impuestos que se pagan en la importacion (1)
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PRECIOS DE TRANSFERENCIA
Existe consenso a nivel mundial en el sentido de que el tema deprecios de transferencia es uno de los ms importantes en
tri!utaci"n# Si !ien las !ases de precios de transferencia se crearonen los Estados $nidos de Norteam%rica & en Europa 'ace variasd%cadas( el tema no 'a permanecido esttico( por el contrario lavelocidad de su evoluci"n va de la mano con el desarrolloecon"mico mundial# En el presente diplomado se !usca que elparticipante entienda los conceptos fundamentales de Precios deTransferencia & su relaci"n con los temas de Tri!utaci"nInternacional( antes mencionados#
ORDENAMIENTO JURIDICO
VALIDEZ DE LAS NORMAS
Al lle)ar a sus l*mites( el poder se parali+a, por e-emplo( el Poder.e)islativo no est le)itimado para reali+ar un acto dereconocimiento o desconocimiento de la autonom*a del /uradoNacional de Elecciones porque esa autonom*a est reconocida poruna norma constitucional 0art*culo 1234, el Poder Constitu&ente noatri!u&e al Poder .e)islativo el poder de otor)ar o ne)ar autonom*aal /urado Nacional de Elecciones, as* como el Poder /udicial noest le)itimado para administrar -usticia en materia electoral porqueese poder le compete al /urado Nacional de Elecciones pormandato de una norma constitucional 0el art*culo 125o# inc# 64( quees norma superior que crea & le)itima al Poder /udicial para quedicte normas individuales 0sentencias4 dentro de los l*mites formales& materiales esta!lecidos por la Constituci"n & las le&es sustantivas& procesales#
Cuando las autoridades act7an dentro de los l*mites de sus
competencias decimos que vivimos en un Estado de Derec'o( quees tal porque ri)e el ordenamiento -ur*dico que se puede 'acervaler( cuando es necesario( por medio de la fuer+a or)ani+ada einstitucionali+ada que monopoli+a el Estado# Pero( cuando unaautoridad invade el m!ito de poder de otra autoridad( se rompe elordenamiento -ur*dico 0& con %l el Estado de Derec'o que 8cae as*en el despotismo o en la anarqu*a84 & comien+a a re)ir la le& de lafuer+a !ruta que es la le& de la selva( creando el caos &desconcierto en la po!laci"n que es la que sufre las funestas
consecuencias#
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fundada en una norma superior( que es una le& ordinaria queproviene del Poder .e)islativo( que dice que los contratos sono!li)atorios en cuanto se 'alla expresado en ellos 0art*culo 1;
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ra+onamiento de @o!!io( cuando expresa: 8.a norma fundamentales el criterio supremo que permite esta!lecer la pertinencia de unanorma a un ordenamiento( en otras pala!ras( es el fundamento devalide+ de todas las normas del sistema# Por lo tanto( no s"lo la
exi)encia de la unidad del ordenamiento sino tam!i%n la exi)enciade fundar la valide+ del ordenamiento nos lleva a exi)ir la normafundamental( la cual es( asimismo( el fundamento de valide+ & elprincipio unificador de las normas de un ordenamiento# como unordenamiento presupone la existencia de un criterio para esta!lecerla pertinencia de las partes al todo & un principio que las unifique( nopodr existir ordenamiento sin norma fundamental8#
Si la norma fundamental del ordenamiento positivo es laConstituci"n & si toda norma se fundamenta en otra norma superior('a& que pre)untarnos Ben qu% se !asa la norma fundamental .arespuesta no la podemos encontrar en el ordenamiento positivo(dentro de %l la norma fundamental no tiene fundamento porque si lotuviera de-ar*a de ser fundamental( &a que 'a!r*a una normasuperior de la cual depender*a# .a respuesta a esta pre)unta 'a&que !uscarla fuera del ordenamiento -ur*dico# uc'as son lasrespuestas que se 'an dado para formular una norma superior quefundamente a la fundamental & descu!rir un poder superior al PoderConstitu&ente( que ser*a la verdadera fuente de todo poder# 9eamos
al)unas de ellas#
En el Per7 tenemos un sistema m7ltiple de control de laconstitucionalidad de las le&es# El control pol*tico est consa)radopor el art*culo 1=o# inc# = de la Constituci"n( que dice: 8Sonatri!uciones del Con)reso ### =# 9elar por el respeto de laConstituci"n & de las le&es( & disponer lo conveniente para 'acerefectiva la responsa!ilidad de los infractores8# El control difuso estesta!lecido en el se)undo prrafo del art*culo 1;5o# de la
Constituci"n que expresa: 8En todo proceso( de existirincompati!ilidad entre una norma constitucional & una norma le)al(los -ueces prefieren la primera# I)ualmente( prefieren la norma le)also!re toda otra norma de ran)o inferior8, & el control concentradoest a car)o del Tri!unal Constitucional 0art*culo =1 al =4#
HANS KELSEN.
