incorporación de organismos públicos al sistema Único de asignaciones familiares
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Incorporación de Organismos Públicos alIncorporación de Organismos Públicos alSistema Único de Asignaciones FamiliaresSistema Único de Asignaciones Familiares
Sistema Único de Asignaciones Familiares SUAF
Sistema Único de Asignaciones FamiliaresSistema Único de Asignaciones Familiares SUAF SUAF
Las Asignaciones Familiares son abonadas en forma directa por ANSES
Notificación a la Empresa
Incorporación de EmpresasSistema Único de Asignaciones Familiares
Decreto N° 1668/12
EmpresaANSES carga Novedades
• Transmite por Mi Simplificación de AFIP datos de los trabajadores y sus vínculos familiares así como las CBU
• Presenta Formularios de Novedades.
Bases intervinientes en el proceso
Bases Intervinientes en la LiquidaciónSistema Único de Asignaciones Familiares
SIPADatos sobre
Relación Laboral
ADPDatos sobre
Personas y sus Relaciones
ADEDatos sobre Empresas
Novedades AAFF
Datos sobre Solicitudes de Prestaciones
Responsabilidades del EmpleadorSistema Único de Asignaciones Familiares
Notificar a todos sus trabajadores a través del Formulario PS 2.61 “Notificación del Régimen de Asignaciones Familiares”, acerca del Régimen de Asignaciones Familiares y del nuevo Sistema Liquidador dentro de los diez días hábiles del ingreso de la Empresa a SUAF, como así también, dentro de los diez (10) días hábiles del ingreso de un nuevo trabajador.
Transmitir a través del Programa de Simplificación Registral (PSR) todos los datos relacionados con sus trabajadores y vínculos familiares, como así también todas las altas, bajas y modificaciones que se produzcan en el futuro. También debe informar la CBU de los trabajadores
Presentar en tiempo y en forma ante AFIP las Declaraciones Juradas mensuales.
Presentar ante ANSES, en el mes de su incorporación, toda documentación y/o Formularios que respalden la liquidación de las Asignaciones Familiares a cada uno de sus trabajadores dependientes.
Régimen de Asignaciones Familiares Formulario PS 2.61 – Notificación Regimen AAFF
Régimen de Asignaciones Familiares Formulario PS 2.61 – Notificación Régimen AAFF
Responsabilidades del TrabajadorSistema Único de Asignaciones Familiares
Notificar a la Empresa acerca de las altas, bajas y modificaciones de datos de su grupo familiar con la presentación de la documentación respectiva, a efectos de que su empleador las transmita a través del Programa de Simplificación Registral (PSR).
Presentar en tiempo y en forma ante ANSES toda la documentación y/o Formularios que avalen la liquidación de las Asignaciones Familiares.
Formularios de Novedadesde Asignaciones Familiares
Formulario PS.2.68 Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial.
Formulario PS.2.53 “DDJJ Renuncia/Revocación de Renuncia al Cobro de Asignaciones
Familiares – Sistema Único de Asignaciones Familiares”
Formulario PS.2.57 “Nota de Reclamo - SUAF” ( El reclamo lo puede formalizar el Trabajador /
Representante)
Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares”
PrenatalMaternidadMaternidad DownApoderado
Documentación que forma parte del legajo del trabajador:
Formulario PS.2.61 “Notificación del Régimen de Asignaciones Familiares-SUAF”,
Documentación relacionada con el trabajador y sus cargas de familia que dieran origen a que el
empleador las transmita a través de PSR
Documentación que debe ser presentada ante ANSES
Asignaciones Familiares VigentesTrabajadores en Relación de Dependencia
** Hasta los 18 años estudie o no***Deben ser tramitadas ante cualquier sucursal del Correo Argentino
PrenatalMaternidad / Maternidad DownHijo **Hijo con DiscapacidadAyuda Escolar (Nivel Inicial, EGB y Polimodal)Ayuda Escolar por hijo con discapacidadNacimiento ***Adopción***Matrimonio***
Trabajadores en relación de dependenciaEsquema Normativo
Características Requisitos
Percibir un ingreso individual o un
Ingreso del Grupo Familiar igual o
superior a $ 200,00.- e inferior a $
7.000,00.- (de tratarse de ingreso
individual) y/o $ 14.000.- (de
tratarse de Ingreso Grupo Familiar).
