normatividad rsu, rme y rp
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Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR)
Objetivos • Prevenir la generación de los residuos • Promover la valorización y gestión integral de los residuos
peligrosos, sólidos urbanos y de manejo especial. • Prevenir la contaminación de sitios con residuos y llevar a
cabo su remediación
RESIDUOS
La Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR) define a los sólidos como:
Aquellos materiales o productos cuyo propietario o poseedor desecha y que se encuentran en estado sólido o semisólido, líquido o gaseoso y que se contienen en recipientes o depósitos; pueden ser susceptibles de ser valorizados o requieren sujetarse a tratamiento o disposición final.
Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal
Objetivos • Minimizar la generación y disposición final. • Maximizar la valorización de los residuos y promover la
responsabilidad compartida. • Mejorar el manejo de residuos sólidos urbanos y de manejo
especial en el D.F.
Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal
Características
Obliga a la separación en la fuente en dos fracciones (orgánico e inorgánico)
Fomentar mecanismos de información pública
Fomentar la minimización de residuos
Remediación de sitios contaminados
Demanda la instrumentación de Planes de manejo de residuos sólidos
Promueve la valorización de los residuos sólidos
Fomentar la responsabilidad compartida
Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal
Prevención y minimización (Título tercero)
Las personas físicas o morales responsables de la producción, distribución o comercialización de bienes que una vez terminada su vida útil, originen residuos sólidos en alto volumen o que produzcan desequilibrios significativos al medio ambiente (Art. 23).
Instrumentar planes de manejo Adoptar sistemas eficientes de recuperación y retornos Privilegiar el uso de envases y embalajes
Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal
Son residuos urbanos Los generados en casa habitación o similares que resultan de la eliminación de los materiales que utilizan en actividades domésticas, de los productos que consumen y de envases, embalajes o empaques
Art. 32 Los residuos de manejo especial estarán
sujetos a planes de manejo……..
Son residuos de manejo especial • Provenientes de servicios de salud • Cosméticos y alimentos caducos • Actividades agrícolas, forestales y
pecuarias • Servicios de transporte • Demolición, mantenimiento y
construcción • Tecnológicos • Lodos deshidratados • Neumáticos • Voluminosos • Laboratorios industriales, químicos,
biológicos, de producción o de investigación
Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal
Tipos de generadores • Domicilios • Establecimientos microgeneradores •Pequeños generadores
•Grandes generadores
Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal
Gran generador: Persona física o moral que genera una cantidad igual o superior a 10 toneladas en peso bruto total de residuos al año o su equivalente en otra unidad de medida. Pequeño generador: Persona física o moral que genera una cantidad igual o mayor a cuatrocientos kilogramos, y menor a 10 toneladas en peso bruto de residuos al año o su equivalente en otra unidad de medida. Microgenerador: establecimiento industrial , comercial o de servicios que genere una cantidad de hasta 400 kg de residuos peligrosos al año o su equivalente en otra unidad de medida
Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal
Obligaciones de los generadores • Toda persona física o moral responsable de la producción, distribución y comercialización cuyo postconsumo genere residuos en alto volumen o que pueda producir desequilibrio ambiental (residuo de manejo especial) están obligados a desarrollar su plan de manejo.
•Generadores de residuos de manejo especial requieren evaluación y autorización de la Secretaría del medio Ambiente, considerando: Responsabilidad compartida
Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos para el D.F.
Características Contenido
I. Antecedentes II. Principios, Objetivos y Ámbito de Aplicación III. Marco Conceptual y Legal IV. Manejo de los Residuos Sólidos en el D.F. V. Instrumento de la Gestión Integral de los Residuos Sólidos VI. Costos, Evaluación y Actualización de PGIRS
Líneas estratégicas Prevención y minimización de la generación Manejo Integral Valorización y aprovechamiento de los residuos Prevención y control de la contaminación del suelo Comunicación y evaluación ambiental
Cada línea estratégica cuanta con una serie de
subprogramas en los cuales se describen los
objetivos, metas y acciones a cumplir
RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
Los RSU (anteriormente llamados Residuos Sólidos Municipales en la Legislación Constitucional), según la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos se definen como:
Los que se generan en las casas habitación como resultado de la eliminación de los materiales que se utilizan en las actividades domésticas (p.e. de los productos de consumo y sus envases, embalajes o empaques) o los que provienen también de cualquier otra actividad que se desarrolla dentro de los establecimientos o en la vía pública, con características domiciliarias, y los resultantes de las vías y lugares públicos siempre que no sean considerados como residuos de otra índole.
