la prevención en trabajos con riesgo de exposición al...
Post on 19-Sep-2018
225 Views
Preview:
TRANSCRIPT
1- ¿Qué es el ruido?
2- ¿Cómo nos afecta?
3- ¿Dónde se encuentra?
4- ¿A quién puede afectar?
La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
5- Legislación aplicable
6- ¿Qué hay que hacer y cómo?
7- Vigilancia de la salud
1- ¿QUÉ ES EL RUIDO?
Imagen 1.1 - La chica camina en paralelo a la cámara.
Planificación: de cuerpo entero a primeros planos y planos de
detalle de la chica. Habla a cámara. Se va encontrando con
distintas situaciones de ruido, protagonizadas por el
personaje Hombre, el ruido de cada situación encadena con el
ruido de la situación siguiente:
1- El título 1 - ¿Qué es el ruido?- Sonidos de pasos.
2 - Oficinista – La chica ante el ordenador. Los teléfonos, la
impresora.
3 - Construcción - Obrero perforando con un martillo
neumático entre vallas de seguridad.
4 - Carpintero - Sierra de disco.
5 - Obrero de la construcción, equipado con armilla
reflectante, trabajando con una hormigonera.
6 - Doméstico - Pasando la aspiradora.
7 - Discoteca - El Hombre es un barman, agita una coctelera
detrás de la barra.
8 - Poda – La chica equipada con todos los EPI adecuados,
montada en una plataforma elevadora, manejando una
motosierra, corta la rama de un árbol.
9 - Calle - Tráfico. La chica, distraída, habla a cámara. Está a
punto de cruzar un paso de peatones con el semáforo en rojo.
Se oye una bocina de la moto que está a punto de
atropellarla. Da un paso hacia atrás y se salva in extremis. Se
queda muy asustada en la acera, al lado del semáforo todavía
en rojo.
Locución 1.1 (CHICA)
- ¿Qué es el ruido? (se lo piensa)
No existe una definición inequívoca, pero podría
decirse que el ruido es un sonido no deseado que se
puede considerar molesto o agradable según la
situación o la sensibilidad concreta de las personas.
El ruido puede tener efectos negativos sobre la salud
auditiva, física y mental; y la pérdida de capacidad
auditiva es el problema más frecuente.
Sin embargo, por molesto y desagradable que resulte
un ruido, no siempre es inútil...
Imagen 1.2 - Los dos personajes protagonistas situados a
una cierta distancia el uno de la otra. Gritan. Vemos en
imagen cenital y de manera gráfica cómo se propagan las
ondas auditivas.
Locución 1.2 (HOMBRE)
- La propagación del sonido en el aire es comparable a
la de las ondas en el agua. Cuando lanzamos una piedra
Page 1 of 23La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
22/10/2013http://www.gencat.cat/empresaiocupacio/departament/centre_documentacio/publicacions/seguret...
en una balsa aparecen unas ondas circulares que se
extienden uniformemente en todas direcciones. En el
aire, estas ondas invisibles se propagan de la misma
forma, y transmiten una parte de la energía que emite
la fuente sonora hasta las personas.
La energía percibida dependerá de la distancia en la
que nos encontramos de la fuente del ruido: a menos
distancia, más se percibe la energía.
El sonido se caracteriza por la frecuencia y la
intensidad. La frecuencia nos indica cómo es el sonido,
agudo o grave, y la intensidad nos informa de la
cantidad, es decir del volumen.
El ruido, considerando las distintas frecuencias, se
mide en decibelios A.
Para saber más sobre ¿QUÉ ES EL RUIDO?
¿QUÉ ES EL RUIDO?
El ruido es un sonido que resulta molesto, inútil y
desagradable para la persona que lo escucha. Entendemos
por ruido un sonido inarticulado y confuso, más o menos
fuerte; se considera ruido cualquier sonido no deseado.
El sonido es una sensación auditiva que tiene por origen
una onda acústica procedente de una vibración que se
propaga en un medio elástico, produzca o no una sensación
audible para el oído humano. La vibración es producida por
una energía, por ejemplo la que se genera cuando se
presiona una cuerda de guitarra.
Según la forma de presentación temporal, los ruidos
se clasifican en:
Continuos: cuando el nivel es prácticamente
constante a lo largo del tiempo, como por ejemplo el
ruido producido por un ventilador o un compresor.
Intermitentes: cuando el nivel sonoro varía en
grados bien definidos, de duración relativamente
larga. Se puede considerar como una serie de ruidos
continuos de distintos niveles sonoros. Un ejemplo
podría ser el ruido de una sierra de cinta o
máquina/herramienta en la que se distinguen
claramente las fases del ruido correspondientes al
funcionamiento en vacío y durante el trabajo.
Variables: cuando el nivel sonoro varía de forma
continua en el tiempo sin seguir ningún patrón
definido, por ejemplo, en un taller de reparaciones
mecánicas.
De impacto o impulsos: cuando el nivel de ruido
presenta picos de alta intensidad y muy corta
duración, por ejemplo el ruido de las prensas de
corte.
El ruido es un conjunto de sonidos y se define por las
mismas características que corresponden al sonido.
La amplitud del sonido es definida por la presión
acústica, la intensidad acústica y la potencia acústica.
La más utilizada es la presión acústica. El nivel de
presión acústica es el nivel de variación de presión
del sonido.
Page 2 of 23La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
22/10/2013http://www.gencat.cat/empresaiocupacio/departament/centre_documentacio/publicacions/seguret...
La frecuencia del sonido se define como el número
de veces que la onda sonora adquiere el mismo valor
por unidad de tiempo. Se expresa en ciclos, hercios
(Hz). La frecuencia determina el tono del sonido. Los
sonidos graves o de baja frecuencia son los que se
repiten poco en el tiempo (pocos ciclos por segundo),
como por ejemplo un trueno o la bocina de un
camión. Los sonidos agudos o de alta frecuencia se
repiten más en el tiempo, por ejemplo el producido
por un silbato. El oído humano es capaz de percibir
sonidos de frecuencias comprendidas entre 20 y
20.000 Hz.
La intensidad corresponde a la fuerza de la
vibración, de la alteración que se produce en el aire;
se mide en decibelios (dB). El oído humano es capaz
de percibir entre 0 dB, umbral de audición, y 140 dB,
umbral de dolor.
2- ¿CÓMO NOS AFECTA?
Imagen 2.1- El Hombre habla a cámara. De fondo: dibujo
anatómico del oído (uno de los oídos).
Locución 2.1
2.11 (HOMBRE) – La exposición a niveles elevados de
ruido puede provocar la pérdida temporal de la
capacidad auditiva, un efecto que se conoce con el
nombre de fatiga auditiva y que se recupera con el
descanso sonoro, cuando no se han producido lesiones
del nervio auditivo.
2.12 (CHICA) – Si la exposición al ruido ha sido elevada
en intensidad y tiempo o ha habido una fatiga
prolongada sin tiempo de recuperación, se puede
llegar a la hipoacusia, o pérdida de audición
permanente. Por otra parte, exposiciones de corta
duración a ruidos muy intensos, como por ejemplo una
súbita explosión, puede ocasionar la rotura del
tímpano.
