidación.
Figura 15 Recibo nómina del trabajador- Finiquito / Liquidación
Mejoras en el traspaso de acumulados
Al realizar este proceso recuerda contar con un respaldo de tu información, te permite
traspasar mayor información como:
a) Acumulados de:
• Percepciones, deducciones y bases fiscales
• Borrar Acums. Reingreso
• Calendarios
b) Datos del trabajador
• Datos Generales
• Datos personales
• Salud
• Fiscales
• Gravable para
• Tipo de salario
c) Parámetros Generales
• Salario mínimo
• Datos del I.M.S.S.
• UMA
d) Tablas del sistema
Figura 16- Ventana Traspaso de
Acumulados
Configura tu calendario en Aspel-NOI 9.0 (Nóminas semanales)
El calendario por omisión es mensual, si tus nóminas son mensuales o quincenales no debes cambiar la información que tiene por omisión, pero si tus nóminas son semanales entonces debes realizar lo siguiente:
1. Identifica el número de días para cada mes (28 o 35 días)
2. Configura tu calendario
A continuación, se describe cada punto.
Identifica el número de días para cada mes (28 o 35 días)
Para ello realiza el conteo de las semanas que se incluyen en cada mes a partir del primer día de pago.
4 semanas =
Acumulado de 28 días
5 semanas =
Acumulado de 35 días
Para determinar el número de semanas en un mes, se debe considerar la siguiente regla:
El calendario en Aspel-NOI está relacionado con las fechas con las que se formarán los acumulados para algunos cálculos de la nómina, tales como: ISR o subsidio, gratificaciones anuales, fondo de ahorro, pagos al IMSS, los depósitos del SAR o INFONAVIT, entre otros.
Si el calendario no coincide con la periodicidad de tus nóminas, los montos que provienen de nóminas anteriores no son acumulados correctamente y los cálculos son distintos a los resultados correctos.
Regla:
Si la siguiente semana tiene 4 días o más pertenece a este mes, del contrario pertenece al siguiente mes.
A continuación, se presenta el siguiente ejemplo para el mes de enero y febrero 2019:
Inicio de semana Fin de semana Fin de mes
1 2 3 4
Pertenece a este mes.
1 2 3
Pertenece al siguiente mes.
Se tiene una nómina de martes a lunes, donde el primer día es martes y corta la semana el lunes, quedando de la siguiente manera Enero: 1-7(1er semana),8-14(2da semana),15-21(3er semana),22- 28(4ta semana) y Febrero: 29-4(1er semana),5-11(2da semana),12-18(3er semana),19-25(4ta semana).
Siguiendo la regla pertenece al siguiente mes. Siguiendo la regla pertenece al siguiente mes.
Configuración de calendarios en Aspel-NOI 9.0
a) Para configurar los calendarios ingresa a:
Menú Catálogos y consultas/ Calendarios
b) El calendario que se requiere configurar es el llamado mensual. Selecciónalo con doble clic, asegúrate que la fecha de inicio sea la correcta y configura el inicio y fin de cada mes con los días que correspondan:
Figura 1-1 Proceso de configuración del calendario.
c) Antes de guardar los cambios, comprueba que cada mes cuente con 28 o 35 días y da clic en
Guardar . Ejemplo:
Figura 1-2 Calendario semanal
Configuración de calendarios en Aspel NOI 9.0 en año bisiesto (Nómina Mensual, Quincenal y Semanal)
Dado que el número de días del año varía de 365 a 366 (año bisiesto), la configuración en Aspel NOI debe llevarse a cabo según sea el caso para que el sistema obtenga los cálculos correctos nómina con nómina.
A continuación, se describe la configuración del sistema de Aspel NOI 9.0 para un año bisiesto.
