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Fascículo Digital N° 22
Editorial
“Centenario de las Agronomías Rurales en la Argentina”
Por José Yorg
Quizás aparezca como desactualizado el tema, pero creo que se coincidirá conmigo de la importancia y pertinencia de recordar este hecho histórico educativo. En la localidad de Mercedes, Provincia de Buenos Aires, en el año 2008 se conmemoró el centenario “de la creación de la primera agronomía rural en el país, hecho que aconteció el 1° de abril de 1908, y con el
correr de los años se constituyó en el comienzo formal de la Educación Agropecuaria en la Argentina”. (http://www.actualidaddemercedes.com/modules.php?name=News&file=print&sid=1943) “Participaron del acto el Director de Extensión Agropecuaria del INTA Nacional; el titular de la Agencia Pergamino, Ingeniero Fernando Gándara; el titular de la Asociación Argentina de Extensión Rural, Ingeniero Néstor Bruno; el director del Centro Regional INTA Buenos Aires Norte, Ingeniero Agrónomo Pedro Gómez; el director de Enseñanza Agraria de la Provincia de Buenos Aires, Médico Veterinario Ricardo Peters; personal directivo, docente, preceptores, auxiliar y alumnos de la Escuela de Enseñanza Agraria Nº 1 de Mercedes, familiares directos del Ingeniero Agrónomo Hugo Miatello, funcionarios municipales, Concejales, Consejeros Escolares, integrantes de la Estación Experimental de Gowland del Ministerio de Asuntos Agrarios, de la Agencia de Extensión Mercedes del INTA e invitados especiales”.
“El acto-homenaje a la memoria de quien fue un pionero de la agronomía de nuestro país, quién fuera en vida el Ingeniero Hugo Miatello ,allá por el 1° de abril de 1908 cuando se crea la primera Agronomía Regional en el país lo tuvo al frente en el asesoramiento de la enseñanza agropecuaria".
Rescato expresa y deliberadamente, por la importancia que tiene en este curso, las expresiones del presidente de la Asociación Argentina de Extensión Rural, Néstor Bruno, quien entre otros conceptos expresó: "Quiero además resaltar la gran tarea de Miatello en la organización de los productores, sobre todo en el cooperativismo, algo que en su momento nos hizo muy fuerte como país y que luego fue poco a poco perdiéndose por lo cual nosotros
Cooperativismo Educacional.
Cumplimiento
Ley Nacional de Educación Art. 90
Edición 3ª.Año 2.011
Formosa, Argentina
Cooperativismo Educacional.
Cumplimiento
Ley Nacional de Educación Art. 90
Edición 2010 Formosa, Argentina
Portal Escuela virtual
"ORIENTACIÓN COOPERATIVA CON
ENFASIS EN LA EDUCACION RURAL”
Una Pedagogía y Didáctica que todos los
Docentes deben conocer"
DiarioClorinda.com
Verdad Sin Ataduras ttp/www.diarioclorinda.com
Martes, 08 de noviembre de 2.011
debemos tener como objetivo el de volver a organizar cooperativamente a los productores porque es la mejor forma de tener sus establecimientos sustentables...". ¡En la fraternidad, un abrazo cooperativo!
Ponencia “Primeras aproximaciones a la
Historiografía de la Educación Cooperativa Escolar
en Formosa a través de instrumentos oficiales”
Por José Yorg y Ana María Ramírez Zarza
Convocatoria 2011 Concepción del Uruguay- Entre Ríos 5, 6,7 y 8 de Octubre de 2011
Mesa temática 12: “desarrollo y proyección de las entidades cooperativas y de la
economía social en la región siglo XX y XXI”
2ª Etapa
La acción educativa cooperativa escolar en base a las Resoluciones Nº 405/85.-009/86.-010/86 M.C.y E
Crearon el “Gabinete de Cooperativismo Escolar”
CONTENIDOS
1- Editorial: Hoy: Centenario de las Agronomías Rurales en la Argentina”
Por José Yorg, el cooperario.
2- Ponencia “Primeras aproximaciones a la Historiografía de la Educación
Cooperativa Escolar. 2° Etapa. Parte 4°
3- La Cooperativa y Mutual Escolar
4- “Gestión del Plan del Desarrollo Local para la Implementación de Aula-
Taller de Capacitación a los Diversos Autores”
5- Repasemos: Ley 20337. Capítulo V. De la contabilidad y el ejercicio social
María Elena Walsh
Cooperativas y Mutuales Escolares
Las Cooperativas y Mutuales Escolares como gestores de la Nueva
Cultura
Apuntemos como elemento aclaratorio que las Cooperativas y Mutuales Escolares y
sus actividades no implican para el docente mayor esfuerzo o aumento de trabajo, por el
contrario, es un buen apoyo didáctico porque favorecen a despertar y fortalecer en el alumno
actitudes de auto - disciplina, responsabilidad individual y grupal, convirtiéndose en
consecuencia en un valioso instrumento pedagógico.
