identificadores 2007

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Apéndice 8 de las

RCGMCE 2007

Octubre - 2007

Identificadores

Fundamento LegalEl Apéndice 8 se publica anualmente en el Diario Oficial de la Federación,

concretamente en el Anexo 22 de las Reglas de Carácter General en Materia de

Comercio Exterior para 2007. Las fechas de publicación son las siguientes:

- Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior. 27-Abril-2007

- Anexo 22. 14-mayo-2007

- 1ª. Resolución. 27-junio-2007

- 2ª. Resolución. 29-junio-2007

- 3ª. Resolución. 10-septiembre-2007

Presencia de los Identificadores

conforme al Manual Técnico

SAAI-M3

Manual Técnico SAAI M3

Registros para Identificadores

• 507 Nivel global

Tipo de Identificador

Complemento 1 del Identificador

Complemento 2 del Identificador

CAMPOS

3

4

5

DESCRIPCIÓN

Manual Técnico SAAI M3

Registros para Identificadores

• 554 Nivel partida

Tipo de Identificador

Complemento 1 del Identificador

Complemento 2 del Identificador

CAMPOS

5

6

7

DESCRIPCIÓN

Clasificación

Para efectos de su revisión, en esta oportunidad clasificaremos a los identificadores de

acuerdo al tipo de operación en las que se utilizan:

Contribuciones o aplicación de preferencias arancelarias

AF, AL, CE, CF, IF, TL, NA, NT, NZ, PP, PS, ZC

Importaciones Temporales

AE, A3, DE, DN, DT, DU, FE, IM, MQ, MS, M7, PT, PX, PZ, RF, ST, SU, TP, VP,

V1

Regulaciones y Restricciones No Arancelarias

C9, DC, EA, EN, ES, PA, PB, UM, XP

Clasificación

Generales

AI, AR, CS, EB, EF, EP, EX, FI, FV, GA, IC, IN, IS, NE, NS, PD, PG, RE, RI, RM, SH,

TC, TD

Virtuales

V1, V2, V4, V5, V6, V7, V8, V9, X1, X3

Cartas Cupo, Depósito Fiscal y Extracción

AC, AG, CC, DP, DS, DV, EI, F8, II, M3, SF, TV

Industria Automotriz

C2, C5, HO, ID, MV, PE, RD, UP, VD, VF, VN, VU

Clasificación

Consolidados

CP, PC, RC, TF

Los demás

AP, AT, BB, BR, CR, DD, EM, FR, GP, IP, IR, IT, LD, LR, MA, MB, MD, ME, MI, MJ, MM,

MP, NR, PH, PL, PM, PR, RO, RQ, RS, RT, SB, SM, TB, TI, TM, TR

Identificadores

relacionados con el

Cálculo de

Contribuciones

Identificador “AF”

Descripción: Identificador de activo fijo, cuando se éste en el supuesto dela Regla 3.3.9

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Complemento: Se declara en nulo

Identificador “AL”

Descripción: Mercancía originaria importada al amparo de ALADI

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento: Fecha del Diario Oficial en que se publico el Acuerdo deALADI aplicable, o número de la constancia emitida por la Secretaría deEconomía, conforme a la Regla 1.4.14

Identificador “CE”

Descripción: Certificado de elegibilidad para mercancías no originariasimportadas bajo el TLC

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento: Se declara en nulo

Identificador “CF”

Descripción: Decreto por el que se establece el Impuesto General de Importaciónpara la Región y Franja Fronteriza Norte

Nivel: Global y Partida

Presencia: Único por pedimento y único por partida

Complemento a Nivel Global: En el complemento 1 se declara el número de registroasignado por la Secretaría de Economía, mientras que en el complemento 2 el tipo denegocio de que se trate.

Complemento a Nivel Partida: Se declara en nulo

Identificador Complementario: CF, a nivel partida

Identificador Excluyente: IF

Identificador “IF”

Descripción: Decreto por el que se establecen las fracciones arancelarias que seencontrarán totalmente desgravadas del Impuesto General de Importación para laFranja Fronteriza Norte y en la Región Fronteriza

Nivel: Global y Partida

Presencia: Único por pedimento y único por partida

Complemento a Nivel Global: En el complemento 1 se declara el número de registroasignado por la Secretaría de Economía, mientras que en el complemento 2 el tipo denegocio de que se trate.

Complemento a Nivel Partida: Se declara en nulo

Identificador Complementario: IF, a nivel partida

Identificador Excluyente: CF

Identificador “TL”

Descripción: Mercancía originaria al amparo de Tratados de LibreComercio.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento: Clave del país parte del Tratado celebrado con México, deconformidad con el Apéndice 4.