Cierre Anual en Aspel NOI
Antes de poder iniciar el siguiente ejercicio, y poder configurarlo para un año bisiesto, se debe
verificar que el ejercicio anterior se haya finalizado de forma correcta, que los acumulados del
ejercicio anterior cumplan los 365 días del año, así como la obtención de los reportes
necesarios. Para ello se sugiere consultar el documento N036.Cierre del Ejercicio Aspel NOI
9.0
Crear siguiente periodo
Para iniciar el año bisiesto, es necesario crear el primer periodo del ejercicio siguiente:
a) Para ello estando en la última nómina del año, crear el siguiente periodo:
Menú Herramientas / Periodo / Creación del siguiente periodo
Administrador del periodo / Barra de herramientas / Crear nuevos periodos
Figura 1 Creación de nuevo periodo
b) Al momento de crear el siguiente periodo es necesario colocar la fecha del último día
del periodo inicial y dar clic en ingresar a este.
, una vez creado el periodo deberá
Figura 2 Creación del siguiente periodo/Fecha de nómina
Calcular los días de pago según la periodicidad
En este paso se debe configurar en los parámetros de la nómina la cantidad de días para
que el sistema tome en cuenta los 366 días del año en curso (año bisiesto), con base en los
días del año y la periodicidad con la que se realiza el pago.
Mensual Quincenal Semanal
Para poder obtener los días Posterior a este cálculo solo resta dividir el resultado entre dos, lo que equivale a un pago quincenal.
Para obtener los días de pago de pago tendríamos que para una nómina semanal se dividir 366 días del año entre tendría que realizar la
los 12 meses, para obtener un cálculo mensual:
siguiente operación:
366 / 12 = 30.5 30.5 / 2 = 15.25 366 / 52 semanas = 7.03
Configuración de parámetros de la nómina
Se deberá realizar la configuración dentro del sistema para ello debes ingresar a:
Menú Herramientas / Parámetros de la nómina
Debe capturar en el campo días de pago y días por año los datos correspondientes a la
periodicidad de la nómina, así como los días correspondientes del año (bisiesto).
Figura 3 Configuración parámetros de la nómina para periodicidad quincenal
Configuración de calendarios (nóminas semanales)
Antes de comenzar con los cálculos correspondientes a la nómina es importante validar que los calendarios se encuentren correctamente configurados. Para ello debe ingresar a:
Menú Catálogos y consultas / Calendarios
a) Debe seleccionar calendario Mensual dar clic en modificar
de inicio debe capturar el primer día del periodo del año bisiesto.
, en el campo Fecha
Figura 4 Cambios de calendarios
b) A partir de esa fecha debemos de iniciar el cálculo de semanas que se van a incluir en
cada mes, esto es para que los acumulados de las nóminas semanales coincidan con
los días que abarcan las nóminas. Para ello es necesario considerar lo siguiente:
En lugar de 31, 30 o 28 días naturales resultarán 4 o 5 semanas con un total de 28 o
35 días, según sea el caso.
Para saber cuántas semanas tiene el mes se sigue la siguiente regla:
Si la siguiente semana tiene 4 días o más, pertenece a este mes,
de lo contrario pertenece al mes siguiente.
Ejemplo:
En una nómina de miércoles a martes, es decir primer día es el miércoles y cortan la
semana los martes ¿Para el mes de enero cuántas semanas se tienen?
En la siguiente tabla podremos validar el rango de días que comprenden las 4 semanas,
para la 4ta semana tenemos 3 días sobrantes (29,30,31), siguiendo la regla estos
comprenderán para el siguiente mes por lo que para el mes de Enero tendremos un total
de 28 días, siguiendo la regla el siguiente mes tendrá un total de 35 días.
Semana
Fechas
Enero 2020
Semana
Fechas
Febrero 2020
Total de días 28
1ra semana 29 enero al 4 febrero
2da semana 5 al 11
3ra semana 12 al 18
4ta semana 19 al 25
5ta semana 26 al 3 marzo
35
ENERO 2020
Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado
1 2 3 4
5 6 7 8 9 10 11
12 13 14 15 16 17 18
19 20 21 22 23 24 25
26 27 28 29 30 31
1ra semana 1 al 7
2da semana 8 al 14
3ra semana 15 al 21
4ta semana 22 al 28
c) Al finalizar la configuración de los calendarios debes dar clic en Guardar
guardar los cambios.
