estructura del proceso penal ley 600 de 2000.ppt
Post on 25-Oct-2015
447 Views
Preview:
TRANSCRIPT
INVESTIGACION PREVIA
NOTICIA CRIMINIS:
- DENUNCIA- QUERELLA- INFORMES- COPIAS
INVESTIGACION PREVIA (ART. 322 C.P.P. LEY 600 DE 2000)
Duda sobre la procedencia de la apertura de Instrucción Previa:
- Ocurrencia de la Conducta- Descripción penal de la Conducta- Causal de Ausencia de Responsabilidad (Art. 32
C.P.)- Si cumple requisito de Procedibilidad- Recaudar pruebas indispensable para la
individualización o identificación de los autores
INVESTIGACION PREVIA Art. 325. La Investigación Previa se realizara en el termino máximo de seis (6) meses, vencidos los cuales se dictara Resolución de apertura de Instrucción o Resolución Inhibitoria
RESOLUCION INHIBITORIA
- La Conducta No Existio- Conducta Atipica- La Accion Penal no puede Iniciarse- Causal de Ausencia de Responsabilidad
- Resolución Interlocutoria proferida por el Fiscal, contra esta resolución proceden los recursos de Reposición y Apelación.
APERTURA DE INSTRUCCION
La instrucción tendra como fin determinar:
1.Si se ha infringido la ley penal2.Quien o Quienes son los Autores o Participes
de la Conducta3.Los motivos determinantes y demas factores
que influyeron en la violacion de la ley Penal4.Circutancias de modo, tiempo y lugar en que
se realizo la conducta
APERTURA DE INSTRUCCION
5. Las condiciones sociales, familiares o individuales que caracterizan la personalidad del procesado, su conducta anterior, sus antecedentes judiciales, de policía y condiciones de vida.
6. Los Daños y Perjuicios de orden moral y material que causó la Conducta Punible.
VINCULACION.
Art. 332 El Imputado quedara vinculado al Proceso una vez sea escuchado en Diligencia de Indagatoria o Declarado Persona Ausente.
INDAGATORIAArt.333 Diligencia de Indagatoria
Art. 334 Derecho a solicitar su propia Indagatoria
Art. 335 Recursos contra la providencia que niega Vinculación
Art. 336 Citación para Indagatoria
INDAGATORIA
Art. 337 Reglas para la Recepción de Indagatoria
Art. 338 Formalidades de la Indagatoria
Art. 339 Presentación Voluntaria a Indagatoria
Art. 340 Término para Recibir Indagatoria del Capturado
INDAGATORIAArt. 341 Restriccion a la Libertad del Indagado
Art. 342 Ampliacion de Indagatoria
Art. 343 Reconocimiento de Objetos
Art. 344 Declarartoria de Persona Ausente
SITUACION JURIDICA Una vez rendida la Indagatoria se resolverá
situación Jurídica en los casos en los que sea procedente la detención preventiva.
- Persona Detenida: 5 días siguientes a la indagatoria
- En caso que el sindicado no se encuentre privado de la libertad el término será de 10 días.
CALIFICACION- CIERRE DE LA INVESTIGACION:
- Recaudar Prueba necesaria para calificar - Vencido término de Instrucción (máx.. 18
meses, mas de 3 sindicados 24 meses)
CALIFICACION
Traslado por 8 dias a los Sujetos procesales paea Alegar
15 dias para calificar
Cierres parciales
FORMAS DE CALIFICACIONRESOLUCION DE ACUSACION:- Demostrada la Ocurrencia del hecho- Confesión- Testimonio que ofrezca serios motivos de
credibilidad- Indicios Graves- Documento- Peritación- Cualquier medio probatorio que señale la
responsabilidad del Sindicado
FORMAS DE CALIFICACION
PRECLUSION DE LA INVESTIGACION:
- Conducta No Existió- Sindicado No la Cometió- Atipicidad en la Conducta- Ausencia de Responsabilidad
JUZGAMIENTOArt. 400 APERTURA A JUICIO
Traslado común a las partes por el término de 15 días para preparar Audiencias preparatoria y publica, solicitar nulidades y pruebas
AUDIENCIA PREPARATORIA- Se constata competencia del Juez
- Resuelven Nulidades
- Resuelven pruebas pedidas
- Juez decreta Pruebas de Oficio
- Fijación de Fecha para Audiencia Publica.
AUDIENCIA PUBLICA
- Juez Interroga al Sindicado
- Juez escucha a funcionarios de Policia Judicial
- Juez Puede variar calificación Jurídica
- Practica de Pruebas
Finalizada las actuaciones de los sujetos procesales dentro de la audiencia el Juez decidirá dentro de los 15 días siguientes
top related