Identificador Excluyente: NZ

Identificador “NA”

Descripción: Mercancías señaladas en la columna de nota del Anexo delDecreto que establece las tasas del Impuesto General de Importación paramercancías originarias de los países con los que México haya suscritoAcuerdos Comerciales

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento: Fecha del Diario Oficial donde se publico la preferencia

Identificador “NT” Descripción: Mercancía prevista en el Decreto por el que se establezca la

tasa aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancíasoriginarias de conformidad con los Tratados de Libre Comercio que Méxicotenga suscrito.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complementos:

1. País parte del Tratado celebrado con México. Apéndice 4

2. Clave de la Nota o el número del Artículo

3. Fecha de expedición del certificado o la declaración en factura.

Identificador “NZ”

Descripción: Declaración escrita del exportador que certifique que lasmercancías a importar no se han beneficiado del programa “SUGARREEXPORT PROGRAM” de los EUA.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento: Nulo

Identificador excluyente: TL

Identificador “PP”

Descripción: Programas de Promoción Sectorial.

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Complemento: Número de Programa de Promoción Sectorial

Identificador Complementario: PS, a nivel partida

Identificador “PS”

Descripción: Mercancía importada al amparo del Decreto por el que seestablecen diversos Programas de Promoción Sectorial

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento 1: El número del inciso del Artículo 5º; según corresponda.

Complemento 2: R1 Cuando se trate de una operación al amparo delArtículo Tercero transitorio del Decreto publicado en el DOF el 02 deagosto de 2006 y su respectiva modificación del 05 de septiembre de 2006.

Identificador complementario: PP, a nivel global.

Identificador “ZC”

Descripción: Clave que deberá ser utilizada para declarar el contenido deazúcar para fracciones con estas características a las que se debe aplicarun arancel mixto.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento: Contenido de azúcar en la mercancía a importar,expresada en kilogramos.

Aplicación: Para las fracciones arancelarias contenidas en el Artículo 5Decreto por el que se crean, modifican o suprimen diversos aranceles de laTarifa de la LIGIE, publicado el 17/IV/2002.

Identificadores relacionados con las Importaciones Temporales

Identificador “AE”

Descripción: ECEX

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Complemento: Número de autorización de Empresa de Comercio Exterior(ECEX)

Identificador “A3”

Descripción:

o Regularización

o Importación Definitiva Virtual

o Retorno virtual e Importación definitiva de vehículos de prueba, conforme alnumeral 3 de la Regla R.G. 3.6.21.

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Complemento:

1. Mercancías introducidas ilegalmente al país. (Art. 101 L.A y Regla 1.5.1)

2. Mercancías cuyo plazo de permanencia venció. (Arts. 106 y 108 L.A. yRegla 1.5.2)

Identificador “A3”3. Regularización de mercancías transferidas que no retornaron dentro de los

plazos establecidos. (Numeral 3 del segundo párrafo de la Regla 5.2.6.)

4. Regularización de maquinaría y equipo. (Fracción III Art. 108 y Regla 1.5.4)

5. Regularización de desperdicios (Regla 1.5.3)

6. Regularización de maquinaria y equipo. (Fracción III Art. 108 y Regla 1.5.5)

7. Regularización de mercancías por parte de empresas certificadas.(Numeral 9 de la Regla 2.8.3)

8. Retorno virtual e importación definitiva de vehículos de prueba. (Numeral 3Regla 3.6.21)

9. Importación definitiva de remolques y semirremolques. (Artículo SéptimoRCGMCE)

10. Importación definitiva virtual. (Regla 3.6.33)

Identificador “A3”

Identificadores Complementarios:

o RE Para la regularización de mercancías de conformidad con elArtículo 101 de la Ley Aduanera.

o RI Regularización de mercancías de conformidad con la Regla 1.5.2.

o DE Regularización de desperdicios de conformidad con la Regla 1.5.3

o RM Regularización de mercancías de conformidad con la Regla 1.5.4

o IC Regularización de mercancías por parte de empresas certificadas

Identificador “DE”

Descripción: Desperdicios de maquiladoras y las empresas conprogramas de exportación autorizados por la Secretaría de Economía.

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Complemento: Nulo

Aplicación: Regularización de desperdicios (1.5.3), cambio de régimen dedesperdicios (3.3.12), destrucción de desperdicios (3.3.15.)

Identificador “DN”

Descripción: Donación de empresas maquiladoras o pitex.

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Complemento: Nulo

Aplicación: Regularización de desperdicios (1.5.3), donación dedesperdicios, maquinaria y equipo obsoleto (3.3.14.)