Naci" en Pra)a en 1551( estudi" en las $niversidades de 9iena(Geidel!er) & @erl*n( doctorndose en la primera en 13
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las doctrinas que constitu&en la Teor*a Pura del Derec'o( doctrinasdestinadas a tener una enorme repercusi"n & a!rir un nuevoper*odo en la 'istoria del pensamiento -ur*dico contemporneo# .ospro!lemas capitales de la Teor*a del Derec'o Pol*tico( desple)ados
por la Teor*a de la Proposici"n /ur*dica era el t*tulo completo deesta primera o!ra( con la que se inicia!a su marc'a ascendente enla difusi"n de las nuevas ideas & se funda!a la importante escuelade 9iena#
Helsen contin7a fundamentalmente la tra&ectoria del IuspositivismoDo)mtico & Estatal &( ms especialmente( la idea de constituirso!re dic'as !ases una Teor*a eneral del Derec'o( tal como &a lo'a!*a intentado Austin en In)laterra & diversos autores en Alemania#Pero el maestro de 9iena se destaca por encima de todos esosintentos anteriores porque reali+a un anlisis cr*tico de la ciencia
-ur*dica reflexionando so!re las formas propias del pensamiento delos -uristas( de suerte que sus inda)aciones no tienen un carctermeramente emp*rico sino l")ico & metodol")ico#
.a influencia de Helsen 0aparte de lo que de!e considerarseestrictamente su escuela4 'a sido extraordinaria( a!arcando todo(&a que sus escritos 'an sido traducidos prcticamente a todos losidiomas# Su o!ra ocupa un lu)ar importante en el pensamiento
-ur*dico contemporneo & puede decirse( sin lu)ar a dudas( que 'asido( un aporte decisivo para la Teor*a eneral del Derec'o( esdecir( para ese intento de desentra>ar los conceptos fundamentalesque se dan necesariamente en cualquier ordenamiento -ur*dico & laestructura propia de este 7ltimo# Ese lu)ar que ocupa la Teor*aHelsesiana & el 'ec'o de que la mencionada Teor*a eneral delDerec'o constitu&a el n7cleo mismo de la Introducci"n al Derec'onos lleva a dedicar a la exposici"n de la Teor*a Pura Helsesiana unaatenci"n especial en esta rese>a del pensamiento -ur*dico#
.as dos o!ras ms conocidas de Helsen son: 8.a Teor*a Pura delDerec'o8 & 8 .a Teor*a eneral del Derec'o & del Estado8# .aprimera constitu&e la versi"n sint%tica insuperada dada por elmismo maestro de sus ideas fundamentales, la se)unda el tratadocompleto en que esas ideas adquieren aca!ada explicitaci"n#
Gans Helsen 01551J132;4 es pro!a!lemente el te"rico del Derec'oms influ&ente del si)lo KK & el ms discutido# Ela!ora una teor*apositivista del Derec'o en la que pretende dar una caracteri+aci"n
completa de los elementos constitutivos del sistema -ur*dico & unadescripci"n del modo en que este sistema se articula# Su prop"sito
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es presentar el Derec'o como realidad distinta e independiente deotros "rdenes normativos( como pueda ser la moral( & comorealidad diferente tam!i%n de los meros 'ec'os sociales &psicol")icos#
A partir de esa delimitaci"n del o!-eto -ur*dico( ela!ora su teor*a dela ciencia -ur*dica( )uiada por el postulado de la pure+a met"dica#Este postulado implica que el cient*fico del derec'o 'a de descri!irlas normas -ur*dicas con un enfoque puramente o!-etivo( atendiendotan s"lo al dato que especifica esas normas: su valide+ -ur*dica# Elconcepto de valide+ es la clave de !"veda de la doctrina -ur*dica deHelsen & tiene su sost%n 7ltimo en el postulado de la normafundamental# A su anlisis pormenori+ado se dedica la primera partede este li!ro#
