interpretaciÓn jurÍdica (1)
Post on 26-Dec-2015
36 Views
Preview:
TRANSCRIPT
INTERPRETACIÓN JURÍDICA
INTERPRETACIÓN JURÍDICA
LA PALABRA INTERPRETACIÓN JURÍDICA PROVIENE DE LA VOZ
LATINA INTERPRETARI CUYO SIGNIFICADO ES VENIR EN AYUDA DE
ALGO O ALGUIEN. ESTA INTERPRETACIÓN FUE TOMANDO SU
PROPIO SENTIDO DE ACUERDO AL TIEMPO Y LA HISTORIA.
LA INTERPRETACIÓN SOBRE LA JURÍDICA PERMITE QUE LA
NORMA ASIMILE UN “INTUICIÓN JURÍDICA” REFERIDA A UNA
CONDUCTA E INTERFERENCIA INTER-SUBJETIVA, APREHENDIDA
DIRECTAMENTE MEDIANTE LA SIGNIFICACIÓN QUE EMANA DE LA
CIENCIA Y LA FILOSOFÍA
PRESENTA TRES FACTORES:
ORDEN CATEGORIAL
ELABORACION LOGICA
ELABORACIONN AXIOLOGICA
LOS HERMENEUTAS O INTERPRETES:
• Son los responsables de
comunicar las normas jurídicas.
• Se ejecuta por 5 agentes:
LOS CIUDADANOS
LOS ABOGADOS LITIGANTES
LOS JURISTAS
LOS MAGISTRADOS
LOS LEGISLADORES.
• LA DETERMINACION
HERMENEUTICA.
• DETERMINACON SUBJETIVA.
• DETERMINACION OBJETIVA.
. FASES DEL PROCESO DE INTERPRETACIÓN
FASE DE APLICACIÓN METODOLOGICA
• Elige u opta por algún
criterio cualitativo que
enmarca orientación a
interpretación de la norma.
FASE DE APROXIMACION PRIORISTICA
• El intérprete elabora su propio marco
global de interpretación jurídica,
asumiendo uno o más criterios con
ponderaciones disimiles.
• se manifiesta de alguna de estas cuatro
maneras:
APROXIMACION APRIORISTICA
TECNICISTA
APROXIMACION APRIORISTICA
TEOLOGICA
APROXIMACION APRIORISTICA
SOCIOLOGICA
APROXIMACION APRIORISTICA
SOCIOLOGICA
APROXIMACION APRIORISTICA TECNICISTA
Extraen nociones:
• La literalidad de la norma
• La ratio leguis
• Las fuentes históricas directas que sirven
para entender el contenido de la norma.
• Los sistemas jurídicos, es decir, el orden
y la distribución de la norma dentro de
un texto o dentro de un plexo jurídico.
• La dogmática jurídica, es decir, los
conceptos que subyacen en las normas,
armonizándolas y dándoles un sentido,
por ejemplo para el intérprete teccnicista
no cabe distinguir entre legalidad y
legitimidad
APROXIMACION APRIORISTICA TEOLOGICA
• El sentido de la norma surge del fin
perseguido (el mundo del derecho
obedece a la regla de la finalidad: “En
la norma no hay acción sin fin”. Con
esto se aspira a la realización de los
principios éticos-jurídicos que inspiran la
dación de la norma objeto de
interpretación.
• La medida para investigar una norma
no es uno absoluto de verdad sino uno
relativo de finalidad: la protección de
intereses individuales y sociales que
pudieran encontrarse en conflicto en un
momento dado.
APROXIMACION APRIORISTICA SOCIOLOGICA
• considera las características
culturales del lugar donde ha de
aplicarse la norma. Este criterio
supone que el derecho no es un
fenómeno valido en sí mismo, sino
un instrumento normativo de la
sociedad de la que es un
subproducto, explicable a través
de ella y necesariamente
adaptable a sus características.
APROXIMACION APRIORISTICA PRACTICISTA
• Se parte de una postura
pragmática que considera que,
en realidad, ningún hermeneuta
elige o privilegia un solo
criterio en desmedro del resto.
• Es frecuente que el intérprete
combine varios de los criterios
señalados hasta aquí en una
postura adoptada consciente o
inconscientemente.
FASE DE APLICACION METODOLOGICA
Sus principales métodos son:
• El método exegético
• El método de libre investigación científica
• El método de derecho libre
• El método histórico
• El método histórico evolutivo
EL RESULTADO PRIMARIO DE LA INTERPRETACION
• El hermeneuta puede obtener el
resultado de una interpretación
declarativa, que se limita a
asignar un sentido normativo sin
restringir ni agregar nada a la
formula gramatical de la
norma, dado que guarda
concordancia con su letra. En
cambio, cuando existe
disonancia entre las
conclusiones del hermeneuta y
la formula gramatical, se debe
iniciar un proceso de renovación
interpretativa.
RECONERSION DE LA INTERPRETACION DECLARATIVA
• Implica transformar o mudar el
resultado primario alcanzado,
en razón de la contradicción
parcial entre la formula
gramatical y los aspectos
lógicos, teológicos y axiológicos
asignados a la norma
• Se manifiesta:
INTERPRETACION RESTRICTIVA
INTERPRETACION EXTENSIVA
INTERPRETACION MUTATIVA
INTERPRETACION ANALOGICA
CONCLUSIONES
• Hay ordenamientos jurídicos que establecen el método de interpretación
que debe utilizarse: son ejemplos el código civil colombiano (método
exegético) y el código civil chileno (método histórico).
• En el Perú los jueces deben circunscribirse, en principio, a la legislación
no se les ha asignado el empleo de un método especifico de
interpretación.
• Se ha justificado esta omisión señalándose que los problemas que
derivan de la interpretación son muy variados y se hallan subordinados
por su naturaleza, a la práctica jurisprudencial: El arbitrio del juez es
indispensable en su momento pues un método preestablecido podría
conducir en algunos casos a una aplicación contraria a la justicia.
top related