Identificador “DT” Descripción: Identificador de caso del Artículo 303 del TLCAN

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Identificador Complementario: ST, a nivel global

Identificador Excluyente: SU, DU

Complemento:

1. Aplicación tasa PROSEC en transferencia de mercancías. (Numeral 15Regla 2.8.3.)

2. Pago de IGI al momento de la importación temporal de mercancías. (Regla3.3.6)

Identificador “DT”

Regla 3.3.8. Aplica para los numerales 4, 5, 6, y 7. Determinación y pago del IGIde mercancías no originarias (4), transferencia entre IMMEX, una de ellas deservicios (5), transferencia de una empresa de la industria automotriz a unaIMMEX (6) y transferencia de maquinaría y equipo conforme a la fracción III delArtículo 108 de la Ley Aduanera.

Regla 3.3.27. Aplica para los numerales 8, 9a, 9b, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17,19, 20 y 21. Se refiere a la determinación y pago del Impuesto General deImportación de mercancías no originarias, mediante la presentación de unpedimento complementario dentro de los 60 días naturales siguientes a la fechadel retorno (8, 9a, 9b y 10). El resto de los numerales se utilizan para indicar quelo dispuesto no será aplicable en los casos que se indican (11, 12, 13, 14, 15,16, 17, 19, 20 y 21).

Regla 3.3.18. Aplica para el numeral 18 y se refiere a los requisitos que deben decumplir las empresas de la industria automotriz de autopartes para considerarcomo retornados al extranjero las partes, componentes o insumos incorporadosen los bienes enajenados.

Identificador “DU” Descripción: Operaciones sujetas a los Artículos 14 de la Decisión o 15 del

TLCAELC

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Identificador Complementario: SU, a nivel global

Identificadores excluyentes: ST, DT

Complemento:

1. Aplicación tasa PROSEC en transferencia de mercancías. (Numeral 15 dela Regla 2.8.3.)

2. Pago de IGI a la importación temporal de mercancías. (Regla 3.3.6)

3. Requisitos para diferir el pago del Impuesto General de Importación cuandolas empresa IMMEX transfieren mercancías.

Identificador “DU”Regla 3.3.8. Aplica para los numerales 4, 5, 6, y 7. Determinación y pago del IGIde mercancías no originarias (4), transferencia entre IMMEX, una de ellas deservicios (5), transferencia de una empresa de la industria automotriz a unaIMMEX (6) y transferencia de maquinaría y equipo conforme a la fracción III delArtículo 108 de la Ley Aduanera.

Regla 3.3.30. Aplica para los numerales 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 17, 18 y 19. Serefiere a la determinación y pago del Impuesto General de Importación demercancías no originarias, mediante la presentación de un pedimentocomplementario dentro de los 60 días naturales siguientes a la fecha del retorno(8, 9, y 10). El resto de los numerales se utilizan para indicar que lo dispuesto noserá aplicable en los casos que se indican (11, 12, 13, 14, 17, 18 y 19).

Regla 3.6.21. Aplica para el numeral 15 y se refiere a los beneficios que goza laindustria automotriz terminal que cuenta con autorización como depósito fiscal.

Regla 3.3.18. Aplica para el numeral 16. Establece los requisitos que deben decumplir las empresas de la industria automotriz de autopartes para considerarcomo retornados al extranjero las partes, componentes o insumos incorporadosen los bienes enajenados

Identificador “FE”

Descripción: Transferencia de maquiladoras y pitex por fusión o escisión, conforme a

la Regla 3.3.34 de Carácter General en Materia de Comercio Exterior.

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Complemento:

1. Cuando se este en el supuesto señalado en la Fracción I de la Regla3.3.34.

2. Cuando se este en el supuesto señalado en la Fracción II de la Regla3.3.34.

3. Cuando se este en el supuesto señalado en la Fracción III de la Regla3.3.34.

Identificador “IM”

Descripción: IMMEX

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Complemento: Autorización de empresas con programas IMMEX

Observaciones: Este identificador se dio a conocer en la 1ª. Resolución deModificaciones a las RCGMCE, publicada en el Diario Oficial el 27 de juniode 2007 y entrará en vigor el 1º. de febrero de 2008, tal y como loestablece el Boletín P083 de fecha septiembre 28 de 2007.

Identificador “MQ”

Descripción: Maquila

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Complemento: Autorización de programa de maquila de exportación.

Identificador excluyente: PX

Observaciones: Este identificador quedará derogado a partir del 1º. defebrero de 2008, de conformidad con el Boletín P083 de fecha septiembre28 de 2007.

Identificador “MS”

Descripción: Actividades de maquiladoras de servicios

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Complemento: Clave que corresponda a la actividad autorizada, de 1 a 14

Identificador excluyente: PX

Observaciones: Este identificador se reformara en lo que corresponde asu descripción y complemento a partir del 1º. de febrero de 2008, deconformidad con el Boletín P083 de fecha septiembre 28 de 2007.

