los letes y nctp trabajo final
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Universidad de El SalvadorFacultad de Ciencias Economicas
Escuela de Contaduria Publica
DERECHO MERCANTIL II
CatedraticO: GERARDO ALBERTO RAMOS DIAZ
“Las Letras del Tesoro Publico (L.E.T.E.S.) y
Notas de Credito del Tesoro Publico (N.C.T.P.)”
Integrantes:
1) Luis Ernesto Nuila Castro NC080122) Marcela Abigail Surio Cordova SC090193) Eduardo Henriquez Hernandez HH09004
Ciudad Universitaria, 01 de Junio de 2012
Resumen Ejecutivo
Tabla de contenidoResumen Ejecutivo............................................................................................................................2
Contenido..........................................................................................................................................5
Las Letras del Tesoro.....................................................................................................................5
Concepto...................................................................................................................................5
Las LETES y la Deuda Pública.....................................................................................................5
Características de las LETES.......................................................................................................7
Características de la subasta de Letras del Tesoro (LETES)........................................................8
Mecanismo de Colocación.......................................................................................................10
Tasa de Interés........................................................................................................................10
Entorno de Negociación..........................................................................................................11
Como Comprar las LETES.........................................................................................................11
Ventajas en la Compra de LETES..............................................................................................11
Artículos......................................................................................................................................13
Ejemplos......................................................................................................................................14
Ejemplo de una subasta pública a tasas diferenciadas............................................................14
Formato de letra del Tesoro....................................................................................................16
Las Notas de Crédito del Tesoro Publico......................................................................................17
Concepto.................................................................................................................................17
En que consiste su Emisión......................................................................................................17
Características de la NCTP.......................................................................................................17
Como Obtener las NCTP..........................................................................................................18
Características Mínimas que debe contener las NCTP.............................................................18
Como Utilizar las NCTP............................................................................................................19
Que hacer en caso de Robo, Hurto, Perdida, Deterioro, Testadura o Alteración de la Nota de Crédito del Tesoro Publico.......................................................................................................22
Artículos......................................................................................................................................23
Anexos.........................................................................................................................................24
Anexo 2.1 (Formulario F-NCTP-01)..........................................................................................24
Anexo 2.2 (Formulario F-NCTP-03)..........................................................................................25
Anexo 2.3 (Formulario F-NCTP-02)..........................................................................................26
Anexo 2.4 (Formulario F-NCTP-04)..........................................................................................27
Anexo 2.5 (Formulario F-NCTP-06)..........................................................................................28
Anexo 2.6 (Formulario F-NCTP-07)..........................................................................................29
Conclusiones....................................................................................................................................30
Contenido
Las Letras del TesoroLas Letras del Tesoro tuvieron su origen en Inglaterra en 1877, emitiéndose para obtener recursos
con que financiar servicios públicos, indicándose que el Estado constituye la mejor garantía para el
inversionista. En El Salvador, la constitución de la Republica en su artículo 227 estableció en el
Presupuesto General de la nación que el gobierno pudiera incurrir en una deuda flotante, para
remediar las deficiencias temporales de ingreso. Para financiar dichas deficiencias, la Ley Orgánica
de Administración Financiera del Estado (AFI), en su artículo 73, faculta al Ministro de Hacienda
como el organismo responsable de la emisión y colocación de LETES, utilizando los servicios del
Banco Central de Reserva de El Salvador o de Ag ente de bolsa privado, legalmente autorizado
para que en su representación participen en el proceso de colocación y pago de estos títulos.
Concepto
Las Letras del Tesoro son certificados o títulos de crédito de corto plazo y al portador, en ellos se
consigna la obligación del gobierno a pagar su valor nominal a la fecha de su vencimiento o en
forma anticipada si el portador está de acuerdo.
Las LETES y la Deuda PúblicaEn el plano conceptual se define que un Estado puede financiar su accionar básicamente de tres
maneras distintas: estableciendo impuestos, cobrando tasas y contrayendo deuda
Hoy en día es muy común ver como los países hacen uso de los mecanismos de deuda pública
para poder afrontar su gasto. Esto trae como consecuencia que a medida que transcurre el tiempo
el endeudamiento es progresivo.
