“la funciÓn normativa y la formulaciÓn de … · respaldo legal para el ejercicio de su...
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Lic. ANA BORJA HERNANIDr. Luis ROBLES GUERRERO
“LA FUNCIÓN NORMATIVA Y LA
FORMULACIÓN DE
DOCUMENTOS NORMATIVOS”
Lic. ANA BORJA HERNANIDr. Luis ROBLES GUERRERO
Unidad de Coordinación NormativaSECRETARÍA GENERAL
Lic. ANA BORJA HERNANIDr. Luis ROBLES GUERRERO
Se denomina Sector Salud al espacio
social de confluencia de personas,
organizaciones y entidades, que realizan
actividades (todas o algunas de éstas)
relacionadas directamente con la salud
individual o colectiva en el país, o que
repercuten indirectamente en ella.
1 Sector Salud
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No establecen necesariamente entre
ellas, una relación de dependencia
orgánica, funcional o jurídica, sino de
coincidencia de acciones, y para las cuales
el marco legal vigente les define una
instancia rectora: el Ministerio de Salud.
1 Sector Salud
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El Sector Salud está constituido por:•el Ministerio de Salud, •los Prestadores de Servicios (MINSA, EsSalud, Sanidades de las Fuerzas Armadas, Sanidad de la Policía Nacional del Perú, y sus establecimientos de salud, otros establecimientos de salud públicos, servicios médicos de apoyo públicos y privados, establecimientos de salud privados lucrativos o no lucrativos, institucionales o individuales), •los Compradores o Financiadores Institucionales de Servicios (Seguros privados de salud, EPSs, EsSalud, SIS, asociaciones, fundaciones, etc.),
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•las Entidades formadoras de Recursos Humanos en Salud (de Nivel Profesional y No Profesional), •las Entidades productoras de otros recursos en salud (fabricantes, importadores, comercializadores de equipos, material médico, insumos, instrumental médico, medicamentos, y otros), •las dependencias de otros Sectores del Estado con actividades de impacto sobre la salud o sus factores determinantes (como Agricultura, Industria, Minería, Pesquería, Educación, MIMDES, etc.) así como otros niveles gubernamentales (Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales) con actividades semejantes,
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•la Sociedad Civil (asociaciones, colegios profesionales, sociedades científicas, fundaciones, organizaciones de base, organizaciones comunales entre otros) •y la población en general (usuarios y no usuarios)[1].
[1] Definición tomada de la NTS Nº 059-MINSA/INS-CENSI-V.01 Norma Técnica de Salud: Prevención, Contingencia ante el Contacto y Mitigación de Riesgos para la Salud en escenarios con presencia de indígenas en Aislamiento y en Contacto Reciente, aprobada por R.M. Nº 799- 2007/MINSA, del 20/09/2007.
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También denominada Rectoría del Sector Salud, es la capacidad del Estado para conducir el Sector Salud, y para tomar responsabilidad por la salud y el bienestar de la población. La Rectoría Sectorial es una función indelegable e ineludible del Estado a través de la Autoridad de Salud de Nivel Nacional[1] . [1] Autoridad de Salud de Nivel Nacional, término usado en la Ley 26842, Ley General de Salud. En algunas publicaciones se emplea los términos Autoridad Nacional de Salud o Autoridad Sanitaria Nacional.
2 Rectoría Sectorial
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En el Perú, el Estado delega en el Ministerio de Salud ("el órgano especializado del Poder Ejecutivo", Art. 123° de la Ley General de Salud) la rectoría sectorial, y es la Autoridad de Salud de Nivel Nacional.
2 Rectoría Sectorial
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En tanto el Ministerio de Salud, como Autoridad de Salud de Nivel Nacional, ejerce la Rectoría Sectorial, vela por el bien público en materia de salud, y en razón de ella ejerce dicha Rectoría en todo el Sector Salud, es decir en todos los que integran dicho Sector, sin establecer necesariamente con ellos, relaciones de dependencia de algún tipo.
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Las Dimensiones o Funciones de la Rectoría en el Sector Salud comprenden:2.1.- CONDUCCIÓN SECTORIAL2.2.- REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN2.3.- ARMONIZACIÓN DE LA PROVISIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD2.4.- GARANTÍA DEL ASEGURAMIENTO2.5.- MODULACIÓN DEL FINANCIAMIENTO2.6.- EJECUCIÓN DE LAS FUNCIONES ESENCIALES DE SALUD PÚBLICA (FESPs)
2.2.- REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
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Es una acción sustantiva e indelegable en materia de autoridad sanitaria, cuyo ejercicio tiene el propósito de diseñar el marco normativo que asegure la protección y promoción de la salud de la población, así como garantizar su cumplimiento.
La regulación tiene en la fiscalización y control un correlato necesario e indesligable. De nada sirve emitir normas y demás documentos normativos si es que no hay la garantía de que se podrá supervisar su aplicación y cumplimiento.
3 Función de Regulación o Normativa (y de Fiscalización)
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Esta función, entre otros, incluye:• Construir, desarrollar y actualizar el marco institucional, el respaldo legal para el ejercicio de su función rectora, que comprende el desarrollo y perfeccionamiento del marco legal vigente; así como la efectividad de dicho marco, y la capacidad institucional para ejercer la Función Regulatoria o Normativa.• Desarrollo de la capacidad de regulación y control sanitario de bienes y servicios, y del medio ambiente.• Desarrollo de la capacidad de regulación y la certificación de los recursos humanos en salud.• Desarrollo de la capacidad institucional para la regulación y control de insumos médicos (medicamentos, equipos, dispositivos médicos y tecnología sanitaria).• El desarrollo de un proceso de fiscalización y control para hacer cumplir las regulaciones sanitarias,entre otras.