2.13 (HOMBRE) – Para determinar los efectos sobre la
salud de los trabajadores se deben considerar la
intensidad y la frecuencia del ruido y el tiempo de
exposición. La legislación actual reconoce la
hipoacusia o sordera provocada por el ruido, en el
trabajo, como enfermedad profesional.
2.14 (CHICA) – Ahora bien, los ruidos están tan
integrados en la vida cotidiana y especialmente en el
ámbito laboral, que a menudo los consideramos
naturales e inevitables. Cuando tenemos la sensación
de que nos hemos habituado al ruido y que ya no nos
molesta es cuando puede resultar más peligroso
porque seguramente ya hemos perdido audición.
Imagen2.2- La chica habla a cámara. De fondo: dibujo
anatómico del oído (el otro).
Locución 2.2
2.21 (HOMBRE) - La exposición continuada al ruido
puede suponer, además de la pérdida de capacidad
Page 3 of 23La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
22/10/2013http://www.gencat.cat/empresaiocupacio/departament/centre_documentacio/publicacions/seguret...
auditiva, la alteración del ritmo cardíaco y de la
respiración, y también puede tener influencia sobre el
sistema endocrino y el nervioso. Igualmente, el hecho
de trabajar en un ambiente ruidoso puede alterar el
sueño, producir cansancio, irritabilidad, dolor de
cabeza y náuseas, y en algunos casos afectar a la salud
mental, ya que a veces provoca síntomas de ansiedad
e incrementa la desazón y el estrés.
2.22 (CHICA) - También afecta negativamente a
nuestra relación con los demás y el entorno, por
ejemplo creando malos entendidos en una
conversación.
2.23 (HOMBRE) - No es preciso que el ruido sea muy
elevado para causar problemas. A menudo también
interactúa con otros factores de riesgo e incrementa el
peligro al que están expuestos los trabajadores. Por
ejemplo, el efecto enmascarador del ruido puede llegar
a ser fatal si el trabajador no oye a tiempo una señal
acústica que le debe prevenir de un peligro,
incrementando el riesgo de accidente al neutralizar las
señales de advertencia.
2.24 (CHICA) - Además, determinadas sustancias
químicas como algunos disolventes, el plomo, el
mercurio, el manganeso y otros fármacos
determinados potencian los efectos del ruido sobre la
audición e incrementan el riesgo de pérdida auditiva.
2.25 (HOMBRE) - Hay que saber que el ruido ha sido
reconocido por el estado español como uno de los
agentes físicos capaces de influir negativamente sobre
la salud de la trabajadora embarazada.
Para saber más sobre ¿CÓMO NOS AFECTA?
1-Anatomía del oído
El oído está formado por un conjunto de órganos cuya
finalidad es la percepción de los sonidos. Se compone de
tres partes: oído externo u oreja, oído medio y oído
interno.
La oreja incluye el pabellón auricular y el conducto auditivo
externo, que actúa como receptor captando las ondas
sonoras y conduciéndolas hasta que impactan en el
tímpano.
El oído medio está formado por la cavidad que se
encuentra al otro lado de la membrana timpánica, donde
se sitúan los huesecillos auditivos (martillo, yunque y
estribo) que forman una cadena entre la membrana
timpánica (área exterior) y la ventana oval (hacia el
interior, limitando con la oreja interna).
El oído interno se encuentra en el interior del hueso
temporal, en la zona denominada peñón del temporal.
El caracol es el órgano específico de la audición. Incluye un
saco membranoso envuelto por una cubierta ósea que se
presenta enrollada sobre ella misma en forma de espiral. A
lo largo de toda la longitud se divide en dos pisos o rampas
que se desarrollan en paralelo en el interior del hueso
temporal. La rampa superior es la rampa vestibular y la
inferior, la rampa timpánica.
El órgano de Corti es donde se encuentran las células
ciliadas externas e internas, que son las células sensoriales
Page 4 of 23La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
22/10/2013http://www.gencat.cat/empresaiocupacio/departament/centre_documentacio/publicacions/seguret...
auditivas. En este grupo son fundamentales las células
ciliadas internas, responsables de la traducción del
estímulo acústico. Tienen unas terminaciones nerviosas
que constituyen el nervio auditivo y se dirigen al tronco
encefálico y al lóbulo temporal del cerebro, que es el área
de la corteza cerebral responsable de la percepción de los
estímulos acústicos.
2- Audición
Una de las funciones principales del oído es la de convertir
las ondas sonoras en vibraciones que estimulan las células
nerviosas.
Cada parte del oído presenta funciones específicas en la
secuencia de procesamiento del sonido. Las ondas sonoras
son captadas por el pabellón auditivo, se propagan a
través del conducto auditivo externo y chocan contra el
tímpano, que entra en vibración y se deforma por efecto de
las ondas.
La entrada de la onda sonora origina la vibración del
tímpano, que transmite un movimiento a la cadena de
huesecillos (martillo, yunque, estribo) que acaba con el
movimiento del estribo en dirección al oído medio, que a
su vez tiene por función proteger el sistema auditivo de
ruidos muy intensos reduciendo su transmisión al oído
interno.
La vibración provocada se transmite a las membranas
vestibular y basilar, en las que provoca un movimiento de
onda que se transmite al órgano de Corti, que a su vez
transforma la onda sonora en impulsos nerviosos y hace
posible la audición.
Estas células ciliadas son mecanorreceptores que registran
el movimiento y transforman la vibración acústica en
impulsos neuronales que se transmiten al cerebro a través
del nervio auditivo, provocando la sensación sonora.
Normalmente el sonido se compone de muchas
frecuencias, por esta razón hay una gran cantidad de
cilios: unos 20.000 en el caracol de cada oído.
Cuando el movimiento ciliar supera la resistencia mecánica
de los cilios se provoca la destrucción mecánica de las
células ciliadas, que son únicas y no pueden regenerarse.
Su destrucción significa la pérdida de los
mecanorreceptores y la pérdida de audición. Cuando un
cilio muere debido a una exposición elevada al ruido, los
otros cilios no pueden comunicar al cerebro exactamente la
frecuencia del sonido. Y entonces la persona ya ha sufrido
una lesión auditiva.
La lesión por ruido industrial se inicia con pérdidas de
audición debidas a frecuencias agudas comprendidas entre
los 4.000 Hz y los 6.000 Hz. Estas frecuencias no se
encuentran en el área conversacional, razón por la que no
interfieren la vida social de la persona. Poco a poco, este
rango de frecuencias se va ampliando y puede afectar el
nivel de conversación, lo que se denomina sordera
conversacional, es decir la hipoacusia que llega a las
frecuencias de 500-3.000 Hz y que en consecuencia
afectará su vida social.
Hay que destacar que la pérdida de audición provocada por
el ruido es irreversible, ya que es debida a una lesión del
nervio auditivo. Esta pérdida auditiva se denomina
hipoacusia neurosensorial o de percepción.
Page 5 of 23La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
22/10/2013http://www.gencat.cat/empresaiocupacio/departament/centre_documentacio/publicacions/seguret...
