linea del tiempo - evaluación local
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ESCUELA NORMAL DEL ESTADO
“PROFR. JESÚS MANUEL BUSTAMANTE MUNGARRO”
EVALUACIÓN PARA EL APRENDIZAJE
“EVOLUCIÓN DE LA EVALUACIÓN EN SONORA”
ALUMNOS (AS):
BARRERAS CORRAL MELISSA
DOMINGUEZ LEON KENIA MARIA
GARCIA RAMIREZ ROSSANGELI
GUERRERO AMADOR ANA JUDITH
HEREDIA TAPIA ELIZABETH
LEYVA MORENO ALEXANDRA
MARTINEZ SAMANIEGO ANITZA ROSARIO
MOROYOQUI ARCE MARIA FERNANDA
RUIZ GARCIA VICTOR ADRIAN
RUIZ VASQUEZ LORENIA GUADALUPE
4° “A” LIC. EN EDUCACIÓN PRIMARIA
FEBRERO DEL 2014
LÍNEA DEL TIEMPO: “EVOLUCIÓN DE LA EVALUACIÓN EN SONORA”
1989 – 1994 →Surge el Programa para la Modernización Educativa
El Programa para la Modernización Educativa responde a la necesidad de promover
aprendizajes cualitativamente mejores que permitan a los educandos un
desempeño más participativo y eficaz en los planos individual y colectivo.
Este documento expone las líneas generales de un enfoque de evaluación que
sugiere una mayor responsabilidad y compromiso de educandos, docentes y
comunidad para elevar la calidad educativa. La evaluación constituye el principal
mecanismo de regulación del proceso de enseñanza – aprendizaje.
Tiene los siguientes principios:
La evaluación debe estar al servicio del alumno: fomentar el autodidactismo
para seguir aprendiendo y proveer de un sentido de responsabilidad y
autonomía abriendo la posibilidad de aprender a autodirigir los mecanismos
de evaluación.
La evaluación debe permitir reconocer tanto los logros individuales como los
grupales: vista de esta forma, la evaluación se constituye como un medio
educativo para fomentar el trabajo colectivo y la superación grupal.
La evaluación debe armonizar las prácticas pedagógicas con las exigencias
administrativas: en este sentido, es importante hacer coincidir las prácticas
pedagógicas y administrativas, es decir, armonizar los alcances de la
evaluación con fines formativos, con la necesidad de reflejar los resultados
del aprendizaje en un documento que los acredite.
La evaluación debe ser un medio de superación para el docente: propicia un
cambio de actitud que incline al docente a desear y buscar medios para su
desarrollo y actualización.
La labor del docente debe transformarse significativamente, su atención ya no debe
ser captada por la búsqueda de alumnos dotados y de los que carecen de las
facultades para tener éxito en la empresa educativa, ahora el esfuerzo magisterial
se ha de dirigir a trazar de manera objetiva la eficacia y las posibilidades reales de
los procedimientos educativos.
19 de septiembre de 1994 →Promulgación del Acuerdo número 200
En él se establecen normas de evaluación del aprendizaje en educación primaria,
secundaria y normal. Dicho acuerdo, en conformidad con la Ley General del
Educación establece que la evaluación de los educandos comprenderá la
evaluación de los conocimientos, las habilidades, las destrezas y en general, el
logro de los propósitos establecidos en los Planes y Programas de Estudios.
Además, que la evaluación permita al docente orientar a los alumnos durante su
proceso de aprendizaje y asimismo, asignar calificaciones parciales y finales
conforme a su aprovechamiento, en relación con los propósitos de los programas
de estudio.
1999 → La evaluación mantiene un sentido valorativo regido por
números.
Se entiende por evaluación la realización de un conjunto de acciones encaminadas
a recoger una serie de datos en torno a una persona, hecho, situación o fenómeno,
con el fin de manifestar un juicio valorativo.
Los sistemas educativos y formativos, y el profesorado cumplen una doble tarea: la
de guiar el proceso de aprendizaje del alumno y la de calificarlo, acreditándolo para
que pueda pasar el curso u obtener un título.
17 Agosto del 2004 → Se crea el decreto creado por el Instituto de
Evaluación Educativa del Estado de Sonora.
Durante del periodo de gubernatura del presidente Eduardo Bours Castelo se
aprobó el decreto creado por el Instituto de Evaluación Educativa del Estado de
Sonora que es un acta administrativo emanado habitualmente por el poder ejecutivo
que reforma y adiciona diversas disposiciones. Dicho decreto se aprobó en el
Estado de Sonora el día 17 de Agosto del 2004 y se publicó el 26 de Agosto del
mismo año. Así mismo se dio vigencia un día después.
26 de agosto del 2004 → Se crea el Instituto Evaluación Educativa del Estado de Sonora.