Por su parte, las obligaciones de deuda o, en términos más simples, los préstamos, los bonos del
tesoro, constituyen un mecanismo de financiación a mediano o largo plazo, donde el Estado tiene
la obligación concreta de devolver los fondos obtenidos en un período de tiempo determinado,
más un pago extra en concepto de intereses. Este último mecanismo origina un pasivo para el
Estado, una variación patrimonial, que refleja una falta de recursos para afrontar un determinado
nivel de gasto público. (Déficit Fiscal). También podemos hablar del mecanismo de
endeudamiento que genera la colocación de los Letes (Letras del Tesoro) a un corto plazo. Aunque
la relación porcentual del endeudamiento que tiene El Salvador por medio de Letes es mínima o
leve, forma parte de dicho endeudamiento. (1.30% del valor del PIB a Junio del 2011)
Mientras el país tenga déficit fiscal, la deuda continuará creciendo; por eso es importante revertir la tendencia. “Eso solo se va a lograr en la medida en que El Salvador reduzca el gasto público y analice la carga tributaria.
Características de las LETES.
1) Nomenclatura: LETES.
2) Emisor: Ministerio de Hacienda en representación del gobierno de la Republica de El Salvador
y a través del B.C.R. de El Salvador.
3) Garantía: Gobierno de la Republica de El Salvador.
4) Clase de Valor: Al Portador.
5) Valor Nominal: Las LETES tienen un valor nominal mínimo de $ 1,142.86 dólares de los
Estados Unidos de Norte América, colocadas a descuento y las inversiones mayores deben
ser en múltiplos de $ 114.28, entregándose únicamente un resguardo, por la compra del
título.
6) Rendimiento: Variable. Las ofertas de tasa de rendimiento, deben presentarse tomando
como referencia la tasa LIBOR a seis meses, reportada por BARCLAYS BANK o CITIBANK y
publicada en BLOOMBERG el día de la adjudicación.
7) Tasa de interés: Son emitidos a descuentos por lo tanto no pagan una tasa de intereses
periódicamente.
Deposito en Administración: La custodia puede estar a cargo del Banco Central de Reserva o
de una Central de Deposito de Valores autorizada (CEDEVAL).
8) Plazos: pueden existir emisiones a diferentes plazos según las necesidades del Ministerio de
Hacienda, el cual puede ser máximo hasta un año.
9) Amortización: única al vencimiento.
10) Colocación:
En mercado primario: Se negocian a través de los procedimientos establecidos por Banco
Central de Reserva, generalmente, se realiza por medio de fax en comunicación CCB-BCR.
En mercado secundario: Se negociara únicamente en Bolsa.
11) Régimen fiscal: Están exentas del pago de impuestos sobre la renta.
Características de la subasta de Letras del Tesoro (LETES).
Emisor República de El Salvador.
Tipo de Instrumento
Letras del Tesoro Público.
Mecanismo de Colocación
Subasta Competitiva a Tasas Diferenciadas.
Plazos (días) 60 (Serie A), 90 (Serie B), 180 (Serie C), 270 (Serie D) y 360 (Serie E).
Determinación de precio
Emitidas y descuento sobre el valor nominal (Cero Cupón).
Base de Cálculo 30/360
Inversión Mínima US$ 10,000.00
Denominaciones US$ 100.00 y sus múltiplos.
Repago Un sólo pago al vencimiento.
Regularidad de Subastas
Cada dos semanas.
Día de la Subasta Martes.
Horaria de Recepción de Ofertas
De 9:00 a.m. a 11:00 a.m. (hora de El Salvador), día de la subasta.
Moneda Dólares de los Estados Unidos de América.
Participantes Personas Naturales y Jurídicas, ambos Nacionales y Extranjeras
Agentes Autorizados
Casas de Corredores de Bolsa Locales, Inversionistas Directos previamente calificados por el Ministerio de Hacienda (Banco, Administradoras de Fondos de Pensiones, Organismos Financieros e Instituciones Públicas facultadas, todos nacionales o extranjeros).
Base de la Postura Tasa de Referencia y un spread de acuerdo a condiciones de mercado presentando a seis decimales.
Tasa de Referencia Tasa LIBOR al plazo más próximo de la colocación reportada por la British Bankers Association (BBA) al cierre del día de la subasta.
Fórmula para precio P:precio, VN:Valor Nominal, R:Tasa de Rendimiento, T:Plazo en días.
