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Radicado No 2020300002585 Medellín, 29/04/2020
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Doctor ANDRES FELIPE LOPEZ RAMIREZ Contralor Auxiliar Auditoria Delegada Contraloría General de Antioquia
Asunto: Informe UNIDAD DE REACCION INMEDIATA (URI) del Municipio de Rionegro – Antioquia.
Respetado Doctor:
En cumplimiento de los procedimientos establecidos por la Contraloría General de Antioquia - CGA, y más concretamente de las Resoluciones 2020500000953 del 13 de abril de 2020 que establece unos grupos de trabajo para la vigilancia y control de la Contratación relacionada con el COVID-19 y denuncias ciudadanas Coronavirus y la Resolución 2017500001550 del 18 de 0ctubre de 2017 que establece el Funcionamiento de la URI, me permito emitir Informe Técnico de la URI al Municipio de Rionegro
ANTECEDENTES
Dada las actuales circunstancias que atraviesa el país por el estado de emergencia decretado por el Gobierno Nacional Mediante decreto ley 417 del 2020, la Contralora General de Antioquia designo unos grupos de trabajo para que se atendiera de manera inmediata cualquier inquietud ciudadana con respecto a la contratación y urgencias manifiestas que decreten los Sujetos de Control de la Contraloría General de Antioquia amparados por la emergencia Nacional decretada por la Pandemia Mundial generada por el Coronavirus denominado COVID-19
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FUNDAMENTOS DE DERECHO
La Constitución Política, en su artículo 267, expresa que “La vigilancia y el control fiscal son una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes públicos, en todos los niveles administrativos y respecto de todo tipo de recursos públicos”. Así mismo, establece que “El control fiscal se ejercerá en forma posterior y selectiva, y además podrá ser preventivo y concomitante, según sea necesario para garantizar la defensa y protección del patrimonio público. El control preventivo y concomitante no implicará coadministración y se realizará en tiempo real a través del seguimiento permanente de los ciclos, uso, ejecución, contratación e impacto de los recursos públicos, mediante el uso de tecnologías de la información, con la participación activa del control social y con la articulación del control interno”. De igual forma, dispone que “La vigilancia de la gestión fiscal del Estado incluye el seguimiento permanente al recurso público, sin oponibilidad de reserva legal para el acceso a la información por parte de los órganos de control fiscal, y el control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la economía, la equidad, el desarrollo sostenible y el cumplimiento del principio de valoración de costos ambientales”. La Ley 1755 de 2015, Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición, en el Capítulo I prescribe que toda actuación que inicie cualquier persona ante las autoridades implica el ejercicio del derecho de petición, sin que sea necesario invocarlo, y mediante éste, entre otras actuaciones, se podrá solicitar: el reconocimiento de un derecho, la intervención de una entidad o funcionario, la resolución de una situación jurídica, la prestación de un servicio, requerir información, consultar, examinar y requerir copias de documentos, formular consultas, quejas, denuncias y reclamos e interponer recursos. Por su parte, la Ley 1757 de 2015, en su artículo 69, define la denuncia en el control fiscal, expresando que “está constituida por la narración de hechos constitutivos de presuntas irregularidades por el uso indebido de los recursos públicos, la mala
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prestación de los servicios públicos en donde se administren recursos públicos y sociales, la inequitativa inversión pública o el daño al medio ambiente, puestos en conocimiento de los organismos de control fiscal, y podrá ser presentada por las veedurías o por cualquier ciudadano”. El artículo 70 de la misma Ley, define el procedimiento para la atención y respuesta de las denuncias en el control fiscal enunciando que debe hacerse una evaluación y determinación de competencia; Atención inicial y recaudo de pruebas; traslado al proceso auditor, responsabilidad fiscal o entidad competente; y respuesta al ciudadano.
Para el caso que nos ocupa, el cual es la ejecución de una UNIDAD DE REACCION INMEDIATA (URI), conforme a nuestra competencia del control fiscal y los diferentes procedimientos administrativos de orden interno, relacionados con el trámite de derechos de petición, quejas y denuncias, los cuales orientan la misión y visión de la entidad, fundamentados por las Resoluciones 2020500000953 del 13 de abril de 2020 que establece unos grupos de trabajo para la vigilancia y control de la Contratación relacionada con el COVID-19 y denuncias ciudadanas Coronavirus y la Resolución 2017500001550 del 18 de 0ctubre de 2017 que establece el Funcionamiento de la URI.
PROCEDIMIENTO DESARROLLADO
Una vez comisionada como coordinadora de la UNIDAD DE REACCION INMEDIATA (URI) la Dra. Claudia María Rodríguez Montoya- Jefe de la Oficina Asesora Jurídica adscrita a la Contraloría General de Antioquia. Además, el Contralor Delegado el Dr. Andrés Felipe López Ramírez comisiona algunos funcionarios mediante comisorio 132 de 2020 con radicado 2020300002361 del 14/4/2020, para que presenten el apoyo técnico requerido para atender la URI de la referencia.
Por lo anterior se dispuso realizar las siguientes actuaciones:
1. Asignación de profesionales adscritos a la Contraloría General de la Antioquia,
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a fin de poder establecer la existencia de presuntas irregularidades dentro de la ejecución del contrato objeto de análisis de la denuncia.