Se crea el Instituto de Evaluación Educativa del Estado de Sonora, como un
organismo descentralizado de la administración pública estatal, de carácter técnico,
dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, sectorizado a la Secretaría de
Educación y Cultura.
El Instituto nace con la disposición de ofrecer información clara y transparente,
relevante y precisa, tanto al Sistema Educativo Estatal, como a la sociedad en
general, quienes deben estar informadas sobre la situación de la educación y del
uso de los recursos destinados a la misma.
En 2009 → en el marco de la RIEB, la SEP integró un grupo de trabajo
con la participación del Instituto Nacional de Evaluación para la
Educación (INEE).
Con la finalidad de diseñar una propuesta para evaluar y reportar el proceso de
desarrollo de competencias de los alumnos de Educación Básica, en congruencia
con los planes y programas de estudio. Así inició la transición a la Cartilla de
Educación Básica con una etapa de prueba en 132 escuelas primarias. Sus
resultados apuntaron a la necesidad de revisar y ajustar los parámetros referidos a
los aprendizajes esperados, al tiempo que el docente deberá invertir para su
llenado, y a la importancia de que cuente con documentos que le orienten para el
proceso de evaluación formativa.
25 de Noviembre de 2010 → Se ajusta el decreto creado para el Instituto
de Evaluación del Estado de Sonora por el presidente Guillermo Padrés.
Para fortalecer al organismo evaluador del Sistema Educativo Estatal, el Lic.
Guillermo Padrés Elías, mediante Decreto que reforma el Decreto de Creación del
Instituto de Evaluación Educativa del Estado de Sonora, crea el Instituto de
Innovación y Evaluación Educativa del Estado de Sonora.
6 de Julio del 2012 → Se aplica la Evaluación Universal a docentes de
educación básica.
En Sonora se aplicó la Evaluación Universal a docentes de educación básica, se destacó que este tipo de acciones contribuyen al fortalecimiento de los programas académicos de formación continua y generan estrategias pertinentes que contribuyen a la mejora de la calidad de la educación, tener información e indicadores para el análisis y diseño de fortalezas, oportunidades de mejora en el sistema educativo, sin afectar derechos laborales de docentes.
Ciclo escolar 2011-2012 → La boleta de evaluación para la educación
primaria y secundaria incorpora Estándares de Habilidad Lectora y el
criterio Aprobado con condiciones.
La aplicación de esta boleta reconoce la necesidad de realizar registros que
permitan trazar trayectos de atención personalizada para los estudiantes.
Se utiliza una Boleta de evaluación educación primaria periodo escolar 2011-2012.
Características:
Boletas de evaluación de educación primaria con claves BA01012, BA02012,
BA03012, BA04012, BA05012, y BA06012.
Se utiliza un número entero y una cifra decimal, sin redondear y enseguida con
letra, el promedio General Anual. Utilice la escala oficial de calificaciones del 5
al 10. La calificación mínima aprobatoria es 6.0. El Promedio General Anual se
obtiene al sumar las calificaciones finales de todas las asignaturas evaluadas y
dividir el resultado entre el número de éstas.
NO PROMOVIDO(A) Si el (la) alumno(a) no aprueba Español o Matemáticas; o
si aprueba esas dos asignaturas, pero su Promedio General Anual es menor de
6.0.
Registre la Calificación Final de cada asignatura, la cual se obtiene al sumar las
calificaciones parciales y dividir el resultado entre cinco, por ser éste el número
de calificaciones parciales. La Calificación Final se debe registrar con un número
entero y una cifra decimal, sin redondear.
Se evalúan los NIVELES DE LOGRO DE LA COMPETENCIA LECTORA:
VELOCIDAD, COMPRENSIÓN Y FLUIDEZ DE LECTURA.
Para poder aplicar en forma objetiva y homogénea los criterios establecidos en cada
escala de valoración de la Velocidad, Comprensión y Fluidez de Lectura, se
recomienda seguir el procedimiento establecido del Manual de Procedimientos para
el Fomento y la Valoración de la Competencia Lectora en el Aula.
El único objeto de la valoración de la Competencia Lectora, es brindar mayor
información sobre este elemento de aprendizaje indispensable para el desempeño
académico de los propios educandos. Los resultados de la valoración no deberán
condicionar por sí mismos la promoción de grado de los(as) alumnos(as).
Se recomienda llevar a cabo la medición de los niveles de logro de la Velocidad,
Comprensión y Fluidez Lectora, en cuatro momentos a lo largo del ciclo escolar:
durante el inicio del ciclo (durante agosto y a más tardar en septiembre), en los
meses de noviembre y marzo, así como al final del ciclo escolar (durante el mes de
junio).
