informatica
Post on 05-Aug-2015
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Por la particular naturaleza del software fue
reacio a dejarse encuadrar en las
clásicas categorías jurídicas
existentes
Así, algunos han sostenido que el programa debe ser regulado a
través del derecho de patentes;
otros, aseveran que el régimen
idóneo para tutelar a los
programas de computación es
el propio del Derecho de
autor.
Finalmente, un sector considera que es menester crear un nuevo ordenamiento jurídico, que
atienda y prevea las
particularidades que caracterizan
al software.
La legislación sobre software en Argentina busca brindar una protección amplia, a través del derecho de autor
En América latina, el mercado de las tecnologías de información se encuentra todavía en una fase de maduración
LA EXPANSIÓN DE LA
INDUSTRIA
PROTECCIÓN JURÍDICA
DESARROLLO
SUSTENTABLE
PARA SER
En una economía basada en el conocimiento, no hay dudas de que es indispensable un entendimiento de los DPIs para la realización informada de políticas en todas las áreas del desarrollo humano.
ETAPAS
primera decía “todo autor o inventor es propietario exclusivo de su obra, invento o descubrimiento, por el término que le acuerde la ley”
fue rechazada no en su totalidad por la segunda, ya que no se refería a los programas de computación que son usados muy a menudo, no se les tomaba en cuenta, no se previó la necesidad de darle protección jurídica al software.
Para esto es necesario establecer normas para proteger los regímenes de derechos de autor y que en realidad abarque mucho más que solo la creación material si no la inmaterial como las que vemos en internet
mas adelante en la tercera etapa donde si se toma en cuenta este tipo de creación tanto material y por decirlo así inmaterial. Porque se vio una creciente demanda de los programas de computación, su vulnerabilidad y gran costo económico, entonces se comenzó a adquirir -para la ciencia del derecho- un valor independiente del hardware, generando un intenso debate en orden a su protección jurídica.
Con respecto a la protección de la propiedad intelectual, la ley 25.036 nos habla sobre aquellas personas físicas o jurídicas dependientes que son contratadas para elaborar programas de computación y hubiesen ellos producido un programa de computación en el desempeño de sus funciones tienen derecho a inscribirlos como suyos.
EFECTOS DEL REGISTRO DE UN SOFTWARE SON
GARANTIZA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE AUTOR
PROHÍBE EL USO O EXPLOTACIÓN DEL SOFTWARE POR TERCEROS SIN AUTORIZACIÓN
SE CREA LA PRESUNCIÓN IURIS TANTUN DE: QUE LO DEPOSITADO ES UNA OBRA INTELECTUAL, SIEMPRE Y CUANDO SE SEPA QUIEN LA CREO
OTORGA FECHA CIERTA A LA OBRA Y DA CERTEZA SOBRE SU EXISTENCIA
USADO COMO ELEMENTO DE COMPARACIÓN EN CASO DE PLAGIO O COPIA
TIPOS DE REGISTROS
REGISTRO DEL
SOFTWARE COMO OBRA
INÉDITA
REGISTRO DEL
SOFTWARE COMO OBRA PUBLICADA
La suspensión del derecho
del autor hasta que
este se inscriba y
recupere sus derechos
CONSECUENCIAS DE LA FALTA DE
REGISTRO
DERECHOS QUE SURGEN DE UNA
OBRA PATENTADA
COMPRENDEN ASPECTOS PATRIMONIALES QUE LE DA AL AUTOR LA CAPACIDAD DE TENER UN BENEFICIO O LUCRO DE PARTE DE SU OBRA Y EXTRAPATRIMONIAL QUE HABLA DE PROTEGER SU PERSONERÍA CREATIVA ANTE LOS DEMÁS, QUIERE DECIR QUE NADIE MÁS USE O GOCE DE SU OBRA.
PODER DISPONER DE ELLA, PUBLICARLA, VENDERLA, EJECUTARLA O DE EXPONERLA EN PÚBLICO.
CONCLUSIÓN Dadas las características de innovación del software el sistema de patentes desalienta la innovación, funcionando mejor las patentes en el campo de la farmacéutica, como ejemplo cuando surge una nueva enfermedad se crea un nuevo medicamento a la cual se patenta pero en el campo de la tecnología donde las innovaciones la velocidad en que se desarrolla el mercado de software.Las patentes tienden a ser largar y se requiere de la asesoría de un profesional lo cual demandaría un desembolso de dinero.Pero una delas ventajas es la fortaleza de la protección provista por el derecho de patentes.
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