Figura 5 Configuración de calendarios
para
Alta masiva de trabajadores al RFC desde Aspel NOI 9.0
El proceso de alta masiva de trabajadores al RFC desde Aspel NOI 9.0 genera un archivo de texto con el cual se podrán realizar las inscripciones de trabajadores al RFC del contribuyente. Para ello se debe de realizar lo siguiente:
A continuación, se indican los pasos a realizar:
Revisar detalle del trabajador
Debes validar la información del trabajador, para ello ingresa a:
Menú Nómina / Trabajadores / Detalle del trabajador / Pestaña Fiscales
Figura 1 Detalle el trabajador / Pestaña Fiscales / Régimen de contratación
a.
Régimen de contratación
a. Régimen para recibos electrónicos Muestra el catálogo de los regímenes de contratación establecidos por la autoridad, este dato debe indicarse ya que es obligatorio para la emisión de recibos electrónicos.
b. Tipo de ingreso (inscripción al RFC):
Asalariado
Asimilables a salarios
Actividades empresariales asimilables a salarios
c. Ingreso anual estimado Cualquiera que haya sido la elección anterior, si el sistema cuenta con los datos necesarios, calculará automáticamente un total de ingresos percibidos por el trabajador anualmente y sugerirá ese monto en el campo Ingreso anual estimado de acuerdo a lo siguiente:
Asalariado: El monto anual será calculado multiplicando su salario diario integrado por los días del año.
Asimilables a Salarios / Actividades empresariales asimilables a salarios: El total será calculado multiplicando el salario diario por los días del año.
En caso de que el ingreso anual resultante sea cero, el sistema guardará el valor cero en el registro correspondiente. Independientemente del cálculo que haya realizado el sistema, se podrá modificar manualmente este monto.
Generar el archivo para la inscripción masiva al RFC
Para generar el archivo de inscripción masiva debe ingresar a:
Menú Fiscales / Inscripción masiva de trabajadores al RFC
a) Al dar clic despliega la ventana Inscripción masiva de trabajadores al RFC se deben seleccionarán los filtros y la ruta correspondientes para la generación del archivo.
Por omisión el sistema almacena el archivo en la ruta:
C:\Program Files (x86)\Common Files\Aspel\Sistemas Aspel\NOI9.00\Datos(N)
Donde N corresponderá al número de empresa en la que se encuentre.
Figura 2 Inscripción masiva de trabajadores al RFC
Importante:
Para la generación del archivo, dentro del catálogo de trabajadores deberán estar registrados por lo menos 5 trabajadores, de caso contrario el sistema desplegará el mensaje indicando si se desea generar el archivo.
Figura 3 Mensaje de generación de archivo con menos de 5 trabajadores
El valor del campo se incrementa cada vez que se genera el archivo al
dar clic en .
b) Debes localizar dentro de la ruta que indicaste tú archivo el cual contiene la estructura requerida, por lo que no se debe modificar la información.
Figura 4 Archivo generado para la inscripción del RFC
Mensual Ajustado
Cálculo de ISR mensual, ajustado y anual en Aspel-NOI 9.0
¿Cómo saber en qué caso utilizar cada tipo de cálculo?
¡Muy fácil!
Las nóminas del mes deben estar configuradas con tipo de cálculo mensual, salvo la última
nómina, que debe estar configurada con la opción ajustado. Se pretende sea comprendido fácilmente con las siguientes imágenes:
Figura 1 Ejemplo calendario quincenal.
Figura 2 Ejemplo calendario semanal.
Cada círculo representa una nómina en un mes.
En este documento, se describirá brevemente la configuración que debes tener nómina con nómina para que el sistema realice los cálculos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de manera precisa.
¿Qué diferencia tiene el cálculo mensual del cálculo ajustado?
Cálculo mensual Cálculo ajustado
SÍ está establecido en la ley y se Aunque NO está establecido en la ley, calcula con base en las tarifas obtiene la SUMA de los ingresos mensuales. gravables del mes y realiza el cálculo con
base en las tarifas mensuales
establecidas en la ley.
Obtiene el estimado mensual de ISR
y posteriormente muestra el del periodo (nómina)
Obtiene un cálculo real mensual de ISR y
posteriormente muestra el del periodo (nómina)
Y utilizar el cálculo anual es más simple: debe ser utilizado es al final del año, es decir, en la última nómina:
Figura 3 En la última nómina del año el cálculo es anual.