Pero en la o!ra de Helsen se contiene tam!i%n toda una filosof*apol*tica( que tiene sus presupuestos en una %tica relativista & que(parad"-icamente( desem!oca en una fundamentaci"n de lademocracia# En la se)unda mitad del li!ro se pasa revista a estadimensi"n del pensamiento de Helsen( examinando su doctrinaso!re cuestiones tales como la li!ertad( la -usticia( la ideolo)*a o lademocracia# .a tesis de fondo que )u*a este anlisis & esta divisi"ndel li!ro en dos partes es que la teor*a del Derec'o de Helsen se
puede comprender en el contexto de su filosof*a pol*tica & social &de su -ustificaci"n del Derec'o( eminentemente pra)mtica & li)adaa la idea de se)uridad#
ESTRUCTURA JERRQUICA DEL SISTEMA JURDICONORMATIVO DEL PER
Ordenamen!" J#r$d%"
Se)7n Gans Helsen( es el LSistema de normas ordenadas-errquicamente entre s*( de modo que traducidas a una ima)envisual se aseme-ar*a a una pirmide formada por varios pisossuperpuestos#
Esta -erarqu*a( demuestra que la norma LinferiorM encuentra en laLsuperiorM la ra+"n o fuente de su valide+# .a Constituci"n Pol*ticadel Per7( esta!lece una r*)ida sistemati+aci"n -errquica delordenamiento -ur*dico peruano & a continuaci"n se conceptuali+ancada una de ellas de acuerdo a su relevancia:
&. C"n'!!#%(n P")$!%a de) Per*.
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Es la norma primaria del ordenamiento le)al( constitu&e el marcodentro del cual de!en u!icarse las normas -ur*dicas# Contiene entreotros( los principios !sicos que permiten ase)urar los derec'os &de!eres de las personas( as* como la or)ani+aci"n( funcionamiento
& responsa!ilidad del Estado# Prima so!re cualquier otra norma-ur*dica & es expedida por el con)reso constitu&ente#
+. Le, Or-n%a.
Es la que delinea la estructura & funcionamiento de las entidadesdel Estado previstas en la constituci"n( as* como las materias queesta expresamente contempla que se re)ulen por tales le&es# Paraser apro!adas se requiere el voto de ms de la mitad del Con)reso#
/. Le, Ordnara.
Es la norma escrita de carcter )eneral que emana del con)reso(de acuerdo al procedimiento que fi-a la constituci"n# Son de las msvariadas ramas: civiles( tri!utarias( penales( etc#
0. Re'")#%(n Le-')a!1a.
Se expiden con una finalidad espec*fica del Con)reso( & por suscaracter*sticas especiales tienen fuer+a de le El -urista C'irinosSoto( las 'a definido como la Lle& del caso particularM#
2. De%re!" Le-')a!1".
Es una norma Lsui )enerisM que se deriva de la autori+aci"n expresa& facultad dele)ada del Con)reso al Poder E-ecutivo en !ase a unale& espec*fica( que en doctrina se llama Lle)islaci"n dele)adaM# Suemisi"n de!e su-etarse a la materia en cuesti"n & dictarse dentrodel t%rmino que se>ala la le& autoritativa# El Presidente de la
Rep7!lica( de!e dar cuenta al con)reso o comisi"n permanente( delos Decretos .e)islativos que dicta#
3. De%re!" de Ur-en%a.
Es expedido por el poder E-ecutivo como medida extraordinaria &vlida para re)ular situaciones de carcter econ"mico J financiero(cuando as* lo requiera el inter%s nacional#
4. De%re!" '#5rem".
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Es un precepto de carcter )eneral expedido por el poder E-ecutivo#Con este dispositivo se re)lamentan las le&es sin trans)redirlas nidesnaturali+arlas# .levan la firma completa del presidente de laRep7!lica & son refrendadas por uno o ms ministros se)7n la
naturale+a del caso#6. Re'")#%(n S#5rema.
Es una norma de carcter espec*fico( ru!ricada por el Presidente &refrendada por el inistro del Sector respectivo que conllevadecisiones de importancia )u!ernamental a nivel nacional#
7. Re'")#%(n Mn'!era).
Son dispositivos que permiten formular( e-ecutar & supervisar lapol*tica )eneral del Estado( dentro del m!ito de su competencia#Son expedidos por los inistros del ramo respectivo#
&8. Re'")#%(n V%e mn'!era).
