libro iniciacion al derecho
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Programa Municipalizado de Formación en Derecho del Área dePrograma Municipalizado de Formación en Derecho del Área de Ciencias Políticas y Jurídicas de la Universidad Nacional ExperimentalCiencias Políticas y Jurídicas de la Universidad Nacional Experimental
Rómulo Gallegos a Través de la Misión Sucre. Rómulo Gallegos a Través de la Misión Sucre.
Iniciación alIniciación al Derecho Derecho
Triunfadores Como en Ayacucho.
AUTORIDADES UNIVERSITARIAS
DR. LUIS ENRIQUE GALLARDO
RECTOR
PROF. RAMÓN ANTONIO GALINDO
VICERRECTOR ACADÉMICO
PROF. JESÚS CEPEDA
VICERRECTOR ADMINISTRATIVO
DRA. ALIX BAUTISTA
SECRETARIA
2
EQUIPO ASESOR
DR. LUIS ENRIQUE GALLARDO RECTOR UNIVERSIDAD RÓMULO GALLEGOS
PROF. RAMÓN ANTONIO GALINDOVICERRECTOR ACADÉMICO UNIVERSIDAD RÓMULO GALLEGOS
ING. DEYANIRA CARRIOLA DE CARREÑO COORDINADORA ACADÉMICA DE MISIÓN SUCRE
COMISIÓN REDACTORA
ING. DEYANIRA CARRIOLA DE CABOG. LILIA BASTIDAS R.ABOG. IVAN REINOSOABOG. ARELIS GONZALEZ. ABOG. SARA H. CALLOCCHIA. S.ABOG. ROSA CARIDAD DELGADO S.ABOG. JANILBET MORALES
TRANSCRIPCIÓN Y DISEÑO
BR. ELIAS OSWALDO DELGADO APOYO TÉCNICO INFORMATICA UNERG. T.S.U SIDALIA DE SOUSA. NELLYS CORDERO
3
EDICION ESPECIAL CON FINES EDUCATIVOS PARA EL PROGRAMA MUNICIPALIZADO DE FORMACIÓN EN DERECHO.
DEYANIRA CARRIOLA LILIA M BASTIDAS R.IVAN REINOSOARELIS GONZALEZ. SARA H. CALLOCCHIA. S.ROSA CARIDAD DELGADO S.JANILBET MORALES
SAN JUAN DE LOS MORROS, ABRIL DE 2005
4
Iniciación AlIniciación Al Derecho. Derecho.
MINISTRO DE EDUCACION SUPERIORDR. SAMUEL MONCADA
PRESIDENTE DE LA FUNDACIÓN MISIÓN SUCRE JUAN CARLOS GONZÁLEZ
SITIOS OFICIALES.
http://WWW.MES.GOV.VE http://WWW2.MISIONSUCRE.GOV.VE
DIRECCIONES ELECTRONICAS DEL PROGRAMA MUNICIPALIZADO DE FORMACIÓN EN DERECHO.
PMFD_UNERG@HOTMAIL.COM DEYCARR@YAHOO.ES
LOPEZDELIASO@HOTMAIL.COM
5
INDICE GENERAL.
Pág. NºPRESENTACIÓN.............................................................................................8INTRODUCCIÓN...........................................................................................10ADMINISTRACION DE LA UNIDAD CURRICULAR.....................................15INTENCIÓN CURRICULAR...........................................................................16JUSTIFICACIÓN DE LA UBICACIÓN............................................................16ORIENTACIONES PARA LOS PROFESORES ASESORES........................17ORIENTACIONES A LOS ESTUDIANTES:...................................................19SUGERENCIAS DE EVALUACIÓN DE LA UNIDAD CURRICULAR............20DESARROLLO TEMÁTICO DE LA UNIDAD CURRICULAR INICIACION AL DERECHO.....................................................................................................21CONTENIDO DE LAS UNIDADES CURRICULARES:..................................21COMPETENCIA.............................................................................................22NOCIONES GENERALES DEL DERECHO..................................................22FINES DEL DERECHO.................................................................................22DESARROLLO DE LOS MÓDULOS DE APRENDIZAJE.............................23MÓDULO I.....................................................................................................23ESTRATEGIAS DE APRENDIZAJE SUGERIDAS........................................30CLASIFICACIÓN, ACOGIDA POR LA CÁTEDRA, DEL DERECHO POSITIVO......................................................................................................31Derecho Constitucional:.................................................................................32DERECHO VIGENTE....................................................................................35DERECHO EFICAZ.......................................................................................35DERECHO VÁLIDO:......................................................................................35DERECHO EFICAZ.......................................................................................35CUADRO DE LAS ACEPCIONES DEL DERECHO......................................36ESTRATEGIAS DE APRENDIZAJE PROPUESTOS:...................................38MÓDULO II....................................................................................................40LOS FINES DEL DERECHO- VALORES JURÍDICOS. LA JUSTICIA, EL BIEN COMÚN, LA SEGURIDAD JURÍDICA Y LA EQUIDAD........................40LA JUSTICIA..................................................................................................42BIEN COMÚN................................................................................................43“MOUCHET y ZORRAQUI” (1970)................................................................43DELOS. (1944)..............................................................................................44RODRÍGUEZ ARIAS. (1961).........................................................................44LA SEGURIDAD JURÍDICA...........................................................................44LA EQUIDAD.................................................................................................45APLICACIÓN DE LA EQUIDAD POR PARTE DE LOS JUECES VENEZOLANOS............................................................................................46ESTRATEGIAS DE APRENDIZAJE SUGERIDAS........................................47BIBLIOGRAFIAS............................................................................................48
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EL VELO SE HA RAZGADOYA HEMOS VISTO LA LUZ
MAS NUNCA NOS LLEVARÁN A LA OSCURIDAD
HUGO RAFAEL CHAVEZ FRÍAS
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
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PRESENTACIÓN
La atención de la dimensión humana debe ser tema primordial dentro
de un Proceso de Formación Educativa.
Esta tarea tan noble, demanda la integración con su entorno para
alcanzar la verdadera Justicia Social y la lucha efectiva contra la exclusión
social.
La oportunidad de estudio que hoy se presenta, sin discriminación
social, étnica o de género, consagrado en el Programa Municipalizado de
Formación en Derecho del Área de Ciencias Políticas y Jurídicas de la
Universidad Nacional Rómulo Gallegos (UNERG), representa una estrategia
de Estado ejecutado a través del órgano rector del Ministerio de Educación
Superior, que rompe por esta vía los círculos de exclusión, garantizando la
calidad, entendida ésta, como un concepto vinculado al compromiso la
equidad y la solidaridad y no sólo a un enunciado meramente técnico.
Reconocemos la valiosa colaboración de todos los colegas en el área
del Conocimiento Jurídico y de otras áreas disciplinarias quienes con su
aporte, ideas, sugerencias y producción de materiales, libros, registros y
demás creaciones grupales o individual, abrirán los caminos por los cuales
han de transitar los estudiantes del Programa Municipalizado de Derecho de
la UNERG, en compañía de los Profesores Asesores y Profesoras Asesoras,
vinculándose constantemente con las comunidades que forman parte de su
entorno, en donde se produce su proceso de formación.
Los materiales que se ofrecen persiguen que el estudiante alcance las
competencias que deben lograr al transitar en las diferentes unidades
curriculares contempladas en el plan de estudios, lo que verdaderamente lo
llevará a la construcción del Proyecto Comunitario Socio Jurídico, el cual
conforma el eje central contemplado en este currículo
Las orientaciones plasmadas en los diferentes manuales no
representan pasos y acciones cerradas, sino que los conceptos se expresan
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con planteamientos o caso específico ampliamente desarrollados, donde se
invita que el recorrido para la construcción y apropiación de los saberes,
surjan de acciones que lo induzcan a reflexionar y a sistematizar, la práctica
que desaprenden, lo que están aprendiendo a aprender y lo que aprenden
haciendo y conviviendo con la realidad. Producto de esta vinculación se
contribuye a lograr un crecimiento individual y al mismo tiempo
comprometido con la comunidad.