Impactos de los residuos sobre la población y los ecosistemas
Las consecuencias ambientales de la inadecuada disposición de los residuos pueden afectar a la salud y a los ecosistemas siendo algunos impactos los siguientes: Generación de contaminantes y gases de efecto invernadero
•Descomposición de residuos orgánicos producen biogases
•Los gases de efecto invernadero contribuyen al cambio climático
•Los gases que destacan son: CO2, CO, CH4, H2S y COV´s
Adelgazamiento de la capa de ozono
•Son sustancias liberadas a la atmósfera tales como los propulsores de aerosoles para el cabello, algunas pinturas, desodorantes, plaguicidas también los refrigeradores y climas artificiales
•La inadecuada disposición de los desechos de sustancias agotadoras de ozono (SAO) se convierten en fuentes de emisión de SAO
Contaminación de suelos y cuerpos de agua
•Descomposición de los residuos y contacto con el agua generan lixiviados
•Los lixiviados se infiltran en los suelos provocando contaminación en los suelos y cuerpos de agua
Proliferación de fauna nociva y transmisión de enfermedades
•Atracción de insectos, aves y mamíferos por la disposición inadecuada de residuos orgánicos
Generación de RSU a nivel nacional
La generación de RSU estimado para el 2011 fue de 41 millones de toneladas equivalente a cerca de 112.5 mil toneladas de RSU diariamente, datos estimados con base a la norma NMX-AA-61-1985, Determinación de la Generación de Residuos Sólidos.
Composición de los RSU
Fuente: Informe de la Situación del medio Ambiente en México. Semarnat 2012
La generación de RSU por habitante aumento en un 17.65% pasando de 306 a 360 kg entre 1997 y 2011
En promedio se incrementó por
habitante 3.9 kg/año
Generación de RSU per capita en paises de la OCDE, 2010
Composición de los RSU
Residuos de comida,
jardines y materiales orgánicos similares
52.5%Papel, cartón y productos de
papel
13.8%
Textiles1.4%
Plásticos10.9%
Vidrios5.9%
Aluminio1.7%
Metales ferrosos
1.1%
Otros metales no ferrosos
0.6%
Otro tipo de basura12.1%
Composición de los RSU en México, 2011
Fuente: Dirección General de Equipamiento e Infraestructura en Zonas Urbano-Marginadas. Sedesol. México 2012
Flujo de los residuos sólidos en el D.F.
GENERACIÓN
RECOLECCIÓN Y BARRIDO
ESTACIONES DE TRANSFERENCIA
PLANTAS DE SELECCIÓN
PLANTAS DE COMPOSTA
RECICLAJE
DISPOSICIÓN FINAL
En el D.F se generan diariamente 12 mil ton de RSU
Co-GENERACIÓN
Rechazo
Rechazo
Estaciones de transferencia en el D.F.
Estaciones de transferencia
Alvaro Obregón
Azcapotzalco
Benito Juárez
Coyoacán
Cuauhtémoc
Gustavo A. Madero
Iztapalapa 1
Iztapalapa 2
Miguel Hidalgo
Milpa Alta
Tlalpan
Venustiano Carranza
Xochimilco
RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL
La LGPGIR define a los RME como aquellos generados en los procesos productivos que no reúnen las características para ser considerados residuos sólidos urbanos o peligrosos, o que son producidos por grandes generadores de residuos sólidos urbanos.
El 23 de noviembre de 2012 fue aprobada la NOM-161-SEMARNAT-2011 Que establece los criterios para clasificar a los residuos de manejo especial y determinar cuales están sujetos a plan de manejo; el listado de los mismo, el procedimiento para la inclusión o exclusión a dicho listado; así como los elementos y procedimientos para la formulación de los planes de manejo
RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL
Para el 2012 se generaron 21 937 ton de desechos de electrodomésticos: El 96% fueron de tamaño pequeño (planchas, secadoras de pelo, aspiradoras, tostadoras, freidoras, extractores, cafetreras, picadoras y batidoras.
