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1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
DIARIO OFI CIAL
Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2233-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi cial@imprentanacional.gob.sv
S U M A R I O
1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL
TOMO Nº 373 SAN SALVADOR, VIERNES 8 DE DICIEMBRE DE 2006 NUMERO 230
DIRECTOR: Hugo M. Córdova B.
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La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
ORGANO LEGISLATIVO Decretos Nos. 135 y 136.- Exoneraciones de impuestos. Decreto No. 140.- Reformas a la Ley de la Carrera Docente. .....................................................................................
Decretos Nos. 141 y 142.- Reforma y adición de incisos al Artículo 5 de la Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios...................................... Decreto No. 143.- Se establece la contribución que deberán aportar los productores de caña y centrales azucareras o ingenios, para fi nanciar el presupuesto de gastos e inversiones anuales del Consejo Salvadoreño de la Agroindustria Azucarera para el ejercicio fi nanciero fi scal 2007. .................................................
Decreto No. 147.- La ciudad de San Francisco, se denominará ofi cialmente en lo sucesivo “San Francisco Gotera”. ................
Decreto No. 148.- Declárase al Excelentísimo Señor Embajador de los Estados Unidos de América en El Salvador, señor Hugh Douglas Barclay, “Noble Amigo de El Salvador”.
ORGANO EJECUTIVO
MINISTERIO DE GOBERNACIONRAMO DE GOBERNACIÓN
Estatutos de la Iglesia Evangélica Maná de El Salvador y Acuerdo Ejecutivo No. 150, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ......................................................
MINISTERIO DE ECONOMIARAMO DE ECONOMÍA
Acuerdo No. 1391.- Se aprueba la norma salvadoreña recomendada: Laboratorios Clínicos. Requisitos particulares para la calidad y competencia NSR 03.00.31:06. ......................
MINISTERIO DE EDUCACIONRAMO DE EDUCACIÓN
Acuerdo No. 15-1207.- Se deja sin efecto el Acuerdo Ejecutivo No. 15-1278, de fecha 26 de noviembre de 2003......
ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Acuerdos Nos. 1534-D, 1660-D, 1671-D, 1718-D y 1725-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .........................................................................................
Acuerdo No. 2108-D.- Cesa la suspensión en el ejercicio de la profesión de abogado y rehabilítase para ejercer la función pública del notariado, al Doctor Luis Abraham Mendoza López...........
INSTITUCIONES AUTONOMAS
ALCALDÍAS MUNICIPALES
Decreto No. 38.- Reclasifícase el presupuesto de la Administración General de Cementerios del Municipio de San Salvador. ....................................................................................
Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal “Una Luz para el Progreso” y “San Miguelito”, Acuerdos Nos. 2 y 620, emitidos por las Alcaldías Municipales de San Miguel y San Francisco Gotera, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ....................................................................
SECCION CARTELES OFICIALES
DE PRIMERA PUBLICACIÓN
Declaratorias de Herencias
Cartel No. 1617.-Loyda Evelyn Rodríguez Amaya y Otros (1 vez) ........................................................................................
Cartel No. 1618.- Silvia Rubio López de Castañeda y Otra (1 vez) ........................................................................................
Cartel No. 1619.- Irma Alicia Martínez (1 vez)................
Aceptación de Herencias
Cartel No. 1620.- Ana Leticia Cruz de Ramírez (3 alt.) ...
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Cartel No. 1621.- Enrique Hernández Mejía (3 alt.) ........
Cartel No. 1622.- René Mauricio Meléndez (3 alt.) ........
Cartel No. 1623.- Juan José Félix Cardona Caballero y
Otros (3 alt.) ...............................................................................
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
Aceptación de Herencias
Cartel No. 1603.- María Teofi la Mejía Pérez y Otro (3
alt.) ...........................................................................................
Cartel No. 1604.- Blanca Olivia Marroquín de Sigüenza y
Otro (3 alt.).................................................................................
Cartel No. 1605.- Sofía Mulatio de Rivas (3 alt.) .............
Cartel No. 1606.- José Salvador Muñoz García y Otros (3 alt.) ...........................................................................................
Títulos de Propiedad
Cartel No. 1607.- Mirna Zepeda Ramírez (3 alt.) .............
Cartel No. 1608.- Héctor Domingo Zepeda Sandoval y Otra (3 alt.) .........................................................................................
Títulos de Dominio
Cartel No. 1609.- Ana Lidia Portillo de Segovia (3 alt.) ..
Cartel No. 1610.- José Alejandro Segovia (3 alt.) ............
SECCION CARTELES PAGADOS
DE PRIMERA PUBLICACIÓN
Declaratorias de Herencias
Carteles Nos. A029314, A029318, A029321, A029327, A029333, A029343, A029345, A029347, A029355, A029357, A029367, A029368, A029383, A029389, A029391, A029402, A029403, A029404, A029421, A029434, A029436, A029445, A029449, C003740, C003753, C003767, C003768, C003769.
Aceptación de Herencias
Carteles Nos. 029307, A029340, A029359, A029400, A029410, A029424, A029431, A029444, A029451, C003761, C003762, C003763, C003764, C003765, A029348, A029352, A029415, A029417, C003772, A029413, A029414, A029416, C003749.....................................................................................