Re)ulan aspectos espec*ficos de un sector determinado( & sondictadas por la autoridad inmediata a un ministro de estado#
&&. Re'")#%(n Dre%!"ra).
Son actos que se expresan situaciones adoptadas por elfuncionamiento del nivel respectivo# Es expedida por los Directoresadministrativos en funci"n a las atri!uciones que se>ala lasrespectivas le&es or)nicas del sector & re)lamentos deor)ani+aci"n & funciones#
LA TEORA PURA DEL DERECHO DE HANS KELSEN DENTRODEL DERECHO POSITIVO
DESARROLLO PIRAMIDAL DE KELSEN DENTRO DELORDENAMIENTO JURDICO
NIVEL 9UNDAMENTAL
LA CONSTITUCI:N: Es la verificaci"n en el derec'o positivo( delcontrato social( asumiendo para s* la Teor*a Contractualista de /uan/aco!o Rousseu( con la finalidad de crear un ente denominadoESTADO( que vi)ile & supervise la conducta de los individuos para
la o!tenci"n de la se)uridad -ur*dica( el orden p7!lico & la pa+social#
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Tam!i%n puede definirse como la Lle& fundamental( est% escrita ono( de un ESTADO( la cual fi-a los l*mites & define las relacionesentre los poderes del Estado 0E-ecutivo( .e)islativo( /udicial4# .e)aranti+a al pue!lo ciertos derec'os# Es la cristali+aci"n -ur*dica de
un acto constitu&ente# Es un concepto pol*tico( dada sufundamentaci"n en una decisi"n del poder constitu&ente & es unconcepto -ur*dico( pu%s posee una confi)uraci"n -ur*dica#
PARTES DE LA CONSTITUCI:N
PREM;ULO: Son los principios que ri)en al Estado( en %l sereco)e una proclamaci"n filos"fica & po%tica de los ideales & valoresms sentidos, reco)e sint%ticamente postulados doctrinarios(principios & valores que desarrolla en su articulado la .e& Superior#
Al)unas de sus caracter*sticas son:
El su-eto creador de la constituci"n es el pue!lo como poderconstitu&ente ori)inario( que adquiere realidad con laapro!aci"n directa de la Constituci"n mediante refer%ndumpopular#
El se>alamiento a la refundaci"n de la rep7!lica como finsupremo del constitu&ente( en funci"n de la reali+aci"n de un
amplio a!anico de principios( intenciones( valoraciones & curode acci"n( que se especifican lue)o en la normativaconstitucional#
DO
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no es otra que la de re)ular o normar una determinada rama delderec'o#
C:DIolas pod*an 'acer convenios con otros pa*ses sin afectar alEstado Espa>ol# El Tri!unal Constitucional Espa>ol al o!servar queeste estatuto tra*a a la lar)a pro!lemas( crea el denominado
;LOQUE DE LA CONSTITUCIONALIDAD.
LEYES ESTATALES: Tienen preferencia so!re la .e& Nacional(salvo cuando no tienen carcter privativo 0es decir que colindan conla le& nacional4
ORDENAN>AS MUNICIPALES: Son los actos sancionados por lascmaras municipales o ca!ildos( cu&a aplicaci"n son para re)ularlas actividades del municipio#
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DECRETOS LEYES: Actos administrativos dictados por la ramae-ecutiva del Poder nacional 0Presidente de la Rep7!lica4fundamentado en el otor)amiento previo de una .e& Ga!ilitante pormedio de la cual( la rama le)islativa dele)a temporalmente la
potestad de le)islar so!re aquellas materias esta!lecidas en elmarco normativo de la .e& 0'a!ilitante4 en virtud de al)unaexcepci"n circunstancial o permanente( determinada#
LEYES DE ;ASE: Son aquellas que esta!lecen los postuladosfundamentales para la re)ulaci"n de una materia o instituci"ndeterminada#
LEYES DE DESARROLLO: Son le&es que esta!lecen los planesde orientaci"n & planificaci"n territorial# Desarrollan el contenido de
las le&es de @ase#
NIVEL SU;?LE