Los profesionales que acompañan esta vista inicial de la UNIDAD DE REACCION INMEDIATA (URI), fueron:
Claudia María Rodríguez Montoya – Jefe Oficina Asesora Jurídica – Coordinadora de la Comisión
Andrés Felipe López Ramírez – Contralor Delegado
Nacyra Raquel Mattar Acuña-Profesional Universitaria-Abogaba
Andrea Ibeth Londoño Molina- Contralora Auxiliar-Abogada
Ángela María Morales Uribe-Contralora Auxiliar-Contadora
Héctor de Jesús Arbeláez Gómez- Profesional Universitario-Abogado
David esteban Taborda Zapata-Contralor Auxiliar –Contador
Mauricio Eduardo González Moncada-Profesional Universitario-Ingeniero
2. Se solicitó información a la Administración Municipal de Rionegro y a la
Asociación de Municipios del Oriente Antioqueño MASORA
3. Visita a la Administración Municipal de Rionegro, Hospital San Juan de Dios de Rionegro, Cárcel Municipal de Rionegro y MASORA
DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS, ANÁLISIS EFECTUADO
Y RESULTADO FINAL
Como resultado de la denuncia adelantada y de acuerdo con el material recaudado se pudo establecer lo siguiente:
A. Sobre la competencia:
Al identificar los hechos que se verificaran en la presente UNIDAD DE REACCION INMEDIATA (URI), se identificó que se estaba cuestionando la inversión de recursos públicos en el Departamento de Antioquia- Municipio de Rionegro, Hospital San Juan de Dios de Rionegro y MASORA; por lo tanto, la competencia
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para la vigilancia fiscal está a cargo de la Contraloría General de Antioquia. B. Sobre lo observado en la función de vigilancia.
Analizada la información recopilada, surtida la evaluación y trámites correspondientes a la acción de fiscalización, se pudo constatar lo siguiente: 1. “Se recibe denuncia ciudadana por las informaciones que el gerente de
MASORA, dio ante los medios de comunicación regional, en los que expresó que enviarían a casa la población venezolana que se encuentra en el oriente Antioqueño”. Preguntan cómo se va a pagar ese desplazamiento:
Se verifica en los medios de comunicación masiva, encontrándose lo siguiente:
Fuente. Periódico El Tiempo
Enlace: https://www.eltiempo.com/colombia/medellin/en-el-oriente-antioqueno-pagaran-viaje-de-venezolanos-
que-quieran-volver-a-su-pais-484358 Elaboró: Equipo URI-Rionegro
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Fuente. Twitter Oficial MASORA
Enlace: @MASORA_OrienteA
Elaboró: Equipo URI-Rionegro
Fuente. Bluradio Enlace: https://www.bluradio.com/politica/venezolanos-los-alcaldes-del-oriente-antioqueno-les-pagaran-vuelo-de-regreso-su-pais-antq-247710-ie7878845 Elaboró: Equipo URI-Rionegro
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Fuente. PULSO Enlace: https://www.pulzo.com/nacion/alcaldes-pagarian-tiquetes-aereos-venezolanos-que-PP879950 Elaboró: Equipo URI-Rionegro
El señor alcalde municipal de Rionegro Dr. Rodrigo Hernández Álzate, nos informa que el problema social que vive el oriente antioqueño es crítico por la gran afluencia de población venezolana. Es tan critica la situación, que se estima una cifra aproximada de 15.000 venezolanos en el oriente antioqueño, de los cuales hay algunos que han sido procesados por hurtos y algunos otros delitos. La Secretaria General del Municipio de Rionegro Dra. Leidy Nathalie Valencia Zapata, nos informa que a la fecha solo están haciendo exploraciones al respecto; que se han comunicado con ACNUR y Migración Colombia; pero que a la fecha no han invertido recursos públicos para esta “misión humanitaria”.
Con respecto al comunicado a la opinión pública que publicó la administración municipal de Rionegro en su página oficial sobre las actuaciones que desarrollaría la Contraloría General de Antioquia en su municipio, así:
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El equipo de la UNIDAD DE REACCION INMEDIATA (URI) con la Coordinación de la Doctora Claudia María Rodríguez Montoya (Jefe de la Oficina Asesora Jurídica y del Doctor Andrés Felipe López Ramírez, Contralor Delegado, le hacen claridad y le informan que todas las actuaciones de la Contraloría General de Antioquia, están enmarcadas en la constitución y la ley, que contamos con funciones de policía judicial y que para el caso específico de la atención de una UNIDAD DE REACCION INMEDIATA URI, se sigue el procedimiento establecido mediante resolución interna de la Contraloría General de Antioquia, de igual manera atendiendo a los principios de eficiencia y eficacia buscando hacer un acompañamiento preventivo frente a posibles anomalías que pueden resultar dentro de la administración.
En reunión realizada en las instalaciones de MASORA con el gerente general de esta asociación de municipios el Dr. Fabio Antonio Ríos Urrea, y este a su vez acompañado de su equipo interdisciplinario (Asesor Jurídico, Asesor de asuntos disciplinarios, Asesora de gestión del riesgo y la subdirectora Administrativa y financiera) además con la presencia de la Personera Municipal de Rionegro la Dra. Ana María Aguirre Betancur, nos informan lo siguiente:
“Esta es una decisión de los alcaldes del oriente antioqueño que conforman la asociación de municipios dada la emergencia social que actualmente se presenta en la región por la gran afluencia de venezolanos estimados en un número cercano a los 15.000”
“Se están explorando alternativas para llevar a venezolanos, no a Cúcuta porque el problema se le trasladaría a esa ciudad, sino, hasta Venezuela”
“Se han iniciado conversaciones con una aerolínea venezolana para este traslado”
“A la fecha no se han invertido recursos públicos en la búsqueda de alternativas del traslado de los venezolanos hacia su país”
Dado que ni la administración municipal de Rionegro ni Masora, han firmado convenios, contratos y mucho menos han invertido recursos públicos; no estamos ante hechos que sean competencia de la Contraloría General de Antioquia. No obstante, en el caso que se lleve a cabo este proyecto, será incluido como de forzosa verificación en próximas actuaciones de la CGA.