Títulos de Propiedad
Carteles Nos. A029350, A029364, A029398. ..................
Títulos Supletorios
Carteles Nos. A029323, A029351, A029354, A029433, A029388, C003739, C003741. ..................................................
Títulos de Dominio
Carteles Nos. A029335, A029336. ...................................
Juicio de Ausencia
Cartel No. A029375. .........................................................
Renovación de Marcas
Cartel No. C003757. .........................................................
Marcas de Fábrica
Carteles Nos. C003750, C003751, C003752, C003754, C003756, C003775, C003777, C003778...................................
Nombre Comercial
Carteles Nos. A029326, C003759, C003779, C003780, C003782, C003783. ...................................................................
Señal de Publicidad Comercial
Cartel No. C003748. .........................................................
Matrículas de Comercio
Carteles Nos. A029308, A029324, A029325, A029330, A029334, A029382, A029448, C003743, C003745, C003755, C003758, C003760, C003773, C003774, C003776, C003781.
Subastas Públicas
Carteles Nos. A029319, A029407, A029411, A029439, A029443.....................................................................................
Reposición de Certifi cados
Carteles Nos. A029394, A029395, A029397, A029428...
Aumento de Capital
Carteles Nos. A029399, C003771.....................................
Balance de Liquidación
Cartel No. C003812. .........................................................
Título Municipal
Cartel No. A029370. .........................................................
Marca de Servicio
Cartel No. A029328. .........................................................
Reposición de Póliza de Seguro
Cartel No. C003746. .........................................................
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
Aceptación de Herencias
Carteles Nos. A029024, A029025, A029037, A029058, A029077, A029084, A029104, A029143, A029159, C003688, C003707, A029258/61, C003732. .............................................
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Títulos de Propiedad
Carteles Nos. A029091, A029096, C003708....................
Títulos Supletorios
Carteles Nos. A029030, A029046, A029048, A029079, A029153, C003681, C003703. ..................................................
Renovación de Marcas
Carteles Nos. A029076, C003699, C003700, C003701, C003702.....................................................................................
Marcas de Fábrica
Carteles Nos. A029154, A029155, C003678, C003682, C003683, C003693, C003694, C003695, C003696, C003710, C003711, C003714, C003715, C003717, C003718, C003719, C003720.....................................................................................
Nombres Comerciales
Carteles Nos. C003679, C003709, C003713. ...................
Matrículas de Comercio
Carteles Nos. C003685, C003686, C003704, C003712. ..
Convocatoria
Cartel No. A029442. .........................................................
Subastas Públicas
Carteles Nos. A029047, A029166, C003705, C003706. ..
Reposiciones de Certifi cados
Carteles Nos. A029072, A029073, A029158. ..................
Balance de Liquidación
Cartel No. A029168. .........................................................
Marca de Servicios
Carteles Nos. A029122, C003716.....................................
DE TERCERA PUBLICACIÓN
Aceptación de Herencias
Carteles Nos. A028736, A028776, A028777, A028785, A028786, A028787, A028790...................................................
Títulos de Propiedad
Carteles Nos. A028679, A028764, A028796, C003604, C003606.....................................................................................
Títulos Supletorios
Carteles Nos. A028677, A028694, A028706, C003603, C003621.....................................................................................
Cambio de Nombre
Cartel No. C003602. .........................................................
Marcas de Fábrica
Carteles Nos. A028727, A028728, C003613, C003615, C003625, C003626. ...................................................................
Nombres Comerciales
Carteles Nos. A028699, A028741, C003608, C003623, C003624.....................................................................................
Señal de Publicidad Comercial
Cartel No. C003614. .........................................................
Matrículas de Comercio
Carteles Nos. A028812, A028816, C003600, C003605, C003609, C003617, C003618, C003619, C003622, C003627, C003630, C003632. ...................................................................
Subasta Pública
Cartel No. C003629. .........................................................
Aumento de Capital
Cartel No. C003628. .........................................................
Disolución de Sociedad
Cartel No. A028940. .........................................................
Aviso de Cobro
Carteles Nos. A028134, C003397.....................................
Marca de Servicio
Cartel No. A028701. .........................................................
SECCION DOCUMENTOS OFICIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
Resolución No. DREG-213.- Se autoriza a la sociedad Econature Products, S.A. de C.V., para que opere bajo el régimen aduanero de tiendas libres, un establecimiento comercial, ubicado en el Aeropuerto Internacional El Salvador...............................
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resoluciones Nos. 383, 647, 728, 828, 831, 837 y 838.- Reposiciones de títulos. .............................................................
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ORGANO LEGISLATIVO
DECRETO No. 135.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que la Municipalidad de San Miguel, departamento del mismo nombre, en el marco de la celebración de sus fi estas patronales, dedicadas
a la Virgencita de La Paz, llevará a cabo la realización del XLVIII Carnaval de San Miguel, nominado “RESPETO, AMOR Y VALOR;
SAN MIGUEL SIN VIOLENCIA ES MEJOR”, con la participación de los artistas internacionales: Angeles Negros de Chile, La Sonora
Santanera de México, Grupo Aventura y Niche de Colombia, a realizarse el día 25 de noviembre del presente año.
II. Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confi ere el Art. 131 de la Constitución de la República, es proce-
dente exonerar del pago de impuestos, incluyendo los municipales, que puedan causar las presentaciones de los artistas en mención.
POR TANTO:
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados: Sandra Salgado, José Salvador Cardoza López, Juan Pablo
Durán Escobar, Santos Guevara Ramos, Carlos Rolando Herrarte, Valentín Arístides Corpeño y Javier Benítez Molina.
DECRETA:
Art. 1. Exonérase del pago de impuestos, incluyendo los municipales, a excepción del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles
y a la Prestación de Servicios (IVA), que puedan causar las presentaciones de los artistas internacionales: Ángeles Negros de Chile, La
Sonora Santanera de México, Grupo Aventura y Niche de Colombia, a realizarse el día 25 de noviembre del presente año, en la ciudad de
San Miguel, departamento del mismo nombre, a favor de la Alcaldía Municipal del citado municipio.
La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos fiscales respectivos. Asimismo,
los representantes del mencionado Concejo Municipal, deberán presentar a esta Asamblea un informe debidamente auditado sobre los
fondos obtenidos y la distribución de los mismos.
Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los nueve días del mes de noviembre del año dos
mil seis.
RUBÉN ORELLANA
PRESIDENTE
ROLANDO ALVARENGA ARGUETA FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
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5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO MANUEL ORLANDO QUINTEROS AGUILAR
SECRETARIO SECRETARIO
JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS NORMAN NOEL QUIJANO GONZÁLEZ
SECRETARIO SECRETARIO
ZOILA BEATRIZ QUIJADA SOLÍS
SECRETARIA
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil seis.
PUBLIQUESE,
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República.
WILLIAM JACOBO HANDAL HANDAL,
Ministro de Hacienda.
DECRETO No. 136
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que la Asociación Feria Ganadera “Señora Santa Ana”, tiene por objeto, entre otros, mejorar el desarrollo de la ganadería en el país, así
como mantener unido al gremio ganadero.
II. Que para el logro de sus objetivos y con el propósito de recaudar fondos para dicha causa, llevarán a cabo la “IX FERIA DEL CABALLO
INTERNACIONAL”, a realizarse del 1º al 4 de diciembre del presente año, en la ciudad de Santa Ana, departamento del mismo nombre.
III. Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confi ere el Art. 131 de la Constitución de la República, es procedente
exonerar del pago de todo tipo de impuestos, incluyendo los municipales, que pueda causar la realización de la citada actividad.
POR TANTO:
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Diputado José Francisco Merino López.
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DECRETA:
Art. 1. Exonérase del pago de todo tipo de impuestos, incluyendo los municipales, que pueda causar la realización de la “IX FERIA
DEL CABALLO INTERNACIONAL”, que se llevará a cabo del 1º al 4 de diciembre del presente año, en la ciudad de Santa Ana, depar-
tamento del mismo nombre, a favor de la Asociación Feria Ganadera “Señora Santa Ana”.
La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos fiscales respectivos. Asimismo,
los representantes de la mencionada Asociación, deberán presentar a esta Asamblea, un informe debidamente auditado sobre los ingresos
obtenidos y la distribución de los mismos.
Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los nueve días del mes de noviembre del año dos
mil seis.
RUBÉN ORELLANA
PRESIDENTE
ROLANDO ALVARENGA ARGUETA FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO MANUEL ORLANDO QUINTEROS AGUILAR
SECRETARIO SECRETARIO
JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS NORMAN NOEL QUIJANO GONZÁLEZ
SECRETARIO SECRETARIO
ZOILA BEATRIZ QUIJADA SOLÍS
SECRETARIA
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil seis.
PUBLIQUESE,
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República.
WILLIAM JACOBO HANDAL HANDAL,
Ministro de Hacienda.
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7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006. DECRETO No. 140
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que el Art. 54 de la Constitución establece que el Estado organizará el sistema educativo para lo cual creará las instituciones y servicios que sean necesarios para brindar dicho servicio educativo.
II. Que mediante Decreto Legislativo No. 665, de fecha 7 de marzo de 1996, publicado en el Diario Ofi cial No. 58, Tomo No. 330, del 22 de ese mismo mes y año, se emitió la Ley de la Carrera Docente, con el objeto de regular las relaciones del Estado y de la comunidad educativa con los educadores al servicio del primero, de las instituciones autónomas, de las municipales y de las privadas; así como valorar sistemáticamente el escalafón, tanto en su formación académica, como en su antigüedad.
III. Que de conformidad a lo expresado en el primer considerando, en el ejercicio de la atribución que dicha norma primaria confi ere al Estado, dentro del proceso de transformación y democratización del sistema educativo se ha creado e implementado la modalidad EDUCO, mediante la cual se administran servicios educativos con la participación efectiva de la comunidad.
IV. Que a fi n de estimular la superación y efi ciencia de los educadores, mediante un sistema de remuneración acorde con su formación aca-démica y antigüedad, es justo que el personal docente de la modalidad EDUCO se incorpore al escalafón docente, tomándoles en cuenta el tiempo de servicio activo como docentes a partir de su registro escalafonario; ya sea en una Institución del Estado, ofi cial o autónoma, municipal, en centros privados de educación, o en programas especiales reconocidos por el Estado.
