esquemaresumenconstitucionespanola-3
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7/24/2019 EsquemaResumenConstitucionEspanola-3
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Regulacin constitucional.
El Ttulo VI de la Constitucin (arts. 117 a 127) regula el tercer Poder clsico del Estado
de Derecho El Poder !udicial.
DEL PODER JUDICIAL"a #usticia e$ana del %ue&lo ' se ad$inistra en no$&re del e' %or #ueces ' agistrados
integrantes del Poder #udicial* inde%endientes* ina$o+i&les* res%onsa&les ' so$etidos ,nica$ente a
la Constitucin ' al i$%erio de la le'. 117 Princi%ios constitucionales de la organi-acin
!udicial.
Dis%one la Constitucin ue la #usticia e$ana del %ue&lo ' se ad$inistra en no$&re del e' %or !ueces
' $agistrados integrantes del Poder !udicial inde%endientes* ina$o+i&les* res%onsa&les ' so$etidos
,nica$ente al i$%erio de la "e'.
/a&iendo se0alado las %ersonas ue integran este Poder estatal (jueces y magistrados), laConstitucin esta&lece a continuacin una serie de %rinci%ios ue son
Princi%ios constitucionales de la organi-acin !udicial.
El Poder !udicial es una e%resin de la so&erana del Estado.
El %rinci%io de exclusividad de la potestad!urisdiccional ue signiica ue la uncin de
!u-gar ' hacer e!ecutar lo !u-gado corres%onde eclusi+a$ente a los #u-gados ' Tri&unales
ue integran el Poder !udicial.
El principio de independencia de los jueces !agistrados "ue ad!inistran Justicia#
%ues son inde%endientes tanto del Poder legislati+o co$o del Poder e!ecuti+o.
"a inde%endencia ta$&i3n se %redica en sede del %ro%io Poder #udicial* %ues la Le
Org$nica del Poder Judicial%rohi&e e%resa$ente ue se %ueda dar instrucciones de
ning,n ti%o a !ueces ' $agistrados en el e!ercicio de sus unciones* ad$iti3ndose
,nica$ente la +a de los recursos legal$ente esta&lecidos %ara corregir la a%licacin del
Derecho reali-ada %or un rgano !udicial.
El %rinci%io de unidad jurisdiccional ue es una concrecin del %rinci%io de
eclusi+idad* uedando a sal+o la es%eciali-acin de los rganos !urisdiccionales ueconor$an el Poder #udicial.
"a competencia de la jurisdiccin militaruedar li$itada al $&ito estricta$ente
castrense res%ecto de los hechos ti%iicados co$o delitos $ilitares %or el Cdigo Penal
ilitar ' a los su%uestos de estado de sitio.
Es o&ligado cu$%lir las sentencias ' de$s resoluciones ir$es de los #ueces '
Tri&unales* as co$o %restar la cola&oracin reuerida %or 3stos en el curso del %roceso '
en la e!ecucin de lo resuelto.
4El principio de gratuidad#%ues la #usticia es gratuita en los casos %re+istos en la "e' 'sie$%re res%ecto de auellas %ersonas ue acrediten insuiciencia de recursos %ara litigar.
L PODERDICIAL
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7/24/2019 EsquemaResumenConstitucionEspanola-3
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El principio de pu%licidad eige ue las actuaciones !udiciales sean %,&licas.
Princi%ios constitucionales de la organi-acin !udicial.
El principio de oralidad consiste en ue las actuaciones !udiciales sean orales*
es%ecial$ente* en el $&ito %enal.
El principio de !otivacin consiste en ue las sentencias sern sie$%re $oti+adas ' se
%ronunciarn en audiencia %,&lica.
El%rinci%io de participacin de los ciudadanos en la ad$inistracin de #usticia a tra+3sdel Tri&unal del #urado ' la accin %o%ular.
Princi%ios constitucionales de la organi-acin !udicial.
5inal$ente* la Constitucin %rocla$a el principio de responsa%ilidad de los jueces
!agistrados ' del Estado %or los da0os ' %er!uicios causados %or error !udicial
Para garanti-ar la inde%endencia del Poder !udicial res%ecto de los de$s Poderes del
Estado* la Constitucin %re+3 el lla$ado Consejo &eneral del Poder Judicial ue es
deinido co$o el rgano de go&ierno del Poder !udicial.