Identificador “M7”

Descripción: Opinión favorable de exportación temporal, de conformidadcon el Artículo 116 Fracción IV de la Ley Aduanera.

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Complemento: Nulo

Observaciones: Aplica únicamente para las mercancías señaladas en laRegla 3.4.1 y el Anexo 12.

Identificador “PT”

Descripción: Exportación o retorno de producto terminado de mercancíaselaboradas, transformadas o reparadas en recinto fiscalizado o porempresas maquiladoras.

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Complemento: Nulo

Observaciones: Este identificador se reformara en lo que corresponde asu descripción a partir del 1º. de febrero de 2008 de conformidad con elBoletín P083 de fecha septiembre 28 de 2007.

Identificador “PX”

Descripción: PITEX

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Complemento: Autorización de PITEX

Identificador excluyente: MQ

Observaciones: Este identificador quedará derogado a partir del 1º. defebrero de 2008, conformidad con el Boletín P083 de fecha septiembre 28de 2007.

Identificador “PZ” Descripción: Ampliación del plazo para el retorno de mercancía importada

o exportada temporalmente.

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Complemento: Autorización de PITEX

1. Ampliación conforme al segundo párrafo del Artículo 116 de laLey Aduanera.

2. Ampliación conforme al numeral 3 de la Regla 3.2.4.

3. Ampliación conforme al numeral 5 de la Regla 3.2.4.

Identificador “RF”

Descripción: Referencia a la fracción original en pedimentos de cambio derégimen, para la aplicación de los Artículos 56, 93, 109 y 114 de la LeyAduanera.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento: Fracción original declarada en el pedimento de importacióntemporal.

Observaciones: De los Artículos citados se desprende que se utiliza parala correcta determinación de las tasas aplicables y poder correlacionar loscambios de fracciones en las operaciones de desistimiento y cambio derégimen.

Identificador “ST” Descripción: Operaciones sujetas al Artículo 303 del TLCAN

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Identificador Complementario: DT, a nivel partida

Identificadores Excluyentes: SU, DU

Complemento:

99. Se va a declarar en el pedimento cada una de las opciones que apliquen.

1. Aplicación tasa PROSEC en transferencia de mercancías. (Numeral 15Regla 2.8.3.)

2. Pago de IGI al momento de la importación temporal de mercancías. (Regla3.3.6)

Identificador “ST”

Regla 3.3.8. Aplica para los numerales 4, 5, 6, y 7. Determinación y pago del IGIde mercancías no originarias (4), transferencia entre IMMEX, una de ellas deservicios (5), transferencia de una empresa de la industria automotriz a unaIMMEX (6) y transferencia de maquinaría y equipo conforme a la fracción III delArtículo 108 de la Ley Aduanera.

Regla 3.3.27. Aplica para los numerales 8, 9a, 9b, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17,19, 20 y 21. Se refiere a la determinación y pago del Impuesto General deImportación de mercancías no originarias, mediante la presentación de unpedimento complementario dentro de los 60 días naturales siguientes a la fechadel retorno (8, 9a, 9b y 10). El resto de los numerales se utilizan para indicar quelo dispuesto no será aplicable en los casos que se indican (11, 12, 13, 14, 15,16, 17, 19, 20 y 21).

Regla 3.3.18. Aplica para el numeral 18 y se refiere a los requisitos que deben decumplir las empresas de la industria automotriz de autopartes para considerarcomo retornados al extranjero las partes, componentes o insumos incorporadosen los bienes enajenados.

Identificador “SU” Descripción: Operaciones sujetas a los Artículos 14 de la Decisión o 15 del

TLCAELC

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Identificador Complementario: DU, a nivel partida

Identificadores excluyentes: ST, DT

Complemento:

1. Aplicación tasa PROSEC en transferencia de mercancías. (Numeral 15 dela Regla 2.8.3.)

2. Pago de IGI a la importación temporal de mercancías. (Regla 3.3.6)

3. Requisitos para diferir el pago del Impuesto General de Importación cuandolas empresa IMMEX transfieren mercancías.

Identificador “SU”Regla 3.3.8. Aplica para los numerales 4, 5, 6, y 7. Determinación y pago del IGIde mercancías no originarias (4), transferencia entre IMMEX, una de ellas deservicios (5), transferencia de una empresa de la industria automotriz a unaIMMEX (6) y transferencia de maquinaría y equipo conforme a la fracción III delArtículo 108 de la Ley Aduanera.

