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LINEAMIENTOS PARA LAORGANIZACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTODE LAS ESCUELAS DE TIEMPO COMPLETO
EDUCACIÓN PREESCOLAR
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LINEAMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ESCUELAS DE TIEMPO COMPLETO
EDUCACIÓN PREESCOLAR
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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Esteban Moctezuma Barragán
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN BÁSICA
Marcos Augusto Bucio Mújica
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO CURRICULAR
María Teresa Meléndez Irigoyen
DIRECCIÓN GENERAL DE MATERIALES EDUCATIVOS
Aurora Almudena Saavedra Solá
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO DE LA GESTIÓN EDUCATIVA
Germán Cervantes Ayala
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN INDÍGENA
Javier López Sánchez
D.R. © Secretaría de Educación Pública, 2019
Argentina 28, Centro
06020, Ciudad de México
Impreso en México
DISTRIBUCIÓN GRATUITA- PROHIBIDA SU VENTA
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LINEAMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ESCUELAS DE TIEMPO COMPLETO EDUCACIÓN PREESCOLAR
En los materiales dirigidos a las educadoras, las maestras, los
maestros, las madres y los padres de familia de educación
preescolar, primaria y secundaria, la Secretaría de Educación
Pública (SEP) emplea los términos: niño(s), adolescente(s), jóvenes,
alumno(s), educadora(s), maestro(s), docente(s) y padres de familia
aludiendo a ambos géneros, con la finalidad de facilitar la lectura.
Sin embargo, este criterio editorial no demerita los compromisos
que la SEP asume en cada una de las acciones encaminadas a
consolidar la equidad de género.
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda
prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el
Programa”
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LINEAMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ESCUELAS DE TIEMPO COMPLETO EDUCACIÓN PREESCOLAR
Escuela Preescolar de Tiempo Completo “Olinala”
CCT: 12DJN0555J
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Índice
Presentación 1
Programa Escuelas de Tiempo Completo 3
Objetivos del Programa Escuelas de Tiempo Completo 5
Marco Normativo 8
Disposiciones Generales 10
Disposiciones Específicas 12
A. Características de las Escuelas de Tiempo Completo 12
B. Organización y uso del tiempo 17
C. Definición pedagógica 24
D. Servicio de Alimentación 30
E. Fortalecimiento de los procesos de gestión escolar 33
F. Responsabilidades de los integrantes de la comunidad
educativa 35
§ Director escolar 35
§ Docentes 39
§ Alumnos 44
§ Madres y padres de familia o Tutores 46
§ Consejo Técnico Escolar 48
§ Supervisión escolar 50
§ Consejo Escolar de Participación Social en la
Educación 53
G. Administración, transparencia y rendición de cuentas de los
recursos 54
Disposición única 57
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Lineamientos para la Organización y el Funcionamiento de las Escuelas de Tiempo Completo. EDUCACIÓN PREESCOLAR
1
Presentación
La Secretaría de Educación Pública (SEP) pone a disposición de la
Autoridad Educativa Local (AEL), las Coordinaciones Locales del
Programa Escuelas de Tiempo Completo, supervisores, asesores
técnico-pedagógicos, directores, docentes, alumnos, madres y
padres de familia, tutores, y Consejo Escolar de Participación Social
en la Educación, los presentes Lineamientos para la Organización y
el Funcionamiento de las Escuelas de Tiempo Completo. Educación
Preescolar.
Las Escuelas de Tiempo Completo (ETC) comparten la obligación del
Gobierno de México por mejorar de forma fundamental los procesos
y resultados educativos mediante el desarrollo de una educación
inclusiva, respetuosa de la diversidad de quienes conforman la
comunidad escolar, y sustentada en relaciones interculturales que
apuntalen la equidad con igualdad para que cada niña, niño y
adolescente que concurra a una ETC tenga las mejores
oportunidades de construir un proyecto de vida pleno.
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Lineamientos para la Organización y el Funcionamiento de las Escuelas de Tiempo Completo. EDUCACIÓN PREESCOLAR
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La información de estos Lineamientos se sustenta en la Reforma del
15 de mayo de 2019 del Artículo Tercero Constitucional1, en el Plan
Nacional de Desarrollo 2019-20242 y las Reglas de Operación del
Programa vigentes (RO)3, así como la demás normativa de
Educación Básica, por lo cual, son de observancia obligatoria para las
escuelas públicas de educación preescolar que participan en el
Programa Escuelas de Tiempo Completo(PETC).
El propósito del presente documento es orientar a la comunidad
escolar con información que le permita planear y operar la
organización y el funcionamiento de la escuela de educación
preescolar en el marco del Programa Escuelas de Tiempo Completo.
1 Disponible en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5560457&fecha=15/05/2019&print=true 2 Disponible en: http://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/64/2019/abr/20190430-XVIII-1.pdf 3 Disponible en: http://www.dof.gob.mx/2019/SEP/ANEXO_AL_ACUERDO_08_02_19.pdf
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Lineamientos para la Organización y el Funcionamiento de las Escuelas de Tiempo Completo. EDUCACIÓN PREESCOLAR
3
Programa Escuelas de Tiempo Completo
El Programa Escuelas de Tiempo Completo es una iniciativa de la
Secretaría de Educación Pública para construir una educación
pública de excelencia con equidad, ya que ofrece la ampliación del
tiempo pedagógico para el desarrollo de los aprendizajes integrales
de las y los alumnos; así como para la mejora profesional de los
docentes. Al ser parte de la política educativa de la presente
administración, el PETC se orienta por la búsqueda de la equidad y
la calidad; pone al centro a las niñas y niños; revalora la función
docente; e impulsa el arte, la educación física y el civismo.
Los presentes Lineamientos para la Organización y el
Funcionamiento de las Escuelas de Tiempo Completo. Educación
Preescolar, tienen el propósito de contribuir para que los recursos
humanos, materiales y económicos que concurren en las escuelas
que pertenecen al Programa se administren de forma transparente
y eficiente para atender los principales aspectos para el desarrollo
que se plantea.
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Lineamientos para la Organización y el Funcionamiento de las Escuelas de Tiempo Completo. EDUCACIÓN PREESCOLAR
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El PETC es de cobertura nacional, y pueden participar escuelas
públicas de Educación Básica de las 32 Entidades Federativas, en
todos sus niveles y servicios educativos de un solo turno, y que
cumplan al menos con uno de los siguientes criterios establecidos
en las Reglas de Operación del Programa:
a) Sean escuelas de educación indígena y/o multigrado.
b) Ofrezcan educación primaria o telesecundaria.
c) Atiendan a población en situación de vulnerabilidad o en
contextos de riesgo social.
d) Presenten bajos niveles de logro educativo o altos índices de
deserción escolar.4
Las Escuelas de Tiempo Completo de educación preescolar operarán
con una jornada escolar de 6 horas diarias cuando no brinden el
Servicio de Alimentación, o de hasta 8 horas diarias al brindarlo.
4 ACUERDO número 08/02/19 publicado en el Diario Oficial dela Federación (DOF) el 01/03/2019. Reglas de Operación del Programa Escuelas de Tiempo Completo
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Objetivos del Programa Escuelas de Tiempo Completo
De acuerdo a las Reglas de Operación 2019, los objetivos5 del
Programa son:
General: Establecer en forma paulatina conforme a la suficiencia
presupuestal, escuelas de tiempo completo con jornadas de entre 6
y 8 horas diarias, para aprovechar mejor el tiempo disponible para
el desarrollo académico, así como para las actividades
relacionadas con el conocimiento del civismo, humanidades,
ciencia y tecnología, artes, en especial la música, la educación física
y la protección al medio ambiente de sus alumnas/os. En aquellas
escuelas donde más se necesite, conforme a los índices de pobreza
y marginación, se impulsarán esquemas eficientes para el
suministro de alimentos nutritivos al alumnado, con lo cual se
coadyuva a mejorar la calidad de los aprendizajes en la Educación
Básica.