El 4% correspondió a gran tamaño como estufas de gas, refrigeradores, lavadoras, secadoras de ropa, congeladores, aires acondicionados, ventiladores, calentadores y hornos de microondas
Residuos de Manejo Especial
Generalmente las pilas son arrojadas junto con el resto de los residuos domiciliarios en tiraderos a cielo abierto, rellenos sanitarios, terrenos baldíos o causes de agua y en combinación con factores externos como la lluvia provocan el derrame de los electrolitos internos, liberándose diversas sustancias tales como metales pesados (mercurio, níquel, cadmio y litio) que pueden contaminar el suelo y el agua.
Tipo de pilas Generado
Carbón-Zinc 70.1 %
Alcalinas 19 %
Litio 6.2 %
Óxido de mercurio, Zinc-aire y óxido de plata
4.7 %
Fuente: INECC, SEMARNAT. Diagnóstico Básico para la Gestión de Residuos. México 2013
Residuos Peligrosos
La gestión y manejo de residuos ha tomado relevancia cada vez mayor en el mundo
en años recientes, en virtud que la producción de residuos es genérica de los
procesos industriales, de la provisión de servicios así como de la sociedad que los
consume, generando ellos una carga de desechos sólidos sobre el planeta.
Ante la amenaza que representa la generación y
disposición inadecuada de un volumen cada vez
mayor de residuos, tenemos la obligación de
revisar las políticas y la legislación en la materia,
buscando afinar los instrumentos de gestión y
manejo de residuos.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Artículo 4º: Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos
Las leyes y normas que rigen el manejo de estos residuos básicamente se catalogan de la siguiente manera.
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en los Estados
Normas Oficiales
Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos (LGPGIR) Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LEEGEPA)
NOM-052-SEMARNAT-2005 Que establece las características de los residuos peligrosos, el listado de los mismos y los límites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente. NOM-054-SEMARNAT-1993 Que establece el procedimiento para determinar la incompatibilidad entre dos o más residuos considerados como peligrosos por la Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005.
Reglamento de la
LGEEPA en materia
de Residuos Peligrosos
NOM-052-SEMARNAT-2005
Las características qusiduo como peligroso son: C: corrosividad R: reactividad E: explosividad T: toxicidad I: inflamabilidad B: biológico-infeccioso
NOM-052-SEMARNAT-2005
CORROSIVIDAD
Es corrosivo cuando una muestra representativa presenta cualquiera
de las siguientes propiedades:
Es un líquido acuoso y presenta un pH menor o igual a 2.0 o mayor o igual a 12.5 de conformidad con el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente. Es un sólido que cuando se mezcla con agua destilada presenta un
pH menor o igual a 2,0 o mayor o igual a 12,5 según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente. Es un líquido no acuoso capaz de corroer el acero al carbón, tipo
SAE 1020, a una velocidad de 6.35 milímetros o más por año a una temperatura de 328 K (55°C), según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente.
NOM-052-SEMARNAT-2005
REACTIVIDAD
Es reactivo cuando una muestra representativa presenta cualquiera de las
siguientes propiedades:
Es un líquido o sólido que después de ponerse en contacto con el aire se inflama
en un tiempo menor a cinco minutos sin que exista una fuente externa de ignición, según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente.
Cuando se pone en contacto con agua reacciona espontáneamente y genera gases inflamables en una cantidad mayor de 1 litro por kilogramo del residuo por hora, según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente.
Es un residuo que en contacto con el aire y sin una fuente de energía suplementaria genera calor, según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente.
Posee en su constitución cianuros o sulfuros liberables, que cuando se expone a condiciones ácidas genera gases en cantidades mayores a 250 mg de ácido cianhídrico por kg de residuo o 500 mg de ácido sulfhídrico por kg de residuo, según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente.
NOM-052-SEMARNAT-2005
EXPLOSIVIDAD
Es explosivo cuando es capaz de producir una reacción o
descomposición detonante o explosiva solo o en presencia de una
fuente de energía o si es calentado bajo confinamiento.
Esta característica no debe determinarse mediante análisis de
laboratorio, por lo que la identificación de esta característica debe
estar basada en el conocimiento del origen o composición del
residuo.