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RESOLUCIONES= Actos Administrativos de efectos particulares(emanados del "r)ano representativo de la rama E-ecutiva del PoderP7!lico en el e-ercicio de sus competencias# E-emplo: Desi)naci"nde inistros( Ascensos de Coronel en adelante 0E-%rcito4#
:RDENES E INSTRUCCIONES= En su esencia es lo mismo(aunque al)unos doctrinarios afirman que la principal diferenciaradica en el medio por la cual se imparte 0la orden es escrita & lainstrucci"n es ver!al4#
CONTRATOS=Es un convenio cele!rado entre dos o ms personasque permite constituir( re)lar( modificar o transmitir entre ellos unv*nculo le)al# Siempre tiene aplicaci"n preferente a la .e&( nuncapueden violar el contenido de la misma#
Al)unos tipos de Contrato:
Contrato ColectivoJIndividual
Contrato 9er!al o Escrito
Contrato Determinado o Indeterminado
SENTENCIA=Es el acto concreto de la .e Es donde se carnifica lamisma# Emana de los "r)anos -urisdiccionales correspondientes#
LAUDO AR;ITRAL: Son actos concretos de .e& emanados por"r)anos -urisdiccionales ordinarios 0AdJGoc4 E-# /usticia para Todos#
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Im5#e'!"' @#e 'e 5a-an en )a Im5"r!a%(n IN
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Tasa: varia!le#
0. Im5#e'!" Se)e%!1" a) C"n'#m" ?ISC
O!-eto del impuesto: este tri!uto )rava la importaci"n de determinados !ienes(
tales como: com!usti!les( licores( ve'*culos nuevos & usados( !e!idas)aseosas & ci)arrillos#
El impuesto se aplica !a-o tres sistemas:
a4 Sistema al valor: la !ase imponi!le la constitu&e el valor CIF aduanerodeterminado se)7n el Acuerdo del 9alor de la O##C# ms los derec'osarancelarios a la importaci"n#
Se aplica a los !ienes contenidos en el .iteral A del Ap%ndice I9 del TextoQnico Ordenado de la .e& del Impuesto eneral a las 9entas e Impuesto
Selectivo al Consumo( apro!ado por D#S# N J33JEF & modificatorias#
Tasas: varia!le#
!4 Sistema espec*fico: la !ase imponi!le lo constitu&e el volumen importadoexpresado en unidades de medida#
Se aplica a los !ienes contenidos en el Nuevo Ap%ndice III del Texto QnicoOrdenado de la .e& del Impuesto eneral a las 9entas e Impuesto Selectivo alConsumo( apro!ado por D#S# N J33JEF & modificatorias#
Tasas: varia!le#
c4 Sistema de precio de venta al p7!lico: la !ase imponi!le est constituida porel precio de venta al p7!lico su)erido por el importador multiplicado por elfactor #56#El impuesto se determinar aplicando so!re la !ase imponi!le la tasaesta!lecida en el .iteral C del Nuevo Ap%ndice I9 del Texto Qnico Ordenado dela .e& del Impuesto eneral a las 9entas e Impuesto Selectivo al Consumo(apro!ado por D#S# N J33JEF( modificado por la .e& N =326#
2. Im5#e'!"
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O!-eto del impuesto: este tri!uto )rava la importaci"n de los !ienes afectos alI9#
@ase imponi!le: la misma !ase imponi!le que para el I9#
Tasa impositiva: =
4. Dere%"' An!d#m5n- , C"m5en'a!"r"'
O!-eto del derec'o:
.os derec'os antidumpin) se aplican a determinados !ienes cu&os preciosdumpin)causen o amenacen causar per-uicio a la producci"n peruana#
.os derec'os compensatorios se aplican para contrarrestar cualquier su!sidioconcedido directa o indirectamente en el pa*s de ori)en( cuando ello cause oamenace causar per-uicio a la producci"n peruana#
Para la aplicaci"n de am!os derec'os de!e existir Resoluci"n previa emitidapor el INDECOPI#
.os derec'os antidumpin) & los compensatorios tienen la condici"n de multa#
@ase Imponi!le: monto al que asciende el valor FO@ consi)nado en la FacturaComercial o en !ase al monto fi-o por peso o por preciounitario#
onto: varia!le#
B R-men de Per%e5%(n I