La Velocidad de Lectura es la habilidad del alumno para pronunciar palabras
escritas en un determinado lapso de tiempo intentando comprender lo leído. La
velocidad se expresa en palabras por minuto.
La Comprensión Lectora es la habilidad del (de la) alumno(a) para entender el
lenguaje escrito; implica obtener la esencia del contenido, relacionando e integrando
la información leída en un conjunto menor de ideas más abstractas, pero más
abarcadoras, para lo cual los lectores derivan inferencias, hacen comparaciones, se
apoyan en la organización del texto, etcétera.
La Fluidez Lectora es la habilidad del (de la) alumno(a) para leer en voz alta con la
entonación, ritmo, fraseo y pausas apropiadas que indican que los estudiantes
entienden el significado de la lectura, aunque ocasionalmente tengan que detenerse
para reparar dificultades de comprensión (una palabra o la estructura de una
oración). La Fluidez Lectora implica dar una inflexión de voz adecuada al contenido
del texto respetando las unidades de sentido y puntuación.
2013 → La Secretaría de Educación Pública modifica el Acuerdo 648
para la evaluación de la educación básica.
La Secretaría de Educación Pública (SEP) dio a conocer la modificación del Acuerdo
648 por el que se establecen las normas generales para la evaluación, acreditación,
promoción y certificación escolar en la educación básica, dentro de las que destaca
la entrega del Certificado de Educación Básica a quienes concluyan preescolar,
primaria y secundaria.
Con dichos cambios la evaluación del desempeño de los preescolares será
exclusivamente cualitativa, pero sin clasificar el aprovechamiento de los alumnos
con calificativos como destacado, satisfactorio, suficiente e insuficiente ni se
emplearán referencias numéricas.
Durante el proceso educativo, el docente reunirá las evidencias, observaciones y
recomendaciones del aprovechamiento del menor, las anotará en la Cartilla de
Educación Básica para que los padres de familia o tutores contribuyan a mejorar el
desempeño de sus hijos o pupilos, acreditándolo con la leyenda: “concluyó la
educación preescolar”.
Los niveles primero, segundo y tercero de primaria se acreditarán con sólo cursarlos
y el alumno pasará al siguiente año escolar; sin embargo, el acuerdo modificado
fortalece la autoridad del docente a fin de que, en caso de que los menores que
cursen segundo y tercero no alcancen los aprendizajes correspondientes, puedan
repetir el año cuando obtengan un promedio final menor a seis.
Esta reforma no obliga a los profesores a retener a los estudiantes, pero sí los
faculta para adoptar la decisión que mejor amerite el caso sin descartar la opinión
de los padres de familia o tutores, inclusive, la del director del plantel.
El 19 de diciembre 2013 → Tanto el INEE como la SEP firmaron un
comunicado para explicar el por qué la prueba quedaba suspendida
para 2014.
Tenía como propósito valorar el logro académico de los estudiantes de educación
básica, en lectura y en matemáticas y era de un control sencillo , incluso los
resultados no eran públicos, sólo podían acceder a ellos los directivos, los
estudiantes, los maestros y los padres de familia a través de una clave que
proporcionada por la propia SEP.
El propio Secretario dio a conocer que será en 2015 cuando el INEE presente un
nuevo mecanismo de evaluación que por ley deberá estar listo a más tardar el 15
de mayo de este año, por lo que la prueba ENLACE como hoy se conoce quedará
descontinuada.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS:
SEP. (2011). Plan de estudios 2011. México DF: SEP.
SEP (2013). INSTRUCTIVO DE LLENADO DE LA BOLETA DE EVALUACIÓN EDUCACIÓN PRIMARIA PERIODO ESCOLAR 2011-2012. Recuperado en Febrero del 2014 de http://qacontent.edomex.gob.mx/idc/groups/public/documents/edomex_archivo/dgeb_pdf_doc_ill_01.pdf
Secretaría de Educación Pública. (31 de Agosto de 1994). Acuerdo número
200. Recuperado el 05 de Febrero de 2014, de
http://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/3f848841-8476-4596-
9835-d71e306221a3/a200.pdf
ALGRANO. (2013). AlGrano.mx. Recuperado el 06 de Febrero de 2014, de
Prueba Enlace: http://algrano.mx/index.php/titulares/1183-la-prueba-enlace-
como-la-conocemos-llega-a-su-fin
Secretaría de Educación Pública. (08 de Abril de 2013). Secretaría de Educación Pública. Recuperado el 06 de Febrero de 2014, de sep.gob.mx: http://www.sep.gob.mx/es/sep1/C0470413#.UvhiTPQW2AM
Secretaría de Educación y Cultura. (1999). La evaluación educativa. En Antología "Evaluación en el aula" (págs. 35 - 54). Hermosillo: Talleres Gráficos de la SEC.
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