V. Que, así mismo, y a fi n de propiciar la equidad jurídica entre los maestros pagados a través de la Ley de Salarios y los maestros de la modalidad EDUCO, se deben de incluir nuevas subcategorías y sus porcentajes de diferenciación de salario, reestructurando las mismas en forma proporcional al tiempo de servicio real que se requiere para que puedan jubilarse los educadores.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República por medio de los Ministros de Hacienda y de Educación, y con el apoyo de los Diputados: Alex René Aguirre Guevara, José Antonio Almendáriz Rivas, Luis Roberto Angulo Samayoa, José Orlando Arévalo Pineda, María Julia Castillo Rodas, José Rafael Machuca Zelaya, Alejandro Dagoberto Marroquín Cabrera, Mario Antonio Ponce López, Douglas Alejandro Alas García, Rolando Alvarenga Argueta, Rubén Antonio Álvarez Fuentes, Federico Guillermo Ávila Qüehl, Ingrid Berta María Bendix de Barrera, Juan Miguel Bolaños Torres, Carmen Elena Calderón Sol de Escalón, José Ernesto Castellanos Campos, Roberto José d’Aubuisson Munguía, María Patricia Vásquez de Amaya, Ana Vilma Castro de Cabrera, Guillermo Antonio Gallegos Navarrete, Julio Antonio Gamero Quintanilla, César Humberto García Aguilera, Jesús Grande, Manuel de Jesús Gutiérrez Gutiérrez, Wilfredo Iraheta Sanabria, Mario Marroquín Mejía, Manuel Vicente Menjívar, Roberto de Jesús Menjívar Rodríguez, Jorge Ernesto Morán Monterrosa, Mariela Peña Pinto, Juan Enrique Perla Ruiz, Julio César Portillo, Francisco Antonio Prudencio, Norman Noel Quijano González, José Mauricio Quinteros Cubías, Carlos Armando Reyes Ramos, Abilio Orestes Rodríguez Menjívar, Alberto Armando Romero Rodríguez, José Roberto Rosales González, Mario Alberto Tenorio Guerrero, Enrique Alberto Luis Valdés Soto, Donato Eugenio Vaquerano Rivas, José Salvador Cardoza López, Carlos Rolando Herrarte Rivas y Mauricio Ernesto Rodríguez.
DECRETA las siguientes:
REFORMAS A LA LEY DE LA CARRERA DOCENTE.
Art. 1. Sustitúyese el Art. 21, por el siguiente:
“CATEGORÍAS Y SUBCATEGORÍAS DE LOS EDUCADORES.
Art. 21.- Los educadores, de acuerdo con su tiempo de servicio activo, se clasifican en las categorías y subcategorías siguientes:
I) Categoría Uno: los educadores con más de veinticinco años de servicio activo.
1. Subcategoría Uno-A: los educadores con más de treinta y cinco años de servicio activo.
2. Subcategoría Uno-B: los educadores con más de treinta y hasta treinta y cinco años de servicio activo.
3. Subcategoría Uno-C: los educadores con más de veinticinco y hasta treinta años de servicio activo.
II) Categoría Dos: los educadores con más de veinte y hasta veinticinco años de servicio activo.
III) Categoría Tres: los educadores con más de quince y hasta veinte años de servicio activo.
IV) Categoría Cuatro: los educadores con más de diez y hasta quince años de servicio activo.
V) Categoría Cinco: los educadores con más de cinco y hasta diez años de servicio activo, y,
VI) Categoría Seis: los educadores hasta con cinco años de servicio activo.”
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Art. 2. Sustitúyese el Art. 35, por el siguiente:
“DIFERENCIACIÓN DEL SALARIO
Art. 35.- El salario base será diferenciado atendiendo al nivel docente y categoría o subcategoría a que pertenezca el educador. A
cada ascenso de categoría le corresponderá un aumento porcentual, así: 10% cuando ascienda de la Categoría Seis a la Cinco; 8% cuando
ascienda de la Categoría Cinco a la Cuatro y de la Categoría Cuatro a la Tres; 6% cuando ascienda de la Categoría Tres a la Dos, de la
Categoría Dos a la Subcategoría Uno-C y de la Subcategoría Uno-C a la Subcategoría Uno-B; y 7% cuando ascienda a la Subcategoría
Uno-A.”
Art. 3. Adiciónanse al Art. 101, dos nuevos incisos, de la siguiente manera:
“En el caso de los educadores que se encuentran laborando o que hubieren laborado como tales en la modalidad EDUCO, el Ministerio
de Educación podrá efectuarles la categorización aún antes de su incorporación a la Ley de Salarios; para cuyo efecto deberá tomárseles
en cuenta, como tiempo de servicio activo, el tiempo desempeñado como docentes en dicha modalidad o en centros educativos estatales,
de instituciones autónomas, municipales o privadas, a partir de su inscripción para el ejercicio de la docencia en el Registro Escalafonario.
El Ministerio de Educación reglamentará la manera de computar y acreditar dicho tiempo.