Regla 3.3.30. Aplica para los numerales 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 17, 18 y 19. Serefiere a la determinación y pago del Impuesto General de Importación demercancías no originarias, mediante la presentación de un pedimentocomplementario dentro de los 60 días naturales siguientes a la fecha del retorno(8, 9, y 10). El resto de los numerales se utilizan para indicar que lo dispuesto noserá aplicable en los casos que se indican (11, 12, 13, 14, 17, 18 y 19).

Regla 3.6.21. Aplica para el numeral 15 y se refiere a los beneficios que goza laindustria automotriz terminal que cuenta con autorización como depósito fiscal.

Regla 3.3.18. Aplica para el numeral 16. Establece los requisitos que deben decumplir las empresas de la industria automotriz de autopartes para considerarcomo retornados al extranjero las partes, componentes o insumos incorporadosen los bienes enajenados

Identificador “VP”

Descripción: Declaración de valor provisional, conforme a la Regla 2.11.5de Carácter General en Materia de Comercio Exterior.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento: Nulo

Observaciones: Cuando se declara este identificador no será necesarioque el importador entregue al agente aduanal la manifestación de valor, nique declare el método de valoración.

Identificador “V1”

Descripción: Operaciones realizadas de conformidad con las Reglas3.3.7, 3.3.8, 3.3.9, 3.3.34, 5.2.5, 5.2.6, 5.2.8 y 5.2.9 de Carácter General enMateria de Comercio Exterior.

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Complemento 1: Autorización PITEX, Autorización de programa de maquila de

exportación, Autorización de Empresa de Comercio Exterior, Autorización de depósito

fiscal para la industria automotriz, Autorización para destinar mercancías al régimen de

Recinto Fiscalizado Estratégico. de Proveedor Nacional

Complemento 2: PX, MQ, AE, vigente hasta el 31 de enero de 2008.

Identificador “C9”

Descripción: Certificado de uso final. Lo debe anexar el importador alpedimento declarando, bajo protesta de decir verdad, que la mercancía queimporta y que normalmente estaría sujeta a cuotas compensatorias,cumple con las excepciones que se mencionan en el Decreto publicado enel DOF el día 02 de agosto de 1994, relativo a aceros planos recubiertos yplacas en hoja.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento: Nulo

Observaciones: Aplica únicamente para placa de acero en rollo de Rusia.

Identificador “DC” Descripción: Detalle o clasificación del cupo.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento:

1. Unilateral

2. Al amparo de tratados de libre comercio

3. Al amparo de ALADI

4. Al amparo de Decretos de Frontera

5. Para países miembros de la OMC

6. Para mercancías que no se han beneficiado del “Sugar Reexport Program” de EUA

Identificadores complementarios: CP, CA

Identificador “EA”

Descripción: Excepción de Aviso Automático de importación/exportación aque se refiere el “Acuerdo que establece la clasificación y codificación demercancías cuya importación está sujeta al requisito de permiso previo porparte de la Secretaría de Economía”.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento:

1. No es para conducción eléctrica

2. No es para la construcción de torres de conducción eléctrica

3. Es tomate de cáscara o tomatillo (comúnmente conocido como tomate verde)

4. El valor unitario de las mercancías importadas está por arriba del precio estimado.

Identificador “EN”

Descripción: No aplicación de la Norma Oficial Mexicana.

Nivel: Partida

Presencia: Múltiple por partida, tantos como Normas que se pretendanexceptuar.

Complemento 1:U . La mercancía no se encuentra dentro de la acotación “Únicamente”

E. La mercancía no se encuentra dentro de la acotación “Excepto”

ART9. La excepción se refiere a lo establecido en el Artículo 9 del Acuerdo de Normas

ART13. Conforme a lo establecido en el Artículo 13 de las políticas y Procedimiento.

VI a IX, XI, XII, XIV, XV o XVI . Del Artículo 10 del Acuerdo de Normas.

Número del oficio emitido por la autoridad competente

Complemento 2:

Número de la Norma que se está exceptuando del cumplimiento.

Identificador “ES”

Descripción: Estado de la mercancía cuando se requiera determinar la

aplicación de Regulaciones o Restricciones No Arancelarias a ciertos

productos.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida.

Complemento:

N . Nuevos

U. Usados

R. Reconstruidos

Identificador “PA”

Descripción: Pendiente de NOM verificación de cumplimiento dentro del

territorio nacional en un almacén general de depósito.

Se deberá anexar al pedimento declaración escrita de que las mercancías

se destinarán a depósito fiscal para la verificación en territorio nacional del

cumplimiento de la NOM y copia del contrato celebrado con el almacén

general de depósito acreditado.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida.

Complemento: Unidad verificadora

Identificador “PB” Descripción: Pendiente de NOM verificación de cumplimiento dentro del

territorio nacional en un domicilio particular.

