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GOBIERNOREGIONALDEANCASH
ADJUDICACIÓNDEMENORCUANTÍANº193‐2012‐GRA
CONTRATACIÓNDELSERVICIODECONSULTORÍAPARALAFORMULACIÓNDELESTUDIODE
PREINVERSIÓNANIVELDEPERFILDELPROYECTODEINVERSIÓNPÚBLICA:
“MEJORAMIENTODELSERVICIODEAGUAPARARIEGODELCANALPAMPAMARCA,DISTRITODEACOPAMPA,PROVINCIADECARHUAZ‐REGIÓN
ANCASH”
ÍNDICEDEDOCUMENTOS
1. Copia simple del Certificado de Inscripción vigente en el Registro Nacional de
Proveedores
2. Declaración Jurada de Datos del postor (Anexo Nº 01)
3. Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos (Anexo
Nº 2).
i) Sustentación del equipo para la elaboración del expediente técnico
ii) Sustentación de los requerimientos mínimos del postor El Monto de facturación
iii) Sustentación de los requerimientos mínimos relativos al personal propuesto
Sustentación del personal técnico
4. Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº 3).
5. Declaración Jurada de Plazo de prestación del servicio (Anexo Nº 5).
Documentación de presentación facultativa:
6. Factor experiencia en la actividad: Anexo Nº 6
7. Factor experiencia en la especialidad: Anexo Nº 7
8. Factor experiencia y calificaciones del personal profesional propuesto:
9. Factor mejora a las condiciones previstas:
10. Solicitud de bonificación por parte de los postores con domicilio en la provincia o en las
provincias colindantes Anexo Nº 10.
CONSTANCIA DEL RNP Página 1 de 1
RUC Nº 10318221354
REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES
CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN PARA SER PARTICIPANTE, POSTOR Y CONTRATISTA
VERAMENDI SILVA JORGE ALBERTO
Domiciliado en: JIRON F. SAL Y ROSAS 1277 /ANCASH-HUARAZ-HUARAZ (Según
información declarada en la SUNAT)
Se encuentra con inscripción vigente en los siguientes registros:
PROVEEDOR DE SERVICIOS Vigencia : Desde 23/03/2012 hasta 23/03/2013 Renovación Anticipada : NO Socios en común con (RUCs): : NO TIENE
FECHA IMPRESIÓN: 28/09/2012
Nota: Para mayor información la Entidad deberá verificar el estado actual de la vigencia de inscripción del proveedor en la página web del RNP: www.rnp.gob.pe - opción Verifique su Inscripción.
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http://www.rnp.gob.pe/Constancia/RNP_Constancia/default_Todos.asp?RUC=10318... 28/09/2012
GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº -2012-GRA
ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA (ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 193-2012-GRA
Presente.-
De nuestra consideración:
Mediante el presente el suscrito, Jorge Alberto Veramendi SIlva, identificado con DNI Nº ° 31822135; que se presenta como postor, declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado,
conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado.
2.- Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del
presente proceso de selección.
4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.
5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así
como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Huaraz, 11 de enero del 2013
………………………….………………………..
1
GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH AMC Nº 193-2012-GRA (PRIMERA CONVOCATORIA)
ANEXO Nº 5
DECLARACIÓN JURADA SOBRE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 193-2012-GRA Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a prestar el Servicio de Consultoría de Obra: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO DEL CANAL PAMPAMARCA, DISTRITO DE ACOPAMPA, PROVINCIA DE CARHUAZ- REGIÓN ANCASH, en el plazo de 60 días calendarios días calendario.
Huaraz, 11 de enero del 2013
……..........................................................
GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº -2012-GRA
ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 193-2012-GRA Presente.-
Estimados Señores:
El que se suscribe, Jorge Alberto Veramendi Silva , postor, identificado con DNI N° 31822135, DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre o Razón Social : Jorge Alberto Veramendi Silva Domicilio Legal : Fco Sal y Rosas 1277 Huaraz RUC : 10318221354 Teléfono : 043-587014 Fax :
Huaraz, 11 de enero del 2013 1
GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH AMC Nº 193-2012-GRA (PRIMERA CONVOCATORIA)
ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 193-2012-GRA Presente.-
De nuestra consideración:
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el Servicio de Consultoría de Obra: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO DEL CANAL PAMPAMARCA, DISTRITO DE ACOPAMPA, PROVINCIA DE CARHUAZ- REGIÓN ANCASH, de conformidad con los Términos de Referencia, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.
Huaraz, 11 de enero del 2013
…….………………………….…………………..
IMPORTANTE:
• Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.
GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH AMC Nº 193-2012-GRA (PRIMERA CONVOCATORIA)
FACTORES DE
CALIFICACION
GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH AMC Nº 193-2012-GRA (PRIMERA CONVOCATORIA)
FACTOR EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROPUESTO
Se detalla en el Cuadro abajo la relación de los profesionales propuestos para la
elaboración del estudio a nivel de perfil del proyecto materia del presente proceso
de selección, a la vez que se adjunta los documentos que sustentan para su
calificación respectiva. La experiencia de los mismos se detallan según formato
Nº03.
CARGO
NOMBRES Y APELLIDOS
ESPECIA-LIDAD
ESTUDIOS DE MAESTRIA/POST
GRADO/CAPACITACION
FOLIOS
Jefe de
Proyecto
Jorge Alberto Veramendi
Silva
ING. CIVIL/AGRICOLA
CIP 70947
Economista
Fredy Romel Cadillo Rosas
ECONIMISTA CEA Nº 135
ING. ESPECIALISTA AMBIENTAL
Mendoza
Osorio Sidney Richard
ING. AMBIENTAL
CIP 99471
-
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GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH
AMC N° 193-2012-GRA (PRIMERA CONVOC4 TOR!A)
CARTA DE COMPROMISO
Huaraz, 11 de enero de 2013
Señores:
COMITÉ ESPECIAL
Asunto : OBRA "MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO DEL
CANAL PAMPAMARCA, DISTRITO DE ACOPAMPA, PROVINCIA DE
CARHUAZ- REGIÓN ANCASH "
Referencia AMC N° 193- 2012-GRA (PRIMERA CONVOCATORIA)
Presente.
COMPROMISO
Por la presente, yo: Jorge Alberto Vera mendi Silva, identificado con DNI W 31822135, con
domicilio en Jr Sal y Rosas 1277 ANCASH - HUARAZ correo electrónico
1veramend1s@yahoo com, Ingeniero Civ1/agncolal. con CIP N° 70947, me comprometo, en
caso de Obtener la Buena Pro en la Ad¡ud1cac1ón de la Referencia, a participar en la
elaboración del Estudio a N1vel de Perfil, ob¡eto del presente proceso como. Jefe de
Proyec tos. Asi m1smo. declaro haber entregado voluntariamente mi Currículum Vitae al postor antes mencionado.
Atentamente
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COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERU
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CONSEJO NACIONAL
EL DECANO DEL CONSEJO NACIONAL
Por cuanto
Por tanto,
JORGE ALBERTO VERAMENDI SILVA )ngeniero Agrícola
Ha sido incorporado como MIEMBRO ORDINARIO de la orden e inscrito
con registro W 70947 Se expide el presente diploma para que se le reconozca como tal, estando
autorizado conforme a ley, para ejercer la profesión de Ingeniero. Miraftores, 06 de Sdiembre de 2002
lng. CIP Julio SECRETARIO
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REPUBLICA DEL PERU
A NOMBRE DE LA NACION c¿gt rfh u {PS/ ¿;/{/' rfh
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REPUBLICA DEL PERU
UN IVERSIDAD NACIONA L DE ANCASH "SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO"
A NOMBRE DE LA NA CION
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df' AGOSTO eh>!cuio 1'00 1 ha ac(ln/cl(/o
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CIENCJAS_ _AGRARIAS
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r/arlrt .'1 ¡:·rmarlo ('JI rY(;,ara..-, 14 clr' AGOSTO rlr•1ru7(1 .! (/ (11
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WILMER SIC A CUSTODIO JORG< AW-01 SILVA
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, COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERU
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El Decano Nacional :
Por cuanto JORGE ALBERTO VERAMENDI SILVA Ingeniero Civil
Ha sido incorporado como MIEMBRO ORDINARIO de la orden e i nscrito con registro No 70947
Por tanto,
SEGUNDA ESPECIALIDAD
Se expide el presente diploma para que se le reconozca como tal, estando autorizado conforme
a ley, para ejercer la profesión de INGENIERO.
COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERU CONSEJO DEPARTAMENTAL ANCASH - HUARAZ
Jr. Simón Bolívar N° 680 - Telefax 043 - 422192 RPM: # 945768595 E-mail: informes@ciphuaraz.org Web: www.ciphuaraz.org
HUARAZ - ANCASH - PERU
LEY N° 28858 y su Reglamento (D.S. N° 016-2008 -VIVIENDA)
CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN Y HABILIDAD
N 030532
LA DIRECTORA SECRETARIA CERTIFICA:
QUE, ELINGENIERO (A) CIP:
VERAMENDI SILVA JORGE ALBERTO
1 Del capitulo de Inge,nie:{ía: 1 JO o PA 1 Fech a de ln corporacjóliJ
AGRICOLA 1 --
06 DE SETIEMBRE DE 2002
CIVIL 22 DE FEBRERO DE 2010
Con Registro d e matrícula Nacional CIP N2 70947
De con forrnidacl on la Ley déBjercicio ProfesiónaC de la Ing ni cría No 1603 y la Ley que lo complemcnta:Ley'No 28858 de fecha 29 de Julio del 2006 y el Estatuto d el Colegio d e Ingeni eros d el Pení, se Cf\CUentra HABILITADO; en consecuencia está autorizado j)ara ejercer l a Profesión deiNGENIERO. . e:: '
.... · '
Nota.- Este CERTIFICADO es obligatorio para el Ejercicio Profesional deJa lng'erlíetí1a. ) En la Institución para:·Registro Na'éienal de Prove dOFes, Licenci a de Construcción, LicitacionesJ?-:4blicas, Concursos de Proyectos, Concursos de' ptppleos, TaS>aGid'ñes y Peritajes, Petitorios Mineros, Reportes Técni cos, Certificado de Calidad, etc.
Huaraz, --- de --------------------del 201
28
( RECIBO DE CAJA Nc
Al1reoJo 427dal Cbdigo Pena l..falsificac;lón"dt..Ooeumeníos El Qllf hace,eccrf\Vie. undocum ntofalsoo ldultf r.uno verclad.; ro que pu.dar origen a de•echo u obt;gaci.&n onrvit para probar un che,c:>nelpropóiitodt utihureldow nto,urtilJintrltdo.si d.su uso
r.st lt•• a.l.pUn peijviciof,eJJ11'f¡Uva de r)be.rtad no m•nor dt dos ni mayoJ dt diu años y con treWtta ¡noventa di.ls-multasi11trata de undocumento público,registro púbico titulo auténtico o cua 1q:.iH otro trJstnislblt pcr 11jos-oo ti pon.adot ycon pena privativa de ltveiUid no menotCS. do& nhna.yor de cuatroa s.y ton cien!:oochenta atresc:Nntos HWI1Hcincos-mult;, ise tra1a dt' un 6ocumanto pO 'Ido
El qut hace usodeundocumeofo fafsoo falc•fJCACJo,comosi fueseltQhimo,slempreque Ot suU$0f es"'bral¡únperjutclo,$tlriraprimido,en,uuSo,conlu mismupenu.
No PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA MONTOS/.01 "Construcción del Canal de Riego Tíshcuyoc - Shirapata, Distrito de
Chavín de Huantar, Provincia de Huari - Ancash". 8.000.00
TOTAL S/. 8.000.00
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"Por la Recuperación de la Estela Raymondi al Museo de Sitio de Chavín"
MUNICIPALdDAD DISTRITAI.J DE
CHAVIN DE HUANTAR ;A l
CONTRATO NO 192-2009-MDCHH/GM
SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DE PRE- INVERSIÓN
Conste por el presente documento que celebran de una parte La Municipalidad Distrital de Chavín de Huántar, con RUC N° 20198250199, con domicilio en la Plaza de Armas N° 120 - Chavín de Huántar, debidamente representado por su Gerente Municipal Lic. Rocío Jackeline Mautino Vidaurre, identificada con DNI N° 40731521", qOien proceda de conformidad con la Resolución de Alcaldía N° 568-2009-MDCI-IH, de fecha 12 de Octubre del2009, a quien en adelante se le denominará EL COMITENTE, y de otra parte ellng. JORGE ALBERTO VERAMENDI SILVA, con D.N.I. N° 31822135, R.U.C. N° 10318221354, con domicilio legal en el Jiron F. Sal y Rosas N° 1277- Huaraz - Ancash, ;reléfonos: 775029-943502010-943285061, e-maíl: Jveramendis QQQ_@I:J_q!m9i!-G. RITI.. a quien en adelante se le denominara 'EL PROVEEDOR en los
términos y condicione:; siguientes. CLAUSULA PRIMERA: OBJETO La contratación de servicio de consultoría para la Elaboración del Estudio de Pre-inversión perfil Denominado: "Construcción del Canal de Riego Tishcuyoc - Shirapata, Distrito de Chavín de Huantar, Provincia de Huari - Ancash", cuyos detalles y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLAUSULA SEGUNDA: FINALIDAD DEL CONTRATO El COMITENTE, es una institución que se rige por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, la Ley de Presupuesto de la República para el año 2009, y para efectos del presente contrato, en lo establecido en el Libro VIl, Fuentes de las Obligaciones y contratos del Código Civil. Por el presente Contrato, EL COMITENTE contrata los servicios de EL PROVEEPQR, para que Ejecute Totalmente la Elaboración del Estudio de Pre-inversión perfil Denominado: "Construcción del Canal de Riego Tishcuyoc- Shirapata, Distrito de Chavín de Huantar, Provincia de Huari- Ancash", financiado por EL COMITENTE, estos servicios comprenderán todo lo relaGionade con las actividades que deben desarrollar para. cumplir con los objetivos del servicio indicado en la dáUS\Jia anterior conforme a los términos de referencia EL COMITENTE se reserva el derecho a iniciar las acciones legales pertinentes para el resarcimiento de los daños y perjuicios que se irrogue por deficiencias de los. servicios prestados.
CLAUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del servicio materia del preseJlte contrato asciende a S/. 8,000.00 (Ocho Mil y 00/100 Nuevos soles), a todo costo, incluido IGV- Nemónico N° 004. Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.
CLAUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO EL COMITENTE se obliga a pagar la contraprestación a EL PROVEEDOR en NUEVOS SOLES, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el Reglamento de la Ley de contrataciones del Estado, para tal efecto, la Oficina de Programación de Inversiones (OPI) de la Municipalidad Distrital de Chavin de Huántar deberá de otorgar la conformidad del Estudio de Pre-inversíón Elaborado, en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser estos recibidos, a fin de permitir que el pago se realice dentro de los diez (1O) días siguientes.
CLAUSULA QUINTA: VIGENCIA DEL CONTRATO El plazo del servicio de consultoría para la entrega de Elaboración del Estudio de Pre-ínversíón será de Veinticinco (25) días calendario a partir de la firma del contrato, dando un ultimátum con un plazo adicional máximo de cinco (05) días después de este plazo si EL PROVEEDOR incumpla se disolverá el presente contrato de manera automática sin previo aviso de LA MUNICIPALIDAD.
, Plaza de Armas N° 120 Chavín de Huánt¡ar 1 Telefax: 043 - 454099 1 agina Web: www.munichavindehuantar.gob.pe 1 Email: munichavin@munichavindehuantar.gob.pe
1
"Por la Recuperación de la Estela Raymondi al Museo de Sitio de Chavín"
MUNICIPAIJIDAD DISTRITAIJ DE
CHAVIN DE HUANTAR ¡,4 1
CLAUSULA SETIMA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO En el caso de existir observaciones se levantara un Aéta de Observaciones, en la que se indicara claramente en que consisten estas, dándole a EL CONSULTOR un plazo prudente para su subsanación, según los plazos establecidos en el reglamento, si después del plazo otorgado EL PROVEEDOR, EL COMITENTE considera que no se ha cumplido a cabalidad con la subsanación, podrá resolver el contrato.
CLAUSULA OCTAVA: INCUMPLIMIENTO DE OBSERVACIONES Al no cumplirse con la fecha de entrega realizada la segunda observación por la unidad evaluadora respectiva la entidad resolverá de manera unilateral el contrato.
CLAUSULA NOVENA: DECLARACION JURADA DEL CONTRATISTA El contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligáciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLAUSULA DECIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO Cualquiera de las partes podrá resolver el-contrato, de conformidad on los artículos 40, inciso e), y 44 de la Ley, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento; de darse el caso, EL COMITENTE procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLAUSULA DECIMO PRIMERO: RESPONSABILIDAD DE EL LOCADOR Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL LOCADOR, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.
CLAUSULA DECIMO SEGUNDO: MARCO LEGAL DEL CONTRATO En lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones gel 1Estado y su Reglamento, serán de aplicación las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes.
' CLAUSULA DECIMOTERCERO: ARBITRAJE Todos los conflictos que se deriven de la ejecución e interpretaciówdel pre&ente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado. Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controvEfrsia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 216 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. • El Laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa.
CLAUSULA DECIMOCUARTO: FACULTAO DE ELEVAR A ESCR]TURA PÚBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a EscritiJra Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLAUSULA DECIMO QUINTO: VERACIDAD DE DOMICILIOS Las partes contratantes han declarado sus·respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato. De acuerdo con las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por cuadruplicado en señal de conformidad en la ciudad de Chavín de Huántar, el 24 de Diciembre del año 2009.
Plaza de Armas N° 120 Chavín de Huániar 1 Telefax: 043 - 454099 Página Web: www.munichavindehuantar.gob.pe 1 Email: munichavin@munichavindehuantar.gob.pe
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANRA
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Plaza de Armas s/n - Anra PROVINCIA DE HUARI- REGION ANCASH
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CONTRATO DE ELABORACIÓN DEL PERFIL DEL PROYECTO: "CONSTRUCCIÓN DEL
SISTEMA DE RIEGO ANRA- CASCA Y"
Conste por el presente documento, el Contrato de ELABORACIÓN DEL PERFIL DEL PROYECTO "CONSTR UCCIÓN DEL SISTEMA DE RIEGO ANRA - CASCAY . que suscriben de una parte la Municipalidad Distrital de Anra. con RUC N" 20206179695, con domicilio legal en la Plaza de Armas de Anra del Distrito de Anra, Prov1ncia de Huart, Región Ancash. debidamente representado por su Alcalde Sr. FRANCISCO SANTIAGO BAZAN, identificado con DNI N° 32262986, a quién en adelante se le denominará LA MOA . y de la otra parte el Ingeniero Agrícola don JORGE ALBERTO VERAMENDI SILVA identificado con DNI 31822135, con Reg _ CIP N° 70947, con domicilio en Jr Fedenco Sal y Rosas N" 1277- Huaraz- Perú, a qu1én en adelante se le denominará EL CONTRATISTA, bajo las siguientes Cláusulas
CLAUSULA PRIMERA : OBJETO
LA MOA adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA S/N ELABORACIÓN DEL PERFIL DEL PROYECTO _ "CONSTRUCC IÓN DEL SISTEMA DE RIEGO ANRA- CASCA Y para la contratación de serv1cio de ELABORACIÓN DEL PER FIL DEL PROYECTO. '·CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE RIEGO ANR A- CASCAY cuyos detalles. importes unitarios y totales. constan en los documentos Integrantes del presente contrato
CLAUSULA SEGUNDA: FINALIDAD DEL CONTRATO
El presente contrato tiene por f1nalidad de la EL ABORACIÓN DEL PER FIL DEL PROYECTO "CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE RIEGO ANRA- C ASCAY" de acuerdo al contenido siguiente·
./ RESUMEN EJECUTIVO Nombre del Proyecto Objetivos del proyecto Balance de la Oferta y Demanda de los b1enes o serv1c1os del PIP Descnpc1ón Técn1ca del PIP Costos del PIP Beneficios del PIP Resultados de la Evaluación Soc1al Sostenibilidad del PIP Impacto Ambiental Organización y Gestión Plan de Implementaci ón Conclus1ones y Recomendaciones Marco Lóg1co
./ ASPECTOS GENERALES
Nombre del proyecto Un1dad Formuladora y la Un1dad Ejecutora Participación de las MDAes involucradas y de beneficiarios Marco de Referenc1a
./ IDENTIFICACIÓN
Diagnóstico de la s1tuac1ón actual Def1n1ción del problema y sus causas Objetivo del Proyecto Alternativas de Soluc1ón
./ FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN
Análisis de la Demanda Análisis de la Oferta Balance Oferta Demanua
--
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANRA
Plaza de Armas s/n - Anra PROVINCIA DE HUARI- REGION ANCASH
Planteamiento Tecn1co de las alternativas Costos BenefiCIOS Evaluación Soc1al Anali s1s de sens1bi11dad Anál1 sis de sosten1bi11dad Impac to Amb1ental Selección de alternativa Plan de Implementación Organización y gest1ón Matnz de marco log1co para la alternativa seleccionada
v' CONCLUSION v ANEXOS
CLAUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del serv1c1o matena del presente contrato asc1ende a S/. 60.000 00 (sesenta mil y 00/100 Nuevos Soles a todo costo 1nclu1do IGV
Este monto comprende el costo del serviCIO, seguros e 1mpuestos así como todo aquello que sea necesano para la correcta eJecución de la prestac1ón matena del presente contrato
CLAUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO
LA MOA se obl1ga a pagar de la s1gu1ente forma a) 50% de la contraprestación a EL CONTRATISTA en nuevos soles luego de la
recepc1ón formal y completa de la documentación correspondiente según lo establecido en el articulo 238 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y AdquiSICiones del Estado. para tal efecto el responsable de dar la conform1dad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excedera de los d1ez (1 O) días de ser estos rec1b1dos. a fm de perm1t1r que el pago se real1ce dentro de los d1 ez (10) d1as s1guientes
b) 50% restante a la aprobación de la V1ab111 dad por la Oficma de Proyecto de lnvers1ón del Gob1erno Reg1onal de Ancash
CLAUSULA QUINTA: VIGENCIA DEL CONTRATO
La v1genc1a del presente contrato se extendera a part1r de la suscnpc1ón del presente contrato hasta la aprobación de VIabilidad por la oflcma de Proyectos de lnvers1ón del Gob1erno Reg1onal de Ancash
CLAUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las bases Integradas la oferta ganadora y los documentos denvados del proceso de selecc1ón que establezcan obligac1ones para las partes
CLAUSULA SETIMA: GARANTIAS
EL CONTRATISTA opta por la retención del 10% EL CONTRATISTA en aplicación de lo dispuesto en el Articulo 40 ' del TUO de la Le y de contrataciones y AdquiSICiones del Estado opta por la retenc1 ón del 10% del monto total del contrato por estar comprendidO dentro de la ley de la m1cro y pequeña empresa por lo que la ·LA MOA · procederá a la retenc1ón de la suma de S/ 69, 833 87 (Sesenta y nueve m1l ochoc1entos treinta y tres y 87/100 Nuevos soles) como garantía de f1el cumpl1m1ento. durante la pnmera 1111tad del numero total de pagos a realizarse de forma prorrateada. la que será devuelta a la fmal1zac1on del contrato
CLAUSULA OCTAVA: EJECUCION DE GARANTIAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANRA Plaza de Armas s/n - Anra
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PROVINCIA DE HUARI- REGION ANCASH
LA MOA está facultada para e¡ecutar la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarla
CLAUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO
La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el Art iculo 233° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
En el caso de existir observaciones se levantará un Acta de Observaciones, en la que se indicará claramente en qué consisten éstas, dándole a EL CONTRATISTA un plazo prudente para su subsanación, según los plazos establecidos en el Reglamento.
S1 después del plazo otorgado a EL CONTRATISTA LA MOA cons1dera que no se ha cumplido a cabalidad con la subsanación, podrá resolver el contrato.
CLAUSULA DÉCIMA: DECLARACION JURADA DEL CONTRATISTA
El contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, ba¡o sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
La conformidad del servicio por parte de LA MOA no enerva su derecho a reclamar posteri ormente por defectos o vic1o ocultos.
CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA: PENALIDADES POR RETRASO INJUSTIFICADO
S1 EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones ob¡eto del contrato, LA MOA le aplicará en todos los casos. una penalidad por cada dia calendario de atraso, hasta por un monto máx1mo equivalente al diez por c1ento (1O%) del monto contractual en concordancia con el artículo 222° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adqu1s1c1ones del Estado La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la s1guiente fórmula
Penalidad Diaria = 0.10 x Monto F x Plazo en días
Donde.
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta dias o; F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta días.
Cuando se llegue a cubrir el monto máx1mo de la penal1dad, LA MOA podrá resolver el contrato parcial o totalmente por incumplimiento mediante carta notarial y e¡ecutar en lo que corresponda la Garantía de F1 el Cumplimiento, sin perjuicio de la indemnización por los
L---+----,qaños y perjuicios ulteriores que pueda exig1r. asimismo, procederá a comun1car este hecho 1 Tnbunal de Contrataciones y AdquiSICIOnes del Estado
Esta penalidad será deduc1da de cualqu1era de sus facturas pendientes o en la liqUidación final, o SI fuese necesario se cobrará del monto resultante de la e¡ecuc1ón de la garantía de F1el Cumplimiento.
La ¡us!lf1cación por el retraso se su¡eta a lo d1spuesto por el Código C1vil y demás normas concordantes
CLAUSULA DECIMOTERCERA : RESOLUCION DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato. de conformidad con los art ículos 41°,
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANRA Plaza de Armas s/n - Anra
PROVINCIA DE HUARI- REGION ANCASH
inciso e), y 45° de la Ley, y los artículos 224° y 225° de su Reglamento: de darse el caso, LA MOA procederá de acuerdo a lo establecido en el articulo 226° del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado
CLAUSULA DECIMOCUARTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA. no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hub1ere lugar
CLAUSULA DECIMOQUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
En lo no previsto en este contrato. en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. serán de aplicación las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes
CLAUSULA DECIMOSEXTA : AR BITRAJE Todos los conflictos que se denven de la ejecuc1ón e interpretación del presente contrato, Incluidos los que se refieran a su nulidad e Invalidez, serán resueltos de manera defmit1va e mapelable mediante arbitraJe de derecho, de conformidad con lo establecido en la normat1va
de contrataciones y adquisiciones del Estado
Facultati vamente. cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas. según lo señalado en el artículo 272° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y
Adqui siciones del Estado.
El Laudo arbitral em1tido es vmculante para las partes y pondrá fin al proced1m1 ento de manera definitiva, siendo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualqu1er mstanc1a
admin1strativa
CLA USULA DECIMO SETIMA: FACULTAD DE ELEV AR A ESCRITUR A PÚBLICA
Cualqu1era de las partes podrá elevar el presente contrato a Escntura Pública cornendo con
todos los gastos que demande esta formalidad
CLAUSULA DECIMO OCTAVA: VERACID AD DE DOMICILIOS Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductona
del presente contrato.
De acuerdo con las Bases. la propuest a técnico económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo f¡rman por triplicado en señal de conformidad a los Vemtitrés dí as del mes de Abril del Año Dos Mil Siete
Prof FRANCISCO SANT IAGO BAlAN
ALCALDE
/
Año de la Integración Nacional y
1
el Reconocimiento deRV"fEt ...JfSN"s ASH F "!W?4Q FO!l'AJLA.(I0l4DE LA Gf NCIA (.. RECIOH.4L l.>i llifR..CSTRUCTURA
INFORME N° J.{1 '{ -2012- REGION ANCASH/UF-
AL ING. WILSON MENACHO LAURENCIO.
JEFE DE LA UNIDAD FORMULADORA - GRI
[ 27 "'!" ·<1 g 1:dr" ,: i;J.u.,.
ASUNTO PRESENTA PIP. A NIVEL DE PERFIL "MEJORAMIENTO DE LA CALLE TUPAC. AMARU. DISTRITO DE MANGAS, PROVINCIA DE BOLOGNESI - REGION ANCASH" PARA SU INSCRIPCION EN EL BANCO DE PROYECTOS Y EVALUACION CORRESPONDIENTE
REFER. CONTRATO POR LOCACION N° 1035- 2012-GRA-GRAD
FECHA 27 de Diciembre del 2012
Tengo a bien de dirigirme a usted, en relación al documento de la referencia, para manifestarle que se ha efectuado la revisión del Proyecto de Inversión Pública de lo cual se desprende lo siguiente:
l. ANTECEDENTES :
1. Mediante Memorándum N° 5555- 2012, a solicitud de la Unidad Formuladora La GRI,
solicita la certificación presupuesta! para la formulación del PIP: antes mencionado 2. Mediante Memorándum N° 2483 -2012, La GRPPAT/ SGPPTO de fecha 26 de
noviembre hace conocer la Certificación presupuesta! 3. Mediante contrato por locación N° 1035, de fecha 04 de diciembre -2012, El Gobierno
Regional contrata los servicios para la formulación del PIP.
11. MARCO LEGAL
l. Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, Ley N° 27293 y sus modificatorias a través de Decreto Legislativo No 1005, Ley 28802 y Ley 28522.
11. Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública aprobado por Decreto Supremo No 102-2007-EF, modificado por Decreto Supremo W 038-2009-EF.
111. Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública aprobado por Resolución Directora! No 002-2009-EF/68.01 que aprueba la Directiva No 004-2007-EF/68.01, modificadas por Resoluciones Directorales No 003-2009-EF/68.01 y W 004-2009- EF/68.01.
IV. Resolución Directora! No 003-2011-EF/68.01 que aprueba la Directiva No 001-2011- EF/68.01.
111. ANALISIS DEL CONTENIDO
El proyecto corresponde a un PIP. Menor y tiene la siguiente estructura de costos para la alternativa seleccionada.
J CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
Conste por el presen te documento, EL CONTRATO DE LOCACION DE SERV I CIOS PROFESIONALES, q ue
celebran de una pa11e la. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RECUA Y, con RUC N° 201 85379079 debidamente
representado por su Alcalde Dr. MI LTON DUCK LEON VERGARA, identificado co n D.N.l. N° 3 1 659768, con domicilio
en plaza de A rmas N° 1 70- distrito y provincia de Recuay, a quien en adelante se le denomi nará EL COMITENTE, y de otra
parte el Ingen iero Civil: J ORGE ALBERTO VERAMENDI SILVA, con DN!N° 31 822135, N° de R UC 1 03!8221354, con J ClP N° 70947, e inscri to en el Registro Nacional de Proveedores, con domicilio en el Jr. Daniel Villayzan N° 590, Provi ncia de
Huaraz -Ancash, a quién en ,delante de le denomina:a "EL LOCADOR" en los términos y condiciones siguientes:
"'H, ANTECEDENTES: o....- ..... 'r
[/ ' ;. \ PR I MERO.- EL COMITENTE, es u n Órgano de Gobierno Local , con personería Jurí dica de Derecho Público, que a mérito
¡::;, ck la Con stitución Política del Estado, y la Ley W 27972 -Orgá nica de Mun ici palidades goza de autonomía Pol ítica,
Económica y Admin istrativa en los asu n tos de su competencia, y es atribución del Alcalde celebrar los actos, cont ratos y
conven ios necesarios para el ejercicio de sus funciones.
SEGUNDO.- EL LOCADOR, es una Persona Natural, de Profesión Ingeniero Ci v il, hab i l i tado con CI P N° 70947, hábil para
contratar con el Estado, Inscrita en el Registro Nacional de Proveedores que se dedica al asesoramiento, evaluación , ejecución,
consultoría de obras y afines, prestando servi cios como la elaboración y ejecución de diversos Perfiles, Proyectos, Estudios,
Expedientes Técnicos, en t re otros en el ram o. Contratando con en tidades pú bl icas y pri vadas.
OBJETO DEL CONTRATO:
TER CE RO.- Por el p resente, EL LOCADOR se obl iga a prestar sus servicios profesionales en la elaboración del Expedien te
Técn ico: "Const ru cción del Sistema de R i ego -Centro Poblado de Colla h uasi , D i strito y Provi ncia de Recully -A n cas h";
con las Especificaciones Técnicas requeridas por el Sistema Nacional de I nversión Pú blica- SN IP. Por su parte EL
A RACTERES Y FORMA DE PRESTAR EL SE RVI CIO:
CUARTO.- El ser vicio, objeto de la prestación a cargo de EL LOCADOR comprende el desempeño en la Elaboración del
Exped iente Técnico: Const r ucción de l S istem a de Riego -Centro Poblado de Coll a hu asi, Dis trito y Provin ci a de Recuay-
A n cas h". Dicho Expediente será elaborado con las Especi ficaciones Técnicas requeridas por el Sistema Nacional de Inversión
Públ ica -SNIP, y presentado ante la Oficina de Infraestruct u ra y Desarrollo Urbano y Ru ral de la M unicipalidad Provincial de
Recuay; q u i en se encargará de su Revisión y conformidad. Labores de EL LOCADOR que impl ican trabajos de campo,
ga bi nete y gestion es, con la finalidad de lograr la aprobación del Expediente Técnico. Labores que los desarrollará de manera
eficiente bajo su mando, con las responsabi l idades Civiles. Penales y Administra tivas en caso de incumplimiento por parte
suya.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
QUINTO: EL COMITENTE está obligado a pagar los honorarios profesionales de EL LOCADOR, y a entregar
oportunamente la información y/o documentación que se necesiten para la prestación de los servicios, y a prestar su
colaboración y partici pación cada vez que EL LOCADOR lo requiera, Por su parte EL LOCADOR, se obl iga a prestar los
servicios contraídos por EL COMITENTE, en la forma mas di l igente posi ble, procurando la mayor eficiencia de sus
servicios, entregando el Expediente Técn ico: Construcción d el Sistema de Riego -Cent ro Po blado de Co lla huasi, Distrito y
Provi ncia de Recu ay -A ncash" y todo lo pertinente a ello, pactado en las cláusu las precedentes, dentro del plazo establecido;
a EL COMITENTE y presentando al Oficina de Infraest ructura y Desarrollo Urbano y Ru ral de EL COMlTENTE,
comprometiéndose a subsa na r las observnciones real i zadas por di cha Arca competente el e EL COJVllT E NTE, donde se
aprobará el Proyecto.
SEXTO.- Las partes acuerda n que el monto de los hon orarios que pagará EL COMITENTE en calidad de contraprestación
por los ser v icios prestados por EL LOCA DOR asciende a la suma dinera ri a total ele S/. 6, 000.00 (SEIS MIL Y 00/100
NUEVOS SOLES). Incluidos los impuestos ele Ley. Afectándose el egreso de dicho mon to al presupuesto del Proyecto:
Elaboración de Exped ientes Técnicos, Fuen te de Fi nanciamiento determ i nado por la U nidad de Contabilidad y Presupuesto de
la Municipalidad, estableciéndose como I:Orma de pago l o siguiente: Se pagará el intc!l.ro del monto total contractual cuando
EL LOCADOR entrcQ.uc el Exped iente Técnico en Dos Originales v Una Cop ia. mas u n soporte d i gita l -CD u otro si milar. Y
dicho Expediente se encuent re Aprobado por el responsable de la Oficina de In fraestructura y Desarrollo Urba no y Rural; de
no ser así; ningún pago procederá. Comprometiéndose EL LOCADOR a susten tar el presente ante insta ncias como Órganos
de Control Interno, Contraloría General de la República y otros.
PLAZO DE L CONTRATO:
SEPTIMO: Las pa rtes establecen que el plazo del presente contrato es de 20 días calendarios (para la presentación del
Expedien te Técnico para parte de EL LOCADOR). contabilizados a partir de la suscripción del mismo, de no cumpl irse dicho
plazo se aplicará l as penél l idades contempladas en el presente contrato.
PENALIDAD CONTRACTUAL:
OCTAVO: Si EL LOCA DOR incurre en retraso injusti ficado en la ejecución de l a prestación objeto del contrato, EL
COM ITENTE l e apli cará en todos los casos. una penalidad por cada día calendario d e atraso, el equ i val ente a l Tres por
Cit:nto (3%) del monto total contractual estab!t:cido; encargando el cumplimi ento de dicha penalidad al Area ele I nfraest ructura
y Desarrollo U rbilno y Rural de LA MUN I C IPALIDAD, bajo responsabi l idad funci onal.
NATURALEZA Y ASPECTOS FINALES DEL CONTRATO:
OCTAVO.- Sin perjuicio de la cláusula anterior; en caso de incumplim iento de alguna ele las cláusu las del presente contrato
dará lugar 81 resol ución del mismo y las responsabilidades que se generen en matcriil contractual; asimismo se establece que el
marco normativo del presente contrato y de apl ic8ción en todo lo no previsto serán de aplicación las disposiciones del Código
Civi l y demás normas concorclantes del Ordenamiento Ju ríd i co.
Estando ele acuerdo en todas sus estip u laci ones las partes suscriben este documento en l a Ci udad de Rccuay a los 15 días del
mes de Novie mbrc del Ai1o 201 2.-----------·------------------------------------------·--·--·--·--·-----·--·----------------·-··----------·-----
----------------·--·-·- .
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RECUAY Creado por D.L. N° 11171 del 30
INFORME N° 461-2012/MPR/AIDUR-MTH.
AL Dr. Milton León Vergara
. )ERECUAY flrt ivo
RECt r ..•
Q_ .NOV. 2012 ¡ Alcalde de la Municipalidad Provincial de Recuay Hora:...!.!?.:.:.?..................
Exp.tr.}:f.;.?.'.:............_.
DE lng. Manuel Treja Huerta. N" .. :tt.:( t.".!:.\ Cf...
Jefe de Área de Infraestructura Desarrollo Urbano Rural. t'
ASUNTO Aprobación del Expediente Técnico del Proyecto: "Construcción del Sistema de Riego Collahuasi, distrito de Recuay, Provincia de Recuay -
• ' Ancash"
FECHA Recuay, 28 de Noviembre del 2012.
Mediante el presente me dirijo ante Usted. Para hacerle llegar el
Expediente Técnico del Proyecto: "Construcción del Sistema de Riego Collahuasi, distrito de
Recuay, Provincia de Recuay- Ancash", y paso a mencionar lo siguiente:
1. Evaluado el Expediente Técnico en mención, no existiendo observación alguna,
cuenta con la aprobación y visto bueno del Área Técnica, para su ejecución por
Contrato, cuyo plazo de ejecución será 3 meses (90 días).
2. El presupuesto para su ejecución, es de SI. 465,131.20 Nuevos Soles.
3. El Mencionado Expediente Cuenta con el Perfil Técnico con el código SNIP PIP
152363.
4. Se requiere el Informe del área de contabilidad.
5. Por lo mencionado, solicito a su digno despacho dar trámite al citado expediente y su
tratamiento en sesión de concejo, para la ejecución respectiva.
Es todo cuanto informo a usted para su conocimiento y su atención.
Atentamente;
,..
-
...!·. ll '
.{PPAT/SG I
MEMORANDUM N° 111Ó - 2012-GOBIERNO REGIONAL ANCASH/GRPPAT/SGI
AL
ASUNTO
REFERENCIA
ING. GERMAN MARTINEZ CISNEROS Gerente Regional de lnfraestructura del Gobierno Regional Ancash FORMATO SNIP 15 Y 16
MEMORANDUM N°3848-2012-REGION ANCASH/GRI {DOC.12608-EXP. 8648)
FECHA Huaraz,
20 SET.201!
A través del presente me dirijo a usted, para hacer de su
conocimiento que la Sub Gerencia de Inversiones (OPI) ha procedido con el registro
del Formato SNIP 15 y 16 del PIP denominado "AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL CANAL LLULLCCA- DISTRITO DE LLAMELLIN, PROVINCIA DE ANTONIO RAYMONDI, REGION ANCASH ", Al respecto el
marco normativo de la Directiva del SNIP, en el artículo 27.4 señala: "Para efectos de lo dispuesto en el presente artículo, la UE, bajo responsabilidad, debe informar sobre las variaciones antes señaladas al órgano que declaró a viabilidad o al que resulte competente en el momento en que se produzcan tales cambios, con un plazo mínimo de 20 días hábiles antes de su ejecución".
En consecuencia, al haber cumplido la Gerencia Regional a su cargo con el procedimiento de sustento, resalto que lo solicitado ha sido atendido tal como se concluye en el informe adjunto elaborado por la OPI.
BJRN/ydpgr C.c.
-SGI Archivo
Atentamente
J
-
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANTA
LEY••1:s•s
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente documento el Contrato de Locación de Servicios- Elaboración de Estudio a Nivel de
Perfil, en adelante "EL CONTRATO", en el que interviene de una parte LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE ANTA identificado con RUC. N° 20222120951 , con domicilio en la Plaza de Armas s/n
Distrito de Anta, representado por su Al calde Sr. Flavio David Obispo Crispín, identificado con DNI N°
32028574, en adelante LA MUNICIPALIDAD y de la otra parte el señor Ingeniero Civil JORGE
ALBERTO VERAMENDI SILVA, con CIP 70947 identificado con DNI N° 31822135, con domicilio
Legal en el Jr. Yillayzan N° 590 Nicrupampa - Huaraz en adelante "EL CONTRATADO"; en los términos
y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA: BASE LEGAL
El presente contrato se celebra exclusivamente al amparo de las siguientes disposi ciones.
• Constitución Política del Estado.
• Código Civil.
• Ley N° 27293, Ley q ue crea el Sistema Nacional de Inversi ón Pública y modificaci ones.
• Resolución Directora] N° 003-2001-EF/6801; que aprobó la di rectiva General del Sistema Nacional
de Inversión Pública.
• Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento y demás normas conexas.
• Ley N° 27444, .Ley de Procedimiento Admi nistrativo General.
• Plan Anual de Presupuesto del Sector Público.
• Ley N° 27815, Código de Ética de la Fu nción Pública y normas com plementarias.
• Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de impacto ambiental.
• Ley 27972 Orgánica de Mu nicipalidades.
• Las demás d isposiciones rel acionadas directamente con las normas anteriormente mencionadas.
(Plaza de Armas S/N] E-mail: munianta2012@hotmail.com Telf.: 443132
-
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANTA
l:.=: CLAUSULA SEGUNDA.- OBJETO DEL CONTRATO
Por el presente instrumento, LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO para la
elaboración del Estudio a N ivel de Perfil del proyecto "MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL
SERVICIO DEL CANAL DE RIEGO SACCHA- PARIAHIRCA- ANTA".
LA MUNICIPALIDAD se reserva el derecho de efectuar el control y seguimiento de la prestación del
SERVICIO por parte de EL CONTRATADO, mediante las acciones que considere pertinentes.
CLAUSULA TERCERA.- MONTO DEL PAGO
LA MUNICIPALIDAD. Pagará como retribución a EL CONTRATADO, por la prestación del servicio, la
suma de S/. 7,500.00 (SIETE MIL QUINIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), la misma que incluye
todos los tributos que establezcan las normas legales pertinentes, en adelante EL PAGO.
EL CONTRATADO reconoce que el monto de EL PAGO incluye todos l os costos por concepto de
honorarios, organización técnica y adm inistrativa, tributos y cualquier otro gasto necesario para la correcta
elaboración del Estudi o.
CLAUSULA CUARTA.- OPORTUNIDAD DE PAGO LA MUNICIPALIDAD se obliga a pagar a EL CONTRATADO el 100% del monto señalado en la
cláusula Tercera, cuando el estudio a que refiere la Cláusula primera se encuentre viabilizado en la OPI de la
Municipalidad Distrital de Taricá, para ello bastará la sola entrega del Informe Final que deberá ser ingresado
por mesa de partes de LA MUNICIPALIDAD .
CLAUSULA QUINTA.- DEL PLAZO DEL CONTRATO De acuerdo a lo especificado en las bases será de 30 días calendarios y concluirá con la conformidad de LA
MUNICIPALIDAD.
[Plaza de Armas S/N] E-mail: munianta2012@hotmail.com Telf.: 443132
•,,...."o<oo ANTA ";-
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANTA
CLAUSULA SEXTA.- O.E L,\S OllllGACIONES Y RF.SPONSABIUDADES
El CONTRATADO deberá presentar el Estudio en mención, en 02 ejemplares m(tS el CO correspondiente.
Ademas se compromete y se obliga bajo responsabilidad a cumplir con las obligaciones y/o responsabilidades
pactadas en El,CONTRATO.
CLAOSU!A SEPTIMA:RELACION CONTRACTUAL
Por su modalidad, el presente Contrato no implica relación laboral alguna con la Entidad, no encontrándose
El CONTRATADO bajo dependencia o subordinación de L;\ MUNICIPALIDAD. por lo que su
celebración nogenera para EL CONTRATADO ninguno de los benefocios previstos en la legislación laboro!
nacional, por encontrarse sujeto bajo la aplicación del Código Civil.
:·- CL,\USULAOCTAVA:CUMPLil\11tNTODEI.C0NTRATO f<-) \';; Por el mérito de la suscripción del presente contrato, El CO:-ITRATADO declara bajo juramento que se
·.
•'
compromete a cumplir fielmente eon el objeto del contrato.
·CUSULA NOVENA: OECLARACION J URADA DEL LOCADOR
.RL CONTRATADO, declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del
presente commto, bajo sunción de que LA M UNI CI PA LH>AO informe a los ól'!,'llnos pertinentes y así lograr
)a inhabil itación para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLAUSU LA OECJMA: Rt:SPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
La confollDidad del servicio por parte de LA MU NICLPALIOAD no enerva su derecho a reclamar
pos1eriormcnte por defectos o vicios ocultos.
[Plaza de Armas S/N] E-mail: mun ianta 2012@hotmail.com Telf.:443132
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANTA
CLAUSULA DECIMA PRIM ERA: PE ALIDADES POR RETRASO INJUSTJFICA DO
No se determinarán las penalidades por retraso injustificado, por el fundamento expuesto en l a cláusula
Séptima.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA : RESOLUCION DEL CONTRATO
Las partes acuerdan que en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por EL CONTRATADO,
LA MUNICIPALIDAD requerirá mediante Carta Notarial la satisfacción de su prestación, dentro del plazo
no menor quince días (15), bajo apercibimiento, que en caso contrario, el contrato quede resuelto de pleno
derecho; quedando a cargo de EL COl\TRATADO la indemnización por daños y perjuicios a favor de la
Municipalidad Distrital de Anta, conforme a lo establecido en los Art. 1428 y 1429 del Código Civi l.
Igualmente EL CONTRATADO podrá resol ver el presente contrato, por incumpl imiento de algunas de las
obligaciones asumidas en el presente contrato. La resolución se formaliza a través de la carta notarial
respectiva.
1
CLAUSULA DECIMA TERCERA: VERACIDAD DEL DOMICILIO
Las partes señalan como domici lio legal l as direcciones que figuren en la introducción del presente contrato,
lugar donde se les cursara vál idamente las notificaciones de ley; y en el su puesto que varíen, deberán ser
'informadas en plazo no menor de 15 días..
CLAUSULA DECIMA CUARTA:RESOLUCION DEL CONTRATO
Las partes acuerdan que en caso de incumplimiento de l as obligaciones asumi das por EL CONTRATADO,
LA MUNICIPALIDAD requeri rá mediante Carta Notarial l a satisfacción de su prestación, dentro del plazo
no menor quince días (1 5), bajo apercibimiento, que en caso contrario, el contrato quede resuelto de pleno
derecho; quedando a cargo de EL CONTRATADO la indemnización por daños y perjuicios a favor de la
Municipalidad Distrital de Anta, conforme a lo establecido en los Art. 1428 y 1429 del Código Civil.
Igualmente EL CONTRATADO podrá resolver el presente contrato, por incumplimiento de algunas de las
obligaciones asumidas en el presente contrato. La resolución se formaliza a través de la carta notarial
respectiva.
(Plaza de Armas S/N] E-mail: munianta2012@hotmail.com Telf.: 443132
..........o <oc-
: ANTA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANTA
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CLAUSULA DECIMA QUINTA: VERACIDAD DEL DOMICILIO
Las partes señalan como domicil io legal las direcciones que figuren en la introducción del presente contrato,
lugar donde se les cursara válidamente l as notificaciones de ley; y en el supuesto que varíen, deberán ser
informadas en plazo no
CLASULA DECIMOSEXTA:DISPOSICIONES FINALES
Es voluntad de las partes no transgredir lo señalado en el contrato. Los aspectos que no se hayan contem plado
en el mismo, serán regulados supletoriamente por aquellas normas conexas.
De acuerdo con las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de
conformidad en la cuidad de Anta a los 08 días del mes de octubre del 2012.
[Plaza de Armas S/N] E-mail: munianta2012@hotmail.com Telf.: 443132
CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORIA PARA LA FORMULACION DE EXPEDIENTE TECNICO
Conste por el presente documento, el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS, que celebran de una parte LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YURACMARCA, con RUC N° 20146926062, con domicilio legal en la plaza de armas S/N, del Distrito de Yuracmarca, debidamente representado por su acl alde, señor PABLO PEDRO LOPEZ PAULINO, a quien en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD; y de otra parte El Señor. JORGE ALBERTO VERAMENDI SILVA con D.N.I. 31822135, con domicilio en el Jirón Daniel Villayzan N o 590, Nicrupampa - Huaraz, Quien en adelante se denominará EL LOCADOR. El presente contrato se celebra en los términos y condiciones siguientes:
1.-LA MUNICIPALIDAD dentro de su Plan de Trabajo ha programado la IMPLEMENTACION DE LA PISCIGRANJA DE SECSI y para la formulación del expediente técnico del proyecto, contrata los servicios profesionales del LOCADOR
2.- por el mérito de la suscripción del presente contrato, El LOCADOR, declara bajo juramento que no se encuentra comprendido en ninguno de los impedimentos a que se refiere el Art. 10° del T.U.O de la Ley de Contrataciones con el Estado, que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado, asimismo declara que tiene conocimiento de las sanciones estipuladas de la norma citada, de su Reglamento y demás normas conexas.
3.- la entrega del expediente técnico se hará dentro de los 30 días calendarios, contados a partir de la suscripción del presente contrato, es decir contados a partir del 10 de agosto del 2012, la entrega del expediente técnico se efectuara mediante documento en mesa de partes de la Municipalidad Oistritalde Yuracmarca, en original y una copia magnética, Como pago por Honorarios LA MUNICIPALIDAD . Abonara al LOCADOR la suma de 5,050.00 nuevos soles (cinco mil cincuenta con 00/100, Nuevos soles) previo informe de conformidad por elresponsable del Area técnica.
4.- el presente contrato podrá ser resuelto por cualquiera de las partes por el incumplimiento de alguna de las clausulas establecidas, la resolución se formalizara a través de una carta Notarial respectiva siendo de aplicación los dispuesto en el Art. 42° y 44o delTexto Único Ordenado de la Ley de contrataciones con el Estado, así como el de su reglamento, y en el supuesto caso de ventilarse alguna controversia judicia,l las partes se someten expresamente a la Jurisdicción y competencia de los Jueces de la Provincia de Huaylas.
El presente Contrato se celebra y suscribe en Yuracmarca, los 1O días del mes de Agosto del año 2012.
CURRÍCULUM VITAE
JORGE ALBERTO VERAMENDISILVA Jirón DANIEL VILLAYZAN N° 590- HUARAZ
• Teléfono
043- 587014 1 043-943285061 1043-9435020101RPM *563720 • Fecha de Nacimiento
06 de Agosto de 1968 • Documento Nacionalde Identidad
318221 f) .- iii;íüiie Conducír
Categoría A-1 No: AD-0195141 • E-mail
jveramendis@yahoo.com
Formación • UNIVERSIDAD NACIONAL DE ANCASH SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO
Facultad de Ciencias Agrarias.
Bachiller en Ingeniería Agrícola.
Tercio Superior
1995-2000
Bachiller en Ingeniería Agrícola. 1995-2000
Ingeniero Agrícola. 2001
Colegiatura: Registro Nacional del Colegio
De Ingenieros del Perú N° 70947. 2002.
Huaraz- Perú.
• UNIVERSIDAD LOA ÁNGELES DE CHIMBOTE
Facultad de Ingeniería
Bachiller en Ingeniería civil
Ingeniero Civil.
2005-2006.
2006.
ngeme·o Jorge Alberto Veramend1 Silva
) g na 1 de 12
CONSTANCIA DEL RNP Página 1 de 1
RUC N° 10318221354
REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES
CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN PARA SER PARTICIPANTE, POSTOR Y CONTRATISTA
VERAMENDI SILVA JORGE ALBERTO
Domiciliado en: JIRON F. SAL Y ROSAS 1277 /ANCASH-HUARAZ-HUARAZ (Según información declarada en la SUNAT)
Se encuentra con inscripción vigente en Jos siguientes registros:
--- ---·-- PROVEEDOR DE SERVICIOS
Vigencia
Renovación Anticipada
Socios en común con (RUCs) :
Desde 23/03/2012 hasta 23/03/2013 NO
NO TIENE
FECHA IMPRESÓI N: 13/09/2012
Nota: Para mayor información la Entidad deberá verificar el estado actual de la vigencia de inscrpi ción del proveedo r en la página web del RNP: www.rnp.gob.pe- opción Ver fi que su Inscripción.
&....------------------- --------- -- --··-"
http://www.mp.gob.pe/Constanci a/RNP_Constancialdefault_Todos.asp?RUC=10318221... 13/09/2012
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Municipalidad Provincial de Carhuaz - . ·---
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS EN SU MODALIDAD DE
LOCACION DE SERVICIOS N° 221-2012-MPC
Conste por el presente documento el Contrato de Locación de Servicios N° 221-2012- MPC que celebran de una parte la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ, identificada con Registro Único de Contribuyente R.U.C. N° 20188903488 con domicilio legal en la Avenida La Merced N° 653, debidamente representada por su Alcalde, el Profesor José Maurino Mejía Solórzano, identificado con D.N.I. N° 32021977, a quien en lo sucesivo se denominará LA ENTIDAD; y de otra parte don JORGE ALBERTO VERAMENDI SILVA, identificado con D. N.!. N° 31822135, con RUC N° 10318221354, con domicilio en el Jr. Daniel Villayzan N° 590-lndependencia-Huaraz-Ancash, a quien en lo sucesivo se denominará EL LOCADOR; en los términos contenidos en las cláusulas siguientes:
OBJETO DEL CONTRATO: PRIMERA: Por el presente contrato, EL LOCADOR se obliga a prestar sus servicios a favor
/.'( í5:í.D"?R de LA ENTIDAD, a título de locación de servicios en los términos pactados en este contrato. ¡¡ ,'.·; :;;-;_--...:..,o_ &- Por su parte, LA ENTIDAD se obliga a pagar a EL LOCADOR el monto de los honorarios por
"%: sus servicios prestados pactados e_n la cláusula cuarta, en la forma y oportunidad convenidas.
,\'5:'" F- CARACTER ES Y FORMA DE PRESTAR EL SERVICIO: \.:-',;..J:I-¡,· SEGUNDA: El servicio materia de este contrato es la elaboración ·del estudio de pre inversión
¡;s a nivel de perfil del proyecto: "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA PROVINCDI CRHUA, REGIÓN ANCASH".
.-· / \ \ TERCERA: El servicio objeto· de la prestación a cargo de EL LOCADOR tiene carácter \?( AsEso r, .E personal, parlo que este deberá realizar dicho servicio sin valerse de auxiliares o sustitutos, ni ·{\,wntrn • de ningún tipo de colaboración, salvo que por razones especiales que lo autorice
expresamente y por escrito LA ENTIDAD. · ·
HONORARIOS:FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO: CUARTA: Las partes acuerdan que el monto de los honorarios que pagará LA ENTIDAD en calidad de contraprestación por lqs servicios prestados por EL LOCADOR, asciende a la suma de S/. 10,500.00 (DIEZ MIL QUINIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), incluido los impuestos de ley. El pago de la retribución antes mencionada se afectará a la Meta 0019- ELABORACIÓN DE ESTUDIOS Y PERFILES, conforme a la Certificación Presupuesta! N° 00001711-2012-0PyP.
El pago de los honorarios pactado$ se' efectuará previa conformidad de la Unidad Formuladora y la Oficina de Programación e Inversiones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz.
NATURALEZA DEL CONTRATO: QUINTA: El presente contrato es de naturaleza civil, por lo tanto queda establecido que EL LOCADOR no está sujeto a relación de dependencia frente a LA ENTIDAD, y en tal sentido aquel tiene plena libertad en el ejercicio de sus servicios, procurando cautelar eficientemente los intereses de éste, máxime cuando el presente es de naturaleza Civil y se encuentra regulado por el Art. 1764° y siguientes del Código Civil.
PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATO:
SÉXTA: El presente contrato está conformado además por los TÉRMINOS DE REFERENCIA, en el que se establece los contenidos mínimos que debe tener el perfil según el SNIP, sus obligaciones y los detalles de informes a presentar; el locador declara conocer y cumplir con estos contenidos requeridos.
Av. La Merced N° 653 - Plaza de Armas Carhuaz - Telefax: 043 - 394249
Municipalidad Provincial de Carhuaz ------------------------------------
PLAZO DEL CONTRATO: SETIMA: Las partes convienen que el plazo de este contrato será de duración determinada, teniendo como inicio el 06 del mes de Agosto del año 2012, y su vigencia se extenderá hasta el día 04 de Setiembre del 2012, de acuerdo a las condiciones dispuestas y las coordinaciones con el Área que supervisa el trabajo ejecutado. Queda entendido que LA ENTIDAD no está obligado a dar aviso alguno adicional referente al término del contrato, operando su extinción en la fecha de su vencimiento.
SUPERVISIÓN Y CONFORMIDAD DEL SERVICIO
OCTAVA: La supervisión del presente servicio estará a cargo de la Unidad formuladora y la Oficina de Programación e Inversiones para su respectiva conformidad del servicio conforme a lo dispuesto en el artículo 176° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
De haber observaciones se comunicara al LOCADOR, dándose un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL LOCADOR no cumpliese a cabalidad con la subsanación de las observaciones, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.
Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones requeridas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuara la recepción y de hacerlo lo devolverá, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan y/o resolución del contrato.
PENALIDADES
NOVENA: si el locador incurre en retraso injustificado de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicara al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente a diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse en concordancia con el artículo 165° Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente formula.
0.10 x monto
Penalidad Diaria= _ _ Fx plazo en días
F= 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o; F= 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento. La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el código civil y demás normas concordantes.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES: DECIMA: LA ENTIDAD está obligada a pagar los honorarios de EL LOCADOR, en la forma y oportunidad pactados en la cláusula cuarta de este contrato.
DECIMO PRIMERO: LA ENTIDAD se compromete a entregar oportunamente a EL LOCADOR todos los bienes, documentos e información que éste necesite para la prestación de sus servicios, así como a prestar su colaboración y participación en el desarrollo de estos cada vez que EL LOCADOR lo requiera.
DECIMO SEGUNDO: EL LOCADOR, por su parte, se obliga a ejecutar la prestación a su cargo en la forma más diligente posible, conforme lo indica el Termino de Referencia materia de su contratación.
Av. La Merced N° 653 - Plaza de Armas Carhuaz - Telefax: 043 - 394249
DECIMO TERCERO: Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución de este contrato, las partes se someten a la competencia territorial de las autoridades judiciales de la Provincia de Carhuaz.
DOMICILIO: DECIMO CUARTO: Para la validez de todas las comunicaciones y notificaciones a las partes, con motivo de la ejecución de este contrato, ambas señalan como sus respectivos domicilios los consignados en el exordio de este documento. El cambio del domicilio de cualquiera de las partes surtirá efecto desde la fecha de comunicación de dicho cambio a la otra parte, por cualquier medio escrito.
APLICACI ÓN DEL CODIGO CIVIL: DECIMO QUINTO: En lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambas se someten a lo establecido por las normas del Código Civil vigente y demás del sistema jurídico peruano que resulten aplicables.
DECIMO SEXTO: DECLARACION JURADA DEL LOCADOR El LOCADOR declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente centrato y que no tiene impedimento ni incompatibilidad legal para contratar con LA ENTIDAD: ·
DECIMO SÉTIMO: RéioLUCION DEL CONTRATO LA ENTIDAD podrá resolver 1 contrato, de sobrevenir incompatibilidades y/o detectarse vicios ocultos, o en caso'd;e Incumplimiento de las Obligaciones del L"OCADOR, previa comunicación escrita con una antiCipación· de 1O días, de conformidad con er código civil.
En señ l de conformidad las partes suscriben este documento, en vías de regularización y paracefectos de pago, en la ciudad de Carhuaz, el 06 de Agosto de 2012.
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LA E TIDAD EL LOCADOR
...
Av. La Merced No 653 - Plaza de Armas Carhuaz - Telefax: 043 - 394249
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CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORIA PARA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TECNICO
Conste por el presente documento el contrato de Servicios para elaboración de Expediente Técnico, que celebran de una parte, La Municipalidad Distrital de Yuracmarca, con RUC N° 20146926062, debidamente representada por su Alcalde Señor Pablo Pedro López Paulino; con DNI N° 08284465 con domicilio en la Plaza de Armas SIN a quien en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD y de otra parte, el Ingeniero Jorge Alberto Veramendi Silva , con DNI N° 31822135, con CIP N° 70947,con domicilio en el Jirón Daniel Villayzan N° 590, Nicrupampa-Huaraz, quien en adelante se denominara EL CONTRATISTA , en los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA: OBJETO
La Municipalidad Distrital de Yuracmarca, para el cumplimiento de sus programas,
metas y objetivos, requiere contar con profesional Ingeniero Civil , para la elaboración de Expediente técnico del proyecto "Ampliación y Mejoramiento del
e-i gistema de Agua Potable de Quitaracza del Distrito de Yuracmarca de la Provincia de e Huaylas, departamento Ancash"
'(; tQ .
· " LAUSUL
A SEGUNDA: FINALIDAD DEL CONTRATO
! La finalidad del presente contrato es que se lleve el servicio mencionado en la cláusula precedente de acuerdo a las obligaciones emanadas, del contrato, del ofrecimiento económico del contratista y del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. N°1017-EF, y su Reglamento D.S. N° 184-2008-EF, en adelante LA LEY y EL REGLAMENTO.
CLAUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL Y FORMA DE ENTREGA
El monto total del servicio materia del presente contrato asciende a la suma de S/. 4,200.00 (cuatro mil doscientos con 00/100) nuevos soles, incluido IGV. La misma que será abonada contra entrega del expediente materia del contrato.
Este monto comprende el costo del servicio e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.
Debiendo el Consultor presentar el Expediente técnico en medio escrito, en original y copia debidamente foliados y firmados, así como en medio digital.
CLAUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO
LA MUNICIPALIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en nuevos soles, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 180° de EL REGLAMENTO, para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un
- ..-- ----=P- LAZA DE ARMAS S/N- PROVINCIA DE HUAYLAS ···ANCASH _,
plazo que no excederá de los diez (10) días de ser estos recibidos, a fin de permitir que el pago se realice dentro de los diez (10) días siguientes.
CLAUSULA QUINTA: VIGENCIA DEL CONTRATO
El plazo contractual será de 30 días calendario, el mismo que empezará a regir a partir del día siguiente de la suscripción del contrato
CLAUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por la oferta del consultor y los documentos derivados de la elaboración del Expediente técnicos y demás que establezcan obligaciones para las partes.
CLAUSULA SETIMA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO
La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el Artículo 176° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. En tal sentido, el área responsable de emitir la conformidad del servicio es el responsable de. dar la respectiva conformidad quien es designado por la entidad quien emitirá un Acta de
(" 1f:p_j;::_-_eonformidad del Servicio donde se precise la aprobación de la elaboración del Expediente técnico.
En el caso de existir observaciones se levantará un Acta de Observaciones, en la que se indicará claramente en que consisten éstas, dándole a EL CONTRATISTA un plazo prudente para su subsanación, según los plazos establecidos en EL REGLAMENTO.
CLAUSULA OCTAVA: DECLARACION JURADA DEL CONTRATISTA
El Consultor declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente Contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
USULA NOVENA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
La conformidad del servicio por parte de LA MUNICIPALIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos.
CLAUSULA DÉCIMO: PENALIDADES POR RETRASO INJUSTIFICADO
Si EL CONSUTOR incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA MUNICIPALIDAD le aplicará en todos los casos, una penalidad por cada día calendario de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual, en concordancia con el artículo 165° de EL REGLAMENTO. La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
J PLAZA DE ARMAS S/N -PROVINCIA DE HUAYLAS- ANCASH
GOBIERNO REGIONAL ANCASH RUC N2 20530689019
CONTRATO N2 CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
_J 1_,1 j" r 'l -2012-GRA-GRAD-
Conste por el presente documento el contrato de Locación de Servicios, que celebran de una parte, el Gobierno Regional Ancash, con domicilio legal en el campamento Vichay S/N, representado por Gerente Regional de Administración del Gobierno Regional de Ancash, C.P.C. LEONCIO BENITO MAURICIO CHU, identificado con DNI. N° 15725956, con las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 299-2011-GRA PRE, a quien en adelante se le denominará EL COMITENTE; y otra parte el Ingeniero Agrícola C.I.P N" 70947 JORGE ALBERTO VERAMENDI SILVA,identificado con DNI., W 31822135, RUC N° 10318221354, domiciliado en Jr. Daniel Víllayzan N" 590, Independencia - Huaraz, Ancash a quien en adelante se le denominará EL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO
·t Que, mediante la presente EL COMITENTE contrata los servicios de EL LOCADOR para que brinde los servicios de un consultor o empresa consultora para la elaboración del estudio de pre inversión a nivel de perfil : "Mejoramiento de la Calle Túpac Amaru en la Localidad de Mangas, Distrito de Mangas, Provincia de Bolognesi, Departamento de Ancash", en el marco de las normas que establece la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública aprobado por Resolución Directora! N° 003-2011-EF/68.01, de acuerdo a lo detallado en las obligaciones.
CLÁUSULA SEGUNDA: VIGENCIA DEL CONTRATO
El plazo de ejecución comprenderá de treinta (30) días calendarios, correspondiente al mes de Noviembre del 2012, conforme a los términos de la referencia para la presente contratación.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO
El Locador, recibirá como honorarios profesionales por los servicios prestados, la suma de S/10,900.00 (Diez Mil Novecientos y 00/100 Nuevos Soles); incluidos los impuestos y retenciones de Ley.
El pago por los servicios debe ser proporcional con el avance y con la entrega del mismo, siendo:
} 40% a la presentación del perfil en la Unidad Formuladora del Gobierno Regional de Ancash, e inscripción en el Banco de Proyectos del SNIP, el cual será elevado a la OPI Regional para su respectiva Evaluación.
> 60% a la APROBACIÓN o DECLARACIÓN de viabilidad del perfil por la OPI Regional.
El egreso del gasto que demande el presente servicio se efectuará de acuerdo a la siguiente Estructura Presupuesta!:
Fuente de Financiamiento: 5 Recursos Determinados Partida de Gasto: 2.3 Bienes y Servicios. Rubro: 18 Canon y Sobrecanon, regalías, renta de aduanas y participaciones. Mnemónico: 0162 Perfiles de Inversión.
CLÁUSULA CUARTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES
n obligaciones del LOCADOR: • Realizar servicios de Consultoría para la elaboración del estudio de pre inversión a nivel de perfil:
"Mejoramiento de la calle Túpac Amaru en la localidad de Mangas, Distrito de Mangas, Provincia de Bolognesi, Departamento de Ancash".
• Presentar la Formulación del estudio de Pre inversión de acuerdo con los contenidos mínimos exigidos con la Directiva General del SNIP vigente y los anexos solicitados en el ítem 3 del presentar TDR.
• Presentar un (01) original del estudio con la información impresa y digitalizada en los programas con los que realizo el trabajo 0/Vord, Excel, S10, Ms Project, autocad, etc.).
• Una vez viables, se deberá presentar tres copias del estudio que se declaro viable el cual deberá de estar firmado por cada profesional solicitado en el presente TDR.
• La presentación del PIP se realizará con una carta en hoja menbretada consignado los datos (Dirección física, teléfono y correo electrónico) del CONSULTOR.
• Se adjuntará también la copia del contrato y términos de referencia. • Asimismo, EL LOCADOR se compromete a cumplir con todas las obligaciones objeto del presente
contrato así como las estipuladas en los Términos de Referencia y disposiciones legales administrativas afín al servicio prestado, asumiendo la responsabilidad por los perjuicios que ocasione a EL COMITENTE.
CampamentoVichay S/N Independencia - Huaraz043-421152
CONTRATONQ J ¡j ''. f) -2012-GRA-GRAD- .!.' j \J
GOBIERNO REGIONAAl NCASH
RUC N• 20530689019
CLÁUSULA QUINTA: CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
EL LOCADOR es responsable de la confidencialidad que implique toda información que llegue a su conocimiento en relación a las actividades de EL COMITENTE y su relación con terceros, así como todo aquello que sea generado por EL LOCADOR, producto del presente contrato, será de propiedad de EL COMITENTE. Esta obligación subsistirá una vez concluida el presente contrato y su incumplimiento genera la correspondiente responsabilidad por daños y perjuicios, sin perjuicio de la responsabilidad penal que se pudiera iniciar.
CLÁUSULA SEXTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato será resuelto por incumplimiento de EL LOCADOR de alguna de las obligaciones que haya sido previamente observada por EL COMITENTE, y no haya sido materia de subsanación. La resolución del contrato podrá hacerse en forma total o parcial, mediante la remisión por vía notarial del documento en el que se manifieste y el motivo que la justifica.
El contrato quedará resuelto de pleno derecho a partir de la recepción de dicha comunicación por EL LOCADOR., igual derecho asiste a EL LOCADOR ante el incumplimiento de EL COMITENTE, de sus obligaciones esenciales, siempre que se le haya emplazado mediante carta notarial, y ésta no haya subsanado su incumplimiento.
Asimismo EL COMITENTE, podrá resolver el presente contrato, en el momento que estime conveniente, luego de realizar las evaluaciones de carácter presupuestario y/o funcional.
CLÁUSULA SETIMA: DE LAS PENALIDADES
En caso de retraso y/o mora por parte del locador en el cumplimiento del presente contrato, el Comitente estará en la facultad de aplicar lo establecido en el artículo 1341 y 1342 del Código Civil Peruano, consistente en una penalidad del 1% del monto contractual por día de retraso y hasta el 10% del mismo, en cuyo caso se podrá resolver el contrato, bastando para ello cursar una carta simple.
CLÁUSULA OCTAVA: SOBRE DECLARACION JURADA DE AUSENCIA DE INCOMPATIBILIDADES
PARA CONTRATAR CON EL ESTADO.
De conformidad con el artículo 2° del DECRETO SUPREMO N° 034-2005-PCM que modifica los artículos del Reglamento de la Ley N° 26771 y dispone el otorgamiento de Declaración Jurada para prevenir casos de Nepotismo, elLocador ha efectuado el otorgamiento de la Declaración Jurada, documento que forma parte de los antecedentes del presente contrato.
CLÁUSULA NOVENA: ASPECTOS VINCULADOS CON LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Por su naturaleza Civil, el presente contrato no implica relación laboral alguna con EL COMITENTE, no encontrándose EL LOCADOR bajo la dependencia o subordinación de EL COMITENTE, por lo que su celebración no genera ninguno de los beneficios previstos en la legislación laboral, ni derechos a EL LOCADOR, con respecto a los servidores de la Administración Pública.
CLÁUSULA DECIMA: DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE
De acuerdo a todo lo establecido y señalado en el presente contrato, este regirá por las normas del Código Civil Peruano, Ley N° 29812- Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal2012, así como la Ley 27444 del Procedimiento Administrativo General en lo que fuera aplicable.
CLÁUSULA DECIMA PRIMERA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
En caso de producirse conflictos derivados del presente contrato, ambas partes optarán por resolverlo en el Trato Directo, caso contrario se someterán expresamente a la jurisdicción de los jueces de la ciudad de Huaraz.
En señal de conformidad, ambas partes declaran no mediar vicio u omisión que pueda acarrear la nulidad o anulabilidad del presente contrato y firman el presente, en vías de regularización a los cuatro (04) días del mes de Diciembre de 2012.
CampamentoVichay S/N Independencia-Huaraz043-421152
CONTRATO N• 1) 5 7 0 -2012-GRA-GRAD-SGASA
RUC N2 20530689019
generado por EL LOCADOR, producto del presente contrato, será de propiedad de EL COMITENTE. Esta obligación subsistirá una vez concluida el presente contrato y su incumplimiento genera la correspondiente responsabilidad por daños y perjuicios, sin perjuicio de la responsabilidad penal que se pudiera iniciar.
CLÁUSULA SEXTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato será resuelto por incumplimiento de EL LOCADOR de alguna de las obligaciones que haya sido previamente observada por EL COMITENTE, y no haya sido materia de subsanación. La resolución del contrato podrá hacerse en forma total o parcial, mediante la remisión por vía notarial del documento en el que se manifieste y el motivo que la justifica.
El contrato quedará resuelto de pleno derecho a partir de la recepción de dicha comunicación por EL LOCADOR., igual derecho asiste a EL LOCADOR ante el incumplimiento de EL COMITENTE, de sus obligaciones esenciales, siempre que se le haya emplazado mediante carta notarial, y ésta no haya subsanado su incumplimiento.
Asimismo EL COMITENTE, podrá resolver el presente contrato, en el momento que estime conveniente, luego de realizar las evaluaciones de carácter presupuestario y/o funcional.
CLÁUSULA SETIMA: DE LAS PENALIDADES
En caso de retraso y/o mora por parte del locador en el cumplimiento del presente contrato, el Comitente estará en la facultad de aplicar lo establecido en el articulo 1341 y 1342 del Código Civil Peruano, consistente en una
} penalidad del 1% del monto contractual por dia de retraso y hasta el 10% del mismo, en cuyo caso se podrá esolver el contrato, bastando para ello cursar una carta simple.
J ,LÁUSULA OCTAVA: SOBRE DECLARACION JURADA DE AUSENCIA DE INCOMPATIBILIDADES vosoo l') PARA CONTRATAR CON EL ESTADO.
9 >s _1e\>JOVt. ?
De conformidad con el artículo 2° del DECRETO SUPREMO N° 034-2005-PCM que modifica los artículos del Reglamento de la Ley N° 26771 y dispone el otorgamiento de Declaración Jurada para prevenir casos de Nepotismo, el Locador ha efectuado el otorgamiento de la Declaración Jurada, documento que forma parte de los antecedentes del presente contrato.
CLÁUSULA NOVENA: ASPECTOS VINCULADOS CON LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Por su naturaleza Civil, el presente contrato no implica relación laboral alguna con EL COMITENTE, no encontrándose EL LOCADOR bajo la dependencia o subordinación de EL COMITENTE, por lo que su celebración no genera ninguno de los beneficios previstos en la legislación laboral, ni derechos a EL LOCADOR, con respecto a los servidores de la Administración Pública.
CLÁUSULA DECIMA: DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE
De acuerdo a todo lo establecido y señalado en el presente contrato, este regirá por las normas del Código Civil Peruano, Ley N° 29812- Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2012, así como la Ley 27444 del Procedimiento Administrativo General en lo que fuera aplicable.
CLÁUSULA DECIMA PRIMERA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
En caso de producirse conflictos derivados del presente contrato, ambas partes optarán por resolverlo en el Trato Directo, caso contrario se someterán expresamente a la jurisdicción de los jueces de la ciudad de Huaraz.
En señal de conformidad, ambas partes declaran no mediar vicio u omisión que pueda acarrear la nulidad o anulabilidad del presente contrato y firman el presente, en vías de regularización a los diecinueve (19) días del mes de Julio de 2012.
JORGE ALBERTO VERAMENDI SILVA DNI. N° 31822135
Campamento Vichay S/N Independencia-Huaraz 043-421152
1 CONTRATO N• 0 5 7 0 -2012-GRA-GRAD-SGASA m
GOBIERNO REGIONAL ANCASH
RUC N• 20530689019
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Conste por el presente documento el contrato de Locación de Servicios, que celebran de una parte, el Gobierno Regional Ancash, con domicilio legal en el campamento Vichay S/N, representado por Gerente Regional de Administración del Gobierno Regional de Ancash, C.P.C. LEONCIO BENITO MAURICIO CHU, identificado con DNI. N° 15725956, con las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 299-2011-GRA PRE, a quien en adelante se le denominará EL COMITENTE; y otra parte el Ingeniero Agrícola C.I.P W 70947 JORGE ALBERTO VERAMENDI SILVA, identificado con DNI., N° 31822135, RUC N° 10318221354, domiciliado en Jr. Daniel Villayzan W 590, Independencia - Huaraz, Ancash a quien en adelante se le denominará EL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO
Que, mediante la presente EL COMITENTE contrata los servicios de EL LOCADOR para que brinde los servicios de Consultoría para la Elaboración de Verificación de Viabilidad del Estudio de Pre Inversión Pública: "Ampliación y Mejoramiento del Canal Llulluc¡;¡, Distrito de Llamellin, Provincia de Antonio Raymondi - Región Ancash", en el marco del regf¡;¡mento del sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado por el Decreto Supremo W 102-2007-EF, que se encuentra en vigencia desde el 02 de Agosto de 2007 y la Directiva General del sistema Nacional de inversión Pública aprobado por resolución Directora! W 003-2011-EF/68.01; para la Unidad Formuladora- Gerencia Regional de Infraestructura, de acuerdo a lo detallado en las obligaciones.
VIGENCIA DEL CONTRATO
comprenderá el mes de Julio del 2012, conforme a los términos de la referencia para la
MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO
El Locador, recibirá como honorarios profesionales por los servicios prestados, la suma de SI 3,500.00 (Tres Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles); incluidos los impuestos y retenciones de Ley.
El pago se realizará:
)> 80% (2,825.00) a la presentación del informe de Verificación de Viabilidad a la Unidad Formuladora del Gobierno Regional de Ancash.
)> 20% (675.00) a la aprobación del informe de verificación de viabilidad con informe de conformidad por la OPI del Gobierno Regional de Ancash.
egreso del gasto que demande el presente servicio se efectuará de acuerdo a la siguiente Estructura
Presupuesta!: • Fuente de Financiamiento: 5 Recursos Determinados
Partida de Gasto: 2.3 Bienes y Servicios. Rubro: 18 Canon y Sobrecanon, regalías, renta de aduanas y participaciones.
• Mnemónico: 0162 Perfiles de Inversión.
CLÁUSULA CUARTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Son obligaciones del COMITENTE: Brindar información y/o documentos que se relacionen con los servicios a cargo del LOCADOR así como todas las facilidades que el caso requiera, para la mejor prestación del servicio.
Son obligaciones del LOCADOR:
Presentar el informe de Verificación de Viabilidad del Estudio de Pre Inversión Pública: Ampliación y Mejoramiento del Canal Llulluca, Distrito de Llamellin, Provincia de Antonio Raymondi - Región Ancash". Adjuntar información impresa y digitalizada en los programas con los que realizo el trabajo CWord, Excel, s1O, autocad, etc.) Se adjuntara a la presentación del informe de verificación de viabilidad, con una carta consignando los datos del profesional. Se adjuntara también copia del contrato y términos de referencia. Asimismo, EL LOCADOR se compromete a cumplir con todas las obligaciones objeto del presente contrato así como las estipuladas en los Términos de Referencia y disposiciones legales administrativas afín al servicio prestado, asumiendo la responsabilidad por los perjuicios que ocasione a EL COMITENTE.
CLÁUSULA QUINTA: CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
EL LOCADOR es responsable de la confidencialidad que implique toda información que llegue a su conocimiento en relación a las actividades de EL COMITENTE y su relación con terceros, así como todo aquello que sea
Campamento Vichay S/N Independencia-Huaraz 043-421152
GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH AMC N° 193-2012-GRA (PRIMERA CONVOC4 TORIA)
CARTA DE COMPROMISO
Huaraz, 11 de enero de 2013
Señores:
COMITÉ ESPECIAL
Asunto : OBRA "MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO DEL
CANAL PAMPAMARCA, DISTRITO DE ACOPAMPA, PROVINCIA DE
CARHUAZ- REGIÓN ANCASH"
Referencia AMC N° 193-2012-GRA (PRIMERA CONVOCATORIA)
Presente.
COMPROMISO
Por la presente, yo: Fredy R omel Ca dillo Rosas, identificado con DNI N" 40363611, con
domicilio en la Carretra Central S/N Km 599 Carhuaz correo electrónico
fredicadillo@hotmailcom, Economista, con CEA N° 135, me comprometo, en caso de que el
Postor: Jorge Alberto Veramendi Silva obtenga la Buena Pro en la Adjudicación de la
Referencia me comprometo, en caso de Obtener la Buena Pro en la Adjudicación de la
Referencia, a participar en la elaboración del Estudio a Nivel de Perfil, objeto del presente
proceso como: Economista. Asi m1 smo, declaro haber entregado voluntariamente mi
Curriculum Vitae al postor antes menc1onado
Atentamente
[ CEA N° 135
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS CENTRO DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA Y PROYECCIÓN SOCIAL---
DIPLOMA
Otorgado o: 1
. 1
CADILLO ROSAS, FREDY ROMELI
Por haber aprobado el Curso de Especialización "PROYEC INVERSIÓN PÚBLICA", organizado por la Facultad de Ciencias Económicas a través del Centro de Extensión Universitaria y Proyección Social de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos;realizado entre el 24 de mayo al 1 O agosto del 2008, con una duración de 120 horas académicas.
Ciudad Universitaria, setiembre del 2008
E on. César Augusto Díaz U Director
HOJA DE VIDA
l. DATOS PERSONALES
1. Apellidos y Nombre: Cadillo Rosas Fredy Romel
2. Documento de identidad: 40363611
3. Domicilio: Carretera central S/n altura Km.599 Carhuaz
4. Teléfono: 978108725
5.RUC: 10403636113
6. CONSUCODE: S0109772
7.CEA: 0135
8. Email: fredycadillo@hotmail.com
reáicadillo@hotmail.com
11. FORMACION ACADEMICA
1. Especialización: Formulación y evaluación de proyectos de inversión pública,
Universidad nacional Mayor de San Marcos; Lima Mayo del 2008.
2. Grado Alcanzado: Economista de la Universidad Nacional"Santiago Antúnez
de Mayolo". 24 de mayo del 2008.
3. Grado Bachiller en Economía, Universidad Nacional "Santiago Antúnez de
Mayolo"_ 31 de Enero del 2007.
4. Estudios Secundarios: Colegio Nuestra Sra. De las Mercedes. Carhuaz.
5. Estudios Primarios: Centro Educativo María Auxiliadora No 86269 Carhuaz.
111. EXPERIENCIAS DE CAMPO
1. Asistente de Relaciones Comunitarias en el Proyecto San Luis de la Empresa
Minera Silver Standard, desde 01 de noviembre del2011 hasta la actualidad.
Trabajo realizado: Responsable de la parte social en la ejecución de obras,
elaboración de estudios de pre inversión y sensibilización a pobladores de las
comunidades en la área de influencia del Proyecto San Luis.
2. Coordinador y facilitador del Proyecto: Mejoramiento de la producción del
ganado ovino de la Comunidad Campesina de Ecash, financiado por el Fondo
Minero Antamina, desde enero del 2008 hasta marzo del 2011.
Trabajo realizado: Responsable de la parte técnica y financiera del proyecto
de desarrollo ganadero, obteniéndose un resultado positivo en la instalación
de pastos y la inseminación artificial en ovinos para una población de 3030
comuneros de la Comunidad Campesina de Ecash de la provincia de
Carhuaz, departamento de Ancash.