Se invita a una lectura general de todo el Programa Municipalizado de
Formación en Derecho, cuyo propósito es tener una visión en conjunto sobre
su estructuración para que se familiaricen con este modelo educativo y
pueda ser más productivo e interesante, la búsqueda de un nuevo camino,
hacia la refundación de la república, sustentado en el país que queremos
para nosotros y para los generaciones por venir.
ING. DEYANIRA CARRIOLA DE CARREÑO MSc.
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INTRODUCCIÓN
Se presenta la oportunidad, de formar un Profesional del Derecho,
capaz de desarrollar una visión crítica y analítica frente a las Ciencias
Jurídicas, donde puedan pensar libremente, incentivando su capacidad
creativa, dentro de un contexto histórico de profundos cambios, asumidos
con una posición reflexiva de la realidad bajo una formación integral, con alto
sentido ético, de honestidad y responsabilidad de su misión social hacia lo
justo, y hacia la dignidad humana, logrando una participación protagónica en
la renovación e innovación de la realidad jurídica nacional y comunitaria.
En este sentido, se demanda la incorporación al inicio del proceso de
formación, niveles de conocimientos que garanticen el logro de las
competencias esperada dentro del perfil del profesional.
Seguidamente se hará referencia a las orientaciones necesarias al
comienzo del estudio del Programa de Derecho, en donde se pretende en
este trimestre inicial, que el estudiante fortalezca su decisión de formarse en
esta área del conocimiento jurídico.
La unidad curricular iniciación al derecho, incorporada para este
trimestre inicial, posee dos módulos que se adelantan de la unidad curricular
Introducción al Derecho previstas en el plan de estudio que son:
Módulo I: Nociones generales del Derecho
Módulo II: Fines del Derecho Valores Jurídicos.
En el primer módulo el estudiante empezará a concebir los
conocimientos elementales e ineludibles para la comprensión y manejo del,
saber jurídico proporcionándole un desempeño idóneo con las herramientas
necesarias para establecer relaciones personales y patrimoniales de forma
que pueda interactuar y proyectarlos en beneficios a la comunidad.
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Se pretende romper con el enfoque que tradicionalmente ha venido
desarrollándose en el diseño del currículo, porque el estudiante al adquirir
una noción histórica y jurídica de las nociones del derecho individual, podrá
construir y comprender la visión social de los fines esenciales orientados.
Su preocupación al mundo exterior, indispensable para lograr el
bienestar individual y colectivo, no se pretende partir de contenido
preestablecidos únicos y universales, se habla más bien de un conocimiento
con pertinencia social, en donde más que imponer los contenidos que se
desarrollaran en esta unidad, se inviten a una indagación profunda y criticas,
en condiciones sociales históricas diferentes donde se hace necesario la
contextualización y la aplicación de ese conocimiento.
Se habla entonces, de un impacto diferente que generará esta
modalidad de estudio no convencional, en donde el estudiante desarrollará
una capacidad de observación crítica en dirección a un proceso de reflexión
y debate en donde el papel del profesor(a) asesor(a) como facilitador(a) de
este proceso ayudará a abordar los saberes relacionados a las nociones
generales del derecho, donde se presentarán sus definiciones dirigidas a
que sean interpretados y comprendidos en el sentido de la acción, que
abarca el interés que debe impulsarse en el estudiante hacia el conocimiento
teórico y su puesta en práctica para lograr un conocimiento emancipador.
Igualmente, este trimestre inicial esta estructurado por un segundo
módulo que abordará los fines que persigue el derecho como rector, en el
ámbito jurídico de la conducta humana, en esta dimensión se aplicará un
nuevo modo de producción de conocimiento que supere la simplicidad y
pueda transitar entre la inter y transdisciplinariedad, uniendo la teoría a la
practica y conjugando el saber y el hacer.
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El fin primordial que persigue el derecho se consagra en los valores
jurídicos representado por la justicia, el bien común, la seguridad jurídica y la
equidad, en este terreno el estudiante podrá preparar su participación
ciudadana hacia el logro de la paz y la armonía como fin esencial para
bienestar colectivo.
Se plantea que la construcción de sus saberes estén ligados a una
participación integral, en la formulación, planificación, ejecución y evaluación
de todos los fines que son atinentes al interés común de los ciudadanos,
postulando aprendizajes con un verdadero significado donde se incorpora
como eje formativo la acción investigativa que rebasa toda instrucción
programada.
Estamos ante un reto que implica reflexión y construcción de saberes,
ante las exigencias de transformación educativa que se impulsan
actualmente en Venezuela, donde se conforma una modalidad de estudio
que se inicia en desaprender a aprender investigando y aprendiendo a
convivir y a ser para poder descubrir, reinventar y transformar.
Este enfoque de una educación flexible y abierta da libertad a una
nueva concepción del conocimiento, rompiendo paradigmas establecidos de
una educación secular, donde se requiere de estrategias de aprendizajes
también emancipadora buscando vínculos al estudiante con su entorno y en
su contexto socio cultural, despertando la curiosidad ante realidades
concretas que el profesor(a) asesor(a) presentará como temas de reflexiones
y que generalmente esas realidades serán presentadas bajo situaciones
conflictivas, o para el reconocimiento o modificación de un hecho, que
demanda una creación jurídica en donde necesariamente deben manejar
conocimientos previos que le permitan aportar ideas, opiniones y
apreciaciones del asunto planteado.
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Con esta estrategia el profesor(a) asesor(a) promoverá en el
estudiante la búsqueda de procedimientos e interpretaciones jurídicas sobre
el problema o tema elegido que deberán ser reforzada con prácticas y
acciones ejecutadas dentro de su comunidad.
En este sentido el profesor(a) asesor(a) actuará como un facilitador
mediador entre el estudiante y el manejo de las nociones generales del
Derecho y los fines que este persigue, se pretende desde el primer
encuentro con los estudiantes, que éstos identifiquen sus motivaciones y
desarrollo de saberes ayudándolos a superar el desconocimiento que
inicialmente trae del derecho, flexibilizando su aprendizaje a través de
lecturas sugeridas e interpretativas, pero contextualizadas, evitando
exposiciones lineales para que se favorezca la indagación por el estudiante
a través de preguntas, contrastes y problematizaciones.
Considerando el contexto y la modalidad de este estudio el
profesor(a) asesor(a) debe manejar los recursos con los que cuenta,
utilizando múltiples estrategias que se articulen entre una revisión
bibliográfica, videoconferencia, uso de videos, información disponible en la
Web, y discusiones grupales, entre otros. De manera que una vez
ensamblada pueda el estudiante conducir su aprendizaje que van desde
lluvias de ideas comprendidas o dirigidas, hasta abordaje de situaciones
problemáticas que lo motiven a explorar e investigar, desarrollando la
capacidad crítica de innovación y creación, siendo importante que el
profesor(a) asesor(a) maneje individualmente al estudiante, pues cada uno
puede presentar diferentes ritmos y tiempos en su proceso de aprendizaje.
Por lo que se sugiere cubrir los déficit detectados a través de
asesorías colectivas o individuales identificando y aprovechando la
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diversidad de estilo de estudios a favor de la construcción de nuevos
conocimientos.