2. “Se verificarán los contratos y/o convenios que haya suscrito la Administración
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Municipal de Rionegro en el Marco de la Emergencia Social establecida por el Gobierno Nacional mediante decreto ley 417 del 2020”
Durante la etapa de planeación de la presente URI; se encontraron los siguientes contratos suscritos durante las fechas en que está vigente la emergencia social declarada por la pandemia del COVID-19; ASI:
Convenio 1100-07-04-016-2020 por valor de $1.512.803.335 suscrito con
el Hospital San Juan de Dios de Rionegro para “Fortalecer y mejorar las
condiciones de la red de atención de servicios en salud del Hospital San
Juan de Dios del Municipio de Rionegro”.
Fecha suscripción: 02 de abril de 2020 Inicio: abril 3 de 2020 Plazo: 3 meses a partir de la firma del acta de inicio sin exceder el 30 de junio de 2020 Forma de pago: primer desembolso del 40% del total del convenio con la suscripción del acta de inicio y el 60% restante mediante actas parciales; en todo caso el pago estará a la planeación financiera de la Secretaria de Hacienda
Una vez verificados los estudios previos que definen el alcance de este convenio, se puede establecer que dada la emergencia actual por la pandemia del COVID-19, la Administración Municipal de Rionegro y el Hospital San Juan de Dios de Rionegro, con la suscripción de este convenio pretenden “entregar recursos económicos al Hospital San Juan de Dios de Rionegro, para que este, por su cuenta y riesgo realice todas las gestiones necesarias para la compra y adquisición de equipos médicos y biomédicos para el fortalecimiento y mejora en la prestación de servicios de salud y especialmente de la Unidad de Cuidados Intensivos UCI, acondicionando con todos los elementos necesarios e indispensables SEIS (06) camas de cuidados intensivos, cumpliendo con los protocolos y condiciones técnicas”. Los estudios previos establecen el alcance del convenio así:
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Fuente: Estudios previos publicados ene l SECOP Elaboró: Equipo URI
En reunión sostenida con la Subdirectora Administrativa y Financiera del Hospital San Juan de Dios del Municipio de Rionegro, nos informa que, aunque el convenio fue suscrito por las partes y que la forma de pago establecía un anticipo del 40% del total del convenio, a la fecha no han recibido dichos recursos.
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Nos informa, además, que tampoco han realizado ninguna compra, porque algunos elementos han sufrido incrementos demasiado significativos por la alta demanda mundial de estos equipos. A la fecha de la visita de la Contraloría General de Antioquia a las instalaciones del Hospital San Juan de Dios de Rionegro (abril 17 de 2020) no han realizado ninguna compra con cargo a este convenio: Nos presenta el listado de las cotizaciones de los equipos requeridos así:
CANT EQUIPOS
EQUIPO PROVEEDOR MARCA MODELO TIEMPO
ENTREGA VALOR IVA INCLUIDO
1 ECOGRAFO PORTATIL*
SIEMENS SIEMENS ACUSON P500 CON 3 TRANSDUCTORES
JUNIO 109.150.282
PHILIPS PHILIPS SPARQ JUNIO 147.600.000
1 EQUIPO DE RAYOS X
PORTATIL*
SIEMENS SIEMENS POLYMOBIL PLUS
ANALOGO JUNIO 97.723.705
GENERAL ELECTRIC GENERAL ELECTRIC OPTIMA 220AMX
DIRECTO JULIO 364.900.000
PHILIPS PHILIPS MOBILE DIAGNOST
DIRECTO ABRIL 425.407.800
2 DESFIBRILADOR*
AMAREY NIHON KOHDEN TEC-5631 15 DÍAS 22.140.000
G BARCO LIFEPACK 20E MAYO 36.900.000
LAS ELECTROMEDICINA
MINDRAY BENEHEART D3 MAYO 18.177.000
MULTIBAND PHILIPS DFM 100 ABRIL 45.100.000
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CANT EQUIPOS
EQUIPO PROVEEDOR MARCA MODELO TIEMPO
ENTREGA VALOR IVA INCLUIDO
TECNICA ELECTROMEDICA
MINDRAY BENEHEART D3 AGOSTO 15.130.000
1 ELECTROCARDIOGRAFO*
AMAREY NIHON KOHDEN ECG-2150 ABRIL 6.150.000
AT MEDICAS MORTARA ELI230 MAYO 5.700.000
TECNICA ELECTROMEDICA
MORTARA ELI230 MAYO 5.205.300
6 EQUIPO DE ORGANOS Y
SENTIDO PORTATIL*
TECNICA ELECTROMEDICA
WELCH ALLYN 97200 ABRIL 1.484.000
AT MEDICAS WELCH ALLYN 97200 ABRIL 1.320.000
12 FONENDOSCOPIOS*
TECNICA ELECTROMEDICA
WELCH ALLYN 5079-135 ABRIL 312.700
AT MEDICAS WELCH ALLYN 5079-135 ABRIL 338.800
3 CAMILLA DE
TRANSPORTE*
C.I COTECNA PROMEL 2-213 MAYO 2.190.000
MULTIBAND STRYKER PRIME ABRIL 22.000.000
LOS PINOS LOS PINOS 369NEU MAYO 3.232.365
7 SILLA DE RUEDAS* C.I COTECNA PROMEL 2-461 MAYO 550.000
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CANT EQUIPOS
EQUIPO PROVEEDOR MARCA MODELO TIEMPO
ENTREGA VALOR IVA INCLUIDO
MULTIBAND NACIONAL N/A ABRIL 1.100.000
12 MESAS AUXILIARES
LOS PINOS LOS PINOS 369NEU MAYO 569.937
C.I COTECNA PROMEL 2-043 MAYO 396.669
7 CAMAS PARA UCI*
LAS ELECTROMEDICINA
STRYKER SV2 AGOSTO 13.046.200
MULTIBAND HILLROM HR-900 INMEDIATA 38.540.000
BIOTRONITECH HILLROM HR-900 ABRIL 25.190.400
6 MONITORES DE SIGNOS
VITALES BASICOS*