3. Consultoría: En la elaboración del PIP Construcción de muros y veredas en la
Av. Centenario y el Jr. Ramírez, Distrito de Yungay provincia de Yungay.
Yungay Enero del 201O.
4. Consultoría: En la elaboración del PIP mejoramiento de los puentes del sector
de chopijirca distrito de San miguel de Aco, provincia de Carhuaz; San miguel
de Aco setiembre del2009.
5. Consultoría: En la elaboración del PIP Mejoramiento de la infraestructura y
equipamiento del puesto de salud de huashao del distrito y provincia de
Yungay. Yungay julio del 2009.
6. Consultoría: En la elaboración del PIP Desarrollo de capacidades para la
seguridad económica y alimentaria de distrito de Fidel olivas escudero de la
provincia de Luzuriaga. Mayo del 2009.
7. Consultoría: En la Elaboración del proyecto de inversión pública a nivel de
perfil para la Municipalidad Distrital de Ranrahirca, Setiembre del 2008.
8. Consultoría: En la Elaboración del proyecto de desarrollo ganadero vacuno
para la Comunidad Campesina de Cajacay, Consultoría Chavín de Huantar,
Cajacay Mayo del 2008.
9. Consultoría: En la Elaboración del proyecto de inversión pública a nivel de
perfil para la Municipalidad Provincial de Carhuaz, Mayo del 2008.
10.Consultoría: En la Elaboración del proyecto de desarrollo ganadero para la
Comunidad Campesina de Ecash, presentado al Fondo Minera Antamina y
ganador de dicho concurso; Comunidad de Ecash, Octubre del 2007.
11. Consultoría: En la Elaboración del proyecto de desarrollo agrícola para la
Comunidad Campesina de Tauripampa, Carhuaz mayo del2007.
12. Consultoría: en la elaboración del Plan de Negocio de "Heladería Fruist Light"
, Carhuaz Abril del 2007.
13. Consultoría: para la elaboración del Plan de Negocio de "Grifos Carrión
Yungay", Yungay Marzo del2007.
14.Coordinador del local de votación en la ODPE de Huaylas para las
Elecciones Regionales y Municipales 2006. Caras noviembre del 2006.
15. Consultoría en la elaboración del Plan de Negocio de la Producción de Palto
del Distrito de Matacoto, ONG. CARITAS DE HUARAZ. Huaraz Octubre del
2006.
16. Consultaría en la elaboración del estudio de Mercado de Cereales en el
Callejón de Huaylas, para la Formulación del Proyecto, Apoyo al Desarrollo
Agrícola del Distrito de Cascapara. ONG. CARITAS DE HUARAZ. Huaraz
setiembre del2006.
17. Elaboración de la línea de base del Proyecto Piloto de "Implementación de
Telecomunicación Rural - Internet Rural" Ministerio de Transportes y
Comunicaciones - Huaraz Mayo 2004.
18.Consultor En proyectos de inversión Pública, Proyectos de desarrollo,
proyectos de inversión privada, e aspectos de gestión empresarial, además
facilitador en temas de sensibilización en las comunidades campesinas.
IV CARGOS DESEMPEÑADOS
1. Miembro del equipo técnico de la Empresa minera Andrea, desde octubre del
201O hasta la actualidad.
2. Miembro integrante de la federación de estudiantes de la UNASAM desde
abril del 2006 hasta diciembre del 2006.
3. Miembro integrante del círculo de estudios de la escuela de economía de la
UNASAM desde mayo del año 2004 hasta mayo del año 2005.
IV. CURSOS Y SEMINARIOS RECIBIDOS
1. Curso: Seguridad y salud ocupacional, Silver Standard SA. Diciembre del
2012.
2. CURSO: Contrataciones del Estado- ley y reglamento de contrataciones del
Estado DL. N° 1017 - OSCE, Facultad de Administración de la UNASAM,
Marzo del 2010.
3. CURSO: Planificación y presupuesto sistema integrado de administración
financiera (siaf) del diplomado en gestión pública, Facultad de Administración
de UNASAM, Diciembre del 2009.
4. CURSO: Gestión pública y gestión de recursos humanos en el sector publico
del diplomado en gestión pública, Facultad de Administración de la UNASAM,
Noviembre del 2009.
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-
REPUBLICA DEL PERU
UNIVERSIDAD NACIONAL "SANTIAGO ANtUNEZ DE MAYOLO"
A NOMBRE DE LA NACION
?{¡ C(Z( :ltJ_io- ro¡¿U - /!.r!-1( J daF¿o el- :J tt :JeJÚJ -n cle1__2.,._7__ ¿e M i\'(Q c/elaJ7iJ 200 fl ha a r;o J'r/rulo
CM'fi"" el r;:f7ít /o. ?AofiúMta! o . . . . .. .· - OJ1_Q11Ji5ta-:---·--· _ ....... a _ - -- ---·· .. --- tb!_t111PmtlJ[álüllo_3lio.5_a:,5---------- ------ ------- -- --
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CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS NO PERSONALES
20188903488 debidamente representado por su Gerente Municipal Econ. MURGA
,oAD 1) BONILLA José Luís debidamente identificado con DNI N° 07855966. con domicilio legal
y=::··.·;-i'
en la AV la Merced N° 653 que en adelante se le denominara. EL COMITENTE y de ;:..; :·-· ::, \otra parte el Econ. CADILLO ROSAS, Fredy Romel. en adelante EL LOCADOR con
, ·,';),2 R.U.C. N° 10403636113. con domicilio en la carretera central s/n altura Km. 599.
)!: -4[\'HUI'-"
Carhuaz, Departamento de Ancash.en los términos y condiciones siguientes.
,oAO p PRIMERA: MARCO LEGAL ...../----.....'Yo
_Rqr !t DE 'fí.LA MUNICIPALIDAD contrata con EL LOCADOR con arreglo a las funciones,
t. potestades y límites contenidos en la Ley ?rgánica de M nicipalidades (Ley N° _ ) 27972), la Ley de _ Presupuesto Del Sector Publico para el ano fiscal 2007 (Ley N°
C:.1R¡:..¡C)1>-"1o 28927), el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado aprobado por D.S NO 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por D.S N°
084-2004-PCM y demás normas pertinentes por la prestación del servicio detallado
en la clausula tercera.
) SEGUNDA:DECLARACION JURADA
EL LOCADOR declara bajo juramento :
• Que no tiene impedimento para contratar con el Estado, conforme el Artículo 9° del Texto Único ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y que tampoco se encuentra inhabilitada para contratar con el Estado;
• Que conoce, acepta y se somete a las condiciones y procedimientos para contratarlo;
• Que es responsable de la veracidad de los documentos e información que presenta;
• Que se compromete a cumplir con el objeto del contrato, bajo sanción de que9ar inhabilitado para contratar con el Estado por espacio de dos años en caso de incumplimiento;
• Que, conoce las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y su Reglamento, así como la Ley de
Procedimiento Administrativo General (Ley NO 27444) y demás disposiciones reglamentarias, complementarias y modificatorias;
TERCERA: OBJETO
de
rg"_[ OMUNIDAD CAMPESINA DE ECASH DE LA PROVINCIA DE CARHUAZ." que
a la Gerencia de Desarrollo Local de la Municipalidad
EL LOCADOR prestará el servicio materia de este contrato de acuerdo con las
especificaciones señaladas en la RESOLUCION DE CONTRALORIA N° 072-98-CG,
(;:::::,GOO. CONTRAPRESTAClON DEL SERVICIO
'''.... - . . C'/RH\JfJ- LA MUNICIPALIDAD abonará a EL LOCADOR la suma de S/. 2500.00 (Dos Mil
en la Municipalidad previa la presentación del
y la conformidad del informe de las usuaria del servicio en coordinación con
del presente Contrato es del periodo comprendido entre el 15 de
del 2008 al 15 de Marzo del 2008. No existe prórroga Tácita.
CONTROL Y SUPERVICIÓN
Municipalidad, a través de la Gerencia de Desarrollo Local, realizara el control y supervisión para el cumplimiento del siguiente contrato, debiendo emitir la
conformidad del servicio.
SEPTIMA: PROHIBICIONES
EL presente contrato es de carácter exclusivo de EL LOCADOR, no pudiendo ser objeto de materia se sesión, permuta, venta ni transferencia parcial o total a favor de terceros. Queda expresamente prohibida la subcontratación del servicio contratado.
OCTAVA: RESPONSABILIDAD Y CONFIDENCIALIDAD
EL LOCADOR garantiza ejecutar el servicio en forma óptima y eficiente, de acuerdo
a lo estipulado en el presente contrato.
Asimismo, EL LOCADOR se responsabiliza en forma total por la ejecución y cumplimiento del presente contrato, así como por lo errores, daños o perjuicios que se cause a la MUNICIPALIDAD o terceras personas, en la ejecución del mismo, originados ya sea en forma dolosa o por negligencia. Así mismo se compromete a
...:
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mantener en forma reservada toda información que obtenga en virtud de la
prestación del servicio materia del presente contrato.
NOVENA: PENALIDADES
l) fltOVIHC - 4- L L_OCADOR por cada día que nos preste el servicio materia del presente contrato
f .,.. - cuando sea requerido, por causas injustificadas o porque le son imputables, LA
: M NICIPALIDAD le aplicara una penalidad de acuerdo a la siguiente formula: <¡}, . · $
-1tt,. '" 0 enalidad diaria 0.02 x Monto del Contrato lJr DES•R '-ot->'
Dicha penalidad será deducible del pago del recibo por honorarios correspondiente "<?":'·pAD .c-?0 y se le aplicara sin perjuicio de que EL LOCADOR cumpla y/o culmine en forma
1 • G:;:·,;···:
óptima el servicio. Asimismo, se ·le aplicara hasta por un monto máximo
Jt/[:f:J )t equivalente al 10% del monto contractual, pudiendo LA MUNICIPALIDAD resolver el contrato por incumplimiento en caso llegue a cubrir dicho monto máximo.
-';>H\.) 1.. • DECIMA: RESOLUCION
\QAO .CL ;
.s,/\' r·o
.....--- ', \!.- LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el contrato en forma automática y por la vía
), J dministrativa en caso de incumplimiento de alguna de sus cláusulas por parte de ::\ 11 2'. L LOCADOR, sin perjuicio de aplicarse las penalidades dispuestas en el
·i:¡- ¡í({· Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado
(aprobado por 'RH\. el D.S. N 084-2004-PCM) sobre el monto total del contrato y plantear las acciones
judiciales que correspondan para salvaguardar sus intereses.
r'O¡ , Asimismo
, el presente contrato se podrá resolver unilateralmente por cualquiera de
_ 'f!} las dos partes, por causa de fuerza mayor que haga imposible a cualquiera de las / . os partes continuar con los servicios y prestaciones pactadas para lo cual solo
.r/ .'?H\.'¡ bastara se formalice mediante una carta simple. En este caso LA MUNICIPALIDAD - · - efectuara el pago de los servicios efectivamente prestados.
\QADp
q c.n el caso que EL LOCADOR no cumpla con las obligaciones que asuma con el S:!f ,::_ .... Jguiente contrato y siendo notificado por escrito no procediera a las estipulaciones ?' 1 mismo, LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el Contrato. En esta eventualidad,
MuNodl AL o se autonzara nmgun esem o so a costo e serv1c1o. ,c P.H\.1 1-c·
' DECIMO PRIMERA: SOLUCION DE CONTROVERCIAS
Cualquier controversia derivada de la ejecución o interpretación del presente
contrato, se resuelve de acuerdo a lo establecido en el T.U.O. de la Ley de
Adquisiciones y Contrataciones del Estado.
DECIMO SEGUNDA: ESPECIALIDAD DE LA NORMA
n todo lo que no este previsto en el presente contrato regirán las disposiciones T.U.O de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado por el . N 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por el D.S. N 084-2004-PCM y ás disposiciones complementarias, modificatorias y suplementarias de estas
rmas y de las que dicten y supletoriamente las Normas del Código Civil.
MUNICIPALIDAD EL LOCADOR
•
"''
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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YUN6AY
f:ONTRATO N° (J Í lJ ¡--: - Ü S
G_QNTRATO DE LOCACIÓN Q_f:_j;_f?_\l_lGIOS
Conste por el presente contrato de locación de servicios, que se celebra en merito de el Requerimiento de Servicios W 001991-2009-MPY, Carta W 067-2009-MPYj UF-SMCF, Informe W 309-2009-MPY/ GI/UF-SMCF, Informe W 0961-2009-MPY-G.I, Informe W 1037-2009-MPY/ OPP, I nforme W 324-2009-MPY/G I/ UF-SMCF y proveído de Gerenc ia Municipal de fecha 12 de noviembre del 2009, de una parte LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YUNGAY,
con RUC No 20193334262, representado por su Gerente Municipal autorizado mediante Resolución de Alcaldía N° 00088-2009-M PY/ A. Abg. JUAN ARTEM/0 CR/BILLERO PAREDES, identificado con DNI W 33335485 , con domicilio lega l en la Plaza de Armas S/N - Yungay, a quien en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD, y de la otra
parte el Economista FREDY ROMEL CADILLO ROSAS, identificada con ONI W 40363611 y con RUC W 10403636113, con domici lio real en Carretera Central S/ N KM 599 - Carhuaz, a quien en adelante se le denominará EL LOCADOR, quienes de común acuerdo, suscriben el presente contrato, bajo las cláusulas siguientes:
PRI/VIE{?O: LA MUNICIPALIDAD, tiene como objetivos y fines los establecidos por la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y para el cumplimiento de sus metas y objetivos planteados en su gestión durante el presente ejerc icio, requiere la contratación de servicios, con el objeto de desarrollar trabajos de acuerdo a la naturaleza propia de su f unción.
SEc;iU_ND_D: LA MUNICIPALIDAD, revisa&o el Currículo Vitae presentado, contrata los servicios del Economista. FREDY ROMEL CADILLO ROSAS, con RUC W 10403636113, para la Elaboración del Estudio de Pre Inversión a Nivel Perfil Técnico del Proyecto uconstrucción de Veredas y Muros de Contención ella Av. Centenario, entre la Av. /ARO y Av. Yungay, Distrito de Yungay, Provincia de Yungay - Ancash" para la Municipalidad Provincial de Yungay, conforme a los Términos de Referencia del área técnica, dentro de los plazos establecidos en el presente contrato.
TE;t:?CEROEL LOCADOR declara conocer en plenitud el lugar del proyecto. condiciones locales de la zona, accesos. disponibilidad de recursos materiales insumas , equipos. así como todas las condiciones que puedan afectar la ejecución d el servicio y que a tenido en cuenta para la suscripción del presente contrato, por lo que no existirá causal de prorroga del plazo estipu lado para la ejecución de las prestaciones. salvo las previstas en la Ley de Contrataciones del Estado. /
CUtJ.RT.O.: LA MUNICIPALIDAD, se obliga a pagar como contrapr estación de sus servicios la suma total de S/. 6,000.00 (SEIS MIL CON 00/100) nuevos soles, la misma que se efectiv izara, previa presentac i ón de su rec ibo por honorarios y entrega de la documentación contable correspondiente, con el siguiente detalle: el 40% del monto contratado al ingreso del perfil aÍ banco de Proyectos del MEF, previa revisión de la Unidad Formuladora y el 60% restante a la Firma del Acta de Entrega - Recepción, emitida por la Unidad Formuladora, con el visto de la Gerencia de Infraestructura, una vez finalizada la ejecución del servicio, la cual incluye la viabilidad del perfil por la OPI de la Municipalidad Provincial de Yungay: suma que se afectara a la Fuente de Financiamiento "Recursos Determinados" rubro "Ca non y Sobrecanon".
QUINTO: El tiempo de duración del presente contrato. se computará a partir del 11 de noviembre del 2009. hasta 30 de noviembre del mimo ai'io. fecha en que indefectiblemente entregara el Perfil Técnico del Proyecto elaborado a conformidad establecida en el contrato y los términos de referencia, caso contrario se procederá conforme a lo establecido en la cláusula novena yj o decima del presente contrato, según sea el caso.
SEXTO: EL LOCADOR, no podrá transferir ni ceder, total ni parcialmente las obligaciones que se deriven del presente contrato. debiendo ejecutar o realizar directamente los servicios pactados. bajo sanción de resolverse el presente contrat o de pleno derecho.
SEPTIM.Q: Queda claramente establecido por ambas partes que toda información creada u originada como consecuencia de los servicios prestados, es de propiedad exclusiva de LA MUNICIPALIDAD, quedando EL LOCADOR
prohibido de reproducirla, vend erla o sumi nistrarla a cualquier persona natural o jurídica; debiendo una vez cu lminada la labor encomendada, devolver íntegramente a LA MUNICIPALIDAD.
OCTAVO: El presente contrato de locación de servicios es de naturaleza civil, esta sujeto en lo que resulte
aplicable a lo establ ecido en los Artículos 1764 o a 1769 o del Código Civil vigente. vsí como la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Decreto Legislativo N° 1017 y su Reglamento Decreto Supremo N" 1.84-2008-EF; esta
prestación de servic ios no genera vínculo laboral para efectos de la Carrera Administrvtiva, por la naturaleza misma del contrato.
NOVE{IJO:LA MUNICIPALIDAD Provincial de Yungay, se reserva el derecho de resolver el presente contrato antes del plazo establecido. por incumplimi ento de las obligaciones de EL LOCADOR o por deficiencias de productividad luego de las evaluaciones de los trabajos realizados, mediante cartv simple, surtiendo efecto la misma
desde su recepción. DÉCI.M.9: En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del presente contrato,
LA MUNICIPALIDAD aplicará a EL LOCADOR la penalidad establecida en el Artículo 165o del Reglamento de La Ley de Contrataciones del Estado por cada día de atraso, la misma que será impuesta Y calculada de acuerdo a lo previsto
en dicha norma. y en caso de acumularse el monto máximo establecido por ley (10% del Monto Total) se resolverá el contrato.
DÉCIMO PRIMERO: Para l a soluc i ón de controversias que surjan a consecuencia de la ejecución del presente contrato ambas partes se someterán vi fuero judicial d e la provincia de Yungay, setialando para ello como sus domicilios los indicados en la parte introductoria, donde también se tendr án por validas todas las notificaciones que
se generen de la ejecución del presente contrato. En señal de conformi dad c láusu lvs estipuladas en el pre entl contrato se · ·ibe en la ci udad de
Yungay. en vías de regularización. ..:.. 1 días del mes de /Vc ,.'t J'1 'r'L t;(.lt.-'U :m IIJn r c.-..>;(.: 1::;..,
.E ·:v · .... ·-· -....._ ¡\ií .''\!!l'iil ,'!:0\1\U.H Hl H!i;\Y t
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MUNICIPAUDAD PROVINCIAL DE YUNGAY
CONTRATON°0 J CC?-09 CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Conste por el presente contrato de locación de servicios. que se celebra en merito de el Requerimiento de Servicios N" 001 17-2009-MPY, Oficio W O 58-2009-MPY/Gf/UF-SMCF. Informe W 0141-2009-MPY/ GI/UF-SMCF, informe No 0530-2009-MPY-G/. Informe W 0502-2009-MPY/OPP/J y Proveído de Gerencia Municipal de fecha 18 de mayo del 2009. de una parte LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YUNGAY. con RUC No 20193334262. representado por su Gerente Municipal autorizado mediante Resolución de Alcaldía No 00088-2009-MPY/A. Abg. JUAN ARTEM/0 CR/8/LLERO PAREDES. identificado con ONI W 33335485. con domicilio legal en la Plaza d e Armas S/ N - Yungay, a quien en adelante se le . denominará LA MUNICIPALIDAD. y de la otra parte el Economista FREDY ROMEL CADILLO ROSAS, identificado con DNI W 40363611y con RUC W 10403636113. con domicilio real en la Célr retera Central S/N. Km. 599 ·Carhuaz. a quien en adelante se le denominará EL LOCADOR, quienes de común a cuerdo. suscriben el presente contrato. baj o las cláusulas siguientes:
¡;.>---.: PRIME.f?_O: LA MUNICIPALIDAD. tiene como objetivos y fines los establecidos por la Constitución Política d el
::·' \ . ','.:.\ Estado y la Ley Orgánica de Municipalidades W 27972. goza de autonomíapolítica. económica y admi_nistrativa en ._ ..:. .· ·,:;'\los asuntos de su competencia y para el cumpflm1ento de sus metas y ob}et1vos planteados en su gest1on durante el .. . .';: ¡'pr esente ejercicio. requiere la contratación de servicios. con el objeto de des<:Jrroflar trabajos de acuerdo a la '':.' :·' / '- _-, naturaleza propia de su función.
: :'--_ j/ S EG.UNDO: LA MUNICIPALIDAD. revisado el Currículo Vita e presentado. contrata los servicios del
Economista · --- '··.; -; FREDY ROMEL CADILLO ROSAS. con CEA W 0135. para fa Elaboración del Estudio de Pre Inversión a Nivel Perfil
--·- Técnico del Proyecto "Mejoramiento de Infraestructura y Equipamiento del Puesto de Huashao, Distrito de Yungay, Provincia de Yungay- Ancash" para la Municipalidad Provincial de Yungay. conforme a tos Terminas de Referencia del iuea técnica. dentro del plazo de 20 días calendarios establecidos en el presente contruto.
TER_CER_O: EL LOCADOR declara conocer en plenitud el lugar del proyecto. condiciones locales de la zona. accesos. disponibilidad de recursos materiales insumas. equipos. así como todas las condiciones que puedan afectar fu ejecución del servicio y que a tenido en cuenta para la suscripción del pres ente contrato. por lo que no existirá causal de prorroga del plazo estipulado para fa ejecución de las prestaciones. salvo las previstas en la Ley de Contrutaciones del Estado.
C!JAR.IQ: LA MUNICIPALIDAD, se obliga a pagar como contraprestación d e sus s ervicios la suma total de 5/. 6.000.00 (SEIS MIL CON 00/ 100 ) nuevos soles. la misma que se efectivizaru. previa presentación de su recibo por hono rurios y entrega de la documentación contable correspondiente. con el siguiente detalle: el 40°ó del monto co ntratado al ingreso del perfil DI banco de Proyectos del MEF. previa revision de la Unidad Formuladora y el 60% rcstDnte a la Firma del Acta de Enrrega - Recepción una ves f inalizada la ejecucién de l servicio. la cual inc!uye la viabilidad del perfil por la OP/ de la Municipalidad Provincial de Yungay: suma que se afectara a la 1v1eta Presupuesta/ "Elaboración de Estudios a Nivel de Pre Inversión" en la Fuente de Fi nanciamiento ·Recursos Determinados", Rubro "Canon y Sobre Canon".
Q.U.!f.IT.O: El tiempo de duración del presente contrato. se com pucará a parr i r de l 19 de junio del 2009. hasta 08 de julio del mimo año. fecha en que indefectiblemente entregara el Perf il Técnico del Proyecto elaborado a conformidad establecida en el contrato y los términos de refe rencia. caso contrar io se procederá conforme a lo establecido en la cláusula novena y/ o decima del presente contrato. según sea el caso.
SEXTQ: EL LOCADOR. no podrá transferir ni ceder. total ni parcialmente las obligaci one s que se deriven del pres ente contr ato. debiendo ejecutar o reD/izar directamente los servicios pactados. bujo sanción de resolverse el presente cont ruto de pleno derecho.
SEF:.HMO: Queda claramente establecido por ambas part es que to da información creada u or iginada como consecuencia de los servicios prestados. es de propiedad exclusiva de LA MUNICIPALIDAD. quedando EL LOCADOR
prohibido de reproducirla. venderla o suministrarla a cualquier persona natural o jurídi ca: debiendo una vez culminada la labor encomendada. devolver íntegramente a LA MUNICIPALIDAD.
OC]'AVO: El presente contrato de loca ción de s ervicios es de naturaleza civil. esta sujeto en lo que resulte aplicable a lo establecido en los Artículos 1 764 o a 1769 o de/ Código Civil vigente. así como la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Decreto Legislativo N° 1017 y su Reglamento Decreto Supremo N° 184-2008-EF: esta prestación de servicios no genera vínculo laboral para ef ectos de la Carrera Adminis trativa. por la naturaleza misma del contrato.
NOV t-JQ_:LA MUNICIPALIDAD Provincial de Yungay. se reserva el derecho de resolver el presente contrato antes d el plazo establecido. por incumplimiento de las obligaciones de EL LOCADOR o por deficiencias de productividad luego de f as evaluaciones de los trabajos realizados, mediante carta simple. surtiendo efecto la misma desde su recepción.
C}ÉCIMO: En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones obj eto del presente contrato. LA MUNICIPAUDAD aplicará a EL LOCAD_OR la penalidad establecida en el Artícu lo 165° del Reglamento de La Ley de Contrataciones del Estado por cada día de atraso. la misma que será impuesta y calculada de acuerdo a lo previsto en dicha norma. y en caso de acumularse el monto máximo establecido por /y (10% del Monto Total) se resolverá el contrato.
QÉCIMO PRIMERO: Para la solución de controversias que surjan a consecuencia de la ejecución del presente contrato ambas partes se someterán al fuero judicial de la provincia de Yungay. señalando para ello como sus domicilios los indicados en la parte intr oductoria. donde también se tendrán por validas todas las notificaciones que se generen de la ejecución de/ presente contrato.
En señal de conformidad- a las cláusulas estipuladas en el presente contrato se suscribe en la ciudad de
Yungay, en vías de regulariza · O días del mes de 4U vi .0-2 del dos mil nueve. ' lCP,\I.lliAD PRQVL CL\1. al: YUMi,¡r
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GOBIERNO REGIONAL ANCASH
RUC W 20530689019
CONTRATO N2 :i ,_1 -2009-GRA-GRAD-SGAByCP 1 =-•"'"' =· "'""'" = ·=·=
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente documento el controlo de Locación de Servicios. que celebran de uno
porte. el Gobierno Regional Ancosh. con domicilio en el campamento Vichoy S/N. representado por el señor RICHARD CABANA CHAUCA. Gerente General Regional. identificado con D.N.I. N° 31660085 o
,S· :.'.::.!':, '- 6 quien en adelant e se le denominará EL COMITENTE; y por otro porte el señor FREDY ROMEL CADILLO .e:-.. < /.; \ · OSAS, identificado con D.N.I. N° 40363611, RUC W 10403636113, domiciliado en lo Coll. Acopompo
;'. ' /N Cos. Acopompo. Corhuoz - Ancosh; o quien en adelante se le denominará EL LOCADOR. en los · '<- • ·. l/2 érminos y condiciones siguientes:
,, S - ,,
PRIMERO: EL COMITENTE. contrato los servicios de EL LOCADOR de conformidad o lo establecido en el Artículo 1764 del Código Civil. Artículo 33° Inciso o) del Decreto Supremo N° 0179-2004 / EF y lo Ley W 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público poro el año Fiscal 2009. poro lo Formulación del Estudio de Pre Inversión o Nivel de Perfil Simplificado: "Desarrollo de Capacidades poro lo Seguridad Económico y Alimentario en el Distrito de Fidel Olivos Escudero. Provincia de Mariscal Luzuriogo, Departamento de Ancosh", conformado por:
® Un primer informe, en el cual se incluye el Plan de Trabajo. ® El documento final del perfil simplificado al finalizar el periodo del contrato. que debe estor elaborado
teniendo en cuento lo Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública. el Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública y el Formato SNIP 04: Contenido mínimo de Perfil del PIP, Perfil Simplificado PIP Menor.
®Fotografías de la zona de intervención del Proyecto.
SEGUNDO: EL COMITENTE abonará a EL LOCADOR como prestación por los servicios prestados TRES MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3,500.00). incluidos los impuestos y retenciones de ley; con cargo a Estudios de Pre Inversión (5% de los recursos provenientes del Canon. Sobreconon y Regalías Mineros). Rentos de Cuarto Categoría. Los honorarios serán cancelados. o lo presentación de lo declaratorio de viabilidad otorgado por lo OPI del Gobierno Regional de Ancosh; previo conformidad de lo Gerencia Regional de Desarr ollo Económico. con lo conformidad y aprobación por porte de EL COMITENTE. y el recibo por honorarios correspondientes.
TERCERO: EL LOCADOR. se obligo o prestar sus servicios y cumplir con los obligaciones descritos en lo cláusula segundo. en un plazo de diez ( 1 O) días calendario contados o partir del día siguiente de lo firmo del contrato. Asimismo se otorgo tres (03) días poro lo subsanación de observaciones de los informes que presente el evaluador de lo OPI del Gobierno Regional de Ancosh (en coso de ser observado el proyecto).
\:;;:.\_,r,: ,:-cUARTO· EL LOCADOR prestará sus servicios de acuerdo o los Términos de Referencia establecidos por
J : ·- ·r·-;-: 2:,J; COMITENTE, planificando_ sus a_ctividodes en coordinoci?n. con el_ responsable d_e lo !'idod · . ;· '·· \.- t r_mladoro. de lo Gerenc1o R eg1onol de Desarrollo Econom1co. ten1endo en cons1deroc1on los - , :'· <.OPJeltvos, Indicadores y melas que el pr oyec to pretende alcanzar.
iend?.responsable poun od.ecodo ploneomie!'to, progromoc!ón. conducciódel es_tudio de pre
·, nvers1on. y de lo calidad tecn1co de lo totalidad del estud1o. que debero ser ejecutado en cor)cordoncio con los estándares actuales de diseño en todos los especialidades relacionados con el estudio. Así como de lo calidad de lo información que incluyo en los productos. así como el cumplimiento de lo programación. logro oportuno de los metas previstos y adopción de los previsiones
/ necesarios poro el fiel cumplimiento del contrato.
Lo Gerencia Regional de Desarrollo Económico realizará los coordinaciones respectivos con EL , ....,. . -. LOCADOR con lo único finalidad de garantizar un buen producto. Encargándose del monitoreo del \ .-:.-:_y ::. trabajo y coordinaciones con los autoridades del lugar del proyecto localizado poro garantizar lo
'''>I;; · .:,?:J.'>'i.o. presencio de EL LOCADOR en lo zona del proyecto.
<-;c;r QUINTO: EL LOC DOR.' _se compromete ? _cun:plir c'?n todos los obligocio es objeto del pre mte _.·.·..";::: .C.· .. /..\ contrato y o los dispos1c1ones legales odm1ntstrot1 vos of1nes o sus labores,.osum1endo lo responsabilidad :·:/ ....::'\' ·-.·p?r_los perjuicios que oc asione o EL COMITENTE, de acuerdo o lo presento en el Art. 1762° del Código
' .: .• , , .. CIVIl. .··,\, 1¡ '0,:, ' /-' -'1
----------------------------------------------------- ------ ----------- Campamento Vichay S/N Independencia - Huaraz 043-421152
/ -· -
GOBIERNO REGIONAAl NCASH
RUC N• 20530689019
SEXTO: EL COMITENTE, podrá resolver el presente contrato, en el momr>l do que estime conveniente y sin expresión de causa, luego de las evaluaciones de carácter presupL'"·.Iario y/o funcional; igualmente EL LOCADOR mediante solicitud dirigida a EL COMITENTE.
SEPTIMO: Por su naturaleza Civil, el presente contrato no implic a "dación laboral alguna con EL COMITENTE, no encontrándose EL LOCADOR bajo la dependencia 0 JJbordinación de EL COMITENTE. por lo que su celebración no genera ninguno de los beneficios preVI',Ios en la legislación laboral, ni derechos a EL LOCADOR, con respecto a los servidores de la Adminisf¡t Jdón Pública.
OCTAVO: En caso de producirse conflictos derivados del presente c< '' JIrato, ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces de la ciudad de Huaraz.
En señal de conformidad; ambas partes declaran no me'lim v1c1o u omisión que pueda acarrear la nulidad o anulabilidad del presente contrato y firman el r ,1rsente. a los Once (11) días del mes de Mayo del 2009.
Campamento Vichay S/N Independencia- Huaraz:- 043-421152
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JvtV:NICIP}lLFDJI(]) (])JSrr'CJ?]rr'_ítL CJYE S.ít:N:MIQVP.L CJYE)ICO p:R.__Go/I:NCIJf_ (])P, CJICJ\J{V}1Z - .ít:NCJtSJ{
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
CONSULTORIA DE ELABORACION DE ESTUDIO PRE INVERSION DEL PROYECTO: "MEJORAMIENTO DE LOS PUENTES DEL SECTOR DE CHOPIJIRCA, DISTRITO DE SAN MIGUEL DE ACO, PROVINCIA DE CARHUAZ, REGION ANCASH"
N° 040-2009-MDR
Conste por el presente documento el Contrato de Locación de Servidos, que celebran de una parte el Gobierno Distrital de San Miguel de Aco, con RUC. N° 20198352781, debidamente representado por su Alcalde TOMAS SEVERIANO GUTIERREZ LLIUYA, debidamente identificado con DNI. N° 32034685, con domicilio legal en la Plaza de Armas s/n -San Miguel de Aco, que en adelante se le denominará EL COMITENTE, y de otra parte el Economista Señor FREDY ROMERL CADILLO ROSAS, identificado con DNI. N° 40363611, con registro de Consucode S0109772, C.E.A. N° 0135, con domicilio en la Calle Acopampa s/n- Caserío de Acopampa (Km.
::-'- 599- Frente a entrega del Recreo Picaflor) - Acopampa, Provincia de Carhuaz, a quién .;en adelante se le denominará EL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes:
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\;PRIMERO:- EL COMITENTE, es el representante Legal de la Comuna Distrital indicado } - :; en el exordio, el mismo que tiene como objetivos y fines los establecidos en la
§ 6 -, _ "·- Constitución Política del Estado y su Ley Orgánica N° 27972, gozando de la autonomía ((G ·¡ j ) económica y administrativa en los asuntos de su competencia. \-, ·- ..'. . 7
SEGUNDO.- EL LOCADOR, tiene la formación profesional de Economista, con Título Profesional habilitado en el ejercicio de sus funciones.
TERCERO.- EL COMITENTE, en atención a los proyectos y convenios a suscribirse con entidades estatales para el ejercicio 2009, de conformidad a los lineamientos presupuestales y contando con los recursos favorables para elaborar expedientes es que se toma los Servicios No Personales de EL LOCADOR, para realizar las labores de DE FORMULACIÓN DEL ESTUDIO DE PRE INVERSION- NIVEL PERFIL DEL PROYECTO: "MEJORAMIENTO DE LOS PUENTES DEL SECTOR DE CHOPIJIRCA, DISTRITO DE SAN MIGUEL DE ACO, PROVINCIA DE CARHUAZ, REGION ANCASH". Labor que tiene naturaleza eminentemente temporal.
CUARTO.- El Profesional contratado por el Gobierno Distrital de San Miguel de Aco, tiene la obligación de presentar el Perfil "MEJORAMIENTO DE LOS PUENTES
Plaza de Armas s/n - Distrito de San Miguel d e Aco - Provinci a de Carhuaz - Regi ón Ancash
Email: munisanmiguel(a),hotmail.com
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:M.V:NICIP}UFD)I(]) (])ISíf'1?]íJ')IL (])SJL:J.fMICJVL 1YE )ICO p;j(OVI:NCI.J1. (])c;I CJQfV)IZ - .flJfCJt)J{
DEL SECTOR DE CHOPIJIRCA, DISTRITO DE SAN MIGUEL DE ACO, PROVINCIA DE CARHUAZ, REGION ANCASH", debidamente firmado en todas sus páginas por el profesional.
QUINTO.· El. plazo de presentación del PERFIL por parte de EL LOCADOR es de 15 (QUINCE) días calendarios, contados a partir de la suscripción del presente contrato; en caso de incumplimfento se le aplicará en forma extensiva la penalidad contemplada en la Ley de Contracciones del Estado, procediéndose a realizar el descuento de sus honorarios.
SEXTO.· El monto total que percibirá EL LOCADOR por su trabajo, será la suma de S/. 2,500.00 (DOS MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), el mismo que será cancelada del perfil previa conformidad del Jefe del área Infraestructura de la Municipalidad, y la presentación de su recibo y Registro de Consucode.
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SÉPTIMO.- Para el pago de sus honorarios profesionales prestados, EL LOCADOR está obligado a entregar el Perfil del Proyecto, impreso en dos 02 ejemplares anillados en papel Bond A4 y un CD, el cual contendrá lo siguiente: 13. MEMORIA DESCRIPTIVA 14. ESPECIFICACIONES TECNICAS 15. ESTUDIO DE SUELOS 16. CALCULOS JUSTIFICATIVOS 17. HOJA DE METRADOS 18. PRESUPUESTO
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19. ANALISIS DE COSTOS UNITARIOS 20. REQUERIMIENTO DE MATERIAL 21. REQUERIMIENTO DE MANO DE OBRA 22. REQUERIMIENTO DE EQUIPO 23. CRONOGRAMA DE EJECUCION 24. FORMULA POLINÓMICA 13. PLANOS EN TORNO A CAD
OCTAVO.- EL LOCADOR, se obliga a prestar sus servicios en forma independiente, el mismo que no genera vínculo laboral permanente, ni obligación por parte de EL COMITENTE, de pago de beneficios sociales.
NOVENO.- El presente contrato se rige en forma expresa por las disposiciones establecidas en el Art. No 1764 y siguientes del Código Civil; no siendo de aplicación el Decreto Legislativo N° 276 y su Reglamento el D.S. N° 005-90-PCM.
Plaza de Armas s/n - Distrito Jc San Miguel de Aco - Provincia de Carhuaz - Región Ancash
Email: munisanmiguel @.hotmail.com
UNIVERSIDAD NACIONAL "SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO"
FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO Prolongación Jr. Simón Bolívar s/n Villón Alto Teléfono 043-425119
E-mail: fat@unasam.edu.pe
•AÑO DE CONSOLIDACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL DEL PERÚ"
CONSTANCIA
La que suscribe, Decana (e) de la Facultad de Administración y Turismo de la Universidad Nacional "Santiago Antúnez de Mayo/o':
HACE CONSTAR:
Que, el Sr. CADILLO ROSAS, FREDY ROMEL, ha
concluido el MODULO: ''Gestión Pública y Gestión de Recursos Humanos en el Sector Público" del DIPLOMADO EN GESTIÓN PÚBLICA, con una duración de 90 Horas Lectivas, del 31 de Octubre al 28 de Noviembre del
2009, aprobado con Resolución de Decanato N° 215-2009-UNASAM-FAT.
Se expide la presente Constancia a petición del interesado para
los fines que estime conveniente.
Huaraz, 22 de Enero de 2010
C.c. Archivo
EZM/srs
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9rfVWCFP}f.LFD}UD CJJISrr'(j(jrr'}f.L (J)T, S.Jf!J'fMI(]VP.L CJYE }1.CO cp:](Oo/IJfCI;t. CJYE CJ1_1(J{V}f.Z -}f.J{CJISJ{
DE_ CIMO.- El egreso que origine el cumplimiento del presente contrato será afectado a la Fuente de Financiamiento 01: Canon y Sobrecanon.
Estando ambas partes de mutuo acuerdo en los términos y condiciones establecidas, firman en la Ciudad de San Miguel de Aco, a los veintisiete días del mes de agosto del año 2009.
EL LOCADOR DNI. N" 40363611
Plaza de Armas s/n- Distrito de San Miguel de Aco- Provincia de Carhuaz- Región Ancash Em ai l: munisanmigu el @hotmail.com
CONTRATO DE TRABAJO
Conste por el presente documento el Contrato de Trabajo a Plazo Indefinido, que celebran de una parte la empresa Silver Standard Perú S.A., identificada con RUC N" 20341137935, con domicilio para estos efectos en calle Junín 142, Miraflores, inscrita en la Partida Electrónica N°11551268 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, debidamente representada por la señora Ana Karina Rivva Lamas, identificado con DNI N° 10264997, quien procede según poderes inscritos en la citada Partida Registra!, a quien en adelante se denominará EL EMPLEADOR y de la otra parte el señor FREDY ROMEL CADILLO ROSAS, identificado con DNI No 40363611 con domicilio en Carretera Central S/N altura Km, 599, Carhuaz, Ancash, a quien en adelante se le denominará EL TRABAJADOR; en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA: DEL EMPLEADOR
EL EMPLEADOR es una persona jurídica, de derecho privado, debidamente constituida, cuyo objeto principal son las actividades mineras en el país, y que requiere contratar los servicios de un Asistente de Relaciones Comunitarias.
SEGUNDA: DE EL TRABAJADOR
EL TRABAJADOR declara ser una persona con capacitación y experiencia en labores de Responsabilidad Social y Relaciones Comunitarias y estar calificado para el puesto ofrecido.
TERCERA: DE LOS SERVICIOS Y OBLIGACIONES GENERALES DE EL TRABAJADOR
Por medio del presente contrato EL EMPLEADOR contrata los servicios de EL TRABAJADOR, teniendo en cuenta lo señalado en las cláusulas precedentes para que ocupe el puesto de Relacionista Comunitaria en el Proyecto San Luis, ubicado en Huaraz, en forma exclusiva y de acuerdo a los términos y condiciones establecidas en el mismo.
EL TRABAJADOR se compromete a prestar los servicios materia del presente contrato poniendo al servicio de EL EMPLEADOR toda su capacidad y lealtad para realizar las labores materia del presente contrato y las demás que resulten afines, complementarias y/o necesarias para el cabal desarrollo de sus labores, así como aquellas que oportunamente le sean asignadas por EL EMPLEADOR.
EL EMPLEADOR, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9 del Decreto Supremo N° 003-97-TR, Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N" 728, podrá establecer modificaciones en las tareas asignadas a EL TRABAJADOR, tomando en cuenta las necesidades de EL EMPLEADOR.