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ADMINISTRACION DE LA UNIDAD CURRICULAR
UNIDAD CURRICULAR MÓDULO TEMAS
INICIACIÓN AL DERECHO
I.- Nociones generales del Derecho y su clasificación
- Derecho Natural, Derecho Positivo, Derecho Objetivo, Derecho Sustantivo, Derecho Adjetivo, Derecho Subjetivo, Derecho Vigente, Derecho Eficaz y Derecho Válido.
II.- Fines del Derecho - Valores Jurídicos, Justicia, Equidad, Bien Común, Seguridad Jurídica
Se ha diseñado la siguiente distribución y carga horaria que se
desarrollan en el transcurso del trimestre inicial con una duración de 14
semanas
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INTENCIÓN CURRICULAR.
JUSTIFICACIÓN DE LA UBICACIÓN.
La razón de la ubicación de esta unidad curricular al inicio del estudio
del derecho; es por cuanto la misma representa un piso firme para avanzar
en la formación integral de los estudiantes, esto le permitirá avanzar en el
recorrido del camino que conforma el currículo de este profesional de las
ciencias jurídicas. Los contenidos plasmados en este material contribuyen a
la valoración y apropiación de los aprendizajes y la generación de impacto
que este tendrá en su práctica profesional.
En la medida que vayan avanzando y profundizando en los
conocimientos de su formación, se precisará y requerirá la ampliación de la
visión inicial que se espera lograr en este trimestre inicial. Dando paso a un
marco de conocimientos jurídicos profundos existentes que serán las fuentes
que demandará la construcción del proyecto comunitario Socio – jurídico.
Se pretende introducir en el estudiante, el hábito de contextualizar,
contrastar y controlar permanentemente los aprendizajes y
actos que emprenderán y elegirán ante realidades y situaciones concretas
que enfrentarán cuando continúe su recorrido de formación
En este orden de ideas, se asegura que a través de estos saberes
jurídicos el estudiante se colocará en posición de analizar e interpretar las
bases fundamentales del conocimiento formativo, para comprender e
inmiscuirse en el estudio de las otras asignaturas que componen las
diferentes unidades curriculares por cursar.
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ORIENTACIONES PARA LOS PROFESORES ASESORES
Para alcanzar los logros de esta Unidad Curricular se propone la
realización de una serie de actividades y trabajos enmarcados en
estrategias dirigidas de tal manera el estudiante conozca y discuta los temas
construidos en los dos módulos que conforman la unidad curricular de
iniciación al derecho se sugiere las siguientes orientaciones:
- Selecciona y busca información relacionada a los temas
objetos de estudio para que organice grupos de trabajo donde
se desarrollen lecturas críticas de los materiales escritos
visuales, audiovisuales, auditivos, y promueva en el grupo la
producción de materiales escritos en función de comunicar
sus interpretaciones y aportes que sirvan de enriquecimiento
colectivo de los saberes.
- Antes de comenzar el módulo se recomienda haber leído
todos los documentos que le son suministrados
complementándolos con búsquedas particulares que
enriquezcan la temática.
- Procurará que al finalizar la unidad curricular se logre que
los estudiantes conozcan reflexionen, y se sensibilicen hacia
las nociones generales del derecho y su aplicación así como
a los fines que persigue esta.
- Se recomienda que el primer día de encuentro se utilice parte
del tiempo para la presentación personal y el conocimiento
mutuo, además de conversar sobre los acuerdos de
convivencia que deben guiar el comportamiento que como
actores de la Misión Sucre debe Regir.
- Conviértete en un orientador que promueva la curiosidad y la
investigación de los participantes.
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- Selecciona situaciones problemáticas de realidades concretas
que estén vinculadas a los temas comprendidos y que sean
los miembros del grupo a través de un espíritu de
cooperación y solidaridad entre ellos, que encuentre la
respuesta y la aplicación del saber jurídico ante las situaciones
planteadas.
- Promueva en el grupo el emprendimiento y creatividad,
audacia y actitud de cambio y de inventiva como actividades
esenciales que debe desarrollar el estudiante en formación.
- Seleccione de acuerdo a la temática y a la situación
problemática vinculada a estas actividades las acciones que
realizadas en aula y otras que puedan ser llevadas en
próximos encuentros o en contexto particular.
- Recuerde que el propósito fundamental de este modelo
educativo y transformador, es desarrollar en el estudiante una
actitud crítica y reflexiva ante problemas específicos de su
comunidad.
- Sugiere para próximos encuentros que indague y profundice
sobre los temas abordados para que sean discutidos y
analizados a través de diferentes dinámicas de grupo que
convengan entre usted y los participantes.
- La dinámica de encuentro en esta unidad curricular pueden
ser abordados a través de un encuentro temático donde se
reúnen para discutir y reflexionar sobre los temas de la unidad
curricular, procurando que de cada encuentro se produzca una
exposición oral o síntesis de discusiones.
- La dinámica debe ser flexible pero se requiere que el grupo de
estudiantes hayan realizado lecturas de textos sugeridos
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relacionados con las temáticas que se discutirán previos al
encuentro.
- El otro encuentro corresponde al estudio independiente en
donde el grupo conformará su grupo de reuniones para
intercambiar críticas, observaciones, aportes y sugerencias,
que contribuyan a mejorar el trabajo de todos.
- Promueva entre los estudiantes redes de conocimiento,
planifica y ejecuta eventos con invitados conocedores o
involucrados en asuntos jurídicos y que puedan ofrecer
charlas y conferencia a los estudiantes.
- Planifica, organiza y establece conjuntamente con los
estudiantes el cronograma y el horario de los encuentros.
ORIENTACIONES A LOS ESTUDIANTES:
- Desarrolla una lectura crítica de los materiales propuestos
para la discusión en los encuentros temáticos entre el profesor
– profesora asesor – asesora y el grupo de estudio.
- Recuerda que tu participación en las discusiones, reflexiones
e intercambios grupales de cada uno de los temas, es
importante para fortalecer tu autoaprendizaje.
- Participa activamente en todos los programas que se
organicen como parte esencial dentro del proceso de
formación, recuerda que siempre debes estar desaprendiendo,
aprender haciendo, aprender a ser y aprender a convivir.
- Desarrolla hábitos de estudios que permitan guardar y
registrar tus experiencias vividas durante la vinculación con la
comunidad.
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SUGERENCIAS DE EVALUACIÓN DE LA UNIDAD CURRICULAR
- Al término de la unidad curricular, el estudiante debe presentar
como producto final un trabajo que recoja los saberes jurídicos
adquiridos y el manejo que se hizo de estos a través de la
vinculación o realidades concretas, los cuales deberán ser
difundidos y comunicados ante el profesor(a) asesor(a),
miembros de la comunidad y el grupo de estudiantes.
- Pueden utilizar como medio de divulgación un programa de
radio, boletín informativo, una bitácora de tus experiencias o
un documento electrónico o video.
- El producto final debe plasmar los logros educativos
alcanzados durante el desarrollo de la unidad curricular
Iniciación al Derecho, por ello, es importante que determines
que has conocido, qué has entendido, qué acciones realizaste
para vincularte con tu comunidad, cómo lo hiciste.
- La evaluación de la unidad curricular la construirá el profesor
asesor tomando como criterios generales:
- Que el estudiante haya realizado todas y cada una de las
actividades programadas.
- Que a través de las experiencias surgidas entre el estudiante y
las situaciones afrontadas o debatidas manejadas, desarrolle
habilidades para abordar situaciones parecidas.
- Establecer relaciones de participación o no participación del
estudiante a través de una evaluación y supervisión continua.
- La capacidad de manejar situaciones con la aplicación debida
del conocimiento jurídico.
- Habilidad del estudiante para manejar conceptos.
- Todo lo indicado en el Reglamento de Programa Nacional de Formación. Elaborado por el Ministerio de Educación Superior.