Configura Aspel-NOI
Para configurar adecuadamente el tipo de cálculo de ISR en tus nóminas, ingresa a:
Menú Nómina o Herramientas / Parámetros de la nómina.
En el campo Tipo de cálculo, elige el tipo (mensual, ajustado o anual) según corresponda; de acuerdo con lo descrito en este documento.
Figura 4 Configuración del tipo de cálculo según la nómina.
En resumen, esta configuración garantiza poca o nula diferencia al momento en que se realice el cálculo anual de ISR.
Calculo anual
Calculo ajustado
Calculo mensual
Cálculo del ISR Mensual en Aspel NOI 9.0
Para dar cumplimiento a esta ley el sistema Aspel NOI 9.0 realiza el cálculo de acuerdo a lo siguiente:
Configuración de los parámetros de la nómina
Debes validar que la configuración del sistema sea la correcta para ellos ingresa a:
Menú Herramientas / Parámetros de la nómina
Menú Nómina / Parámetros de la nómina
a) Es aquí donde se configuran los parámetros que se requieren que tome el sistema para realizar el cálculo de la nómina.
El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es un impuesto directo sobre la ganancia obtenida (sueldo, bono de productividad, horas extras, etc.) Dicho impuesto debe ser pagado de manera mensual (a cuenta del impuesto anual) al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Figura 1 Configuración de los parámetros de la nómina
Validación de tablas del sistema
Para validar que las tablas del sistema se encuentran configuradas correctamente debes ingresar a:
Menú Catálogos y consultas / Tablas del sistema
Debes validar que las tablas cuenten con los datos actuales esto para que el cálculo que arroja el sistema este correcto, para ello selecciona la tabla dando doble clic o dando clic en modificar
, en caso de no estar actualizados, podrás realizarlo de forma manual editando la tabla o
mediante Importar tablas desde archivo.
Por omisión el sistema sugiere las tablas del sistema que corresponderán del 1 al 5.
Si diste de alta alguna otra o bien son diferentes deberás colocar la correspondiente para cada campo.
El sistema cuenta con tres tipos de cálculo de impuesto (ISR):
Debido a que las tarifas son mensuales y los ingresos son por
Mensual, Ajustado y Anual. El cálculo de ISR en cada uno de ellos varía.
período o nómina,
éstos se tienen que mensualizar por medio de un Factor de
Mensualización, el cual puede variar de acuerdo a la opción seleccionada.
Figura 2 Consulta de tabla del ISR Mensual
Para realizar la actualización mediante Importar tablas desde archivo al dar clic
desplegará la ventana en la cual:
Al dar clic abrirá un navegador de internet en el cual debes indicar que deseas guardar tu archivo con extensión *.NOI, el cual se mostrará con la forma de un
engrane .
En el campo Archivo al dar clic en debes seleccionar la ubicación de tu archivo y
posteriormente e indicar si deseas o bien .
Figura 3 Ventana importar tablas desde archivo
Cálculos del sistema
El sistema determina la retención de Impuesto de acuerdo a la mecánica establecida en los artículo 96 y Décimo de la LISR considerando las tarifas publicadas y vigentes en el D.O.F.
Art. 96 Art. DECIMO
Base Gravable Mensual ( - ) Límite Inferior ( = ) Excedente ( x ) Porcentaje Art. 96 ( = ) Impuesto antes de C. F. ( + ) Cuota Fija ( = ) Impuesto
Monto correspondiente de acuerdo al rango de ingresos. Una vez teniendo estos resultados se hace la siguiente operación:
Impuesto (Art. 96) ( - ) Subsidio para el empleo ( = ) ISR o Subsidio p/empleo
Lo anterior se explica de forma detallada mediante el siguiente ejemplo:
Datos del trabajador (Con Jornada Completa):
Días del periodo 15.2083
* Salario diario 425.12
= Ing. Gravables del periodo 6,465.35
Días por mes 30.4
/ Días de pago 15.2083
= Factor del periodo 1.998908491
Ing. Gravables del periodo 6,465.35
* Factor del periodo 1.9989
= Base gravable mensual 12,923.65
Dentro del recibo de nómina del trabajador se encuentra el botón consultar los datos que tomo el sistema para realizar dicho cálculo.