Por lo tanto, no implica carga horaria alguna para el docente. Implica sí, entre otras
cosas, para el docente una alternativa, una aventura enriquecedora, intelectual, personal y
profesional. Es un desafío dignificante.
Beneficios directos en la formación del niño Generados por las Cooperativas y Mutuales Escolares.
Las Cooperativas – Mutuales Escolares se caracterizan por la naturaleza de sus
miembros, por su ámbito de acción y por la finalidad predominante educativa que sustentan.
La Ley 20.337, Ley de Cooperativas, establece en su artículo 114: “Las Cooperativas
Escolares, integradas por escolares y estudiantes menores de dieciocho años, se rigen por las
disposiciones que dicte la autoridad de educación competente, de conformidad con los
Principios de esta Ley”.
Las acciones de producción, trabajo, servicio u otros son encarados
Cooperativamente como medio para lograr finalidades educativas. Esas expectativas de logros
educativos tienden a estimular hábitos y aptitudes de esfuerzo propio y grupal en la resolución
de problemas reales y cotidianos, tanto de la escuela como las que se presentan en la
comunidad.
Al poner al alumno en contacto con leyes, estatutos y reglamentos,
acostumbrándolos a procedimientos democráticos, de administración y control, con técnicas
contables y redacción de actas, conocimientos económicos, funcionamientos de mercados,
etc. se previene al alumno contra la indiferencia o la pasividad, se lo incita a la realización de
esfuerzos para mejorar el nivel de vida y se los impulsa a desarrollar acciones generosas y de
bien común.
“Concluimos entonces, que las cooperativas escolares son pequeñas empresas que aplican los principios o normas fundamentales de las entidades cooperativas, pues organizan y administran
actividades económicas y sociales”.
En el ámbito institucional
Promover la toma de conciencia de la necesidad de llevar a cabo estrategias didácticas
operativas y activas, con un abordaje participativo.
La comprensión del sentido profundo de la cooperación en la Institución.
Facilitar la adquisición de nuevos conocimientos, prácticas y habilidades con los alumnos
buscar información en los libros.
Consultar y pedir asesoramiento a técnicos.
Hacer presupuestos.
Gestionar la compra o el préstamo de herramientas e insumos.
Realizar informes, sacar conclusiones a partir de experimentaciones.
En el ámbito comunitario
La elaboración conjunta del diagnóstico de la comunidad y del proyecto de la Cooperativa -
Mutual Escolar.
La participación de entidades del medio en la escuela para el desarrollo de tareas.
La estimulación de acciones conjuntas, tales como el acercar a los educandos a realizar
tareas en diferentes lugares.
El intercambio regular, sistemáticos y el estrechamiento de vínculos entre padres –
docentes de instituciones.
“La escuela no cabe en los límites estrechos del aula.”
José Ingenieros
No es posible desarrollar la Educación Cooperativa – Mutual en el aula con un
sentido meramente teórico.
La Educación Cooperativa es ante todo acción, pues está asociada a objetivos
concretos que se materializan en el accionar productivo de la cooperativa, integrando el saber
y el hacer, es decir, establecer interrelaciones entre lo teórico y lo práctico.
RAÚL SCALABRINI ORTIZ
Cinco principios de cooperación colectiva
Cinco Principios de Cooperación Colectiva
3- Principio de la protección al más débil
Para que se elimine la ley de la selva y se establezca una verdadera posibilidad de igualdad. Todo lo que no se legisla,
se legisla implícitamente a favor del fuerte. La igualdad teórica es una desigualdad práctica a favor del poderoso.
5- Principio de la utilidad colectiva
Para que nadie tenga derecho a obtener
beneficios de actividades perjudiciales o inútiles para la sociedad y por tanto toda ganancia o lucro del ingenio
ajeno o de la retención infructuosa de un bie, debe
ser considerados nulos e ilícitos en la parte que no provienen del trabajo o
ingenio propio.
4- Principio de la comunidad de la riqueza natural
Porque la propiedad es una delegación de la fuerza de la organización colectiva que la hizo posible y la
mantiene.
