la mineria en colombia
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LEGISLACION AMBIENTAL
MINERIA
LA MINERIA EN COLOMBIA
ANTECEDENTES
MINEROS
El Ministerio de Minas y Energía se crea a raíz de la Segunda Guerra Mundial (1939-1945),
El Gobierno Nacional diseño un plan para la defensa y el fomento de las industrias existentes; el aprovechamiento de los recursos naturales y el desarrollo de otras fuentes de producción. Fue así como mediante Decreto 968 del 18 de mayo de 1940 se crea el Ministerio de Minas y Petróleos y se modifica la organización del Ministerio de la Economía Nacional.
MINERALES QUE SE EXPLOTAN EN COLOMBIA
El carbón
Acero, arcillas, gravas y arenas.
Piedras preciosas y oro.
FUNDAMENTOS
JURIDICOS
NORMATIVIDAD
MINERIA
EL ESTADO COLOMBIANO PROPIETARIO DE LOS RECURSOS MINEROS
MARCO CONSTITUCIONAL
EL ESTADO COLOMBIANO PROPIETARIO DE LOS RECURSOS MINEROS
MARCO LEGAL
AUTORIDAD MINERA
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA:
Decreto 0381 del 16 de febrero de 2012
• Articular la formulación, adopción e implementación de la política pública del sector administrativo de minas y energía.
• Formular, adoptar, dirigir y coordinar la política nacional en materia de exploración, explotación, transporte, refinación, procesamiento, beneficio, transformación y distribución de minerales, hidrocarburos y biocombustibles.
• Expedir la regulación para el transporte de crudos por oleoductos.
SERVICIO GEOLOGICO COLOMBIANO (INGEOMINAS)
AGENCIA NACIONAL MINERA
ACTIVIDAD MINERA
MINERIA
Es el conjunto de actividades que realiza cualquier persona para conseguir los minerales que se encuentran en el suelo o subsuelo.
ETAPAS CICLO MINERO: ProspecciónExploraciónconstrucción y montajeexplotación,Cierre y abandono de la mina
Mineral
Yacimiento Mineral
Mina
TIPOS DE EXPLOTACION MINERAA CIELO ABIERTO SUBTERRANEA
Barequeo Extracción Ocasional
COMUNIDADES ETNICAS
Todos los explotadores o exploradores tienen la obligación de proteger los valores culturales, sociales y económicos de las comunidades y grupos étnicos, y ocupantes reales y tradicionales del área donde se adelante la actividad.
Sentencia C-418/02. Derecho al ambiente sano y zonas mineras indígenasSentencia C-339/02. DERECHO AL AMBIENTE SANO. Dda, InconstitucionalidadArtículo 34. Zonas excluibles de la minería. No podrán ejecutarse trabajos y obras de exploración y explotación mineras en zonas declaradas y delimitadas conforme a la normatividad vigente como de protección y desarrollo de los recursos naturales renovables o del ambiente y que, de acuerdo con las disposiciones legales sobre la materia, expresamente excluyan dichos trabajos y obras.
Zonas Mineras Indígenas:
En los territorios indígenas podrán establecerse por la autoridad minera, zonas mineras indígenas en las cuales existirá un derecho de prelación para la obtención de contratos de concesión para estas comunidades. Adicionalmente, dentro de estas zonas podrán establecerse áreas restringidas en las que no podrán adelantarse actividades mineras, debido al especial significado cultural, social y económicos que tienen para las comunidades.
“Abril 13 de 2013. Juzgado Primero Civil de Restitución de Tierras de Quibdó, decreta suspención de explotación minera, en territorios comunidad Emberá Katío rio Andagueda”.
Zonas Mineras de Comunidades Negras.
En los territorios titulados como propiedad colectiva de comunidades negras, podrán establecerse zonas mineras especiales dentro de las cuales estas comunidades podrán ejercer un derecho de prelación para la obtención de contratos de concesión minera.
Derecho de prelación
Las comunidades étnicas tendrán preferencia para obtener títulos de concesión para explorar y explotar los minerales que están en una zona minera indígena o de comunidades negras. Dentro de estas zonas también pueden realizar minería las personas que no hagan parte de estas comunidades indígenas o negras, siempre y cuando estas comunidades no hayan hecho uso del derecho de prelación.
T 769/2010. Corte Constitucional sienta un precedente "consentimiento libre previo e informado" que otorga a la consulta un alcance vinculante, en el sentido de permitir a la comunidad la posibilidad de objetar un proyecto de desarrollo en sus territorios”
REQUISITOS PARA LA TITULACION MINERA
PROCEDIMIENTO
Adquirir un formulario de propuesta de contrato de concesión
diligenciar adecuadamente el formularioPresentar la propuesta a la autoridad delegada para la contratación y fiscalización
TERMINOS DEL CONTRATO DE CONCESION
Regla general = 30 AÑOS
etapas:
Etapa de Exploración (3 años prórroga de 2 años
Etapa de Construcción y Montaje (3 años prórroga 1 año)
Etapa de Explotación (24 años)
OBLIGACIONES
• 1) etapa: Adelantar la exploración.
Póliza minero ambiental (artículo 280 Ley 685 de 2001).
Pagar el canon superficiario conforme al artículo 230 de la Ley 685 de 2001
11. Plan de cierre de la explotación y abandono de los montajes y de la infraestructura.
Etapas de construcción y
montaje y explotación Elaborar el programa de Trabajos y Obras (PTO),
1. Delimitación definitiva del área de explotación.
2. Mapa topográfico de dicha área.
3. Detallada información cartográfica del área.
4. Ubicación, cálculo y características de las reservas que harán de ser explotadas en desarrollo del proyecto.5. Descripción y localización instalaciones y obras minería, depósito minerales, beneficio y Transporte transformación6. Plan minero de explotación que incluirá la indicación de las guías técnicas que serán utilizadas7. Plan de obras de recuperación geomorfológica, paisajística y forestal del sistema alterado.8. Escala y duración de la producción esperada.