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DESARROLLO TEMÁTICO DE LA UNIDAD CURRICULAR INICIACION AL
DERECHO.
Los contenidos temáticos que se desarrollarán en esta fase de
iniciación, estarán comprendida por dos módulos correspondientes a la
unidad curricular introducción al derecho, contemplada en el primer año del
Programa Municipalizado de Formación en Derecho del Área de Ciencias
Políticas y Jurídicas de la Universidad Rómulo Gallegos para la misión
Sucre.
Estos módulos serán acreditados, y formarán parte de la evaluación
total acumulada para esta unidad curricular que se iniciará en el primer año
del Programa.
La finalidad de introducir al estudiante al conocimiento jurídico en
este trimestre inicial permitirá al profesor asesor observar y diagnosticar en
el estudiante la vocación hacia esta área del conocimiento, orientándolo
hacia las competencias que se deberán alcanzar dentro del perfil
profesional del egresado.
En este sentido, se presentarán las unidades temáticas de cada
módulo donde el profesor ampliará, expondrá y motivará al grupo, a través
de estrategias de aprendizaje facilitando en el estudiante el desarrollo
integral de su conocimientos y saberes.
CONTENIDO DE LAS UNIDADES CURRICULARES:
Están conformadas por dos módulos:
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Módulo 1: Nociones generales del Derecho, su ubicación. Definiciones
de: Derecho Positivo, Derecho Natural, Derecho Objetivo, Derecho Subjetivo,
Derecho Sustantivo, Derecho Adjetivo, Derecho Vigente, Derecho Eficaz,
Derecho Válido, Derecho Público y Derecho Privado.
Módulo 2: Fines del Derecho. Valores Jurídicos La Justicia. El Bien
Común. La Seguridad Jurídica y la Equidad.
COMPETENCIA.
En correspondencia con el perfil profesional del abogado el
estudiante deberá adquirir durante esta fase inicial, un conocimiento general,
en cada uno de los módulos contemplados en la unidad de Iniciación al
Derecho a continuación se Señalan y que le servirán para ir formando la
estructura de todo el conocimiento jurídico posterior
NOCIONES GENERALES DEL DERECHO.
El nuevo Abogado por medio del saber jurídico logrará herramientas
fundamentales para las relaciones interpersonales como patrimoniales las
cuales aplicará en el ejercicio profesional y así mismo orientado a los
ciudadanos de su comunidad en cuanto al conocimiento de derechos
Individuales y Colectivos de acuerdo a la normativa legal vigente.
FINES DEL DERECHO.
El Derecho como rector en el ámbito jurídico de la conducta humana,
en todas sus actividades, desde su concepción hasta la desaparición del
hombre; persigue unos fines como son los valores jurídicos: La Justicia, El
Bien Común, La Seguridad Jurídica y La Equidad, por medio de los cuales
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alcanzaría la paz, la armonía, para el logro y comprensión de la visión social
de los fines comunitarios esenciales para el bienestar colectivo.
DESARROLLO DE LOS MÓDULOS DE APRENDIZAJE.
MÓDULO I.
NOCIONES GENERALES DEL DERECHO, SU UBICACIÓN.
DEFINICIONES DE: DERECHO POSITIVO, DERECHO NATURAL,
DERECHO OBJETIVO, DERECHO SUBJETIVO DERECHO SUSTANTIVO,
DERECHO ADJETIVO, DERECHO VIGENTE, DERECHO EFICAZ,
DERECHO VÁLIDO, DERECHO PÚBLICO Y DERECHO PRIVADO.
Durante el transcurso de este módulo el estudiante conocerá,
reflexionará y discutirá sobre las primeras nociones generales del derecho su
ubicación y sus diferentes definiciones.
Partiendo de las culturas más remotas podemos determinar que el
derecho no fue descubierto o creado en un momento determinado de la
historia, las comunidades primitivas estaban fundamentalmente reguladas
por normas de tipo religiosas, las cuales fueron cambiando en la medida en
que surgieron las necesidades y los problemas sociales, y con ellas la
búsqueda de normas que mediante un poder tuviera la posibilidad de
hacerlas cumplir, es así como se transforma el derecho de la religión hasta
llegar a constituir un cuerpo de normas totalmente separadas.
Es importante destacar que de un conjunto incipiente ha llegado a ser
un conjunto complejo de sistema normativo, el cual regula toda la actividad
del trajinar de la vida diaria e interviene en cada uno de nuestros actos, para
el logro de una convivencia idónea, donde todos tengan las mismas
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oportunidades, participación y respeto de esos ideales orientados a la paz
social; el hombre para alcanzar esos ideales debe vivir inmerso en el mundo
social interrelacionando con otros individuos con los que coexiste y colabora
en una mutua ayuda y complementación, está llamado a vivir en sociedad, y
está claro que la vida en sociedad requiere un respeto mutuo entre los
miembros, una división de actividades hacia determinados objetivos, es decir
un orden. Para lograrlo se hacen necesarias las normas jurídicas, es decir el
Derecho, de ahí la célebre frase. Donde existe la sociedad, allí hay Derecho
“ubi societas, ibi ius”, de vivir el hombre solo no estaría sometido a normas
morales y religiosas; el hombre como ente social que es vive en sociedad,
por lo tanto toda su actividad está invadida por el derecho desde su aparición
y desaparición (concepción y muerte), la actividad diaria, los viajes, los
estudios, los negocios, todo está prescrito o permitido por el Derecho.
Por otra parte podemos decir que el derecho como sistema de normas
que es, regula todas las actividades de las personas y ordena su
comportamiento en la sociedad con miras a conseguir un orden social
indispensable para su desarrollo y perfeccionamiento.
El Derecho está ubicado en el mundo de la cultura, el universo de lo
espiritual, de las creaciones del quehacer humano, de obras dotadas de
sentido de lo producido (para algo), expresa la manera de cómo (debe ser) el
comportamiento de los individuos.
Podemos determinar que el objeto de nuestro estudio reviste una gran
importancia para la vida, ya que mediante el derecho se regulan los más
diversos aspectos y ángulos, lo cual hace posible la convivencia social.
Egaña, M. (1984) define los siguientes Términos como:
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Autor Definiciones
Derecho PositivoSegún Egaña, M.
(1984)
Derecho Positivo conjunto de norma imperativas-
atributivas que en una época en un país determinando la
autoridad política las ha declarado obligatorias para regular la
conducta de la sociedad
Derecho Positivo:
Es el derecho creado por el hombre, para regir su actividad en sociedad, reconocido como tal por los órganos idóneos de la comunidad, en un momento y lugar determinado. La positividad es un hecho que estriba en la observación de cualquier precepto, vigente o no vigente. La positividad es pues, la observancia, el estudio que pueda realizarse sobre una normativa vigente o no vigente. La vigencia se refiere a una norma cuando está en vigor o es de obligatoria observancia, la normativa jurídica consagra la vigencia de la ley venezolana en el artículo 1 del Código Civil: “La ley es obligatoria desde su publicación en la Gaceta Oficial o desde la fecha posterior que ella misma indique”, la vigencia se encuentra íntimamente vinculada con el tiempo de vigor, con el tiempo en que esa norma es de obligatorio cumplimiento y está estrechamente ligada a la validez. El derecho es válido, cuando este es eficaz o cuando comienza a hacer surtir efectos jurídicos, cuando origina consecuencias jurídicas. La validez presenta varias acepciones: desde el punto de vista espacial, desde el punto de vista temporal, desde el punto de vista material y desde el punto de vista personal. Desde el punto de vista espacial, la autoridad de la ley se refiere al territorio, a la eficacia de la norma jurídica en el país. Se extiende a todas las personas naturales y extranjeras, es decir a los sujetos a quienes se impone la obligación de sujetarse a la autoridad de la ley. Desde el punto de vista temporal, se refiere desde cuando la norma es vigente, hasta cuando está en vigor. Desde el punto de vista material se refiere a la categoría de la norma y su vigor y vigencia en una determinada materia, ejemplo no se puede aplicar una norma del derecho laboral al derecho penal, a menos que la norma lo contemple. Desde el punto de vista personal, se refiere a si son normas de validez individual o de validez general partiendo de que las normas de validez individual van dirigidas a un sujeto en especial y las de validez general van dirigidas a todos los ciudadanos, en el
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primer caso se presenta como ejemplo: el testamento, se aplica al beneficiario de la muerte del causante y en el segundo caso, se puede establecer como ejemplo la norma que establece la naturaleza de la venta.