Relación de dependencia y/o
efectiva prestación de servicios
Períodos de antigüedad para
algunas prestaciones
Prestación dineraria
Escala de montos crecientes de
acuerdo al ingreso individual o al
Ingreso del Grupo Familiar
Menor Ingreso =
Mayor asignación
Valores diferenciales de las
asignaciones para determinadas
zonas geográficas
Opción por el Régimen más
Beneficioso
Trabajadores en relación de dependenciaEsquema Normativo
Conformación de Grupo Familiar
Para las Asignaciones Familiares por
Hijo, Hijo con Discapacidad y Ayuda
Escolar
Para la Asignación Familiar por
Prenatal
Para la Asignación Familiar por
Matrimonio
Para la Asignación Familiar por
Nacimiento
Para la Asignación Familiar por
Adopción
Progenitores o Pariente por
Consanguinidad hasta 3º grado que lo
tiene a su cargo
Mujer embarazada y su cónyuge o
concubino/a
Ambos cónyuges
Ambos Progenitores
El o los adoptantes
Trabajadores en relación de dependenciaEsquema Normativo
Conformación de Grupo Familiar (continuación)
En el caso de padres separados o divorciados se computa para el cálculo del
Ingreso Familiar los ingresos de ambos progenitores.
En el caso de guarda, tutela, curatela a la persona o pariente por
consanguinidad se computa para el cálculo del Ingreso Familiar sólo los
ingresos de éstas relaciones.
Trabajadores en relación de dependenciaEsquema Normativo
¿Qué se considera como Ingresos?
Se considera para el cálculo del Ingreso Familiar:
la suma de las remuneraciones de los trabajadores en relación de
dependencia registrados más la Asignación por Maternidad / Maternidad
Down en caso de corresponder
las rentas de referencia para trabajadores autónomos, monotributistas y
servicio doméstico
los haberes de jubilación y pensión
Prestación por Desempleo
Planes Sociales
Toda suma originada en Prestaciones Contributivas y/o No Contributivas
de cualquier índole
El requisito de antigüedad condiciona el pago íntegro pero no impide la percepción de las mensualidades que se devenguen con posterioridad.
Se paga una suma mensual igual a la asignación por hijo por cada mes de gestación Se aplican topes de ingresos y rango
Cobra sólo uno de los progenitores Si la documentación se presenta con posterioridad al nacimiento no corresponde el
pago. El pago cesa por interrupción del embarazo y por nacimiento El pago es compatible con la percepción de la asignación por hijo siempre que no
exceda de 9 mensualidades
Antigüedad 3 meses en el empleoPrenatal
Régimen de Asignaciones Familiares
(La antigüedad deberá computarse al mes de ocurrido el hecho generador, es decir a la “Fecha de Concepción” correspondiente)
Régimen de Asignaciones Familiares Formulario PS 2.55 – Novedades Unificadas
Régimen de Asignaciones Familiares Formulario PS 2.55 – Novedades Unificadas
La presentación debe hacerse dentro de los 30 días de confeccionado
Régimen de Asignaciones Familiares Formulario PS 2.55 – Novedades Unificadas
La presentación
NO es personal
A esta fecha se controla el derecho al retroactivo
Maternidad
Durante la licencia percibirá: Si cobra remuneraciones fijas: Una suma igual a la remuneración bruta que
le hubiera correspondido percibir si hubiera estado trabajando Si cobra remuneraciones variables: El promedio de las remuneraciones
percibidas en los tres meses anteriores al comienzo de su Licencia por Maternidad.