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1 Cuando el importador se encuentre a la fec'a en que se efect7a lanumeraci"n de la DA o DSI( en al)uno de los si)uientes supuestos:
Ten)a la condici"n de domicilio fiscal no 'a!ido# .a S$NAT le 'u!iera comunicado la !a-a de su inscripci"n del R$C#
Gu!iera suspendido temporalmente sus actividades#
No cuente con R$C o no lo consi)ne en la DA o DSI
Realice por primera ve+ una operaci"n &o r%)imen aduanero#
Estando inscrito en el R$C no se encuentre afecto al I9#
Cuando el importador nacionalice !ienes usados#
;# cuando el importador no se encuentre en nin)uno de los supuestos antes
mencionados#
.a S$NAT podr esta!lecer( para determinados !ienes que se se>alen porResoluci"n de Superintendencia( que el monto de la percepci"n se determineconsiderando el ma&or monto que resulte de comparar el resultado o!tenidode:
a# ultiplicar un monto fi-o por el n7mero de unidades del !ien importadoconsi)nado en la DA# Al monto resultante se le aplicar el tipo decam!io promedio ponderado venta#
!# Aplicar el porcenta-e 0 1( o ;# 4 se)7n corresponda so!re elimporte de la operaci"n#
En la importaci"n definitiva de mercanc*as reali+ada mediante DSI( el monto dela percepci"n del I9 ser determinado considerando los porcenta-es & no elmonto fi-o#
B Le, N +682/ de) 86.86.+88/ De%re!" Le-')a!1" N 7/3 de) +7.&8.+88/, Re'")#%(n N +8/?+88/?FSUNAT de) 8&.&&.+88/ , m"d%a!"ra'.
II.? En )a E5"r!a%(n
.a exportaci"n de mercanc*a no est afecta al pa)o de nin)7n tri!uto#
C"n'#)!a' en e) P"r!a) de )a SUNAT=
. '#na!.-"G . 5e
"5era!1dad ad#anera
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NIVEL SUB-LEGAL
NIVEL FUNDAMENTAL
NIVEL LEGAL
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Constituci"n de empresas en .INEA en 2= 'oras
CONSTIT$A S$ EPRESA EN 2= GORAS ASU DE FCI.( O@TENA S$R$C C.A9E SO. EN FORA A$TOTICA
PARA INICIAR E. TRITE SIA .OS SI$IENTES PASOS# DE REV$ERIRASESORUA PERSONA.IWADA P$EDE DIRIIRSE A .AS SI$IENTESENTIDADES#
IMPORTANTE=E. SER9ICIO EST DISPONI@.E EN .IA ETROPO.ITANA( REIONES:CA..AO( SAN ARTIN( .A@AEV$E( .A .I@ERTAD( AREV$IPA( C$SCO(ADRE DE DIOS( P$NO( T$@ES PI$RA#
Esta iniciativa contempla la interconexi"n de los Sistemas de Informaci"n delCole)io de Notarios de .ima 0CN.4( la Superintendencia Nacional de Re)istros
P7!licos 0S$NARP4( el Re)istro Nacional de Identificaci"n & Estado Civil0RENIEC4( la Superintendencia de Aduanas & de Administraci"n Tri!utaria0S$NAT4 & la Presidencia del Conse-o de inistros 0PC4( que administra elPortal de Servicios al Ciudadano & Empresas0XXX#serviciosalciudadano#)o!#pe4
http://portal.mostrarsolicitud%28%29/http://portal.mostrarasesoria%28%29/http://www.serviciosalciudadano.gob.pe/http://portal.mostrarasesoria%28%29/http://www.serviciosalciudadano.gob.pe/http://portal.mostrarsolicitud%28%29/ -
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PREGUNTAS
Q# e' #na 5er'"na #r$d%aEs una ficci"n le)al creada para diferenciar a la empresa creada delas personas naturales que la componen o!li)atoriamente# .apersona -ur*dica es su-eto de derec'os & o!li)aciones de *ndolecivil( comercial o tri!utaria#
Existen diferentes tipos de personas -ur*dicas# .as ms usadas son:Sociedad An"nima( Sociedad An"nima Cerrada( SociedadComercial de Responsa!ilidad .imitada( Empresa Individual deResponsa!ilidad .imitada#
C#) e' )a deren%a en!re n%ar #n ne-"%" 'n %"n'!!#r
#na em5re'a " '"%edad.a diferencia fundamental est relacionada con la responsa!ilidadpor la )esti"n# Cuando una persona natural reali+a un ne)ocio eltotal de su patrimonio se encuentra en ries)o de responder por la)esti"n del mismo( en tanto que si se constitu&e una empresa osociedad los !ienes o capital de %sta sern los que respondan porla )esti"n de dic'a empresa o sociedad#