División del Derecho Positivo.
Para el derecho positivo es de vital importancia la clasificación del derecho en público y privado. Esta distinción viene de las fuentes formales con Ulpiano, existiendo de igual manera autores que niegan esta distinción. Ante estos León Duguit, Hans Kelsen, para este último, la distinción entre derecho público y derecho privado, tiene que ver con los conceptos de autonomía y de heteronomía. La utilidad de esta distinción tal como sostiene Kelsen, es relativa ya que no sirve como fundamento de una sistematización general del derecho. Sin embargo se ha venido dividiendo estos tipos de derecho,
Derecho NaturalSegún Egaña, M.
(1984)
Derecho Natural: el cual no es creado por el hombre, y es concebido como un conjunto de principios intrínsecamente justo y derivado de la razón divina, y descubierto por la inteligencia del hombre. El Derecho natural vale por si mismo, en cuanto intrínsecamente justo; el positivo es caracterizado atendiendo su valor formal
El Derecho Natural: Es un conjunto de máximas fundamentadas en la equidad, la justicia y el bien común, que no imponen el legislador y nacen de la misma conciencia humana.
También se le ha conceptualizado, como el conjunto de principios intrínsicamente justos, derivados de la razón divina y descubiertos por la inteligencia del hombre, permanentes, eternos o inmutables que, por encima del derecho positivo, regula la actividad humana. El derecho natural no es creado por el hombre y permanece esencialmente el mismo puesto que la naturaleza humana es siempre la misma.
Se ha discutido mucho en cuanto a la preeminencia entre el derecho natural y positivo, dando lugar a corrientes del pensamiento: el ius-naturalismo y positivismo. La primera no acepta la existencia de un orden normativo, cuyas disposiciones valgan frente a mandatos del derecho positivo; la segunda sostiene que en caso de que existan divergencias entre la norma positiva y la de derecho natural priva esta última, por ser intrínsicamente justa.
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En cuanto a la referencia histórica del derecho natural, se presenta, que fueron los griegos, los primeros que lo plantearon. Sófocles, puso en boca de Antígona, en la tragedia griega “El grito de Antígona” una respuesta al tirano Kreón, palabras que son la idea de un orden superior a los caprichos y convenciones de los legisladores terrenos. También los Estoicos, concibieron la existencia de una ley natural dominadora del mundo, “vivir conforme a la naturaleza”.
El pensamiento romano concibe la existencia de un derecho natural del cual se nutre el derecho de gentes, común a todos los pueblos y un derecho civil, que rige a cada pueblo en particular.
En la edad Media el cristianismo perfeccionó el derecho natural, sin perder la herencia de la antigüedad. Después los siglos XVII y XVIII, el racionalismo trajo consigo la revisión del derecho natural y se estableció con Hugo Grocio, que eran los dictados por la recta razón, que indica a alguien la existencia de una necesidad (deber) moral, de acuerdo con su conformidad o inconformidad con la misma naturaleza racional y social. Los autores de la escuela clásica de derecho natural lo establecieron como: el conjunto de principios provenientes de la naturaleza humana pura, con el propósito de que ésta sin ningún aditamento artificial sirva de base al derecho. El siglo XX presenció la resurrección del derecho natural, las viejas teorías aparecieron con un nuevo ropaje y se multiplicaron.
Es así se presentaron las teorías de los positivistas y iusnaturalistas, los primeros aceptan la existencia de un orden normativo cuyas disposiciones valgan frente a mandatos del derecho positivo, los segundos, sostienen que, en caso de divergencia entre la norma positiva y la de derecho natural, priva esta última por ser intrínsicamente justas.
Derecho Objetivo Según Egaña, M.
(1984)
El Derecho en sentido Objetivo es el conjunto de preceptos que impone deberes y concede facultades
Derecho Objetivo: El derecho objetivo se le precisa como un conjunto de normas que rige obligatoriamente la vida humana en sociedad. Son leyes que gobiernan la actividad humana en la sociedad . El derecho objetivo, es el conjunto de normas que impone deberes y derechos, es decir, es el derecho del ordenamiento
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jurídico. De lo antes expuesto se infiere que es derecho objetivo: el derecho romano, el Derecho Público. De acuerdo a la opinión de los autores, es imposible la existencia del derecho subjetivo, sin la presencia del objetivo, ya que al no existir la norma nada se hace con tenerse o concederse la facultada que permite el solicitar el cumplimiento de la primera.
Derecho Subjetivo Según Egaña, M.
(1984)
Derecho Subjetivo: se apoya en el derecho objetivo el cual le concede la facultad de exigir de los demás una determinada conducta.
Derecho Subjetivo: El derecho desde el punto de vista subjetivo está vinculado a las personas que lo tienen o ejercitan. En este sentido el derecho consiste en la facultad que tiene cada uno para obrar en cierto modo frente a los demás. Cuando se dice: “derecho de los trabajadores”, “derecho de legítima defensa”, se hace referencia a algunas de las facultades , poderes. Ese conjunto de facultades es lo que se llama derecho subjetivo, porque contempla al derecho en función del sujeto que lo posee o lo pone en movimiento. La facultad deriva de la norma que lo reconoce y consagra
Esa facultad perteneciente a un individuo y de las cuales puede prevalecer respecto a sus semejantes en el ejercicio de su actividad. El derecho en sentido subjetivo indica un poder, una facultad o una potestad. El derecho subjetivo dicen los autores, expresa un poder de la persona garantizado por el ordenamiento jurídico, para la satisfacción de intereses legítimos. A este derecho subjetivo, supone correlativamente la existencia de otra persona, un deber jurídico. Es del todo punto difícil, pensar en un derecho subjetivo que no esté previamente reconocido, implícitamente o explícitamente en las normas de derecho objetivo. Esa evidente correlación que existe entre el derecho norma y derecho facultad, es necesario distinguirla cuidadosamente porque el concepto de derecho y por lo tanto su significado, son muy distintos en uno u otro caso. Este derecho subjetivo será objeto de nuestro estudio en un capítulo aparte.
Derecho Sustantivo
Según Egaña, M. (1984)
Al hablar Derecho Sustantivo nos estamos refiriendo aquellas ramas del ordenamiento jurídico que regulan y fundamentan directamente el contenido de los deberes y derechos, ejemplo el código Civil y el código Mercantil
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Derecho Sustantivo
Según Egaña, M. (1984)
Derecho Adjetivo estamos hablando de los instrumentos que el ordenamiento jurídico le otorga al sujeto para activar los Órganos Administrativos de Justicia, para la defensa de las facultades y cumplimientos de los deberes, consagrados en la norma Derecho Sustantivo.
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ESTRATEGIAS DE APRENDIZAJE SUGERIDAS
Orientación para la acción-reflexión
1) Retoma todo aquello que has registrado durante tus experiencias
de vinculación con el ambiente de aprendizaje y la comunidad donde te
encuentras, e incorpóralo conscientemente a tus necesidades de
información, aportando soluciones basadas en los saberes adquiridos.