5 Ibid., p. 11
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Específicos:
• Fortalecer el uso eficaz de la jornada escolar y la
implementación de Líneas de Trabajo Educativas en apoyo al
aprendizaje de las/os alumnas/nos.
• Brindar, de acuerdo a la suficiencia presupuestal, Servicio de
Alimentación en beneficio de alumnas/nos de comunidades
con alto índice de pobreza y marginación, para fomentar su
permanencia en el SEN.
• Aportar los subsidios a los Gobiernos de los Estados y a la AEFCM
para garantizar la implementación del PETC, conforme a la
suficiencia presupuestaria.
Asimismo, las Reglas de Operación señalan que el PETC se orienta a
desarrollar una Nueva Escuela Mexicana en la que se garantice una
educación pública, gratuita, laica, inclusiva, equitativa y de calidad,
que promueve oportunidades de aprendizaje integral a través de la
ampliación y el uso eficiente del tiempo escolar; la mejora de las
prácticas de enseñanza; el trabajo colaborativo y colegiado, así como
la incorporación de nuevos materiales educativos; todo dentro de un
enfoque de derechos humanos.
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Lo anterior, con el propósito de eliminar las disparidades de género
en la educación y garantizar el acceso en condiciones de igualdad
de las niñas y niños en contextos de vulnerabilidad, lo que incluye a
personas que presentan alguna discapacidad, los pueblos indígenas
y los migrantes.
Además, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria, se brindará
el Servicio de Alimentación en aquellas escuelas que se focalicen al
respecto. Este servicio se ofrece bajo la fiscalización de la AEL, tanto
en lo que corresponde al cumplimiento de las normas de salud,
como a la adecuación de la infraestructura y el equipamiento
necesario para su óptimo desarrollo, además de promover en el
alumnado la formación de hábitos para la elección y el consumo
responsable y saludable de los alimentos, así como el cumplimiento
de las normas y acuerdos escolares respectivos.
Derivado de lo anterior, la Dirección Nacional del Programa Escuelas
de Tiempo Completo, impulsa que las Escuelas de Tiempo Completo
contribuyan al desarrollo integral de los alumnos, ya que promueven
la apropiación de los contenidos, actitudes, habilidades y valores,
que contribuyen de forma sustancial a la mejora de su dimensión
intelectual, personal y social.
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Es una escuela que dispone del tiempo suficiente para atender de
manera equilibrada y armónica tanto la formación académica, como
el desarrollo de habilidades sociales, emocionales, físico-deportivas y
ciudadanas de todos los miembros de la comunidad educativa.
Marco normativo
Las Escuelas de Tiempo Completo, como una expresión de la Nueva
Escuela Mexicana, se rigen por el Artículo Tercero Constitucional, tal
como quedó expresado en el DECRETO por el que se reforman,
adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 3o, 31 y
73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en
materia educativa6, donde se indica:
La educación se basará en el respeto irrestricto de la dignidad
de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de
igualdad sustantiva. Tenderá a desarrollar armónicamente
todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez,
el amor a la Patria, el respeto a todos los derechos, las libertades,
la cultura de paz y la conciencia de la solidaridad internacional,
en la independencia y en la justicia; promoverá la honestidad,
los valores y la mejora continua del proceso de enseñanza
aprendizaje.
6 Publicado en el Diario Oficial de la Federación del 15 de mayo de 2019.
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Las maestras y los maestros son agentes fundamentales del
proceso educativo y, por tanto, se reconoce su contribución a la
trasformación social…
Además, en el Inciso b) se menciona:
Contribuirá a la mejor convivencia humana, a fin de fortalecer el
aprecio y respeto por la naturaleza, la diversidad cultural, la
dignidad de la persona, la integridad de las familias,
la convicción del interés general de la sociedad, los ideales de
fraternidad e igualdad de derechos de todos…
En las escuelas de Educación Básica de alta marginación, se
impulsarán acciones que mejoren las condiciones de vida de los
educandos, con énfasis en las de carácter alimentario.
Será inclusivo, al tomar en cuenta las diversas capacidades,
circunstancias y necesidades de los educandos. Con base en el
principio de accesibilidad se realizarán ajustes razonables y
se implementarán medidas específicas con el objetivo de
eliminar las barreras para el aprendizaje y la participación…
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Será integral, educará para la vida, con el objeto de desarrollar
en las personas capacidades cognitivas, socioemocionales y
físicas que les permitan alcanzar su bienestar […].
Será de excelencia, entendida como el mejoramiento integral
constante que promueve el máximo logro de aprendizaje de los
educandos, para el desarrollo de su pensamiento crítico y
el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad […].
Disposiciones Generales
1. Los presentes Lineamientos son de observancia obligatoria para
las Escuelas de educación preescolar adscritas al Programa.
2. La Autoridad Educativa Local, supervisores y directores escolares
son los responsables de acompañar, asesorar y verificar el
cumplimiento paulatino de los presentes Lineamientos de
manera permanente en coordinación con otras instancias que
favorezcan las condiciones y servicios que el plantel ofrece, según
lo establecido en las leyes, los reglamentos y las demás
disposiciones aplicables a la organización y el funcionamiento de
los planteles de educación preescolar que expida la SEP.
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3. La Autoridad Educativa Local, supervisores, asesores técnico-
pedagógicos, directores, y docentes comunicarán a la comunidad
escolar (madres y padres de familia o tutores, y alumnos) acerca
de estas disposiciones, por lo cual habrán de ofrecer las
orientaciones necesarias para atender las obligaciones que se
derivan de los presentes Lineamientos.
4. La incorporación de los planteles al Programa Escuelas de Tiempo
Completo es de carácter permanente.
5. En las escuelas preescolares de tiempo completo con una jornada
de ocho horas el personal directivo y docentes deberán ostentar
una doble plaza, con el fin de no interrumpir el desarrollo de las
actividades programadas en la jornada escolar.
6. La Escuela de Tiempo Completo:
§ Se desarrollará bajo los principios de la educación gratuita,
laica, obligatoria, universal, con equidad y de excelencia.
§ Proporcionará todo el apoyo posible y necesario para la
atención de las necesidades e intereses educativos de sus
alumnos para logar su desarrollo integral.
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Disposiciones Específicas
A. Características de las Escuelas de Tiempo Completo
7. Toda la comunidad escolar, directivos escolares, docentes, padres
o tutores, alumnos, son corresponsables de los aprendizajes,
[incluye supervisores y asesores técnicos pedagógicos].
8. Todas las acciones implementadas deberán estar orientadas a
que las escuelas de nivel preescolar de tiempo completo se
caractericen por:
I. Asegurar que todas/os las/os alumnas/os desarrollen las
habilidades y competencias en los campos de formación,
socio afectivas y de desarrollo físico.
II. Las escuelas de nivel preescolar de tiempo completo deben
establecer la operación regular, la cual deberá ser una
condición general, pues propicia el funcionamiento de su vida
cotidiana. Las condiciones son:
i. Todas las escuelas deben brindar el servicio educativo y
utilizar el tiempo en aprendizajes, todos los días del
calendario escolar.
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ii. Todos los grupos deben disponer de maestros, el cual
plantea el uso del tiempo en los aprendizajes de sus
alumnos, todos los días del calendario escolar.
iii. Todos los maestros de manera puntual deben iniciar y
terminar sus clases con actividades para el aprendizaje.
iv. Todos los alumnos deben asistir con puntualidad a todas
las clases.
v. Todos los materiales para el estudio de los campos de
formación y los materiales de apoyo de la propuesta
pedagógica se emplean a diario para que los estudiantes
aprendan.
vi. Todo el tiempo escolar se debe ocupar
fundamentalmente en actividades de aprendizaje.
vii. Todos los alumnos se deben de involucran en todas las
actividades diversificadas de aprendizaje que propone el
docente.
viii. Todos los alumnos consolidan su dominio en las
habilidades básicas que le permite a los alumnos
aprender y convivir.