Plazo de Liquidación
T + 2
Agente de Pago Banco Central de Reserva de El Salvador
Agente de Depósito Central de Depósito de Valores S. A. de C. V. CEDEVAL
Entorno de Negociación
Bolsa de Valores de El Salvador
Forma de Liquidación
Entrega contra pago (DVP)
Forma de Registro Anotaciones en Cuenta
Tratamiento Fiscal Valor nominal y rendimiento exentos del Impuesto sobre la Renta
Condición Especial De existir empate entre dos o más posturas, se adjudicará en forma proporcional. El Gobierno se reserva el derecho de declarar desierta una subasta o adjudicar un monto menor o mayor al anunciado.
Fuente de Información
Ministerio de Hacienda, Bolsa de Valores de El Salvador
Las Letras del Tesoro Público, comúnmente llamadas LETES, son un bono de corto plazo, es decir,
con vencimiento a menos de un año.
Muchos de estos bonos son colocados a descuentos, es decir se compran a un valor inferior al
cien por ciento y el inversionista puede obtener una ganancia entre el precio de compra y el
rendimiento al vencer el plazo, equivalente al 100 % del valor del título, por ejemplo, usted puede
comprar un bono con valor de cien dólares, a 97 %, es decir por debajo de su valor, esto implica
una ganancia de tres dólares o una rentabilidad del 3 %.
Las Letes, son emitidas a distintos plazos los cuales por ejemplo pueden ser a 90, 120, 180, 300
días. Estas son emitidas a descuento por la republica de El Salvador, a través del Ministerio de
Hacienda.
Las Letes son emitidas como un mecanismo de financiamiento de corto plazo, el cual es utilizado
para la administración del flujo de caja del Ministerio de Hacienda, asi como apoyo al presupuesto
general de la nación.
Las Letes son Títulos Valores confiables pues gozan de seguridad jurídica y garantía del estado, ya
que su pago en la fecha de su vencimiento es una obligación del país, respaldada en el aspecto
legal por La ley de Administración Financiera del Estado y la Ley del Presupuesto General del
Estado, como financieramente, ya que la fuente de repago son los ingresos futuros que establece
la ley de presupuesto de cada ejercicio fiscal
Mecanismo de ColocaciónLas Letes son ofrecidas mediante subasta pública en el sistema electrónico de la bolsa de valores
de el Salvador, por medio de subastas competitivas a tasas diferenciadas, lo que significa un
proceso confiable y transparente de adjudicación a través del cual los inversionistas realizan sus
ofertas individualmente y el emisor adjudica las ofertas más competitivas, vendiendo los valores a
los precios ofrecidos individualmente.
Tasa de InterésLa base de la Postura es igual a la Tasa de Referencia (Tasa LIBOR al plazo más próximo de la
colocación reportada por la British Bankers Association (BBA) al cierre del día de la Subasta), más
un spread de acuerdo a condiciones de mercado presentado a seis decimales. Son valores
emitidos a descuento sobre el valor nominal (cero cupones), sobre la base de cálculo de 30/360. Y
se realiza un solo pago al vencimiento.
Entorno de Negociación
Se negocian a través de la Bolsa de Valores de El Salvador. Una vez colocadas en mercado
primario a través del sistema electrónico de la Bolsa de Valores de El Salvador, éstas pueden
negociarse en mercado secundario, así como también se pueden realizar sobre ellas operaciones
de reporto.
Como Comprar las LETES.Toda persona natural interesada en comprar Letes, debe hacerlo a través de una casa de
corredores de bolsa, ya que los inversionistas directos son básicamente grandes empresa, quienes
debido a su poder económico con una sola transacción compran miles o incluso millones de
dólares.
Las subastas públicas a través de la bolsa de valores de El Salvador, el Ministerio de Hacienda
pone las Letes a disposición de un mayor número de inversionista, esto facilita que cualquier
persona interesada pueda hacerlo con gran facilidad.
Quienes compran en el Mercado Primario:En este mercado el monto mínimo de compra son $ 10,000.00, es decir cuando El Ministerio de
Hacienda los vende por primera vez.
Quienes compran en el Mercado Secundario:Si para una persona $ 10,000.00 es demasiado dinero, existe la oportunidad de comprar lo letes
en el mercado secundario, el cual es el mercado de la reventa. En dicho mercado se pueden
comprar a partir de 100 dólares.