AMAREY NIHON KOHDEN PVM-2701 15 DÍAS 13.120.000
G BARCO GENERAL ELECTRIC B105 JUNIO 16.400.000
LAS ELECTROMEDICINA
MINDRAY IMEC12-2 JUNIO 7.771.000
SIRES EDAN IM8 MAYO 6.080.000
TECNICA ELECTROMEDICA
MINDRAY UMEC12 MAYO 10.800.000
7 VENTILADORES*
DRAGER DRAGER SAVINA SELECT 300 AGOSTO 69.725.400
EQUITRONIC MONNAL T75 SEPTIEMBRE 48.900.000
ET SERVICES SIRIUSMED R30 MAYO 133.485.800
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CANT EQUIPOS
EQUIPO PROVEEDOR MARCA MODELO TIEMPO
ENTREGA VALOR IVA INCLUIDO
LAS ELECTROMEDICINA
MINDRAY SV 300 OCTUBRE 41.459.200
LM INSTRUMENTS SA
PHILIPS TRILOGY EVO JULIO 76.255.900
QUIRURGIL AMOUL T7 JULIO 104.000.000
SILTECH COLOMBIA NORTHERN CRIUS V6 MAYO 127.100.000
7 MONITORES DE SIGNOS
VITALES PARA UCI*
AMAREY NIHON KOHDEN BSM 6301
10¨ ABRIL 27.470.000
DRAGER DRAGER VISTA 120S
12¨ AGOSTO 19.858.500
G BARCO GENERAL ELECTRIC B125 12¨
JUNIO 28.700.000
KAIKA PHILIPS EFFICIA CM-10¨ JUNIO 23.845.600
LAS ELECTROMEDICINA
MINDRAY iMEC12-3 MAYO 12.839.000
QUIRURGIL SPACELABS QUBE MAYO 69.000.000
TECNICA ELECTROMEDICA
MINDRAY UMEC12 + 2IBP CO
+ CO2 MAYO 13.234.800
Notas. Los equipos marcados con * son exentos de IVA según decreto 558 del 2020 Los proveedores: que cotizaron en dólares se hizo el cambio a una tasa de $4.100
El Secretario de Hacienda del Municipio de Rionegro, certifica que a la fecha no han entregado los recursos al Hospital San Juan de Dios de Rionegro.
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Verificando la plataforma Gestión Trasparente de la Contraloría General de Antioquia, se puede establecer que no han reportado pagos desde el 01/03/2020 hasta el 17/03/2020; tal y como se muestra a continuación:
Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Equipo URI
Con la visita realizada, puede establecer la comisión de la Unidad de Reacción Inmediata (URI) que no se han invertido recursos públicos en la Emergencia Social establecida por el Gobierno Nacional mediante decreto ley 417 del 2020”, hasta el momento de la visita. Sin embargo, llama la atención de manera preocupante, que ante esta contingencia decretada no solamente por el Gobierno Nacional mediante decreto 417 de 2020, sino también por la Organización Mundial de la Salud OMS; la Administración Municipal de Rionegro no haya cumplido de manera oportuna tal y como lo establece la cláusula Novena del convenio denominada Forma de Pago: “Se realizara un primer desembolso del 40%del total del convenio con la suscripción del acta de inicio con el fin de que la Entidad disponga de un capital inmediato para los procesos de compra y adquisición de los equipos…” el anticipo pactado; toda vez que el acta de inicio del convenio se firmó el 3 de abril de 2020 y al 17 de abril de 2020 no había cumplido con dicho desembolso la Secretaria de Hacienda del Municipio de Rionegro. No es concebible que la Administración Municipal de Rionegro, que cuenta con los recursos para ejecutar este convenio de carácter vital en las actuales
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circunstancias, tal y como lo certifica mediante CDP 359 del 31 de marzo de 2020, no haya desembolsado el anticipo después de 2 semanas de haber iniciado el convenio. Además, no se han iniciado las compras requeridas para dotar las 6 camas UCI requeridas y el convenio apenas tiene un plazo de duración de tres (3) meses; corriéndose el riesgo que se agudice la pandemia y no se cuente con estos equipos vitales para la atención de todos los habitantes de Rionegro. Las compras que se desprendan de este convenio, serán verificadas por los profesionales idóneos en el tema con que cuenta la Contraloría General de Antioquia. Esta demora, no solamente denota un incumplimiento a una cláusula contractual, sino que presuntamente puede estar vulnerando los fines esenciales del estado de eficacia, eficiencia y efectividad; así como el principio de planeación. SE DARÁ TRASLADO INMEDIATO DE ESTAS PRESUNTAS IRREGULARIDADES A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN PARA LO DE SU COMPETENCIA.
Convenio 1100-06-09-11-2020 por valor de $357.940.00 suscrito con el
Hospital San Juan de Dios de Rionegro para “Desarrollar los programas
de salud pública e intervenciones colectivas, que permitan la ejecución de
actividades y proyectos contemplados en el plan territorial de salud”
Plazo: 2 meses Inicio: 11 de marzo de 2020 Adición: $178.900.000
Reporta la Subdirectora Administrativa y financiera que con este convenio se garantizan los recursos para que la Administración Municipal desarrolle el PIC-Plan de Intervenciones Colectivas, el cual se encuentra en el siguiente marco normativo:
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Fuente: Plan de Salud Publica de Intervenciones Colectivas-Minsalud Elaboró: Equipo URI
Posteriormente, se hizo una adición para atender la emergencia del COVID-19.