Figura 4 Ventana nómina del trabajador
mediante el cual podrás
a) Primero se debe identificar el rango de la Tabla en el que “cae” el monto Gravable mensual que es 10,624.81.
Tabla ISR Mensual
Límite inferior
Límite superior
Cuota fija %
0.01 578.52 0.00 1.92
578.52 4910.18 11.11 6.40
4910.18 8629.20 288.33 10.88
8629.20 10031.07 692.96 16.00
10031.07 12009.94 917.26 17.92
12009.94 24222.31 1271.87 21.36
Figura 6 Rango de la tabla Art.96
Se podrá consultar la información de los cálculos mediante el botón de ayuda.
Figura 5 Cálculo del ISR mensual
b) Ya obtenidos los valores se puede sustituir la fórmula anterior.
Figura 7 Cálculo del impuesto Art. 96
c) Después se debe validar en la tabla del subsidio en que limite “cae” el monto del ingreso gravable mensual (12,923.65).
Subsidio para el Empleo
Límite superior Cuota fija Porcentaje
1,768.96 407.02 0
2,653.38 406.83 0
3,472.84 406.62 0
3,537.87 392.77 0
4,446.15 382.46 0
4,717.18 354.23 0
5,335.42 324.87 0
6,224.67 294.63 0
7,113.90 253.54 0
7,382.33 217.61 0
999,999,999.99 0 0
Figura 8 Cálculo de subsidio para el empleo
Base gravable 12,923.65
- Límite inferior 12009.94 = Excedente 913.71
* Porcentaje (Art. 96) 0.2136 = Impuesto sin cuota fija 195.168456
+ Cuota fija 1271.87 = Impuesto 1467.0384
d) Se sustituye la otra fórmula para validar si al trabajador le corresponde subsidio o ISR.
Figura 9 Cálculo de subsidio para el empleo mensual
e) Para determinar el monto por periodo se debe dividir la cantidad obtenida en la operación anterior.
ISR mensual 1467.0384
/ Factor del periodo 1.9989
= ISR del periodo 733.9228
Figura 10 Cálculo de ISR del periodo
Importante: La mecánica para el cálculo de ISR en este documento es independiente al cálculo del ISR anual, previsión social o aplicando art. 142
Impuesto (Art. 96) 1467.0384
- Subsidio para el empleo 0.00
= ISR o Subsidio p/empleo 1467.0384
Cálculo anual de ISR en Aspel-NOI 9.0
La base gravable anual es el acumulado de todos los ingresos gravables para ISR que percibió un trabajador en todo el año, y ésta se multiplica por un factor anual que debe ser siempre 1, este cálculo debe realizarse en la última nómina del año.
Para efectuar un correcto cálculo anual de Impuesto se deberán revisar lo siguiente:
Configuración del sistema
a) En la última nómina del año configura el tipo de cálculo de impuesto Anual, ingresa a:
Menú Nómina o Herramientas / Parámetros de la nómina, selecciona el tipo de cálculo Anual
Figura 1. Configuración de tipo de cálculo Anual para ISR.
El cálculo de ISR está basado en la Ley del impuesto sobre la renta (ISR) en los artículos 152 Impuesto anual y 97.
La mecánica de cálculo establece que se realizará sobre todos los ingresos gravables para ISR del año fiscal y por ende todas las tarifas consideradas para el cálculo son anuales.
b) Revisar que durante todas y cada una de las nóminas se haya tenido configurada la Deducción de Subsidio para el empleo aplicado (D111).
Si el catálogo de percepciones y deducciones es personalizado se deberá seleccionar la
que corresponda al subsidio para el empleo aplicado.
Figura 2. Configuración de la Deducción Subsidio para el Empleo Aplicado (D111).
c) Indica que trabajadores se le aplicará el cálculo anual de ISR, esto con el fin de cumplir con lo
establecido en los Artículo 177 de la LISR. Para ello ingresa a:
Menú Nómina / Trabajadores, ingresa al detalle del trabajador en la pestaña “Salario”
Considera el Artículo 96 que se establecen los casos donde las empresas que no están obligadas a generar dicho ajuste.
