normas de control 15-16
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7/17/2019 Normas de Control 15-16
http://slidepdf.com/reader/full/normas-de-control-15-16 1/2
Normas específicas decontrol escolar
relativas a lainscripción,
reinscripción,acreditación,
promoción,regularización ycertificación en laeducación básica.
RECUERDE: UN DOCENTE IN-
FORMADO Y QUE ACTUA EN
CONSECUENCIA ES UN DO-
CENTE COMPETENTE.
La escuela
constituye el
espacio for-
mativo de la
niñez y ju-
ventud mexi-
cana donde
vamos brin-
dado una
instrucción
a c a d é m i c a
para desarrollar competencias en ellas
y ellos; esto dentro del marco del Plan
2011 y los programas vigente siempre
dentro de un marco legal que garan-
tiza la inclusión pluralidad y equidad
en la práctica docente el desconocerlo
no nos exime de su alcance
.
U.S.A.E.R No. 81
Cada alumno es singular, único, irrepetible
El plan nacional de desarrollo
2013 2018
Da sustento también a esta normatividad, con base a la
meta nacional “México con educación de Calidad” en el
Objetivo 3.1 Desarrollar el potencial humano de los mexica-
nos con educación de calidad , en armonía con lo señalado
en la Estrategia 3.1.5 Disminuir el abandono escolar, mejorar
la eficiencia terminal en cada nivel educativo y aumentar las
tasas de transición entre un nivel y otro. Asimismo, se deter-
mina en el Objetivo 3.2 “garantizar la inclusión y la equidad en
el Sistema Educativo” indica en la estrategia 3.2.1 “ampliar
las oportunidades de acceso a la educación en todas las re-
giones y sectores de la población”, bajo las siguientes líneas
de acción: Establecer un marco regulatorio con las obligacio-nes y responsabilidades propias de la educación inclusiva;
definir, alentar y promover las prácticas inclusivas en la es-
cuela y en el aula e impulsar el desarrollo de los servicios
educativos destinados a la población en riesgo de exclusión.
REFERENCIAS PARA SABER MAS:
www.controlescolar.sep.gob.mx
www.pnd.gob.mx
Normas 15-16
7/17/2019 Normas de Control 15-16
http://slidepdf.com/reader/full/normas-de-control-15-16 2/2
Normas específicas de control escolar 2015 -2016
¿Cuál es su estruc-
tura?
Disposiciones ge-
nerales. Incluye el obje-
to, niveles (público y priva-
do en la nación, a nivel
básico, multigrado, indíge-
na, educación especial –
CAM/USAER-, población
migrante, CONAFE y lo
correspondiente a la educación para adultos),
obligatoriedad y disposiciones legales aplicables,
difusión y procesos de aclaración, contacto y defi-
nición que remite anexos. Así como específica
las obligaciones del directivo, el cumplimiento del
calendario escolar, evaluación de los aprendiza-
jes. Otro rubro importante son los sistemas de
captura y resguardo de la información del alum-
nado.
Formatos de certificación, establece que es
competencia de la DGAIR en forma exclusiva la
emisión de un documento con validez oficial, en
el caso de básica el reporte de evaluación para
preescolar, primaria y secundaria, y los certifica-
dos en primaria y secundaria.
Inscripción, presenta la descripción del pro-
ceso general para regular el ingreso y registro del
alumnado, incluyendo fechas y requisitos. Las
aplicables para la educación especial CAM/
USAER, trabajo multidisciplinario para atención
de Alumnos con Aptitudes Sobresalientes, Alum-
nos con necesidades educativas especiales con o
sin discapacidad.
Reinscripción, en cada sección de básica, si
es en la misma escuela, en el caso de promoción con
condiciones, provenientes de otras naciones, sin ante-
cedentes, de traslado, en el CAM, programas y pro-
yectos especiales, incluye fechas y condiciones de
operación.
Acreditación y promoción, objetivo de la acredita-
ción, obligación de evaluar, énfasis en la comprensión
lectora, encontramos aquí los momentos de evalua-
ción en preescolar, primaria y secundaria, entrega de
resultados, así como el reporte de alertas y estrate-
gias de intervención, exámenes de recuperación en
secundaria. Emisión de documentos de acreditación y
su reglamentación, incluyendo los avances del apro-
vechamiento escolar de los alumnos con necesidades
educativas especiales con o sin discapacidad y/o con
aptitudes sobresalientes o talentos específicos
Regularización, incluye las condiciones para este
proceso y sus variaciones en cuanto a actores, así
como fecha de dar cuenta de las mismas.
Certificación, se señalan los documentos que se
otorgan legalmente en el país y validan los estudios
realizados en concordancia con el plan y programas
vigentes, asentando que no requieren trámites adicio-
nales de legalización, quien expide, condiciones y
documentación para su emisión.
Disposiciones transitorias son seis, brindan directrices acla-
ratoria a los procesos y responsables de aclararlo; los
anexos, incluyen un glosario y formatos varios para comple-
mentar lo establecido en las normas.
Este documento es revisado y ac-
tualizada anualmente, tiene peso
dentro de la legalidad de la Secreta-
ría de Educación Pública y los dere-
chos de los alumnos y las alumnas,
se basa en el Artículo 3o de la Consti-
tución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, 1o, 2o, 3o, 4o, 6o, 7o, 9o,
10, 11, 12, fracciones X y XIV; 13, frac-
ciones I y VII; 14, fracción XI; 22, 30, 31,
32, 33, 35, 37, 38, 39, 41, 42, 43, 44, 47,
fracción IV; 50, 51, 52, 53, 54, 57, 60,
61, 62, 63, 64, 65 y 66 de la Ley Gene-
ral de Educación; 1o, 2o, 5o, 6o, 36, 37,
42, 46, 48 y 57 de la Ley General de los
Derechos de las Niñas, Niños y Adoles-
centes; 41, fracciones I, II y III del Re-
glamento Interior de la Secretaría de
Educación Pública; 21 del Acuerdo Se-
cretarial número 696 por el que se es-tablecen Normas Generales para la
Evaluación, Acreditación, Promoción
y Certificación en la Educación Bási-
ca, siendo nuestra obligación como
servidores públicos docentes cono-
cer su contenido y alcance en rela-
ción de nuestras funciones.
ELABORADO POR LIC. FLOR DEL ALBA OCHOA ESPNOSA, DOCENTE DE APOYO USAER NO. 81, SEPT 15
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