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UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO

Gordillo MayraMarcial LorenaOrtiz CarolinaProaño PriscilaVillarreal AndreaZambrano Tania

SEMESTRE:Octavo “B”

MANEJO DE INSTRUMENTOS JURÍDICOS LABORALES

ART. 326.- EL DERECHO AL TRABAJO SE SUSTENTAN EN LOS SIGUIENTES PRINCIPIOS:

1. EL ESTADO IMPULSARA EL

PLENO EMPLEO Y LA

ELIMINACIÓN DEL SUBEMPLEO

Y DEL DESEMPLEO

VADEMECUM LABORAL CODIGO DE TRABAJO

TITULO PRIMERO

REGIMEN LABORAL

LIBRO UNO

CONTRATO DE TRABAJO

CAPITULO UNO

RELACION CONTRACTU

AL

ART. 2.- OBLIGATORIEDAD DEL TRABAJO

El trabajo es un derecho y un deber social. El trabajo es obligatorio, en la

forma y con las limitaciones prescritas en la constitución y en las

leyes.

ART. 244.- DENTRO DEL SISTEMA DE LA ECONOMIA SOCIAL DE MERCADO AL ESTADO LE CORRESPONDERA:

2.- Incentivar el pleno empleo y el mejoramiento

de los salarios reales, teniendo en cuenta el

aumento de la productividad, y otorgar subsidios específicos a quienes los necesiten

ART. 243.- SERAN OBJETIVOS PERMANENTES DE LA ECONOMIA

4. La eliminación de la indigencia, la superación de la pobreza, la

reducción del desempleo y subempleo, el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, y la distribución equitativa de la

riqueza

DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

ART. 23

Toda persona tiene derecho al trabajo, a

la ejecución de su trabajo, a

condiciones equivalentes y

satisfactorias de trabajo y a la

protección contra el desempleo

EJEMPLO:

MI PRIMER EMPLEO

Mi Primer Empleo es un programa con el que se pretende fortalecer los mecanismos de facilitación laboral en instalaciones dignas para acoger a los trabajadores, así como proporcionarles asesoría y capacitación para su desarrollo, además de fomentar la asociatividad para la creación de emprendimientos.

Objetivos

Vincular los conocimientos teóricos adquiridos en la formación superior con la práctica en las entidades públicas mediante las pasantías.

Mejorar la inserción de las y los jóvenes en el mundo laboral.

Concientizar a los sectores productivos sobre la importancia de contar con la población juvenil en sus procesos

Metas Ubicar 1900 jóvenes en pasantías en el Sector Público. Trabajar con 80 entidades del Sector Público. Realizar eventos de capacitación en Derechos

Fundamentales del Trabajo a 1900 jóvenes pasantes. Atender a 21 Provincias Del País.

Actividades RealizadasAl mes de febrero se realizaron las siguientes actividades:

Ingreso de 1162 jóvenes a pasantías al sector público. Difundir el programa a usuario interno y externo Establecer alianzas estratégicas con entidades públicas Inscribir a las y los jóvenes interesados, mediante el

sistema Web.

Capacitar al equipo humano que se encuentra a cargo de la ejecución del programa en cada provincia

Implementar la pasantía, ubicación de pasantes, seguimiento y realización de los pagos de aportes económicos en forma mensual

Presupuesto anual

1.917000 dólares

NUMERAL 2

LOS DERECHOS

LABORALES SON

IRRENUNCIABLES E

INTANGIBLES. SERA NULA

TODA ESTIPULACION AL

CONTRARIO.

CODIGODE TRABAJOTITULO PRELIMINAR-DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

Art. 4.- IRRENUNCIABILIDAD DE DERECHOS:

Los derechos del trabajador son irrenunciables. Será nula toda estipulación al contrario.

VADEMECUM LABORAL

Art. 72.- VACACIONES ANUALES IRRENUNCIABLES.- Las vacaciones anuales constituyen un derecho irrenunciable que no puede ser compensado con su valor en dinero. Ningún contrato podrá terminar sin que el trabajador con derecho a vacaciones las haya ganado, salvo lo dispuesto en el Art. 74.

SECCION SEGUNDADERECHO AL TRABAJADOR

Art. 35.-Los derechos del trabajador son irrenunciables. Sera nula toda estipulación que implique su renuncia, disminución o alteración. Las acciones para reclamarlos prescribirá en el tiempo señalado por la ley, contando desde la terminación de la relación laboral.

DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

Art. 24.- Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

ART. 23

Núm. 2.-Toda persona tiene derecho sin discriminación alguna a igual salario por trabajo igual.

Núm. 3.-Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria.

CODIGO DE TRABAJOCAPITULO CUARTO

Art. 42.- Núm. 13.-Tratar a los trabajadores con la debida consideración, no infiriéndoles maltratos de palabra o de obra.

EJEMPLO No puede aceptar un salario menor

al mínimo establecido

No debe trabajar mas de 12 horas como máximo

diarias.

Cuando el trabajador pide sus vacaciones

en dinero no será aceptado

EN CASO DE DUDA SOBRE EL ALCANCE DE LAS DISPOSICIONES LEGALES, REGLAMENTARIAS O CONTRACTUALES EN MATERIA LABORAL, ESTAS SE APLICARÁN EN EL SENTIDO MÁS FAVORABLE A LAS PERSONAS TRABAJADORAS.

NUMERAL 3

CÓDIGO DE TRABAJO

TÍTULO PRELIMINARDISPOSICIONES FUNDAMENTALES

Art. 7. Aplicación favorable al trabajador.- En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales en materia laboral, los funcionarios judiciales y administrativos las aplicarán en el sentido más favorable a los trabajadores.

VADEMECUM LABORAL

TITULO PRIMERO: REGIMEN LABORALLIBRO I: CONTRATO DE TRABAJO

CAPÍTULO 1: RELACIÓN CONTRACTUALMARCO JURÍDICO

Art. 5. Protección judicial y administrativa.- Los funcionarios judiciales y administrativos están obligados a prestar a los trabajadores oportuna y debida protección para la garantía y eficacia de sus derechos.

IN DUBIO PRO OPERARIO 

Principio del Derecho Laboral

Dudas razonables:

discusión entre el empleado y su empleador

Reclamos efectuados o

las imputaciones

alegadas

Jueces

Favorecer a la parte más débil de la relación

Trabajador

Interpretación no contraria a la voluntad del trabajador.

Duda verdadera en cuanto al sentido o alcance de la norma legal.

CONDICIONES

 

CASOS

NUMERAL 3 DEL ART. 326 DE LA CONSTITUCIÓN

despido intempestivo

contrato (1 año)

subsistencia del contrato de trabajo

CASO 2

CONTRATO A PRUEBA

NINGUNA INTERVENCIÓ

N JUDICIAL

MINIMO 1 AÑO

CONCLUYE LA RELACIÓN POR

DESAHUCIO

LA NOTIFICACIÓN NO CUMPLE CON

LAS FORMALIDADES

“TERMINACIÓN DE LA RELACION POR VOLUNTAD

DEL EMPLEADOR”

DESPIDO INTEMPESTIV

O

SEGÚN LO DISPUESTO EN EL LITERAL a) DEL ART. 31

DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA

Y EL 7 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO

INTERPRETAR EN EL SENTIDO MÁS FAVORABLE PARA EL TRABAJADOR

*GRACIAS*

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