Máximo 90 días No se aplican topes de ingresos Requiere tres (3) meses de antigüedad en el empleo Solicitarla ante ANSES antes de finalizada la Licencia
Cuando hay más de un empleo se percibe en cada uno de ellos
Regimen de Asignaciones Familiares
Antes de iniciar la licencia la trabajadora debe optar por hacer uso de la misma 30 pre-parto y 60 post-parto 45 pre-parto y 45 post-parto
Se paga en forma íntegra: cuando se interrumpe el embarazo si éste es de más de 180 días de
gestación. Cuando el nacimiento ocurre con vida antes del inicio de la licencia.
En caso de nacimiento a término, si el embarazo no se hubiera denunciado, y por ello no esté haciendo uso de la licencia sólo corresponderá el pago de la asignación por los 45 días posteriores al parto
Maternidad Down Asignación por Maternidad de Trabajadoras de Organismos Públicos: En
aquellos casos en que a la trabajadora se le otorgue una Licencia por Maternidad de 100 días o más en función a lo dispuesto en los Convenios Colectivos de Trabajo, ANSES abonará hasta un máximo de 90 días conforme lo establecido en la Ley de Contrato de Trabajo; debiendo el Organismo Público abonar los días restantes en concepto de Licencia Paga.
Régimen de Asignaciones FamiliaresMaternidad
Régimen de Asignaciones Familiares Formulario PS 2.55 – Novedades Unificadas
Régimen de Asignaciones Familiares Formulario PS 2.55 – Novedades Unificadas
Fecha en la que la trabajadora notifico su estado de embarazo al
empleador.
Mismos datos del certificado con el que se notifico al empleador
Régimen de Asignaciones Familiares Formulario PS 2.55 – Novedades Unificadas
La presentación
NO es personal
Se puede presentar
hasta el último día de la Licencia
Régimen de Asignaciones Familiares
Maternidad Down
En caso de nacimiento de un hijo con Síndrome de Down, la trabajadora tiene derecho a una licencia de 6 meses desde la fecha de vencimiento del período de prohibición legal de trabajar.
Durante este período se abona una suma de dinero igual al sueldo bruto que le hubiera correspondido percibir a la trabajadora
LEY Nº 24.716LEY Nº 24.716
Régimen de Asignaciones Familiares Formulario PS 2.55 – Novedades Unificadas
Régimen de Asignaciones Familiares Formulario PS 2.55 – Novedades Unificadas
Hasta los 18 años
Soltero
Que resida en el país
Adoptivo
Bajo Guarda o Tutela
Se aplican topes de ingresos y rangos
Se paga aunque el hijo trabaje o perciba cualquier beneficio
Cobra sólo uno de los padres, el que se encuentre en el rango más beneficioso
Si los padres están separados o divorciados, cobra la Asignación quien tiene la tenencia. Si el que tiene la tenencia no trabaja o no percibe un beneficio Previsional o de desempleo puede autorizar al otro padre a cobrar
Régimen de Asignaciones Familiares
MaternidadHijo
Se paga por hijos sin límite de edad que residan en el país Adoptivo. Bajo Guarda, Tutela o Curatela a la Persona.
Guardas Provisorias: validez hasta su vencimiento o hasta los 12 meses de dictadas
En caso de separaciones o divorcios, cobra quien detente la tenencia. Hijo soltero, divorciado, separado legalmente o viudo. Se paga hasta el mes inclusive en que nacen, fallecen o cesa la discapacidad,
aunque el hijo trabaje o perciba cualquier beneficio.