Ventajas en la Compra de LETESLa compra de Letes ofrecen algunas ventajas al inversionista, entre las cuales tenemos.
a) Son valores de corto plazo y gracias a la diversidad de plazos que ofrecen, el inversionista
puede comprar al plazo que más se ajuste a sus necesidades.
b) Pueden comprarse en el mercado primario, donde son colocadas mediante un sistema
confiable y transparente de adjudicación además se pueden comprar o negociar en el
mercado secundario antes de su vencimiento.
c) También pueden utilizarse como garantía para reportos. Todo esto permite que los
inversionistas tengan liquidez de sus inversiones, por ejemplo, una persona que compro
Letes a 301 días, puede venderlos antes de su vencimiento en el mercado secundario, sin
necesidad de esperar su vencimiento.
d) Son accesibles para todo tipo de inversionistas, ya que en el mercado secundario los Letes se
pueden comprar a partir de los $ 100.00 dólares.
e) Quizás uno de los atractivos mayores es que tanto para las personas naturales como para las
personas jurídicas, los rendimientos están exentos del impuesto sobre la renta, lo que
significa un incremento sustancial del rendimiento.
Artículos
Ejemplos
Ejemplo de una subasta pública a tasas diferenciadas.
Subasta Pública competitiva a Tasas Diferenciadas
Letras del tesoro
Décimo Noveno Tramo
El Gobierno de la República de El Salvador a través del Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda,
Dirección General de Tesorería de conformidad a lo autorizado en el Artículo 227 de la
Constitución de la República, el Artículo 72 y 73 de la Ley de la Administración Financiera del
Estado, al artículo 5 de la Ley de Presupuesto General del Estado, Ejercicio Fiscal 2012, contenida
en el Decreto Legislativo No 918 del 23 de noviembre de 2011, publicado en el Diario Oficial No
236, Tomo No 393, del 16 de diciembre de 2011, anuncia la siguiente emisión de Letras del Tesoro
Público:
MONTO INDICATIVO GLOBAL:
US$ 25, 000,000.00
Inversión mínima de US$10,000.00
Denominación de US$ 100.00 y sus múltiplos
SERIE TASA DE REFERENCIA* PLAZO / DÍAS VENCIMIENTO
G-4 LIBOR 12 meses 360 31 de mayo de 2013
G-3 LIBOR 11 meses 332 2 de mayo de 2013
G-2 LIBOR 10 meses 308 8 de abril de 2013
F-2 LIBOR 8 meses 241 1 de febrero de 2013
*Reportada por la British Bankers Associations, BBA el día de la subasta
La emisión descrita será ofrecida mediante subasta pública a través del sistema electrónico de la
Bolsa de Valores de El Salvador (www.bolsadevalores.com.sv), colocadas sobre la base 30/360 a
descuento sobre el valor nominal (cero cupón) y exentas del Impuesto sobre la Renta.
Todos los interesados en adquirir estos instrumentos podrán presentar una o más posturas para
uno o más de los plazos descritos a través de las Casas Corredoras de Bolsa de El Salvador o
directamente, previa calificación del Ministerio de Hacienda.
El procedimiento de colocación de los valores, podrá ser obtenido en la página web del Ministerio
de Hacienda o de la Bolsa de Valores de El Salvador.
Subasta Martes 29 de mayo de 2012
Liquidación Jueves 31 de mayo de 2012
Hora de presentación de
posturas
De 9:00 a.m. a 11:00 a.m. (Hora de El Salvador) el día de la
Subasta.
Agente de depósito Central de Depósito de Valores S.A. de C.V. CEDEVAL
Agente de pago Banco Central de Reserva de El Salvador
Más información en:
Teléfono (503) 2244-3205
Fax (503) 2244-7221
Formato de letra del TesoroAl siguiente formato solamente se le han modificado las fechas y eliminado las firmas.
Las Notas de Crédito del Tesoro Publico
ConceptoSon Títulos emitidos por el Ministerio de Hacienda, por medio de la Dirección General de
Tesorería, para devolver a los contribuyentes impuestos pagados en exceso determinados en las
resoluciones emitidas por las instituciones administradoras de impuestos. Las NCTP tienen la
calidad de Titulo Valor y serán pagadas a un plazo de 180 días calendario, contados a partir de los
días siguientes de la fecha de emisión.