Se deberá anexar al pedimento declaración escrita de que las mercancías

se destinaran a un domicilio particular en el cual se realizará la verificación

por conducto de una unidad de verificación de información comercial

acreditada en términos de la Ley Federal de Metrología y Normalización y

copia del contrato celebrado entre el importador y la Unidad de Verificación

acreditada.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida.

Complemento: Unidad verificadora

Identificador “UM”

Descripción: Uso de la mercancía

Cuando se requiera determinar la aplicación de Regulaciones o

Restricciones No Arancelarias a ciertos productos o, cuando se trate de

identificar el pago del ISTUV o ISAN o, cuando se omita la validación del VIN

según el criterio de interpretación a la Norma Oficial Mexicana NOM-

131-SCFI-2004.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida.

Complemento: A, B, C, D, E, H, I, J, K, L, O, P, S, T, U y V.

Identificador “XP”

Descripción: Exención al cumplimiento de Regulaciones y RestriccionesNo Arancelarias (Permisos) contenidos en el Apéndice 9 del Anexo 22 dela presente Resolución.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento: 1

Observaciones: Exención al permiso D1. cuando se trate de artículos,sustancias y materiales que no estén destinados a la fabricación,elaboración, ensamble, reparación o acondicionamiento de explosivos,artificios para voladuras o demoliciones y/o artificios pirotécnicos.

Identificador “AI”

Descripción: Operaciones de comercio exterior con amparo.

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Complemento 1: Se deberá declarar el número del expediente y año delamparo, el número del Juzgado que conoce el amparo; la clave delmunicipio y de la entidad federativa donde se localiza dicho Juzgado; y eltipo de resolución que se presenta para el despacho aduanero.

Complemento 2: 1, 2a, 2b, 3a, 3b, 3c, 3d, 3e, 4a, 4b, 5, 6a, 6b, 7, 8 y 9

Identificador “AR”

Descripción: Consulta arancelaria.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento 1:

1. Consulta en trámite

2. Con resolución de clasificación

Complemento 2:

o Administración General ante quien se presento la consulta (AGGC o AGJ)

o Número de oficio de la resolución

Identificador “CS” Descripción: Operaciones al amparo de la Regla 2.6.8 rubro D.

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Complemento 1: Número de vehículos

Complemento 2:

1. Animales vivos.

2. Mercancía a granel de una misma especie.

3 Láminas metálicas y alambre en rollo.

Observaciones: La Regla indica el procedimiento a seguir para larealización de importaciones y exportaciones sin que sea necesaria lautilización de Partes II.

Identificador “EB”

Descripción: Material de empaque.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento: Tipo de embalaje

1. Pallets.

2. Contenedor de plástico.

3. Charolas.

4. Racks.

5. Dollies.

6. Canastillas plásticas.

7. Otros.

Identificador “EF”

Descripción: Estimulo fiscal.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento: Aplicación del estímulo fiscal por la importación de jugos,néctares y otras bebidas, de conformidad con el Decreto por el que se establece unestímulo fiscal a la importación o enajenación de jugos, néctares, y otras bebidas,publicado en el DOF el 19 de julio de 2006

.

Identificador “EP”

Descripción: Excepción a la inscripción al Padrón de Importadores y alPadrón Sectorial Regla 2.2.2 de Carácter General en Materia de ComercioExterior.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento:

C (Para el numeral 3)

H (Para el numeral 7)

J (Para el numeral 9)

K (Para el numeral 10)

O (Para el numeral 15)

Identificador “EX”

Descripción: Exención de otorgamiento de cuenta aduanera de garantía.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento:

1. Valor superior al precio estimado conforme al segundo párrafo de la regla 1.4.5.

2. Regla 1.4.5. numeral 1

3. Regla 1.4.5. numeral 2

4. Regla 1.4.5. numeral 3

5. Regla 1.4.5. numeral 4

6. Regla 1.4.5. numeral 5

7. Regla 1.4.5. numeral 6

Identificador “EX” Complemento:

8. Regla 1.4.5. numeral 7

9. Regla 1.4.7. numeral 1

10. Regla 1.4.7. numeral 2

11. Regla 1.4.7. numeral 3

12. Regla 1.4.7. numeral 4

13. Regla 1.4.7. numeral 5

14. Regla 1.4.7. numeral 6

15. Regla 1.4.7. numeral 7

16. Regla 1.4.7. numeral 8

17. Regla 1.4.7. numeral 9

18. Regla 1.4.7. numeral 10

19. Registro conforme a la regla 1.4.10.

20. Empresas certificadas conforme al numeral 36 de la regla 2.8.3.

21. Mercancía no descrita en los Anexos 1 o 2 de la Resolución

Identificador “FI”

Descripción: Factor de actualización con Índice Nacional de Precios alConsumidor.