2) Comparte con los compañeros del grupo de aprendizaje reflexiones
que sirvan para intercambiar experiencias y a través de ellas obtener mayor
conocimiento para así aplicarlos en la solución de situaciones jurídicas
detectadas o diagnosticadas en tu comunidad.
3) Rosa le debe a Sara la cantidad de un millón de bolívares. Sara
tiene la facultad de exigirle a Rosa que le pague la deuda. Diga usted según
los conceptos antes estudiados ¿Quién le otorgó esa facultad a Sara para
exigir el cumplimiento de esa obligación?
4) En materia penal se tipifican los delitos y las penas en el Código
Penal y en el Código Orgánico Procesal Penal están los procedimientos a
seguir para su enjuiciamiento. Indique ¿Cuál es la norma Sustantiva y cual
es la Adjetiva?
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Derecho Público: Muchos autores han considerado que el
Derecho Público se refiere al Estado, a su organización, a sus
relaciones. Para unos tratadistas entre estos a Giner de Los Ríos,
referido por Eljuri J(1960), sostienen que este derecho no se
diferencia del derecho privado, sino que esta fue establecida por
costumbre de la época.
CLASIFICACIÓN DEL DERECHO POSITIVO.
Derecho Privado: vive bajo la tutela del derecho público, y que
sin el derecho público no es posible el derecho privado, sin embargo
se ha señalado que el derecho público debe continuar siendo el
protector de derecho privado y no su amo. La excesiva publicitación de
las relaciones del derecho privado lleva a la hipertrofia y omnipotencia
del Estado y al aniquilamiento de la personalidad del individuo. Esta
división del derecho es fundamentalmente conceptual, en la realidad
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CONSITUCIONAL ADMINISTRATIVOTRIBUTARIO FISCAL PROCESAL PENALMILITAR
INTERNACIONAL PUBLICO
CIVIL MERCANTIL
INTERNACIONAL PRIVADO
INTERNO
EXTERNO
INTERNO
EXTERNO
Laboral Agrario
I DERECHOPUBLICO
II. DERECHOPRIVADO
III. DERECHOMIXTO
de la vida jurídica se entrecruzan e interfieren normas de ambos
derechos
Derecho Constitucional:
Es un rama del derecho público interno que determina la
forma del Estado, su estructura fundamental, las funciones de su
órganos y las relaciones de estos entre si y con los particulares.
Organización de los poderes del Estado y las garantías de los ciudadanos.
Desde el punto de vista formal, la palabra constitucional, se
aplica al documento que contiene las normas relativas a la estructura
fundamental del Estado, desde el punto de vista material, a la
organización política, a la competencia de los diversos poderes y a los
principios concernientes al status de las personas.
Las fuentes del derecho constitucional son: la Constitución política,
las leyes constitucionales y las costumbres constitucionales. En
Venezuela la fuente es la Constitución, la cual es la solemne
sistematización legal de los principios fundamentales que rige la nación
venezolana.
b) Derecho Administrativo: el derecho administrativo, se ocupa
de todo el conjunto de detalles que resultan de la ejecución del plan
de conjunto, relativo a la forma del Estado, trazado por el Derecho
Constitucional. Trata sobre la administración publica, es la relación entre el
Estado y sus diversos órganos estatales y los particulares.
Se encarga de la aplicación de los principios generales. El
derecho administrativo, presenta el plan detallado de este
33
funcionamiento en sus menores órganos. El constitucional sienta los
principios y el administrativo vela por la aplicación de los mismos. El
derecho constitucional sienta el principio de soberanía nacional, pero
el Derecho Administrativo, es el que se ocupa de hacer la aplicación
determinando las condiciones que deben regir las elecciones.
c) El Derecho Fiscal: Es un conjunto de normas jurídicas que
regula la imposición, cumplimiento y recaudación de impuestos en todo
el Estado. Derecho Penal: Regula el ejercicio del poder coercitivo del
Estado en salvaguarda del orden social. El derecho penal forma parte del
derecho público interno y según el penalista Eugenio Cuello Calón, es
el “conjunto de normas que determinan los delitos y las penas que
el Estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad
que el mismo establece para la prevención de la criminalidad” (p.23).
Los elementos clásicos del derecho penal son los delitos y las penas,
para luego incluirse el delincuente
Derecho Internacional Público: Rige las relaciones de los Estados
entre si, y la de estos con ciertas entidades que sin ser Estados tienen
personalidad jurídica internacional.
Derecho Procesal: Es un sistema de normas positivas según
las cuales deben obrar las partes y los jueces, aquellas para pedir y
obtener justicia y estos para rendirla.
Derecho Financiero: Es el conjunto de normas que se refieren a los
gastos y recursos del Estado y la aplicación de estos a aquellos.
Derecho Municipal: Se refiere a la Organización y atribuciones del
municipio y la regulación de sus relaciones con el Estado y los particulares.
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1.2.2. Derecho Privado:
a) Derecho Civil:
Es el conjunto de normas jurídicas aplicables a los ciudadanos
Romanos (ROMA). Actualmente es el que rige al hombre como tal, sin
consideraciones de sus profesiones o actividades peculiares, regla sus
relaciones con sus semejantes y con el Estado. Satisface necesidades
genéricamente humanas.
Sus principales instituciones son: a) PERSONALIDAD- b) FAMILIA- c)
PATRIMONIO- d) HERENCIA
Derecho Comercial: Regula las relaciones jurídicas especiales
derivadas de los actos de comercio y actividades comerciales.
Derecho de Navegación: Reglas jurídicas que rigen las relaciones
jurídicas derivadas de la navegación.
Derecho Internacional Privado: Es el conjunto de normas que rigen
las relaciones jurídicas que tiene algún elemento extranjero.
1.2.3. Derecho Social o Mixto:
Derecho Industrial:
Se ocupa de las relaciones derivadas de la industria (Ej. Marcas y/o
Patentes).
Derecho Laboral: Estudia la relación entre empresarios y
trabajadores, y ambos para con el Estado.
Derecho Minero: Este Derecho, se desprende del administrativo y
del civil respectivamente, presentando así su carácter mixto.
Derecho Agrario También denominado agrario, regula los intereses y
actividades que tienen como base la explotación de la tierra, u otra industria
agropecuaria.
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DERECHO VIGENTE.
Parte de la noción del Derecho Positivo, entendemos que es vigente
cuando referido a un momento determinado de la historia es de obligación su
observancia por la comunidad.
El derecho es vigente, cuando su observación es obligatoria por
la comunidad y eficaz, cuando los hombres en la realidad práctica
observan las normas que la integran. La primera se comprueba a
priori y la segunda a posteriori. Se entiende que el derecho es válido
en dos sentidos: material y formal, será formalmente válido el derecho
vigente y materialmente válido el derecho eficaz.
DERECHO EFICAZ.
Es Eficaz cuando los hombres en la realidad práctica, observan las
normas que lo integran. La vigencia puede ser determinada a priori por la
simple comprobación de la existencia de la norma; pero la eficiencia solo
puede comprobarse a posteriori.
DERECHO VÁLIDO:
Se habla de este derecho en dos sentido como formalmente válido, o
sea Derecho Vigente, o materialmente válido.
DERECHO EFICAZ.
La validez formal (y la vigencia) dependen de que la norma haya
pasado por los requisitos pautados para devenir la obligatoria; es la eficacia,
de defectiva observancia del mandato por los destinatarios de la norma.
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CUADRO DE LAS ACEPCIONES DEL DERECHO.