En que consiste su EmisiónLa Dirección Financiera de Secretaria de Estado del Ministerio de Hacienda recibirá las
transcripciones de las resoluciones emitidas por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII)
y Dirección General de Aduanas – Departamento Jurídico de la SEDE del Ministerio de Hacienda,
que determinen:
1) Devolución de Impuestos
2) Devolución de pagos indebidos
3) Reintegro de Créditos Fiscales por IVA
4) Devolución del 6% establecida en la ley de Reactivación de las Exportaciones a favor del
Sujeto Pasivo, a mas tardar 3 días hábiles después de su emisión
La Dirección General de Tesorería, en caso de insuficiencia de Recursos de la Caja Fiscal, podrá
emitir NCTP a favor del Sujeto Pasivo, importador o distribuidor, para solventar las devoluciones
antes mencionadas.
Características de la NCTP1) Posibilidad de utilizarse para el pago de cualquier tipo de obligación fiscal a favor del
Gobierno Central.
2) Pueden traspasarse por Endoso entre contribuyentes.
3) Serán redimidas por el Ministerio de Hacienda a los 180 días contados a partir del día
siguiente a la fecha de emisión, sin reconocimiento de intereses por par te del Gobierno
Central.
4) Otras características: Emitidas en papel seguridad, expresión de que es un documento
autónomo, con número correlativo, firmadas por el Ministro de Hacienda y el Director
General de Tesorería, nombre y NIT del titular.
Como Obtener las NCTPPrimer paso: El contribuyente se presenta con resolución que le acredita impuestos pagados en
exceso a la Dirección General de Tesorería y llena el formulario F-NTCP-01 (Ver Anexo 2.1) (puede
obtenerse en el portal de Hacienda: http:/ /www.mh.go b.sv), decide cuántas NCTP requiere,
siendo el máximo 6. (Suponga que la resolución le autoriza $1000 usted puede solicitar 4 NCTP de
$250 cada una; 2 NCTP de $500 cada una o bien, una de $300 y otra de $700; una sola NCTP de
$1000, etc.)
Segundo Paso: La Dirección General de Tesorería consulta en los sistemas informáticos si el
contribuyente está solvente de deuda a favor del fisco, si lo está, emite las NCTP sino , procederá
a efectuar la compensación de la deuda, emitiendo, si existe excedente, una NCTP por el
remanente.
Tercer Paso: El Contribuyente recibe originales de la resolución y de la NCTP, ambas emitidas por
la Dirección General de Tesorería, en Torre 1, Nivel Tres del Ministerio de Hacienda.
Características Mínimas que debe contener las NCTP1) Numero Correlativo
2) Valor expresado en dólares de los Estados Unidos de América en numero y en letras
3) Base legal para su Emisión
4) Nombre del titulo
5) Leyenda en la que se indique que no se reconocerán intereses por parte del Estado
6) Nombre y NIT del Contribuyente titular
7) Institución Responsable del Pago
8) Posibilidad de ser traspasada por endoso entre Contribuyentes y que podrá ser utilizada
para el pago de cualquier tipo de obligación fiscal del Titular a favor del Gobierno Central
9) Fecha de Emisión
10) Vencimiento en letras
11) Nombre de la institución Emisora
12) Firma del funcionario responsable
13) Numero de la resolución que origina y otras condiciones y derecho que sean aplicables
Como Utilizar las NCTPa) Pagar impuestos
b) Negociarla con otro contribuyente
c) Redimir la NCTP con el Ministerio de Hacienda
Pagar impuestosEl titular se presenta con NCTP original a la Colecturía Central (Tres Torres) de la Dirección General de Tesorería y puede darse uno de los tres casos siguientes:
NCTP=PAGO
Si la NCTP es igual al pago que hará el contribuyente:
Presenta NCT P original y declaración o mandamiento de pago, cajero sella pago y retiene NCTP.
NCTP<PAGO
Si la NCTP es menor al pago que hará el contribuyente:
Contribuyente presenta NCTP original, declaración o mandamiento de Pago y entrega diferencia en efectivo o cheque certificado a nombre de la Dirección General de Tesorería. Cajero sella pago y retiene NCTP
NCTP>PAGO
Si la NCT P es mayo r al pago que hará el contribuyente:
Contribuyente presenta NCTP original, declaración o mandamiento de Pago, cajero sella pago, retiene NCTP y entrega quedan para emitir nueva NCTP por remanente manteniendo la fecha de vencimiento original. Si el valor del Quedan es menor o igual a $50.00 este servirá para el reclamo del pago o redención en la fecha del vencimiento, ante la Tesorería Institucional de los Ministerios de Hacienda o Economía, según corresponda.