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Complemento: Factor de actualización que se obtuvo aplicando ÍndiceNacional de Precios al Consumidor

Observaciones: Cuando del cálculo realizado se obtenga un valor inferiora la unidad, se declarará 1.0000.

Identificador “FV”

Descripción: Factor de actualización con variación cambiaria.

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Complemento: Factor de actualización que se obtuvo aplicando variaciçoncambiaria.

Observaciones: Cuando del cálculo realizado se obtenga un valor inferiora la unidad, se declarará 1.0000

Identificador “GA”

Descripción: Cuenta aduanera de garantía.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento: Nulo

Observaciones: Cuando la cuenta aduanera incluya todas las mercancíasque amparan el pedimento, los datos de la misma se declaran en unregistro 508, mientras que cuando se refieran a una partida, la declaraciónse realizará en un registro 555.

Identificador “IC”

Descripción: Empresa certificada conforme a la Regla 2.8.1 de CarácterGeneral en Materia de Comercio Exterior.

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento.

Complemento: Nulo

Observaciones: Las empresas que cuentan con esta autorización tienenla obligación de declarar el identificador “IC” en todas sus operaciones decomercio exterior.

Identificador “IN”

Descripción: Incidencias

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento 1:

1. Regla 2.12.2. Rubro B, numeral 1. 2. Regla 2.12.2. Rubro B, numeral 2.

3. Regla 2.12.2. Rubro B, numeral 5. 4. Regla 2.8.3. numeral 16.

5. Regla 2.8.3. numeral 17. 6. Regla 2.8.3. numeral 18.

7. Regla 2.8.3. numeral 31. 8. Regla 2.8.3. numeral 32.

9. Regla 2.8.3. numeral 33. 10. Regla 2.6.14., segundo párrafo.

11. Regla 2.6.23., segundo párrafo. 12. Regla 2.8.3. numeral 28, rubro D

Complemento 2: Cuando en el complemento 1 se declare 1, 2, 3, 4, 5 o 6 se indicaráel número de acta generado por el SIRESI. En otro caso deberá declararse nulo.

Identificador “IS”

Descripción: Mercancías por las que no se pagan los impuestos alcomercio exterior al amparo del Artículo 61 de la Ley Aduanera, exceptolas exentas conforme a la TIGIE, los Tratados internacionales odesgravadas conforme a los Decretos de la Franja o Región Fronteriza.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento: Se deberá declarar la fracción del Artículo 61 de la LeyAduanera bajo la cual se amparan.

Identificador “NE” Descripción: Excepción de cumplir con el requisito de aduanas

autorizadas para tramitar el despacho aduanero de determinado tipo demercancías, como se indica en el Anexo 21 de las Reglas de CarácterGeneral en Materia de Comercio Exterior.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento:

1 No es maquinaria usada.

2 No son muestras y muestrarios de productos que se indican en la fracción XI, inciso h).

3 Son discos compactos con programas con funciones específicas “software”,

acompañados de los aparatos para los que están destinados.

4 No son quemadores de discos compactos.

Identificador “NE”

Complemento:

5 Son redes de malla para pesca.

6 Son rollos de mallas nylon.

7 Son paneles o cinchos.

8 Son cinturones porta herramientas.

9 Es producto de peletería que se indica en la fracción XIX.

10 Son bandas de nylon.

11 Es desperdicio no clasificado de material textil, constituido por tela sin tejer,

100% de filamentos sintéticos de polipropileno.

12 Es desperdicio no clasificado de material textil, constituido por tela sin tejer

aglomerada, 100% de fibras sintéticas de polipropileno.

13 No son discos compactos.

14 Son discos compactos grabados acompañados de los aparatos para los

que están destinados

Identificador “NS”

Descripción: Excepción de Inscripción en los Padrones de Importadoresde Sectores Específicos de mercancías listadas en el Anexo 10 de lasReglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento 1:

1 Autorización para importar mercancía sin estar inscrito al padrón de

sectores específicos al amparo de la Regla 2.2.7. de Carácter General en

Materia de Comercio Exterior.

2 Importación de mercancías conforme a la regla 2.2.2. de Carácter General

en Materia de Comercio Exterior.

Identificador “NS”

Complemento 1:

101 Es piel de avestruz. 102 Es piel de venado.

201 Es huevo de avestruz. 301 Son nectarinas.

901 No es insecticida. 902 Es insecticida urbano.

903 Es insecticida para uso agrícola. 904 Es insecticida para la

industria alimentaria.

905 No es desinfectante. 906 Es desinfectante destinado a

la agricultura.