9. Características físicas y químicas de los minerales por explotarse.10. Descripción y localización de obras, instalaciones necesarias
Etapa Iniciar la explotación una vez finalizada la etapa anterior, ya aprobada la licencia ambiental, por lo cual se debe informar a la autoridad delegada y a la ambiental.
Ejecutar las obras y trabajos de
construcción y montaje. solicitud de licencia ambiental que se presenta a la autoridad ambiental correspondiente
TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL PARA ACTIVIDADES
DE EXPLOTACIÓN MINERAC O N T E N I D O
1.DESCRIPCION DEL PROYECTOInformación general, resultados de exploración, delimitación zonas a explotar
método de explotación, aspectos de montaje, operación, beneficio, organización del proyecto, producción y costos, generación de residuos.
2.DESCRIPCION Y CARACTERIZACION AMBIENTAL DEL AREA DE ESTUDIOAspectos físicos, aspectos bióticos, y Aspectos sociales.
3.ZONIFICACION AMBIENTAL
4.EVALUACION AMBIENTALAnálisis de impactos y análisis de riesgos.
5.ZONIFICACION DE MANEJO AMBIENTAL DE LA ACTIVIDAD
6. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL Programas de manejo ambiental, plan de contingencia, plan de cierre y abandono, cronograma y costos, informes de avance y cumplimiento, sistema gerencial de gestión ambiental. 7. USO, APROVECHAMIENTO O AFECTACIÓN DE RECURSOS NATURALES RENOVALBES QUE REQUIEREN SER USADOS, APROVECHADOS O AFECTADOS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO, OBRA O ACTIVIDAD.
8. ANEXOS.
AUTORIZACIÓN TEMPORAL
LEGALIZACIÓN DE MINERÍA DE HECHO
LICENCIA AMBIENTAL
POLÍTICAS DE POLÍTICAS DE SEGURIDAD SEGURIDAD MINERAMINERA
condiciones de operación en las explotaciones mineras en el país
LEY 685 DE 2001 o CÓDIGO DE MINAS
Artículo 97 Seguridad de personas y bienes.
Artículo 59 Obligaciones.
Artículo 318 Fiscalización y vigilancia.
DECRETO 1335 DE 1987 o REGLAMENTO DE SEGURIDAD EN LABORES SUBTERRÁNEAS
Art 26. 1. las excavaciones subterráneas accesibles al personal deben estar recorridas de manera permanente por un volumen suficiente de aire, capaz de mantener limpia la atmósfera de trabajo para hacerla respirable…
DECRETO 1335 DE 1987 o REGLAMENTO DE SEGURIDAD EN LABORES SUBTERRÁNEAS
DECRETO 1335 DE 1987 o REGLAMENTO DE SEGURIDAD EN LABORES SUBTERRÁNEAS
DECRETO 2222 DE 1993 O REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN LAS LABORES MINERAS A CIELO ABIERTO
DECRETO 2222 DE 1993 O REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN LAS LABORES MINERAS A CIELO ABIERTO
DECRETO 2222 DE 1993 O REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN LAS LABORES MINERAS A CIELO ABIERTO
DECRETO 2222 DE 1993 O REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN LAS LABORES MINERAS A CIELO ABIERTO
DECRETO 2222 DE 1993 O REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN LAS LABORES MINERAS A CIELO ABIERTO
DECRETO 2222 DE 1993 O REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN LAS LABORES MINERAS A CIELO ABIERTO
DECRETO 2222 DE 1993 O REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN LAS LABORES MINERAS A CIELO ABIERTO
DECRETO 2222 DE 1993 O REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN LAS LABORES MINERAS A CIELO ABIERTO
DECRETO 035 DE 1994 SOBRE MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y SEGURIDAD EN LAS LABORES MINERAS
DECRETO 035 DE 1994 SOBRE MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y SEGURIDAD EN LAS LABORES MINERAS
DECRETO 035 DE 1994 SOBRE MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y SEGURIDAD EN LAS LABORES MINERAS
PROBLEMÁTICA MINERO AMBIENTAL EN COLOMBIA
MINERIA ILÍCITA
Zonificación de la violencia
Nuevos Mercados Internacionales
Enriquecimiento
Control Territorial
Desplazamiento Forzado
Cobertura Zonas
Estratégicas
Sustitución de Químicos
Grupos Armados ilegales
Nuevas Alianzas
Delitos Conexos
Fortalecimiento estructural
Plataformas Puentes y Destinos
Salud Pública
Conspiración Empresarial
Delitos ambientales
ExtorsiónEnriquecimiento
ilícito
Lavado de Activos
tierras
BACRIMEstructuras
Delincuenciales
Redes criminales
Comerciantes del mineral
$
Importadores de químicos
Personas Jurídicas
Financiadores Víctimas
Poder Político
Desestabilización Social
Explotación
Trafico
Lavado activos
Exploración
Variables de la Problemática de Minería Ilícita
INDUSTRIA CRIMINAL
Importadores de maquinaria pesada
EXPLOTACIÓN ILICITA DE
YACIMIENTO MINERO Y
OTROS MATERIALES.
CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR
EXPLOTACIÓN DE YACIMIENTO MINERO O
HIDROCARBURO.
DAÑOS EN LOS
RECURSOS NATURALES.
Art. 338 C.P.Art. 333 C.P. Art. 331 C.P.
DELITOS MINERO AMBIENTALES EN COLOMBIA
GRACIAS
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