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Que Obligaciones Fiscales puede extinguir una NCTPEl titular de NCTP podrá utilizarlas para pagar las obligaciones a favor del Gobierno Central, detalladas a
continuación:
1) Impuesto sobre la Renta y sus accesorios, Retenciones y Pago a Cuenta{
2) Impuesto a la transferencia de Bienes Muebles y a las prestación de Servicios (IVA) y sus accesorios
3) Impuesto a la transferencia de bienes raíces y sus accesorios
4) Importaciones y sus accesorios
5) Consumo de producto especifico y sus accesorios (cigarrillos, bebidas alcohólicas, bebidas gaseosas,
cerveza)
6) Declaraciones de mercancía y accesorios
7) Llamadas internacionales
8) Impuestos Advalorem-armas de fuego, municiones y explosivos
9) Multas tributarias
Hay que considerar que al momento de hacer efectivo el pago de obligaciones fiscales a favor del Gobierno
Central, por medio de NCTP, el titular deberá presentar ante el Colector de la DGT lo siguiente:
1. NCTP original
2. Mandamiento de Pago o declaración jurada u otra documentación que ampare la obligación con el
fisco
El pago de obligaciones fiscales haciendo uso de la NCTP, únicamente podrá efectuarse a cargo de la
persona natural o jurídica registrada como titular de las mismas ante la DGT (únicamente en las Oficinas de
Colecturía Central de San Salvador, Oficina Regional de Occidente, Oficina Regional de Oriente, Colecturías
de Aduanas y en otras Colecturías que la DGT habilite), ya sea que las haya obtenido por resolución original
o mediante endoso a su favor y no se podrá utilizar para realizar pago de otros Contribuyentes.
Los pagos se pueden realizar a través de Sistemas Informáticos que la Administración permita para lo cual
deberá hacer lo siguiente:
1. Firmar el ”Contrato de Apertura y Manejo de Cuenta Corriente para el Pago Electrónico de
Impuestos Internos y Aduanales con Notas de Crédito del Tesoro Publico (NCTP)”
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2. Depositar las NCTP en la División de Fondos Ajenos en Custodia de la DGT, a fin que se le acredite en
la cuenta corriente el valor que las NCTP indican, según formulario F-NCTP-06 (Ver Anexo 2.5). En
caso que la NCTP no ha sido afectada con algún pago, podrá ser retirada por el Titular, previa
presentación del Formulario F-NCTP-07 (Solicitud de Devolución de NCTP – Ver Anexo 2.6)
Negociarla con otro contribuyente1. El Titular del NCTP negocia con inversionistas
2. Realizan endoso por medio de Acta Notarial o Escritura Publica (F-NCTP-03) (Ver Anexo 2.2)
debiendo el nuevo Titular presentar el documento a la DGT junto con la NCTP endosada y requerir
la emisión de una nueva NCTP a su favor. La nueva NCTP mantendrá la fecha de vencimiento a la
Original
3. Presentan Acta Notarial y NCTP original ante la Dirección Genera l de Tesorería
4. La Dirección General de Tesorería emite "Quedan" (F-NCTP-02) (Ver Anexo 2.3) a nuevo titular de
NCTP y prepara resolución y nueva NCTP.
5. Nuevo Titular recibe la NCTP
* El Formato del Acta Notarial puede obtenerse en el portal de Hacienda: http://www.mh.gob.sv
Redimir la NCTP con el Ministerio de HaciendaLa Dirección Financiera del Ministerio de Hacienda o la Unidad Financiera Institucional del Ministerio de
Economía, vencido el plazo de 180 días Calendario, deberán hacer efectivo el pago de la NCTP al Titular de
la misma, dicha solicitud de redención o pago de la NCTP deberá realizarse ante la Dirección Financiera del
Ministerio de Hacienda o la Unidad Financiera Institucional del Ministerio de Economía para lo cual el Titular
deberá presentar el Formulario F-NCTP-04 (Ver Anexo 2.4).