3- Efectos del ruido sobre la salud
El ruido presenta efectos sobre la audición y sobre otros
órganos y sistemas del cuerpo humano:
ALTERACIONES AUDITIVAS: El ruido presente en
el entorno, tanto laboral como extra laboral, puede
dar ocasión a alteraciones auditivas temporales
(fatiga auditiva) o permanentes (hipoacusia o
sordera). Los efectos fisiológicos que el ruido
provoca en el oído son:
HIPOACUSIA: Disminución de la agudeza auditiva
que puede afectar todas las frecuencias audibles o
selectivamente los tonos graves o los agudos.
PRESBIACUSIA: Pérdida de agudeza auditiva con la
edad. Si bien es un efecto fisiológico normal a partir
de los 30 años, es más acusada en personas
expuestas al ruido.
FATIGA AUDITIVA: Respuesta fisiológica de
protección del oído hacia sonidos de intensidad
elevada (>87 dB), que se manifiesta con una
elevación temporal del umbral de audición
persistente después de haber cesado la emisión del
ruido.
EFECTO ENMASCARADOR: Efecto fisiológico por el
que se ve disminuida la capacidad de percepción de
un sonido debido a la presencia de otro sonido o
ruido. Una de las incidencias más peligrosas del
efecto enmascarador tiene lugar en el ambiente
laboral, donde un sonido que debería servir de aviso
puede no ser oído a causa de la presencia de otros
ruidos, de manera que se ocasionan accidentes que
habrían podido evitarse. Cuanto más próximas sean
las frecuencias de los dos sonidos, más acentuado
será el efecto enmascarador.
Las lesiones señaladas dependen de factores como:
- La calidad del ruido (a igual intensidad son
más nocivas las frecuencias agudas).
- El espectro de frecuencias (un sonido puro de
alta intensidad causa más daño que un sonido
de amplio espectro).
- La intensidad, la emergencia y el ritmo (el
ruido de impulso, de carácter imprevisto y
brusco, presenta una mayor capacidad lesiva).
- La duración de la exposición (exposición
laboral y extra laboral).
- La vulnerabilidad individual (relacionada con
una mayor susceptibilidad coclear por
antecedentes de traumatismo craneal,
infecciones óticas, alteraciones metabólicas,
enfermedades hereditarias, etc.).
- La interacción con otras exposiciones
(vibraciones, agentes químicos o fármacos
ototóxicos pueden aumentar el riesgo de
hipoacusia).
EFECTOS BIOLÓGICOS EXTRA AUDITIVOS:
El organismo responde a los estímulos acústicos
como lo haría delante de cualquier agresión, ya sea
Page 6 of 23La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
22/10/2013http://www.gencat.cat/empresaiocupacio/departament/centre_documentacio/publicacions/seguret...
de tipo físico o psíquico mediante modificaciones
cardiovasculares, hormonales, digestivas o psíquicas.
Los efectos fisiológicos del ruido se observan:
-A nivel motor (contracciones musculares).
-A nivel vegetativo (aumento transitorio de la
frecuencia cardíaca, vasoconstricción
periférica, aumento de la presión sanguínea,
aceleración de los movimientos respiratorios,
disminución de la función de las glándulas
salivales y del tránsito intestinal...).
-En el sistema endocrino (aumento de las
catecolaminas...).
-En el sistema inmunitario (disminución de la
capacidad inmunitaria relacionada con las
alteraciones endocrinas) y
electroencefalografías (desincronización del
EEG).
-En la alteración del ritmo cardíaco.
-En la aceleración de la respiración.
-En el aumento de la presión y
vasoconstricción periférica.
-En la modificación de los movimientos
peristálticos del estómago y del intestino, que
puede provocar náuseas y vómitos.
-En la disminución de la secreción salivar.
-En alteraciones del tono muscular
(contracciones de los músculos).
-En la dilatación de la pupila.
Y pueden causar:
- MALESTAR
- ALTERACIONES DEL COMPORTAMIENTO
- TRASTORNOS DE VOZ
- MODIFICACIONES SOBRE EL SUEÑO
- TRASTORNOS DE SALUD MENTAL, ya que en
ocasiones incrementa la desazón y el estrés.
- ALTERACIONES DEL RENDIMIENTO EN EL
TRABAJO.
- OTROS. El ruido puede aumentar el riesgo de
accidente de trabajo si enmascara las señales
de alerta, dificulta la comunicación verbal y
altera la atención.
- MUJERES EMBARAZADAS. El ruido ha sido
reconocido por España como uno de los
agentes físicos capaces de influir
negativamente sobre la salud de la
trabajadora embarazada y del feto. El riesgo
principal afecta al feto, ya que la exposición
prolongada puede ocasionarle lesiones
auditivas. Y eso puede pasar aunque la madre
se proteja cuidadosamente, ya que la
transmisión del ruido se produce en tal caso a
través de un medio líquido. Según el criterio
de prestigiosas asociaciones de pediatría, por
Page 7 of 23La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
22/10/2013http://www.gencat.cat/empresaiocupacio/departament/centre_documentacio/publicacions/seguret...
encima de 80 dB la mujer, a partir de la
semana 20-22 de embarazo, debería dejar ese
ambiente laboral.
3- ¿DÓNDE SE ENCUENTRA?
Imagen 3.1- Ejercicio de localización de los ruidos. Un
edificio sin fachada muestra el interior de las viviendas. En el
espacio central una oficina con una oficinista trabajando, en
los locales de alrededor, las demás situaciones:
Espacio 1- Oficina. Ruidos en la misma oficina. 2- Obras en
el edificio al lado, hormigonera; 3- En el piso superior,
carpintero con sierra circular; 4- En piso superior, hombre
pasando aspiradora. 5-Obras en la acera, trabajador con
martillo neumático. 6- En espacio exterior, poda de un árbol.
7- Discoteca en los bajos del edificio. 8- Motocicleta en la
calle.
Al hacer clic en cada espacio se oyen los ruidos
que se van superponiendo.
Empieza con un plano cerrado del personaje, que pronuncia
la locución y, al acabar, abre a plano general. Las casillas se
pueden clicar sólo en el plano general.
Locución 3.1 (CHICA) – El ruido está en todas partes,
muchas de las actividades cotidianas que realizamos lo
producen en niveles elevados.
Encuentra las fuentes de ruido y clica encima.
Para saber más sobre ¿DÓNDE SE ENCUENTRA?
A continuación se presenta una lista no exhaustiva de
actividades afectadas:
- Profesores.
- Empleados de mataderos.
- Fontaneros.
- Trabajadores del sector de la construcción.
- Constructores de barcos.
- Herreros.
- Montadores de cañerías.
- Caldereros.
- Granjeros (tractores, sistema de ventilación y
maquinaria).
- Mecánicos.
- Industria de la madera.
- Industria siderúrgica.
- Fábrica de cemento (trituración, molinos de crudo y
molinos de cemento).
- Industria de alta mar (mecánicos, pintores,
electricistas, técnico de procesos y trabajadores de
plataforma petrolífera).
- Bomberos (sirenas, herramientas y maquinaria).
Page 8 of 23La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
22/10/2013http://www.gencat.cat/empresaiocupacio/departament/centre_documentacio/publicacions/seguret...
- Oficinas (ordenadores, impresoras y teléfonos).
- Discotecas.
- Conciertos de música.
- Parques temáticos y locales de ocio.
- Músicos.
- Gimnasio (clases de grupo con música).
4- ¿A QUIÉN PUEDE AFECTAR?