2- Principio de la comprensión del
hombre
Para que esta unidad compleja esté siempre
presente con sus necesidades biológicas, morales, intelctuales y
espirituales y no se sacrifique ja´mas la realidad
humana a una norma abstracta o un espquema
desprovisto de vida
1-Principio del hombre colectivo
Porque la voluntad del número, que es como el
apellido de la colectividad, debe tener primacía sobre lo individual. Ni la riqueza ni el ingenio ni la sabiduría tiene derecho a acallar o burlar la grande voz de la
necesidad de cada conjunto colectivo, que es la voz que
más se aproxima a la voluntad de destino.
Datos biográficos
Raúl Scalabrini Ortiz nació el 14 de febrero de 1898 en la Provincia de Corrientes, pero de muy niño su familia se trasladó a Buenos Aires. Se recibió de agrimensor, pero siempre mantuvo vivo su interés por la literatura, también se mostró atraído por las actividades deportivas, particularmente por el boxeo, actividad que llegó a practicar. En 1933 participó en el levantamiento radical lo que le valió su detención en la isla Martín García. El estado le dio a optar entre el exilio y la prisión en Ushuaia. Opto por el exilio. Se casó con Mercedes Comaleras el 23 de enero de 1934, concurrió al registro Civil esposado y en compañía de la policía.
Sobre el pensamiento nacional nac&popnaky@velocom.com.ar
…… llegó a percibir lo que nadie había visto a pesar de encontrarse frente a las narices de todos. Argentina era
una colonia inglesa, los principales resortes económicos estaban en sus manos. … desentrañó con claridad la red de dominación británica que comenzaba con los ferrocarriles, continuaba con los frigoríficos y terminaba con los seguros y barcos británicos para concluir con una ruta de la carne argentina en un sistema que solo beneficiaba a unos pocos argentinos y a muchos británicos….
Su libro “El Hombre que está sólo y espera” donde reflexionó sobre el comportamiento del porteño. Este fue un intento de investigar el alma argentina. Con respecto a esta obra dijo:
“Yo realzaba en mi libro las virtudes de la muchedumbre criolla y demostraba que su valoración no debía emprenderse de acuerdo a las reglas y cánones europeos: daba una base realista a la tesis esencial de la argentinidad y sentaba la tesis de que nuestra política no es más que la lucha entre el espíritu de la tierra, amplio, generoso, henchido de aspiraciones aún inconcretas y el capital extranjero que intenta constantemente someterla y juzgarla”.
El pensamiento de Scalabrini continúa la mejor herencia del existencialismo espiritualista
occidental. Su preocupación por el Hombre, similar a Spinoza, Goethe, Hegel y Marx, lo ubica
no solamente como iniciador del pensamiento nacional argentino, sino también como
profundo crítico de la sociedad burguesa. Al denunciar la sociedad colonizada desmenuzó, por
consiguiente, a la base contradictoria que la posibilita, y su metodología materialista, sus
propuestas políticas e ideológicas inscriben un precedente óptimo del nuevo humanismo
argentino y latinoamericano que el pueblo está forjando, del socialismo que se acerca. http://www.elhistoriador.com.ar/articulos/miscelaneas/scalabrini_ortiz.php
CAPITULO V
DE LA CONTABILIDAD Y EL EJERCICIO SOCIAL
Ley de Cooperativas Nº 20.337 puesta en vigencia en el año 1973. Regula a
todas las cooperativas que actúan en el Territorio Nacional Argentino.
Consagra, así, legislativamente los Principios Cooperativos
Documentos. Remisión
ARTICULO 41.- Copias del balance general, estado de resultados y cuadros anexos, juntamente
con la memoria, y acompañados de los informes del síndico y del auditor y demás
documentos, deben ser puestos a disposición de los asociados en la sede, sucursales y
cualquier otra especie de representación permanente, y remitidos a la autoridad de aplicación
y al órgano local competente con no menos de quince días de anticipación a la realización de la
asamblea que los considerará.
En caso de que dichos documentos fueran modificados por la asamblea, se remitirán también
copias de los definitivos a la autoridad de aplicación y órgano local competente dentro de los
treinta días.
Excedentes repartibles. Concepto
ARTICULO 42.- Se consideran excedentes repartibles sólo aquellos que provengan de la
diferencia entre el costo y el precio del servicio prestado a los asociados.