Si el Titular de la NCTP es una persona Jurídica, la solicitud deberá realizarla el Representante Legal o
Apoderado, quien deberá presentar la documentación Original vigente que lo acredita como tal y una copia
de la misma para efectos de integrarlo al expediente. Las personas Naturales que representen legalmente a
las personas jurídicas, deberán anexar fotocopia del DUI cuando sean nacionales u otro documento de
identificación personal, en el caso de extranjeros.
| Contenido 21
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Que hacer en caso de Robo, Hurto, Perdida, Deterioro, Testadura o Alteración de la Nota de Crédito del Tesoro Publico
En caso de Robo, Hurto o Pérdidaa) El titular notifica, de forma inmediata, el extravío a la Dirección General de Tesorería (Tres Torres,
Torre 1, Unidad d e Asesoría Legal) y entrega solicitud en el formulario F-NCTP-04* (Ver Anexo 2.4),
anexa declaración jurada autenticada ante Notario que exprese que no hará uso futuro de la NCTP a
sustituir (la que le hurtaron, robaron o perdió).
b) Titular recibe, la nueva NCTP y la Dirección General de Tesorería actualiza datos en sistemas
informáticos.
En caso de Deterioro, Testadura o Alteracióna) El titular se presenta a la Dirección General de Tesorería (Tres Torres, Torre 1, Departamento de
Asesoría Legal), y entrega solicitud en el formulario F-NCTP-04* (Ver Anexo 2.4), Entregando NCTP
original deteriorada, recibe "Quedan" (F-NCTP-02) (Vero Formulario 2.2) para posterior reclamo de
nueva NCTP.
b) Titular recibe la nueva NCTP y la Dirección General de Tesorería actualiza datos en sistemas
informáticos.
| Contenido 22
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Artículos
Artículo 78 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado.
Facultase a la Dirección General de Tesorería para que, en casos d e insuficiencia d e recursos en la caja
fiscal, pueda devolver al sujeto pasivo impuestos que, mediante resolución, se determine que se hayan
pagado en exceso, a través de Notas de Crédito del Tesoro Público (NCTP), con vencimiento de 180 días.
Esto s títulos servirán para el pago de cualquier obligación fiscal de los contribuyentes al Gobierno Central;
dicho s títulos podrán ser traspasados por endoso entre los contribuyentes.
Articulo 86 del Reglamento de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado
Las Notas de Crédito del Tesoro Público de que trata el Art. 78 de la Ley, mediante las cuales la DGT podrá
devolver los montos excedidos en el pago de impuestos, en los casos de insuficiencia de recursos en la caja
fiscal, tendrán las siguientes características.
Impresas en papel de seguridad y numeradas en forma consecutiva; contendrán el valor en números y
letras, el nombre del beneficiario, las fechas de emisión y vencimiento y, serán rubricadas por cualquiera de
los funcionarios siguientes: el Ministro de Hacienda, el Viceministro de Hacienda, el Director General o el
Subdirector General de Tesorería. (4)
Emitidas con vencimiento a 180 días y podrán redimirse anticipadamente a solicitud de la Dirección General.
Podrán utilizarse dentro de su plazo de vencimiento en el pago de cualquier tipo de impuestos fiscales y sus
accesorios, pudiendo la Dirección General emitir una nueva Nota de Crédito por los remanentes a favor del
contribuyente, con vencimiento a la fecha estipulada en el documento original.
Podrá traspasarse por endoso entre los contribuyentes, mediante aviso por escrito a la Dirección General.
Otros Instrumentos de Financiamiento de Corto Plazo.
| Contenido 23
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Anexos
Anexo 2.1 (Formulario F-NCTP-01)
| Contenido 24
Universidad de El SalvadorFacultad de Ciencias Económicas
Anexo 2.2 (Formulario F-NCTP-03)
| Contenido 25
Universidad de El SalvadorFacultad de Ciencias Económicas
Anexo 2.3 (Formulario F-NCTP-02)
| Contenido 26
Universidad de El SalvadorFacultad de Ciencias Económicas
Anexo 2.4 (Formulario F-NCTP-04)
| Contenido 27
Universidad de El SalvadorFacultad de Ciencias Económicas
Anexo 2.5 (Formulario F-NCTP-06)
| Contenido 28
Universidad de El SalvadorFacultad de Ciencias Económicas
Anexo 2.6 (Formulario F-NCTP-07)
| Contenido 29
Universidad de El SalvadorFacultad de Ciencias Económicas
Conclusiones
| Contenido 30
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