Imagen 4.1- Los dos protagonistas pasean por un camino
rural entre campos, bosque. Silencio. Cantan pájaros.
Locución 4.1
4.11 (CHICA) - El exceso de ruido afecta a una gran
parte de la población laboral. El nivel de ruido varía
según la intensidad y la frecuencia, y para determinar
cuál es el grado de afectación de los trabajadores hay
que considerar el tiempo de exposición.
4.12 (HOMBRE) – Hay sectores que rápidamente
identificamos como ruidosos, por ejemplo los procesos
industriales, las actividades de la construcción o la
agricultura. En cambio otros, como los de una escuela
o una discoteca, a veces no parecen, a priori,
actividades de riesgo, cuando en realidad pueden
llegar a serlo.
4.13 (CHICA) - Por lo tanto, seguramente sería más
fácil hablar de los oficios que se realizan en un notable
silencio.
5- LEGISLACIÓN APLICABLE
Imagen 5.1- Travellings circulares, de 360 grados, sobre actividades laborales ruidosas.
Locución 5.1
5.1 (CHICA) - Disponemos de una legislación específica que regula la protección de la salud y la seguridad de
los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición laboral al ruido.
Se aplica a las actividades en las que los trabajadores están o pueden estar expuestos a estos riesgos.
Page 9 of 23La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
22/10/2013http://www.gencat.cat/empresaiocupacio/departament/centre_documentacio/publicacions/seguret...
Así, hay que incluir los locales y los medios de transporte de la empresa (por ejemplo, la cabina de un camión)
y, en definitiva cualquier situación en la que sea aplicable la Ley de prevención de riesgos laborales.
Para saber más sobre LEGISLACIÓN APLICABLE
RD 286/2006 de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos
relacionados con la exposición al ruido.
Se aplica a las actividades en las que los trabajadores están o pueden estar expuestos a riesgos derivados del ruido a
consecuencia de la actividad laboral. Se incluye cualquier exposición que tenga lugar durante la
prestación laboral, ya sea o no debida al puesto de trabajo (por ejemplo, la exposición dentro de una oficina al ruido
generado por un taller anexo). Se incluye así la exposición a ruido en los locales y los medios de transporte de la
empresa, por ejemplo en la cabina de un camión o en las obras de construcción. La emisión de ruido fuera de la
empresa, a efectos de contaminación medioambiental, no se incluye en el ámbito de aplicación.
Obligaciones de la empresa
Toda empresa tiene, según la ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, el deber de proteger a los trabajadores
de los riesgos laborales. Así, debe garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores en todos los aspectos
relacionados con la actividad laboral. En este marco el RD 286/2006 establece las siguientes obligaciones de la empresa:
- Eliminar en origen los riesgos derivados de la exposición al ruido o reducirlos al nivel más bajo posible mediante
la adopción de las medidas técnicas generales de prevención necesarias para reducir al mínimo la exposición de
los trabajadores al ruido (art. 4).
- Asegurar que la exposición de ningún trabajador sea superior al valor límite de exposición LAeq,d = 87 dB(A) y
Lpic = 140 dB(C) y adoptar inmediatamente las medidas necesarias en caso de que se superen (art. 5 y 8).
- Realizar una evaluación basada en la medición de los niveles de ruido a los que los trabajadores están expuestos
(art. 6).
- Proporcionar los equipos de protección individual convenientes cuando sean necesarios y velar por su uso
adecuado (art. 7).
- Garantizar formación e información apropiadas y suficientes a los trabajadores (art. 9).
- Garantizar el derecho de consulta y participación de los trabajadores que establece el art. 18.2 de la Ley
31/1995 (art.10).
- Garantizar una vigilancia adecuada y específica de la salud de los trabajadores en relación a los riesgos por
exposición al ruido (art. 11).
Derechos y obligaciones de los trabajadores
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece el derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia
de seguridad y salud en el trabajo. Este derecho general se concreta en los derechos de información, de consulta y de
participación, de formación en materia preventiva y de vigilancia de su estado de salud.
Estos preceptos son, por lo tanto, de aplicación a los trabajadores que realizan actividades en las que estén o puedan
estar expuestos a riesgos derivados del ruido, y están recogidos en el RD 286/2006 (art. 9, 10 y 11).
En lo que respecta a las obligaciones de los trabajadores, son de aplicación las que marca el artículo 29 de la Ley
31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales:
• Velar, según sus posibilidades y mediante el desempeño de las medidas de prevención, por su propia seguridad
y salud en el trabajo y por la de aquellas personas cuya actividad profesional pueda afectar.
• De acuerdo con su formación, y siguiendo las instrucciones de la empresa, deberán:
Page 10 of 23La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
22/10/2013http://www.gencat.cat/empresaiocupacio/departament/centre_documentacio/publicacions/seguret...
- Utilizar adecuadamente las máquinas, los aparatos, las herramientas, las sustancias peligrosas, los
equipos de transporte y cualquier otro medio de trabajo.
- Utilizar correctamente los medios y los equipos de protección.
- No poner fuera de funcionamiento los dispositivos de seguridad y utilizarlos correctamente.
- Informar inmediatamente a los responsables preventivos de la empresa de cualquier situación que, a su
parecer, implique un riesgo para la seguridad y la salud.
- Contribuir al cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad y de salud establecidas por la
autoridad competente.
- Cooperar con la empresa para garantizar condiciones de trabajo seguras.
Además, el RD 1299/2006 de 10 de noviembre aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la
Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro.
La legislación actual reconoce la hipoacusia o sordera provocada por el ruido como enfermedad profesional si presenta
las siguientes características: sordera neurosensorial que afecta las frecuencias de 3 a 6 kHz, bilateral simétrica e
irreversible relacionada con la ejecución de trabajos que expongan a ruidos continuos cuyo nivel sonoro diario
equivalente sea igual o superior a 80 dBA, especialmente en:
- Trabajos de calderería.
- Trabajos de estampación, remache y martilleo de metales.
- Trabajos de telares de algunos tipos de lanzadera.
- Trabajos de control y puesta a punto de motores de aviación, reactores o de pistón.
- Trabajos con martillos y perforadoras neumáticos en minas, túneles y galerías subterráneas.
- Trabajos en salas de máquinas de barcos.
- Tala y corte de árboles con sierras portátiles.
- Salas recreativas (discotecas, etc.).
- Tránsito aéreo (personal de tierra, mecánicos y personal de navegación, de aviones a reacción, etc.).
- Trabajos de obras públicas (rutas, construcciones, etc.) efectuados con máquinas ruidosas tales como
buldóceres, excavadoras, palas mecánicas, etc.
- Motores diesel, en particular en las dragas y los vehículos de transportes de ruta, ferroviarios y marítimos.
- Recogida de basuras domésticas.
- Instalación y pruebas de equipos de amplificación de sonido.
- Uso de vibradores en la construcción.
- Trabajo en imprenta rotativa en la industria gráfica.
- Molida de caucho y de plástico, e inyección de estos materiales.
- Manejo de maquinaria de transformación de la madera, sierras circulares, sierras de cinta, fresas.
- Molida de piedras y minerales.
- Expoliación y destrucción de municiones y explosivos.
6- ¿QUÉ HAY QUE HACER Y CÓMO?