La remuneración de los educadores a que se refiere el inciso que antecede, se fijará de acuerdo a su categoría y les será aplicada la
diferenciación salarial que establece el Art. 35 de esta Ley.”
Art. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los nueve días del mes de noviembre del año dos
mil seis.
RUBÉN ORELLANA
PRESIDENTE
ROLANDO ALVARENGA ARGUETA FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO MANUEL ORLANDO QUINTEROS AGUILAR
SECRETARIO SECRETARIO
JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS NORMAN NOEL QUIJANO GONZÁLEZ
SECRETARIO SECRETARIO
ZOILA BEATRIZ QUIJADA SOLÍS
SECRETARIA
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil seis.
PUBLIQUESE,
ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,
Presidente de la República.
DARLYN XIOMARA MEZA,
Ministra de Educación.
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9DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006. DECRETO No. 141
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que por Decreto Legislativo No. 74 de fecha 8 de septiembre de 1988, publicado en el Diario Ofi cial No. 176, Tomo 300 del 23 del mismo mes y año, se aprobó la Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios; la cual ha tenido diversidad de reformas e interpretaciones, con el objetivo de actualizar y dinamizar su aplicación.
II. Que por medio de las reformas antes mencionadas, el Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios está constituido por un aporte anual del estado igual al siete por ciento de los ingresos corrientes netos del presupuesto general del Estado, el cual deberá consignarse el mismo en cada ejercicio fi scal y ser entregado en forma mensual.
III. Que el Art. 8 de la referida Ley, establece que de la totalidad de recursos asignados de dicho fondo municipal, no podrá utilizarse más del 20% de ellos para gastos de funcionamiento de los gobiernos locales.
IV. Que el porcentaje enunciado en el Considerando que antecede, no es sufi ciente para asumir la totalidad de gastos de administración de las municipalidades del país, principalmente por el alza global de los costos originados del incremento de los precios del petróleo y sus derivados.
V. Que por las razones anteriormente expuestas y de conformidad al Art. 131 ordinal 5° de la Constitución, se hace necesario reformar el Art. 8 de la Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Mario Antonio Ponce López, José Ernesto Castellanos Cam-pos, César Humberto García Aguilera, Noel Abilio Bonilla Bonilla, Arístides Corpeño y Ana Elda Flores de Reyna.
DECRETA:
Art. 1. Refórmase el Art. 8- de la siguiente manera:
“Art. 8- A partir de la fecha en que los municipios reciban los recursos asignados del Fondo Municipal, no podrán utilizar más del 25% de ellos en gastos de funcionamiento.”
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día uno de enero del año dos mil siete, previa publicación en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil seis.
RUBÉN ORELLANA
PRESIDENTE
ROLANDO ALVARENGA ARGUETA FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO MANUEL ORLANDO QUINTEROS AGUILAR
SECRETARIO SECRETARIO
JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS NORMAN NOEL QUIJANO GONZÁLEZ
SECRETARIO SECRETARIO
ZOILA BEATRIZ QUIJADA SOLÍS
SECRETARIA
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil seis.
PUBLIQUESE,
ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,
Presidente de la República.
RENÉ MARIO FIGUEROA FIGUEROA,
Ministro de Gobernación.
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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
DECRETO N° 142
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que por Decreto Legislativo No. 74 de fecha 8 de septiembre de 1988, publicado en el Diario Ofi cial No. 176, Tomo 300 del 23 del mismo
mes y año, se aprobó la Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios; la cual ha tenido diversidad
de reformas e interpretaciones, con el objetivo de actualizar y dinamizar su aplicación.
II. Que el Art. 5 de la referida Ley, establece los parámetros bajo los cuales deberán ser utilizados e invertidos los recursos provenientes del
Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios para El Salvador.
III. Que por Decreto Legislativo No. 539 de fecha 3 de febrero de 1999, publicado en el Diario Ofi cial No. 42, Tomo 342 del 2 de marzo del
mismo año, se interpretó auténticamente el Art. 5 citado en el Considerando que antecede; la cual tenía como objetivo principal ampliar
los parámetros bajo los cuales los Concejos Municipales podrán utilizar e invertir los fondos que le son transferidos a través de dicha
normativa.
IV. Que teniendo en consideración la interpretación auténtica anteriormente mencionada y habiendo transcurrido más de siete años de la misma,
es necesario adicionar dicha interpretación al texto de la Ley; así como actualizar y ampliar los parámetros de utilización e inversión de
dichos recursos, producto de la experiencia de la gestión local.
V. Que por las razones anteriormente expuestas y de conformidad al Art. 131 ordinal 5° de la Constitución, se hace necesario reformar el Art.
5 de la Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Mario Antonio Ponce López, José Ernesto Castellanos Campos,
César Humberto García Aguilera, Noel Abilio Bonilla Bonilla, Arístides Corpeño y Ana Elda Flores de Reyna.