La re'5"n'aG)dad de )"' '"%"'Fa%%"n'!a' e' )a m'ma en
!"d"' )"' !5"' de 5er'"na' #r$d%a' em5re'a'BEn todos los casos la responsa!ilidad econ"mica est limitada alaporte efectuado por cada socioaccionista#
P"r @# 'e deGe a%er )a G*'@#eda , re'er1a de n"mGre Por cuanto la .e& esta!lece que no se de!e adoptar unadenominaci"n o ra+"n social completa o a!reviada i)ual oseme-ante al de otra empresa preexistente( sin importar la formasocietaria( ni el ru!ro econ"mico#
Q# m5)%a e) a5"r!e de Gene' deGe n!er1enr m %(n,#-e Si es un !ien com7n si de!e intervenir tu c"n&u)e( si es un !ienpropio 0por e-emplo un !ien 'eredado4 no#
Q# d"m%)" %"n'-n" ' !"da1$a n" !en-" den!%ad" e))"%a) d"nde 1a a #n%"nar m em5re'aSe consi)na como domicilio la provincia donde va a funcionar laempresa# No es necesario precisar direcci"n# No de!e confundirseel domicilio con la direcci"n postal#
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Ten-" a)-#na )m!a%(n re'5e%!" de )a d#ra%(n de mem5re'aNo existe limitaci"n( es ms se recomienda que la duraci"n seaindeterminada#
Si no ten)o definido al )erente( 5#ed" %"n'!!#r )a em5re'aNo( en la escritura de constituci"n social de!e definirse al queocupar dic'o car)o#
Q# '"n )"' (r-an"' '"%e!ar"'Son las distintas instancias que act7an -errquicamenteadministrando la sociedad#
.a mxima instancia es la /unta eneral o el titular en caso
de una Empresa Individual de Responsa!ilidad .imitada# El Directorio es el "r)ano intermedio# Este "r)ano es el
e-ecutor de los acuerdos de la /unta eneral#
erencia: puede ser una erencia eneral & varias otras)erencias# Son las encar)adas de e-ecutar los acuerdos delDirectorio#
E'!e #n n*mer" m$nm" , mm" de dre%!"re'Al ser un "r)ano cole)iado 0que si)nifica que toma decisiones encon-unto4 el n7mero m*nimo es de ; & no existe mximo# Adems sun7mero puede ser fi-o o varia!le( de!iendo en este 7ltimo casoindicarse el n7mero de directores antes de cada nueva elecci"n#
En @# 'e deren%an )a' a%%"ne' de )a' 5ar!%5a%"ne'.as acciones estn representadas en certificados 0que quiere deciren papeles( es decir que se pueden ne)ociar en !olsa( se puedenendosar( se pueden custodiar( etc#4 en cam!io las participaciones noestn representadas en certificados & son mas !ien derec'os
inmateriales#
Q# n"rma re-#)a )a %"n'!!#%(n de )a' '"%edade'mer%an!)e'.a .e& No =
-
7/25/2019 Impuestos Que Se Pagan en La Importacion (1)
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C#nd" na%e )a em5re'a 5r"5amen!eCon la inscripci"n en Re)istros P7!licos de la -urisdicci"n de sudomicilio#
Q# e' e) a%!" %"n'!!#!1"Es el acuerdo o contrato que suscri!en los socios en el que secomprometen a reali+ar una actividad econ"mica en con-unto#
L"' e!raner"' 5#eden 5ar!%5ar %"m" '"%"' F a%%"n'!a'#ndad"re'.os extran-eros si pueden participar en la constituci"n de empresas(para lo cual de!ern contar con carn% de extran-er*a o pasaportecon visa de ne)ocios o autori+aci"n para suscri!ir contratos#
L"' e!raner"' 5#eden 'er de'-nad"' -eren!e -enera).os extran-eros si pueden ser desi)nados como )erentes )enerales(para lo cual de!ern contar con carn% de extran-er*a o pasaportecon visa de ne)ocios# En caso se le desi)ne & care+ca de estafacultad( se podr inscri!ir su nom!ramiento( sin em!ar)o no podre-ercer el car)o ante las correspondientes autori+acionesadministrativas 0por e-emplo ante S$NAT( unicipalidades( etc#4#
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