Cuando el trabajador no haya laborado los 12 meses del año en la empresa.
Si el trabajador tiene ingresos superiores a $400,000.00.
Cuando el trabajador así lo solicite.
Figura 3. Configuración de trabajadores.
A continuación, se muestra el cálculo que el sistema realiza para determinar el cálculo anual.
Ejemplo:
Datos del trabajador
Sueldo del periodo 4,258.3200
Ingresos gravables acumulados 97,941.3600
ISR Retenido en el año 7,828.1000
Acumulado de subsidio para el empleo 0.00
Nómina 31/Dic/2019
Días del año 365.00
Días transcurridos 365.00
Subsidio al empleo de la última nómina 0.00
Activa la casilla.
Factor anual
Días del año 365
/ Días transcurridos 365
= Factor Anual 1.00
Figura 4. Cálculo del factor anual.
Base gravable anual
Gravable acumulado 97,941.3600
+ Gravable del periodo 4258.3200
- Impuesto local 0.00
= Base gravable 102,199.6800
Figura 5. Cálculo de la base gravable anual.
Impuesto
Base gravable (anual) 102,199.6800
- Límite inferior 58,922.1600
= Excedente 43,277.5200
* % Art. 152 0.1088
= Impuesto sin cuota fija 4,708.5942
+ Cuota fija 3,460.0100 = Impuesto 8168.6042
Figura 6. Cálculo anual de impuesto.
Subsidio para el empleo
Acumulado S.E. Aplicado 0.00
+ S.E. Aplicado en esta nómina 0.00
= Acum. Anual S.E. Aplicado 0.00
Figura 7. Subsidio para el empleo anual
ISR anual
Impuesto 8,168.6042
/ Factor anual 1.000
= Impuesto - Subsidio anual 8,168.6042
- Acumulado Sub. Aplicado 0.0000 = ISR Ajuste anual 8,168.6042
Figura 8. Cálculo anual de ISR.
Figura 9. Cálculo anual de ISR.
El sistema realiza el mismo cálculo para todos los trabajadores sin importar el tipo de jornada.
Situaciones generales en el Cálculo Anual de ISR
Se tienen dos casos como resultado debido al Cálculo anual de ISR, y es importante mencionar la situación general en que pueden presentarse, así como sus principales consecuencias.
ISR a favor:
Si el Acumulado de Retenciones Provisionales de ISR es mayor al ISR determinado por el Cálculo anual de Impuesto, implicaría que se realizaron retenciones “de más” al trabajador por lo que éstas le podrán ser acreditadas en las nóminas del siguiente año fiscal.
ISR del periodo
ISR Anual 27,806.41
- ISR acumulado 26,642.31 = ISR del periodo 1,164.10
ISR a cargo:
Si el Acumulado de Retenciones Provisionales de ISR es menor al ISR determinado el trabajador está obligado a pagar la diferencia que resulte.
Figura 10. ISR del período a Cargo del Trabajador
Subsidio para el empleo por cálculo anual:
Si el Acumulado de Devoluciones Provisionales de Subsidio para el empleo (SE) es menor al SE determinado por el Cálculo anual de Impuesto, no se devolverá cantidad alguna por concepto de SE al trabajador por considerarse como definitivos los pagos de SE, debiendo las empresas de absorber el costo de las diferencias.
En el caso de que el resultado del cálculo anual sea un subsidio no se va a mostrar en el recibo, pero si puede aparecer cuando se calculó subsidio en el periodo actual.
Pueden existir diferencias por la aplicación de la mecánica establecida en el Art. 142 para el cálculo de impuesto por pagos extraordinarios al trabajador.
Reporte de diferencias entre ISR retenido vs Cálculo anual
Este reporte presenta los acumulados de Impuesto Sobre la Renta (ISR) retenido incluyendo la nómina actual y los compara contra el cálculo anual considerando los ingresos acumulados hasta la nómina actual. Para generalo ingresa a:
Menú Fiscales / ISR / Cálculo anual
Figura 11. Título del reporte.
De esta forma, se podrá conocer el comportamiento del impuesto retenido con respecto al cálculo
anual para que, en dado caso, se tomen medidas correctivas como realizar un ajuste o bien simplemente conocer las cantidades que dan por resultado al aplicar un cálculo anual de ISR.