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ix. Para todos los alumnos se debe considerar, conforme a
su ritmo de aprendizaje, el dominio del lenguaje y
comunicación, así como el campo formativo del
Pensamiento Matemático, de acuerdo con su grado
educativo.
III. Lograr que todos los alumnos de nivel preescolar en sus
diferentes grados permanezcan y culminen a tiempo el nivel
educativo, con especial atención en aquellos que se
encuentran en riesgo o en situación de rezago o abandono
escolar.
IV. Establecer condiciones para la construcción de ambientes de
convivencia escolar óptimos para los aprendizajes de calidad
en un enfoque de derechos humanos y de cultura de paz, así
como para la formación de ciudadanos honestos, incluyentes,
responsables e íntegros, cuyas relaciones se basen en el
respeto mutuo entre alumnos, padres de familia o tutores,
docentes, directivos y demás personal que integra la
comunidad escolar.
V. Construir ambientes de aprendizaje en los que las alumnas y
alumnos conozcan y respeten las leyes, participen en la
construcción de sus normas, promuevan la igualdad de
género, valoren la diversidad cultural y desarrollen sentido de
pertenencia en su comunidad.
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VI. Aplicar los mecanismos, los instrumentos y los medios
alternativos de solución de controversias, a fin de dar solución
temprana a conflictos entre los miembros de la comunidad
escolar; con atención a los derechos y responsabilidades de
cada uno.
VII. Garantizar a todos los miembros de la comunidad educativa el
pleno ejercicio de la libertad de expresión, del derecho a la
identidad y de los derechos a la información y de petición,
además de fortalecer la transparencia y la apertura en la
gestión escolar.
VIII. Desarrollar las siete Líneas de Trabajo Educativas (LTE) del
Programa: Jugar con números y algo más, Leer y escribir, Leer
y escribir en lengua indígena, Expresar y crear con arte,
Aprender a convivir, Aprender con TIC, y Vivir saludablemente;
de manera integrada y en apego al Plan y programas de
estudio durante la jornada escolar.
IX. Vincular las LTE con las asignaturas que integran el Programa
de estudio vigente, con énfasis en el civismo, las humanidades,
la ciencia y la tecnología, las artes, en especial la música, la
educación física y la protección al medio ambiente.
X. Desarrollar de manera permanente la evaluación interna
tendiente al mejoramiento de la práctica profesional de los
docentes y al avance continuo de la escuela.
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XI. Promover el derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y
de calidad de las niñas y niños durante la jornada escolar.
XII. Promover el derecho de acceso a la cultura de la comunidad
escolar, con atención en la diversidad cultural en todas sus
manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad
creativa y lingüística.
XIII. Impulsar la educación física y la práctica de los deportes como
estrategia para el desarrollo integral de los miembros de la
comunidad escolar, así como fortalecer la integración de la
comunidad.
XIV. Identificar e impulsar a niñas y niños con talentos académicos,
artísticos y deportivos.
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B. Organización y uso del tiempo
9. En las escuelas de nivel preescolar de tiempo completo, en el
ámbito del Consejo Técnico Escolar (CTE) podrán decidir el uso y
disposición del tiempo educativo de acuerdo a las necesidades
identificadas para garantizar un mejor aprovechamiento
académico de la jornada escolar, teniendo como referente la
mejora de los aprendizajes de los alumnos para su formación
integral.
10. La ampliación de la jornada escolar permite al colectivo organizar
los contenidos curriculares del Plan y programas de estudio,
incluyendo las LTE que conforman la propuesta pedagógica del
Programa con énfasis en el civismo, las humanidades, la ciencia
y la tecnología, las artes, en especial la música, la educación física
y la protección al medio ambiente; todo lo anterior se trabajará
de manera integral y atendiendo las necesidades y contexto de
los alumnos, del grupo y de su comunidad.
11. La ampliación de la jornada escolar constituye una acción
estratégica eficaz, siempre y cuando el tiempo se ocupe en
actividades de aprendizaje significativo, es decir, que de manera
fundamental se dedique:
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Más tiempo para: Menos tiempo para:
ü Para generar actividades
didácticas diversas y retadoras
que impliquen el aprendizaje
significativo, la creatividad en la
resolución de problemas y en
general la participación activa
de los alumnos.
ü A una enseñanza
tradicional: discursiva,
teórica y memorística.
(Transmisión de
conocimiento)
ü En identificar los logros en los
aprendizajes de cada alumno, a
fin de tomar decisiones que
favorezcan su mejora y
disminuir las dificultades que
enfrentan.
ü A enseñar o preparar a los
alumnos para los
exámenes.
ü A las actividades que permitan
el desarrollo progresivo de las
competencias de los alumnos.
ü Para participar en
concursos y campañas de
cualquier tipo que no
tengan un efecto
formativo en los alumnos.
ü Para debatir y revisar
críticamente las prácticas
pedagógicas e incorporar
estrategias metodológicas
diferenciadas que respondan a
las necesidades de aprendizaje
de los alumnos.
ü En reuniones
administrativas.
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ü Para establecer con los padres
de familia una relación
corresponsable con la
educación de los alumnos en un
espíritu de continua
colaboración.
ü En enviar recados a los
padres de familia sobre la
disciplina de sus hijos.
ü En el apoyo a los maestros a fin
de que sigan formándose de
manera continua como
especialistas en la enseñanza y
el aprendizaje de los alumnos.
ü En el llenado de formatos
administrativos.
ü Para crear un ambiente de
armonía y confianza entre la
comunidad escolar que genere
condiciones básicas para el
desempeño efectivo de la
institución.
ü En ejercer la labor
directiva y docente de
manera autoritaria.
12. Las escuelas de nivel preescolar de tiempo completo con una
jornada escolar de seis horas, podrán organizar su jornada
escolar considerando el siguiente horario:
Horario Actividad 8:00 – 14:30
horas
§ Desarrollo del programa de estudios.
§ Contenidos de los campos de formación
académica con actividades relacionadas con
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el conocimiento del civismo, humanidades,
ciencia y tecnología, artes, en especial la
música, la educación física y la protección al
medio ambiente.
§ Líneas de Trabajo Educativas.
§ Las que determine el Consejo Técnico Escolar.
13. Las escuelas de preescolar de tiempo completo con una jornada
escolar de ocho horas, podrán organizar su jornada escolar
considerando el siguiente horario:
Horario Actividad 8:00 – 16:00
horas
§ Desarrollo del programa de estudios.
§ Contenidos de los campos de formación
académica con actividades relacionadas con
el conocimiento del civismo, humanidades,
ciencia y tecnología, artes, en especial la
música, la educación física y la protección al
medio ambiente.
§ Líneas de Trabajo Educativas.
§ Servicio de Alimentación
§ Las que determine el Consejo Técnico Escolar.
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14. De acuerdo a las necesidades y condiciones locales, los titulares
del servicio educativo en las Entidades Federativas podrán
autorizar ajustes a la jornada escolar, sin menoscabo a lo
estipulado en los numerales 12 y 13 de este apartado, previa
notificación a la Autoridad Educativa Federal.
15. El tiempo de la jornada escolar se emplea para que los alumnos,
coordinados por sus docentes, realicen actividades, dentro y
fuera del aula y de la escuela, planeadas y valoradas por su
aporte al aprendizaje de cada participante.
16. El colectivo docente podrá decidir la carga horaria que
asignarán a cada una de las LTE durante la semana, enfatizando
aquellas que identifiquen como relevantes para fortalecer la
formación integral de los alumnos, para ello el director escolar
en coordinación con los docentes, diseñan los horarios de cada
grupo de acuerdo a las características, necesidades e intereses
de aprendizaje de los alumnos.