Régimen de Asignaciones Familiares
MaternidadHijo con Discapacidad
No se paga:Por Tutela ad LitemPor Hijos con Discapacidad Emancipados
Sin topes de ingresos pero con rango
Cobra sólo uno de los padres, el que se encuentre en el rango más beneficioso
Régimen de Asignaciones FamiliaresHijo con Discapacidad
Para cobrar el trabajador debe contar con Autorización Expresa de ANSES para lo cual
previamente debe contar con el Certificado Único de Discapacidad (CUD)
Tramitación de la autorización
Para la tramitación de la Autorización para el cobro de la Asignación por Hijo con Discapacidad el titular debe presentar original y fotocopia del Certificado Único de Discapacidad (CUD), expedido por los organismos habilitados a tal efecto, en el marco de las previsiones de la Ley Nº 22.431. En las provincias que momentáneamente se encuentran excluidas de la emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD) se deberá presentar, en su reemplazo, el certificado de discapacidad vigente conforme a la Ley Provincial correspondiente. Si la persona con discapacidad cuenta con Certificado de Discapacidad Provincial vigente al momento de la presentación del trámite de autorización de discapacidad, puede presentar original y fotocopia del mencionado certificado, el que se considerará válido hasta la fecha de su vencimiento.
Formulario PS 2.71DDJJ para la Tramitación de la Autorización para el Cobro de la Asignación por Hijo con Discapacidad
Embargo Judicial
En el caso de que un JUEZ dictamine que, quien accede al derecho de las Asignaciones Familiares se encuentre obligado judicialmente a cederlas a un/a Demandante; se deberá presentar el Oficio Judicial que informe la mencionada situación, el cual deberá contener la siguiente información:
• Nombre/s y Apellido/s, Código Único de Identificación Laboral o
• Documento Nacional de Identidad del Beneficiario.
• Nombre/s y Apellido/s, Código Único de Identificación Laboral o
• Documento Nacional de Identidad del Titular.
• Nombre/s y Apellido/s, Código Único de Identificación Laboral o
• Documento Nacional de Identidad del/los Relacionado/s, por el/los cual/es se libra el Oficio Judicial .
• Fecha de Oficio: Fecha de emisión del Oficio Judicial.
• Fecha de Sentencia (campo no obligatorio).• Período Desde: Fecha a partir de la cual debe
hacerse efectivo el Depósito Judicial.• Período Hasta: Fecha a partir de la cual deja de
hacerse efectivo el Depósito Judicial.• Jurisdicción, Juzgado, Carátula —Autos-,
Nombre y Apellido del Juez o Secretario del Juzgado interviniente.
• Medio de Pago del Titular : Clave Bancaria Única o Boca de Pago.
Se abona por cada hijo e hijo con discapacidad
Corresponde por Nivel Inicial, primaria y secundaria
Para los hijos con discapacidad corresponde también por Enseñanza Diferencial y Rehabilitación aún cuando sea impartida por Maestros Particulares
Cobra sólo uno de los padres, el que perciba la asignación por hijo o hijo con discapacidad
Para los hijos con discapacidad no tiene límite de edad ni se aplican topes de ingresos
El titular deberá tener derecho al cobro de la Asignación Familiar por Hijo y/o Hijo con Discapacidad, al menos en un mes, entre los meses de enero a diciembre de cada año.
Régimen de Asignaciones Familiares
Ayuda Escolar Anual
MASIVASe liquida en enero y febrero y deben
presentar el certificado escolar desde el inicio del ciclo lectivo hasta el 31 de
octubre de cada año. El plazo se extenderá hasta el 31 de diciembre de cada año en
caso de que el hijo concurra a Escuelas de Verano. De no realizar la presentación no
se liquidará en forma masiva en el año siguiente
EXTRAORDINARIA Si no percibe esta asignación en forma
MASIVA, se efectivizará contra presentación del Formulario PS 2.68 Acreditación de
Escolaridad / Escolaridad Especial si lo hace entre el inicio del ciclo lectivo y hasta el 31
de octubre de cada año. El plazo se extenderá hasta el 31 de diciembre de cada
año en caso de que el hijo concurra a Escuelas de Verano.
Tipos de Liquidaciones
Ayuda Escolar Anual
Régimen de Asignaciones Familiares
Consulta Dónde Cobro
Nº de CUIL
Código
Consulta de Liquidación SUAF Online
En www.anses.gob.ar entrar en “MI ANSES”
Consulta de Liquidación SUAF Online
Ingresar en “Liquidación de Asignaciones Familiares - SUAF”
Consulta de Liquidación SUAF Online
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