3 Función de Regulación o Normativa (y de Fiscalización)
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CONSTITUCIÓN
TRATADOS INTERNACIONALES
LEY ORGÁNICA
LEY GENERAL
LEY ORDINARIA
DECRETO LEGISLATIVO
DECRETO LEY
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
DECRETO DE URGENCIA
DECRETO SUPREMO
RESOLUCIÓN SUPREMA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
JERARQUÍA
Pirámide de Kelsen.
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Un Documento Normativo, es aquel documento de carácter oficial cuyo objetivo es trasmitir información uniforme y estandarizada sobre un determinado tema, y que ha sido aprobada por la autoridad sanitaria, y que puede abordar aspectos técnico asistenciales y/o técnico administrativos, de competencia del Sector Salud.Se emiten al amparo de sus facultades y responsabilidades, con la finalidad de cumplir y facilitar el adecuado y correcto cumplimiento de funciones, procesos, procedimientos y/o actividades, en los diferentes niveles y subsectores, según correspondan.
5 ¿Qué es un Documento Normativo?
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El ámbito de aplicación de los Documentos Normativos (DN) es especificado dentro del propio texto, y pueden estar dirigidos a las instituciones públicas y privadas que conforman el Sector Salud en general, a las unidades orgánicas y dependencias del Ministerio de Salud en particular; y por extensión a las organizaciones públicas y privadas de otros sectores y la sociedad, en lo pertinente.
6 ¿Cuál es el ámbito de aplicación?
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Es responsabilidad y competencia de la Autoridad de Salud de Nivel Nacional, y va a integrar el sistema jurídico del país, en cumplimiento de un mandato superior (p.e. dispuesto por una Ley o Reglamento de Ley), para:• llenar un vacío normativo (cuando en el tema no se ha normado nada y es necesario hacerlo para evitar la ausencia de autoridad), • reemplazar un documento vigente que devino en obsoleto o desactualizado, • modificar, ampliar o restringir algo que estaba ya normado.
7 ¿Por qué se emite un Documento Normativo?
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Todo ello se hace dentro del marco legal
vigente, y guardando coherencia con el resto
del aparato jurídico del país.
7 ¿Por qué se emite un Documento Normativo?
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La Autoridad de Salud de Nivel Nacional, por que tiene facultad para hacerlo, y es de su competencia; en este caso su aplicación es en el territorio nacional. La Autoridad Regional de Salud, o el director de un hospital o instituto, según corresponda, pero en cada caso se hará para el ámbito de su jurisdicción solamente, y en el marco de las disposiciones de carácter nacional (p.e. los lineamientos de política sectorial, las estrategias sanitarias nacionales, etc.).
8 ¿Quién emite un Documento Normativo?
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Un Documento Normativo que se aprueba para su aplicación en el territorio nacional, es aprobado con Resolución Ministerial. Solo en aquellos casos en que el ámbito de aplicación y las causas que lo motivan, se restringen a la esfera regional, o al estrictamente institucional, podría ser aprobado mediante otro instrumento legal como una Resolución Directoral o una Resolución Jefatural, o de ser el caso con resolución de gobierno regional.
9 ¿Con qué se aprueba?
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De acuerdo a las normas vigentes, los Documentos Normativos del Ministerio de Salud son: la Norma Técnica de Salud, las Directivas (Directiva Sanitaria y Directiva Administrativa), y las Guías Técnicas.
Además se incluyen como Documento Normativo a los Manuales y a los Documentos Técnicos.
Se podría decir que es la continuación del peldaño inferior en la Pirámide de Kelsen.
10 ¿Qué tipos de Documentos Normativos hay?
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• Norma Técnica de Salud • Directiva• Guía Técnica• Manual• Documento Técnico
Tipos de Documentos Normativos
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Anexo 01- B TIPOS DE DOCUMENTOS NORMATIVOS
DOCUMEN TO
PROPOSITO AMBITO CARÁCT ER
APROBA CION
1. NORMA TECNICA DE SALUD
Normar, Regular aspectos relacionados a intervenciones, estrategias, objetivos, de prevención, promoción, recuperación y rehabilitación en Salud Pública
Nacional Sectorial (MINSA, Gobiernos Regionales, EsSalud, SFFAAyPP, Sub Sector Privado)
Obligatorio cumplimien to
RM
2. DIRECTIVA Definir aspectos técnicos y operativos en materias específicas
Pliego 011Nivel CentralDirección General u Oficina General
Obligatorio cumplimien to en su ámbito
RMRVMRD
3. GUIA TECNICA
Describir de manera precisa procesos, procedimientos relacionados con aspectos asistenciales y administrativos de la atención de salud.
Unidades Orgánicas y Dependencias MINSA
Obligatorio cumplimien to
RM
4. MANUAL
Informar, difundir mediante la compilación sistemática, ordenada, instrucciones detalladas y específicas sobre determinados temas sanitarios.
Unidades Orgánicas y Dependencias MINSA RM
5. DOCUMENTO TECNICO
Definir y establecer de manera sistemática, ordenada, instrucciones sobre determinados temas sanitarios, para su difusión
Unidades Orgánicas y Dependencias MINSA RM
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El 16 de Octubre de 2005 con
R.M. N° 826 - 2005/MINSA se aprueba:
Normas para la Elaboración de Documentos Normativos del Ministerio de Salud
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