Imagen 6.1 - Esquema como base visual de la presentación del tema, el esquema es la estenografía, está dibujado en el
suelo, los dos protagonistas lo van transitando mientras hacen los correspondientes comentarios en cada punto.
Planificación sobre las locuciones.
Locución 6.1
Page 11 of 23La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
22/10/2013http://www.gencat.cat/empresaiocupacio/departament/centre_documentacio/publicacions/seguret...
Page 12 of 23La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
22/10/2013http://www.gencat.cat/empresaiocupacio/departament/centre_documentacio/publicacions/seguret...
Page 13 of 23La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
22/10/2013http://www.gencat.cat/empresaiocupacio/departament/centre_documentacio/publicacions/seguret...
Page 14 of 23La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
22/10/2013http://www.gencat.cat/empresaiocupacio/departament/centre_documentacio/publicacions/seguret...
6.1 (CHICA) - Hay actividades en las que el nivel de ruido puede superar el valor límite establecido. La
exposición depende del punto en el que se sitúan estos niveles, del tipo y de la duración de la exposición.
¿Qué se debe hacer en estas situaciones?
Page 15 of 23La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
22/10/2013http://www.gencat.cat/empresaiocupacio/departament/centre_documentacio/publicacions/seguret...
6.1.1 (HOMBRE) - Cuando se detecta una situación de riesgo, la empresa tiene que identificar las fuentes que
producen ruido y eliminarlas en origen o reducirlo al nivel más bajo posible, teniendo en cuenta los avances
técnicos y la disponibilidad de medidas de control del riesgo en su origen.
6.1.2 (CHICA) - Una vez identificadas las fuentes de ruido, habrá que medir los niveles de ruido existentes.
6.1.3 (HOMBRE) - Los trabajadores expuestos a un nivel de ruido igual o superior a 80 dB(A) deben recibir
información y formación relativa a los riesgos derivados de la exposición al ruido y tomar las medidas
necesarias para reducir el nivel.
Esta medición se debe efectuar cada tres años cuando los valores se encuentran comprendidos entre 80 y 85
dB(A).
6.1.4 (CHICA) - Si los resultados obtenidos superan los 85 dB(A) se debe hacer una evaluación mediante un
programa de medidas técnicas y organizativas para evitar o reducir la exposición al ruido. Estos puestos de
trabajo se deben señalizar y, siempre que sea viable, delimitarlos y limitar el acceso.
Pero cuidado, si los niveles son superiores a 87 dB(A), se deben aplicar medidas de forma inmediata para
reducir la exposición.
En los puestos de trabajo en los que se superan los 85 dB(A) las mediciones deben ser anuales.
6.1.5 (CHICA) - Cuando los niveles de ruido superan los 80 dB(A), el empresario debe poner a disposición de
los trabajadores protectores auditivos individuales. Estos protectores serán de uso obligatorio a partir de 85
dB(A).
La utilización de equipos de protección individual sólo está justificada cuando los riesgos no se pueden evitar
o limitar lo suficiente con medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o
procedimientos de organización del trabajo.
6.1.6 (HOMBRE) - Cuando la evaluación de riesgos identifique la existencia de un riesgo para la salud, el
empresario deberá llevar a cabo la vigilancia de la salud de los trabajadores.
Imagen 6.1. Final - La secuencia acaba mostrando el esquema completo en imagen cenital.
Imagen 6.2- Sigue del plano anterior, pero ahora sin fijar la atención en el esquema.
Los personajes muestran los aparatos de medición y los comentan. El hombre muestra el dosímetro y la chica muestra el
sonómetro.
Locución 6.2 (CHICA) - Hay instrumentos que permiten medir el ruido. Los aparatos que se utilizan son los
dosímetros y los sonómetros.
Imagen 6.3A - Plano de detalle del dosímetro que el hombre muestra.
Locución 6.3A (HOMBRE) - El dosímetro personal es un aparato que el trabajador lleva encima, y que acumula
los datos en el tiempo con un contador digital. De esta manera se obtiene el valor de la dosis de ruido en el
tiempo considerado.
Imagen 6.3B- El hombre se coloca el dosímetro personal. Pueden aparecer indicaciones gráficas para indicar la situación
correcta y cómo se debe fijar.
Locución 6.3B (HOMBRE) – Los dosímetros se deben colocar manteniendo el micrófono a unos 10 centímetros
del oído y a 4 centímetros por encima del hombro. El cable se sujeta de manera que la influencia mecánica o la
ropa no nos lleven a obtener resultados erróneos.
Imagen 6.4- Plano de detalle del sonómetro en las manos de la chica.
Locución 6.4 (CHICA) - Los sonómetros convencionales miden el nivel de ruido que hay en un lugar y en un
momento determinado. Pero también hay sonómetros integradores que miden los niveles de ruido y realizan
una media en el tiempo. Los resultados son representativos de la exposición durante la jornada laboral. Éstos
son los más utilizados.
Imagen 6.5.A- Segmento de una cadena de fabricación metalúrgica, inventada tipo cómic. La chica, que actúa como
técnica de salud, controla el sonómetro. Medición con sonómetro a mano alzada.
Locución 6.5.A (CHICA) - Las mediciones se deberán realizar, siempre que sea posible, en ausencia del
trabajador colocando el micrófono a la altura en la que se encontraría su cabeza. El técnico debe sujetar el
sensor manteniendo el brazo bien alargado para evitar los efectos de su propio cuerpo.
Imagen 6.5.B- Aparece el trabajador. La chica sigue con la medición a mano alzada.
Locución 6.5.B (CHICA) - Si la presencia del trabajador es necesaria, el micrófono se colocará delante de su
oreja entre 10 y 40 cm de distancia.
Page 16 of 23La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
22/10/2013http://www.gencat.cat/empresaiocupacio/departament/centre_documentacio/publicacions/seguret...
Imagen 6.5.C- Medición con sonómetro en trípode. El trípode se debe situar a la misma distancia que cuando se realiza la
medición a mano alzada (entre 10 y 40 cm del oído del trabajador) y que la persona que efectúe las mediciones se debe
apartar 1metro del trípode. Pueden aparecer grafismos per indicar les distancias y las posiciones.
Locución 6.5.C (CHICA)
Los sonómetros también se pueden colocar en lugares fijos previamente establecidos.
Imagen 6.6 - Segmento de una cadena de fabricación metalúrgica, inventada tipo cómic. El Hombre actúa como operario
de la máquina. Durante la secuencia, la máquina y el trabajador van actuando según la locución en off de la Chica.
Locución 6.6 (CHICA) – Para prevenir o controlar los riesgos derivados de la exposición al ruido, existe una
jerarquía en la adopción de medidas de control que veremos a continuación
Imagen 6.7 - Planos detalle sobre la maquinaria. Se ve que las piezas fabricadas van cayendo desde un tubo sobre una
plataforma giratoria (mucho ruido), que conduce las piezas a una cinta transportadora de rodetes. Todo es muy primitivo,
sin ninguna protección y todo de hierro ya envejecido. Todo es ruidoso. Las piezas transportadas impactan en todas
partes, etc.
Sobreimpresión en pantalla: – Eliminar
Locución 6.7 (CHICA) - La eliminación de una fuente de ruido es la forma más eficaz de prevenir los riesgos
que pueden afectar a los trabajadores, y siempre se debe considerar cuando se planifican nuevos equipos y
puestos de trabajo.