DECRETA:
Art. 1. Adiciónanse dos incisos que serán segundo y tercero al Art. 5, de la siguiente manera:
“Los recursos provenientes del Fondo Municipal podrán invertirse entre otros, a la adquisición de vehículos para el servicio de
recolección y transporte de basura, maquinaria, equipo y mobiliario y su mantenimiento para el buen funcionamiento; instalación, man-
tenimiento y tratamiento de aguas negras, construcción de servicios sanitarios, baños y lavaderos públicos, obras de infraestructura
relacionada con tiangues, rastros o mataderos, cementerios, puentes, carreteras y caminos vecinales o calles urbanas y la reparación de
éstas. Industrialización de basuras o sedimento de aguas negras, construcción y equipamiento de escuelas, centros comunales, bibliotecas,
teatros, guarderías, parques, instalaciones deportivas, recreativas, turísticas y campos permanentes de diversiones; así como también para
ferias, fiestas patronales, adquisición de inmuebles destinados a las obras descritas; y al pago de las deudas institucionales contraídas por
la municipalidad y por servicios prestados por empresas estatales o particulares; incluyéndose el desarrollo de infraestructura, mobiliario
y funcionamiento relacionados con servicios públicos de educación, salud y saneamiento ambiental, así como también para el fomento y
estímulo a las actividades productivas de beneficio comunitario y programas de prevención a la violencia.
Los Municipios que inviertan parte del recurso proveniente de este fondo para celebrar sus fiestas patronales, deberán mantener un
uso racional de acuerdo a la realidad local”.
Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
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11DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los nueve días del mes de noviembre del año dos
mil seis.
RUBEN ORELLANA
PRESIDENTE
ROLANDO ALVARENGA ARGUETA FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDES SOTO MANUEL ORLANDO QUINTEROS AGUILAR
SECRETARIO SECRETARIO
JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS NORMAN NOEL QUIJANO GONZÁLEZ
SECRETARIO SECRETARIO
ZOILA BEATIRZ QUIJADA SOLÍS
SECRETARIA
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil seis.
PUBLIQUESE,
ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.
RENÉ MARIO FIGUEROA FIGUEROA,
MINISTRO DE GOBERNACION.
DECRETO No. 143
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que por Decreto Legislativo No. 490, de fecha 26 de julio del 2001, publicado en el Diario Ofi cial No. 153, Tomo No. 352 del 17 de agosto
del mismo año, se aprobó la Ley de la Producción, Industrialización y Comercialización de la Agroindustria Azucarera de El Salvador.
II. Que el Artículo 16 de la referida Ley, establece que esta Asamblea Legislativa a propuesta del Ministerio de Hacienda, establecerá una
contribución que deberán aportar los productores de caña y las centrales azucareras o ingenios por libra de azúcar extraída, debiendo ser
recaudada dicha contribución por el citado Ministerio.
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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
III. Que en cumplimiento a lo estipulado en el considerando anterior, se hace necesario establecer la contribución que deberán aportar los productores de caña y las centrales azucareras o ingenios por libra de azúcar extraída para la zafra 2006/2007, siendo que los recursos que se perciban por dicha contribución, servirán para cubrir el presupuesto de gastos e inversiones anuales del Consejo Salvadoreño de la Agroindustria Azucarera.
POR TANTO:
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República por medio del Ministro de Hacienda.
DECRETA:
Art. 1. Establécese en SEISCIENTOS DIECINUEVE MILLONÉSIMAS DE DÓLAR ($0.000619) por libra de azúcar, la contribución que deberán aportar los productores de caña y centrales azucareras o ingenios por libra de azúcar extraída durante la zafra 2006/2007, para financiar el presupuesto de gastos e inversiones anuales del Consejo Salvadoreño de la Agroindustria Azucarera para el ejercicio financiero fiscal 2007.
Esta aportación se hará en forma trimestral y anticipada dentro de los primeros ocho días hábiles de cada trimestre. No se autorizarán a las centrales azucareras o ingenios los permisos de exportación de azúcar, mientras éstos no cumplan con lo aquí establecido.
Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil seis.
RUBÉN ORELLANA
PRESIDENTE
ROLANDO ALVARENGA ARGUETA FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO MANUEL ORLANDO QUINTEROS AGUILAR SECRETARIO SECRETARIO
JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS NORMAN NOEL QUIJANO GONZÁLEZ SECRETARIO SECRETARIO
ZOILA BEATRIZ QUIJADA SOLÍS
SECRETARIA
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil seis.
PUBLIQUESE,
ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,
Presidente de la República.
WILLIAM JACOBO HÁNDAL HÁNDAL,
Ministro de Hacienda.
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13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006. DECRETO No. 147.-
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que según consta en importantes documentos históricos de la vida nacional, la ciudad de “San Francisco”, ubicada en el Departamento de Morazán, ha sido desde 1875 la Cabecera de dicho Departamento.
II. Que la citada población se fundó por tribus lencas en épocas precolombinas, convirtiéndose así en una de las poblaciones más antiguas de la zona oriental del país; la cual siempre desde tiempos remotos ha sido vinculada y distinguida con el nombre de “San Francisco Gotera.”
III. Que con fecha 2 de mayo de 1896 la Asamblea Nacional, en uso de sus facultades constitucionales decretó, que la denominación ofi cial de la referida ciudad sería únicamente “San Francisco”, omitiendo la palabra “Gotera”, la cual por documentos históricos y costumbre siempre ha sido denominada como “San Francisco Gotera”.