La Administración Municipal aún no ha desembolsado los recursos de la adición, pues la forma de pago es de acuerdo actas de ejecución que facture el Hospital. Es evidente que son necesarios y urgentes para la atención de esta pandemia; dado que no se han ejecutado pagos con cargo a este convenio; este será de obligatoria verificación en próximas actuaciones del Contraloría General de Antioquia.
Convenio 1060-06-09-012-2020 por valor de $900.000.000 suscrito con
INCAROSA (Industrias Cárnicas del Oriente SA) para la “Preparación y
servida de alimentos a los internos del centro de retención transitorio y
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detenidos y/o condenados del Municipio de Rionegro, Antioquia. Incluye
provisión de alimentos a grupos poblacionales”
Fecha Convenio: 26 de marzo de 2020 Plazo: a partir de la fecha de inicio sin exceder 31 de diciembre de 2020 Inicio: 30 de marzo de 2020 En visita realizada a las instalaciones de la Cárcel Municipal de Rionegro en Compañía de la Directora de la Cárcel, La Personera Municipal de Rionegro y el Personero Delegado de Derechos Humanos, se pudo evidenciar la entrega de los alimentos en caliente para la población carcelaria. Al respecto, el personero delegado de derechos humanos Dr. Juan David Torres Baena; nos informa que se hace acompañamiento permanente por parte del ministerio público a este programa, y del cual no tiene objeción alguna. Puede evidenciarse que el convenio se suscribió con la empresa INCAROSA que es una sociedad comercial de economía mixta con una participación mayoritaria del estado, la cual acredita experiencia en la elaboración y entrega de alimentación. Además, estas actividades están enmarcadas dentro de su objeto social. Así las cosas, de conformidad con el artículo 2° de la Ley 80, INCAROSA S.A. es una sociedad de economía mixta con participación superior al cincuenta por ciento (50%) del municipio de Rionegro, y para efectos del Régimen de Contratación Publica en Colombia, es una Entidad Estatal. La propuesta presentada por INACAROSA, establece los siguientes valores:
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Fuente: Propuesta Económica INCAROSA Elaboró: Equipo URI
De acuerdo a lo verificado por parte del grupo de trabajo de la Unidad de Reacción Inmediata (URI) de la Contraloría General de Antioquia y verificado en tiempo real y teniendo en cuenta los testimonios de los presos, los alimentos son de muy buena calidad. Los productos los llevan en caliente y por cada patio los detenidos sirven sus raciones. El costo por ración es económico y no denota sobrecostos. Además, se les entrega un refrigerio que no está contabilizado en los costos de la propuesta. Actualmente, la población carcelaria que se beneficia con este convenio es la siguiente: Cárcel Municipal 210 internos Gaula 13 recluidos Estación de Policía 4 detenidos Población beneficiada: 227 personas Ahora, elaborando el cálculo de las porciones diarios y el costo de las mismas, tenemos el siguiente dato:
Fuente; Directora Cárcel Municipal Elaboró: Equipo URI
Ubicación Poblacion
No.
Total Raciones
diarias
(3/Persona)
Costo
Raciones
Diaria
($21.118/3
raciones)
Raciones /mes
Costo
raciones
mes ($)
Carcel Municipal 210 630 13.304.340 18.900 399.130.200
Gaula Rionegro 13 39 823.602 1.170 24.708.060
Comando de Policia 4 12 253.416 360 7.602.480
TOTAL 227 681 14.381.358 20.430 431.440.740
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Puede establecerse que el costo mensual de la alimentación del personal (con las condiciones actuales) asciende a la suma de $431.440.740, por lo tanto, con los recursos asignados mediante el convenio 1060-06-09-012-2020 solo se tiene garantizada la alimentación de los reclusos por 2 meses y 3 días. La verificación de la ejecución total de estos recursos, será de obligatoria verificación de la Contraloría General de Antioquia en próximas actuaciones enmarcadas dentro del Plan General de Auditoría, toda vez que aún no se han efectuado pagos por la ejecución de este convenio, tal y como lo certifica el Secretario de Hacienda Municipal de Rionegro. Dado que la Corte Constitucional, en un fallo del 11 de 2015 Sentencia C 103-2015, declaró inexequible un artículo que le permitía a la Contraloría emitir funciones de advertencia para alertar sobre posibles riesgos de pérdida de recursos públicos en medio de la ejecución de un contrato; por lo tanto, se pondrá en conocimiento de la Personería Municipal de Rionegro esta situación para lo de su competencia.
Convenio 1060-06-09-013-2020 por valor de $19.662.998 suscrito con
INCAROSA (Industrias Cárnicas del Oriente SA) para la “Preparación y
servida en caliente de alimentos a diferentes grupos poblacionales,
incluye provisión de alimentos en el marco de la emergencia económica,
social y ecológica generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19”
Inicio: 03 de abril de 2020
Este convenio tiene como objetivo entregar alimentos al personal que ayudando en la atención de la pandemia tales como Cruz Roja, Defensa civil, bomberos, fuerza pública que estén trabajando estrictamente en las labores de mitigación de la pandemia.
Puede evidenciarse que el convenio se suscribió con la empresa INCAROSA que es una sociedad comercial de economía mixta con una participación mayoritaria el estado, la cual acredita experiencia en la elaboración y entrega de alimentación. Además, estas actividades están
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enmarcadas dentro de su objeto social. Así las cosas, de conformidad con el artículo 2° de la Ley 80, INCAROSA S.A. es una sociedad de economía mixta con participación superior al cincuenta por ciento (50%) del municipio de Rionegro, y para efectos del Régimen de Contratación Publica en Colombia, es una Entidad Estatal.
