gobierno autÓnomo descentralizado municipal … · defensa contra incendios y su reglamento...
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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN HUAQUILLAS
Dir: 10 de Agosto y Teniente Cordovez, Edif. Municipal, telf. 2996-286 ext. 207, mail:lapolo@huaquillas.gob.ec Huaquillas – El Oro- Ecuador
CONSIDERANDO
Que el artículo 33 de la Ley de Defensa Contra Incendios establece “unificase la
contribución predial a favor de todos los Cuerpos de Bomberos de la Republica en el cero
punto quince por mil, tanto en las parroquias urbanas como en las parroquias rurales, a
las cuales se les hace extensivo”.
Que en el Reglamento General para la aplicación de la Ley de Defensa Contra Incendios
Capitulo IV de los Recursos Económicos artículo 38 indica “Responsables de recaudar la
contribución predial.- Para el fiel cumplimiento de la recaudación de la contribución
establecida en el artículo 33 de la Ley, y de conformidad con la facultad otorgada en el
numeral 5 del artículo 4 de la misma, los Jefes de Zonas recabaran de los tesoreros
municipales la entrega oportuna de la recaudación mensual de dichos fondos, bajo
responsabilidad de estos funcionarios”.
Que en el artículo 7 de la Ordenanza de Transferencia de la competencia del Cuerpo de
Bomberos y Gestión de Riesgos del Cantón Huaquillas al Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del Cantón Huaquillas, indica que son deberes y atribuciones
del Concejo Municipal de Huaquillas literal d) “Velar por el cumplimiento de la Ley de
Defensa Contra Incendios y su Reglamento General, Reglamento Orgánico Operativo y de
Régimen Interno y de Disciplina de los Cuerpos de Bomberos del país, y las ordenanzas
que expida el GAD Municipal del Cantón Huaquillas”.
Qué el artículo 19 de la Ordenanza de Transferencia de la competencia del Cuerpo de
Bomberos y Gestión de Riesgos del Cantón Huaquillas al Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del Cantón Huaquillas, establece las “Fuentes de Ingreso.-
literal c) La contribución predial del 0.15 por mil, establecida en el artículo 33 de la Ley de
Defensa Contra Incendios”.
En uso de sus facultades Constitucionales y legales:
RESUELVE
EXPEDIR LA ORDENANZA PARA EL COBRO DE LA CONTRIBUCIÓN PREDIAL DEL 0.15 X MIL, SOBRE LOS PREDIOS URBANOS Y RURALES DEL CANTÓN
HUAQUILLAS, POR PARTE DEL GAD MUNICIPAL DE HUAQUILLAS A FAVOR DEL CUERPO DE BOMBEROS DEL CANTON HUAQUILLAS.
Art. 1.- Inclúyase el valor del 0.15 por mil, desglosado en las planillas de cobro de predios.
Art. 2.- Al recaudarse dicho valor en las ventanillas de recaudación municipal, por tratarse
de fondos de terceros. El Jefe de Recaudación Municipal, el primer día hábil siguiente a la
recaudación, depositará dichos valores a la cuenta corriente de ingresos No. 101012024-8,
Código (130112) que el Cuerpo de Bomberos del Cantón Huaquillas mantiene en el Banco
de Machala.
Art. 3.- El/la Tesorero(a) del GAD Municipal emitirá mensualmente un informe de los
valores recaudados y acreditados en la cuenta corriente del Cuerpo de Bomberos de
Huaquillas.
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN HUAQUILLAS
Dir: 10 de Agosto y Teniente Cordovez, Edif. Municipal, telf. 2996-286 ext. 207, mail:lapolo@huaquillas.gob.ec Huaquillas – El Oro- Ecuador
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