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8/18/2019 El Problema Legislación Educativa.docx
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El Problema Legislación Educativa
Se trata de tres profesores jubilados, A, B , C, con 25, ! " 2 a#os de servicios
prestados respectivamente al $inisterio del Poder Popular para la Educación
Superior, %uienes concursaron en el llamado a Concurso para Cargos &cupados
%ue 'iciera la Asamblea (acional en Agosto del a#o 2!!)*
+ic'os profesores, cumplieron el lapso de tiempo de servicio %ue re%uiere la
Asamblea (acional para solicitar el proceso de jubilación, el cual es de ! a#os de
servicios minimo, mas la edad re%uerida %ue es de -! a#os " tener mas de 25 a#os
en la Administración Publica*. Articulo -- del Estatuto /uncionarial de la
Asamblea (acional0
EL CAS& A PLA(1EA
El caso es %ue los profesores A, B " C*, solicitaron su jubilación ante las 3nstancia
correspondiente de la Asamblea (acional, una ve4 cumplidos como lo fueron los
re%uisitos legales %ue la norma funcionarial " la +irección de ecursos umanos
de esa 3nstitución Parlamentaria re%uieren para este tipo de casos*
1rascurrido m6s de seis meses, en el menor de los casos, las autoridades le 'an
manifestado %ue est6n en estudio de dic'os casos pues, tienen dudas en su
aplicación "a %ue el 78 de la CB9 establece***: que nadie podrá disfrutar más de
una jubilación, salvo los casos expresamente determinados por la ley…” todo ello enra4ón de %ue son profesores jubilados del $inisterio del Poder Popular del
$inisterio para la Educación Superior " tal condición les impide su jubilación por
esa 3nstitución Parlamentaria,**salvo que renuncien a ella, encontr6ndose de ser
este el caso, con lo dispuesto por el Articulo 8; de la CB9, referido a los +erec'os
Sociales, %ue en su Cardinal 2, establece %ue los derec'os sociales son
irrenunciablesALES +EL P&BLE$A
*? El articulo 78 de la Constitución de la epublica Bolivariana de 9ene4uela
establece la e=cepción para desempe#ar un destino publico remunerado tal es el
caso de los cargos acad@micos, accidentales, asistenciales o docentes
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8/18/2019 El Problema Legislación Educativa.docx
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*? En varias sentencias, el 1ribunal Supremo de usticia se refiere a las
incompatibilidades en el ejercicio de la función pblica* 1ales comoD
+e la Sala Constitucional la (mero !)?8- de fec'a 28?!?2!!8, Caso /@li=
Eduardo ivas An4ola**
+e la Sala Plena, u4gado de Sustanciación, la ( AA!?2!!- de fec'a !??2!!-,
caso Clodovasldo ussian*+e la Sala Constitucional, la ( !?!5 del 2; de Abril de 2!!5, Caso &rlando
Alc6ntara Espino4a*
7*? La Consultora urdica del Consejo (acional Electoral***, emitió opinión
favorable sobre el caso de la jubilación solicitada por el funcionario Filliam
Pac'eco $edina, con fec'a -?!-?2!!-, %uien fue jubilado del $inisterio del
Poder Popular para la Educación Superior en su condición docente*
5*?La Constitución de la epublica Bolivariana de 9ene4uela, en su Articulo 8;,
Cardinal 2,**:Establece la irrenunciabilidad de los +erec'os Sociales
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