La propuesta presentada por INACAROSA, establece los siguientes valores:
Fuente: Propuesta INCAROSA Elaboró: Equipo URI
Se han entregado comidas y refrigerios de buena calidad a los miembros de la defensa civil, bomberos, cruz roja y personal requerido en labores de atención de la pandemia. La verificación de la ejecución total de estos recursos, será de obligatoria verificación de la Contraloría General de Antioquia en próximas actuaciones enmarcadas dentro del Plan General de Auditoría, toda vez que aún no se han efectuado pagos por la ejecución de este convenio, tal y como lo certifica el Secretario de Hacienda Municipal de Rionegro.
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Luego de analizar los contratos suscritos para atender la pandemia generada por el
virus denominado COVID-19, LLAMA PROFUNDAMENTE LA ATENCIÓN A LA
URI, LA GRAN CANTIDAD CONTRATACIONES DIRECTAS QUE HA
CELEBRADO LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE RIONEGRO DESDE EL 01
DE ENERO DE 2020 AL 17 DE ABRIL DE 2020, así:
Fuente: Gestión Transparente
Elaboró: Equipo Uri
Puede establecerse que el 89,82% de las contrataciones celebradas por la
Administración Municipal de Rionegro corresponde a Contracción Directa.
De estas contrataciones el 53,38% corresponde a la figura de convenios
interadministrativos
Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Equipo Uri
Etiquetas de fila Cuenta de PROCESOCONTRATACIÓN Suma de VALOR CONTRATO Porcentaje
Contratacion Directa 144 52.439.380.465 89,82%
Licitación 1 810.380.509 1,39%
Mínima Cuantía 9 283.074.607 0,48%
Seleccion Abreviada 1 4.850.000.000 8,31%
Total general 155 58.382.835.581 100,00%
Etiquetas de fila Cuenta de TIPOLOGÍA CONTRATO Suma de VALOR CONTRATO Porcentaje%
Arrendamiento y Adquisicion de inmuebles 3 258.948.844 0,44%
Convenio Interadministrativo 18 31.162.085.223 53,38%
Prestacion De Servicios 5 952.655.116 1,63%
Prestación De Servicios Contratación Directa 63 17.589.473.335 30,13%
Prestación de Servicios Profesionales y de Apoyo 60 3.428.873.063 5,87%
Suministro Bien o Servicio 5 140.800.000 0,24%
Suministro Bien o Servicio - Subasta Inversa 1 4.850.000.000 8,31%
Total general 155 58.382.835.581 100%
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Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Equipo Uri
Del total contratado por la Administración Municipal de Rionegro desde el 01
de enero hasta el 17 de abril de 2020, ha suscrito convenios
interadministrativos con MASORA por valor de $20.714.998.302 lo que
corresponde al 36% de la contratación.
Los convenios suscritos son los siguientes:
No. Código contrato
Valor contrato Tipología contrato
Objeto contrato
1 1060-07-04-002-2020
$84.817.051,00 Convenio Interadministrativo
Aunar esfuerzos para la operación del Cetra (Centro Transitorio para adolescentes infractores) en desarrollo y cumplimiento de las obligaciones municipales con relación a la Ley de Infancia y adolescencia, Ley 1098 de 2006
2 1030-07-04-006-2020
$499.647.313,00 Convenio Interadministrativo
Promover el posicionamiento de la imagen del municipio a nivel regional, nacional e internacional, a través del fortalecimiento de actividades de cooperación y relacionamiento estratégico, así como la gestión de recursos tendientes al logro de las metas propuestas en el plan de desarrollo del municipio de Rionegro
Etiquetas de fila Cuenta de TIPOLOGÍA CONTRATO Suma de VALOR CONTRATO
Masora 1 699.966.142
Municipios asociados del altiplano del oriente antioque?o - masora 1 84.817.051
Municipios Asociados Del Altiplano Y Oriente Antioqueno -Masora- 9 19.930.215.109
Total general 11 20.714.998.302
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No. Código contrato
Valor contrato Tipología contrato
Objeto contrato
3 1130-07-04-005-2020
$699.966.142,00 Convenio Interadministrativo
Brindar atención a la fauna doméstica sin propietario y en condiciones de vulnerabilidad en el centro integral de bienestar animal ceiba y coso municipal, incluyendo todas las acciones necesarias para garantizar su adecuado funcionamiento y emprender acciones en pro de la tenencia responsable de animales de compañía
4 1070-07-04-012-2020
$1.274.335.498,00 Convenio Interadministrativo
Apoyar el direccionamiento estratégico interno y organizacional de la entidad, a través de la implementación de procesos tecnológicos de la información, fortalecimiento institucional y el control interno
5 1110-07-04-008-2020
$1.434.183.803,00 Convenio Interadministrativo
fortalecer los esquemas económicos de Rionegro, promoción de la productividad, el emprendimiento, la innovación y competitividad a través de programas, acciones y estrategias que impulsen el desarrollo económico del municipio.
6 1120-07-04-014-2020
$1.613.900.010,00 Convenio Interadministrativo
promover y apoyar los procesos de formación e identidad cultural y patrimonial del municipio de Rionegro.
7 1060-07-04-007-2020
$2.257.531.817,00 Convenio Interadministrativo
apoyar y acompañar las diferentes estrategias de la oficina de comunicaciones
8 1050-07-04-010-2020
$2.533.412.140,00
Prestación De Servicios Contratación Directa
apoyo y acompañamiento en el fortalecimiento del recaudo tributario, por medio de estrategias de inteligencia y análisis de datos fiscales.