IV. Que por las razones anteriormente expuestas y de conformidad al Art. 131 ordinal 5° de la Constitución, se hace necesario rectifi car dicha omisión, denominando ofi cialmente a la ciudad de “San Francisco” por “San Francisco Gotera”.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Juan Pablo Durán, Santos Guevara Ramos, Rubén Orellana Mendoza, Roberto de Jesús Menjívar Rodríguez, Francisco Roberto Lorenzana Durán, José Rafael Machuca Zelaya, Rodolfo Antonio Parker Soto, Enrique Alberto Luis Valdés Soto, Gerson Martínez, María Julia Castillo Rodas, Norman Noel Quijano González, Zoila Beatriz Quijada Solís, Douglas Alejandro Alas García, Irma Segunda Amaya Echeverría, Ernesto Antonio Angulo Milla, Luis Roberto Angulo Samayoa, José Vidal Carrillo, Julio Milton Parada, José Salvador Arias Peñate, Federico Guillermo Ávila Qüehl, Ingrid Berta María Béndix de Barrera, José Gabriel Murillo Duarte, Israel Montano Osorio, Marco Aurelio González, Carmen Elena Calderón Sol de Escalón, Mauricio Rodríguez, Carlos Alfredo Castaneda Magaña, José Ernesto Castellanos Campos, Ana Vilma Castro de Cabrera, Humberto Centeno Najarro, Darío Alejandro Chicas Argueta, Carlos Cortez Hernández, Luis Alberto Corvera Rivas, Blanca Noemí Coto Estrada, José Ricardo Cruz, Roberto José d’Aubuisson Munguía, Juan Pablo Durán Escobar, Santiago Flores Alfaro, Antonio Echeverría Véliz, Enma Julia Fabián Hernández, Luis Arturo Fernández Peña, Guillermo Antonio Gallegos N., Julio Antonio Gamero Quintanilla, Argentina García Ventura, César Humberto García Aguilera, Orestes Fredesman Ortez Andrade, Ricardo Bladimir González, Alexander Melchor, Jesús Grande, Javier Benítez, Manuel de Jesús Gutiérrez Gutiérrez, Carlos René Retana Martínez, José Cristóbal Hernández, Arístides Corpeño, Wilfredo Iraheta Sanabria, Jorge Alberto Jiménez, Benito Antonio Lara Fernández, Mario Marroquín Mejía, Alejandro Dagoberto Marroquín, Ana Guadalupe Erazo Castillo, Osmín Romeo Molina Ríos, Marco Tulio Mejía Palma, Herberth Néstor Menjívar Amaya, Manuel Vicente Menjívar Esquivel, José Francisco Merino López, Irma Lourdes Palacios Vásquez, Mariela Peña Pinto, Renato Antonio Pérez, Juan Enrique Perla Ruiz, Mario Antonio Ponce López, Julio César Portillo Baquedano, Gaspar Armando Portillo Benítez, Francisco Antonio Prudencio, José Mauricio Quinteros Cubías, Carlos Armando Reyes Ramos, Othon Sigfredo Reyes Morales, Dolores Alberto Rivas Echeverría, Abilio Orestes Rodríguez Menjívar, Enrique Guerra Alarcón, Alex René Aguirre, Salvador Sánchez Cerén, Donato Eugenio Vaquerano Rivas, María Patricia Vásquez de Amaya y Ana Daysi Villalobos de Cruz.
DECRETA:
Art. 1.- La ciudad de “San Francisco”, se denominará oficialmente en lo sucesivo “San Francisco Gotera”.
Art. 2.- A partir de la vigencia del presente Decreto, mientras no se operen los cambios pertinentes, todas las expresiones contenidas en las Leyes, Reglamentos, Ordenanzas, Sentencias, Resoluciones y demás documentos públicos y privados en los que se menciona la ciudad de “San Francisco”, debe entenderse referidos a la misma ciudad de “San Francisco Gotera.”
De igual manera se ha de proceder, cuando se trate de actos jurídicos en sus diferentes materias: Administrativas, Judicial, Jurisdic-cional, Electoral, Municipal, Notarial o de cualquier naturaleza pública o privada.
Art. 3-. Derógase el Decreto emitido por la Asamblea Nacional de la República de El Salvador, de fecha 2 de mayo de 1896, publicado en el Diario Oficial No. 111, Tomo 40, de fecha 12 del mismo mes y año.
Art. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia el día uno de enero del año dos mil siete, previa publicación en el Diario Oficial.
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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil seis.
RUBÉN ORELLANA
PRESIDENTE
ROLANDO ALVARENGA ARGUETA FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO MANUEL ORLANDO QUINTEROS AGUILAR
SECRETARIO SECRETARIO
JOSÉ ANTONIO ALMENDARIZ RIVAS NORMAN NOEL QUIJANO GONZÁLEZ
SECRETARIO SECRETARIO
ZOILA BEATRIZ QUIJADA SOLÍS
SECRETARIA
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil seis.
PUBLÍQUESE,
ANA VILMA ALBANEZ DE ESCOBAR,
VICEPRESIDENTA DE LA REPÚBLICA,
ENCARGADA DEL DESPACHO PRESIDENCIAL.