NOM-052-SEMARNAT-2005
TOXICIDAD
Es tóxico ambiental cuando:
El extracto PECT, obtenido mediante el procedimiento establecido en la NOM-053-SEMARNAT-1993, contiene cualquiera de los constituyentes tóxicos listados en la Tabla 2 de esta Norma en una concentración mayor a los límites ahí señalados, la cual deberá obtenerse según los procedimientos que se establecen en las Normas Mexicanas correspondientes.
NOM-052-SEMARNAT-2005
TOXICIDAD
El Anexo 1 de la NOM-052-SEMARNAT-2005, se refiere a las bases
para listar residuos peligrosos por “FUENTE ESPECÍFICA” y
“FUENTE NO ESPECÍFICA” en función de sus Toxicidades
Ambiental, Aguda o Crónica.
Toxicidad Ambiental.- La característica de una sustancia o mezcla
de sustancias que ocasiona un desequilibrio ecológico.
Toxicidad Aguda.- El grado en el cual una sustancia o mezcla de
sustancias puede provocar, en un corto periodo de tiempo o en una
sola exposición, daños o la muerte de un organismo.
Toxicidad Crónica.- Es la propiedad de una sustancia o mezcla de
sustancias de causar efectos dañinos a largo plazo en los
organismos, generalmente a partir de exposiciones continuas o
repetidas y que son capaces de producir efectos cancerígenos,
teratogénicos o mutagénicos.
NOM-052-SEMARNAT-2005
INFLAMABILIDAD
Es inflamable cuando una muestra representativa presenta cualquiera de las
siguientes propiedades:
Es un líquido o una mezcla de líquidos que contienen sólidos en solución o suspensión
que tiene un punto de inflamación inferior a 60,5°C, medido en copa cerrada, de conformidad con el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente, quedando excluidas las soluciones acuosas que contengan un porcentaje de alcohol, en volumen, menor a 24%.
No es líquido y es capaz de provocar fuego por fricción, absorción de humedad o cambios químicos espontáneos a 25°C, según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente.
Es un gas que, a 20°C y una presión de 101,3 kPa, arde cuando se encuentra
en una mezcla del 13% o menos por volumen de aire, o tiene un rango de
inflamabilidad con aire de cuando menos 12% sin importar el límite inferior de
inflamabilidad.
Es un gas oxidante que puede causar o contribuir más que el aire, a la
combustión de otro material.
NOM-052-SEMARNAT-2005
BIOLÓGICO-INFECCIOSO
Es Biológico-Infeccioso de conformidad con lo que establece en la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002, referida en el punto 4 de esta norma
Áreas de aplicación Hospitales
Consultorios Médicos
Enseñanza e Investigación
Producción de biológicos
Laboratorios clínicos
Residuos veterinarios
Residuo C R E T I B
Residuos no Anatómicos (gasas
manchadas con sangre etc)
Objetos Punzo cortantes (salud)
Lámparas fluorescentes y de
vapor de mercurio
Aceites lubricantes Usados
Baterías de plomo ácido
Liquido revelador
Ejemplo de residuos Peligrosos
x
x
x x
x
x x
x
CÓDIGOS DE PELIGROSIDAD DE LOS RESIDUOS (CPR)
Características Código de Peligrosidad de
los Residuos (CPR)
Corrosividad C
Reactividad R
Explosividad E
Toxicidad T
Ambiental Te
Aguda Th
Crónica Tt
Inflamabilidad I
Biológico-Infeccioso B
Fuente: NOM-052-SEMARNAT-2005
Durante el manejo se debe revisar los siguientes aspectos: Incompatibilidad: para ser envasados, almacenados y transportados es necesario revisar la incompatibilidad de los residuos. NOM-054-ECOL-1993 Que establece el procedimiento para determinar la incompatibilidad entre dos o más residuos considerados como peligrosos por la Norma Oficial Mexicana NOM-052-ECOL-1993.