Imagen 6.8 - Se ve el tubo desde donde van saliendo los objetos metálicos fabricados y cómo van cayendo sobre la
plataforma giratoria con gran estrépito. Se recorta la distancia entre la entrega del tubo y la plataforma, de modo que se
reducen los impactos y el ruido.
Sobreimpresión en pantalla:– Reducir
Locución 6.8 (CHICA) - Para reducir el ruido, ya sea en su origen o en su trayectoria, hay que considerar tanto
el diseño como el mantenimiento del equipo y el puesto de trabajo.
Imagen 6.9- Pero las piezas fabricadas siguen colisionando entre ellas y arrastrándose por los límites metálicos de la
plataforma giratoria. Aparecen recubrimientos plásticos amortiguadores alrededor de toda la plataforma. Después aparece
un brazo robótico que coge la pieza a la salida del tubo y la deposita suavemente y con precisión sobre la plataforma
giratoria. Ahora las piezas pasan en fila india hacia los rodetes que las sacan de escena. Los rodetes se recubren con una
cinta de goma.
Sobreimpresión a pantalla:– Minimizar
Locución 6.9 (CHICA) - Para minimizar la transmisión del ruido, se deben utilizar distintas técnicas como el
aislamiento y el confinamiento de la fuente de ruido o de su trayectoria, y también el amortiguamiento de las
vibraciones.
Además, se deben realizar mejoras como son la sustitución o la modificación de la maquinaria y la aplicación
de materiales más silenciosos.
Imagen 6.10- Aparece una estructura de insonorización que recubre completamente la plataforma giratoria. Los distintos
ruidos han disminuido notablemente. Todavía se oye el ruido del movimiento de los rodetes. El trabajador coge un aceitero
y echa una gota de aceite a cada rodete.
Locución 6.10 (CHICA) - Por ejemplo, la colocación de pantallas, cierres y recubrimientos con materiales
acústicamente absorbentes puede reducir de manera considerable el efecto sobre los trabajadores
directamente expuestos y los otros puestos de trabajo próximos.
También se debe informar y formar adecuadamente a los trabajadores sobre la utilización correcta de los
equipos de trabajo haciendo especial énfasis en el mantenimiento preventivo, ya que a medida que las piezas
se desgastan el nivel de ruido se puede incrementar.
Imagen 6.11 - Sobreimpresión en pantalla: – Medidas colectivas
Locución 6.11 (CHICA) - Cuando las medidas descritas anteriormente no son aplicables o suficientes, habrá
que establecer medidas colectivas de control como, por ejemplo, fomentar la rotación de los trabajadores.
Imagen 6.12 - Dentro de la rotación de los dos personajes se ve como incorporan les protecciones auditivas.
Sobreimpresión en pantalla: – Pictograma de protección auditiva.
Locución 6.12 (CHICA) - Los equipos de protección individual como los tapones o las orejeras se deben utilizar
como último recurso.
Para saber más sobre ¿QUÉ HAY QUE HACER Y CÓMO?
1-¿Qué debe hacer la empresa?
Page 17 of 23La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
22/10/2013http://www.gencat.cat/empresaiocupacio/departament/centre_documentacio/publicacions/seguret...
1. Identificación del riesgo: Cuando se haya identificado este riesgo habrá que establecer la serie de medidas
que se deben llevar a cabo para buscar soluciones dirigidas a eliminarlo o reducirlo.
2. Reducción o eliminación del riesgo:
Los riesgos derivados de la exposición al ruido se deben eliminar en origen o se deben reducir al nivel más bajo
posible, teniendo en cuenta los avances técnicos y la disponibilidad de medidas de control del riesgo en origen. La
reducción de estos riesgos se basa en los principios generales de prevención que establece el artículo 15 de la Ley
31/1995, de 8 de noviembre, y debe tener especialmente en consideración:
- Otros métodos de trabajo que reduzcan la necesidad de exponerse al ruido.
- La elección de equipos de trabajo adecuados que generen el nivel más bajo posible de ruido.
- La concepción y disposición de los espacios y puestos de trabajo.
- La información y formación adecuadas para enseñar a los trabajadores a utilizar correctamente el equipo
de trabajo con el objetivo de reducir al mínimo la exposición al ruido.
- La reducción técnica del ruido: reducción del ruido ambiental, por ejemplo, por medio de pantallas, cierres,
recubrimientos con material acústicamente absorbente o reducción del ruido transmitido por cuerpos
sólidos, por ejemplo mediante amortiguamiento o aislamiento.
- Programas apropiados de mantenimiento de los equipos de trabajo, del espacio de trabajo y de los puestos
de trabajo.
- La reducción del ruido mediante la organización de la actividad laboral: limitación de la duración y la
intensidad de la exposición y ordenación adecuada del tiempo de trabajo.
3. Evaluación:
La empresa debe realizar una evaluación basada en la medición de los niveles de ruido a los que están expuestos
los trabajadores.
Los métodos e instrumentos que se utilicen deben permitir la determinación del nivel de exposición diario
equivalente (LAeq,d), del nivel de pico (Lpic) y del nivel de exposición semanal equivalente (LAeq,s). Los valores
de exposición que generan una acción, referidos a los niveles de exposición diaria y a los niveles de pico, se fijan
en:
- Valores límite de exposición: LAeq,d = 87 dB(A) y Lpic = 140 dB(C).
- Valores superiores de exposición que generan una acción: LAeq,d = 85 dB(A) y Lpic = 137 dB(C).
- Valores inferiores de exposición que generan una acción: LAeq,d = 80 dB(A) y Lpic = 135 dB(C).
Para aplicar los valores límite de exposición, en la determinación de la exposición real del trabajador al ruido se
debe tener en cuenta la atenuación que proporcionan los protectores auditivos individuales utilizados por parte de
los trabajadores. Para los valores de exposición que generan una acción no se tienen en cuenta los efectos
causados por los protectores mencionados.
El nivel de exposición diario equivalente LAeq,d = 87 dB(A) no debe ser excedido en ninguna jornada laboral.
La evaluación y la medición mencionada se deben efectuar cada año, como mínimo, en los puestos de trabajo en
los que se superan los valores máximos de exposición que generan una acción, o cada tres años cuando se
sobrepasan los valores inferiores de exposición que generan una acción.
La evaluación de riesgos, la podrá realizar un técnico con la formación de nivel intermedio, excepto cuando se
deba establecer una estrategia de medición o sea necesario llevar a
cabo una interpretación o aplicación
no mecánica de los criterios de evaluación, casos en los que será imprescindible disponer de la formación de nivel
superior en la especialidad de Higiene Industrial.
En función de los resultados de la evaluación, la empresa debe determinar las medidas a adoptar de acuerdo con
los artículos 4, 7, 8 y 9 de RD 286/2006, y planificar la ejecución de conformidad con lo establecido en el capítulo
II, sección segunda, del
Real Decreto 39/1997.
4. Información y formación de los trabajadores:
La empresa velará para que los trabajadores expuestos a un nivel de ruido igual o superior a los valores inferiores
de exposición que generan una acción y/o sus representantes reciban información y formación relativas a los
riesgos derivados de la exposición al ruido.
