el rodeo en chile

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El Rodeo en Chile Breve Análisis Jurídico

(a la luz de la ciencia y la experiencia)

Clase Facultad de Derecho de la UDPOrganizado por CEDANSantiago, Octubre 2016

Aspectos legales (¿es deporte?)

• El Rodeo ha sido declarado deporte nacional sin haber una ley o reglamento en Chile que defina lo que debe entenderse por actividad deportiva o deporte.

• “Existe un vacío normativo sobre los requisitos que debería cumplir una determinada actividad para ser considerada como deporte nacional" Subsecretaria del Deporte, Nicole Sáez (2015).

Aspectos legales (inaplicabilidad de la ley 20.380)

• El Rodeo está blindado de una cierta impunidad por la INAPLICABILIDAD de la ley de protección animal a "los deportes en que participen animales". Ver artículo 16 de dicha Ley.

• Ello vulnera el principio constitucional de Igualdad Ante La Ley.

Ley 20.380 de Protección AnimalD.O. 03 Octubre de 2009

• Artículo 16.- Las normas de esta ley no se aplicarán a los deportes en que participen animales, tales como el rodeo, las corridas de vaca, el movimiento a la rienda y los deportes ecuestres, los que se regirán por sus respectivos reglamentos.

Efectos legales: Auto-regulación

• Lo anterior significa que el trato a los animales usados en el Rodeo se rige, según señala la misma ley, por las normas que los respectivos clubes o federaciones se den así mismos, es decir, son juez y parte. Ellos deciden las reglas del juego, ellos las aplican y ellos se fiscalizan así mismos.

• SAG, Municipios, MINSAL, no son competentes para fiscalizar condiciones de bienestar animal en el desarrollo de la actividad considerada “deportiva”.

Datos

• Tampoco existe una regulación uniforme a nivel nacional (aún cuando hay esfuerzos en esa dirección). Todo queda entregado al nivel de cultura, empatía y conocimiento de cada zona.

• Al año se ocupan 3000 novillos, de los cuales se controlan algunos lotes; no se controla el 100% del total de novillos (según ha señalado el Presidente de la Federación de Rodeo, Cristian Moreno Benavente).

Clasificación del ganado Bovino¿Cuándo hablamos de Novillo?

• Para la industria de la leche y de la carne: Se describe la estimación de la edad del bovino basada en la observación de las características morfológicas del proceso evolutivo de los dientes inci sivos, considerando erupción, desarrollo y desgas te (Norma Chilena 1423 Of. 84 sobre Terminología y Clasificación de ganado bovino de matadero).

Fuente: http://www.avancesveterinaria.uchile.cl/index.php/ACV/article/view/10398/10454

Novillo: aún tiene dientes de lecheDescripción (según la norma chilena 1423 de la industria de bovinos de leche y doble propósito):

• Macho castrado• Edad entre 31 meses - 52 meses de vida (entre dos y medio, y cuatro

años de vida aprox.)• Período de vida que oscila entre la erupción de los primeros medianos

permanentes y la caída de los extremos de leche.

*Al margen de la clasificación industrial cabe señalar que una vaca o buey pueden llegar a vivir 20-22 años.

Aspecto Veterinario del Rodeo I• Se utilizan novillos (cría de la vaca de dos a cuatro años, que

aún conserva algunos dientes de leche). • Es una actividad de impacto físico (se obtiene puntaje según

el lugar del cuerpo del novillo que es impactado por el cuerpo del caballo montado por el jinete).

• El animal sale a la media luna en un estado de distress y pánico.

• Golpes provocados con las colchonetas, producen un término llamado "contusión roma" capaz de destruir cualquier órgano interno.

Aspecto Veterinario del Rodeo IIPruebas hace años en vacunos utilizados para el rodeo evidenciaron: • neumotórax, fracturas costales y de extremidades,• contusiones, heridas y lesiones a nivel articular, las

cuales pueden llegar a manifestarse en posteriores artrosis.

Fuente: Veterinario César Villalta R.

Delito de Maltrato Animal¿se pueden denunciar casos?

• Sí, la actividad del Rodeo no se exime de la eventual aplicación del CÓDIGO PENAL, pero sólo se puede aplicar caso a caso.

• El resultado de cada denuncia o querella por maltrato animal (artículo 291 bis) dependerá de las pruebas aportadas, de la actitud de la fiscalía y de la convicción a la que haya llegado el tribunal.

Florencia Trujillo A.Asesora LegalEcopolis Disciplinas Integradaswww.ecopolischile.orgecopolis.di@gmail.com

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