N o . REACTIVIDAD NOMBRE DEL
GRUPO
1 Acidos M inerales No Oxidantes 1
2 Acidos M inerales Oxidantes 2
3 Acidos Orgánicos GH 3
4 Alcoholes y Glico las H HF HP 4
5 Aldehídos HP HP HP 5
6 Amidas H Hgt
7 Aminas Alifáticas y Aromáticas H Hgt H H
8 Azo y Diazo-Compuestos e
Hidracinas
HG Hgt HG HG H
9 Carbomatos HG Hgt
10 Cáusticos HF HF H H
Tabla de Incompatibilidad de Residuos NOM-054-SEMARNAT-1993
Grupos H Genera Calor
gt Genera Gases Tóxicos
Grupos
En la normatividad mexicana vigente se considera la regulación de los residuos peligrosos. Estas normas son las siguientes:
De la SEMARNAT: NOM-052-SEMARNAT-2005
Que establece las características, el procedimiento de identificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos.
NOM-053-SEMARNAT-2005 Que establece el procedimiento para llevar a cabo la prueba de extracción para determinar los constituyentes que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente.
NORMAS OFICIALES MEXICANAS APLICABLES A LOS RESIDUOS
SÓLIDOS PELIGROSOS
Fuente: Secretaría de economía, 2009
SEMARNAT cont…
NOM-055-SEMARNAT-2003
Que establece los requisitos que deben reunir los sitios que se
destinarán para un confinamiento controlado de residuos peligrosos
previamente estabilizados.
NOM-057-SEMARNAT-1993
Que establece los requisitos que deben observarse en el diseño,
construcción y operación de celdas de un confinamiento controlado
para residuos peligrosos.
NOM-058-SEMARNAT-1993
Que establece los requisitos para la operación de un confinamiento
controlado de residuos peligrosos.
NORMAS OFICIALES MEXICANAS APLICABLES A LOS RESIDUOS
SÓLIDOS PELIGROSOS
Fuente: Secretaría de economía, 2009
NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002
Protección ambiental-Salud ambiental- Residuos peligrosos biológico-
infecciosos - Clasificación y especificaciones de manejo.
De la SCT:
NOM-003-SCT/2008
Características de las etiquetas de envases y embalajes, destinadas al
transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos.
NOM-004-SCT/2008
Sistemas de identificación de unidades destinadas al transporte de
substancias, materiales y residuos peligrosos.
NORMAS OFICIALES MEXICANAS APLICABLES A LOS RESIDUOS
SÓLIDOS PELIGROSOS
Fuente: Secretaría de economía, 2009
SCT cont…
NOM-005-SCT/2008
Información de emergencia para el transporte de substancias,
materiales y residuos peligrosos.
NOM-005-SCT2-1994
Información de emergencia para el transporte terrestre de
substancias, materiales y residuos peligrosos.
NOM-006-SCT2-2000
Aspectos básicos para la revisión ocular diaria de la unidad destinada
al autotransporte de materiales y residuos peligrosos.
NOM-007-SCT2/2002
Marcado de envases y embalajes destinados al transporte de
substancias y residuos peligrosos.
NORMAS OFICIALES MEXICANAS APLICABLES A LOS RESIDUOS
SÓLIDOS PELIGROSOS
Fuente: Secretaría de economía, 2009
SCT cont…
NOM-009-SCT2/2003
Compatibilidad para el almacenamiento y transporte de substancias,
materiales y residuos peligrosos de la clase 1 explosivos.
NOM-010-SCT2/2003
Disposiciones de compatibilidad y segregación, para el
almacenamiento y transporte de substancias, materiales y residuos
peligrosos.
NOM-011-SCT2-1994
Condiciones para el transporte de las substancias, materiales y
residuos peligrosos en cantidades limitadas.
NORMAS OFICIALES MEXICANAS APLICABLES A LOS RESIDUOS
SÓLIDOS PELIGROSOS
Fuente: Secretaría de economía, 2009
SCT cont…
NOM-018-SCT2-1994
Disposiciones para la carga, acondicionamiento y descarga de
materiales y residuos peligrosos en unidades de arrastre ferroviario.
NOM-019-SCT2/2004
Disposiciones generales para la limpieza y control de remanentes de
substancias y residuos peligrosos en las unidades que transportan
materiales y residuos peligrosos. NOM-019-SCT2/2004
NOM-020-SCT2-1995
Requerimientos generales para el diseño y construcción de
autotanques destinados al transporte de materiales y residuos
peligrosos, especificaciones SCT 306, SCT 307 y SCT 312.
NORMAS OFICIALES MEXICANAS APLICABLES A LOS RESIDUOS
SÓLIDOS PELIGROSOS
Fuente: Secretaría de economía, 2009
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