Las Líneas de Trabajo Educativas se pueden desarrollar al
inicio, durante o al final de la jornada escolar; sea para
introducir un tema o contenido, para reforzarlo o para una
evaluación cualitativa del mismo.
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17. El personal docente debe planear retos cognitivos orientados a
que las alumnas y alumnos utilicen sus saberes y pongan en
juego sus capacidades, experiencias, recursos, habilidades y
conocimientos que han adquirido en los ambientes familiar y
social en que se desenvuelven; promoviendo a la par que
aprendan a interactuar con los demás, a trabajar de manera
colaborativa y a corresponsabilizarse de sus procesos de
aprendizaje.
18. Las Escuelas de Tiempo Completo cuentan con materiales de
apoyo educativos que les permiten implementar el currículo
establecido por la SEP, así como la propuesta pedagógica que
se refleja en las siete Líneas de Trabajo Educativas.
El propósito de los recursos y materiales es apoyar el aprendizaje
integral de los alumnos y la transformación de la práctica
pedagógica de los docentes. Los materiales son elaborados y
distribuidos por la Secretaría de Educación Pública; los Equipos
Locales del Programa podrán elaborar, diseñar y distribuir
materiales, siempre y cuando estén en apego al Plan y
programa de estudios, a las Reglas de Operación y a los
presentes Lineamientos.
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19. El Servicio de Alimentación (en las escuelas que lo brindan) se
proporciona conforme el horario estipulado por el director y el
colectivo docente, en acuerdo con los padres o tutores, el cual
se informará a la Autoridad Educativa Local, respetando las
características y costumbres de las comunidades.
La prestación de este servicio tiene una duración de treinta a
cuarenta minutos.
El docente responsable del grupo acompaña a sus alumnos
durante la ingesta de los alimentos.
20. Todos los alumnos cuentan con un recreo de 30 minutos
destinado al juego libre y a la ingesta de un refrigerio, el cual será
proporcionado por sus familias. Este recreo debe ser orientado y
vigilado, invariablemente, por personal de la escuela, sin delegar
esta obligación a personal externo.
La escuela que así lo determine podrá implementar recreos
formativos, con el propósito de ofrecer diversas opciones de
actividades lúdico-formativos: lectura dramatizada o grupal,
karaoke, juegos de salón, torneos deportivos, retos, rally, torneos
artísticos, yoga o gimnasia, concursos de resistencia, entre otros.
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C. Definición pedagógica
21. Las Líneas de Trabajo Educativas del PETC son herramientas
que mediante actividades lúdicas le permiten al docente
plantear retos cognitivos, socioemocionales, artísticos y físico-
deportivos a los alumnos en los que utilicen sus saberes e
intereses y pongan en juego los recursos, las habilidades y los
conocimientos; a la vez que aprenden a percibirse a sí mismos,
a interactuar con los demás, a trabajar de manera colaborativa y
a responsabilizarse de sus procesos de aprendizaje.
Las LTE pretenden aportar una perspectiva de género y una
orientación integral ya que incluyen actividades lúdico formativas en
el ámbito académico, en lo socioemocional, en la promoción de
estilos de vida saludables, en el deporte y las artes, así como en el
cuidado del medio ambiente, todo dentro de un enfoque
intercultural.
Las Líneas apuestan a la educación de excelencia, ya que promueven
el mayor logro en los aprendizajes de los alumnos, el desarrollo de su
pensamiento crítico, analítico y propositivo, y permiten fortalecer los
vínculos escuela-comunidad.
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22. El propósito de cada Línea de Trabajo Educativa se expresa
como sigue:
Leer y Escribir: Que las y los alumnos desarrollen su capacidad de
expresarse oralmente y que se integren a la cultura escrita mediante
la apropiación del sistema convencional de escritura y las
experiencias de leer, interpretar y producir diversos tipos de textos, y
con ello desarrollen sus habilidades para comunicarse con los
demás.
Leer y escribir en Lengua Indígena: Que las y los alumnos
desarrollen, preserven, comuniquen y difundan su lengua materna
indígena desde la oralidad, la escritura y la lectura, al tomar en
cuenta sus saberes culturales, su contexto, su cosmovisión, que a lo
largo de generaciones han mantenido viva desde un enfoque lúdico
formativo.
Jugar con números y algo más: Que las y los alumnos vivan
experiencias de aprendizaje en la resolución de problemas como
principal enfoque pedagógico, encaminado al fortalecimiento del
pensamiento lógico y del razonamiento matemático, al mismo
tiempo que favorece una actitud positiva hacia el estudio de esta
asignatura.
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Vivir saludablemente: Que las y los alumnos sustenten
aprendizajes que garanticen el desarrollo de una vida saludable, que
se traduzca en oportunidades para que a través del autocuidado
revisen sus hábitos de vida relacionados con la salud y realicen
actividades lúdicas que les permitan desarrollar competencias
socioemocionales y de autocuidado que puedan manifestarse en
diversos contextos, para que de esta manera construyan ambientes
sanos de manera responsable.
Expresar y crear con arte: Que las y los alumnos se expresen,
comuniquen, manifiesten pensamientos por diversos medios y
aprovechar todas sus capacidades para generar conocimiento. Se
impulsa así su desarrollo socioemocional e intelectual a través de
múltiples formas de expresión o lenguajes, desde donde puede
comprender su mundo, así mismos, y a otros.
Aprender a convivir: Que las y los alumnos tengan oportunidades
para adquirir habilidades, actitudes y experiencias para convivir
pacíficamente y resolver conflictos de manera democrática y así
abordar de forma lúdica temáticas que favorezcan la conciencia de
la importancia de conocerse a sí mismo para autorregularse y
acceder a la autonomía.
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Aprender con TIC: Que las y los alumnos alienten la curiosidad,
experimentación y manipulación de las herramientas tecnológicas
para la comunicación y la información, con actividades lúdicas y
diversas que integren diferentes aprendizajes y habilidades para el
desarrollo del pensamiento crítico y reflexivo, el análisis y la síntesis
de información y habilidades de autorregulación, comunicación e
investigación.
23. Los docentes realizarán una sola planificación de la semana-
jornada en la que establezcan estrategias de intervención
didáctica, con base en los aprendizajes establecidos en el Plan y
programas de estudio, a la que incorporarán actividades
relacionadas con las Líneas de Trabajo Educativas; así como la
toma de decisiones acerca de cómo evaluarán el logro de dichos
aprendizajes.
24. El colectivo docente debe promover que el conocimiento se
construya en comunidad, de forma cooperativa, solidaria,
participativa y organizada, de igual manera propiciar procesos
colectivos de diálogo, toma de decisiones y trabajo en equipo.
25. El colectivo docente debe identificar y reconocer los
conocimientos previos, intereses, habilidades, actitudes y
valores de los alumnos, como complemento de su formación,
mismos que le permitirán alcanzar su educación integral.
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28
26. La incorporación de las Líneas de Trabajo Educativas a la
planeación didáctica implica que los docentes:
§ Establezcan, con su grupo, desde el inicio del ciclo
escolar, la forma de trabajo y el tipo de actividades por
realizar. Esto ayuda a que los alumnos se sientan
corresponsables de su aprendizaje.
§ Aborden temas que interesen a los alumnos; conozcan
sus necesidades, expectativas, competencias, valores,
saberes y referentes, trabajando a partir de temas
significativos para ellos que puedan dar sentido a
diversos aprendizajes.
§ Propongan actividades y tareas que, por su diversidad y
grado de desafío, representen para los alumnos un reto y
promuevan en ellos el gusto por investigar y crear,
evitando la monotonía y la distracción.
§ Realicen actividades que les permitan a los alumnos
colaborar entre ellos y promuevan la revisión de las
producciones con el resto del grupo.
§ Establezcan el diálogo como un recurso para aprender de
uno mismo y de los demás.