Fuente Egaña S. (1984)
DERECHO OBJETIVO DERECHO SUBJETIVO Conjunto de normas que
imponen deberes y derechos. Ejemplo: El Derecho Romano y el Derecho Público.
Existencia de la norma jurídica. Regula la actividad de los
individuos a través de un conjunto de reglas.
Indica un Poder una Facultad o una Potestad.
Poder de la persona garantizado por el ordenamiento jurídico por la satisfacción de intereses legítimos.
Genera derechos y deberes jurídicos.
DERECHO SUSTANTIVO DERECHO ADJETIVO Ramas de ordenamiento
Jurídico reguladoras y que fundamentan el contenido de los deberes y facultades.
Ejemplo Derecho Civil, Derecho Penal, Derecho Mercantil, Derecho Administrativo.
Es el conjunto de instrumentos que el ordenamiento proporciona al sujeto para la defensa de las facultades y cumplimiento de los deberes.
Ejemplo: Derecho Procesal: Civil, Mercantil, Penal
DERECHO VIGENTE DERECHO VALIDO DERECHO EFICAZ Se refiere a un
momento determinado de la historia.
Obligatoriamente lo observa la comunidad, es decir es de obligatoria observancia
Está integrado por las reglas de origen consuetudinario que el Poder Público reconoce y por los preceptos que formula.
Sólo se justifica en la medida en que realice los dictados del Derecho
Formalmente válido (Derecho Vigente).
Materialmente válido (Derecho Eficaz).
La validez formal y la vigencia depende de que la norma halla pasado por los requisitos pautados.
La validez material depende de la efectiva observancia del mandato por los destinatarios de la norma.
Es eficaz cuando los hombres en la realidad práctica.
Observan las normas que lo integran.
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Natural.. Le corresponde los
preceptosDERECHO PÚBLICO DERECHO PRIVADO
Regula la actividad del Estado. Organiza el estado. Cuando el obligado no participa
en la creación de la norma es decir, si una voluntad ajena a la suya se le impone, si la creación de la norma es heterónoma.
Ejemplo de Derecho Público: Constitucional, Administrativo, Procesal, Penal, Internacional Público, Financiero.
Determina las relaciones entre individuo e individuo, igualmente subordinado al Estado
Cuando la obligación del sujeto nace de un acto en cuya formación participa el individuo obligado.
Le corresponde los preceptos de carácter genérico que integran la jurisprudencia obligatoria y las normas individualizadas.
Es el políticamente reconocido, es decir, el que el estado crea o aplica por medios de sus órganos posee supuestos sociológicos.
Ejemplo: Derecho Civil, Derecho Mercantil, Derecho Internacional Privado.
Por ejemplo la existencia del estado, formalmente válida.
PLANTEAMIENTO DE GARCÍA E. (1980)INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DEL DERECHO.
DERECHO OBJETIVO DERECHO SUBJETIVO. Conjunto de normas. Preceptos imperativo- atributivo. Reglas. Impone deberes. Concede facultades.
Es una función del Derecho Objetivo.
Está dentro del Derecho Objetivo.
DERECHO POSITIVO DERECHO NATURAL. Es caracterizado atendiendo a
su valor formal, sin tomar en cuenta la justicia o injusticia de su contenido.
Vale por si mismo en cuanto es intrinsicamente justo.
Son normas cuyo valor no depende de elementos extrínsecos.
Es único y auténtico.
Reflexión: Previo haber leído y comentado con sus compañeros y asesor el material presentado. Establezca discusiones sobres hechos sucedidos en su municipio, su región y/o cualquier otro lugar en donde se apliquen estas acepciones ejemplo deslave de Vargas
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ESTRATEGIAS DE APRENDIZAJE PROPUESTOS:
Luego de haber leído las definiciones planteadas te sugerimos que
respondas las siguientes interrogantes:
¿Encuentra diferencias o semejanzas entre las definiciones del
Derecho anteriormente dadas?
¿Cuáles hechos o situaciones donde has participado se puede aplicar
algunas de las definiciones estudiadas?
Construya una definición propia de las Acepciones del Derecho y
luego discútelas con el grupo.
Te sugerimos revisar el material referencial “nociones Generales del
Derecho” e investigar y ampliar los conocimientos en esta materia de otras
fuentes para lograr un mayor enriquecimiento de los saberes jurídicos.
Recuerda que el eje central de formación es la construcción del
Proyecto Comunitario Socio Jurídico que elaboran en el Primer Año del
Programa de Derecho para ello es necesario que analices casos sobre tu
comunidad.
Orientación para la reflexión
Las siguientes preguntas te ayudaran a ordenar la reflexión, acerca
de cómo has participado en tu realidad, lee con atención las siguientes
aseveraciones y responde a continuación sobre el primer Módulo de esta
unidad curricular.
1) En el caso que una embarcación naufrague y algunos sobrevivientes
lleguen a una isla desconocida y desierta, donde no haya ninguna norma
jurídica y escrita y ocurre un homicidio entre ellos; diríamos entonces que
se le a privado de su derecho a la vida, ahora bien, una vez analizada la
definición de Derecho Natural y Positivo, diga usted ¿cual de estos derechos
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se han violado?
40
MÓDULO II.
LOS FINES DEL DEREHO- VALORES JURÍDICOS. LA JUSTICIA, EL BIEN
COMÚN, LA SEGURIDAD JURÍDICA Y LA EQUIDAD.
En este módulo abordaremos un tema sumamente importante como
son los Fines del Derechos- Valores Jurídicos, los cuales conducen a la
comprensión de la Justicia, El Bien Común, La seguridad Jurídica y La
Equidad, mediante ellos el bachiller se inicia en el estudio de las leyes
proporcionándole una formación básica, para ir preparándolo de tal manera
no solo tenga un criterio jurídico, sino también para dotarlo del espíritu crítico,
que lo conducirá al estudio de la legalidad, la investigación y a la práctica
jurídica a nivel de pre-grado.
Los conocimientos de justicia, bien común, seguridad y equidad
deberán acompañarlo en su ánimo como “criterio valorativo”, los cuales les
permitirán entender en que medida las leyes se adaptan a la realidad social o
pueden ser distorsionadas de ellas. Es necesario señalar que solamente
manteniendo vivos estos criterios críticos-constructivos, podrá el futuro jurista
ser el agente de cambio social que requiere el país.
Cabe destacar, que el derecho como toda obra del hombre, ha sido
creado para algo, tiene un objetivo final que a la vez es su razón de ser. Es
decir el fin es toda cosa en sí, y por lo tanto el Fin del Derecho tiene aspectos
importantes que destacar:
Que los Fines del Derecho, son aquellos que sirven de fundamento a
un verdadero “deber”, que a su vez constituye la norma jurídica.
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Que es un valor que realiza una función importante en la vida del
hombre, y que éste tenga conciencia de su existencia.
Es importante acotar, que el Fin de Derecho, es un Valor, o mejor dicho
una serie de valores de carácter ético social, por cuanto se desarrollan en el
ámbito social, y a la vez sirve de orientación a la estructuración de un orden
jurídico positivo, esta función se realiza por el contenido del bien y del valor
que posee el Fin del Derecho.
De tal manera, que podemos decir que el fin no es otra cosa que un Valor
puesto y reconocido como razón de norma de conducta, como un fin
determinado en nuestro comportamiento.
No se concibe ningún fenómeno jurídico sin la participación de los
cultores de otras disciplinas, tales como la Filosofía del derecho quien se
ocupa de la valoración del mundo de lo jurídico a través de las ramas
especiales: La Axiología, la deontología jurídica.