De esta or$a* el Conse!o 6eneral del Poder #udicial ocu%a el v'rtice de uno de los tres
Poderes del Estado# ' es creado con +ocacin de sustraer al Poder e!ecuti+o de las
%otestades gu&ernati+as ue e!erca so&re toda la d$inistracin de #usticia.
El Consejo El Conse!o 6eneral del Poder #udicial* regulado en la "e' 8rgnica del Poder #udicial*&eneral del Poder estar integrado %or
Judicial. (el%residente del Tri&unal 9u%re$o ue lo %residir:' %or +einte +ocales $s %ro%uestos %or las Cortes 6enerales* todos ellos no$&rados %orel e' %or un %erodo de cinco a0os.
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El Consejo &eneral del Poder Judicial.
En cuanto a los rganos del Conse!o 6eneral del Poder #udicial* 3ste contar con:;n %residente ue ser el %residente del Tri&unal 9u%re$o.
:El +ice%residente.
:El Pleno ue estar integrado %or el %residente ' los +einte +ocales.:Varias Co$isiones (Per$anente* Disci%linaria* de Caliicacin* de Estudios e Inor$es* '
Presu%uestaria).
La organi)acinjudicial espa*ola. Co$o 'a sa&e$os* el Poder !udicial no est co$%uesto %or un solo rgano al ue +an a
%arar todos los asuntos* sino ue %or el contrario* est integrado %or una $ulti%licidad de
rganos ue reci&en el no$&re de #u-gados ' Tri&unales.
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4"os Ju)gados son rganos uni%ersonales* lo ue uiere decir ue estn dirigidos %or una
sola %ersona ue reci&e el no$&re de !ue-* $ientras ue los +ri%unales las Audiencias
son rganos colegiados al estar integrados %or +arios $agistrados.
El ,inisterio -iscal.
El inisterio 5iscal es un rgano del Estado ue tiene constitucional$ente
enco$endada la pro!ocin de la justicia%or $edio de rganos %ro%ios %ara
cu$%lir unciones di+ersas.
El ,inisterio -iscal. -UCIOE/
Pro$o+er la accin de la #usticia en deensa de la legalidad* de los derechos de los
ciudadanos ' del inter3s %,&lico tutelado %or la "e'.Velar %or la inde%endencia de los Tri&unales ' %rocurar ante 3stos la satisaccin
del inter3s social.
Principios de organi)acin
El principio de unidadue su%one ue el inisterio 5iscal es ,nico %ara todo el
Estado* ostentando el 5iscal 6eneral del Estado la !eatura su%erior de todo el
inisterio 5iscal.
El 5iscal 6eneral del Estado ser no$&rado %or el e' a %ro%uesta del 6o&ierno
odo el Conse!o 6eneral del Poder #udicial.
El %rinci%io de dependencia jerrquica,lo ue i$%lica ue el 5iscal 6eneral del
Estado %odr i$%artir a sus su&ordinados las rdenes e instrucciones con+enientes al
ser+icio.
El ,inisterio -iscal.
Principios de Actuacin
El principio de legalidad%or el ue el inisterio 5iscal de&e a!ustarse en su
actuacin a lo eigido %or el ordena$iento !urdico.
El principio de i!parcialidad eige ue el inisterio 5iscal act,e con totalo&!eti+idad e inde%endencia en deensa de los intereses ue le estn enco$endados.
El Tri&unal 9u%re$o* con !urisdiccin en toda Es%a0a* es el rgano !urisdiccional
su%erior en todos los rdenes* sal+o lo dis%uesto en $ateria de garantasconstitucionales.
El +ri%unal /upre!o
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7/24/2019 EsquemaResumenConstitucionEspanola-3
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4lE1 Presidente del Tri&unal 9u%re$o ser no$&rado %or el e'* a %ro%uesta
del Conse!o 6eneral del Poder #udicial* en la or$a ue deter$ine la "e'.
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