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§ Promuevan actividades colectivas que permitan poner
en práctica temas de las asignaturas relacionados con las
LTE.
§ Optimicen el tiempo de aprendizaje.
27. Durante la jornada escolar el docente planea y propone
actividades en las cuales puede invitar a participar a otros
alumnos, al director, a otros docentes, al bibliotecario, a las
familias, o a los integrantes de la comunidad, etcétera.
28. Las actividades de aprendizaje se pueden organizar a partir de
diferentes formas de trabajo, como proyectos, situaciones y
secuencias didácticas, de modo que todos los alumnos puedan
acceder al conocimiento, superando las barreras de aprendizaje
y proponiendo el docente la participación en virtud de la
diversidad de necesidades, intereses y estilos de aprendizaje.
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D. Servicio de Alimentación
29. Conforme a la suficiencia presupuestal las Escuelas de Tiempo
Completo que atienden población escolar con elevados índices
de pobreza, marginación y condición alimentaria deficiente
brindarán el Servicio de Alimentación, previa aprobación de la
Autoridad Educativa Federal y Local, así como aceptación
expresa de las madres y padres de familia, o tutores de los
alumnos.
30. El Servicio de Alimentación se ofrece a todos los alumnos que
asisten a la escuela, no tiene ningún costo para sus familias,
pues será sufragado con los recursos transferidos a la Entidad
Federativa por el Gobierno Federal.
31. El Servicio de Alimentación ofrece alimentos y bebidas que
favorecen la alimentación correcta de los alumnos, de acuerdo
con el aporte calórico adecuado a su edad, condiciones de vida
y con los nutrimentos necesarios para su desarrollo,
considerando las medidas de higiene correspondientes.
32. El Servicio de Alimentación en las Escuelas de Tiempo Completo
estará regulado en apego al ACUERDO mediante el cual se
establecen los lineamientos generales para el expendio y
distribución de alimentos y bebidas preparados y procesados
en las escuelas del Sistema Educativo Nacional y su Anexo
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Único.7 publicado por la Secretaría de Educación Pública en
coordinación con la Secretaría de Salud, el 16 de mayo de 2014
en el Diario Oficial de la Federación.
33. El Servicio de Alimentación debe contribuir a que los alumnos
tomen decisiones informadas sobre su alimentación e higiene
personal y familiar, adopten un enfoque preventivo que les
posibilite identificar las ventajas de cuidar su cuerpo, tener una
alimentación correcta y practicar actividades físicas-deportivas
con regularidad.
34. La Coordinación Local del Servicio de Alimentación es la
responsable de planear, desarrollar, dar seguimiento y
garantizar a nivel estatal que el Servicio de Alimentación se
brinde en las escuelas prescolares de tiempo completo, en
apego a las disposiciones y normativas aplicables.
35. Los integrantes de la Coordinación Local del Servicio de
Alimentación deben estar capacitados y certificados en los
estándares relacionados con la preparación de los alimentos, de
acuerdo a la normativa y estándares correspondientes.
36. Las escuelas de nivel preescolar de tiempo completo con
Servicio de Alimentación deberán contar con un
Coordinadora/or Escolar del Servicio de Alimentación, quien
7 Publicado por la Secretaría de Educación Pública en coordinación con la Secretaría de Salud, el 16 de mayo de 2014 en el Diario Oficial de la Federación.
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será el responsable de organizar este servicio en la escuela. No
podrá ser el director, subdirector, ni los docentes.
37. La Coordinadora/or Escolar del Servicio de Alimentación, deberá
trabajar de forma conjunta con el Consejo Escolar de
Participación Social en la Educación, y de manera directa con el
Comité de Establecimientos de Consumo Escolar; este último
tiene como objetivo impulsar prácticas de alimentación
correcta en la comunidad educativa; asimismo, llevar a cabo la
supervisión de los alimentos y bebidas que se expenden en los
establecimientos de consumo escolar, en coordinación con las
instituciones del sector salud.
38. La Coordinadora/or Escolar del Servicio de Alimentación, en
acuerdo con la directora/or del plantel, organizará la
participación de las madres y padres de familia o tutores de los
alumnos, que de manera voluntaria apoyen diariamente en la
provisión de este servicio.
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33
E. Fortalecimiento de los procesos de gestión escolar
39. Para que la escuela preescolar de tiempo completo cumpla con
su objetivo es necesario que el director y los docentes asuman
como reto prioritario la autonomía de gestión escolar para el
fortalecimiento de la equidad y la inclusión, entendiendo a ésta,
como la capacidad de la escuela para tomar decisiones
orientadas hacia la mejora de la calidad del servicio educativo
que ofrece hasta lograr la excelencia educativa, en el sentido de
avance continuo en el logro de los aprendizajes, el desarrollo del
pensamiento crítico y el fortalecimiento del vínculo escuela-
comunidad.
40. Las escuelas de nivel preescolar de tiempo completo deberán
de establecer en su Plan de Trabajo Escolar los procesos de
planeación, implementación, seguimiento, evaluación y
rendición de cuentas, consensado en el Consejo Técnico Escolar
y con la comunidad escolar.
41. El Programa Escolar de Mejora Continua 8 que desarrolle la
escuela debe incluir las acciones necesarias para orientar el
aprendizaje integral de los alumnos.
8 El Programa Escolar de Mejora Escolar corresponde a lo que las Reglas de Operación denomina Plan de Trabajo Escolar: Documento que permite a las Escuelas Públicas de Educación Básica ordenar y sistematizar sus decisiones con respecto al mejoramiento del servicio educativo. Implica los procesos de planeación, implementación seguimiento, evaluación y rendición de cuentas. Reglas de Operación del Programa 219. P.7
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Esta planeación debe ser flexible y cercana a las condiciones y
necesidades específicas de cada escuela; es por ello que tiene
que contener los resultados de la autoevaluación y evaluación
de la escuela, como línea base para su mejora continua en cada
ciclo escolar; así como planear en un marco anual las
actividades formativas, con metas verificables y puestas en
conocimiento de la autoridad y la comunidad escolar; y
explicitar la forma en que administrará de manera transparente
y eficiente los recursos que reciba para mejorar su
infraestructura, comprar materiales educativos, resolver
problemas de operación básicos, y propiciar condiciones de
participación para que alumnos, madres y padres de familia, o
tutores junto con el director y/o docentes, se involucren en la
solución de los retos que la escuela afronta.
42. Con el recurso del Fortalecimiento para la equidad y la inclusión,
las escuelas podrán contratar asistencia técnica, acondicionar
espacios, además de poder adquirir materiales educativos para
uso de los alumnos, personal docente, y padres de familia; así
como emprender acciones para atender el abandono, rezago,
egreso y aprovechamiento escolar e igualmente realizar
eventos y actividades escolares para fortalecer la convivencia.
43. Para construir una escuela con autonomía de gestión escolar
para el fortalecimiento de la equidad y la inclusión, es
fundamental el acompañamiento de una supervisión escolar
que impulse esquemas renovados y eficientes de intervención,
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que se vea reflejado en el CTE, como un espacio de trabajo
colegiado, constituido para tomar decisiones en favor de los
aprendizajes de los alumnos.
F. Responsabilidades de los integrantes de la comunidad
educativa
§ Director escolar
44. Al Director escolar le corresponde:
i. Acudir puntualmente a laborar los días estipulados en el
calendario escolar autorizado por la SEP y durante el horario
establecido en la escuela, con apego a su jornada laboral,
absteniéndose de abandonar sus funciones durante este
tiempo. Garantizar el pleno cumplimiento del calendario
escolar autorizado por la SEP, a la vez que verificar y asegurar
la prestación regular del servicio educativo en condiciones de
equidad, inclusión, excelencia y normalidad.
ii. Fomentar, fortalecer y reconocer la importancia del desarrollo
de las habilidades socioemocionales de los alumnos, como
recursos que favorecen los aprendizajes e impulsan su
formación integral.