EL TRABAJADOR se compromete a cumplir con las normas y políticas internas de EL EMPLEADOR y de manera es::>ecia las cue se ·,.,.,::>ara. "l por necesidad del servicio en ejercicio de las facultades de administración que ¡je:-e EL EMPLEADOR. Qcmca es aolecido que a requerimiento de EL EMPLEADOR, EL TRABAJADOR ce:Je á ·-:c a- : ·e:)o-:a···es:::>ecio a' desarrollo de la prestación de los servicios objeto del presente contrato.
CUA. ""!""A: U ERACIONES
-E -_-e-e::::- :>O ' e. servicio contratado ascenderá a S/.3,500.00 (Tres mil quinientos con 00/100 Nuevos ::: =s::"..:::s -e sua es, los cuales serán abonados en cuenta Pago de Haberes proporcionada por EL
E','P._EADO.
_as ausencias injustificadas por parte de EL TRABAJADOR implican pérdida de la remuneración nroporcionalmente a la duración de dicha ausencia, sin perjuicio del ejercicio de las facultades disciplinarias propias de EL EMPLEADOR previstas en la legislación laboral y normas internas de EL EMPLEADOR.
QUINTA: JORNADA Y HORARIO DE TRABAJO
Atendiendo a la naturaleza de la labor para la que es contratado, ambas partes acuerdan que EL TRABAJADOR deberá destinar a su trabajo el número de horas que el mismo requiera, sin límite ni supervisión alguna, reconociendo ambas partes que la jornada de trabajo de EL TRABAJADOR no se encuentra a límite
alguno, de acuerdo con lo que dispone el artículo 5o del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo No 854. Y además por encontrarse bajo la modalidad de trabajo de 14 días por 07 días de descanso.
SEXTA: CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO Y DEMÁS NORMAS, REGLAMENTOS Y LINEAMIENTO INTERNOS
EL TRABAJADOR declara conocer el contenido del Reglamento Interno de Trabajo, de la estructura Organizativa, del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional, del Código de conducta y demás normas y reglamentos de la empresa, y expresa su conformidad con las normas señaladas y se compromete a su cabal cumplimiento, por lo que se deja expresa constancia que el incumplimiento de cualquiera de estas normas constituye falta grave laboral plausible de despido.
SEPTIMA: EXÁMENES MÉDICOS PERIÓDICOS
Conforme a las normas de seguridad y salud en el trabajo EL TRABAJADOR acepta que EL EMPLEADOR, en cualquier oportunidad, le practique un examen médico integral, bien sea para determinar la presencia de alcohol o drogas, o destinado a descartar cualquier enfermedad, incluido VIH. silicosis, entre otros.
OCTAVA: CONFIDENCIALIDAD
Considerando que el secreto profesional constituye deber fundamental de todos los trabajadores de EL EMPLEADOR, deber que se extiende más allá de la jornada ordinaria de trabajo y de la vigencia o duración concreta que tenga la relación laboral. En tal sentido EL TRABAJADOR se compromete a guardar confidencialidad y estricta reserva sobre las actividades, procesos, operaciones, procedimientos y vínculos o relaciones pertenecientes o vinculadas a EL EMPLEADOR y su personal.
Esta obligación subsistirá aún después de extinguida la relación laboral, con base en principios elementales de derecho y de ética.
NOVENA: BIENES DEL EMPLEADOR
Se deja constancia que el uso del teléfono, computadoras, fax, correo electrónico, Internet y demás bienes, servicios o facilidades que otorga EL EMPLEADOR a EL TRABAJAOR son de uso exclusivo para el trabajo, por lo que no deben contener contenido personal ni privado de EL TRABAJADOR, pudiendo ser objeto de lectura. revisión y/o intervención en cualquier momento por EL EMPLEADOR, situación que en este acto autoriza expresamente EL TRABAJADOR
Ninguno de los bienes, servicios o facilidades antes mencionadas podrán ser destinadas al uso personal, siendo exclusivamente herramientas de trabajo con un contenido estrictamente laboral, siendo de propiedad exclusiva de EL EMPLEADOR
DECIMO: ENTREGA DE MATERIALES EN CASO DE CESE
EL TRABAJADOR se obliga, en caso de terminar por cualquier razón la relación con EL EMPLEADOR, a entregar en forma inmediata y ordenada a EL EMPLEADOR toda la documentación, material técnico o comercial y cualquier otro bien de propiedad de EL EMPLEADOR que tuviere en su poder, así como a trasladar sus funciones y responsabilidades a la persona designada a tal efecto por EL EMPLEADOR
DECIMO PRIMERA: TRASLADOS
EL TRABAJADOR declara su conformidad y disposición a ser trasladado, en caso sus labores lo requieran, a cualquier lugar del país y/o del extranjero para la prestación del servicio contratado, sin que ello suponga prestaciones adicionales que las convenidas en el presente contrato.
DÉCIMO SEGUNDA: DE LAS VACACIONES
EL TRABAJADOR tendrá derecho a gozar de vacaciones por un período de 30 días calendario al año, con sujeción a las necesidades de la empresa y a las disposiciones legales vigentes.
DÉCIMO TERCERA: DE LA EXCLUSIVIDAD
Los servicios de EL TRABAJADOR son contratados con el carácter de exclusivos. Mientras dure el empleo, EL TRABAJADOR se compromete a dedicar todo el tiempo, desplegar la energía y aplicar la experiencia que sean necesarios para el servicio y la protección de los intereses de EL EMPLEADOR, no pudiendo dedicarse a actividades por cuenta propia o de terceros que le distraigan del cumplimiento cabal de sus obligaciones para con EL EMPLEADOR.
DÉCIMO CUARTA: INVENTOS DE EL TRABAJADOR
EL TRABAJADOR por el presente contrato, cede, transfiere y en general autoriza el uso sin costo alguno a favor de EL EMPLEADOR por plazo indefinido, cualquier creación intelectual personal establecida en la Ley de Derechos de Autor o cualquier otra invención o descubrimiento establecida en la Ley de Propiedad Industrial.
DÉCIMO QUINTA: DEL PLAZO
El plazo de duración del presente contrato es indeterminado, considerándose como su fecha de inicio el día 07 de noviembre del 2011.
DECIMO SEXTA: PERIODO DE PRUEBA
De conformidad con el artículo 10° del D.S. 003-97-TR (y debido a que el cargo materia de contratación es uno de confianza), el periodo de prueba del presente contrato es de seis meses (06) contados a partir de la fecha de inicio del presente contrato.
DÉCIMO SETIMA: PRE-AVISO
En el supuesto que EL TRABAJADOR decidiera poner término a la relación laboral emanada del presente documento, deberá comunicarlo a la otra parte con una anterioridad no menor de treinta (30) días calendarios.
DÉCIMO OCTAVA: DE LA TERMINACIÓN
Ambas partes acuerdan que EL EMPLEADOR se encontrará facultado a terminar el presente contrato, comunicando a tal fin su decisión a EL TRABAJADOR con la debida anticipación conforme a lo señalado por la legislación aplicable, de producirse causa justa a tal efecto, entendiéndose por causa justa lo señalado por la legislación aplicable.
Sin perjuicio de lo anterior, ambas partes acuerdan que EL EMPLEADOR se encontrará facultado a terminar el presente contrato en caso de incumplimiento por parte de EL TRABAJADOR de una cualquiera de las prestaciones a su cargo, así como en caso de presentarse una cualquiera de las causas de extinción previstas en la legislación aplicable debiendo a tal efecto comunicar su decisión a EL TRABAJADOR conforme a ley.
DECIMO NOVENA: DOMICILIOS
Las partes señalan como sus respectivos domicilios los especificados en la introducción del presente contrato, por lo que se reputarán válidas todas las comunicaciones y notificaciones dirigidas a las mismas con motivo de la ejecución del presente contrato. El cambio de domicilio de cualquiera de las partes surtirá efecto desde la fecha de comunicación de dicho cambio a la contraparte, por cualquier medio escrito.
VIGESIMO: LEY APLICABLE
Ambas partes acuerdan que el presente contrato, en lo que no se encuentra expresamente pactado, se rige supletoriamente por la legislación laboral aplicable en el Perú, dentro de los alcances y efectos que determina el Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, Decreto Supremo No.003-97-TR, así como a sus normas complementarias y modificatorias vigentes a la fecha de la firma del presente documento.
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VIGÉSIMO PRIMERA: JURISDICCIÓN
Las partes declaran expresamente que se sorfleten a la competencia de los Jueces y Tribunales del Distrito Judicial del Cercado de Lima. renunciando al fuero que eventualmente les pudiera corresponder, ya sea por razones de domicilio o por cualquier otro motivo.
Firmado en señal de plena aceptación y conformidad en la ciudad de Lima, en dos (2) ejemplares, el 04 de noviembre de 2011.
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SILVER STANDA-RÓ PERU S.A.
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COMUNIDAD CAMPESINA DE ECASH DE LA PROVINCIA DE CARHUAZ
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Conste por el presente documento el CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS que celebran, de una parte, LA COMUNIDAD CAMPESINA DE ECASH DE LA PROVINCIA DE yARHUAZ, identificado con RUC. N° 20530967515, con domicilio legal en la localidad de Chicchipampa del Centro Poblado de Maya, debidamente representada por el PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD Sr. RUFINO CANTU BALLADARES, identificado con DNI. N° 320221507, parte a la que en adelante se le denominará COMUIDAD CAMPESINA DE ECASH; y de otra parte el Sr. FREDY ROMEL CADILLO ROSAS, identificado con DNI. N° 40363611 y RUC N° 10403636113, con domicilio en la Carretera Central, altura Km. 569 Carhuaz Distrito de Carhuaz, Provincia de Carhuaz, parte a la que para los efectos del presente contrato se denominará EL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA.- Con la finalidad de prever el cumplimiento efectivo de las funciones que le corresponde, con arreglo a Ley, de la Comunidad Campesina de Ecash, requiere de los servicios del Sr Econ. FREDY ROMEL CADILLO ROSAS, a fin de que se desempeñe como JEFE DEL PROYECTO en la COMUNIDAD CAMPESINA DE ECASH del proyecto MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN DEL GANADO OVINO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA DE ECASH, financiado por el Fondo Minero Antamina, con la mayor diligencia y conocimiento técnico de la función.
SEGUNDA.- En la virtud del presente instrumento. LA COMUNIDAD CAMPESINA DE ECASH conviene en contratar los servicios del LOCADOR, con la finalidad de atender la necesidad en la cláusula precedente, en la modalidad contractual de LOCACION DE SERVICIOS, fijándose de mutuo acuerdo la suma de Mil seis cientos 00/100 Nuevos Soles (S/. 1,600.00), de contraprestación económica abonables.
TERCERA.- El plazo vigente del presente contrato es a partir del 03 de Marzo del 2008 hasta la culminación de la ejecución del proyecto.
CUARTA.- EL LOCADOR se obliga a prestar los servicios objeto del presente contrato en forma personal, asumiendo en tal sentido las responsabilidades propias de la función económicamente.
QUINTA.- Estando a la naturaleza del prese!lte contrato. LA COMUNIDAD CAMPESINA DE ECASH, queda expresamente facultado para resolverlo a su condición de comitente, antes del plazo señalado en la Cláusula Tercera, mediante causa justificada y aviso previo.
SEXTA.- El régimen legal que corresponde al presente contrato, es el señalado por las normas pertinentes de la COMUNIDAD CAMPESINA DE ECASH, a cuyas disposiciones se remiten las partes, en todo lo no previsto en este instrumento.
SÉPTIMA.- Al término del plazo señalado en la Cláusula tercera o mediando restricción contractual en la forma prevista en la Cláusula Quinta, EL LOCADOR asume la obligación de presentar a la COMUNIDAD CAMPESINA DE ECASH, un informe de las actividades cumplidas, con indicación de los logros y metas alcanzadas.
En señal de conformidad y reconociendo que la celebración del presente contrato no media vicio alguno invalidatorio, ambas partes proceden a suscribirlo por duplicado; en la ciudad de Carhuaz a os tres días del mes de marzo del 2008.
2
CERTIFICA
QuE, EL SR. CADILLO ROSAS FREDY ROMEL,
IDENTIFICADO CON D.N.! N°40363611, DOMICILIADO EN LA
CARRETERA CENTRAL S/N ALTURA KM. 599 DEL DISTRITO Y
PROVINCIA DE CARHUAZ. QUIEN SE HA DESEMPEÑADO EN EL
CARGO DE FORMULADOR DE ESTUDIOS DE PREINVERSION DE LA
EMPRESA CONSTRUCTORA Y CONSULTORA SAN MARTIN VEGA
S.A.C , DESDE 01 DE MARZO DEL 2011 HASTA SETIEMBRE DEL
AÑO 2011. DURANTE SU PERMANENCIA HA DEMOSTRADO
RESPONSABILIDAD, EFICIENCIA Y BUEN DESEMPEÑO EN TODAS
LAS LABORt:S DESIGNADAS .
SE EXPIDE LA PRESENTE A SOLICITUD DEL INTERESADO, PARA
LOS FINES QUE ESTIME CONVENIENTE.
HUARAZ, 30 DE SETIEMBRE DEL 2011
'ITL!TAX: 42 - :>59:1 CU.(04 3)9•13 - 55271 9 IZl'M: 1101 38255
OriCII'\A:l lrb. f.l Mi t:tcior ,\- O Lte. 3 Jncic¡xndencia - Hu:traz e -·mail: s:tnnwrlín_l>7@hotma i l.com
GOBIERNO REGIONALDE ANCASH
AMC NO 193-2012-GRA (PRIMERA CONVOC4 TORIA)
CARTA DE COMPROMISO
Huaraz, 11 de enero de 2013
Señores:
COMITÉ ESPECIAL
Asunto : OBRA "MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO DEL
CANAL PAMPAMARCA, DISTRITO DE ACOPAMPA, PROVINCIA DE CARHUAZ- REGIÓN ANCASH"
Referencia AMC N° 193-2012-GRA (PRIMERA CONVOCATORIA)
Presente.
COMPROMISO
Por la presente. yo: Sidney Richard Mendoza Osorio. identificado con DNI N" 31655701, con
domicilio en la Alameda Grau 964 Huaraz . correo electrónico srm 1a@hotmail.com, Ingeniero
Ambiental, con CIP N" 99471. me comprometo. en caso de que el Postor Jorge Alberto Veramendi Silva.
Obtenga la Buena Pro en la Adjudicación de la Referencia, me
comprometo, en caso de Obtener la Buena Pro en la Adjudicación de la Referencia, a participar
en la elaboración del Estudio a Nivel de Perfil, objeto del presente proceso como: Especialista
Ambiental. Asi mismo, declaro haber entregado voluntariamente mi Currículum Vitae al postor antes mencionado
Atentamente
DNI N" 31655701
CIP N" 99471.
..
COLEGIO DE INGENIEROS DE·L PERU CONSEJO DEPARTAMENTAL ANCASH - HUARAZ
Jr. Simón Bolívar N° 680- Telefax 043-422192 RPM: # 945768595 E-mail:informes@ciphuaraz.org Web: www.ciphuaraz.org
HUARAZ-ANCASH-PERU
LEY N° 28858 y su Reglamento (D.S. N° 016-2008-VIVIENDA)
CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN Y HABILIDAD
N 031103
LA DIRECTORA SECRETARIA CERTIFICA:
QUE, EL INGENIERO (A) CIP:
MENDOZA OSORIO SIDNEY RICHARD
l Del capitulo de Ingeniería: 1 1 Fecha de Incorporación:1
SANITARIA AMBIENTAL 27 DE MARZO DE 2008
Con Registro de matricula Nacional CIP N2 99471
De conformidad con la Ley de Ejercicio Profesional de la Ingeniería N° 16053 y la Ley que lo complementa Ley No 28858 de fecha 29 de Julio del 2006 y el Estatuto del Colegio de Ingenieros del Perú, se encuentra HABILITADO; en consecuencia está autorizado para ejercer la Profesión de INGENIERO.
Nota.- Este CERTIFICADO es obligatorio para el Ejercicio Profesional de la Ingeniería. En la Institución para:Registro Nacional de Proveedores, Licencia de Construcción, Licitaciones Públicas, Concursos de Proyectos, Concursos de Empleos, Tasaciones y Peritajes, Petitorios Mineros, Reportes Técnicos, Certificado de Calidad, etc.
PARA FIRMA DE CON:IJRATOS
DE OBRASPÚB I<CAS SE DEBE SOI!,miTv\R
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Huaraz, 10 ENERO de ------------------ del 20 l 3
( 58020 RECIBO DE CAJA N•
Articulo427deiCódigoPenal•.f alsllleod6ndoDoalmentos
Elque hace,entodooen parte,undocumento falso oadulteraunoverdaderoque putc:Y darorigen1derechouobNg¡ciónoservirparaprobJr unhecho,conepl ropósito de utiliZar el documento,será reprimido,sidt suuso puede resultar algún ptrjukio, con pena privattva de li!Mrtad no mtnorcft dos ni JN)'or de diez aMs y eon treinta a noventa dias ltl sise trltJ de un documento pUblico, regtstro p(lbllco, título aub!ntico o eualquter otro trnmlslble por endosooal portador'f con pena privativadt llverttd no menordt dosnimayor dtcuatroaos,)'eon cientoochenta a trescientosststnUelnco días-mutt.a,si se tratade un documentoprivado.
E1que haetusodt .mdocumentofalsoofakifiudo,eomoslfuese ítimo,sitmprtquedesuuso pueda rtsultaralgún perjuieto,serireprimido,tnsuc;aso,eon las mismaspenas.
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REPUBLICA DEL PERU
UNIVERSIDAD NACIONAL DE ANCASH "SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO"
A NOMBRE DE LA NACION
f{;¡ YfM J-·o- ·1J!fru·vM':J.itaJ<t·o- Mt :Jtt :J.Mt.Mt del 21 de RBRI de/ año- 200h.a aoM<dado-
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a iAne-g'j!lithá:rUllltlli sotin_ _ ----
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r¡ue ta:J fe¡¡e:J de /a '!?J[efcüJÚ'ca /e aottM'dan.
Zli de RB-- 1_'-__ cle/ai7..r;. 200 _5_
RECTOR
DR. ALFONSO FLORES MERE PRESIDENTE DE LA COMISION DE ORDEN Y GESTION
- _:::::¡ijf!J<.}-- Bigo.M.Sc.EDWIN Je fo PALOMINO CADENAS
CONSTANCIA DEL RNP file:///G:/copia Richard/CONSTANCIA DEL RNP.l1
pscE ª RUC N° 10316557011
REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES
CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN PARA SER PARTICIPANTE, POSTOR Y CONTRATISTA
MENDOZA OSORIO SIDNEY RICHARD
Domiciliado en: ALAMEDA GRAU 960 BARRIO SAN FRANCISCO (AL FRENTE DE EL MONUMENTO MIGUEL GRAU) /ANCASH-HUARAZ-HUARAZ (Según información declarada
en la SUNAT)
Se encuentra con inscripción vigente en los siguientes registros:
PROVEEDOR DE BIENES
Vigencia
Renovación Anticipada
Socios en común con (RUCs):
Desde 22/12/2012 hasta 22/12/2013
NO
NO TIENE
PROVEEDOR DE SERVICIOS
Vigencia
Renovación Anticipada
Socios en común con (RUCs):
Desde 22/12/2012 hasta 22/12/2013
NO
NO TIENE
FECHA IMPRESIÓN:11/01/2013
Nota: Para mayor información la Entidad deberá verif'JCar elestado actualde la vigencia de inscripción delproveedor n la página web delRNP:www.mp.gob.pe - opción Verif'KJue su Insaipción.
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1 de 1 11101/2013 01:52 p: •
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:: r "Año de la Integ raci ón Nacional y el Reconocimi e nto de Nuestra Diversidad "
iVlunicipal ict a'(]''j>fo, inc i a l de H11ar:v. G\:renc1:1 dl' Ad m i n is t r:lción· Fi n:uvns
C! CON-TRATO DE LÓ CAC.ION_D_E SERVICIOS N 2 1693 2012MPHGM CONSULTOR PARA LA ELABORACIÓN DE UN ESTUDIO DE EVALUACIÓN D E RIESGO DE DESASTRE DE UN SECTOR CRÍTICO URBANO EN MATEHIA DE VIVIENDA, ONSTRUCCIÓY SANEAMIENTO Y PROPUESTA DE MEDIDAS DE
. . - ---- PREVENCION YMITIG--A-CI-O---N DE RIESGO.
-- -- -
- - ---- ..::...:...:_
Conste por el prese nte documento, que celebran d e una parte l a Muni c ipalid a d Provincial de Huara z, e n adelante LA ENTIDAD, con RUC N" 20172268430, con domicilio lega l en la Av. Luwriaga Nº 734 Provincia de H uaraz y Departa m en to de An ca sh. debidam e nte r e presentado por s u G e r ente Muni c ipa l el C PC. V I CENTE E LMER RODR I GUEZ RODR I GUEZ, id e ntificado co n D N I Nº 31663093, Facu l tado para l a s usc r ipc i ó n ele co n tratos m ed i a n te R eso l u c ión de A l ca lelía Nº 203 2012 MPHA d e fec ha 13 de Abr il de l 2012 y ele otra parte e l l ng. MENDOZA OSORIO SIDNEY RICHARD, id entifica do con DNI N2
31655701, y COn RUC N° 10316557011, d o mic i l i a elo e n ALM. GRAU NRO . 960 BARRIO SAN FRANCISCO (AL FRENTE
DE EL MONUMEN TO MIGUEL GRAU) ANCASH - HUARAZ - HUARAZ, quien se l e de n o min ará "EL LOCADOR", en l os términos
y condiciones sigui e ntes:
CLÁUSULA PRIMERA: D · FINICIONES. ANTECED E NTES Y OBJETO: LA ENTIDAD.La Munic' palidad Pro v in cial de H u a raz, es una Institución el e derec h o pC1blico que tiene a uton o mía política,
econó mi ca y ad ministr, iva en los asuntos de s u co m petencia; enco ntrándose d e ntro de s us ob jetivos la ejecució n d e diversas actividades dentro d e s u jurisdicción te rritorial; por tal razó n requ i e r e cubr ir necesidades ele recursos humanos a fin de ejec u tar dichos proyectos.
El objeto del serv i c i o, es l a co n t ratación de un Profesional para el cum p l im i e nto del pl an de trabajo Meta 2: "DE L PL AN DE INCENT I VOS A LA MEJOR A DE LA GESTIÓN Y MOD ER N IZAC IÓN M U N I C I PAL DEL AÑO 2012", bajo l os parámetros y
\"-- normativ i dacl V i ge n te.
EL LOCADOR. es una perso n a n at ur a L el grado acadé mico de Ingeniero Ambienta l, H abi l itado en el ejercici o de s us act i v id ades l a bora l es.
LA ENTIDAD, e n m é rito a! Inform e NQ3442012M PH / G DUyR / JTA/DPUyR/NTCh, el ] ef e de la Div isió n de Pl a n ea mi e nto Urban a y Rur a l. requiere l a contratación d e un Profesional pa ra la "ELABO ilACIÓN DE UN ESTUDIO DE EVALUACIÓN DE R IESGO DE DESASTRE DE UN SECTOR CR I TICO URBAN O EN MATER IA OE VIVIENDA, CONSTRUCC IÓ N Y SANEAMIENTO Y
I'IWI'UESTA DE MEDIDAS OE PREVENCIÓ N Y M ITIGACIÓN DE RIESGO", c uyos d eta ll es, constan e n los el ocumentos integ r ales del pr esen t e contrato
Según Oficio Nº2183 2012 MPI IGDURG , La Gerencia de Desarro ll o Ur ban o y Rura l soli cit a la di spon i b il id a d pres upu es t a!.
y contando co n la o pini ón p res up uesta! fa vora ble de la Gere ncia ele Pla n ifi caci ó n y Pres upu es to mediante proveído d e fecha
24 de set iembre, se procede a cont r atar a EL LO CADOR .
CLÁJJSULA SEGUNDA: FIN A LIDAD DEL CON TRATO El s igui ente co ntrato tie n e la finalid ad de consignar las co ndiciones, der echos y obligac iones tanto co mo· de "LA EN T I DAD", como d e "EL. LOCADOR". .
CLÁUSULA T E RCER /\ : MONTO CONT RACTUAL Y FJ N A NCI/\M IENTO E l pago por el serv i c i o Pr ofesiona l será la suma de S /. 10.900.00 (Diez M il Novec i e ntos con 00 /100 nuevos sol es), Este monto co mpr e nd e el costo del se rv i cio, seguros e impuest os, así como todo aq u ello qu e sea necesario para l a co r recta ejecu ci ó n d e l a pr es ta ció n materia del prese nte cont ra t o.
El monto contr ctual en su to ta li dad será asumido por la entida d en la fuente d e financi amiento:
l'.ll_Q<,;_ AMA . 9002 _ .=1 RO _I_9
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G- H!t-'oWQ___ .. _ _ i%-º---2 --= EJRY ; J {JNo- 6 s-·- ---· --- -- - - - --·-·· ----- -- - --
-ESPEC I F I CA ---- 23.27 .21 ---
CLÁUSULA CUARTA: PLAZO DE LA PRESTACION E l per i odo de ejec u ción d e la Consul to rí a es d e Veinticinco (25) días Hábiles, co n tados a pa r ti r d el día sig ui e nte d e la s u scripci ó n de l co n trato, ele conturmiclad co n l o esta bl eci do e n el quinto pá rra!ó del Artículo 149" del regla m e n to d e Ley de co n trataci on es y Adq u is icio n es del Estad o, pl azo que se rá monitorea do por l a DPU y R / GDUR. De la M uni cipalida d Pro v incia l de H u a raz.
C LÁUSULA QUINTA: FORMA DE PAGO El pa go se r ea li za d e l a si gu iente manera :
>- A l a Prese n tació n del estudio e n men c ión a Mu nic ipalida d Pro v i nci a l ele Hu a r az, previa co nformidad del Est udio por porte ele la División ele Planenmie nto U t"bano y Rural de la G e re n cia d e Desarrollo U rbn n o y Rur a l el e l a Mun i c ipalid ad Pro v inci al ele Huaraz. Se r ea l i ce el trámite correspondi e nte para su pago a lGO%
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Creado por Ley N° 8188 del 05-MAR-1936 wDifL..,._
CLAUSULA DECIMA PRIMERA: RESOLUCION DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato,de conformidad con los artículos 40°,inciso e), y 44° de la ley, y los artículos 167° y 16SO de su Reglamento; de darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
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CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Sin perjuicio 'Cie ·la in mnización por<:laño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a ElCONTRATI$'tA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidadciviles y penales a que hubiere lugar. EL CONTRATISTA planeará y será responsable por los métodos de trabajo y la eficiencia de los equipos empleados en la ejecución de su prestación, los que deberán asegurar un ritmo apropiado y calidad satisfactoria. CLÁUSUlA DÉCIMO TERCERA:MARCO LEGAL DEL CONTRATO Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, se utilizarán las disposiciones pertinentes delCódigo Civil vigente y demás normas concordantes. CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA:RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD La recepción y conformidad del servicio se sujetará a lo establecido en el artículo 176° del Reglamento de la léy de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO La liquidación del contrato se sujetará a lo establecido en elartículo 179° delRe_glamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS ATRIBUIBLES AL CONTRATISTA
Ende incumplimiento por parte de ECl ONTRATISTA de alguna de sus obligaciones, que hay:a siOO previamente observada por LA ENTIDAD, y que no haya sido materia de subsanaCión, esta ultima podrá resolver el presente Contrato, en forma total o parcial, mediante remisión por la vía notarial del
documento en el que se manifieste esta decisión y el motivo que la justifica, de conformidad con el procedimiento y formalidades previstos en el artículo 40° de la Ley de Contrataciones del Estado.
' Enest&supuesto, se ejecutarán las garantías que ECl ONTRATISTA hubiera otoJWKio de confonnldad con el articlilo 164° del Reglamento de la ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de la indemnización por daños y perjuicios ocasionados. CLÁUSULA DÉCIMO SEPTIMA: CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES Sin.perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias que pudieran aplicarse a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas, nito eximen de las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar.
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Creado por Ley N° 8188 del 05-MAR-1936 •
CLÁUSULA QUINTA: INICIO Y CULMINACIÓN DE LA PRESTACIÓN
La vigencia del presente contrato es a partir del día siguiente de suscripción del contrato hasta los 45 días calendarios, que será cancelado según los términos de la cláusula anterior luego de la evaluación y emisión de la conformidad a la prestación a cargo de ELCONTRATISTA.
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
Elpr te contrato está conformado por las Bases, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de:selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLAUSULA SE A: CONFORMIDAD DEL SERVICIO
La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el Artículo 176° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En el caso de existir observaciones se levantará un Acta de Observaciones, en la que se indicará c!aramente en qué consisten éstas, dándole a EL CONTRATISTA un plazo prudente para su subsanación, según los plazos establecidos en elReglamento. Si después del plazo otorgado a EL CONTRATISTA, LA ENTIDAD considera que no se ha cumplido a cabalidad con la subsanación, podrá resolver el contrato.
CLÁUSULA OCTAVA:DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
El contratis.ta declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presentecontrato de contra entrega.
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CLÁ\lSULA NOVENA:RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
. La confofmidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a /;;; redamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 500 de la k) , Ley. f ! i j ¡,;,C; LAUSULA DECIMA: PENALIDADES POR RETRASO INJUSTIFICADO
'i: :r· Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del
. 1 contrato, LA ENTIDAD le aplicará en todos los casos, una penalidad por cada dia calendario de atraso, } :':, . hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual (de ser el caso, ! fu· consignar si se trata del ítem, tramo, etapa o lote que debió ejecutarse o de la prestación parcial en el !-[ff !# caso de una ejecución periódica), en concordancia con el artículo 165° delReglamenlo de la Ley de i -- Contr taciones del Estado. La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la
-! ' siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = 0.10x Monto
F x Plazo en días
OóndEt: F = U.15para plazos mayores a sesenta días o; F = 0,40 para plazos menores o iguales a sesenta días.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato parcial o totalmente por incumplimiento mediante carta notarial y ejecutar en lo que corresponda la Garantía de Fiel Cumplimiento, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios ulteriores que pueda.exigir, asimismo, prooederá a comunicar este hecho al Consejo Superior de Contrataciones del Estado. Esta penalidad será deducida de cualquiera de sus facturas pendientes o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento. La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por elCódigo Civil y demás -normas concordantes.
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CONTRATO de elaboración del "ESTUDIO DE SELECCIÓN DE ÁREA PARA INSTALAR INFRAESTRUCTURA DE TRANSFERENCIA. TRATAMIENTO Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS EN.ELDJSTRITO DE LA MERCED.PROVJNCJA DEAIJA. REGIÓN ANCASH".por ADJUDJCACJON
f DE MENOR CUANTIA NO 010-2012-MDLM-CEP
i...<. #t :/·,-S:.... co 41 Conste por el presente documento, la contratación del servicio de consultoría para la elaboración del iff \:,g. }:;
Ji \\\ 1Jl- !} -
i.s.! .-',
"ESTUDIO DE SELECCIÓN DE ÁREA PARA INSTALAR INFRAESTRUCTURA DE TRANSFERENCIA, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS EN EL DISTRITO DE LA MERCED, PROVIN· tA DE AIJA, REGIÓN ANCASH", que celebra de una parte la Municipalidad Distrital· de ta Merced, en adelante LA ENTIDAD, con RUC N° 20207753191, con domicilio legal en Plaza de Armas SIN La rced - Aija, representada por el Señor Alcalde Profesor Darío, GARCÍA MALLQUI, identificado
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con DNI N° 31768881, y de otra parte el lng. Sidney Richard MENDOZA OSORIO, con DNI N° 31655701, con RUC N° 10316557011, con domicilio legal en en la Alameda Grau N° 960, San Francisco, Huaraz, a quien en adelante se le denominará "EL CONTRATISTA" en los términos y condieil:mes siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha 09 de Noviembre del 2012, el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA N.0 010-2012-MDLM..CEP, para la contratación del servicio de consultoría para ia elaboración del "ESTUDIO DE SELECCIÓN DE ÁREA PARA lNSTALAR INFRAESTRUCTURA DE TRANSFERENCIA, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS EN EL DJSTRITO DE LA MERCED, PROVINCIA DE AIJA, REGIÓN ANCASH", a el lng. Sidney Richard MENOOZA OSORIO, cuyos detalles, importes unitarios y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
Elobjeto{'jelpresente Contrato, es la Contratacióndel Servicio eeonsultoria para fa.elaboración del "ESTUDlO DE SELECCIÓN DE ÁREA PARA INSTALAR INFRAESTRUCTURA DE TRANSFERENCIA, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS EN EL DISTRITO DE LA MERCED, PROVINCIA DE AIJA, REGIÓN ANCASH", luego de una selección según elTDR.
.·i CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL 'P.
:fLt El monto total del presente contrato del servicio CONSULTORÍA asciende a SI. 25, 000.00 (Veinticinco Mil eón 00/100 Nuevos Soles) a todo costo, incluido IGV. Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea
necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato. :
l ; CLÁUSOLA CUARTA: FORMA DE PAGO .E:J
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en nuevos soles, El pago de los servieies se efectuara de la siguiente manera: <>
A la entrega del Estudio: 70 % y a la aprobación del Estudio: 30 %, luego de la recepción formal y completa de ia documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 o del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser estos recibidos.
V · cia de Aija - Región Ancash ·
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CLÁUSULA DÉ OCTAVA; SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecl.lción contractual dentro delplazo de caducidad previsto en los articUos 144°, 170, 175°, 177° y 17go del Reglamento o, en su defecto, en el artículo 52" de la ey. 8 l..alxk> art:itrcll emitido es definitivo e inapelable,tiene el valor de cosa juzgada y se ejeCuta como una se1teLia.
CLÁUSUlA DÉCIMO NOVENA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cuatquiera desartes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corrjendo con todos los gastos (Jle dem de esta formalidad. CLÁUSULA ÉSIMO:VERACIDAD DE DOMICILIOS
Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato.. De acuetrlo con.las Bases, la propuesta técnica y económica y .las disposiciones del,presente contrato, las partes fo 1irman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de La Merced a los 20 delmes de Noviembre del2012.
"LA ENTIDAD"
"Ai'ío de la Integración Nacional y e l Reconocimiento <ie 1\:uestra Diversi dad"
de Hu:1r:u.
Ger e11l:1:1 d"\dmmislración _1· Fin;m¡;¡s
'r A la en tr ega y aprobac1 ón del e.-;tuclio en m e nción al IV[iniste r i o de \"iYienda:, y Con,;rrucció n, se Preced e rá e l Otro Pago del 40 'ií. .
CLAUSULA SEXTA: DESCRIPCION DEL SEHVICIO DEL LOCADOR Realizar la eva lua ción de un estudio técnico ele una zon<J uitica ele <1n.Íiis is y pe l i gro ele vulnerabili dad de n t r o d e la ciudad ele Huaraz.
CLAUSULA SEPTIMA: DECLARACIÓN IURADA EL LOCADOR declara bajo juramento que se comprome te a cumplir las o b li ga ciones d er iva d a s del prese nte co n trato, bajo sanción ele quedar inhabilitado par·a contratar con el es tado en caso ele ir1 c umplimiento y dem ás sa n cio nes administrativas aplicables.
CLÁUSULA OCTAVA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conf-orm id ad de recepción de la prestación por parte de la E N TIDAD n o enerva s u derecho a reclam a r posteriormente por efectos o v icios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 502 ele la L ey ele Co n t rata ciones y Adquisiciones ele! estado_
CLÁUSULA NOVENA: PENALIDADES En caso ele retr·aso injustificado en id ejecución ele lds p1·est ac iones objeto del cont rato L A ENTIDAD l e aplicará a EL LOCADOR una penaliclacl por cada día el e r e tr·aso, hasta por· un m onto máxim o equivalente al diez por c i ento (10%,) del monto del con t rato vigente o, de ser el caso, ele! ítem que debió eje c u ta rse.
Esta penalidad será deelucida ele los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidaci ón f inal: o si fuera necesario, se cobrará del mon t o r·esulta nte ele la ejecución de las gMantías del fi e l cumpl imiento. La penaliclacl se aplicará au t nmi1ticarnent e y se calcui <1 r Ú ele acue rdo con la siguien te fó rmula :
O.lOxMontn 1-'enaliclaLN ·ia =
Dónde: \
F = 0 .25 pa1·a plazos mayo¡·es a sesenta (60) día s o;
F = 0.4-0 pa¡·a plazos meno¡·es o iguales a sesenta (60) días.
F x P lazo en días
Tanto el monto como el plazo se r efieren, según corr esponda, al con trato o ite m que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucrarán obligaciones cle·ejecución periódica, a la pres tación parcial que fuera materia ele retraso. Cuando se llegue a cubrir el monto máximo ele la p enaliclacl, L A ENTIDA D podr·;i resol v er el contrato por incumplimiento.
CLÁUSULA DECIMA: RESOLUCION DE CONTRATO Cualquiera de las partes podrá resolver el contrat o, el e conformidad de los artículos 4-02 inciso e), y 44º d e la ley, y el artículo
1 167 º y 168º ele su reg l amento ele la ley de contra taciones del Estad o.·
CLAUSULA DECIMA PRIMERA: CUMPLIMIENTO D E Orl LIG AC IO NES Sin perjuicio de la indemnización por· daño ulte r·ior. la s sa n ciones administrativas y pec uniar·ias qu e pudieran aplicarse EL LOCADOR, no lo eximen ele cumpl ir con las cle m;ís obliga ciones pactadas, ni lo ex imen ele las r es ponsabil i dacles civ il es y penales a que hubiera lugar·.
CLÁUSULA DECIMA SEGUNDA: VERACIDAD DE DO M I C ILIOS Las partes contratantes han declar·ado su s r espect i vos domic i l ios e n la par·te intr-o d uctoria del present·e ccmtrato.
CLAUSULA DECIMA TERCEIZA: PIWlllrliCIONES AP LI CABLES AL LOCADOR EL L,OCADOR se encuentra pmhibielo ele ceder su pos i c i ó n contr·act u al en la ej e cución de este ser·vicio, as í mismo se encuentra prohibido ele sub contr<1tar· to tdl o parcialmente <1 otr a persona para qu e cles e mpeile las funcion es que le competen _ El incumplimiento ele estas condiciones será causal d e r eso lución inmediata el e este cor1trato habi l itando a LA ENTIDAD par-a que inte r·ponga las acciones lega les que cor responda .
De acuerdo a la documentación que sustenta el p1·esente contrato, l a s partes lo firman por· Triplicado en sei'íal de conformidad en la ciuclael ele 1-luaraz, Provincia ele Huaraz, Depar·tarnen t o ele Ancasl1, el día 15 de Octubre del2012.
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FORMATON°3
CUADRO DE EXPERIENCIA DE PERSONAL
NOMBRE DEL PERSONAL : JORGE ALBERTO VERAMENDI SILVA
CARGO PROPUESTO : JEFE DE PROYECTO
NOMBRE DE LA OBRA
ENTIDAD PROPIETARIA DE
LA OBRA
CARGO
DESEMPEÑA
DO
FECHA DE INICIO
SERVICIO
FECHA FIN DE
SERVICIO
DURACION
SERVICIO (DÍAS)
DURACION
SERVICIO
(DÍAS)
REQUERIMIENTO TECNICOMINIMO 450 MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOSDE SEGURIDAD CIUDADANA, DE LA
RPVINCIA DE CARHUAZ JEFE DE PROYECTO
JEFE DE
PROYECTO 01/08/2012 30/09/2012
60
ELABORACION DEL ESTUDIO A NIVEL DE PERFIL "CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE
RIEGO ANRA‐CASCAY"
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE ANRA
JEFE DE
PROYECTO23/04/2007 17/04/2008
360
ELABORACION DEL ESTUDIO A NIVEL DE PERFIL " MEJORAMIENTO DE LA
CALLE TUPAC AMARU, DISTRITO DE MANGAS
GOBIERNO REGIONAL DE
ANCASH
JEFE DE
PROYECTO 01/11/2012 01/12/2012
30
FORMATON°3
CUADRO DE EXPERIENCIA DE PERSONAL
NOMBRE DEL PERSONAL : JORGE ALBERTO VERAMENDI SILVA
CARGO PROPUESTO : JEFE DE PROYECTO
NOMBRE DE LA OBRA
ENTIDAD PROPIETARIA DE
LA OBRA
CARGO
DESEMPEÑA
DO
FECHA DE INICIO
SERVICIO
FECHA FIN DE
SERVICIO
DURACION
SERVICIO (DÍAS)
DURACION
SERVICIO
(DÍAS)
EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL PERSONAL 374
IMPLEMENTACION DE LA PISCIGRANJA DE SECSI, DISTRITO DE
YURACMARCA, PROVINCIA DE HUAYLAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE YURACMARCA
JEFE DE
PROYECTO 01/07/2012 31/07/2012
30
AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE DE
QUITARACZA, DISTRITO DE YURACMARCA, PROVINCIA DE HUAYLAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE YURACMARCA
JEFE DE
PROYECTO 01/10/2012 31/10/2012
30
MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DEL,CANAL DE RIEGO
SACCHA, PARIAJIRCA ‐ ANTA, DISTRITO DE ANTA, RPOVINCIA DE CARHUAZ
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE ANTA
JEFE DE
PROYECTO 01/10/2012 30/11/2012
60
CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE RIEGO COLLAHUASI MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE RECUAY
JEFE DE
PROYECTO 01/11/2012 01/12/2012
30
CONSTRUCCION DEL CANAL DE REIGO TISHCUYOC ‐SHIRAPAT MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHAVIN
JEFE DE
PROYECTO 24/12/2009 18/01/2010
25
`FORMULACION DE PROYECTOS DE PREINVERSION
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE INDEPENDENCIA
JEFE DE
PROYECTO 15/06/2006 31/12/2006
199
0
0
0
No PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA MONTOS/.01 "Construcción del Canal de Riego Tíshcuyoc - Shirapata, Distrito de
Chavín de Huantar, Provincia de Huari - Ancash". 8.000.00
TOTAL S/. 8.000.00
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"Por la Recuperación de la Estela Raymondi al Museo de Sitio de Chavín"
MUNICIPALdDAD DISTRITAI.J DE
CHAVIN DE HUANTAR ;A l
CONTRATO NO 192-2009-MDCHH/GM
SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DE PRE- INVERSIÓN
Conste por el presente documento que celebran de una parte La Municipalidad Distrital de Chavín de Huántar, con RUC N° 20198250199, con domicilio en la Plaza de Armas N° 120 - Chavín de Huántar, debidamente representado por su Gerente Municipal Lic. Rocío Jackeline Mautino Vidaurre, identificada con DNI N° 40731521", qOien proceda de conformidad con la Resolución de Alcaldía N° 568-2009-MDCI-IH, de fecha 12 de Octubre del2009, a quien en adelante se le denominará EL COMITENTE, y de otra parte ellng. JORGE ALBERTO VERAMENDI SILVA, con D.N.I. N° 31822135, R.U.C. N° 10318221354, con domicilio legal en el Jiron F. Sal y Rosas N° 1277- Huaraz - Ancash, ;reléfonos: 775029-943502010-943285061, e-maíl: Jveramendis QQQ_@I:J_q!m9i!-G. RITI.. a quien en adelante se le denominara 'EL PROVEEDOR en los
términos y condicione:; siguientes. CLAUSULA PRIMERA: OBJETO La contratación de servicio de consultoría para la Elaboración del Estudio de Pre-inversión perfil Denominado: "Construcción del Canal de Riego Tishcuyoc - Shirapata, Distrito de Chavín de Huantar, Provincia de Huari - Ancash", cuyos detalles y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLAUSULA SEGUNDA: FINALIDAD DEL CONTRATO El COMITENTE, es una institución que se rige por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, la Ley de Presupuesto de la República para el año 2009, y para efectos del presente contrato, en lo establecido en el Libro VIl, Fuentes de las Obligaciones y contratos del Código Civil. Por el presente Contrato, EL COMITENTE contrata los servicios de EL PROVEEPQR, para que Ejecute Totalmente la Elaboración del Estudio de Pre-inversión perfil Denominado: "Construcción del Canal de Riego Tishcuyoc- Shirapata, Distrito de Chavín de Huantar, Provincia de Huari- Ancash", financiado por EL COMITENTE, estos servicios comprenderán todo lo relaGionade con las actividades que deben desarrollar para. cumplir con los objetivos del servicio indicado en la dáUS\Jia anterior conforme a los términos de referencia EL COMITENTE se reserva el derecho a iniciar las acciones legales pertinentes para el resarcimiento de los daños y perjuicios que se irrogue por deficiencias de los. servicios prestados.
CLAUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del servicio materia del preseJlte contrato asciende a S/. 8,000.00 (Ocho Mil y 00/100 Nuevos soles), a todo costo, incluido IGV- Nemónico N° 004. Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.
CLAUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO EL COMITENTE se obliga a pagar la contraprestación a EL PROVEEDOR en NUEVOS SOLES, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el Reglamento de la Ley de contrataciones del Estado, para tal efecto, la Oficina de Programación de Inversiones (OPI) de la Municipalidad Distrital de Chavin de Huántar deberá de otorgar la conformidad del Estudio de Pre-inversíón Elaborado, en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser estos recibidos, a fin de permitir que el pago se realice dentro de los diez (1O) días siguientes.
CLAUSULA QUINTA: VIGENCIA DEL CONTRATO El plazo del servicio de consultoría para la entrega de Elaboración del Estudio de Pre-ínversíón será de Veinticinco (25) días calendario a partir de la firma del contrato, dando un ultimátum con un plazo adicional máximo de cinco (05) días después de este plazo si EL PROVEEDOR incumpla se disolverá el presente contrato de manera automática sin previo aviso de LA MUNICIPALIDAD.
, Plaza de Armas N° 120 Chavín de Huánt¡ar 1 Telefax: 043 - 454099 1 agina Web: www.munichavindehuantar.gob.pe 1 Email: munichavin@munichavindehuantar.gob.pe
1
"Por la Recuperación de la Estela Raymondi al Museo de Sitio de Chavín"
MUNICIPAIJIDAD DISTRITAIJ DE
CHAVIN DE HUANTAR ¡,4 1
CLAUSULA SETIMA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO En el caso de existir observaciones se levantara un Aéta de Observaciones, en la que se indicara claramente en que consisten estas, dándole a EL CONSULTOR un plazo prudente para su subsanación, según los plazos establecidos en el reglamento, si después del plazo otorgado EL PROVEEDOR, EL COMITENTE considera que no se ha cumplido a cabalidad con la subsanación, podrá resolver el contrato.
CLAUSULA OCTAVA: INCUMPLIMIENTO DE OBSERVACIONES Al no cumplirse con la fecha de entrega realizada la segunda observación por la unidad evaluadora respectiva la entidad resolverá de manera unilateral el contrato.
CLAUSULA NOVENA: DECLARACION JURADA DEL CONTRATISTA El contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligáciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLAUSULA DECIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO Cualquiera de las partes podrá resolver el-contrato, de conformidad on los artículos 40, inciso e), y 44 de la Ley, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento; de darse el caso, EL COMITENTE procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLAUSULA DECIMO PRIMERO: RESPONSABILIDAD DE EL LOCADOR Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL LOCADOR, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.
CLAUSULA DECIMO SEGUNDO: MARCO LEGAL DEL CONTRATO En lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones gel 1Estado y su Reglamento, serán de aplicación las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes.
' CLAUSULA DECIMOTERCERO: ARBITRAJE Todos los conflictos que se deriven de la ejecución e interpretaciówdel pre&ente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado. Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controvEfrsia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 216 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. • El Laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa.
CLAUSULA DECIMOCUARTO: FACULTAO DE ELEVAR A ESCR]TURA PÚBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a EscritiJra Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLAUSULA DECIMO QUINTO: VERACIDAD DE DOMICILIOS Las partes contratantes han declarado sus·respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato. De acuerdo con las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por cuadruplicado en señal de conformidad en la ciudad de Chavín de Huántar, el 24 de Diciembre del año 2009.
Plaza de Armas N° 120 Chavín de Huániar 1 Telefax: 043 - 454099 Página Web: www.munichavindehuantar.gob.pe 1 Email: munichavin@munichavindehuantar.gob.pe
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANRA
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Plaza de Armas s/n - Anra PROVINCIA DE HUARI- REGION ANCASH
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CONTRATO DE ELABORACIÓN DEL PERFIL DEL PROYECTO: "CONSTRUCCIÓN DEL
SISTEMA DE RIEGO ANRA- CASCA Y"
Conste por el presente documento, el Contrato de ELABORACIÓN DEL PERFIL DEL PROYECTO "CONSTR UCCIÓN DEL SISTEMA DE RIEGO ANRA - CASCAY . que suscriben de una parte la Municipalidad Distrital de Anra. con RUC N" 20206179695, con domicilio legal en la Plaza de Armas de Anra del Distrito de Anra, Prov1ncia de Huart, Región Ancash. debidamente representado por su Alcalde Sr. FRANCISCO SANTIAGO BAZAN, identificado con DNI N° 32262986, a quién en adelante se le denominará LA MOA . y de la otra parte el Ingeniero Agrícola don JORGE ALBERTO VERAMENDI SILVA identificado con DNI 31822135, con Reg _ CIP N° 70947, con domicilio en Jr Fedenco Sal y Rosas N" 1277- Huaraz- Perú, a qu1én en adelante se le denominará EL CONTRATISTA, bajo las siguientes Cláusulas
CLAUSULA PRIMERA : OBJETO
LA MOA adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA S/N ELABORACIÓN DEL PERFIL DEL PROYECTO _ "CONSTRUCC IÓN DEL SISTEMA DE RIEGO ANRA- CASCA Y para la contratación de serv1cio de ELABORACIÓN DEL PER FIL DEL PROYECTO. '·CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE RIEGO ANR A- CASCAY cuyos detalles. importes unitarios y totales. constan en los documentos Integrantes del presente contrato
CLAUSULA SEGUNDA: FINALIDAD DEL CONTRATO
El presente contrato tiene por f1nalidad de la EL ABORACIÓN DEL PER FIL DEL PROYECTO "CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE RIEGO ANRA- C ASCAY" de acuerdo al contenido siguiente·
./ RESUMEN EJECUTIVO Nombre del Proyecto Objetivos del proyecto Balance de la Oferta y Demanda de los b1enes o serv1c1os del PIP Descnpc1ón Técn1ca del PIP Costos del PIP Beneficios del PIP Resultados de la Evaluación Soc1al Sostenibilidad del PIP Impacto Ambiental Organización y Gestión Plan de Implementaci ón Conclus1ones y Recomendaciones Marco Lóg1co
./ ASPECTOS GENERALES
Nombre del proyecto Un1dad Formuladora y la Un1dad Ejecutora Participación de las MDAes involucradas y de beneficiarios Marco de Referenc1a
./ IDENTIFICACIÓN
Diagnóstico de la s1tuac1ón actual Def1n1ción del problema y sus causas Objetivo del Proyecto Alternativas de Soluc1ón
./ FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN
Análisis de la Demanda Análisis de la Oferta Balance Oferta Demanua
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANRA
Plaza de Armas s/n - Anra PROVINCIA DE HUARI- REGION ANCASH
Planteamiento Tecn1co de las alternativas Costos BenefiCIOS Evaluación Soc1al Anali s1s de sens1bi11dad Anál1 sis de sosten1bi11dad Impac to Amb1ental Selección de alternativa Plan de Implementación Organización y gest1ón Matnz de marco log1co para la alternativa seleccionada
v' CONCLUSION v ANEXOS
CLAUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del serv1c1o matena del presente contrato asc1ende a S/. 60.000 00 (sesenta mil y 00/100 Nuevos Soles a todo costo 1nclu1do IGV
Este monto comprende el costo del serviCIO, seguros e 1mpuestos así como todo aquello que sea necesano para la correcta eJecución de la prestac1ón matena del presente contrato
CLAUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO
LA MOA se obl1ga a pagar de la s1gu1ente forma a) 50% de la contraprestación a EL CONTRATISTA en nuevos soles luego de la
recepc1ón formal y completa de la documentación correspondiente según lo establecido en el articulo 238 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y AdquiSICiones del Estado. para tal efecto el responsable de dar la conform1dad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excedera de los d1ez (1 O) días de ser estos rec1b1dos. a fm de perm1t1r que el pago se real1ce dentro de los d1 ez (10) d1as s1guientes
b) 50% restante a la aprobación de la V1ab111 dad por la Oficma de Proyecto de lnvers1ón del Gob1erno Reg1onal de Ancash
CLAUSULA QUINTA: VIGENCIA DEL CONTRATO
La v1genc1a del presente contrato se extendera a part1r de la suscnpc1ón del presente contrato hasta la aprobación de VIabilidad por la oflcma de Proyectos de lnvers1ón del Gob1erno Reg1onal de Ancash
CLAUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las bases Integradas la oferta ganadora y los documentos denvados del proceso de selecc1ón que establezcan obligac1ones para las partes
CLAUSULA SETIMA: GARANTIAS
EL CONTRATISTA opta por la retención del 10% EL CONTRATISTA en aplicación de lo dispuesto en el Articulo 40 ' del TUO de la Le y de contrataciones y AdquiSICiones del Estado opta por la retenc1 ón del 10% del monto total del contrato por estar comprendidO dentro de la ley de la m1cro y pequeña empresa por lo que la ·LA MOA · procederá a la retenc1ón de la suma de S/ 69, 833 87 (Sesenta y nueve m1l ochoc1entos treinta y tres y 87/100 Nuevos soles) como garantía de f1el cumpl1m1ento. durante la pnmera 1111tad del numero total de pagos a realizarse de forma prorrateada. la que será devuelta a la fmal1zac1on del contrato
CLAUSULA OCTAVA: EJECUCION DE GARANTIAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANRA Plaza de Armas s/n - Anra
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PROVINCIA DE HUARI- REGION ANCASH
LA MOA está facultada para e¡ecutar la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarla
CLAUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO
La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el Art iculo 233° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
En el caso de existir observaciones se levantará un Acta de Observaciones, en la que se indicará claramente en qué consisten éstas, dándole a EL CONTRATISTA un plazo prudente para su subsanación, según los plazos establecidos en el Reglamento.
S1 después del plazo otorgado a EL CONTRATISTA LA MOA cons1dera que no se ha cumplido a cabalidad con la subsanación, podrá resolver el contrato.
CLAUSULA DÉCIMA: DECLARACION JURADA DEL CONTRATISTA
El contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, ba¡o sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
La conformidad del servicio por parte de LA MOA no enerva su derecho a reclamar posteri ormente por defectos o vic1o ocultos.
CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA: PENALIDADES POR RETRASO INJUSTIFICADO
S1 EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones ob¡eto del contrato, LA MOA le aplicará en todos los casos. una penalidad por cada dia calendario de atraso, hasta por un monto máx1mo equivalente al diez por c1ento (1O%) del monto contractual en concordancia con el artículo 222° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adqu1s1c1ones del Estado La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la s1guiente fórmula
Penalidad Diaria = 0.10 x Monto F x Plazo en días
Donde.
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta dias o; F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta días.
Cuando se llegue a cubrir el monto máx1mo de la penal1dad, LA MOA podrá resolver el contrato parcial o totalmente por incumplimiento mediante carta notarial y e¡ecutar en lo que corresponda la Garantía de F1 el Cumplimiento, sin perjuicio de la indemnización por los
L---+----,qaños y perjuicios ulteriores que pueda exig1r. asimismo, procederá a comun1car este hecho 1 Tnbunal de Contrataciones y AdquiSICIOnes del Estado
Esta penalidad será deduc1da de cualqu1era de sus facturas pendientes o en la liqUidación final, o SI fuese necesario se cobrará del monto resultante de la e¡ecuc1ón de la garantía de F1el Cumplimiento.
La ¡us!lf1cación por el retraso se su¡eta a lo d1spuesto por el Código C1vil y demás normas concordantes
CLAUSULA DECIMOTERCERA : RESOLUCION DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato. de conformidad con los art ículos 41°,
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANRA Plaza de Armas s/n - Anra
PROVINCIA DE HUARI- REGION ANCASH
inciso e), y 45° de la Ley, y los artículos 224° y 225° de su Reglamento: de darse el caso, LA MOA procederá de acuerdo a lo establecido en el articulo 226° del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado
CLAUSULA DECIMOCUARTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA. no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hub1ere lugar
CLAUSULA DECIMOQUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
En lo no previsto en este contrato. en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. serán de aplicación las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes
CLAUSULA DECIMOSEXTA : AR BITRAJE Todos los conflictos que se denven de la ejecuc1ón e interpretación del presente contrato, Incluidos los que se refieran a su nulidad e Invalidez, serán resueltos de manera defmit1va e mapelable mediante arbitraJe de derecho, de conformidad con lo establecido en la normat1va
de contrataciones y adquisiciones del Estado
Facultati vamente. cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas. según lo señalado en el artículo 272° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y
Adqui siciones del Estado.
El Laudo arbitral em1tido es vmculante para las partes y pondrá fin al proced1m1 ento de manera definitiva, siendo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualqu1er mstanc1a
admin1strativa
CLA USULA DECIMO SETIMA: FACULTAD DE ELEV AR A ESCRITUR A PÚBLICA
Cualqu1era de las partes podrá elevar el presente contrato a Escntura Pública cornendo con
todos los gastos que demande esta formalidad
CLAUSULA DECIMO OCTAVA: VERACID AD DE DOMICILIOS Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductona
del presente contrato.
De acuerdo con las Bases. la propuest a técnico económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo f¡rman por triplicado en señal de conformidad a los Vemtitrés dí as del mes de Abril del Año Dos Mil Siete
Prof FRANCISCO SANT IAGO BAlAN
ALCALDE
/
Año de la Integración Nacional y
1
el Reconocimiento deRV"fEt ...JfSN"s ASH F "!W?4Q FO!l'AJLA.(I0l4DE LA Gf NCIA (.. RECIOH.4L l.>i llifR..CSTRUCTURA
INFORME N° J.{1 '{ -2012- REGION ANCASH/UF-
AL ING. WILSON MENACHO LAURENCIO.
JEFE DE LA UNIDAD FORMULADORA - GRI
[ 27 "'!" ·<1 g 1:dr" ,: i;J.u.,.
ASUNTO PRESENTA PIP. A NIVEL DE PERFIL "MEJORAMIENTO DE LA CALLE TUPAC. AMARU. DISTRITO DE MANGAS, PROVINCIA DE BOLOGNESI - REGION ANCASH" PARA SU INSCRIPCION EN EL BANCO DE PROYECTOS Y EVALUACION CORRESPONDIENTE
REFER. CONTRATO POR LOCACION N° 1035- 2012-GRA-GRAD
FECHA 27 de Diciembre del 2012
Tengo a bien de dirigirme a usted, en relación al documento de la referencia, para manifestarle que se ha efectuado la revisión del Proyecto de Inversión Pública de lo cual se desprende lo siguiente:
l. ANTECEDENTES :
1. Mediante Memorándum N° 5555- 2012, a solicitud de la Unidad Formuladora La GRI,
solicita la certificación presupuesta! para la formulación del PIP: antes mencionado 2. Mediante Memorándum N° 2483 -2012, La GRPPAT/ SGPPTO de fecha 26 de
noviembre hace conocer la Certificación presupuesta! 3. Mediante contrato por locación N° 1035, de fecha 04 de diciembre -2012, El Gobierno
Regional contrata los servicios para la formulación del PIP.
11. MARCO LEGAL
l. Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, Ley N° 27293 y sus modificatorias a través de Decreto Legislativo No 1005, Ley 28802 y Ley 28522.
11. Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública aprobado por Decreto Supremo No 102-2007-EF, modificado por Decreto Supremo W 038-2009-EF.
111. Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública aprobado por Resolución Directora! No 002-2009-EF/68.01 que aprueba la Directiva No 004-2007-EF/68.01, modificadas por Resoluciones Directorales No 003-2009-EF/68.01 y W 004-2009- EF/68.01.
IV. Resolución Directora! No 003-2011-EF/68.01 que aprueba la Directiva No 001-2011- EF/68.01.
111. ANALISIS DEL CONTENIDO
El proyecto corresponde a un PIP. Menor y tiene la siguiente estructura de costos para la alternativa seleccionada.
J CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
Conste por el presen te documento, EL CONTRATO DE LOCACION DE SERV I CIOS PROFESIONALES, q ue
celebran de una pa11e la. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RECUA Y, con RUC N° 201 85379079 debidamente
representado por su Alcalde Dr. MI LTON DUCK LEON VERGARA, identificado co n D.N.l. N° 3 1 659768, con domicilio
en plaza de A rmas N° 1 70- distrito y provincia de Recuay, a quien en adelante se le denomi nará EL COMITENTE, y de otra
parte el Ingen iero Civil: J ORGE ALBERTO VERAMENDI SILVA, con DN!N° 31 822135, N° de R UC 1 03!8221354, con J ClP N° 70947, e inscri to en el Registro Nacional de Proveedores, con domicilio en el Jr. Daniel Villayzan N° 590, Provi ncia de
Huaraz -Ancash, a quién en ,delante de le denomina:a "EL LOCADOR" en los términos y condiciones siguientes:
"'H, ANTECEDENTES: o....- ..... 'r
[/ ' ;. \ PR I MERO.- EL COMITENTE, es u n Órgano de Gobierno Local , con personería Jurí dica de Derecho Público, que a mérito
¡::;, ck la Con stitución Política del Estado, y la Ley W 27972 -Orgá nica de Mun ici palidades goza de autonomía Pol ítica,
Económica y Admin istrativa en los asu n tos de su competencia, y es atribución del Alcalde celebrar los actos, cont ratos y
conven ios necesarios para el ejercicio de sus funciones.
SEGUNDO.- EL LOCADOR, es una Persona Natural, de Profesión Ingeniero Ci v il, hab i l i tado con CI P N° 70947, hábil para
contratar con el Estado, Inscrita en el Registro Nacional de Proveedores que se dedica al asesoramiento, evaluación , ejecución,
consultoría de obras y afines, prestando servi cios como la elaboración y ejecución de diversos Perfiles, Proyectos, Estudios,
Expedientes Técnicos, en t re otros en el ram o. Contratando con en tidades pú bl icas y pri vadas.
OBJETO DEL CONTRATO:
TER CE RO.- Por el p resente, EL LOCADOR se obl iga a prestar sus servicios profesionales en la elaboración del Expedien te
Técn ico: "Const ru cción del Sistema de R i ego -Centro Poblado de Colla h uasi , D i strito y Provi ncia de Recully -A n cas h";
con las Especificaciones Técnicas requeridas por el Sistema Nacional de I nversión Pú blica- SN IP. Por su parte EL
A RACTERES Y FORMA DE PRESTAR EL SE RVI CIO:
CUARTO.- El ser vicio, objeto de la prestación a cargo de EL LOCADOR comprende el desempeño en la Elaboración del
Exped iente Técnico: Const r ucción de l S istem a de Riego -Centro Poblado de Coll a hu asi, Dis trito y Provin ci a de Recuay-
A n cas h". Dicho Expediente será elaborado con las Especi ficaciones Técnicas requeridas por el Sistema Nacional de Inversión
Públ ica -SNIP, y presentado ante la Oficina de Infraestruct u ra y Desarrollo Urbano y Ru ral de la M unicipalidad Provincial de
Recuay; q u i en se encargará de su Revisión y conformidad. Labores de EL LOCADOR que impl ican trabajos de campo,
ga bi nete y gestion es, con la finalidad de lograr la aprobación del Expediente Técnico. Labores que los desarrollará de manera
eficiente bajo su mando, con las responsabi l idades Civiles. Penales y Administra tivas en caso de incumplimiento por parte
suya.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
QUINTO: EL COMITENTE está obligado a pagar los honorarios profesionales de EL LOCADOR, y a entregar
oportunamente la información y/o documentación que se necesiten para la prestación de los servicios, y a prestar su
colaboración y partici pación cada vez que EL LOCADOR lo requiera, Por su parte EL LOCADOR, se obl iga a prestar los
servicios contraídos por EL COMITENTE, en la forma mas di l igente posi ble, procurando la mayor eficiencia de sus
servicios, entregando el Expediente Técn ico: Construcción d el Sistema de Riego -Cent ro Po blado de Co lla huasi, Distrito y
Provi ncia de Recu ay -A ncash" y todo lo pertinente a ello, pactado en las cláusu las precedentes, dentro del plazo establecido;
a EL COMITENTE y presentando al Oficina de Infraest ructura y Desarrollo Urbano y Ru ral de EL COMlTENTE,
comprometiéndose a subsa na r las observnciones real i zadas por di cha Arca competente el e EL COJVllT E NTE, donde se
aprobará el Proyecto.
SEXTO.- Las partes acuerda n que el monto de los hon orarios que pagará EL COMITENTE en calidad de contraprestación
por los ser v icios prestados por EL LOCA DOR asciende a la suma dinera ri a total ele S/. 6, 000.00 (SEIS MIL Y 00/100
NUEVOS SOLES). Incluidos los impuestos ele Ley. Afectándose el egreso de dicho mon to al presupuesto del Proyecto:
Elaboración de Exped ientes Técnicos, Fuen te de Fi nanciamiento determ i nado por la U nidad de Contabilidad y Presupuesto de
la Municipalidad, estableciéndose como I:Orma de pago l o siguiente: Se pagará el intc!l.ro del monto total contractual cuando
EL LOCADOR entrcQ.uc el Exped iente Técnico en Dos Originales v Una Cop ia. mas u n soporte d i gita l -CD u otro si milar. Y
dicho Expediente se encuent re Aprobado por el responsable de la Oficina de In fraestructura y Desarrollo Urba no y Rural; de
no ser así; ningún pago procederá. Comprometiéndose EL LOCADOR a susten tar el presente ante insta ncias como Órganos
de Control Interno, Contraloría General de la República y otros.
PLAZO DE L CONTRATO:
SEPTIMO: Las pa rtes establecen que el plazo del presente contrato es de 20 días calendarios (para la presentación del
Expedien te Técnico para parte de EL LOCADOR). contabilizados a partir de la suscripción del mismo, de no cumpl irse dicho
plazo se aplicará l as penél l idades contempladas en el presente contrato.
PENALIDAD CONTRACTUAL:
OCTAVO: Si EL LOCA DOR incurre en retraso injusti ficado en la ejecución de l a prestación objeto del contrato, EL
COM ITENTE l e apli cará en todos los casos. una penalidad por cada día calendario d e atraso, el equ i val ente a l Tres por
Cit:nto (3%) del monto total contractual estab!t:cido; encargando el cumplimi ento de dicha penalidad al Area ele I nfraest ructura
y Desarrollo U rbilno y Rural de LA MUN I C IPALIDAD, bajo responsabi l idad funci onal.
NATURALEZA Y ASPECTOS FINALES DEL CONTRATO:
OCTAVO.- Sin perjuicio de la cláusula anterior; en caso de incumplim iento de alguna ele las cláusu las del presente contrato
dará lugar 81 resol ución del mismo y las responsabilidades que se generen en matcriil contractual; asimismo se establece que el
marco normativo del presente contrato y de apl ic8ción en todo lo no previsto serán de aplicación las disposiciones del Código
Civi l y demás normas concorclantes del Ordenamiento Ju ríd i co.
Estando ele acuerdo en todas sus estip u laci ones las partes suscriben este documento en l a Ci udad de Rccuay a los 15 días del
mes de Novie mbrc del Ai1o 201 2.-----------·------------------------------------------·--·--·--·--·-----·--·----------------·-··----------·-----
----------------·--·-·- .
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RECUAY Creado por D.L. N° 11171 del 30
INFORME N° 461-2012/MPR/AIDUR-MTH.
AL Dr. Milton León Vergara
. )ERECUAY flrt ivo
RECt r ..•
Q_ .NOV. 2012 ¡ Alcalde de la Municipalidad Provincial de Recuay Hora:...!.!?.:.:.?..................
Exp.tr.}:f.;.?.'.:............_.
DE lng. Manuel Treja Huerta. N" .. :tt.:( t.".!:.\ Cf...
Jefe de Área de Infraestructura Desarrollo Urbano Rural. t'
ASUNTO Aprobación del Expediente Técnico del Proyecto: "Construcción del Sistema de Riego Collahuasi, distrito de Recuay, Provincia de Recuay -
• ' Ancash"
FECHA Recuay, 28 de Noviembre del 2012.
Mediante el presente me dirijo ante Usted. Para hacerle llegar el
Expediente Técnico del Proyecto: "Construcción del Sistema de Riego Collahuasi, distrito de
Recuay, Provincia de Recuay- Ancash", y paso a mencionar lo siguiente:
1. Evaluado el Expediente Técnico en mención, no existiendo observación alguna,
cuenta con la aprobación y visto bueno del Área Técnica, para su ejecución por
Contrato, cuyo plazo de ejecución será 3 meses (90 días).
2. El presupuesto para su ejecución, es de SI. 465,131.20 Nuevos Soles.
3. El Mencionado Expediente Cuenta con el Perfil Técnico con el código SNIP PIP
152363.
4. Se requiere el Informe del área de contabilidad.
5. Por lo mencionado, solicito a su digno despacho dar trámite al citado expediente y su
tratamiento en sesión de concejo, para la ejecución respectiva.
Es todo cuanto informo a usted para su conocimiento y su atención.
Atentamente;
,..
-
...!·. ll '
.{PPAT/SG I
MEMORANDUM N° 111Ó - 2012-GOBIERNO REGIONAL ANCASH/GRPPAT/SGI
AL
ASUNTO
REFERENCIA
ING. GERMAN MARTINEZ CISNEROS Gerente Regional de lnfraestructura del Gobierno Regional Ancash FORMATO SNIP 15 Y 16
MEMORANDUM N°3848-2012-REGION ANCASH/GRI {DOC.12608-EXP. 8648)
FECHA Huaraz,
20 SET.201!
A través del presente me dirijo a usted, para hacer de su
conocimiento que la Sub Gerencia de Inversiones (OPI) ha procedido con el registro
del Formato SNIP 15 y 16 del PIP denominado "AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL CANAL LLULLCCA- DISTRITO DE LLAMELLIN, PROVINCIA DE ANTONIO RAYMONDI, REGION ANCASH ", Al respecto el
marco normativo de la Directiva del SNIP, en el artículo 27.4 señala: "Para efectos de lo dispuesto en el presente artículo, la UE, bajo responsabilidad, debe informar sobre las variaciones antes señaladas al órgano que declaró a viabilidad o al que resulte competente en el momento en que se produzcan tales cambios, con un plazo mínimo de 20 días hábiles antes de su ejecución".
En consecuencia, al haber cumplido la Gerencia Regional a su cargo con el procedimiento de sustento, resalto que lo solicitado ha sido atendido tal como se concluye en el informe adjunto elaborado por la OPI.
BJRN/ydpgr C.c.
-SGI Archivo
Atentamente
J
-
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANTA
LEY••1:s•s
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente documento el Contrato de Locación de Servicios- Elaboración de Estudio a Nivel de
Perfil, en adelante "EL CONTRATO", en el que interviene de una parte LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE ANTA identificado con RUC. N° 20222120951 , con domicilio en la Plaza de Armas s/n
Distrito de Anta, representado por su Al calde Sr. Flavio David Obispo Crispín, identificado con DNI N°
32028574, en adelante LA MUNICIPALIDAD y de la otra parte el señor Ingeniero Civil JORGE
ALBERTO VERAMENDI SILVA, con CIP 70947 identificado con DNI N° 31822135, con domicilio
Legal en el Jr. Yillayzan N° 590 Nicrupampa - Huaraz en adelante "EL CONTRATADO"; en los términos
y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA: BASE LEGAL
El presente contrato se celebra exclusivamente al amparo de las siguientes disposi ciones.
• Constitución Política del Estado.
• Código Civil.
• Ley N° 27293, Ley q ue crea el Sistema Nacional de Inversi ón Pública y modificaci ones.
• Resolución Directora] N° 003-2001-EF/6801; que aprobó la di rectiva General del Sistema Nacional
de Inversión Pública.
• Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento y demás normas conexas.
• Ley N° 27444, .Ley de Procedimiento Admi nistrativo General.
• Plan Anual de Presupuesto del Sector Público.
• Ley N° 27815, Código de Ética de la Fu nción Pública y normas com plementarias.
• Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de impacto ambiental.
• Ley 27972 Orgánica de Mu nicipalidades.
• Las demás d isposiciones rel acionadas directamente con las normas anteriormente mencionadas.
(Plaza de Armas S/N] E-mail: munianta2012@hotmail.com Telf.: 443132
-
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANTA
l:.=: CLAUSULA SEGUNDA.- OBJETO DEL CONTRATO
Por el presente instrumento, LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO para la
elaboración del Estudio a N ivel de Perfil del proyecto "MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL
SERVICIO DEL CANAL DE RIEGO SACCHA- PARIAHIRCA- ANTA".
LA MUNICIPALIDAD se reserva el derecho de efectuar el control y seguimiento de la prestación del
SERVICIO por parte de EL CONTRATADO, mediante las acciones que considere pertinentes.
CLAUSULA TERCERA.- MONTO DEL PAGO
LA MUNICIPALIDAD. Pagará como retribución a EL CONTRATADO, por la prestación del servicio, la
suma de S/. 7,500.00 (SIETE MIL QUINIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), la misma que incluye
todos los tributos que establezcan las normas legales pertinentes, en adelante EL PAGO.
EL CONTRATADO reconoce que el monto de EL PAGO incluye todos l os costos por concepto de
honorarios, organización técnica y adm inistrativa, tributos y cualquier otro gasto necesario para la correcta
elaboración del Estudi o.
CLAUSULA CUARTA.- OPORTUNIDAD DE PAGO LA MUNICIPALIDAD se obliga a pagar a EL CONTRATADO el 100% del monto señalado en la
cláusula Tercera, cuando el estudio a que refiere la Cláusula primera se encuentre viabilizado en la OPI de la
Municipalidad Distrital de Taricá, para ello bastará la sola entrega del Informe Final que deberá ser ingresado
por mesa de partes de LA MUNICIPALIDAD .
CLAUSULA QUINTA.- DEL PLAZO DEL CONTRATO De acuerdo a lo especificado en las bases será de 30 días calendarios y concluirá con la conformidad de LA
MUNICIPALIDAD.
[Plaza de Armas S/N] E-mail: munianta2012@hotmail.com Telf.: 443132
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANTA
CLAUSULA SEXTA.- O.E L,\S OllllGACIONES Y RF.SPONSABIUDADES
El CONTRATADO deberá presentar el Estudio en mención, en 02 ejemplares m(tS el CO correspondiente.
Ademas se compromete y se obliga bajo responsabilidad a cumplir con las obligaciones y/o responsabilidades
pactadas en El,CONTRATO.
CLAOSU!A SEPTIMA:RELACION CONTRACTUAL
Por su modalidad, el presente Contrato no implica relación laboral alguna con la Entidad, no encontrándose
El CONTRATADO bajo dependencia o subordinación de L;\ MUNICIPALIDAD. por lo que su
celebración nogenera para EL CONTRATADO ninguno de los benefocios previstos en la legislación laboro!
nacional, por encontrarse sujeto bajo la aplicación del Código Civil.
:·- CL,\USULAOCTAVA:CUMPLil\11tNTODEI.C0NTRATO f<-) \';; Por el mérito de la suscripción del presente contrato, El CO:-ITRATADO declara bajo juramento que se
·.
•'
compromete a cumplir fielmente eon el objeto del contrato.
·CUSULA NOVENA: OECLARACION J URADA DEL LOCADOR
.RL CONTRATADO, declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del
presente commto, bajo sunción de que LA M UNI CI PA LH>AO informe a los ól'!,'llnos pertinentes y así lograr
)a inhabil itación para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLAUSU LA OECJMA: Rt:SPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
La confollDidad del servicio por parte de LA MU NICLPALIOAD no enerva su derecho a reclamar
pos1eriormcnte por defectos o vicios ocultos.
[Plaza de Armas S/N] E-mail: mun ianta 2012@hotmail.com Telf.:443132
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANTA
CLAUSULA DECIMA PRIM ERA: PE ALIDADES POR RETRASO INJUSTJFICA DO
No se determinarán las penalidades por retraso injustificado, por el fundamento expuesto en l a cláusula
Séptima.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA : RESOLUCION DEL CONTRATO
Las partes acuerdan que en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por EL CONTRATADO,
LA MUNICIPALIDAD requerirá mediante Carta Notarial la satisfacción de su prestación, dentro del plazo
no menor quince días (15), bajo apercibimiento, que en caso contrario, el contrato quede resuelto de pleno
derecho; quedando a cargo de EL COl\TRATADO la indemnización por daños y perjuicios a favor de la
Municipalidad Distrital de Anta, conforme a lo establecido en los Art. 1428 y 1429 del Código Civi l.
Igualmente EL CONTRATADO podrá resol ver el presente contrato, por incumpl imiento de algunas de las
obligaciones asumidas en el presente contrato. La resolución se formaliza a través de la carta notarial
respectiva.
1
CLAUSULA DECIMA TERCERA: VERACIDAD DEL DOMICILIO
Las partes señalan como domici lio legal l as direcciones que figuren en la introducción del presente contrato,
lugar donde se les cursara vál idamente las notificaciones de ley; y en el su puesto que varíen, deberán ser
'informadas en plazo no menor de 15 días..
CLAUSULA DECIMA CUARTA:RESOLUCION DEL CONTRATO
Las partes acuerdan que en caso de incumplimiento de l as obligaciones asumi das por EL CONTRATADO,
LA MUNICIPALIDAD requeri rá mediante Carta Notarial l a satisfacción de su prestación, dentro del plazo
no menor quince días (1 5), bajo apercibimiento, que en caso contrario, el contrato quede resuelto de pleno
derecho; quedando a cargo de EL CONTRATADO la indemnización por daños y perjuicios a favor de la
Municipalidad Distrital de Anta, conforme a lo establecido en los Art. 1428 y 1429 del Código Civil.
Igualmente EL CONTRATADO podrá resolver el presente contrato, por incumplimiento de algunas de las
obligaciones asumidas en el presente contrato. La resolución se formaliza a través de la carta notarial
respectiva.
(Plaza de Armas S/N] E-mail: munianta2012@hotmail.com Telf.: 443132
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANTA
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CLAUSULA DECIMA QUINTA: VERACIDAD DEL DOMICILIO
Las partes señalan como domicil io legal las direcciones que figuren en la introducción del presente contrato,
lugar donde se les cursara válidamente l as notificaciones de ley; y en el supuesto que varíen, deberán ser
informadas en plazo no
CLASULA DECIMOSEXTA:DISPOSICIONES FINALES
Es voluntad de las partes no transgredir lo señalado en el contrato. Los aspectos que no se hayan contem plado
en el mismo, serán regulados supletoriamente por aquellas normas conexas.
De acuerdo con las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de
conformidad en la cuidad de Anta a los 08 días del mes de octubre del 2012.
[Plaza de Armas S/N] E-mail: munianta2012@hotmail.com Telf.: 443132
CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORIA PARA LA FORMULACION DE EXPEDIENTE TECNICO
Conste por el presente documento, el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS, que celebran de una parte LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YURACMARCA, con RUC N° 20146926062, con domicilio legal en la plaza de armas S/N, del Distrito de Yuracmarca, debidamente representado por su acl alde, señor PABLO PEDRO LOPEZ PAULINO, a quien en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD; y de otra parte El Señor. JORGE ALBERTO VERAMENDI SILVA con D.N.I. 31822135, con domicilio en el Jirón Daniel Villayzan N o 590, Nicrupampa - Huaraz, Quien en adelante se denominará EL LOCADOR. El presente contrato se celebra en los términos y condiciones siguientes:
1.-LA MUNICIPALIDAD dentro de su Plan de Trabajo ha programado la IMPLEMENTACION DE LA PISCIGRANJA DE SECSI y para la formulación del expediente técnico del proyecto, contrata los servicios profesionales del LOCADOR
2.- por el mérito de la suscripción del presente contrato, El LOCADOR, declara bajo juramento que no se encuentra comprendido en ninguno de los impedimentos a que se refiere el Art. 10° del T.U.O de la Ley de Contrataciones con el Estado, que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado, asimismo declara que tiene conocimiento de las sanciones estipuladas de la norma citada, de su Reglamento y demás normas conexas.
3.- la entrega del expediente técnico se hará dentro de los 30 días calendarios, contados a partir de la suscripción del presente contrato, es decir contados a partir del 10 de agosto del 2012, la entrega del expediente técnico se efectuara mediante documento en mesa de partes de la Municipalidad Oistritalde Yuracmarca, en original y una copia magnética, Como pago por Honorarios LA MUNICIPALIDAD . Abonara al LOCADOR la suma de 5,050.00 nuevos soles (cinco mil cincuenta con 00/100, Nuevos soles) previo informe de conformidad por elresponsable del Area técnica.
4.- el presente contrato podrá ser resuelto por cualquiera de las partes por el incumplimiento de alguna de las clausulas establecidas, la resolución se formalizara a través de una carta Notarial respectiva siendo de aplicación los dispuesto en el Art. 42° y 44o delTexto Único Ordenado de la Ley de contrataciones con el Estado, así como el de su reglamento, y en el supuesto caso de ventilarse alguna controversia judicia,l las partes se someten expresamente a la Jurisdicción y competencia de los Jueces de la Provincia de Huaylas.
El presente Contrato se celebra y suscribe en Yuracmarca, los 1O días del mes de Agosto del año 2012.
CURRÍCULUM VITAE
JORGE ALBERTO VERAMENDISILVA Jirón DANIEL VILLAYZAN N° 590- HUARAZ
• Teléfono
043- 587014 1 043-943285061 1043-9435020101RPM *563720 • Fecha de Nacimiento
06 de Agosto de 1968 • Documento Nacionalde Identidad
318221 f) .- iii;íüiie Conducír
Categoría A-1 No: AD-0195141 • E-mail
jveramendis@yahoo.com
Formación • UNIVERSIDAD NACIONAL DE ANCASH SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO
Facultad de Ciencias Agrarias.
Bachiller en Ingeniería Agrícola.
Tercio Superior
1995-2000
Bachiller en Ingeniería Agrícola. 1995-2000
Ingeniero Agrícola. 2001
Colegiatura: Registro Nacional del Colegio
De Ingenieros del Perú N° 70947. 2002.
Huaraz- Perú.
• UNIVERSIDAD LOA ÁNGELES DE CHIMBOTE
Facultad de Ingeniería
Bachiller en Ingeniería civil
Ingeniero Civil.
2005-2006.
2006.
ngeme·o Jorge Alberto Veramend1 Silva
) g na 1 de 12
CONSTANCIA DEL RNP Página 1 de 1
RUC N° 10318221354
REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES
CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN PARA SER PARTICIPANTE, POSTOR Y CONTRATISTA
VERAMENDI SILVA JORGE ALBERTO
Domiciliado en: JIRON F. SAL Y ROSAS 1277 /ANCASH-HUARAZ-HUARAZ (Según información declarada en la SUNAT)
Se encuentra con inscripción vigente en Jos siguientes registros:
--- ---·-- PROVEEDOR DE SERVICIOS
Vigencia
Renovación Anticipada
Socios en común con (RUCs) :
Desde 23/03/2012 hasta 23/03/2013 NO
NO TIENE
FECHA IMPRESÓI N: 13/09/2012
Nota: Para mayor información la Entidad deberá verificar el estado actual de la vigencia de inscrpi ción del proveedo r en la página web del RNP: www.rnp.gob.pe- opción Ver fi que su Inscripción.