5. Consulta y participación de los trabajadores:
La ley de prevención de riesgos establece la obligación de la empresa de consultar con antelación a los
trabajadores o a sus representantes y permitir su participación en:
- La evaluación de riesgos y la determinación de las medidas a aplicar.
- Las medidas para eliminar o reducir los riesgos derivados de la exposición al ruido.
- La elección de protectores auditivos individuales.
Page 18 of 23La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
22/10/2013http://www.gencat.cat/empresaiocupacio/departament/centre_documentacio/publicacions/seguret...
6. Programa de medidas técnicas y organizativas:
Cuando se sobrepasen los valores superiores de exposición que generan una acción, la empresa debe establecer y
ejecutar un programa de medidas técnicas y/o de organización, que habrá que integrar en la planificación de su
actividad preventiva, destinado a reducir la exposición al ruido.
7. Señalización, delimitación y limitación de acceso:
Los puestos de trabajo en los que los trabajadores puedan estar expuestos a niveles de ruido que sobrepasen los
valores superiores de exposición que generan una acción deben ser objeto de una señalización apropiada. Cuando
sea viable desde el punto de vista técnico y el riesgo de exposición lo justifique, deben delimitarse los lugares
mencionados y limitar el acceso a ellos.
8. Entrega de EPI. Uso obligatorio de EPI:
Si no hay otros medios de prevención de los riesgos derivados de la exposición al ruido, se deben poner a
disposición de los trabajadores, para que los utilicen, protectores auditivos individuales apropiados y
correctamente ajustados.
El uso de protectores auditivos será obligatorio cuando se sobrepasan los valores superiores de exposición,
LAeq,d = 85 dB(A) o Lpic = 137 dB(C).
9. Medidas inmediatas:
Se conoce como limitación de la exposición. Si a pesar de las medidas adoptadas se comprueban exposiciones por
encima de los valores límite de exposición, la empresa deberá:
- Adoptar inmediatamente medidas para reducir la exposición por debajo de los valores límite de
exposición.
- Determinar las razones de la sobreexposición.
- Corregir las medidas de prevención y protección para evitar que se vuelva a producir una reincidencia.
- Informar a los delegados de prevención de estas circunstancias.
10. Vigilancia de la salud:
Cuando la evaluación de riesgos ponga de manifiesto la existencia de un riesgo para la salud de los trabajadores,
el empresario deberá llevar a cabo una vigilancia de la salud de los trabajadores mencionados, y éstos se deben
someter obligatoriamente a ellos.
11. Reevaluación del puesto de trabajo:
La evaluación y la medición de ruido se deben programar y efectuar a intervalos apropiados, y como mínimo, cada
año en los puestos de trabajo en que se sobrepasen los valores superiores de exposición que generan una acción,
o cada tres años cuando se superen los valores inferiores de exposición que generan una acción.
2. ¿Cómo se debe medir el ruido?
La evaluación de la exposición al ruido requiere, en general, la medición de los niveles de ruido y la
correspondiente comparación con los valores inferior y superior de exposición, y también con los valores límite.
La elección de la estrategia de medición supone la planificación de las mediciones respecto del tiempo de duración,
elección de la jornada o jornadas, los períodos de la jornada que se quieren cuantificar, los trabajadores a quien
se efectuará la medición y los instrumentos que se utilizarán.
Para medir el ruido se pueden utilizar sonómetros, sonómetros integradores y dosímetros personales (medidores
personales de exposición sonora).
Los dosímetros personales se utilizan cuando el puesto de trabajo implica movilidad y el establecimiento de tiempo
y localización del trabajador es prácticamente imposible, por ejemplo en trabajos de mantenimiento, o en general
cuando la variación del nivel de ruido es muy elevada o no se puede predecir a lo largo de la jornada. El
dosímetro, lo llevará el trabajador, y se colocará de manera que el micrófono se mantenga a unos 10 cm del canal
de entrada de la oreja (preferiblemente en la más expuesta) y a 4 cm por encima del hombro. El cable debe estar
sujeto de manera que la influencia mecánica o la ropa no puedan dar resultados erróneos.
Antes de realizar las medidas los aparatos se deben comprobar y ajustar, si es necesario, con el calibrador
acústico.
Los sonómetros o sonómetros integradores, se deben comprobar mediante un calibrador acústico antes y después
de cada medición o serie de mediciones.
Las mediciones se deben realizar preferentemente en ausencia del trabajador. Se colocará el micrófono en el
lugar que ocupa habitualmente (a la altura de la cabeza). Si no es posible que el trabajador abandone el puesto de
trabajo, el micrófono se situará a una distancia aproximada de entre 10 y 40 cm del pabellón auditivo externo,
buscando el punto de más recepción.
Page 19 of 23La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
22/10/2013http://www.gencat.cat/empresaiocupacio/departament/centre_documentacio/publicacions/seguret...
Si la situación del trabajador no permite fijar fácilmente la posición del micrófono en la forma recomendada, se
colocará a una altura de 1,55 m ± 0,075 m del suelo si el trabajador está de pie o a 0,80 m ± 0,05 m del plano
del asiento, si trabaja sentado.
Es preferible utilizar un trípode para sujetar el instrumento o el micrófono, si no se hace así se recomienda
mantener el brazo bien extendido durante la medición.
3. Medidas técnicas para eliminar / disminuir la exposición
Como norma general, se establece la obligación de la empresa de eliminar en su origen o reducir la exposición al
ruido al nivel más bajo técnicamente y razonablemente posible, teniendo en cuenta el progreso técnico y la
disponibilidad de las medidas de control aplicadas a las instalaciones o a los procesos existentes.
La misma política debería ser de aplicación en la concepción y construcción de nuevos centros de trabajo o en la
adquisición de nuevos equipos. Una buena práctica para la reducción del ruido en su origen es la elección de
máquinas que, con igualdad de características técnicas, emiten niveles más bajos de ruido.
Las medidas dirigidas a evitar o reducir la exposición son:
a) Métodos de trabajo que reduzcan la necesidad de exposición al ruido, por ejemplo cambios de carácter
tecnológico (uso de equipos menos ruidosos, modificaciones de diseño...) u organizativo (rotación entre
diferentes puestos de trabajo que permitan reducir la exposición individual al ruido).
b) Elección de equipos de trabajo adecuados que generen el nivel de ruido más bajo posible, teniendo en
cuenta la actividad laboral a la que están adscritos.
c) La concepción y disposición de los puestos de trabajo deben permitir minimizar el número de personas
expuestas y también reducir al mínimo la exposición de estas personas, recurriendo no solamente al uso de
los equipos menos ruidosos sino también equipando los puestos de trabajo con los elementos apropiados
para minimizar la transmisión del ruido.
d) Información y formación convenientes para enseñar a los trabajadores a utilizar correctamente el equipo
de trabajo y reducir al mínimo su exposición al ruido.
e) Reducción técnica del ruido mediante la reducción del ruido aéreo, por ejemplo:
1. Disminuyendo la generación de ruido en origen (foco).
2. Disminuyendo el nivel de presión acústica en el ambiente desde el origen hasta al receptor
(transmisión).