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iii. Asumir una actitud de respeto, compromiso y responsabilidad
hacia su función y generar un ambiente de confianza,
cooperación y calidez entre todos los integrantes de la
comunidad escolar.
iv. Dirigir, coordinar y propiciar la participación de la comunidad
escolar en la organización e implementación de la tarea
educativa para la operación de la jornada escolar, ya sea de 6
horas o hasta 8 horas.
v. Coordinar, participar y favorecer el buen desarrollo del CTE, el
cumplimiento de las acciones previstas y de los acuerdos
establecidos con el colegiado.
vi. Ser un líder académico e impulsar la mejora continua del
servicio que ofrece el centro educativo, actualizarse
permanentemente, favorecer el trabajo colaborativo, propiciar
el avance continuo de la gestión escolar, las prácticas de
enseñanza y los aprendizajes de los alumnos, así como redes
de comunicación con otras escuelas.
vii. Impulsar el trabajo colaborativo entre la plantilla docente,
como un componente clave para fortalecer y actualizar el
conocimiento pedagógico de los contenidos; para mejorar el
desarrollo de interacciones, y para favorecer la consulta, la
reflexión, el análisis, la concertación y la vinculación con la
comunidad escolar.
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viii. Visitar las aulas durante la jornada escolar para orientar,
acompañar y monitorear las prácticas de enseñanza de los
docentes, ayudar a eliminar o minimizar las barreras que
limitan el aprendizaje, motivar la participación de los alumnos,
en las acciones programadas por el docente.
ix. Diseñar estrategias para el seguimiento a la implementación
del currículo vigente, el desarrollo de las Líneas de Trabajo
Educativas, así como el logro de la excelencia educativa, es
decir, el uso efectivo del tiempo en actividades académicas que
favorezcan la formación integral de los alumnos.
x. Propiciar y asegurarse que en el plantel y en el aula impere un
ambiente de aprendizaje sano, tolerante, libre de
discriminación, acoso, malos tratos, violencia y adicciones con
base en el respeto a los derechos humanos y en la promoción
de una cultura de paz.
xi. Impulsar y coordinar la evaluación interna del plantel, como
una actividad permanente, de carácter formativo y tendiente
al mejoramiento de la práctica profesional de los docentes y al
avance continuo de la escuela.
xii. Establecer los mecanismos necesarios para el uso responsable
y transparente de los recursos humanos, naturales, materiales
y financieros con que cuenta el plantel para la mejora del
servicio educativo.
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xiii. Propiciar la comunicación fluida y efectiva de la escuela con las
madres y padres de familia, tutores u otros agentes de
participación comunitaria, así como promover su participación
en las tareas educativas de la escuela.
xiv. Para las escuelas de educación indígena, los directores
deberán también promover la educación plurilingüe e
intercultural basada en el respeto, promoción y preservación
del patrimonio histórico y cultural, para construir una escuela
abierta a la comunidad y a los conocimientos de los pueblos
originarios, así como tomar en cuenta y respetar las formas de
organización comunitaria de la localidad en la que se ubica el
plantel.
xv. Reportar a la Autoridad Educativa Local irregularidades en la
operación del servicio.
xvi. Rendir cuentas ante la Autoridad Educativa Local y la
comunidad escolar sobre los logros educativos, así como de la
administración de los recursos asignados.
xvii. Verificar que la organización y funcionamiento del Servicio de
Alimentación se desarrolle de acuerdo a la normativa vigente;
asimismo informar a las autoridades superiores cualquier
situación extraordinaria que pueda surgir, sin olvidar contar
con un listado del alumnado que presente alergias a distintos
tipos de alimentos y comunicarlo a la Coordinadora/or Escolar
del Servicio de Alimentación.
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§ Docentes
45. A los docentes, tanto en lo individual como en colectivo
profesional, les corresponde:
i. Acudir puntualmente a laborar los días estipulados en el
calendario escolar autorizado por la SEP y durante el horario
establecido en la escuela, con apego a su jornada laboral,
absteniéndose de abandonar sus funciones durante este
tiempo.
ii. Asumir una actitud de respeto, compromiso y conciencia
hacia su función educativa; ser responsable del proceso de
enseñanza aprendizaje, promotor, coordinador, facilitador,
investigador y agente directo del proceso educativo.
iii. Fomentar, fortalecer y reconocer la importancia del desarrollo
de las habilidades socioemocionales de las alumnas y
alumnos, como recursos que favorecen los aprendizajes e
impulsan la formación integral.
iv. Propiciar que en el plantel y en el aula impere un ambiente de
aprendizaje sano, tolerante, libre de discriminación, acoso,
malos tratos, violencia y adicciones con base en el respeto a los
derechos humanos y en la promoción de una cultura de paz;
así como lograr un ambiente de confianza, cooperación,
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respeto y calidez en el aula, que estimule el aprendizaje y la
inclusión de todos los alumnos.
v. Identificar necesidades, intereses, logros y dificultades de
aprendizaje entre sus alumnos, a través de una evaluación
continua y sistemática con enfoque formativo, a fin de definir
diversas estrategias de intervención que contribuyan a
eliminar o minimizar las barreras que limitan el aprendizaje y
que ayuden a mejorar la formación y la participación de los
alumnos en el proceso educativo.
vi. Optimizar el tiempo educativo de acuerdo a las condiciones en
que realiza su labor, al contexto de la escuela, el aula y a las
necesidades e intereses de los alumnos para propiciar en ellos
el gusto por aprender.
vii. Diseñar, planificar, desarrollar y evaluar situaciones de
aprendizaje, secuencias didácticas y proyectos educativos
acordes con los enfoques del Plan y programas de estudio
vigentes, aplicar la propuesta pedagógica del PETC expresada
en las Líneas de Trabajo Educativas, enfatizando aquellas que
impulsen y fortalezcan los aprendizajes de sus alumnos, de
acuerdo a sus necesidades e intereses.
viii. Fomentar que todas las alumnas y alumnos desarrollen
procesos de aprendizaje en los que movilicen sus saberes,
busquen diversas soluciones a los retos que enfrentan y
generen experiencias de aprendizaje significativas, mismos
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que le permitan continuar aprendiendo a lo largo de su vida,
favoreciendo el trabajo colaborativo y el aprendizaje entre
pares.
ix. Promover la participación de todos los alumnos, tomar en
cuenta su conocimiento y experiencia adquirida fuera de la
escuela para su aprendizaje, así como para el desarrollo de las
actividades didácticas.
x. Colaborar en las tareas de organización de la escuela y
contribuir en el diseño, implementación y evaluación del Plan
de Trabajo Escolar.
xi. Participar en el Consejo Técnico Escolar en la Educación,
impulsando el trabajo colegiado y en el aprendizaje entre
pares para fortalecer y actualizar el conocimiento pedagógico
de los contenidos, así como favorecer la consulta, reflexión y el
análisis de su quehacer cotidiano en el aula.
xii. Actualizarse de forma permanente para responder a las
necesidades de aprendizaje de sus alumnos.
xiii. Estrechar y mantener a lo largo de todo el ciclo lectivo vínculos
de trabajo colaborativo con las madres y padres de familia o
tutores para que apoyen en las tareas de la escuela, así como
informarles sobre el avance académico de sus hijos o
tutorados.
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xiv. Considerar la evaluación interna como una actividad
permanente de carácter formativo y con el propósito de
mejorar su práctica profesional; asimismo identificar sus
necesidades formativas y buscar opciones para mantenerse
actualizado, y así contar con los elementos que le permitan
planear de manera individualmente y en colectivo,
asegurando con ello el aprendizaje y la formación integral de
sus alumnos.
xv. En los casos de escuelas de nivel preescolar de educación
indígena, los docentes también deberán:
§ Aplicar la educación plurilingüe e intercultural basada en
el respeto, promoción y preservación del patrimonio
histórico y cultural.