9 1120-07-001-2020
$3.024.808.334,00 Convenio Interadministrativo
garantizar la oportuna y adecuada operación en las i.e. oficiales del municipio de Rionegro con la prestación de los servicios generales y administrativos
10 1100-07-04-011-2020
$3.294.872.641,00 Convenio Interadministrativo
apoyo y acompañamiento a la implementación de acciones tendientes a los programas de la línea estratégica ciudad de la familia, la salud y la inclusión social de la población de Rionegro.
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No. Código contrato
Valor contrato Tipología contrato
Objeto contrato
11 1080-07-04-013-2020
$3.997.523.553,00 Convenio Interadministrativo
garantizar la continuidad en el apoyo a la gestión de servicios especializados para las etapas de ejecución y recaudo de la contribución del proyecto de valorización Rionegro se valoriza
Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Equipo Uri
Dado que estos contratos se encuentran en ejecución y SIN PAGOS
REPORTADOS; serán objeto de verificación en próximas actuaciones de la
Contraloría General de Antioquia.
Por último, dado que más del 80% de la contratación del Municipio de
Rionegro se contrata mediante la figura de contratación directa; se dará
traslado a la Procuraduría General de la Nación para que determine si existe
alguna vulneración al régimen contractual vigente.
EJECUCION PRESUPUESTAL CONTRATOS AUDITADOS
La información solicitada para realizar la verificación al proceso presupuestal
realizado para la contratación y ejecución de los contratos de la muestra escogida
fue:
Ejecución presupuestal de ingresos y egresos de la vigencia 2020 a la fecha.
Trazabilidad de los rubros presupuestales, disponibles para los certificados de disponibilidad presupuestal de los contratos o convenios de la muestra.
Ejecución de los contratos o convenios del 01 de enero al 16 de abril de 2020 (vigencia 2020).
Actos administrativos que han modificado el presupuesto de la vigencia 2020 del 01 de enero al 16 de abril de 2020.
Analizada la información suministrada por la Secretaria de Hacienda del municipio de Rionegro, se observa:
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a) El 80% del presupuesto disponible para los contratos de la muestra fueron producto de traslados presupuestales, para dar inicio al plan de desarrollo 2020-2023, como se encuentra descrito en los estudios previos.
b) Los traslados realizados entre los diferentes rubros presupuestales de
inversión modifican el POAI del presupuesto aprobado para la vigencia 2020, requiriendo para dichos traslados la autorización de la Secretaria de Planeación del municipio de Rionegro, no se evidenciaron los soportes adjuntos a los actos administrativos de la certificación de la disponibilidad presupuestal de parte del funcionario autorizado para ello y de la autorización de planeación municipal para las modificaciones al POIA.
c) En verificación general de la ejecución presupuestal del 01 de enero de 2020 al 20 de abril de 2020, se observa de acuerdo al cuadro adjunto, que el presupuesto de la vigencia 2020 que va del 01 de enero al 31 de diciembre de 2020 ya se encuentra en ejecución en 86% y el recaudo en un 41% al 20 de abril de 2020.
PRESUPUESTO APROBADO
PRESUPUESTO DEFINITIVO
CERTIFICADOS DE
DISPONIBILIDAD EXPEDIDOS
CERTIFICADOS DE REGISTRO
PRESUPUESTAL EXPEDIDOS
% YA DISPUESTO
DEL PRESUPUESTO
% YA COMPROMETIDO
DEL PRESUPUESTO
RECAUDOS EFECTIVOS
% DE EJCUTADO
FRENTE AL
RECAUDO
493,625,124,922 561,469,203,140 364,833,888,594 314,653,731,695 65% 86% 128,856,609,004 41% Fuente: Ejecuciones Presupuestales de Ingresos y Egresos de la vigencia 2020 y Actos Administrativos modificatorios del Presupuesto de la vigencia 2020. Elaboro: Ángela María Morales Uribe, Contralora Auxiliar-Contadora
Por lo anterior, se dará traslado a la Procuraduría General de la Nación para
que determine si existe algún desacato al Estatuto Orgánico del Presupuesto.
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CONCLUSIONES Y TRÁMITES A SEGUIR
Con respeto a la contratación celebrada en medio de la pandemia generada por el COVID-19, se puede concluir lo siguiente: 1. Dado que ni la administración municipal de Rionegro ni Masora, han firmado
convenios, contratos y mucho menos han invertido recursos públicos; no estamos ante hechos que sean competencia de la Contraloría General de Antioquia. No obstante, en el caso que se lleve a cabo este proyecto, será incluido como de forzosa verificación en próximas actuaciones de la CGA.
2. Con respecto al Convenio 1100-07-04-016-2020 por valor de $1.512.803.335
suscrito con el Hospital San Juan de Dios de Rionegro para “Fortalecer y mejorar las condiciones de la red de atención de servicios en salud del Hospital san Juan de Dios del Municipio de Rionegro”. Se pudo establecer que Las compras que se desprendan de este convenio, serán verificadas por los profesionales idóneos en el tema con que cuenta la Contraloría General de Antioquia, toda vez que ha la fecha no han asignado recursos y mucho menos han realizado compras mediante este convenio. Así mismo, no es concebible que la Administración Municipal de Rionegro, que cuenta con los recursos para ejecutar este convenio de carácter vital en las actuales circunstancias, tal y como lo certifica mediante CDP 359 del 31 de marzo de 2020, no haya desembolsado el anticipo después de 2 semanas de haber iniciado el convenio. Además, no se han iniciado las compras requeridas para dotar las 6 camas UCI requeridas y el convenio apenas tiene un plazo de duración de tres (3) meses; corriéndose el riesgo que se agudice la pandemia y no se cuente con estos equipos vitales para la atención de todos los habitantes de Rionegro. Esta demora, no solamente denota un incumplimiento a una cláusula contractual, sino que presuntamente puede estar vulnerando los fines esenciales del estado de eficacia, eficiencia y efectividad; así como el principio de planeación. Se dará traslado inmediato de estas presuntas irregularidades a la Procuraduría General de la Nación para lo de su competencia.