&....------------------- --------- -- --··-"
http://www.mp.gob.pe/Constanci a/RNP_Constancialdefault_Todos.asp?RUC=10318221... 13/09/2012
-
rl(t!ri
u'ilt_,..·
Municipalidad Provincial de Carhuaz - . ·---
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS EN SU MODALIDAD DE
LOCACION DE SERVICIOS N° 221-2012-MPC
Conste por el presente documento el Contrato de Locación de Servicios N° 221-2012- MPC que celebran de una parte la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ, identificada con Registro Único de Contribuyente R.U.C. N° 20188903488 con domicilio legal en la Avenida La Merced N° 653, debidamente representada por su Alcalde, el Profesor José Maurino Mejía Solórzano, identificado con D.N.I. N° 32021977, a quien en lo sucesivo se denominará LA ENTIDAD; y de otra parte don JORGE ALBERTO VERAMENDI SILVA, identificado con D. N.!. N° 31822135, con RUC N° 10318221354, con domicilio en el Jr. Daniel Villayzan N° 590-lndependencia-Huaraz-Ancash, a quien en lo sucesivo se denominará EL LOCADOR; en los términos contenidos en las cláusulas siguientes:
OBJETO DEL CONTRATO: PRIMERA: Por el presente contrato, EL LOCADOR se obliga a prestar sus servicios a favor
/.'( í5:í.D"?R de LA ENTIDAD, a título de locación de servicios en los términos pactados en este contrato. ¡¡ ,'.·; :;;-;_--...:..,o_ &- Por su parte, LA ENTIDAD se obliga a pagar a EL LOCADOR el monto de los honorarios por
"%: sus servicios prestados pactados e_n la cláusula cuarta, en la forma y oportunidad convenidas.
,\'5:'" F- CARACTER ES Y FORMA DE PRESTAR EL SERVICIO: \.:-',;..J:I-¡,· SEGUNDA: El servicio materia de este contrato es la elaboración ·del estudio de pre inversión
¡;s a nivel de perfil del proyecto: "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA PROVINCDI CRHUA, REGIÓN ANCASH".
.-· / \ \ TERCERA: El servicio objeto· de la prestación a cargo de EL LOCADOR tiene carácter \?( AsEso r, .E personal, parlo que este deberá realizar dicho servicio sin valerse de auxiliares o sustitutos, ni ·{\,wntrn • de ningún tipo de colaboración, salvo que por razones especiales que lo autorice
expresamente y por escrito LA ENTIDAD. · ·
HONORARIOS:FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO: CUARTA: Las partes acuerdan que el monto de los honorarios que pagará LA ENTIDAD en calidad de contraprestación por lqs servicios prestados por EL LOCADOR, asciende a la suma de S/. 10,500.00 (DIEZ MIL QUINIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), incluido los impuestos de ley. El pago de la retribución antes mencionada se afectará a la Meta 0019- ELABORACIÓN DE ESTUDIOS Y PERFILES, conforme a la Certificación Presupuesta! N° 00001711-2012-0PyP.
El pago de los honorarios pactado$ se' efectuará previa conformidad de la Unidad Formuladora y la Oficina de Programación e Inversiones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz.
NATURALEZA DEL CONTRATO: QUINTA: El presente contrato es de naturaleza civil, por lo tanto queda establecido que EL LOCADOR no está sujeto a relación de dependencia frente a LA ENTIDAD, y en tal sentido aquel tiene plena libertad en el ejercicio de sus servicios, procurando cautelar eficientemente los intereses de éste, máxime cuando el presente es de naturaleza Civil y se encuentra regulado por el Art. 1764° y siguientes del Código Civil.
PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATO:
SÉXTA: El presente contrato está conformado además por los TÉRMINOS DE REFERENCIA, en el que se establece los contenidos mínimos que debe tener el perfil según el SNIP, sus obligaciones y los detalles de informes a presentar; el locador declara conocer y cumplir con estos contenidos requeridos.
Av. La Merced N° 653 - Plaza de Armas Carhuaz - Telefax: 043 - 394249
Municipalidad Provincial de Carhuaz ------------------------------------
PLAZO DEL CONTRATO: SETIMA: Las partes convienen que el plazo de este contrato será de duración determinada, teniendo como inicio el 06 del mes de Agosto del año 2012, y su vigencia se extenderá hasta el día 04 de Setiembre del 2012, de acuerdo a las condiciones dispuestas y las coordinaciones con el Área que supervisa el trabajo ejecutado. Queda entendido que LA ENTIDAD no está obligado a dar aviso alguno adicional referente al término del contrato, operando su extinción en la fecha de su vencimiento.
SUPERVISIÓN Y CONFORMIDAD DEL SERVICIO
OCTAVA: La supervisión del presente servicio estará a cargo de la Unidad formuladora y la Oficina de Programación e Inversiones para su respectiva conformidad del servicio conforme a lo dispuesto en el artículo 176° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
De haber observaciones se comunicara al LOCADOR, dándose un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL LOCADOR no cumpliese a cabalidad con la subsanación de las observaciones, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.
Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones requeridas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuara la recepción y de hacerlo lo devolverá, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan y/o resolución del contrato.
PENALIDADES
NOVENA: si el locador incurre en retraso injustificado de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicara al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente a diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse en concordancia con el artículo 165° Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente formula.
0.10 x monto
Penalidad Diaria= _ _ Fx plazo en días
F= 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o; F= 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento. La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el código civil y demás normas concordantes.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES: DECIMA: LA ENTIDAD está obligada a pagar los honorarios de EL LOCADOR, en la forma y oportunidad pactados en la cláusula cuarta de este contrato.
DECIMO PRIMERO: LA ENTIDAD se compromete a entregar oportunamente a EL LOCADOR todos los bienes, documentos e información que éste necesite para la prestación de sus servicios, así como a prestar su colaboración y participación en el desarrollo de estos cada vez que EL LOCADOR lo requiera.
DECIMO SEGUNDO: EL LOCADOR, por su parte, se obliga a ejecutar la prestación a su cargo en la forma más diligente posible, conforme lo indica el Termino de Referencia materia de su contratación.
Av. La Merced N° 653 - Plaza de Armas Carhuaz - Telefax: 043 - 394249
DECIMO TERCERO: Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución de este contrato, las partes se someten a la competencia territorial de las autoridades judiciales de la Provincia de Carhuaz.
DOMICILIO: DECIMO CUARTO: Para la validez de todas las comunicaciones y notificaciones a las partes, con motivo de la ejecución de este contrato, ambas señalan como sus respectivos domicilios los consignados en el exordio de este documento. El cambio del domicilio de cualquiera de las partes surtirá efecto desde la fecha de comunicación de dicho cambio a la otra parte, por cualquier medio escrito.
APLICACI ÓN DEL CODIGO CIVIL: DECIMO QUINTO: En lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambas se someten a lo establecido por las normas del Código Civil vigente y demás del sistema jurídico peruano que resulten aplicables.
DECIMO SEXTO: DECLARACION JURADA DEL LOCADOR El LOCADOR declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente centrato y que no tiene impedimento ni incompatibilidad legal para contratar con LA ENTIDAD: ·
DECIMO SÉTIMO: RéioLUCION DEL CONTRATO LA ENTIDAD podrá resolver 1 contrato, de sobrevenir incompatibilidades y/o detectarse vicios ocultos, o en caso'd;e Incumplimiento de las Obligaciones del L"OCADOR, previa comunicación escrita con una antiCipación· de 1O días, de conformidad con er código civil.
En señ l de conformidad las partes suscriben este documento, en vías de regularización y paracefectos de pago, en la ciudad de Carhuaz, el 06 de Agosto de 2012.
'· ' '
LA E TIDAD EL LOCADOR
...
Av. La Merced No 653 - Plaza de Armas Carhuaz - Telefax: 043 - 394249
¡
CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORIA PARA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TECNICO
Conste por el presente documento el contrato de Servicios para elaboración de Expediente Técnico, que celebran de una parte, La Municipalidad Distrital de Yuracmarca, con RUC N° 20146926062, debidamente representada por su Alcalde Señor Pablo Pedro López Paulino; con DNI N° 08284465 con domicilio en la Plaza de Armas SIN a quien en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD y de otra parte, el Ingeniero Jorge Alberto Veramendi Silva , con DNI N° 31822135, con CIP N° 70947,con domicilio en el Jirón Daniel Villayzan N° 590, Nicrupampa-Huaraz, quien en adelante se denominara EL CONTRATISTA , en los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA: OBJETO
La Municipalidad Distrital de Yuracmarca, para el cumplimiento de sus programas,
metas y objetivos, requiere contar con profesional Ingeniero Civil , para la elaboración de Expediente técnico del proyecto "Ampliación y Mejoramiento del
e-i gistema de Agua Potable de Quitaracza del Distrito de Yuracmarca de la Provincia de e Huaylas, departamento Ancash"
'(; tQ .
· " LAUSUL
A SEGUNDA: FINALIDAD DEL CONTRATO
! La finalidad del presente contrato es que se lleve el servicio mencionado en la cláusula precedente de acuerdo a las obligaciones emanadas, del contrato, del ofrecimiento económico del contratista y del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. N°1017-EF, y su Reglamento D.S. N° 184-2008-EF, en adelante LA LEY y EL REGLAMENTO.
CLAUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL Y FORMA DE ENTREGA
El monto total del servicio materia del presente contrato asciende a la suma de S/. 4,200.00 (cuatro mil doscientos con 00/100) nuevos soles, incluido IGV. La misma que será abonada contra entrega del expediente materia del contrato.
Este monto comprende el costo del servicio e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.
Debiendo el Consultor presentar el Expediente técnico en medio escrito, en original y copia debidamente foliados y firmados, así como en medio digital.
CLAUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO
LA MUNICIPALIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en nuevos soles, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 180° de EL REGLAMENTO, para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un
- ..-- ----=P- LAZA DE ARMAS S/N- PROVINCIA DE HUAYLAS ···ANCASH _,
plazo que no excederá de los diez (10) días de ser estos recibidos, a fin de permitir que el pago se realice dentro de los diez (10) días siguientes.
CLAUSULA QUINTA: VIGENCIA DEL CONTRATO
El plazo contractual será de 30 días calendario, el mismo que empezará a regir a partir del día siguiente de la suscripción del contrato
CLAUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por la oferta del consultor y los documentos derivados de la elaboración del Expediente técnicos y demás que establezcan obligaciones para las partes.
CLAUSULA SETIMA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO
La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el Artículo 176° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. En tal sentido, el área responsable de emitir la conformidad del servicio es el responsable de. dar la respectiva conformidad quien es designado por la entidad quien emitirá un Acta de
(" 1f:p_j;::_-_eonformidad del Servicio donde se precise la aprobación de la elaboración del Expediente técnico.
En el caso de existir observaciones se levantará un Acta de Observaciones, en la que se indicará claramente en que consisten éstas, dándole a EL CONTRATISTA un plazo prudente para su subsanación, según los plazos establecidos en EL REGLAMENTO.
CLAUSULA OCTAVA: DECLARACION JURADA DEL CONTRATISTA
El Consultor declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente Contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
USULA NOVENA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
La conformidad del servicio por parte de LA MUNICIPALIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos.
CLAUSULA DÉCIMO: PENALIDADES POR RETRASO INJUSTIFICADO
Si EL CONSUTOR incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA MUNICIPALIDAD le aplicará en todos los casos, una penalidad por cada día calendario de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual, en concordancia con el artículo 165° de EL REGLAMENTO. La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
J PLAZA DE ARMAS S/N -PROVINCIA DE HUAYLAS- ANCASH
GOBIERNO REGIONAL ANCASH RUC N2 20530689019
CONTRATO N2 CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
_J 1_,1 j" r 'l -2012-GRA-GRAD-
Conste por el presente documento el contrato de Locación de Servicios, que celebran de una parte, el Gobierno Regional Ancash, con domicilio legal en el campamento Vichay S/N, representado por Gerente Regional de Administración del Gobierno Regional de Ancash, C.P.C. LEONCIO BENITO MAURICIO CHU, identificado con DNI. N° 15725956, con las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 299-2011-GRA PRE, a quien en adelante se le denominará EL COMITENTE; y otra parte el Ingeniero Agrícola C.I.P N" 70947 JORGE ALBERTO VERAMENDI SILVA,identificado con DNI., W 31822135, RUC N° 10318221354, domiciliado en Jr. Daniel Víllayzan N" 590, Independencia - Huaraz, Ancash a quien en adelante se le denominará EL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO
·t Que, mediante la presente EL COMITENTE contrata los servicios de EL LOCADOR para que brinde los servicios de un consultor o empresa consultora para la elaboración del estudio de pre inversión a nivel de perfil : "Mejoramiento de la Calle Túpac Amaru en la Localidad de Mangas, Distrito de Mangas, Provincia de Bolognesi, Departamento de Ancash", en el marco de las normas que establece la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública aprobado por Resolución Directora! N° 003-2011-EF/68.01, de acuerdo a lo detallado en las obligaciones.
CLÁUSULA SEGUNDA: VIGENCIA DEL CONTRATO
El plazo de ejecución comprenderá de treinta (30) días calendarios, correspondiente al mes de Noviembre del 2012, conforme a los términos de la referencia para la presente contratación.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO
El Locador, recibirá como honorarios profesionales por los servicios prestados, la suma de S/10,900.00 (Diez Mil Novecientos y 00/100 Nuevos Soles); incluidos los impuestos y retenciones de Ley.
El pago por los servicios debe ser proporcional con el avance y con la entrega del mismo, siendo:
} 40% a la presentación del perfil en la Unidad Formuladora del Gobierno Regional de Ancash, e inscripción en el Banco de Proyectos del SNIP, el cual será elevado a la OPI Regional para su respectiva Evaluación.
> 60% a la APROBACIÓN o DECLARACIÓN de viabilidad del perfil por la OPI Regional.
El egreso del gasto que demande el presente servicio se efectuará de acuerdo a la siguiente Estructura Presupuesta!:
Fuente de Financiamiento: 5 Recursos Determinados Partida de Gasto: 2.3 Bienes y Servicios. Rubro: 18 Canon y Sobrecanon, regalías, renta de aduanas y participaciones. Mnemónico: 0162 Perfiles de Inversión.
CLÁUSULA CUARTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES
n obligaciones del LOCADOR: • Realizar servicios de Consultoría para la elaboración del estudio de pre inversión a nivel de perfil:
"Mejoramiento de la calle Túpac Amaru en la localidad de Mangas, Distrito de Mangas, Provincia de Bolognesi, Departamento de Ancash".
• Presentar la Formulación del estudio de Pre inversión de acuerdo con los contenidos mínimos exigidos con la Directiva General del SNIP vigente y los anexos solicitados en el ítem 3 del presentar TDR.
• Presentar un (01) original del estudio con la información impresa y digitalizada en los programas con los que realizo el trabajo 0/Vord, Excel, S10, Ms Project, autocad, etc.).
• Una vez viables, se deberá presentar tres copias del estudio que se declaro viable el cual deberá de estar firmado por cada profesional solicitado en el presente TDR.
• La presentación del PIP se realizará con una carta en hoja menbretada consignado los datos (Dirección física, teléfono y correo electrónico) del CONSULTOR.
• Se adjuntará también la copia del contrato y términos de referencia. • Asimismo, EL LOCADOR se compromete a cumplir con todas las obligaciones objeto del presente
contrato así como las estipuladas en los Términos de Referencia y disposiciones legales administrativas afín al servicio prestado, asumiendo la responsabilidad por los perjuicios que ocasione a EL COMITENTE.
CampamentoVichay S/N Independencia - Huaraz043-421152
CONTRATONQ J ¡j ''. f) -2012-GRA-GRAD- .!.' j \J
GOBIERNO REGIONAAl NCASH
RUC N• 20530689019
CLÁUSULA QUINTA: CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
EL LOCADOR es responsable de la confidencialidad que implique toda información que llegue a su conocimiento en relación a las actividades de EL COMITENTE y su relación con terceros, así como todo aquello que sea generado por EL LOCADOR, producto del presente contrato, será de propiedad de EL COMITENTE. Esta obligación subsistirá una vez concluida el presente contrato y su incumplimiento genera la correspondiente responsabilidad por daños y perjuicios, sin perjuicio de la responsabilidad penal que se pudiera iniciar.
CLÁUSULA SEXTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato será resuelto por incumplimiento de EL LOCADOR de alguna de las obligaciones que haya sido previamente observada por EL COMITENTE, y no haya sido materia de subsanación. La resolución del contrato podrá hacerse en forma total o parcial, mediante la remisión por vía notarial del documento en el que se manifieste y el motivo que la justifica.
El contrato quedará resuelto de pleno derecho a partir de la recepción de dicha comunicación por EL LOCADOR., igual derecho asiste a EL LOCADOR ante el incumplimiento de EL COMITENTE, de sus obligaciones esenciales, siempre que se le haya emplazado mediante carta notarial, y ésta no haya subsanado su incumplimiento.
Asimismo EL COMITENTE, podrá resolver el presente contrato, en el momento que estime conveniente, luego de realizar las evaluaciones de carácter presupuestario y/o funcional.
CLÁUSULA SETIMA: DE LAS PENALIDADES
En caso de retraso y/o mora por parte del locador en el cumplimiento del presente contrato, el Comitente estará en la facultad de aplicar lo establecido en el artículo 1341 y 1342 del Código Civil Peruano, consistente en una penalidad del 1% del monto contractual por día de retraso y hasta el 10% del mismo, en cuyo caso se podrá resolver el contrato, bastando para ello cursar una carta simple.
CLÁUSULA OCTAVA: SOBRE DECLARACION JURADA DE AUSENCIA DE INCOMPATIBILIDADES
PARA CONTRATAR CON EL ESTADO.
De conformidad con el artículo 2° del DECRETO SUPREMO N° 034-2005-PCM que modifica los artículos del Reglamento de la Ley N° 26771 y dispone el otorgamiento de Declaración Jurada para prevenir casos de Nepotismo, elLocador ha efectuado el otorgamiento de la Declaración Jurada, documento que forma parte de los antecedentes del presente contrato.
CLÁUSULA NOVENA: ASPECTOS VINCULADOS CON LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Por su naturaleza Civil, el presente contrato no implica relación laboral alguna con EL COMITENTE, no encontrándose EL LOCADOR bajo la dependencia o subordinación de EL COMITENTE, por lo que su celebración no genera ninguno de los beneficios previstos en la legislación laboral, ni derechos a EL LOCADOR, con respecto a los servidores de la Administración Pública.
CLÁUSULA DECIMA: DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE
De acuerdo a todo lo establecido y señalado en el presente contrato, este regirá por las normas del Código Civil Peruano, Ley N° 29812- Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal2012, así como la Ley 27444 del Procedimiento Administrativo General en lo que fuera aplicable.
CLÁUSULA DECIMA PRIMERA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
En caso de producirse conflictos derivados del presente contrato, ambas partes optarán por resolverlo en el Trato Directo, caso contrario se someterán expresamente a la jurisdicción de los jueces de la ciudad de Huaraz.
En señal de conformidad, ambas partes declaran no mediar vicio u omisión que pueda acarrear la nulidad o anulabilidad del presente contrato y firman el presente, en vías de regularización a los cuatro (04) días del mes de Diciembre de 2012.
CampamentoVichay S/N Independencia-Huaraz043-421152
CONTRATO N• 1) 5 7 0 -2012-GRA-GRAD-SGASA
RUC N2 20530689019
generado por EL LOCADOR, producto del presente contrato, será de propiedad de EL COMITENTE. Esta obligación subsistirá una vez concluida el presente contrato y su incumplimiento genera la correspondiente responsabilidad por daños y perjuicios, sin perjuicio de la responsabilidad penal que se pudiera iniciar.
CLÁUSULA SEXTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato será resuelto por incumplimiento de EL LOCADOR de alguna de las obligaciones que haya sido previamente observada por EL COMITENTE, y no haya sido materia de subsanación. La resolución del contrato podrá hacerse en forma total o parcial, mediante la remisión por vía notarial del documento en el que se manifieste y el motivo que la justifica.
El contrato quedará resuelto de pleno derecho a partir de la recepción de dicha comunicación por EL LOCADOR., igual derecho asiste a EL LOCADOR ante el incumplimiento de EL COMITENTE, de sus obligaciones esenciales, siempre que se le haya emplazado mediante carta notarial, y ésta no haya subsanado su incumplimiento.
Asimismo EL COMITENTE, podrá resolver el presente contrato, en el momento que estime conveniente, luego de realizar las evaluaciones de carácter presupuestario y/o funcional.
CLÁUSULA SETIMA: DE LAS PENALIDADES
En caso de retraso y/o mora por parte del locador en el cumplimiento del presente contrato, el Comitente estará en la facultad de aplicar lo establecido en el articulo 1341 y 1342 del Código Civil Peruano, consistente en una
} penalidad del 1% del monto contractual por dia de retraso y hasta el 10% del mismo, en cuyo caso se podrá esolver el contrato, bastando para ello cursar una carta simple.
J ,LÁUSULA OCTAVA: SOBRE DECLARACION JURADA DE AUSENCIA DE INCOMPATIBILIDADES vosoo l') PARA CONTRATAR CON EL ESTADO.
9 >s _1e\>JOVt. ?
De conformidad con el artículo 2° del DECRETO SUPREMO N° 034-2005-PCM que modifica los artículos del Reglamento de la Ley N° 26771 y dispone el otorgamiento de Declaración Jurada para prevenir casos de Nepotismo, el Locador ha efectuado el otorgamiento de la Declaración Jurada, documento que forma parte de los antecedentes del presente contrato.
CLÁUSULA NOVENA: ASPECTOS VINCULADOS CON LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Por su naturaleza Civil, el presente contrato no implica relación laboral alguna con EL COMITENTE, no encontrándose EL LOCADOR bajo la dependencia o subordinación de EL COMITENTE, por lo que su celebración no genera ninguno de los beneficios previstos en la legislación laboral, ni derechos a EL LOCADOR, con respecto a los servidores de la Administración Pública.
CLÁUSULA DECIMA: DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE
De acuerdo a todo lo establecido y señalado en el presente contrato, este regirá por las normas del Código Civil Peruano, Ley N° 29812- Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2012, así como la Ley 27444 del Procedimiento Administrativo General en lo que fuera aplicable.
CLÁUSULA DECIMA PRIMERA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
En caso de producirse conflictos derivados del presente contrato, ambas partes optarán por resolverlo en el Trato Directo, caso contrario se someterán expresamente a la jurisdicción de los jueces de la ciudad de Huaraz.
En señal de conformidad, ambas partes declaran no mediar vicio u omisión que pueda acarrear la nulidad o anulabilidad del presente contrato y firman el presente, en vías de regularización a los diecinueve (19) días del mes de Julio de 2012.
JORGE ALBERTO VERAMENDI SILVA DNI. N° 31822135
Campamento Vichay S/N Independencia-Huaraz 043-421152
1 CONTRATO N• 0 5 7 0 -2012-GRA-GRAD-SGASA m
GOBIERNO REGIONAL ANCASH
RUC N• 20530689019
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Conste por el presente documento el contrato de Locación de Servicios, que celebran de una parte, el Gobierno Regional Ancash, con domicilio legal en el campamento Vichay S/N, representado por Gerente Regional de Administración del Gobierno Regional de Ancash, C.P.C. LEONCIO BENITO MAURICIO CHU, identificado con DNI. N° 15725956, con las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 299-2011-GRA PRE, a quien en adelante se le denominará EL COMITENTE; y otra parte el Ingeniero Agrícola C.I.P W 70947 JORGE ALBERTO VERAMENDI SILVA, identificado con DNI., N° 31822135, RUC N° 10318221354, domiciliado en Jr. Daniel Villayzan W 590, Independencia - Huaraz, Ancash a quien en adelante se le denominará EL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO
Que, mediante la presente EL COMITENTE contrata los servicios de EL LOCADOR para que brinde los servicios de Consultoría para la Elaboración de Verificación de Viabilidad del Estudio de Pre Inversión Pública: "Ampliación y Mejoramiento del Canal Llulluc¡;¡, Distrito de Llamellin, Provincia de Antonio Raymondi - Región Ancash", en el marco del regf¡;¡mento del sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado por el Decreto Supremo W 102-2007-EF, que se encuentra en vigencia desde el 02 de Agosto de 2007 y la Directiva General del sistema Nacional de inversión Pública aprobado por resolución Directora! W 003-2011-EF/68.01; para la Unidad Formuladora- Gerencia Regional de Infraestructura, de acuerdo a lo detallado en las obligaciones.
VIGENCIA DEL CONTRATO
comprenderá el mes de Julio del 2012, conforme a los términos de la referencia para la
MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO
El Locador, recibirá como honorarios profesionales por los servicios prestados, la suma de SI 3,500.00 (Tres Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles); incluidos los impuestos y retenciones de Ley.
El pago se realizará:
)> 80% (2,825.00) a la presentación del informe de Verificación de Viabilidad a la Unidad Formuladora del Gobierno Regional de Ancash.
)> 20% (675.00) a la aprobación del informe de verificación de viabilidad con informe de conformidad por la OPI del Gobierno Regional de Ancash.
egreso del gasto que demande el presente servicio se efectuará de acuerdo a la siguiente Estructura
Presupuesta!: • Fuente de Financiamiento: 5 Recursos Determinados
Partida de Gasto: 2.3 Bienes y Servicios. Rubro: 18 Canon y Sobrecanon, regalías, renta de aduanas y participaciones.
• Mnemónico: 0162 Perfiles de Inversión.
CLÁUSULA CUARTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Son obligaciones del COMITENTE: Brindar información y/o documentos que se relacionen con los servicios a cargo del LOCADOR así como todas las facilidades que el caso requiera, para la mejor prestación del servicio.
Son obligaciones del LOCADOR:
Presentar el informe de Verificación de Viabilidad del Estudio de Pre Inversión Pública: Ampliación y Mejoramiento del Canal Llulluca, Distrito de Llamellin, Provincia de Antonio Raymondi - Región Ancash". Adjuntar información impresa y digitalizada en los programas con los que realizo el trabajo CWord, Excel, s1O, autocad, etc.) Se adjuntara a la presentación del informe de verificación de viabilidad, con una carta consignando los datos del profesional. Se adjuntara también copia del contrato y términos de referencia. Asimismo, EL LOCADOR se compromete a cumplir con todas las obligaciones objeto del presente contrato así como las estipuladas en los Términos de Referencia y disposiciones legales administrativas afín al servicio prestado, asumiendo la responsabilidad por los perjuicios que ocasione a EL COMITENTE.
CLÁUSULA QUINTA: CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
EL LOCADOR es responsable de la confidencialidad que implique toda información que llegue a su conocimiento en relación a las actividades de EL COMITENTE y su relación con terceros, así como todo aquello que sea
Campamento Vichay S/N Independencia-Huaraz 043-421152
FORMATON°3 NOMBRE DEL PERSONAL : FREDY ROMEL CADILLO ROSAS
CARGO PROPUESTO : ESPECIALISTA EN PRESUPUESTO Y EVALUACION ECONOMICA
NOMBRE DE LA OBRA ENTIDAD PROPIETARIA DE LA
OBRA
CARGO DESEMPEÑADO
FECHA DE INICIO
SERVICIO
FECHA FIN DE
SERVICIO
DURACION
SERVICIO
(DÍAS)
REQUERIMIENTO TECNICOMINIMO 1549 Responsable de la parte social en la ejecución de obras, elaboración de estudios de pre inversión y sensibilización a pobladores de las comunidades en la área de influencia del Proyecto San Luis.
Empresa Minera Silver
Standard,
ESPECIALISTA EN
ELABORACION DE
ESTUDIOS
01/11/2011
30/11/2012
395
Responsable de la parte técnica y financiera del proyecto de desarrollo ganadero, obteniéndose un resultado positivo en la instalación de pastos y la inseminación artificial en ovinos para una población de 3030 comuneros de la Comunidad Campesina de Ecash de la provincia de Carhuaz, departamento de Ancash.
FONDO MINERO ANTAMINA‐‐
CC ECASH
CORDINADOR Y
FACILITADOR DE
PROYECTO
15/01/2008
14/03/2011
1154
FORMATON°3 NOMBRE DEL PERSONAL : FREDY ROMEL CADILLO ROSAS
CARGO PROPUESTO : ESPECIALISTA EN PRESUPUESTO Y EVALUACION ECONOMICA
NOMBRE DE LA OBRA ENTIDAD PROPIETARIA DE LA
OBRA
CARGO DESEMPEÑADO
FECHA DE INICIO
SERVICIO
FECHA FIN DE
SERVICIO
DURACION
SERVICIO
(DÍAS) EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL PERSONAL 120
En la elaboración del PIP Mejoramiento de la infraestructura y equipamiento del puesto de salud de huashao del distrito y provincia de Yungay. Yungay julio del 2009.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE YUNGAY
CONSULTOR
01/07/2009
31/07/2009
30
: En la elaboración del PIP Construcción de muros y veredas en la Av. Centenario y el Jr. Ramírez, Distrito de Yungay provincia de Yungay. Yungay Enero del 2010.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE YUNGAY
CONSULTOR
01/01/2010
31/01/2010
30
: En la elaboración del PIP Mejoramiento de los puentes del sector chopijirca, Distrito de de San Miguel de Aco, provincia de Carhuaz ----
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
ACO
CONSULTOR
01/09/2009
01/10/2009
30
: En la elaboración del PIP Desarrollo Ganadero Vacuno en la comunidad Campesina de cajacay, Distrito de Cajacay, provincia de Bolognesi.
CONSULTORIA CHAVIN DE
HUANTAR
CONSULTOR 01/05/2008 31/05/2008 30
',_
Ji7r ¿....
@:
,
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS NO PERSONALES
20188903488 debidamente representado por su Gerente Municipal Econ. MURGA
,oAD 1) BONILLA José Luís debidamente identificado con DNI N° 07855966. con domicilio legal
y=::··.·;-i'
en la AV la Merced N° 653 que en adelante se le denominara. EL COMITENTE y de ;:..; :·-· ::, \otra parte el Econ. CADILLO ROSAS, Fredy Romel. en adelante EL LOCADOR con
, ·,';),2 R.U.C. N° 10403636113. con domicilio en la carretera central s/n altura Km. 599.
)!: -4[\'HUI'-"
Carhuaz, Departamento de Ancash.en los términos y condiciones siguientes.
,oAO p PRIMERA: MARCO LEGAL ...../----.....'Yo
_Rqr !t DE 'fí.LA MUNICIPALIDAD contrata con EL LOCADOR con arreglo a las funciones,
t. potestades y límites contenidos en la Ley ?rgánica de M nicipalidades (Ley N° _ ) 27972), la Ley de _ Presupuesto Del Sector Publico para el ano fiscal 2007 (Ley N°
C:.1R¡:..¡C)1>-"1o 28927), el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado aprobado por D.S NO 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por D.S N°
084-2004-PCM y demás normas pertinentes por la prestación del servicio detallado
en la clausula tercera.
) SEGUNDA:DECLARACION JURADA
EL LOCADOR declara bajo juramento :
• Que no tiene impedimento para contratar con el Estado, conforme el Artículo 9° del Texto Único ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y que tampoco se encuentra inhabilitada para contratar con el Estado;
• Que conoce, acepta y se somete a las condiciones y procedimientos para contratarlo;
• Que es responsable de la veracidad de los documentos e información que presenta;
• Que se compromete a cumplir con el objeto del contrato, bajo sanción de que9ar inhabilitado para contratar con el Estado por espacio de dos años en caso de incumplimiento;
• Que, conoce las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y su Reglamento, así como la Ley de
Procedimiento Administrativo General (Ley NO 27444) y demás disposiciones reglamentarias, complementarias y modificatorias;
TERCERA: OBJETO
de
rg"_[ OMUNIDAD CAMPESINA DE ECASH DE LA PROVINCIA DE CARHUAZ." que
a la Gerencia de Desarrollo Local de la Municipalidad
EL LOCADOR prestará el servicio materia de este contrato de acuerdo con las
especificaciones señaladas en la RESOLUCION DE CONTRALORIA N° 072-98-CG,
(;:::::,GOO. CONTRAPRESTAClON DEL SERVICIO
'''.... - . . C'/RH\JfJ- LA MUNICIPALIDAD abonará a EL LOCADOR la suma de S/. 2500.00 (Dos Mil
en la Municipalidad previa la presentación del
y la conformidad del informe de las usuaria del servicio en coordinación con
del presente Contrato es del periodo comprendido entre el 15 de
del 2008 al 15 de Marzo del 2008. No existe prórroga Tácita.
CONTROL Y SUPERVICIÓN
Municipalidad, a través de la Gerencia de Desarrollo Local, realizara el control y supervisión para el cumplimiento del siguiente contrato, debiendo emitir la
conformidad del servicio.
SEPTIMA: PROHIBICIONES
EL presente contrato es de carácter exclusivo de EL LOCADOR, no pudiendo ser objeto de materia se sesión, permuta, venta ni transferencia parcial o total a favor de terceros. Queda expresamente prohibida la subcontratación del servicio contratado.
OCTAVA: RESPONSABILIDAD Y CONFIDENCIALIDAD
EL LOCADOR garantiza ejecutar el servicio en forma óptima y eficiente, de acuerdo
a lo estipulado en el presente contrato.
Asimismo, EL LOCADOR se responsabiliza en forma total por la ejecución y cumplimiento del presente contrato, así como por lo errores, daños o perjuicios que se cause a la MUNICIPALIDAD o terceras personas, en la ejecución del mismo, originados ya sea en forma dolosa o por negligencia. Así mismo se compromete a
...:
. "
1:1\
':;i: CEHE.f)l f"- 1'- • • ' d b 1 d ( . .
/
mantener en forma reservada toda información que obtenga en virtud de la
prestación del servicio materia del presente contrato.
NOVENA: PENALIDADES
l) fltOVIHC - 4- L L_OCADOR por cada día que nos preste el servicio materia del presente contrato
f .,.. - cuando sea requerido, por causas injustificadas o porque le son imputables, LA
: M NICIPALIDAD le aplicara una penalidad de acuerdo a la siguiente formula: <¡}, . · $
-1tt,. '" 0 enalidad diaria 0.02 x Monto del Contrato lJr DES•R '-ot->'
Dicha penalidad será deducible del pago del recibo por honorarios correspondiente "<?":'·pAD .c-?0 y se le aplicara sin perjuicio de que EL LOCADOR cumpla y/o culmine en forma
1 • G:;:·,;···:
óptima el servicio. Asimismo, se ·le aplicara hasta por un monto máximo
Jt/[:f:J )t equivalente al 10% del monto contractual, pudiendo LA MUNICIPALIDAD resolver el contrato por incumplimiento en caso llegue a cubrir dicho monto máximo.
-';>H\.) 1.. • DECIMA: RESOLUCION
\QAO .CL ;
.s,/\' r·o
.....--- ', \!.- LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el contrato en forma automática y por la vía
), J dministrativa en caso de incumplimiento de alguna de sus cláusulas por parte de ::\ 11 2'. L LOCADOR, sin perjuicio de aplicarse las penalidades dispuestas en el
·i:¡- ¡í({· Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado
(aprobado por 'RH\. el D.S. N 084-2004-PCM) sobre el monto total del contrato y plantear las acciones
judiciales que correspondan para salvaguardar sus intereses.
r'O¡ , Asimismo
, el presente contrato se podrá resolver unilateralmente por cualquiera de
_ 'f!} las dos partes, por causa de fuerza mayor que haga imposible a cualquiera de las / . os partes continuar con los servicios y prestaciones pactadas para lo cual solo
.r/ .'?H\.'¡ bastara se formalice mediante una carta simple. En este caso LA MUNICIPALIDAD - · - efectuara el pago de los servicios efectivamente prestados.
\QADp
q c.n el caso que EL LOCADOR no cumpla con las obligaciones que asuma con el S:!f ,::_ .... Jguiente contrato y siendo notificado por escrito no procediera a las estipulaciones ?' 1 mismo, LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el Contrato. En esta eventualidad,
MuNodl AL o se autonzara nmgun esem o so a costo e serv1c1o. ,c P.H\.1 1-c·
' DECIMO PRIMERA: SOLUCION DE CONTROVERCIAS
Cualquier controversia derivada de la ejecución o interpretación del presente
contrato, se resuelve de acuerdo a lo establecido en el T.U.O. de la Ley de
Adquisiciones y Contrataciones del Estado.
DECIMO SEGUNDA: ESPECIALIDAD DE LA NORMA
n todo lo que no este previsto en el presente contrato regirán las disposiciones T.U.O de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado por el . N 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por el D.S. N 084-2004-PCM y ás disposiciones complementarias, modificatorias y suplementarias de estas
rmas y de las que dicten y supletoriamente las Normas del Código Civil.
MUNICIPALIDAD EL LOCADOR
•
"''
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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YUN6AY
f:ONTRATO N° (J Í lJ ¡--: - Ü S
G_QNTRATO DE LOCACIÓN Q_f:_j;_f?_\l_lGIOS
Conste por el presente contrato de locación de servicios, que se celebra en merito de el Requerimiento de Servicios W 001991-2009-MPY, Carta W 067-2009-MPYj UF-SMCF, Informe W 309-2009-MPY/ GI/UF-SMCF, Informe W 0961-2009-MPY-G.I, Informe W 1037-2009-MPY/ OPP, I nforme W 324-2009-MPY/G I/ UF-SMCF y proveído de Gerenc ia Municipal de fecha 12 de noviembre del 2009, de una parte LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YUNGAY,
con RUC No 20193334262, representado por su Gerente Municipal autorizado mediante Resolución de Alcaldía N° 00088-2009-M PY/ A. Abg. JUAN ARTEM/0 CR/BILLERO PAREDES, identificado con DNI W 33335485 , con domicilio lega l en la Plaza de Armas S/N - Yungay, a quien en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD, y de la otra
parte el Economista FREDY ROMEL CADILLO ROSAS, identificada con ONI W 40363611 y con RUC W 10403636113, con domici lio real en Carretera Central S/ N KM 599 - Carhuaz, a quien en adelante se le denominará EL LOCADOR, quienes de común acuerdo, suscriben el presente contrato, bajo las cláusulas siguientes:
PRI/VIE{?O: LA MUNICIPALIDAD, tiene como objetivos y fines los establecidos por la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y para el cumplimiento de sus metas y objetivos planteados en su gestión durante el presente ejerc icio, requiere la contratación de servicios, con el objeto de desarrollar trabajos de acuerdo a la naturaleza propia de su f unción.
SEc;iU_ND_D: LA MUNICIPALIDAD, revisa&o el Currículo Vitae presentado, contrata los servicios del Economista. FREDY ROMEL CADILLO ROSAS, con RUC W 10403636113, para la Elaboración del Estudio de Pre Inversión a Nivel Perfil Técnico del Proyecto uconstrucción de Veredas y Muros de Contención ella Av. Centenario, entre la Av. /ARO y Av. Yungay, Distrito de Yungay, Provincia de Yungay - Ancash" para la Municipalidad Provincial de Yungay, conforme a los Términos de Referencia del área técnica, dentro de los plazos establecidos en el presente contrato.
TE;t:?CEROEL LOCADOR declara conocer en plenitud el lugar del proyecto. condiciones locales de la zona, accesos. disponibilidad de recursos materiales insumas , equipos. así como todas las condiciones que puedan afectar la ejecución d el servicio y que a tenido en cuenta para la suscripción del presente contrato, por lo que no existirá causal de prorroga del plazo estipu lado para la ejecución de las prestaciones. salvo las previstas en la Ley de Contrataciones del Estado. /
CUtJ.RT.O.: LA MUNICIPALIDAD, se obliga a pagar como contrapr estación de sus servicios la suma total de S/. 6,000.00 (SEIS MIL CON 00/100) nuevos soles, la misma que se efectiv izara, previa presentac i ón de su rec ibo por honorarios y entrega de la documentación contable correspondiente, con el siguiente detalle: el 40% del monto contratado al ingreso del perfil aÍ banco de Proyectos del MEF, previa revisión de la Unidad Formuladora y el 60% restante a la Firma del Acta de Entrega - Recepción, emitida por la Unidad Formuladora, con el visto de la Gerencia de Infraestructura, una vez finalizada la ejecución del servicio, la cual incluye la viabilidad del perfil por la OPI de la Municipalidad Provincial de Yungay: suma que se afectara a la Fuente de Financiamiento "Recursos Determinados" rubro "Ca non y Sobrecanon".
QUINTO: El tiempo de duración del presente contrato. se computará a partir del 11 de noviembre del 2009. hasta 30 de noviembre del mimo ai'io. fecha en que indefectiblemente entregara el Perfil Técnico del Proyecto elaborado a conformidad establecida en el contrato y los términos de referencia, caso contrario se procederá conforme a lo establecido en la cláusula novena yj o decima del presente contrato, según sea el caso.
SEXTO: EL LOCADOR, no podrá transferir ni ceder, total ni parcialmente las obligaciones que se deriven del presente contrato. debiendo ejecutar o realizar directamente los servicios pactados. bajo sanción de resolverse el presente contrat o de pleno derecho.
SEPTIM.Q: Queda claramente establecido por ambas partes que toda información creada u originada como consecuencia de los servicios prestados, es de propiedad exclusiva de LA MUNICIPALIDAD, quedando EL LOCADOR
prohibido de reproducirla, vend erla o sumi nistrarla a cualquier persona natural o jurídica; debiendo una vez cu lminada la labor encomendada, devolver íntegramente a LA MUNICIPALIDAD.
OCTAVO: El presente contrato de locación de servicios es de naturaleza civil, esta sujeto en lo que resulte
aplicable a lo establ ecido en los Artículos 1764 o a 1769 o del Código Civil vigente. vsí como la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Decreto Legislativo N° 1017 y su Reglamento Decreto Supremo N" 1.84-2008-EF; esta
prestación de servic ios no genera vínculo laboral para efectos de la Carrera Administrvtiva, por la naturaleza misma del contrato.