§ Construir una escuela abierta a la comunidad y a los
conocimientos de los pueblos originarios.
§ Cumplir con la obligación de atender pedagógicamente
a las alumnas y alumnos en su cultura y su lengua, así
como apreciar y promover el uso de la lengua indígena;
asimismo, valorar y dar cabida a los conocimientos de los
pueblos originarios en el proceso educativo.
§ Llevar a cabo procesos de contextualización y
diversificación curriculares con la intención de mejorar la
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formación de los alumnos, considerando el
establecimiento de vínculos entre los conocimientos
comunitarios y los aprendizajes esperados de las
asignaturas de educación preescolar.
§ Impulsar la colaboración de diferentes agentes
comunitarios en los procesos de aprendizaje de los
alumnos; así como involucrarse en la cultura de las niñas
y niños que estudian en su grupo para identificarla y
relacionarla con los contenidos curriculares de su
asignatura y los aprendizajes esperados.
§ Propiciar que las madres y padres de familia o tutores de
los alumnos sean sensibles a la importancia del uso de la
lengua materna en el contexto escolar.
§ Fomentar el diálogo y la participación de las madres y
padres de familia o tutores en la vida escolar.
xvi. En el tiempo que los alumnos son atendidos por los profesores
de educación física, segunda lengua o educación artística, -en
los casos que aplique-, utilizarán este tiempo para realizar
actividades de planificación y evaluación de las actividades de
enseñanza, así como para atender a las madres y padres de
familia, o tutores de los alumnos, de preferencia en
colaboración con otros docentes.
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44
§ Alumnos
46. A los alumnos les corresponde:
i. Asistir con puntualidad a la escuela todos los días señalados en
el calendario escolar, permanecer y participar en la jornada
escolar completa, durante la cual se desarrollarán actividades
académicas, socioemocionales, artísticas y físico-deportivas.
ii. Participar, proponer, investigar y compartir con sus
compañeros para lograr el máximo aprendizaje y el desarrollo
integral de su persona.
iii. Involucrarse de forma activa, individual o colectiva, en las
actividades de aprendizaje que promueve la escuela.
iv. Dirigirse con respeto al personal directivo, docente, pares y al
resto de la comunidad educativa.
v. Respetar, conservar y utilizar correctamente los equipos e
instalaciones del plantel y los materiales educativos.
vi. Comunicar a su familia o tutores todos los asuntos
relacionados con la escuela, incluyendo su progreso
académico, sus interacciones con los demás actores escolares
y la participación en eventos educativos y sociales.
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vii. Ampliar sus oportunidades de aprendizaje al:
a. Aprovechar las oportunidades para consolidar sus
aprendizajes relacionados con su lenguaje oral y escrito, el
análisis, la curiosidad intelectual y el sentido crítico como
apoyo al desarrollo de su razonamiento científico y su
pensamiento matemático.
b. Utilizar los espacios disponibles para propiciar diversos
acercamientos al arte y la cultura con el fin de potenciar su
sensibilidad y capacidades de expresión y apreciación
artísticas.
c. Contribuir al desarrollo de una convivencia sana y pacífica,
tanto en el salón de clases como en el centro escolar, donde
prevalezca un ambiente de aprendizaje y tolerancia, libre de:
discriminación, acoso, malos tratos, violencia y adicciones,
basado en el respeto a los derechos humanos, aceptación y
cumplimiento de sus responsabilidades y en la promoción y
aplicación de la cultura de paz.
d. Favorecer su participación en una nueva cultura para su salud
en la que se privilegie el desarrollo de sus competencias para
una sana alimentación, reconoce la importancia de asumir
estilos de vida saludables mediante acciones recreativas,
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deportivas y de desarrollo físico y actitudinal-valorativo, en las
que el juego y la convivencia tienen un papel central.
e. Desarrollar sus habilidades digitales mediante el uso y
aprovechamiento de las TIC, con el propósito de potenciar sus
capacidades y habilidades para el estudio y el aprendizaje.
§ Madres y padres de Familia o Tutores
47. A las madres y padres de familia, o tutores de los alumnos les
corresponde:
i. Comprometerse para que sus hijos o tutorados asistan a la
escuela los días señalados en el calendario escolar y cumplan
con el horario de clase establecido.
ii. Asegurarse de que sus hijos o tutorados lleguen a tiempo a la
escuela, además de ser puntuales para recogerlos a la hora de
la salida, en los casos que esto corresponda.
iii. Dirigirse con respeto al personal docente, alumnado y al resto
de la comunidad educativa.
iv. Participar en el trabajo que hace la escuela, dentro y fuera del
aula (incluidas las tareas o actividades a realizar en el hogar)
para que sus hijos o tutorados, desarrollen competencias que
les permitan buscar, acceder y seleccionar información para
construir nuevos conocimientos.
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v. Participar en las acciones organizadas por la escuela en
relación con los aprendizajes y los servicios que en ella se
prestan.
vi. Colaborar en la Asociación de Padres de Familia y en el Consejo
Escolar de Participación Social en la Educación, para apoyar las
labores del centro educativo, así como en las acciones del Plan
de Trabajo Escolar que procedan.
vii. Establecer acuerdos para promover su participación en
actividades con sus hijos o tutorados, dentro y fuera del centro
escolar, que permitan:
a. Participar en talleres que les ofrezcan elementos para
apoyar la formación integral de sus hijos o tutorados.
b. Colaborar en el análisis de los resultados de
aprovechamiento escolar de sus hijos o tutorados, para
establecer acuerdos sobre el desarrollo de actividades
que favorezcan su avance exitoso en la formación
académica.
viii. Conocer, respetar y llevar a cabo los acuerdos que se
establezcan en conjunto con el director o docente para mejorar
los procesos de aprendizaje y resultados de sus hijos o
tutorados.
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ix. Mantener informados al director, subdirector y a los docentes
de los cambios importantes en la vida de sus hijos o tutorados
que puedan afectar su aprendizaje o su permanencia en la
escuela.
x. Proporcionar diario un refrigerio saludable a sus hijos o
tutorados, así como estar atentos a su estado de salud física,
emocional e intelectual.
xi. Participar de forma responsable en el Servicio de Alimentación,
cuando se ofrezca en el plantel educativo.
§ Consejo Técnico Escolar
48. Al Consejo Técnico Escolar de un preescolar de tiempo
completo le corresponde:
i. Funcionar como órgano colegiado donde se analice, reflexione
y sistematice los procesos de aprendizaje y de enseñanza de
los alumnos y los docentes mismos, con la finalidad de
establecer estrategias de trabajo que contribuyan a la mejora
de los aprendizajes de los alumnos y de las prácticas educativas
y al desarrollo profesional de los docentes.
ii. Apoyar y valorar el ejercicio de los docentes para fortalecer los
procesos de enseñanza y de aprendizaje, a través de la reflexión
sobre su práctica educativa cotidiana, así como establecer
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estrategias de trabajo en conjunto que contribuyan a la mejora
de la formación de los alumnos para el siglo XXI.
iii. Diseñar estrategias y dar seguimiento a la atención que se
brinde a las alumnas y alumnos de bajo aprovechamiento
escolar, rezago o abandono escolar, para que alcancen los
aprendizajes establecidos en el Plan y programas de estudio.
iv. Coadyuvar en la organización, coordinación, supervisión y
evaluación del funcionamiento del plantel.
v. Diseñar, desarrollar y evaluar estrategias para contar con las
condiciones necesarias de seguridad y de cuidado de la salud
para todos los alumnos durante la jornada escolar.
vi. Promover la actualización constante y la interacción efectiva
con otros colegas para beneficiarse de las experiencias
significativas.
vii. Valorar la evaluación interna como una actividad permanente
de carácter formativo y con el propósito de mejorar su práctica
profesional; asimismo identificar sus necesidades formativas y
buscar opciones para mantenerse actualizados, y así contar
con los elementos que les permitan planear de manera
individualmente y en colectivo, asegurando con ello el
aprendizaje y la formación integral de los alumnos.