907 Es desinfectante para la industria alimentaria.

908 No es destinado al control de los insectos voladores por medio de un

insecticida doméstico.

2001 Son discos compactos con programas con funciones específicas

acompañados de los aparatos para los que están destinados.

2002 No son quemadores de discos compactos.

Identificador “NS”

Complemento 1:

2003 Son muestras de discos compactos.

2004 No son discos compactos.

2601 No son tripas, vejigas y estómagos de la especie bovina.

2701 No son tijeras de tipo ordinario para uso de oficina y/o escolar.

2702 Es guillotina eléctrica.

3301 No son motocicletas, trimotos o cuatrimotos

Complemento 2:

Para la excepción 1, el número del oficio de autorización.

Para la excepción 2, el numeral que corresponda de conformidad con la regla 2.2.2. de

Carácter General en materia de Comercio Exterior.

Identificador “PD”

Descripción: Parte Dos.

Nivel: Partida

Presencia: Único por pedimento

Complemento 1:

Declarar el número total de vehículos que ampara el pedimento y que se presentarána despacho con “Pedimento de importación. Parte II. Embarque parcial demercancías” o “Pedimento de exportación. Parte II. Embarque parcial de mercancías”.

Complemento 2: 1

Operaciones o mercancías señaladas en el rubro A, numeral 2 de la R.G. 2.6.8.

1. Máquinas desmontadas o sin montar todavía o líneas de producción

completas o construcciones prefabricadas desensambladas.

Identificador “PG”

Descripción: Mercancía peligrosa.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento:

1. Clave de la clase, división conforme al Apéndice 19 del Anexo 22

de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio

Exterior.

2. Número de mercancía peligrosa conforme al listado de la ONU.

3. Número telefónico del contacto en caso de accidente.

Identificador “RE”

Descripción: Regularización de mercancías de conformidad con el Artículo101 de la Ley Aduanera.

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Complemento: Nulo

Identificador complementario: A3

Identificador “RI”

Descripción: Regularización de mercancías de conformidad con la Regla1.5.2 de Carácter General en Materia de Comercio Exterior.

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Complemento: Nulo

Observaciones: Aplica para la mercancías que ya cumplieron su plazo depermanencia en el país.

Identificador “RM”

Descripción: Regularización de mercancías de conformidad con la Regla1.5.4 de Carácter General en Materia de Comercio Exterior.

Nivel: Global

Presencia: Único por pedimento

Complemento: Nulo

Observaciones: Aplica para la regularización de maquinaría y equipo, queno cuenta con la documentación que acredite su legal estancia en el país.

Identificador “SH”

Descripción: Autorización del SAT para importación o exportación.

Nivel: Global/Partida

Presencia: Único por pedimento/partida

Complemento: Número del oficio de autorización.

Identificador “TC”

Descripción: Artículo Tercero del Acuerdo por el que se da conocer la correlación delas fracciones establecidas en el Decreto por el que se establece la tasa aplicablepara 2002 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias deAmérica del Norte, la Comunidad Europea, los Estados de la Asociación Europea deLibre Comercio, el Estado de Israel, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua,Costa Rica, Colombia, Venezuela, Bolivia, Chile y la República Oriental de Uruguaycon las establecidas en la Ley de los Impuestos Generales de Importación yExportación.

Nivel: Partida

Presencia: Único por partida

Complemento: Fracción establecida en la tercera columna de la tabla contenida en el artículotercero del Acuerdo mencionado.

Identificador “TD”

Descripción: Tipo de desistimiento.

Nivel: Global

Presencia: Único por partida

Complemento:

1. Retorno de mercancías conforme al artículo 103 de la Ley Aduanera.

2. Desistimiento conforme al artículo 93, segundo párrafo de la Ley Aduanera.

3. Desistimiento conforme a la regla 5.2.9., numeral 2 de Carácter General en

Materia de Comercio Exterior.

4. Desistimiento conforme a la regla 3.6.30., rubro B de Carácter General en

Materia de Comercio Exterior.

Alguna pregunta?

GRACIAS

POR SU

ATENCIÓN

IDENTIFICADORES

Nivel Global

500|1|PATENTE|PEDIMENTO|ADUANA||

507|PEDIMENTO|AC|ACNS003|||

507|PEDIMENTO|AG|9001|||

507|PEDIMENTO|CC|70015|||

507|PEDIMENTO|PD|2|||

507|PEDIMENTO|SF|36|||

IDENTIFICADORES

Nivel Partida

500|1|PATENTE|PEDIMENTO|CLAVE ADUANA||

554|PEDIMENTO|87032401|1|MV|2001|||

554|PEDIMENTO|87032401|1|ES|U|||

554|PEDIMENTO|87032401|1|UM|T|||

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