NOVE{IJO:LA MUNICIPALIDAD Provincial de Yungay, se reserva el derecho de resolver el presente contrato antes del plazo establecido. por incumplimi ento de las obligaciones de EL LOCADOR o por deficiencias de productividad luego de las evaluaciones de los trabajos realizados, mediante cartv simple, surtiendo efecto la misma
desde su recepción. DÉCI.M.9: En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del presente contrato,
LA MUNICIPALIDAD aplicará a EL LOCADOR la penalidad establecida en el Artículo 165o del Reglamento de La Ley de Contrataciones del Estado por cada día de atraso, la misma que será impuesta Y calculada de acuerdo a lo previsto
en dicha norma. y en caso de acumularse el monto máximo establecido por ley (10% del Monto Total) se resolverá el contrato.
DÉCIMO PRIMERO: Para l a soluc i ón de controversias que surjan a consecuencia de la ejecución del presente contrato ambas partes se someterán vi fuero judicial d e la provincia de Yungay, setialando para ello como sus domicilios los indicados en la parte introductoria, donde también se tendr án por validas todas las notificaciones que
se generen de la ejecución del presente contrato. En señal de conformi dad c láusu lvs estipuladas en el pre entl contrato se · ·ibe en la ci udad de
Yungay. en vías de regularización. ..:.. 1 días del mes de /Vc ,.'t J'1 'r'L t;(.lt.-'U :m IIJn r c.-..>;(.: 1::;..,
.E ·:v · .... ·-· -....._ ¡\ií .''\!!l'iil ,'!:0\1\U.H Hl H!i;\Y t
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MUNICIPAUDAD PROVINCIAL DE YUNGAY
CONTRATON°0 J CC?-09 CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Conste por el presente contrato de locación de servicios. que se celebra en merito de el Requerimiento de Servicios N" 001 17-2009-MPY, Oficio W O 58-2009-MPY/Gf/UF-SMCF. Informe W 0141-2009-MPY/ GI/UF-SMCF, informe No 0530-2009-MPY-G/. Informe W 0502-2009-MPY/OPP/J y Proveído de Gerencia Municipal de fecha 18 de mayo del 2009. de una parte LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YUNGAY. con RUC No 20193334262. representado por su Gerente Municipal autorizado mediante Resolución de Alcaldía No 00088-2009-MPY/A. Abg. JUAN ARTEM/0 CR/8/LLERO PAREDES. identificado con ONI W 33335485. con domicilio legal en la Plaza d e Armas S/ N - Yungay, a quien en adelante se le . denominará LA MUNICIPALIDAD. y de la otra parte el Economista FREDY ROMEL CADILLO ROSAS, identificado con DNI W 40363611y con RUC W 10403636113. con domicilio real en la Célr retera Central S/N. Km. 599 ·Carhuaz. a quien en adelante se le denominará EL LOCADOR, quienes de común a cuerdo. suscriben el presente contrato. baj o las cláusulas siguientes:
¡;.>---.: PRIME.f?_O: LA MUNICIPALIDAD. tiene como objetivos y fines los establecidos por la Constitución Política d el
::·' \ . ','.:.\ Estado y la Ley Orgánica de Municipalidades W 27972. goza de autonomíapolítica. económica y admi_nistrativa en ._ ..:. .· ·,:;'\los asuntos de su competencia y para el cumpflm1ento de sus metas y ob}et1vos planteados en su gest1on durante el .. . .';: ¡'pr esente ejercicio. requiere la contratación de servicios. con el objeto de des<:Jrroflar trabajos de acuerdo a la '':.' :·' / '- _-, naturaleza propia de su función.
: :'--_ j/ S EG.UNDO: LA MUNICIPALIDAD. revisado el Currículo Vita e presentado. contrata los servicios del
Economista · --- '··.; -; FREDY ROMEL CADILLO ROSAS. con CEA W 0135. para fa Elaboración del Estudio de Pre Inversión a Nivel Perfil
--·- Técnico del Proyecto "Mejoramiento de Infraestructura y Equipamiento del Puesto de Huashao, Distrito de Yungay, Provincia de Yungay- Ancash" para la Municipalidad Provincial de Yungay. conforme a tos Terminas de Referencia del iuea técnica. dentro del plazo de 20 días calendarios establecidos en el presente contruto.
TER_CER_O: EL LOCADOR declara conocer en plenitud el lugar del proyecto. condiciones locales de la zona. accesos. disponibilidad de recursos materiales insumas. equipos. así como todas las condiciones que puedan afectar fu ejecución del servicio y que a tenido en cuenta para la suscripción del pres ente contrato. por lo que no existirá causal de prorroga del plazo estipulado para fa ejecución de las prestaciones. salvo las previstas en la Ley de Contrutaciones del Estado.
C!JAR.IQ: LA MUNICIPALIDAD, se obliga a pagar como contraprestación d e sus s ervicios la suma total de 5/. 6.000.00 (SEIS MIL CON 00/ 100 ) nuevos soles. la misma que se efectivizaru. previa presentación de su recibo por hono rurios y entrega de la documentación contable correspondiente. con el siguiente detalle: el 40°ó del monto co ntratado al ingreso del perfil DI banco de Proyectos del MEF. previa revision de la Unidad Formuladora y el 60% rcstDnte a la Firma del Acta de Enrrega - Recepción una ves f inalizada la ejecucién de l servicio. la cual inc!uye la viabilidad del perfil por la OP/ de la Municipalidad Provincial de Yungay: suma que se afectara a la 1v1eta Presupuesta/ "Elaboración de Estudios a Nivel de Pre Inversión" en la Fuente de Fi nanciamiento ·Recursos Determinados", Rubro "Canon y Sobre Canon".
Q.U.!f.IT.O: El tiempo de duración del presente contrato. se com pucará a parr i r de l 19 de junio del 2009. hasta 08 de julio del mimo año. fecha en que indefectiblemente entregara el Perf il Técnico del Proyecto elaborado a conformidad establecida en el contrato y los términos de refe rencia. caso contrar io se procederá conforme a lo establecido en la cláusula novena y/ o decima del presente contrato. según sea el caso.
SEXTQ: EL LOCADOR. no podrá transferir ni ceder. total ni parcialmente las obligaci one s que se deriven del pres ente contr ato. debiendo ejecutar o reD/izar directamente los servicios pactados. bujo sanción de resolverse el presente cont ruto de pleno derecho.
SEF:.HMO: Queda claramente establecido por ambas part es que to da información creada u or iginada como consecuencia de los servicios prestados. es de propiedad exclusiva de LA MUNICIPALIDAD. quedando EL LOCADOR
prohibido de reproducirla. venderla o suministrarla a cualquier persona natural o jurídi ca: debiendo una vez culminada la labor encomendada. devolver íntegramente a LA MUNICIPALIDAD.
OC]'AVO: El presente contrato de loca ción de s ervicios es de naturaleza civil. esta sujeto en lo que resulte aplicable a lo establecido en los Artículos 1 764 o a 1769 o de/ Código Civil vigente. así como la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Decreto Legislativo N° 1017 y su Reglamento Decreto Supremo N° 184-2008-EF: esta prestación de servicios no genera vínculo laboral para ef ectos de la Carrera Adminis trativa. por la naturaleza misma del contrato.
NOV t-JQ_:LA MUNICIPALIDAD Provincial de Yungay. se reserva el derecho de resolver el presente contrato antes d el plazo establecido. por incumplimiento de las obligaciones de EL LOCADOR o por deficiencias de productividad luego de f as evaluaciones de los trabajos realizados, mediante carta simple. surtiendo efecto la misma desde su recepción.
C}ÉCIMO: En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones obj eto del presente contrato. LA MUNICIPAUDAD aplicará a EL LOCAD_OR la penalidad establecida en el Artícu lo 165° del Reglamento de La Ley de Contrataciones del Estado por cada día de atraso. la misma que será impuesta y calculada de acuerdo a lo previsto en dicha norma. y en caso de acumularse el monto máximo establecido por /y (10% del Monto Total) se resolverá el contrato.
QÉCIMO PRIMERO: Para la solución de controversias que surjan a consecuencia de la ejecución del presente contrato ambas partes se someterán al fuero judicial de la provincia de Yungay. señalando para ello como sus domicilios los indicados en la parte intr oductoria. donde también se tendrán por validas todas las notificaciones que se generen de la ejecución de/ presente contrato.
En señal de conformidad- a las cláusulas estipuladas en el presente contrato se suscribe en la ciudad de
Yungay, en vías de regulariza · O días del mes de 4U vi .0-2 del dos mil nueve. ' lCP,\I.lliAD PRQVL CL\1. al: YUMi,¡r
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GOBIERNO REGIONAL ANCASH
RUC W 20530689019
CONTRATO N2 :i ,_1 -2009-GRA-GRAD-SGAByCP 1 =-•"'"' =· "'""'" = ·=·=
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente documento el controlo de Locación de Servicios. que celebran de uno
porte. el Gobierno Regional Ancosh. con domicilio en el campamento Vichoy S/N. representado por el señor RICHARD CABANA CHAUCA. Gerente General Regional. identificado con D.N.I. N° 31660085 o
,S· :.'.::.!':, '- 6 quien en adelant e se le denominará EL COMITENTE; y por otro porte el señor FREDY ROMEL CADILLO .e:-.. < /.; \ · OSAS, identificado con D.N.I. N° 40363611, RUC W 10403636113, domiciliado en lo Coll. Acopompo
;'. ' /N Cos. Acopompo. Corhuoz - Ancosh; o quien en adelante se le denominará EL LOCADOR. en los · '<- • ·. l/2 érminos y condiciones siguientes:
,, S - ,,
PRIMERO: EL COMITENTE. contrato los servicios de EL LOCADOR de conformidad o lo establecido en el Artículo 1764 del Código Civil. Artículo 33° Inciso o) del Decreto Supremo N° 0179-2004 / EF y lo Ley W 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público poro el año Fiscal 2009. poro lo Formulación del Estudio de Pre Inversión o Nivel de Perfil Simplificado: "Desarrollo de Capacidades poro lo Seguridad Económico y Alimentario en el Distrito de Fidel Olivos Escudero. Provincia de Mariscal Luzuriogo, Departamento de Ancosh", conformado por:
® Un primer informe, en el cual se incluye el Plan de Trabajo. ® El documento final del perfil simplificado al finalizar el periodo del contrato. que debe estor elaborado
teniendo en cuento lo Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública. el Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública y el Formato SNIP 04: Contenido mínimo de Perfil del PIP, Perfil Simplificado PIP Menor.
®Fotografías de la zona de intervención del Proyecto.
SEGUNDO: EL COMITENTE abonará a EL LOCADOR como prestación por los servicios prestados TRES MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3,500.00). incluidos los impuestos y retenciones de ley; con cargo a Estudios de Pre Inversión (5% de los recursos provenientes del Canon. Sobreconon y Regalías Mineros). Rentos de Cuarto Categoría. Los honorarios serán cancelados. o lo presentación de lo declaratorio de viabilidad otorgado por lo OPI del Gobierno Regional de Ancosh; previo conformidad de lo Gerencia Regional de Desarr ollo Económico. con lo conformidad y aprobación por porte de EL COMITENTE. y el recibo por honorarios correspondientes.
TERCERO: EL LOCADOR. se obligo o prestar sus servicios y cumplir con los obligaciones descritos en lo cláusula segundo. en un plazo de diez ( 1 O) días calendario contados o partir del día siguiente de lo firmo del contrato. Asimismo se otorgo tres (03) días poro lo subsanación de observaciones de los informes que presente el evaluador de lo OPI del Gobierno Regional de Ancosh (en coso de ser observado el proyecto).
\:;;:.\_,r,: ,:-cUARTO· EL LOCADOR prestará sus servicios de acuerdo o los Términos de Referencia establecidos por
J : ·- ·r·-;-: 2:,J; COMITENTE, planificando_ sus a_ctividodes en coordinoci?n. con el_ responsable d_e lo !'idod · . ;· '·· \.- t r_mladoro. de lo Gerenc1o R eg1onol de Desarrollo Econom1co. ten1endo en cons1deroc1on los - , :'· <.OPJeltvos, Indicadores y melas que el pr oyec to pretende alcanzar.
iend?.responsable poun od.ecodo ploneomie!'to, progromoc!ón. conducciódel es_tudio de pre
·, nvers1on. y de lo calidad tecn1co de lo totalidad del estud1o. que debero ser ejecutado en cor)cordoncio con los estándares actuales de diseño en todos los especialidades relacionados con el estudio. Así como de lo calidad de lo información que incluyo en los productos. así como el cumplimiento de lo programación. logro oportuno de los metas previstos y adopción de los previsiones
/ necesarios poro el fiel cumplimiento del contrato.
Lo Gerencia Regional de Desarrollo Económico realizará los coordinaciones respectivos con EL , ....,. . -. LOCADOR con lo único finalidad de garantizar un buen producto. Encargándose del monitoreo del \ .-:.-:_y ::. trabajo y coordinaciones con los autoridades del lugar del proyecto localizado poro garantizar lo
'''>I;; · .:,?:J.'>'i.o. presencio de EL LOCADOR en lo zona del proyecto.
<-;c;r QUINTO: EL LOC DOR.' _se compromete ? _cun:plir c'?n todos los obligocio es objeto del pre mte _.·.·..";::: .C.· .. /..\ contrato y o los dispos1c1ones legales odm1ntstrot1 vos of1nes o sus labores,.osum1endo lo responsabilidad :·:/ ....::'\' ·-.·p?r_los perjuicios que oc asione o EL COMITENTE, de acuerdo o lo presento en el Art. 1762° del Código
' .: .• , , .. CIVIl. .··,\, 1¡ '0,:, ' /-' -'1
----------------------------------------------------- ------ ----------- Campamento Vichay S/N Independencia - Huaraz 043-421152
/ -· -
GOBIERNO REGIONAAl NCASH
RUC N• 20530689019
SEXTO: EL COMITENTE, podrá resolver el presente contrato, en el momr>l do que estime conveniente y sin expresión de causa, luego de las evaluaciones de carácter presupL'"·.Iario y/o funcional; igualmente EL LOCADOR mediante solicitud dirigida a EL COMITENTE.
SEPTIMO: Por su naturaleza Civil, el presente contrato no implic a "dación laboral alguna con EL COMITENTE, no encontrándose EL LOCADOR bajo la dependencia 0 JJbordinación de EL COMITENTE. por lo que su celebración no genera ninguno de los beneficios preVI',Ios en la legislación laboral, ni derechos a EL LOCADOR, con respecto a los servidores de la Adminisf¡t Jdón Pública.
OCTAVO: En caso de producirse conflictos derivados del presente c< '' JIrato, ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces de la ciudad de Huaraz.
En señal de conformidad; ambas partes declaran no me'lim v1c1o u omisión que pueda acarrear la nulidad o anulabilidad del presente contrato y firman el r ,1rsente. a los Once (11) días del mes de Mayo del 2009.
Campamento Vichay S/N Independencia- Huaraz:- 043-421152
il0:
JvtV:NICIP}lLFDJI(]) (])JSrr'CJ?]rr'_ítL CJYE S.ít:N:MIQVP.L CJYE)ICO p:R.__Go/I:NCIJf_ (])P, CJICJ\J{V}1Z - .ít:NCJtSJ{
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
CONSULTORIA DE ELABORACION DE ESTUDIO PRE INVERSION DEL PROYECTO: "MEJORAMIENTO DE LOS PUENTES DEL SECTOR DE CHOPIJIRCA, DISTRITO DE SAN MIGUEL DE ACO, PROVINCIA DE CARHUAZ, REGION ANCASH"
N° 040-2009-MDR
Conste por el presente documento el Contrato de Locación de Servidos, que celebran de una parte el Gobierno Distrital de San Miguel de Aco, con RUC. N° 20198352781, debidamente representado por su Alcalde TOMAS SEVERIANO GUTIERREZ LLIUYA, debidamente identificado con DNI. N° 32034685, con domicilio legal en la Plaza de Armas s/n -San Miguel de Aco, que en adelante se le denominará EL COMITENTE, y de otra parte el Economista Señor FREDY ROMERL CADILLO ROSAS, identificado con DNI. N° 40363611, con registro de Consucode S0109772, C.E.A. N° 0135, con domicilio en la Calle Acopampa s/n- Caserío de Acopampa (Km.
::-'- 599- Frente a entrega del Recreo Picaflor) - Acopampa, Provincia de Carhuaz, a quién .;en adelante se le denominará EL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes:
7 20 . ...,
\;PRIMERO:- EL COMITENTE, es el representante Legal de la Comuna Distrital indicado } - :; en el exordio, el mismo que tiene como objetivos y fines los establecidos en la
§ 6 -, _ "·- Constitución Política del Estado y su Ley Orgánica N° 27972, gozando de la autonomía ((G ·¡ j ) económica y administrativa en los asuntos de su competencia. \-, ·- ..'. . 7
SEGUNDO.- EL LOCADOR, tiene la formación profesional de Economista, con Título Profesional habilitado en el ejercicio de sus funciones.
TERCERO.- EL COMITENTE, en atención a los proyectos y convenios a suscribirse con entidades estatales para el ejercicio 2009, de conformidad a los lineamientos presupuestales y contando con los recursos favorables para elaborar expedientes es que se toma los Servicios No Personales de EL LOCADOR, para realizar las labores de DE FORMULACIÓN DEL ESTUDIO DE PRE INVERSION- NIVEL PERFIL DEL PROYECTO: "MEJORAMIENTO DE LOS PUENTES DEL SECTOR DE CHOPIJIRCA, DISTRITO DE SAN MIGUEL DE ACO, PROVINCIA DE CARHUAZ, REGION ANCASH". Labor que tiene naturaleza eminentemente temporal.
CUARTO.- El Profesional contratado por el Gobierno Distrital de San Miguel de Aco, tiene la obligación de presentar el Perfil "MEJORAMIENTO DE LOS PUENTES
Plaza de Armas s/n - Distrito de San Miguel d e Aco - Provinci a de Carhuaz - Regi ón Ancash
Email: munisanmiguel(a),hotmail.com
..-
.,
:M.V:NICIP}UFD)I(]) (])ISíf'1?]íJ')IL (])SJL:J.fMICJVL 1YE )ICO p;j(OVI:NCI.J1. (])c;I CJQfV)IZ - .flJfCJt)J{
DEL SECTOR DE CHOPIJIRCA, DISTRITO DE SAN MIGUEL DE ACO, PROVINCIA DE CARHUAZ, REGION ANCASH", debidamente firmado en todas sus páginas por el profesional.
QUINTO.· El. plazo de presentación del PERFIL por parte de EL LOCADOR es de 15 (QUINCE) días calendarios, contados a partir de la suscripción del presente contrato; en caso de incumplimfento se le aplicará en forma extensiva la penalidad contemplada en la Ley de Contracciones del Estado, procediéndose a realizar el descuento de sus honorarios.
SEXTO.· El monto total que percibirá EL LOCADOR por su trabajo, será la suma de S/. 2,500.00 (DOS MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), el mismo que será cancelada del perfil previa conformidad del Jefe del área Infraestructura de la Municipalidad, y la presentación de su recibo y Registro de Consucode.
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. .
SÉPTIMO.- Para el pago de sus honorarios profesionales prestados, EL LOCADOR está obligado a entregar el Perfil del Proyecto, impreso en dos 02 ejemplares anillados en papel Bond A4 y un CD, el cual contendrá lo siguiente: 13. MEMORIA DESCRIPTIVA 14. ESPECIFICACIONES TECNICAS 15. ESTUDIO DE SUELOS 16. CALCULOS JUSTIFICATIVOS 17. HOJA DE METRADOS 18. PRESUPUESTO
·;..\t.i'\, . :¡}-,,;)
19. ANALISIS DE COSTOS UNITARIOS 20. REQUERIMIENTO DE MATERIAL 21. REQUERIMIENTO DE MANO DE OBRA 22. REQUERIMIENTO DE EQUIPO 23. CRONOGRAMA DE EJECUCION 24. FORMULA POLINÓMICA 13. PLANOS EN TORNO A CAD
OCTAVO.- EL LOCADOR, se obliga a prestar sus servicios en forma independiente, el mismo que no genera vínculo laboral permanente, ni obligación por parte de EL COMITENTE, de pago de beneficios sociales.
NOVENO.- El presente contrato se rige en forma expresa por las disposiciones establecidas en el Art. No 1764 y siguientes del Código Civil; no siendo de aplicación el Decreto Legislativo N° 276 y su Reglamento el D.S. N° 005-90-PCM.
Plaza de Armas s/n - Distrito Jc San Miguel de Aco - Provincia de Carhuaz - Región Ancash
Email: munisanmiguel @.hotmail.com
UNIVERSIDAD NACIONAL "SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO"
FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO Prolongación Jr. Simón Bolívar s/n Villón Alto Teléfono 043-425119
E-mail: fat@unasam.edu.pe
•AÑO DE CONSOLIDACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL DEL PERÚ"
CONSTANCIA
La que suscribe, Decana (e) de la Facultad de Administración y Turismo de la Universidad Nacional "Santiago Antúnez de Mayo/o':
HACE CONSTAR:
Que, el Sr. CADILLO ROSAS, FREDY ROMEL, ha
concluido el MODULO: ''Gestión Pública y Gestión de Recursos Humanos en el Sector Público" del DIPLOMADO EN GESTIÓN PÚBLICA, con una duración de 90 Horas Lectivas, del 31 de Octubre al 28 de Noviembre del
2009, aprobado con Resolución de Decanato N° 215-2009-UNASAM-FAT.
Se expide la presente Constancia a petición del interesado para
los fines que estime conveniente.
Huaraz, 22 de Enero de 2010
C.c. Archivo
EZM/srs
·· ··
9rfVWCFP}f.LFD}UD CJJISrr'(j(jrr'}f.L (J)T, S.Jf!J'fMI(]VP.L CJYE }1.CO cp:](Oo/IJfCI;t. CJYE CJ1_1(J{V}f.Z -}f.J{CJISJ{
DE_ CIMO.- El egreso que origine el cumplimiento del presente contrato será afectado a la Fuente de Financiamiento 01: Canon y Sobrecanon.
Estando ambas partes de mutuo acuerdo en los términos y condiciones establecidas, firman en la Ciudad de San Miguel de Aco, a los veintisiete días del mes de agosto del año 2009.
EL LOCADOR DNI. N" 40363611
Plaza de Armas s/n- Distrito de San Miguel de Aco- Provincia de Carhuaz- Región Ancash Em ai l: munisanmigu el @hotmail.com
CONTRATO DE TRABAJO
Conste por el presente documento el Contrato de Trabajo a Plazo Indefinido, que celebran de una parte la empresa Silver Standard Perú S.A., identificada con RUC N" 20341137935, con domicilio para estos efectos en calle Junín 142, Miraflores, inscrita en la Partida Electrónica N°11551268 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, debidamente representada por la señora Ana Karina Rivva Lamas, identificado con DNI N° 10264997, quien procede según poderes inscritos en la citada Partida Registra!, a quien en adelante se denominará EL EMPLEADOR y de la otra parte el señor FREDY ROMEL CADILLO ROSAS, identificado con DNI No 40363611 con domicilio en Carretera Central S/N altura Km, 599, Carhuaz, Ancash, a quien en adelante se le denominará EL TRABAJADOR; en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA: DEL EMPLEADOR
EL EMPLEADOR es una persona jurídica, de derecho privado, debidamente constituida, cuyo objeto principal son las actividades mineras en el país, y que requiere contratar los servicios de un Asistente de Relaciones Comunitarias.
SEGUNDA: DE EL TRABAJADOR
EL TRABAJADOR declara ser una persona con capacitación y experiencia en labores de Responsabilidad Social y Relaciones Comunitarias y estar calificado para el puesto ofrecido.
TERCERA: DE LOS SERVICIOS Y OBLIGACIONES GENERALES DE EL TRABAJADOR
Por medio del presente contrato EL EMPLEADOR contrata los servicios de EL TRABAJADOR, teniendo en cuenta lo señalado en las cláusulas precedentes para que ocupe el puesto de Relacionista Comunitaria en el Proyecto San Luis, ubicado en Huaraz, en forma exclusiva y de acuerdo a los términos y condiciones establecidas en el mismo.
EL TRABAJADOR se compromete a prestar los servicios materia del presente contrato poniendo al servicio de EL EMPLEADOR toda su capacidad y lealtad para realizar las labores materia del presente contrato y las demás que resulten afines, complementarias y/o necesarias para el cabal desarrollo de sus labores, así como aquellas que oportunamente le sean asignadas por EL EMPLEADOR.
EL EMPLEADOR, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9 del Decreto Supremo N° 003-97-TR, Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N" 728, podrá establecer modificaciones en las tareas asignadas a EL TRABAJADOR, tomando en cuenta las necesidades de EL EMPLEADOR.
EL TRABAJADOR se compromete a cumplir con las normas y políticas internas de EL EMPLEADOR y de manera es::>ecia las cue se ·,.,.,::>ara. "l por necesidad del servicio en ejercicio de las facultades de administración que ¡je:-e EL EMPLEADOR. Qcmca es aolecido que a requerimiento de EL EMPLEADOR, EL TRABAJADOR ce:Je á ·-:c a- : ·e:)o-:a···es:::>ecio a' desarrollo de la prestación de los servicios objeto del presente contrato.
CUA. ""!""A: U ERACIONES
-E -_-e-e::::- :>O ' e. servicio contratado ascenderá a S/.3,500.00 (Tres mil quinientos con 00/100 Nuevos ::: =s::"..:::s -e sua es, los cuales serán abonados en cuenta Pago de Haberes proporcionada por EL
E','P._EADO.
_as ausencias injustificadas por parte de EL TRABAJADOR implican pérdida de la remuneración nroporcionalmente a la duración de dicha ausencia, sin perjuicio del ejercicio de las facultades disciplinarias propias de EL EMPLEADOR previstas en la legislación laboral y normas internas de EL EMPLEADOR.
QUINTA: JORNADA Y HORARIO DE TRABAJO
Atendiendo a la naturaleza de la labor para la que es contratado, ambas partes acuerdan que EL TRABAJADOR deberá destinar a su trabajo el número de horas que el mismo requiera, sin límite ni supervisión alguna, reconociendo ambas partes que la jornada de trabajo de EL TRABAJADOR no se encuentra a límite
alguno, de acuerdo con lo que dispone el artículo 5o del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo No 854. Y además por encontrarse bajo la modalidad de trabajo de 14 días por 07 días de descanso.
SEXTA: CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO Y DEMÁS NORMAS, REGLAMENTOS Y LINEAMIENTO INTERNOS
EL TRABAJADOR declara conocer el contenido del Reglamento Interno de Trabajo, de la estructura Organizativa, del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional, del Código de conducta y demás normas y reglamentos de la empresa, y expresa su conformidad con las normas señaladas y se compromete a su cabal cumplimiento, por lo que se deja expresa constancia que el incumplimiento de cualquiera de estas normas constituye falta grave laboral plausible de despido.
SEPTIMA: EXÁMENES MÉDICOS PERIÓDICOS
Conforme a las normas de seguridad y salud en el trabajo EL TRABAJADOR acepta que EL EMPLEADOR, en cualquier oportunidad, le practique un examen médico integral, bien sea para determinar la presencia de alcohol o drogas, o destinado a descartar cualquier enfermedad, incluido VIH. silicosis, entre otros.
OCTAVA: CONFIDENCIALIDAD
Considerando que el secreto profesional constituye deber fundamental de todos los trabajadores de EL EMPLEADOR, deber que se extiende más allá de la jornada ordinaria de trabajo y de la vigencia o duración concreta que tenga la relación laboral. En tal sentido EL TRABAJADOR se compromete a guardar confidencialidad y estricta reserva sobre las actividades, procesos, operaciones, procedimientos y vínculos o relaciones pertenecientes o vinculadas a EL EMPLEADOR y su personal.
Esta obligación subsistirá aún después de extinguida la relación laboral, con base en principios elementales de derecho y de ética.
NOVENA: BIENES DEL EMPLEADOR
Se deja constancia que el uso del teléfono, computadoras, fax, correo electrónico, Internet y demás bienes, servicios o facilidades que otorga EL EMPLEADOR a EL TRABAJAOR son de uso exclusivo para el trabajo, por lo que no deben contener contenido personal ni privado de EL TRABAJADOR, pudiendo ser objeto de lectura. revisión y/o intervención en cualquier momento por EL EMPLEADOR, situación que en este acto autoriza expresamente EL TRABAJADOR
Ninguno de los bienes, servicios o facilidades antes mencionadas podrán ser destinadas al uso personal, siendo exclusivamente herramientas de trabajo con un contenido estrictamente laboral, siendo de propiedad exclusiva de EL EMPLEADOR
DECIMO: ENTREGA DE MATERIALES EN CASO DE CESE
EL TRABAJADOR se obliga, en caso de terminar por cualquier razón la relación con EL EMPLEADOR, a entregar en forma inmediata y ordenada a EL EMPLEADOR toda la documentación, material técnico o comercial y cualquier otro bien de propiedad de EL EMPLEADOR que tuviere en su poder, así como a trasladar sus funciones y responsabilidades a la persona designada a tal efecto por EL EMPLEADOR
DECIMO PRIMERA: TRASLADOS
EL TRABAJADOR declara su conformidad y disposición a ser trasladado, en caso sus labores lo requieran, a cualquier lugar del país y/o del extranjero para la prestación del servicio contratado, sin que ello suponga prestaciones adicionales que las convenidas en el presente contrato.
DÉCIMO SEGUNDA: DE LAS VACACIONES
EL TRABAJADOR tendrá derecho a gozar de vacaciones por un período de 30 días calendario al año, con sujeción a las necesidades de la empresa y a las disposiciones legales vigentes.
DÉCIMO TERCERA: DE LA EXCLUSIVIDAD
Los servicios de EL TRABAJADOR son contratados con el carácter de exclusivos. Mientras dure el empleo, EL TRABAJADOR se compromete a dedicar todo el tiempo, desplegar la energía y aplicar la experiencia que sean necesarios para el servicio y la protección de los intereses de EL EMPLEADOR, no pudiendo dedicarse a actividades por cuenta propia o de terceros que le distraigan del cumplimiento cabal de sus obligaciones para con EL EMPLEADOR.
DÉCIMO CUARTA: INVENTOS DE EL TRABAJADOR
EL TRABAJADOR por el presente contrato, cede, transfiere y en general autoriza el uso sin costo alguno a favor de EL EMPLEADOR por plazo indefinido, cualquier creación intelectual personal establecida en la Ley de Derechos de Autor o cualquier otra invención o descubrimiento establecida en la Ley de Propiedad Industrial.
DÉCIMO QUINTA: DEL PLAZO
El plazo de duración del presente contrato es indeterminado, considerándose como su fecha de inicio el día 07 de noviembre del 2011.
DECIMO SEXTA: PERIODO DE PRUEBA
De conformidad con el artículo 10° del D.S. 003-97-TR (y debido a que el cargo materia de contratación es uno de confianza), el periodo de prueba del presente contrato es de seis meses (06) contados a partir de la fecha de inicio del presente contrato.
DÉCIMO SETIMA: PRE-AVISO
En el supuesto que EL TRABAJADOR decidiera poner término a la relación laboral emanada del presente documento, deberá comunicarlo a la otra parte con una anterioridad no menor de treinta (30) días calendarios.
DÉCIMO OCTAVA: DE LA TERMINACIÓN
Ambas partes acuerdan que EL EMPLEADOR se encontrará facultado a terminar el presente contrato, comunicando a tal fin su decisión a EL TRABAJADOR con la debida anticipación conforme a lo señalado por la legislación aplicable, de producirse causa justa a tal efecto, entendiéndose por causa justa lo señalado por la legislación aplicable.
Sin perjuicio de lo anterior, ambas partes acuerdan que EL EMPLEADOR se encontrará facultado a terminar el presente contrato en caso de incumplimiento por parte de EL TRABAJADOR de una cualquiera de las prestaciones a su cargo, así como en caso de presentarse una cualquiera de las causas de extinción previstas en la legislación aplicable debiendo a tal efecto comunicar su decisión a EL TRABAJADOR conforme a ley.
DECIMO NOVENA: DOMICILIOS
Las partes señalan como sus respectivos domicilios los especificados en la introducción del presente contrato, por lo que se reputarán válidas todas las comunicaciones y notificaciones dirigidas a las mismas con motivo de la ejecución del presente contrato. El cambio de domicilio de cualquiera de las partes surtirá efecto desde la fecha de comunicación de dicho cambio a la contraparte, por cualquier medio escrito.
VIGESIMO: LEY APLICABLE
Ambas partes acuerdan que el presente contrato, en lo que no se encuentra expresamente pactado, se rige supletoriamente por la legislación laboral aplicable en el Perú, dentro de los alcances y efectos que determina el Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, Decreto Supremo No.003-97-TR, así como a sus normas complementarias y modificatorias vigentes a la fecha de la firma del presente documento.
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VIGÉSIMO PRIMERA: JURISDICCIÓN
Las partes declaran expresamente que se sorfleten a la competencia de los Jueces y Tribunales del Distrito Judicial del Cercado de Lima. renunciando al fuero que eventualmente les pudiera corresponder, ya sea por razones de domicilio o por cualquier otro motivo.
Firmado en señal de plena aceptación y conformidad en la ciudad de Lima, en dos (2) ejemplares, el 04 de noviembre de 2011.
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SILVER STANDA-RÓ PERU S.A.
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COMUNIDAD CAMPESINA DE ECASH DE LA PROVINCIA DE CARHUAZ
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Conste por el presente documento el CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS que celebran, de una parte, LA COMUNIDAD CAMPESINA DE ECASH DE LA PROVINCIA DE yARHUAZ, identificado con RUC. N° 20530967515, con domicilio legal en la localidad de Chicchipampa del Centro Poblado de Maya, debidamente representada por el PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD Sr. RUFINO CANTU BALLADARES, identificado con DNI. N° 320221507, parte a la que en adelante se le denominará COMUIDAD CAMPESINA DE ECASH; y de otra parte el Sr. FREDY ROMEL CADILLO ROSAS, identificado con DNI. N° 40363611 y RUC N° 10403636113, con domicilio en la Carretera Central, altura Km. 569 Carhuaz Distrito de Carhuaz, Provincia de Carhuaz, parte a la que para los efectos del presente contrato se denominará EL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA.- Con la finalidad de prever el cumplimiento efectivo de las funciones que le corresponde, con arreglo a Ley, de la Comunidad Campesina de Ecash, requiere de los servicios del Sr Econ. FREDY ROMEL CADILLO ROSAS, a fin de que se desempeñe como JEFE DEL PROYECTO en la COMUNIDAD CAMPESINA DE ECASH del proyecto MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN DEL GANADO OVINO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA DE ECASH, financiado por el Fondo Minero Antamina, con la mayor diligencia y conocimiento técnico de la función.
SEGUNDA.- En la virtud del presente instrumento. LA COMUNIDAD CAMPESINA DE ECASH conviene en contratar los servicios del LOCADOR, con la finalidad de atender la necesidad en la cláusula precedente, en la modalidad contractual de LOCACION DE SERVICIOS, fijándose de mutuo acuerdo la suma de Mil seis cientos 00/100 Nuevos Soles (S/. 1,600.00), de contraprestación económica abonables.
TERCERA.- El plazo vigente del presente contrato es a partir del 03 de Marzo del 2008 hasta la culminación de la ejecución del proyecto.
CUARTA.- EL LOCADOR se obliga a prestar los servicios objeto del presente contrato en forma personal, asumiendo en tal sentido las responsabilidades propias de la función económicamente.
QUINTA.- Estando a la naturaleza del prese!lte contrato. LA COMUNIDAD CAMPESINA DE ECASH, queda expresamente facultado para resolverlo a su condición de comitente, antes del plazo señalado en la Cláusula Tercera, mediante causa justificada y aviso previo.
SEXTA.- El régimen legal que corresponde al presente contrato, es el señalado por las normas pertinentes de la COMUNIDAD CAMPESINA DE ECASH, a cuyas disposiciones se remiten las partes, en todo lo no previsto en este instrumento.
SÉPTIMA.- Al término del plazo señalado en la Cláusula tercera o mediando restricción contractual en la forma prevista en la Cláusula Quinta, EL LOCADOR asume la obligación de presentar a la COMUNIDAD CAMPESINA DE ECASH, un informe de las actividades cumplidas, con indicación de los logros y metas alcanzadas.
En señal de conformidad y reconociendo que la celebración del presente contrato no media vicio alguno invalidatorio, ambas partes proceden a suscribirlo por duplicado; en la ciudad de Carhuaz a os tres días del mes de marzo del 2008.
2
CERTIFICA
QuE, EL SR. CADILLO ROSAS FREDY ROMEL,
IDENTIFICADO CON D.N.! N°40363611, DOMICILIADO EN LA
CARRETERA CENTRAL S/N ALTURA KM. 599 DEL DISTRITO Y
PROVINCIA DE CARHUAZ. QUIEN SE HA DESEMPEÑADO EN EL
CARGO DE FORMULADOR DE ESTUDIOS DE PREINVERSION DE LA
EMPRESA CONSTRUCTORA Y CONSULTORA SAN MARTIN VEGA
S.A.C , DESDE 01 DE MARZO DEL 2011 HASTA SETIEMBRE DEL
AÑO 2011. DURANTE SU PERMANENCIA HA DEMOSTRADO
RESPONSABILIDAD, EFICIENCIA Y BUEN DESEMPEÑO EN TODAS
LAS LABORt:S DESIGNADAS .
SE EXPIDE LA PRESENTE A SOLICITUD DEL INTERESADO, PARA
LOS FINES QUE ESTIME CONVENIENTE.
HUARAZ, 30 DE SETIEMBRE DEL 2011
'ITL!TAX: 42 - :>59:1 CU.(04 3)9•13 - 55271 9 IZl'M: 1101 38255
OriCII'\A:l lrb. f.l Mi t:tcior ,\- O Lte. 3 Jncic¡xndencia - Hu:traz e -·mail: s:tnnwrlín_l>7@hotma i l.com
FORMATON°3
CUADRO DE EXPERIENCIA DE PERSONAL
NOMBRE DEL PERSONAL : MENDOZA OSORIO SIDNEY RICHAD
CARGO PROPUESTO : ESPECIALISTA AMBIENTAL
NOMBRE DE LA OBRA ENTIDAD PROPIETARIA DE
LA OBRA
CARGO DESEMPEÑADO
FECHA DE INICIO
SERVICIO
FECHA FIN DE
SERVICIO
DURACION
SERVICIO
(DÍAS)
REQUERIMIENTO TECNICOMINIMO 1832
: Brindar asesoría técnica, apoyo en la gestión, implementación y logro de
los objetivos, participar en la formulación y evaluación de los proyectos
de inversión pública y otras funciones asignadas por la mancomunidad.
MANCOMUNIDAD,
MUNICIPAL TRES
CUENCAS( FORTALEZA,
PATIVILCA Y SANTA
ESPECIALISTA
AMBIENTAL
01/01/2012
11/12/2012
345
Elaboración de estudios de vertimientos, expedientes técnicos para uso y
autorizacion de descargas, para uinidades mineras y para municipalidades
en plantas de tratamiento de aguas residuales
STEP S.A.C.
ESPECIALISTA
AMBIENTAL
01/01/2012
31/07/2012
212
: Cumplimiento de actividades ambientales inherentes al cargo.
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUARAZ
JEFE DE DIVISION DE
GESTION AMBIENTAL 01/01/2011 31/12/2011 364
: Elaboración de expedientes técnicos para el plan de manejo ambiental
y supervision del manejo de residuos solidos en la unidad minera
Arequipa Cía. Minera
Caudalosa.
proyectista supervisor
01/12/2009
30/11/2010
364
Responsable de las áreas de Ecología y protección del ambiente, Higiene
alimentaria y zoonosis, Saneamiento Básico y Salud Ocupacional.
DIRESA
Director de la Dirección
Ejecutiva de Salud
01/06/2008
30/11/2009
547
FORMATON°3
CUADRO DE EXPERIENCIA DE PERSONAL
NOMBRE DEL PERSONAL : MENDOZA OSORIO SIDNEY RICHAD
CARGO PROPUESTO : ESPECIALISTA AMBIENTAL
NOMBRE DE LA OBRA ENTIDAD PROPIETARIA DE
LA OBRA
CARGO DESEMPEÑADO
FECHA DE INICIO
SERVICIO
FECHA FIN DE
SERVICIO
DURACION
SERVICIO
(DÍAS) EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL PERSONAL 480
Elaboración del estudio de selección de área para instalar infraestructura
de transferencia, tratamiento y disposición final de residuos en el Distrito
La Merced, Provincia de Aija
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LA MERCED
ESPECIALISTA
AMBIENTAL 01/11/2012 31/12/2012 60
Elaboración de un estudio de Evaluación de Riesgo de Desastres de un
sector crítico urbano en materia de vivienda, construcción y saneamiento
y propuesta de medidas de prevención y mitigación de riesgo, de acuerdo
a los criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUARAZ
ESPECIALISTA
AMBIENTAL
01/10/2012
30/11/2012
60
Elaboración del estudio técnico de análisis de peligro y vulnerabilidad de
un sector crítico de riesgo de desastres urbano identificado en el Distrito
en materia de vivienda, construcción y saneamiento de acuerdo a los
criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento"
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUARAZ
ESPECIALISTA
AMBIENTAL
01/05/2012
30/06/2012
60
Elaboración del estudio de pre inversión del proyecto: "Gestión Integral
de los residuos solidos en el distrito de La Merced, Provincia de Aija
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LA MERCED
ESPECIALISTA
AMBIENTAL
01/03/2012
30/04/2012
60
Elaboración del estudio de Caracterización, Plan de manejo, Programa de
segregacion en la fuente de residuos solidos, en el area urbana del
dsitrito de Caraz
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUAYLAS
ESPECIALISTA
AMBIENTAL
01/11/2011
30/01/2012
90
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.J
:: r "Año de la Integ raci ón Nacional y el Reconocimi e nto de Nuestra Diversidad "
iVlunicipal ict a'(]''j>fo, inc i a l de H11ar:v. G\:renc1:1 dl' Ad m i n is t r:lción· Fi n:uvns
C! CON-TRATO DE LÓ CAC.ION_D_E SERVICIOS N 2 1693 2012MPHGM CONSULTOR PARA LA ELABORACIÓN DE UN ESTUDIO DE EVALUACIÓN D E RIESGO DE DESASTRE DE UN SECTOR CRÍTICO URBANO EN MATEHIA DE VIVIENDA, ONSTRUCCIÓY SANEAMIENTO Y PROPUESTA DE MEDIDAS DE
. . - ---- PREVENCION YMITIG--A-CI-O---N DE RIESGO.