3. Disminuyendo el nivel de presión acústica en el trabajador (receptor).
4. Control de la exposición al ruido: programa de medidas técnicas y organizativas
Cuando se sobrepasan los valores superiores de exposición que generan una acción, la empresa debe establecer y
ejecutar un programa de medidas técnicas y/o de organización adoptando medidas que prioricen la protección
colectiva y que deberá incluir aspectos como los siguientes:
- Objetivos que se plantean.
- Acciones concretas que hay que emprender.
- Justificación de las acciones.
- Plazos concretos en que se actuará.
- Responsables y personas asignadas al programa.
- Recursos materiales disponibles para la ejecución del programa.
5. Protección individual
Los protectores auditivos son equipos de protección individual que reducen los efectos del ruido para evitar daños
en el oído.
La protección individual sólo se debe considerar una medida complementaria cuando no es técnicamente posible
reducir el nivel sonoro hasta niveles seguros, y también mientras se implantan las medidas para reducirlo o en
circunstancias especiales, como por ejemplo, el acceso esporádico a salas de máquinas.
El RD 286/2006 establece la obligatoriedad de uso del protector auditivo cuando se superan los valores superiores
de exposición: LAeq,d = 85 dB(A) y Lpic= 137 dB(C). Sin embargo la empresa tiene que poner a disposición de los
Page 20 of 23La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
22/10/2013http://www.gencat.cat/empresaiocupacio/departament/centre_documentacio/publicacions/seguret...
trabajadores protectores auditivos cuando los niveles de ruido sean superiores a los valores inferiores de
exposición: LAeq,d = 80 dB(A) y Lpic = 135 dB(C), respectivamente.
Los protectores auditivos se suministrarán gratuitamente al trabajador y serán de uso personal. La empresa debe
proporcionarles, preferentemente por escrito, instrucciones precisas y comprensibles. Igualmente se aconseja
hacer formación en sesiones de entrenamiento previo al primer uso.
Existen dos tipos de protectores: las orejeras, que son unos cascos que cubren las orejas, y los tapones, que se
introducen en el canal auditivo.
OREJERAS: Cascos que cubren las orejas y que se adaptan a la cabeza mediante unas almohadillas blandas,
generalmente rellenas de espuma plástica o líquido. Están unidos entre sí por un arnés de metal o plástico, y a
veces se fija a cada casco o al arnés una cinta flexible que sostiene los cascos cuando el arnés se coloca en la nuca
o por debajo de la barbilla.
TAPONES: Protectores auditivos que se introducen en el canal auditivo o se colocan sobre el pabellón auditivo,
destinados a bloquear la entrada. Pueden ser moldeables, pre moldeables, personalizados o llevar arnés.
7- VIGILANCIA DE LA SALUD
Imagen 7.1- Examen de audiometría. El Hombre está dentro
del habitáculo insonorizado.
La chica actúa como médica de trabajo. Sonidos de
audiometría para separar las frases del off.
Locución 7.1 (OFF) - El empresario debe proporcionar
una vigilancia de la salud a los trabajadores que, según
la evaluación, se encuentran expuestos a los riesgos
del ruido.
La vigilancia de la salud debe tener en cuenta el tipo de
ruido, la duración de la exposición, las características
personales del trabajador y las condiciones que puedan
convertirlo en especialmente sensible.
Locución 7.2 (OFF) - Cuando un control de la función
auditiva detecta que un trabajador sufre una lesión, el
médico responsable de la vigilancia de la salud deberá
evaluar si es debida a una exposición al ruido durante
el trabajo.
Locución 7.3 (OFF) - En este caso, el médico
comunicará el resultado al trabajador.
El empresario deberá revisar la evaluación y las
medidas para eliminar y reducir los riesgos, como
también establecer una vigilancia sistemática de la
salud de los demás trabajadores que hayan sufrido una
exposición similar.
Para saber más sobre VIGILANCIA DE LA
SALUD
La empresa debe llevar a cabo una vigilancia de la salud de
aquellos trabajadores en los que la evaluación de riesgos
identifica un riesgo para la salud, y éstos se deben someter
a ello con arreglo a lo dispuesto en el art. 37.3 del RD
39/1997.
Este riesgo para la salud se relaciona tanto con el nivel,
tipo y duración de la exposición, como con las
características personales que pueden convertir al
trabajador o trabajadora en especialmente sensible.
También hay que señalar las posibles interacciones entre el
ruido y las sustancias ototóxicas relacionadas con el trabajo
y entre el ruido y las vibraciones.
Page 21 of 23La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
22/10/2013http://www.gencat.cat/empresaiocupacio/departament/centre_documentacio/publicacions/seguret...
La vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos a
ruido se encuentra entre las excepciones a la voluntariedad
de la vigilancia de la salud que indica la ley de prevención
de riesgos. Esta vigilancia se debe realizar con un servicio
de prevención y deberá estar supervisada médicamente.
Los controles se deben realizar de la forma prevista en los
protocolos sanitarios específicos que indica el artículo
37.3.c) del Real Decreto 39/1997. Existe un protocolo de
vigilancia sanitaria específica para los trabajadores y
trabajadoras expuestos al ruido publicado el año 2000 por
el Ministerio de Sanidad y Consumo y una guía de buena
praxis sobre el ruido publicada el año 2006 por el
Departamento de Salud de la Generalitat de Cataluña con la
finalidad de orientar la vigilancia de la salud de las
personas expuestas al ruido por motivo laboral.
Los trabajadores tendrán derecho a realizar controles
periódicos de su función auditiva por medio de la
organización preventiva que haya adoptado la empresa, y
siempre bajo la supervisión de un servicio médico. Los
controles se llevarán a cabo de acuerdo con protocolos
sanitarios específicos, y su finalidad será el diagnóstico
precoz de cualquier pérdida de audición debida al ruido y la
preservación de la función auditiva. Según el nivel de ruido
existente en el puesto de trabajo el RD 286/2006 fija la
siguiente periodicidad:
ACCIONES QUE HAY QUE ADOPTAR:
Vigilancia de la salud
Valores inferiores de exposición: LAeq,d = 80 dB(A) y Lpic
= 135 dB(C):
Controles de la función auditiva
cada 5 años como mínimo.
Valores superiores de exposición: LAeq,d = 85 dB(A) y Lpic
= 137 dB(C):
Controles de la función auditiva cada 3 años como mínimo.
Cuando un control de la función auditiva detecta que un
trabajador sufre una lesión auditiva diagnosticable, el
servicio médico responsable de la vigilancia de la salud
debe evaluar si esta lesión es consecuencia de una
exposición al ruido durante el trabajo.
En tal caso:
-El personal sanitario competente comunicará el
resultado al trabajador.
La empresa deberá:
- Revisar la evaluación de riesgos.
- Revisar las medidas previstas para eliminar o
reducir los riesgos, donde se incluye la posibilidad de
exigir el uso de protectores auditivos.
- Tener en cuenta las recomendaciones del servicio
médico responsable de la vigilancia de la salud,
incluida la posibilidad de asignar al trabajador otra
actividad donde no exista riesgo de exposición.
- Disponer una vigilancia sistemática de la salud y el
examen del estado de salud de los otros trabajadores
que hayan sufrido una exposición similar.
Page 22 of 23La prevención en trabajos con riesgo de exposición al ruido
22/10/2013http://www.gencat.cat/empresaiocupacio/departament/centre_documentacio/publicacions/seguret...
top related