Distribución
De los excedentes repartibles se destinará:
1º. El cinco por ciento a reserva legal;
2º. El cinco por ciento al fondo de acción asistencial y laboral o
para estímulo del personal;
3º. El cinco por ciento al fondo de educación y capacitación cooperativas;
4º. Una suma indeterminadas para pagar un interés a las cuotas sociales si lo autoriza el
estatuto, el cual no puede exceder en más de un punto al que cobra el Banco de la Nación
Argentina en sus operaciones de descuento;
5º. El resto para su distribución entre los asociados en concepto de retorno;
a) En las cooperativas o secciones de consumo de bienes o servicios, en proporción al consumo
hecho por cada asociado;
b) En las cooperativas de producción o trabajo, en proporción al trabajo efectivamente
prestado por cada uno;
c) En las cooperativas o secciones de adquisición de elementos de trabajo, de transformación y
de comercialización de productos en estado natural o elaborados, en proporción al monto de
las operaciones realizadas por cada asociado;
d) En las cooperativas o secciones de crédito, en proporción al capital aportado o a los
servicios utilizados, según establezca el estatuto;
e) En las demás cooperativas o secciones, en proporción a las operaciones realizadas o a los
servicios utilizados por cada asociado.
Destino de excedentes generados por prestación de servicios a no
Asociados.
Los excedentes que deriven de la prestación de servicios a no asociados autorizada por esta ley
se destinarán a una cuenta especial de reserva.
Seccionalización de resultados. Compensación de quebrantos
ARTÍCULO 43.- Los resultados deben determinarse por secciones y no podrán distribuirse
excedentes sin compensar previamente los quebrantos de las que hubieran arrojado pérdida.
Cuando se hubieran utilizado reservas para compensar quebrantos, no se podrán distribuir
excedentes sin haberlas reconstituido al nivel anterior a su utilización.
Tampoco podrán distribuirse excedentes sin haber compensado las pérdidas de ejercicios
anteriores.
Distribución de excedentes en cuotas sociales
ARTÍCULO 44.- La asamblea puede resolver que el retorno, y los intereses en su caso, se
distribuyan total o parcialmente en cuotas sociales.
Revalúo de activos
ARTÍCULO 45.- Las cooperativas pueden revaluar sus activos de acuerdo con la reglamentación
que dicte la autoridad de aplicación
Educación y capacitación cooperativas
ARTÍCULO 46.- Deben invertir anualmente el fondo de educación
y capacitación cooperativas previsto por el artículo 42 inciso 3,
ya sea directamente o a través de cooperativas de grado
superior o de instituciones especializadas con personería jurídica.
LUGAR DEL EVENTO Campo anexo San Martín -INTA IPAF Región Cuyo- calle Sarmiento y San Juan, departamento San Martín, provincia de San Juan, Argentina
OBJETIVOS
Generar un ámbito propicio de encuentro, visualización, y discusión entre los actores
de los ámbitos privados y públicos relacionados con la generación, producción, difusión,
utilización y financiamiento de tecnologías apropiadas para la Agricultura Familiar a nivel
Nacional y Regional (MERCOSUR Ampliado).
ACTIVIDADES
Muestra estática y dinámica de equipos, maquinarias y herramientas disponibles para la
Agricultura Familiar.
Exposición y venta de productos de la Agricultura Familiar.
Lanzamiento oficial de la Cámara de fabricantes de maquinarias y equipos para la
agricultura familiar (CAMAF).
Conferencias técnicas y Paneles.
Mesa de trabajo entre Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes) vinculadas a la producción
de maquinarias y herramientas para la Agricultura Familiar.
Presentación y lanzamiento oficial del libro “Sistematización del 1er Encuentro del
MERCOSUR Ampliado Máquinas y Herramientas para la Agricultura Familiar, Corrientes,
Octubre de 2010”.
DIRIGIDO A:
Organizaciones de la Agricultura Familiar y Pequeños Productores, Cooperativas,
Emprendedores, Talleres metalúrgicos y Pymes metal-mecánicas, Técnicos y profesionales
que trabajan en I+D, Universidades y escuelas técnicas, Programas de desarrollo rural,
Funcionarios, público en general.
ORGANIZAN INTA, Subsecretaría de Agricultura Familiar Delegación San Juan, CAMAF, Gobierno de San Juan, Municipalidad de San Martín, FONAF, FECOAGRO, UCAR.
Responsables: Prof. Lic. José Yorg
Cra. Ana María Ramírez Zarza
Expertos en Asuntos Cooperativos
e-mail: tecnicoop@yahoo.com.ar Todos los derechos reservados -*Coop
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