3. El Convenio 1100-06-09-11-2020 por valor de $357.940.00 y una adición de
$178.900.000 suscrito con el Hospital San Juan de Dios de Rionegro; no ha
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tenido pagos ni el hospital ha presentado facturas de cobro; por lo tanto y dada la forma de pago pactada en el mismo, será de obligatoria verificación en próximas actuaciones del CGA.
4. El Convenio 1060-06-09-012-2020 por valor de $900.000.000 suscrito con INCAROSA, no presenta irregularidades en su ejecución ni en la estimación del costo de las raciones; sin embargo, la cuantía establecida para atender a los internos de la cárcel municipal de Rionegro solo alcanza para dos meses y 3 días. La verificación de la ejecución total de estos recursos, será de obligatoria verificación de la Contraloría General de Antioquia en próximas actuaciones enmarcadas dentro del Plan General de Auditoría, toda vez que aún no se han efectuado pagos por la ejecución de este convenio, tal y como lo certifica el Secretario de Hacienda Municipal de Rionegro.
Dado que La Corte Constitucional, en un fallo del 11 de 2015 Sentencia C 103-2015, declaró inexequible un artículo que le permitía a la Contraloría emitir funciones de advertencia para alertar sobre posibles riesgos de pérdida de recursos públicos en medio de la ejecución de un contrato; por lo tanto, se pondrá en conocimiento de la Personería Municipal de Rionegro esta situación para lo de su competencia.
5. Convenio 1060-06-09-013-2020 por valor de $19.662.998 suscrito con
INCAROSA (Industrias Cárnicas del Oriente SA) para la “Preparación y servida en caliente de alimentos a diferentes grupos poblacionales, incluye provisión de alimentos en el marco de la emergencia económica, social y ecológica generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19”.
Se lleva con normalidad y no presenta dificultades. Sin embargo, La verificación de la ejecución total de estos recursos, será de obligatoria verificación por parte de la Contraloría General de Antioquia en próximas actuaciones enmarcadas dentro del Plan General de Auditoría, toda vez que aún no se han efectuado pagos por la ejecución de este convenio, tal y como lo certifica el Secretario de Hacienda Municipal de Rionegro.
6. Con respecto a la gran cantidad de convenios suscritos entre la Administración
Municipal de Rionegro y Masora por contratación directa, utilizando la figura de
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convenio interadministrativo y debido a que estos contratos se encuentran en ejecución y sin pagos reportados; serán objeto de verificación en próximas actuaciones de la Contraloría General de Antioquia.
Sin embargo, dado que más del 80% de la contratación del Municipio de Rionegro se contrata mediante la figura de contratación directa; se dará traslado a la Procuraduría General de la Nación para que determine si existe alguna vulneración al régimen contractual vigente.
7. Con respecto al análisis de la ejecución presupuestal de los rubros disponibles para los contratos y/o objetos de la muestra se observó que el 80% del presupuesto disponible para los contratos de la muestra fueron producto de traslados presupuestales, para dar inicio al plan de desarrollo 2020-2023, como se encuentra descrito en los estudios previos. Los traslados realizados entre los diferentes rubros presupuestales de inversión modifican el POAI del presupuesto aprobado para la vigencia 2020, requiriendo para dichos traslados la autorización de la Secretaria de Planeación del municipio de Rionegro, no se evidenciaron los soportes adjuntos a los actos administrativos de la certificación de la disponibilidad presupuestal de parte del funcionario autorizado para ello y de la autorización de planeación municipal para las modificaciones al POIA.
En el análisis general realizado a la ejecución presupuestal del 01 de enero de 2020 al 20 de abril de 2020 de ingresos y gastos, se observa que el presupuesto de la vigencia 2020 que va del 01 de enero al 31 de diciembre de 2020 ya se encuentra en ejecución en 86% y el recaudo en un 41% al 20 de abril de 2020. Se dará traslado a la Procuraduría General de la Nación para que determine si existe algún desacato al Estatuto Orgánico del Presupuesto
Por lo anteriormente expuesto, se continuará la revisión de todas las actuaciones contractuales que se realicen hasta la liquidación de los contratos y se enviaran los traslados respectivos a la Procuraduría General de la Nación, a la Personería Municipal de Rionegro y a la Contraloría Auxiliar de Auditoría Integrada para lo de su competencia. Dada la actual coyuntura, ocasionada por la pandemia del virus denominado COVID-19; le informamos que los términos procesales derivados de la actividad
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misional de la Contraloría General de Antioquia fueron suspendidos mediante resolución 2020500000854 del 17 de marzo de 2020 y hasta el 31 de marzo de 2020, suspensión de términos que posteriormente fue ampliada hasta el 13 de abril de 2020 mediante resolución 2020500000892 del 25 de marzo de 2020. Lo anterior para notificarle que una vez se normalice la prestación de servicios misionales de la CGA, se les enviará vía correo certificado la respuesta física a su denuncia. Atentamente,
CLAUDIA MARIA RODRIGUEZ MONTOYA Jefe Oficina Asesora Juridica P/E: Mauricio Eduardo González Moncada-Profesional Universitario-Ingeniero Ángela María Morales Uribe-Contralora Auxiliar-Contadora R Claudia María Rodríguez Montoya- Jefe Oficina Asesora Jurídica- Coordinadora URI Rionegro Andrés Felipe López Ramírez, Contralor Auxiliar Auditoria Delegada
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