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Figura 12. Reporte de diferencias entre ISR retenido VS cálculo anual.
La información que muestra el reporte es la siguiente:
Campos Descripción
1 La suma de los ingresos gravables para ISR del trabajador, este monto incluye el ingreso gravable de la nómina actual en la que se emite el reporte.
Ingr. Gravables
2 Es el monto del impuesto que se obtiene al aplicar el artículo 96 a los ingresos gravables. Impuesto
3 Es el acumulado del Subsidio para el empleo calculado o aplicado a los trabajadores de acuerdo a las tablas, desde el inicio de año hasta la nómina actual, este dato el sistema lo toma de la deducción D111 o la definida en Parámetros del sistema / Subs. empl. aplicado.
Acum. SE apl
4 Es el acumulado de ISR retenido a los trabajadores desde el inicio de año hasta la nómina actual, atendiendo la forma de cálculo de Impuesto definida en todas las nóminas. ISR acum
5 Presenta el monto del excedente del subsidio para el empleo. Exc.SE
6 Presenta el monto que se le retendrá al trabajador por este concepto, considerando lo que ya pagó. ISR a cargo
7 En esta columna se presenta el monto que se le retuvo de más al trabajador y se le regresará. ISR a favor
Claves de ISR retenido y reintegro del ejercicio anterior
Aspel-NOI cumple mes con mes con la declaración el ISR (Impuesto sobre la renta), por ello no es necesario aplicar la clave 005 (Reintegro de ISR).
A continuación, se describen los pasos a realizar para aplicar al trabajador el ISR en el mismo ejercicio:
Configura el tipo de cálculo de la nomina
A. Revisa que la última nómina del año este configurada con el tipo de cálculo anual, para ello ingreso a:
Menú Nómina/ Parámetros de la nómina o Herramientas/ Parámetros de la nómina
Figura 1. Parámetros de la nomina
El 10 de noviembre del 2017 el SAT (Sistema de Administración Tributaria), refiere al uso de las claves 101 ISR Retenido de ejercicio anterior y 005 Reintegro de ISR retenido en exceso del ejercicio anterior.
Claves 101 y 005 corresponden al catálogo de otros pagos.
Configura la deducción de ISR
A. Ingresa al detalle de la deducción de ISR, da clic en:
Menú Nómina / Percepciones y deducciones, da doble clic a ISR
B. Valida que tenga la clave SAT 002, de lo contrario despliega el menú para elegir dicha clave y
da clic en para guardar los cambios.
Figura 2. Configuración de deducción de ISR
C. A continuación, se presenta el siguiente ejemplo:
Configura deducción
A la trabajadora Úrsula Acosta Rosas, durante todo el año se retuvo $12,329.10. Una vez llegada la última nómina de diciembre, se realizan los dos pasos mencionados anteriormente y se emite el reporte de cálculo anual, que se encuentra en menú fiscales / cálculo anual, obteniendo un ISR a cargo por $0.54.
Revisa el recibo del trabajador
Menú Nómina/ Nomina del trabajador
A. Se observa que en el mismo ejercicio retienen el ISR a cargo, sumando el ISR del periodo
más el ISR a cargo ($513.47+$0.54) = 514.01.
No aplican las claves 101 y 005, estas son para reportar el ISR del ejercicio anterior y
Reintegro de ISR y corresponden al nodo de Otros pagos.
Figura 3. Reporte anual
Figura 4. Recibo de nómina
B. Revisa el XML, para ello debes extraer el XML ingresa a:
Menú Nómina/ Recibos electrónicos, selecciona el recibo del trabajador y da clic en el
icono .
C. Define una ruta para guardar el PDF y el XML y da clic en Aceptar.
Figura 5. Ruta de extracción
D. Se observa en el XML la deducción de ISR con la clave 002.
Figura 6. Vista del XML
Si el patrón decide reportar este ISR a cargo o a favor del trabajador en el ejercicio posterior es totalmente
responsabilidad de quien lo aplique, ya que su captura y administración es manual y no forma parte del funcionamiento actual del sistema. Asimismo, la configuración y las pruebas quedan a cargo del usuario.
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