-- -- -
- - ---- ..::...:...:_
Conste por el prese nte documento, que celebran d e una parte l a Muni c ipalid a d Provincial de Huara z, e n adelante LA ENTIDAD, con RUC N" 20172268430, con domicilio lega l en la Av. Luwriaga Nº 734 Provincia de H uaraz y Departa m en to de An ca sh. debidam e nte r e presentado por s u G e r ente Muni c ipa l el C PC. V I CENTE E LMER RODR I GUEZ RODR I GUEZ, id e ntificado co n D N I Nº 31663093, Facu l tado para l a s usc r ipc i ó n ele co n tratos m ed i a n te R eso l u c ión de A l ca lelía Nº 203 2012 MPHA d e fec ha 13 de Abr il de l 2012 y ele otra parte e l l ng. MENDOZA OSORIO SIDNEY RICHARD, id entifica do con DNI N2
31655701, y COn RUC N° 10316557011, d o mic i l i a elo e n ALM. GRAU NRO . 960 BARRIO SAN FRANCISCO (AL FRENTE
DE EL MONUMEN TO MIGUEL GRAU) ANCASH - HUARAZ - HUARAZ, quien se l e de n o min ará "EL LOCADOR", en l os términos
y condiciones sigui e ntes:
CLÁUSULA PRIMERA: D · FINICIONES. ANTECED E NTES Y OBJETO: LA ENTIDAD.La Munic' palidad Pro v in cial de H u a raz, es una Institución el e derec h o pC1blico que tiene a uton o mía política,
econó mi ca y ad ministr, iva en los asuntos de s u co m petencia; enco ntrándose d e ntro de s us ob jetivos la ejecució n d e diversas actividades dentro d e s u jurisdicción te rritorial; por tal razó n requ i e r e cubr ir necesidades ele recursos humanos a fin de ejec u tar dichos proyectos.
El objeto del serv i c i o, es l a co n t ratación de un Profesional para el cum p l im i e nto del pl an de trabajo Meta 2: "DE L PL AN DE INCENT I VOS A LA MEJOR A DE LA GESTIÓN Y MOD ER N IZAC IÓN M U N I C I PAL DEL AÑO 2012", bajo l os parámetros y
\"-- normativ i dacl V i ge n te.
EL LOCADOR. es una perso n a n at ur a L el grado acadé mico de Ingeniero Ambienta l, H abi l itado en el ejercici o de s us act i v id ades l a bora l es.
LA ENTIDAD, e n m é rito a! Inform e NQ3442012M PH / G DUyR / JTA/DPUyR/NTCh, el ] ef e de la Div isió n de Pl a n ea mi e nto Urban a y Rur a l. requiere l a contratación d e un Profesional pa ra la "ELABO ilACIÓN DE UN ESTUDIO DE EVALUACIÓN DE R IESGO DE DESASTRE DE UN SECTOR CR I TICO URBAN O EN MATER IA OE VIVIENDA, CONSTRUCC IÓ N Y SANEAMIENTO Y
I'IWI'UESTA DE MEDIDAS OE PREVENCIÓ N Y M ITIGACIÓN DE RIESGO", c uyos d eta ll es, constan e n los el ocumentos integ r ales del pr esen t e contrato
Según Oficio Nº2183 2012 MPI IGDURG , La Gerencia de Desarro ll o Ur ban o y Rura l soli cit a la di spon i b il id a d pres upu es t a!.
y contando co n la o pini ón p res up uesta! fa vora ble de la Gere ncia ele Pla n ifi caci ó n y Pres upu es to mediante proveído d e fecha
24 de set iembre, se procede a cont r atar a EL LO CADOR .
CLÁJJSULA SEGUNDA: FIN A LIDAD DEL CON TRATO El s igui ente co ntrato tie n e la finalid ad de consignar las co ndiciones, der echos y obligac iones tanto co mo· de "LA EN T I DAD", como d e "EL. LOCADOR". .
CLÁUSULA T E RCER /\ : MONTO CONT RACTUAL Y FJ N A NCI/\M IENTO E l pago por el serv i c i o Pr ofesiona l será la suma de S /. 10.900.00 (Diez M il Novec i e ntos con 00 /100 nuevos sol es), Este monto co mpr e nd e el costo del se rv i cio, seguros e impuest os, así como todo aq u ello qu e sea necesario para l a co r recta ejecu ci ó n d e l a pr es ta ció n materia del prese nte cont ra t o.
El monto contr ctual en su to ta li dad será asumido por la entida d en la fuente d e financi amiento:
l'.ll_Q<,;_ AMA . 9002 _ .=1 RO _I_9
39_9_2)9_.2_-·--¡'
G- H!t-'oWQ___ .. _ _ i%-º---2 --= EJRY ; J {JNo- 6 s-·- ---· --- -- - - - --·-·· ----- -- - --
-ESPEC I F I CA ---- 23.27 .21 ---
CLÁUSULA CUARTA: PLAZO DE LA PRESTACION E l per i odo de ejec u ción d e la Consul to rí a es d e Veinticinco (25) días Hábiles, co n tados a pa r ti r d el día sig ui e nte d e la s u scripci ó n de l co n trato, ele conturmiclad co n l o esta bl eci do e n el quinto pá rra!ó del Artículo 149" del regla m e n to d e Ley de co n trataci on es y Adq u is icio n es del Estad o, pl azo que se rá monitorea do por l a DPU y R / GDUR. De la M uni cipalida d Pro v incia l de H u a raz.
C LÁUSULA QUINTA: FORMA DE PAGO El pa go se r ea li za d e l a si gu iente manera :
>- A l a Prese n tació n del estudio e n men c ión a Mu nic ipalida d Pro v i nci a l ele Hu a r az, previa co nformidad del Est udio por porte ele la División ele Planenmie nto U t"bano y Rural de la G e re n cia d e Desarrollo U rbn n o y Rur a l el e l a Mun i c ipalid ad Pro v inci al ele Huaraz. Se r ea l i ce el trámite correspondi e nte para su pago a lGO%
Págin a 1 de 2
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llrNIIItilld6fteflk¡j Provincia de Aija - Región Ancash
Creado por Ley N° 8188 del 05-MAR-1936 wDifL..,._
CLAUSULA DECIMA PRIMERA: RESOLUCION DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato,de conformidad con los artículos 40°,inciso e), y 44° de la ley, y los artículos 167° y 16SO de su Reglamento; de darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
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CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Sin perjuicio 'Cie ·la in mnización por<:laño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a ElCONTRATI$'tA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidadciviles y penales a que hubiere lugar. EL CONTRATISTA planeará y será responsable por los métodos de trabajo y la eficiencia de los equipos empleados en la ejecución de su prestación, los que deberán asegurar un ritmo apropiado y calidad satisfactoria. CLÁUSUlA DÉCIMO TERCERA:MARCO LEGAL DEL CONTRATO Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, se utilizarán las disposiciones pertinentes delCódigo Civil vigente y demás normas concordantes. CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA:RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD La recepción y conformidad del servicio se sujetará a lo establecido en el artículo 176° del Reglamento de la léy de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO La liquidación del contrato se sujetará a lo establecido en elartículo 179° delRe_glamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS ATRIBUIBLES AL CONTRATISTA
Ende incumplimiento por parte de ECl ONTRATISTA de alguna de sus obligaciones, que hay:a siOO previamente observada por LA ENTIDAD, y que no haya sido materia de subsanaCión, esta ultima podrá resolver el presente Contrato, en forma total o parcial, mediante remisión por la vía notarial del
documento en el que se manifieste esta decisión y el motivo que la justifica, de conformidad con el procedimiento y formalidades previstos en el artículo 40° de la Ley de Contrataciones del Estado.
' Enest&supuesto, se ejecutarán las garantías que ECl ONTRATISTA hubiera otoJWKio de confonnldad con el articlilo 164° del Reglamento de la ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de la indemnización por daños y perjuicios ocasionados. CLÁUSULA DÉCIMO SEPTIMA: CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES Sin.perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias que pudieran aplicarse a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas, nito eximen de las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar.
i. c; !
t.-ll·; ·ffiar¡iJ - Provincia de Aija - Región Ancash ·
Creado por Ley N° 8188 del 05-MAR-1936 •
CLÁUSULA QUINTA: INICIO Y CULMINACIÓN DE LA PRESTACIÓN
La vigencia del presente contrato es a partir del día siguiente de suscripción del contrato hasta los 45 días calendarios, que será cancelado según los términos de la cláusula anterior luego de la evaluación y emisión de la conformidad a la prestación a cargo de ELCONTRATISTA.
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
Elpr te contrato está conformado por las Bases, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de:selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLAUSULA SE A: CONFORMIDAD DEL SERVICIO
La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el Artículo 176° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En el caso de existir observaciones se levantará un Acta de Observaciones, en la que se indicará c!aramente en qué consisten éstas, dándole a EL CONTRATISTA un plazo prudente para su subsanación, según los plazos establecidos en elReglamento. Si después del plazo otorgado a EL CONTRATISTA, LA ENTIDAD considera que no se ha cumplido a cabalidad con la subsanación, podrá resolver el contrato.
CLÁUSULA OCTAVA:DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
El contratis.ta declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presentecontrato de contra entrega.
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CLÁ\lSULA NOVENA:RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
. La confofmidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a /;;; redamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 500 de la k) , Ley. f ! i j ¡,;,C; LAUSULA DECIMA: PENALIDADES POR RETRASO INJUSTIFICADO
'i: :r· Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del
. 1 contrato, LA ENTIDAD le aplicará en todos los casos, una penalidad por cada dia calendario de atraso, } :':, . hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual (de ser el caso, ! fu· consignar si se trata del ítem, tramo, etapa o lote que debió ejecutarse o de la prestación parcial en el !-[ff !# caso de una ejecución periódica), en concordancia con el artículo 165° delReglamenlo de la Ley de i -- Contr taciones del Estado. La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la
-! ' siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = 0.10x Monto
F x Plazo en días
OóndEt: F = U.15para plazos mayores a sesenta días o; F = 0,40 para plazos menores o iguales a sesenta días.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato parcial o totalmente por incumplimiento mediante carta notarial y ejecutar en lo que corresponda la Garantía de Fiel Cumplimiento, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios ulteriores que pueda.exigir, asimismo, prooederá a comunicar este hecho al Consejo Superior de Contrataciones del Estado. Esta penalidad será deducida de cualquiera de sus facturas pendientes o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento. La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por elCódigo Civil y demás -normas concordantes.
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Provincia de Aija - Región Ancash ·
Creado por Ley N° 8188 del 05-MAR-1936 . .
CONTRATO de elaboración del "ESTUDIO DE SELECCIÓN DE ÁREA PARA INSTALAR INFRAESTRUCTURA DE TRANSFERENCIA. TRATAMIENTO Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS EN.ELDJSTRITO DE LA MERCED.PROVJNCJA DEAIJA. REGIÓN ANCASH".por ADJUDJCACJON
f DE MENOR CUANTIA NO 010-2012-MDLM-CEP
i...<. #t :/·,-S:.... co 41 Conste por el presente documento, la contratación del servicio de consultoría para la elaboración del iff \:,g. }:;
Ji \\\ 1Jl- !} -
i.s.! .-',
"ESTUDIO DE SELECCIÓN DE ÁREA PARA INSTALAR INFRAESTRUCTURA DE TRANSFERENCIA, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS EN EL DISTRITO DE LA MERCED, PROVIN· tA DE AIJA, REGIÓN ANCASH", que celebra de una parte la Municipalidad Distrital· de ta Merced, en adelante LA ENTIDAD, con RUC N° 20207753191, con domicilio legal en Plaza de Armas SIN La rced - Aija, representada por el Señor Alcalde Profesor Darío, GARCÍA MALLQUI, identificado
fSl .¿ \-s'
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con DNI N° 31768881, y de otra parte el lng. Sidney Richard MENDOZA OSORIO, con DNI N° 31655701, con RUC N° 10316557011, con domicilio legal en en la Alameda Grau N° 960, San Francisco, Huaraz, a quien en adelante se le denominará "EL CONTRATISTA" en los términos y condieil:mes siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha 09 de Noviembre del 2012, el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA N.0 010-2012-MDLM..CEP, para la contratación del servicio de consultoría para ia elaboración del "ESTUDIO DE SELECCIÓN DE ÁREA PARA lNSTALAR INFRAESTRUCTURA DE TRANSFERENCIA, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS EN EL DJSTRITO DE LA MERCED, PROVINCIA DE AIJA, REGIÓN ANCASH", a el lng. Sidney Richard MENOOZA OSORIO, cuyos detalles, importes unitarios y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
Elobjeto{'jelpresente Contrato, es la Contratacióndel Servicio eeonsultoria para fa.elaboración del "ESTUDlO DE SELECCIÓN DE ÁREA PARA INSTALAR INFRAESTRUCTURA DE TRANSFERENCIA, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS EN EL DISTRITO DE LA MERCED, PROVINCIA DE AIJA, REGIÓN ANCASH", luego de una selección según elTDR.
.·i CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL 'P.
:fLt El monto total del presente contrato del servicio CONSULTORÍA asciende a SI. 25, 000.00 (Veinticinco Mil eón 00/100 Nuevos Soles) a todo costo, incluido IGV. Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea
necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato. :
l ; CLÁUSOLA CUARTA: FORMA DE PAGO .E:J
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en nuevos soles, El pago de los servieies se efectuara de la siguiente manera: <>
A la entrega del Estudio: 70 % y a la aprobación del Estudio: 30 %, luego de la recepción formal y completa de ia documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 o del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser estos recibidos.
V · cia de Aija - Región Ancash ·
Creado por Ley N° 8188 del05-MAR-1936 •
CLÁUSULA DÉ OCTAVA; SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecl.lción contractual dentro delplazo de caducidad previsto en los articUos 144°, 170, 175°, 177° y 17go del Reglamento o, en su defecto, en el artículo 52" de la ey. 8 l..alxk> art:itrcll emitido es definitivo e inapelable,tiene el valor de cosa juzgada y se ejeCuta como una se1teLia.
CLÁUSUlA DÉCIMO NOVENA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cuatquiera desartes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corrjendo con todos los gastos (Jle dem de esta formalidad. CLÁUSULA ÉSIMO:VERACIDAD DE DOMICILIOS
Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato.. De acuetrlo con.las Bases, la propuesta técnica y económica y .las disposiciones del,presente contrato, las partes fo 1irman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de La Merced a los 20 delmes de Noviembre del2012.
"LA ENTIDAD"
"Ai'ío de la Integración Nacional y e l Reconocimiento <ie 1\:uestra Diversi dad"
de Hu:1r:u.
Ger e11l:1:1 d"\dmmislración _1· Fin;m¡;¡s
'r A la en tr ega y aprobac1 ón del e.-;tuclio en m e nción al IV[iniste r i o de \"iYienda:, y Con,;rrucció n, se Preced e rá e l Otro Pago del 40 'ií. .
CLAUSULA SEXTA: DESCRIPCION DEL SEHVICIO DEL LOCADOR Realizar la eva lua ción de un estudio técnico ele una zon<J uitica ele <1n.Íiis is y pe l i gro ele vulnerabili dad de n t r o d e la ciudad ele Huaraz.
CLAUSULA SEPTIMA: DECLARACIÓN IURADA EL LOCADOR declara bajo juramento que se comprome te a cumplir las o b li ga ciones d er iva d a s del prese nte co n trato, bajo sanción ele quedar inhabilitado par·a contratar con el es tado en caso ele ir1 c umplimiento y dem ás sa n cio nes administrativas aplicables.
CLÁUSULA OCTAVA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conf-orm id ad de recepción de la prestación por parte de la E N TIDAD n o enerva s u derecho a reclam a r posteriormente por efectos o v icios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 502 ele la L ey ele Co n t rata ciones y Adquisiciones ele! estado_
CLÁUSULA NOVENA: PENALIDADES En caso ele retr·aso injustificado en id ejecución ele lds p1·est ac iones objeto del cont rato L A ENTIDAD l e aplicará a EL LOCADOR una penaliclacl por cada día el e r e tr·aso, hasta por· un m onto máxim o equivalente al diez por c i ento (10%,) del monto del con t rato vigente o, de ser el caso, ele! ítem que debió eje c u ta rse.
Esta penalidad será deelucida ele los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidaci ón f inal: o si fuera necesario, se cobrará del mon t o r·esulta nte ele la ejecución de las gMantías del fi e l cumpl imiento. La penaliclacl se aplicará au t nmi1ticarnent e y se calcui <1 r Ú ele acue rdo con la siguien te fó rmula :
O.lOxMontn 1-'enaliclaLN ·ia =
Dónde: \
F = 0 .25 pa1·a plazos mayo¡·es a sesenta (60) día s o;
F = 0.4-0 pa¡·a plazos meno¡·es o iguales a sesenta (60) días.
F x P lazo en días
Tanto el monto como el plazo se r efieren, según corr esponda, al con trato o ite m que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucrarán obligaciones cle·ejecución periódica, a la pres tación parcial que fuera materia ele retraso. Cuando se llegue a cubrir el monto máximo ele la p enaliclacl, L A ENTIDA D podr·;i resol v er el contrato por incumplimiento.
CLÁUSULA DECIMA: RESOLUCION DE CONTRATO Cualquiera de las partes podrá resolver el contrat o, el e conformidad de los artículos 4-02 inciso e), y 44º d e la ley, y el artículo
1 167 º y 168º ele su reg l amento ele la ley de contra taciones del Estad o.·
CLAUSULA DECIMA PRIMERA: CUMPLIMIENTO D E Orl LIG AC IO NES Sin perjuicio de la indemnización por· daño ulte r·ior. la s sa n ciones administrativas y pec uniar·ias qu e pudieran aplicarse EL LOCADOR, no lo eximen ele cumpl ir con las cle m;ís obliga ciones pactadas, ni lo ex imen ele las r es ponsabil i dacles civ il es y penales a que hubiera lugar·.
CLÁUSULA DECIMA SEGUNDA: VERACIDAD DE DO M I C ILIOS Las partes contratantes han declar·ado su s r espect i vos domic i l ios e n la par·te intr-o d uctoria del present·e ccmtrato.
CLAUSULA DECIMA TERCEIZA: PIWlllrliCIONES AP LI CABLES AL LOCADOR EL L,OCADOR se encuentra pmhibielo ele ceder su pos i c i ó n contr·act u al en la ej e cución de este ser·vicio, as í mismo se encuentra prohibido ele sub contr<1tar· to tdl o parcialmente <1 otr a persona para qu e cles e mpeile las funcion es que le competen _ El incumplimiento ele estas condiciones será causal d e r eso lución inmediata el e este cor1trato habi l itando a LA ENTIDAD par-a que inte r·ponga las acciones lega les que cor responda .
De acuerdo a la documentación que sustenta el p1·esente contrato, l a s partes lo firman por· Triplicado en sei'íal de conformidad en la ciuclael ele 1-luaraz, Provincia ele Huaraz, Depar·tarnen t o ele Ancasl1, el día 15 de Octubre del2012.
,
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STOR EN LA ESPECIALIDAD
Señores
Presente.-
ANEXO Nº 7
COMITÉ ESPECIAL
GOBIERNO REGIONAL DE ANCASHAMC Nº 193-2012-GRA (PRIMERA CONVOCATORIA)
Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD :
Nº
CLIENTE
OBJETO DEL SERVICIO
FECHA
MONEDA
IMPORTE
MONTO FACTURADO ACUMULADO
FOLIOS
3
CONSTRUCCION DEL CANAL DE REIGO TISHCUYOC ‐SHIRAPAT MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAVIN
24/12/2009 S/.
8,000.00
8,000.00
4
MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DEL,CANAL DE RIEGO
SACCHA, PARIAJIRCA ‐ ANTA, DISTRITO DE ANTA, RPOVINCIA DE
CARHUAZ
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANTA
01/10/2012 S/.
7,500.00
15,500.00
5
IMPLEMENTACION DE LA PISCIGRANJA DE SECSI, DISTRITO DE
YURACMARCA, PROVINCIA DE HUAYLAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YURACMARCA
01/07/2012 S/.
5,050.00
20,550.00
6
AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE DE
QUITARACZA, DISTRITO DE YURACMARCA, PROVINCIA DE HUAYLAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YURACMARCA
01/10/2012 S/.
4,200.00
24,750.00
1
CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE RIEGO COLLAHUASI MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RECUAY
01/11/2012 S/. 6,000.00
30,750.00
TOTAL 30,750.00
Huaraz, 11 de Enero del 2013
………..........................................................
Señores
Presente.-
ANEXO Nº 6
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ACTIVIDAD
COMITÉ ESPECIAL
AMC Nº 193-2012-GRA (PRIMERA CONVOCATORIA)
Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD :
Nº
CLIENTE OBJETO DEL SERVICIO
FECHA MONEDA IMPORTE MONTO
ACUMULADO FOLIOS
1
2
ELABORACION DEL ESTUDIO A NIVEL DE PERFIL "CONSTRUCCION DEL
SISTEMA DE RIEGO ANRA‐CASCAY" MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANRA
23/04/2007 S/.
60,000.0060,000.00
3
MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD CIUDADANA, DE LA
RPVINCIA DE CARHUAZ MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ
01/08/2012 S/.
10,500.0070,500.00
1
ELABORACION DEL ESTUDIO A NIVEL DE PERFIL " MEJORAMIENTO DE LA
CALLE TUPAC AMARU, DISTRITO DE MANGAS GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH
01/11/2012 S/.
10,900.00
81,400.00
TOTAL 81,400.00
Huaraz, 11 de Enero del 2013 ………..........................................................
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 193-2012-GRA
E.2) METODOLOGÍA PARA LA FORMULACION DE ESTUDIO A NIVEL DE
PERFIL
1.00 GENERALIDADES
La metodología planteada, es usada por el consultor, como método de operación y producción en
el estudio, factores que están íntimamente relacionados al plazo de ejecución, ya que este
método es usado en las empresas más reconocidas del Perú, precisamente como medio para
garantizar el cumplimiento de las actividades programadas.
El método tiene sus fundamentos en dos vertientes; la primera, es en el PMI (Project
Management Institute), de donde se han extraído las sugerencias recomendaciones para el
control del Plazo de para el estudio, los que se detallaran más adelante. La segunda vertiente, es
la del Lean Construction, que en este caso complementa a la gestión de proyectos planteada
inicialmente, y en gran medida hace que sea posible la realización la ejecución de las actividades o
partidas proyectadas estimadas.
OBJETIVOS
Dar a conocer la metodología de trabajo que la usará, que permita la planificación, control y
seguimiento del plazo de de ejecución en el estudio.
2.00 DESCRIPCIÓN DE LA METODOLOGÍA PLANTEADA
Como una aproximación general al enfoque propuesto, se incluye el procedimiento metodológico
a seguir para el desarrollo del servicio de consultoría que incluye la interacción entre el trabajo de
campo a desarrollar por el equipo consultor en la Localidad de Pampamarca, Distrito de Acopampa
y el trabajo de gabinete del equipo de consultoría.
a) Metodología del Trabajo de Campo
El trabajo de campo constituye el instrumento fundamental para la recopilación de la información
necesaria para la realización del servicio de “línea de base como identificar indicadores que
permitan analizar el impacto de las actividades de adaptación al retroceso acelerado de glaciales.
Para ello, se consideran las siguientes instituciones y sectores:
A nivel de los sectores priorizados en la provincia Huaraz, para obtener información existente y y
tener en consideración la guía metodológica para pequeñas y medianas .
Coordinación con representantes del Proyecto.
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 193-2012-GRA
A nivel del gobierno regional de Ancash, en los sectores priorizados (gobierno regional, dirección
regional de agricultura, la comisión de regantes y la junta de usuarios de agua de riego del callejón
de Huaylas, etc).
El trabajo de campo que desarrollará el equipo de profesionales incluirá principalmente los
siguientes aspectos:
Información estadística y documental, respecto a los productos exigidos en los Términos de
Referencia.
Equipo Clave o Staff
PERSONAL PROFESIONAL
Ing. Jefe del proyecto
Economista
Ing. Especialista Ambiental
PERSONAL TÉCNICO
1 topógrafos
2 dibujantes
CAD
1 digitador
2 ayudantes de topografía
Fuentes de Información
Las fuentes de información a utilizar por el equipo consultor serán variadas, dependiendo del
tema objeto de análisis, por ello es muy importante desarrollar un análisis tanto en términos
cualitativos como cuantitativos.
La información básica que servirá como insumo para el desarrollo del estudio consultoría para
identificar indicadores, se obtendrá fundamentalmente del trabajo de campo.
La información para el análisis del entorno, fundamentalmente es la que se desprende del último
Censo Nacional, que será complementada con estudios específicos.
La información básica se obtendrá de las instituciones priorizadas y de Ministerios como de
agricultura, salud y del Ambiente, de los documentos elaborados por ellos y sus dependencias
correspondientes como:
‐ Gestión de los recursos Naturales
‐ Análisis de problemas en la zona de estudio
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 193-2012-GRA
b) Técnicas de Recojo de Información
Las técnicas utilizadas por el consultor y su equipo para cumplir con sus propósitos son las
siguientes:
La Observación Bibliográfica, referida a la revisión sistemática de documentos recopilados como
textos técnicos sobre muestreo, organización, administración, planeamiento estratégico, gestión,
etc.
Entrevistas a profundidad a funcionarios y empleados de las instituciones priorizadas, con el
propósito de conocer la información con la que cuentan sobre la zona de impacto del proyecto del
Distrito de Acopampa.
Finalmente, el flujo de información entregada será analizada previa consistencia, que se expresará
en la elaboración del expediente definitivo que contribuya de manera efectiva al logro de los
objetivos trazados por el servicio de consultoría en los plazos determinado en los términos de
referencia.
c) Metodología del Trabajo de Gabinete
El consultor cuenta para el trabajo de gabinete con un equipo de profesionales con basta
experiencia en los temas que involucra la presente convocatoria. Dicho equipo tiene carácter
interdisciplinario, cuya función será la de procesar y realizar el análisis de la información obtenida
durante el trabajo de campo.
Para efectos metodológicos, se conformará un Equipo Clave o Staff y un equipo de Campo
Auxiliar. Los resultados del trabajo luego de ser discutidos en el interior del Equipo Clave, será
incorporada a los informes respectivos.
Planeamiento, Organización y Programación de Estudio.
El método se inicia en la etapa de pre elaboración del estudio. En esta etapa se determinan: El
alance del proyecto, tiempo del proyecto y producción. En la siguiente figura, se muestra el
cuadro de procesos y formatos que se usaran en la ejecución del proyecto del presente proceso
de licitación.
ALCANCE DEL PROYECTO
PLANIFICACIÓN PLAN DE GESTION DE ALCANCE
DEFINICIÓN ENUNCIADO DEL ALCANCE
CREACIÓN DE WBS
WBS
DICCIONARIO WBS
RELACIÓN DE SUB CONTRATOS
FORMALIZACIÓN DOCUMENTACIÓN DE CONTRATO
ENTREGABLES ACEPTADOS
PRODUCCIÓN DESARROLLO
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 193-2012-GRA
TIEMPO DE PROYECTO
PLANEAMIENTO DETERMINACIÓN DE HITOS
LAYOUT DE OBRA
PROGRAMACIÓN
DEFINICIÓN DE ACTIVIDADES
SECUENCIA DE ACTIVIDADES
ESTIMACIÓN DE RECURSOS DE ACTIVIDADES
ESTIMACIÓN DE DURACION DE ACTIVIDADES
CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN MAESTRA
ACTIVIDADES RELEVANTES Y RESTRICTIVAS
FORMACIÓN
Como se puede apreciar, el método plantea seguir secuencialmente con una serie de tareas y
ejercicios, que se deberán realizar para lograr así el planeamiento, organización y programación
del estudio. En la siguiente figura se puede apreciar una estructura WBS (Work breakdown
structure) usada en uno de sus proyectos de inversión pública.
Planeamiento, Organización y Programación de Estudio.
Ya que el programar no es suficiente, por lo mismo que es una idealización de la elaboración del
expediente técnico, el método continúa con lo que hoy en día es conocido como Last Planner,
herramienta usada como aplicación de la filosofía de producción Lean Construcction. El sistema es
simple, y puede ser entendido como: Asegurar que lo que pretendemos hacer se cumpla en el
estudio, eliminando o descartando restricciones que podrían imposibilidad la realización de los
trabajos programados.
El método planteado, sigue lo siguientes pasos.
1. Determinación del Cronograma de Ejecución Maestra.
Este es determinado en la etapa anterior, es decir, es básicamente el cronograma gant, donde se
describen el inicio y tiempo de ejecución de las diversas actividades programadas. Estas
actividades son ingresadas al sistema tal como sigue.
2. Determinación de Planificación intermedia (Lookahead)
Es básicamente una ventana donde se muestran las actividades programadas en un periodo corto,
en este caso de 4 semanas. Y es precisamente en esta etapa donde se analizan cada una de las
restricciones que podrían tener las partidas programadas.
A continuación se muestra el mismo.
4. Determinación de Planificación semanal
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 193-2012-GRA
Ya con las restricciones totalmente salvadas, y con las actividades seleccionadas se procede a
programar la semana de actividades, ingresando metrados, responsables, etc. tal como se
muestra.
Como se puede apreciar, lo que el método permite es filtrar las actividades que sean realmente
posibles de ejecutar, y así no estar incurriendo en pérdidas por detenciones de actividades, que
tendrían impacto no sólo en el plazo de elaboración del expediente técnico, sino también en
factores como el costo y calidad de estudio.
Finalmente, a fin de tener un registro de los avances de cada actividad, periódicamente se van
actualizando los datos de avance por partida, tal como se muestra a continuación.
6. Descripción de las actividades:
PRIMERA PARTE
6.2 .1 RECONOCIMIENTO DE TERRENO
El Consultor deberá ejecutar un minucioso recorrido de la zona donde se ejecutará el proyecto
para evaluar, comprobar y verificar, las condiciones en que se encuentra la misma. En este
procedimiento comprobará cualquier modificación que se haya presentado en el área del
proyecto respecto de la información existente con que cuenta y que serán considerados en el
estudio, procurando actualizar cualquier cambio producido por nuevas instalaciones o
construcciones, cambios o variaciones en la topográficas o cualquier otra característica o
condicionante física que se haya presentado en el área del proyecto.
6.2.2. OBJETIVOS Y METODOLOGÍA DE LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO
El objetivo principal es la obtención de planos veraces y fidedignos, mientras que el objetivo
secundario es obtener Bench Mark ó Puntos de Control en un número suficiente como para
desarrollar trabajos de verificación de cotas y tener cotas de referencia para los trabajos a
realizarse. Como actividad de campo se ha realizado la ubicación de los vértices de la poligonal de
enlace y de la poligonal básica teniendo como finalidad la visibilidad entre vértices, que
normalmente se ha ubicado en el eje del canal, se han realizado poligonales cerradas como
poligonales abiertas.
El objetivo de levantamiento topográfico es para el desarrollo del proyecto, así como, las
diferentes obras de arte y tomas laterales.
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 193-2012-GRA
Trabajos a realizar en Campo
Para el establecimiento de los puntos de control se ejecutaran los siguientes trabajos:
3.2.1 Recopilación y Evaluación de Puntos Existentes
Se evaluará la siguiente información sobre los puntos de control establecidos por el Instituto
Geográfico Nacional.
3.2.2 Reconocimiento del Terreno Como actividad de campo se realizarán la ubicación de los
vértices de la poligonal de enlace y de la poligonal básica teniendo como finalidad la visibilidad
entre vértices, que normalmente se ha ubicado en el eje del canal de.
3.2.3 Monumentación de los Puntos del Terreno
Antes de iniciar las mediciones angulares y de distancias se pondrán todos los vértices de las
poligonales básicas, con hitos de madera de 0.20m de profundidad.
Para la elaboración del trabajo topográfico se utilizara los siguientes equipos.
‐ Estación Total LEICA
‐ 02 Porta prismas
‐ 03 Prismas
‐ 01 Nivel
‐ 02 Miras
‐ GPS
‐ 01 Wincha metálica 50m.
‐ 01 Wincha de fibra de vidrio de 50m.
‐ 02 Niveles esféricos
‐ 01 Estación base de radio frecuencia VHF
Equipo de Cómputo
‐ 01 Computadora CORE i7 800 Mhz, 4GB de RAM de memoria
‐ 01 Impresora LaserJet
‐ 01 Plother HP Design
‐ 01 Disco HD 1.0 Tb
INFORME FINAL “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO DEL CANAL
PAMPAMARCA, DISTRITO DE ACOPAMPA, PROVINCIA DE CARHUAZ‐ REGIÓN ANCASH”
Equipo de Software Topográfico:
‐ Módulos: Básico y colector de datos
‐ Sistema CIVIL 3D V12, para la elaboración de curvas de nivel
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 193-2012-GRA
Brigadas de Campo y Gabinete
‐ 02 Brigadas de campo, consta de 02 Topógrafo, 01 Operador de Estacion Total, 01 operador de
Nivel Autiatico, 02 Portaprismas., y 02 porta miras.
‐ 01 Técnico Cadista especializado en procesar información de campo,
Colección de equipo digital y planos computarizados (puentes, caminos, carreteras, obras de arte,
etc.).
Impacto ambiental
Es necesario cuantificar los impactos ambientales potenciales negativos que podrían generarse
como producto de las interacciones al ejecutar el Proyecto con el ecosistema y costearlos con la
finalidad de evitar y/o mitigar dichos impactos ambientales.
Estudios de Impacto Ambiental
Con el fin de determinar si hay necesidad o no de realizar el Estudio de Impacto Ambiental, se
realizará una evaluación del impacto ambiental mediante el diagnóstico ambiental y la
elaboración de una matriz de valoración de impactos.
El Estudio de Impacto Ambiental identificará los potenciales impactos positivos y negativos que
generará el proyecto en sus diferentes etapas: diseño, construcción, operación y mantenimiento;
proporcionando los lineamientos a seguir para la mitigación de los efectos negativos que podrían
darse.
DESARROLLO DE FACTORES MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS EN LAS BASES: f)
C. MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS EN LAS BASES.
b) Enriquecimiento de los Términos de Referencia 25 puntos
Se evaluará en función al número de mejoras que proponga el consultor en relación al contenido del expediente,
considerado en el punto 5.0 de los términos de referencia
1. SUGERENCIA (A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
Zonas Críticas
De existir zonas críticas en estudio de proyecto MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO
DEL CANAL PAMPAMARCA (GESTIÓN DE RIESGOS) como inundaciones producidas por el Incremento de
agua en las quebradas por las precipitaciones pluviales que puedan causar derrumbes
, se estará planteando estructuras de trasvase y canoas, además de considerar el componente de capacitación
técnica y social para la sostenibilidad del proyecto.
2. LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO
El objetivo principal es la obtención de planos veraces y fidedignos, mientras que el objetivo secundario es
obtener Bench Mark ó Puntos de Control en un número suficiente como para desarrollar trabajos de
verificación de cotas de la captación, canal principal, canales secundarios, tomas laterales, cruces de
quebrada y otros y tener cotas de referencia para los trabajos a realizarse. Como actividad de campo en
primer lugar se realizaran las coordinaciones con los involucrados, con el propósito de lograr su
participación y en el aspecto técnico se ha realizará la ubicación de los vértices de la poligonal de enlace
y de la poligonal básica teniendo como finalidad la visibilidad entre vértices, que normalmente se ha
ubicado en eje del canal, se han realizado poligonales cerradas como poligonales abiertas.
El objetivo de levantamiento topográfico es para el desarrollo del proyecto, así como, diseñar las obras
del sistema de riego.
Trabajos a realizar en Campo
Para el establecimiento de los puntos de control se ejecutaran los siguientes trabajos:
1
DESARROLLO DE FACTORES MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS EN LAS BASES: f)
3.2.1 Recopilación y Evaluación de Puntos Existentes
Se evaluará la siguiente información sobre los puntos de control establecidos por el Instituto Geográfico
Nacional.
3.2.2 Reconocimiento del Terreno Como actividad de campo se realizarán la ubicación de los vértices de
la poligonal de enlace y de la poligonal básica teniendo como finalidad la visibilidad entre vértices, que
normalmente se ha ubicado en el eje del canal
3.2.3 Monumentación de los Puntos del Terreno
Antes de iniciar las mediciones angulares y de distancias se pondrán todos los vértices de las poligonales
básicas, con hitos de fierro de 0.40m de profundidad. Posteriormente para nivelarlos y tener una cota
absoluta, las nivelaciones serán desarrolladas en ida y vuelta con los mínimos márgenes de error.
Para la elaboración del trabajo topográfico se utilizara los siguientes equipos.
- Estación Total LEICA
- 02 Porta prismas
- 03 Prismas
- 01 Nivel
- 02 Miras
- GPS
- 01 Wincha metálica 50m.
- 01 Wincha de fibra de vidrio de 50m.
- 02 Niveles esféricos
- 01 Estación base de radio frecuencia VHF
- 03 Handy
- 01 Camioneta
- 1 altímetro barométrico (tomen)
Equipo de Cómputo
- 01 Computadora CORE i7 800 Mhz, 4GB de RAM de memoria
- 01 Impresora LaserJet
- 01 Plotter HP Design
- 01 Disco HD 1.0 Tb
2
DESARROLLO DE FACTORES MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS EN LAS BASES: f)
3. ESTUDIO DE SUELOS Y GEOLOGÍA
a. Trabajo de Campo
Excavación de calicatas de no menos de 1.00 m. de profundidad, con espaciamiento de 500 metros
distribuidos a lo largo del canal.
Los trabajos de campo y ensayos de laboratorio permitirán definir la estratigrafía del subsuelo, se
clasificará el grado de dificultad para la realización de trabajos de excavación y se analizará el grado de
agresión para las estructuras de concreto.
Para ello se harán los siguientes estudios
• Evaluación y clasificación del tránsito previsto.
b. Ensayos de Laboratorio:
En muestras alteradas
• Ensayos para identificación y clasificación de suelos.
• Clasificación de suelos SUCS y AASTHO
Ensayos de Humedad natural.
Ensayo de Contracción.
Análisis Químicos de los Suelos (contenido orgánico, Ph., sales solubles totales, cloruros, sulfatos).
• Ensayos para determinar: Peso Específico, Humedad Natural
4. IMPACTO AMBIENTAL
Con el fin de determinar si hay necesidad o no de realizar el Estudio de Impacto Ambiental, se
realizará una evaluación del impacto ambiental mediante el diagnóstico ambiental y la elaboración
de una matriz de valoración de impactos.
El Estudio de Impacto Ambiental identificará los potenciales impactos positivos y negativos
que generará el proyecto en sus diferentes etapas: diseño, construcción, operación y
mantenimiento; proporcionando los lineamientos a seguir para la mitigación de los efectos
negativos que podrían darse.
La presentación del EIA incluirá los siguientes puntos:
- Resumen Ejecutivo
- Marco Legal
3
DESARROLLO DE FACTORES MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS EN LAS BASES: f)
- Introducción
- Objetivo del Documento
- Descripción Técnica del proyecto de mejoramiento del servicio del canal de riego
- Descripción de Áreas de influencia
- Identificación y Análisis de Impactos
- Cuantificación de Impactos Potenciales para cada una de las siguientes etapas:
o Plan de Manejo Ambiental
o Plan de Monitoreo Ambiental
- Conclusiones
- Recomendaciones
- Anexos (fotos)
5. 1. APORTE ( CRITERIOS AMBIENTALES ESPECÍFICOS)
Las entidades involucradas deben exigir al consultor que previo inicio de las actividades en el sitio del
proyecto, se debe tener un Programa de seguridad y salud en el trabajo, acorde con la legislación vigente y
adaptada a las condiciones del sitio donde se desarrollaran las labores. Este programa deberá ser conocido
por los trabajadores del proyecto.
Todas las áreas de estudio son áreas de uso de Equipo de protección Personal (EPP). Tanto a los empleados
como visitantes a esas áreas se les proporcionará y requerirá usar equipo protector de la cabeza. Además,
deberán colocarse señales de advertencia en los puntos de entrada, indicando el requisito de usar EPP.
Analizar las dimensiones físicas, biológicas, sociales, económicas y culturales relacionadas con el proyecto y
utilizarlas para orientar el desarrollo del proyecto en armonía con la conservación del ambiente su Plan y
Programa de Aspectos e Impactos Ambientales a los cuales se expondrá.
4
GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº -2012-GRA
ANEXO Nº 11
SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL DIEZ POR CIENTO (10%) POR SERVICIOS EJECUTADOS
FUERA DE LIMA Y CALLAO
Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 193-2012-GRA Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente el suscrito, postor, solicito la asignación de la bonificación del diez por ciento (10%) sobre el puntaje total, debido a que mi representada se encuentra domiciliada en la Avenida Confraternidad Internacional Este 933, soledad, distrito de Independencia, la que está ubicada en la provincia Huaraz .
Huaraz, 11 de enero del 2013
………………………….……………………….. 1
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