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viii. Asegurar que en el Plan de Trabajo Escolar se contemple la
incorporación de la implementación de las siete Líneas de
Trabajo Educativas, enfatizando en aquellas que aportan al
fortalecimiento de los aprendizajes de los alumnos de acuerdo
a la evaluación diagnostica realizada.
ix. Colaborar, de manera continua, con la organización,
coordinación, desarrollo, supervisión y evaluación efectiva de
Plan de Trabajo Escolar y de las acciones que se desprendan
del mismo.
x. Diseñar estrategias y dar seguimiento a las modalidades de
compensación del tiempo escolar en los casos que
corresponda.
xi. Realizar una rendición de cuentas a la comunidad educativa
sobre los resultados en el aprendizaje de los alumnos en el ciclo
escolar correspondiente.
§ Supervisión escolar
49. A la Supervisión escolar le corresponde:
i. Verificar y asegurar la prestación del servicio educativo en
condiciones de equidad y calidad, en correspondencia con los
presentes Lineamientos.
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ii. Brindar asistencia técnica a la escuela de nivel preescolar de
tiempo completo respondiendo a las necesidades específicas
que planee; lo que incluye promover y verificar el uso adecuado
y eficiente del tiempo en actividades educativas en las aulas.
iii. Asegurar el buen desarrollo del Consejo Técnico Escolar, lo que
implica asesorar a los directores y docentes en el diseño de
estrategias de atención a las alumnas y alumnos de bajo
aprovechamiento escolar; coadyuvar en la generación de
ambientes de aprendizaje seguros que promuevan el respeto,
la equidad y la inclusión, con el fin de orientar la definición de
alternativas de trabajo para minimizar o eliminar las barreras
para el aprendizaje.
iv. Ejercer un liderazgo académico y favorecer el desarrollo
profesional de directores y docentes, así como el trabajo
colaborativo en las escuelas a su cargo de forma permanente y
sistemática, de modo que se desarrollen procesos de mejora
continua en las prácticas de gestión escolar y de enseñanza, así
como en los aprendizajes de los alumnos.
v. Propiciar un trabajo interdisciplinario entre pares para
compartir experiencias y contribuir a la mejora de las escuelas
bajo su responsabilidad.
vi. Establecer una comunicación permanente con las Escuelas de
Tiempo Completo que se encuentran en su zona escolar, para
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asesorar, acompañar y verificar de manera continua el
desarrollo del trabajo académico en las aulas de acuerdo al
Plan y programas de estudio, el Plan de Trabajo Escolar
respectivo y las Líneas de Trabajo Educativas del Programa.
vii. Garantizar que todos los directores, docentes y alumnos
cuenten con los libros de texto y otros materiales educativos
para llevar a cabo las actividades de aprendizaje.
viii. En el caso de las escuelas de educación indígena, deberá
asesorar y acompañar a los docentes en el desarrollo del
trabajo pedagógico vinculado con los procesos de
contextualización y diversificación curriculares, considerando
el establecimiento de vínculos entre los conocimientos
comunitarios y los aprendizajes esperados de las asignaturas
de educación preescolar, así como el impulso de la
colaboración entre diferentes agentes comunitarios en los
procesos de aprendizaje de los alumnos.
ix. Fortalecer a las escuelas en el ejercicio de la autonomía de
gestión, así como brindar asistencia a los colegiados sobre la
importancia de las evaluaciones internas y externas, la
interpretación de resultados para la mejora del servicio
educativo.
x. Gestionar ante las autoridades correspondientes la atención a
los requerimientos y necesidades de la escuela.
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xi. Informar a directores y docentes las normas e indicaciones
provenientes de la Autoridad Educativa Federal y Local en
relación al Programa.
§ Consejo Escolar de Participación Social en la
Educación (en los casos que corresponda)
50. Al Consejo Escolar de Participación Social en la Educación le
corresponde:
i. Alentar el interés familiar y comunitario por el aprendizaje de
las alumnas y alumnos, así como por las actividades de
organización y funcionamiento de la escuela.
ii. Llevar a cabo las acciones de participación, coordinación y
difusión necesarias para el desarrollo de las actividades
escolares y extraescolares cotidianas del plantel, que
complementen y respalden la formación de los alumnos.
iii. Diseñar y operar, en acuerdo con la Autoridad Educativa Local
y con la comunidad escolar, esquemas para la alimentación
nutritiva de los alumnos, la creación de entornos seguros,
conforme a la normativa vigente.
iv. Propiciar la colaboración del director, docentes, ex alumnos,
las madres y padres de familia o tutores de los alumnos, así
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como de las asociaciones de estos últimos, para realizar
convocatorias de trabajos específicos que permitan el
mejoramiento de las instalaciones escolares.
v. Implementar los comités que la escuela requiera para su
mejor funcionamiento y el logro de los mejores resultados en
los aprendizajes integrales.
G. Administración, transparencia y rendición de cuentas
de los recursos
51. Es función de la Directora/or:
i. Dar a conocer a la comunidad escolar el monto de los recursos
federales, estatales o locales otorgados a la escuela y ejercerlos
de acuerdo con la normativa vigente.
ii. Aplicar los recursos del Programa Escuelas de Tiempo
Completo de forma transparente, única y exclusivamente para
los objetivos previstos y acordados en las Reglas de Operación
vigentes, así como los establecidos por el Consejo Técnico
Escolar, en su Plan de Trabajo Escolar, previo conocimiento de
la comunidad escolar y del Consejo Escolar de Participación
Social en la Educación.
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iii. Administrar los recursos recibidos por parte del Programa a
través de la Autoridad Educativa Local, para la operación y
funcionamiento de la escuela, con base en los criterios de
legalidad, honestidad, eficacia, austeridad y transparencia.
iv. Rendir cuentas sobre la administración de los recursos
asignados ante la Autoridad Educativa Local y la comunidad
escolar.
52. Es función del Supervisor:
i. Verificar que los recursos del Programa se apliquen de forma
transparente, única y exclusivamente para los objetivos
previstos y acordados en las Reglas de Operación vigentes, así
como los establecidos por el Consejo Técnico Escolar, en su
Plan de Trabajo Escolar, previo conocimiento de la comunidad
escolar y del Consejo Escolar de Participación Social en la
Educación.
ii. Garantizar que la escuela administre en forma transparente y
eficiente los recursos que reciba y gestione para mejorar su
infraestructura, comprar materiales educativos y resolver
problemas de operación básicos considerados en su Plan de
Trabajo Escolar.
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iii. Verificar, asesorar y apoyar a la escuela acerca de la rendición
de cuentas ante la Autoridad Educativa Local y las
comunidades escolares sobre el ejercicio de los recursos
asignados.
53. Es función del Consejo Escolar de Participación Social en la
Educación:
i. Dar a conocer a la comunidad escolar el monto de los recursos
federales, estatales o locales otorgados a la escuela por parte
del Programa y vigilar que sean ejercidos de acuerdo con la
normativa vigente. Asimismo, informar sobre el monto y uso de
los recursos recabados por el Consejo Escolar de Participación
Social en la Educación.
ii. Observar el eficiente ejercicio de los recursos que reciba la
escuela para la operación del Programa, en apego a los
principios de honestidad, eficacia, eficiencia, transparencia y
rendición de cuentas.
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Disposición única
54. Cualquier situación no prevista en los presentes Lineamientos
será resuelta por la Autoridad Educativa Local, en acuerdo con
la Autoridad Educativa Federal.
LINEAMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ESCUELAS DE TIEMPO COMPLETO EDUCACIÓN PREESCOLAR
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