Son muchos los autores que coinciden en lo fundamental al hablar de los
Fines del derecho la diferencia son matices de expresión sobre la
importancia o la jerarquización de los mencionados fines a los efectos
señalados algunos criterios:
Para Mouchet y Zorraquin,(1970) el derecho tiene por objeto implantar un
orden en la vida social. Por lo tanto dicen “a estos dos fines principales
justicia y orden añadiremos otros dos accesorios, paz y seguridad; e
integramos todos en la noción más amplia y comprensiva del Bien Común.
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El Instituto Internacional de Filosofía del Derecho y Sociología Jurídica
discutió una serie de valiosos trabajos en los que se admitía que los fines del
Derecho son fundamentales tres: Justicia, Bien Común y Seguridad Jurídica.
A continuación se estudiaran cada uno de los Fines del derecho de
manera resumida con atención a la importancia que ellos revisten:
LA JUSTICIA.
Si hacemos mirada retrospectiva, nos daremos cuenta qué nos señala la
coincidencia de pensamiento sobre la justicia a lo largo de la historia de la
filosofía, se ha entendido siempre como la igualdad, proporcionalidad,
armonía, medida de cambio y distribución, ha sido considerado como el valor
jurídico por excelencia
La Justicia puede verse desde cuatro puntos:
1. Desde su fundamento ontológico (en el reino del ser) y lógico en su
conocimiento.
2. Desde el aspecto subjetivo el cual nos interesa la justicia como virtud.
3. La estudiaremos desde un punto objetivo y realista, prescindiendo de
la virtud a la intimidad del hombre justo ocupándonos solamente del
Ordenamiento Jurídico que realiza la justicia en la vida social.
4. Ángulo, se mira al derecho como el ideal o “valor que el derecho
pretende obtener con la mayor perfección posible.
La Justicia según Ulpiano:
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“La Justicia es la constante y perfecta voluntad de dar a cada uno lo
suyo”.
BIEN COMÚN.
Otra de las finalidades que tiene el Derecho es el Bien Común, una idea
que puede resultar algo imprecisa por su generalidad. Para poder
determinarle, se podrá en contraparición con otro ideal, el cual es bien
individual. Las personas en su actividad normal tratan de obtener su propia
superación; dando que él no es solo vive y se relaciona con otras personas
para lograr sus fines individuales debe adecuarlas a la sociedad a la cual
pertenece, por lo tanto uno puede actuar de espalda a ella sin tomar en
cuanta los elementos colectivos que determinan el aspecto lícito de su
acción, puede ser que el hombre en el afán de un buen personal como es la
comodidad pueda transitar triangularmente desprovisto de vestimenta por
las calles; sin embargo razones del bien colectivo- Bien Común, enrazadas
con la moralidad pública se lo impiden.
Es importante señalar que la Sociedad no sólo es bien desinteresado,
sino también ente para el grupo social, por cuanto todas y cada una de ellos
se enriquecen, de allí la importancia de nacer y vivir en una sociedad
desarrollada que en otra semi-salvaje, en la primera podrá perfeccionarse su
conducta sacarle más provecho que en la segunda. Estos aspectos del Bien
Común se definen a continuación:
“MOUCHET y ZORRAQUI” (1970)
“El Bien Común consiste simultáneamente en el bien de la sociedad y a
los individuos cuando son parte de la sociedad”.
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DELOS. (1944)
“El conjunto organizado de condiciones sociales, gracias a las cuales
la persona humana puede cumplir su destino natural y sobre natural”.
RODRÍGUEZ ARIAS. (1961)
“Conjunto de valores, bienes y experiencias que contribuyen a la
conservación y al progreso de la comunidad y al bienestar material, moral e
intelectual de las personas que viven en ella”.
LA SEGURIDAD JURÍDICA.
De manera coloquial podemos decir que la seguridad Jurídica “estar
seguro”, seguridad es estar protegido de todo peligro. Idea esta que se usa
también en el campo del derecho.
Radbruch. G. (1952) la define como:
“Seguridad Jurídica es la garantía dada al individuo de que una
persona, sus bienes y derechos no serán objeto de ataque violentos, y si
éstos llegaran a producirse la sociedad les asegura protección y separación,
es decir de que si propia persona, núcleo familiar y bienes estén
garantizados por el derecho positivo. En cierta forma esta garantía llamada
seguridad se confunde con la justicia porque también es una finalidad y una
aspiración del ordenamiento jurídico se puede decir, pues, que la seguridad
es la garantía del equilibrio social”.
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Esta definición expresa realmente la seguridad Jurídica; es decir, la
presencia de garantías para proteger a las personas, sus bienes y sus
derechos tal como lo establece la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela
Orientación: el alumno una vez estudiada la seguridad jurídica
buscará dentro de la constitución cuales son los artículos que rigen la
materia.
Así como también la Declaración Universal los Derechos Humanos
señala en su artículo 3.
“Todo el mundo tiene derecho a la vida, la libertad y la seguridad
personal” esta figura jurídica es una finalidad y aspiración del
ordenamiento jurídico que se cumpliere APRA la realización del equilibrio
social.
LA EQUIDAD.
Se interpreta como la aplicación de un propio principio de justicia
(individual).
La equidad se puede adaptar a la interpretación de la norma jurídica
determinada al caso concreto planteado, en esta adaptación no se lleva a la
práctica concepto desconocidos al ordenamiento jurídico positivo, como seria
la justicia absoluta. La equidad no supone modificar una ley en virtud de las
características del caso concreto.
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Es mediante esta figura jurídica se adapta la norma al caso particular,
siempre de acuerdo a los criterios previstos en el derecho jurídico de
conformidad a la justicia objetiva.
Cuando el Juez decide con un criterio de equidad, debe ajustarse a la ley,
solo se le permite hurgar el verdadero sentido de la norma que para debida
aplicación del caso concreto que se le plantea, no esta facultado para
modificar el dictado de la norma en vista de característica particular.
APLICACIÓN DE LA EQUIDAD POR PARTE DE LOS JUECES
VENEZOLANOS.
Opinión de Humberto Cuenca, (1975) Derecho procesal civil, en la
doctrina moderna se enseña que la antigua sumisión del juez, como
esclavo del ordenamiento ha sido superada por la supervisión productora
del derecho. Calamandrei, dice que el juez debe poseer conciencia social,
y de estas emanan los poderes con los cuales se ensancha cada vez mas el
concepto de jurisdicción . los poderes de equidad inquisición y aparición.
La opinión del Dr. Cuencas por demás autorizada debe llamarnos a
reflexión porque pone de manifiesto que en el derecho procesal civil
Venezolano (Derecho adjetivo) no existe prácticamente la equidad
entendida como la posibilidad de que el juzgador aprecie las circunstancias
concurrentes al hecho concreto para aplicar el derecho en forma
dulcificada o mas benigna. En materia de enjuiciamiento criminal, el juez
tiene un poco más de facultades para aplicar la ley penal en forma equitativa
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ESTRATEGIAS DE APRENDIZAJE SUGERIDAS
1) retoma lo que has aprendido en los episodios anteriores en cuanto a
diferentes criterios que se refieren al fin del derecho y tomando en cuenta el
bien común, la justicia y la equidad elabora según tu propia opinión ¿Cuál es
el fin del derecho?
2) consulta en diversas fuentes aquellas informaciones que te puedan
servir para controlar estos valores de carácter éticos sociales con la
realidad existente en tu país.
3) comparte los objetivos de aprendizaje que hayas analizado,
redactados con tus compañeros y toma en cuenta las observaciones que te
haya dado tu profesor-asesor y de más integrantes del grupo de aprendizaje
e incorpóralo a tu formación como futuro abogado(a).
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BIBLIOGRAFIAS
http://www.monografias.com/trabajos13/temader/temader.shtml
http://sis.usalesiana.edu.bo/~rburgoa/
introderechoConte.html#CONTENIDO%20ANA
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