RENÉ MARIO FIGUEROA FIGUEROA,
MINISTRO DE GOBERNACIÓN.
DECRETO No. 148.-
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que la Constitución de la República en el Artículo 131, ordinal 22, establece que es facultad de esta Asamblea, conceder a personas o poblaciones, títulos, distinciones honorífi cas y gratifi caciones compatibles con la forma de gobierno establecida, por servicios relevantes prestados a la Patria.
II. Que, de conformidad con la Ley de Distinciones Honorífi cas, Gratifi caciones y Títulos, las personas extranjeras podrán ser galardonadas con la distinción de “Noble Amigo de El Salvador”, por su signifi cativo benefi cio para el Estado de El Salvador o para la población en general.
III. Que el Excelentísimo Señor Embajador de los Estados Unidos de América, señor Hugh Douglas Barclay, concluirá próximamente sus funciones diplomáticas en nuestro país, las cuales se han caracterizado por un mayor acercamiento en las relaciones amistosas entre ambos Estados.
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15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
IV. Que, como producto de la gestión del Embajador Barclay, nuestro país ha logrado una mayor atención y cooperación del Gobierno de los Estados Unidos de América, en la búsqueda de solución a distintos problemas sociales, económicos y culturales, que potencia el desarrollo del pueblo salvadoreño.
V. Que es procedente reconocer al distinguido diplomático estadounidense, en ocasión del término de sus funciones en nuestro país, su especial identifi cación con la idiosincrasia y las más nobles aspiraciones de la nación salvadoreña; otorgándole la más alta distinción que se puede conferir a un extranjero, por este Órgano del Estado.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados: Rubén Orellana, José Rafael Machuca Zelaya, José Francisco Merino López, Luis Roberto Angulo Samayoa, Alejandro Dagoberto Marroquín Cabrera, Mario Antonio Ponce López, Orlando Arévalo Pineda, Elizardo González Lovo, María Julia Castillo, Sandra Marlene Salgado, Alex René Aguirre, y con el apoyo de los Diputados: Alexander Higinio Melchor, Julio Milton Parada, Douglas Alejandro Alas García, Ernesto Angulo Milla, Federico Guillermo Ávila Qüehl, Ingrid Berta María Béndix de Barrera, Carmen Elena Calderón Sol de Escalón, José Ernesto Castellanos Campos, Roberto José d’Aubuisson Munguía, María Patricia Vásquez de Amaya, Ana Vilma Castro de Cabrera, Guillermo Antonio Gallegos Navarrete, Julio Antonio Gamero Quintanilla, César Humberto García Aguilera, Marco Aurelio González, Jesús Grande, Rafael Enrique Guerra Alarcón, Manuel de Jesús Gutiérrez Gutiérrez, Wilfredo Iraheta Sanabria, Mario Marroquín Mejía, Manuel Vicente Menjívar, Roberto de Jesús Menjívar Rodríguez, José Gabriel Murillo Duarte, Mariela Peña Pinto, Renato Antonio Pérez, Juan Enrique Perla Ruiz, Julio César Portillo, Francisco Anto-nio Prudencio, Norman Noel Quijano González, José Mauricio Quinteros Cubías, Carlos Armando Reyes Ramos, Dolores Alberto Rivas Echeverría, Abilio Orestes Rodríguez Menjívar, Enrique Alberto Luis Valdés Soto y Donato Eugenio Vaquerano Rivas.
DECRETA:
Art. 1.- Declárase al Excelentísimo Señor Embajador de los Estados Unidos de América en El Salvador, señor Hugh Douglas Barclay, “NOBLE AMIGO DE EL SALVADOR”, por su destacada gestión diplomática a favor del pueblo Salvadoreño, durante el desempeño de su cargo en nuestro país.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho Díaz después de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil seis.
RUBÉN ORELLANA
PRESIDENTE
ROLANDO ALVARENGA ARGUETA FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO MANUEL ORLANDO QUINTEROS AGUILAR
SECRETARIO SECRETARIO
JOSÉ ANTONIO ALMENDARIZ RIVAS NORMAN NOEL QUIJANO GONZÁLEZ
SECRETARIO SECRETARIO
ZOILA BEATRIZ QUIJADA SOLÍS
SECRETARIA
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil seis.
PUBLÍQUESE,
ANA VILMA ALBANEZ DE ESCOBAR,
VICEPRESIDENTA DE LA REPÚBLICA,
ENCARGADA DEL DESPACHO PRESIDENCIAL.
RENÉ MARIO FIGUEROA FIGUEROA,
MINISTRO DE GOBERNACIÓN.
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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN
RAMO DE GOBERNACION
ESTATUTOS DE LA IGLESIA EVANGÉLICA
MANA DE EL SALVADOR
CAPITULO I
NATURALEZA, DENOMINACIÓN,
DOMICILIO Y PLAZO
Art. 1.- Créase en la ciudad de Colón, Departamento de La
Libertad, la Iglesia de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará
IGLESIA EVANGÉLICA MANA DE EL SALVADOR, como una
Entidad de interés particular y religiosa, la que en los presentes
Estatutos se denominará “La Iglesia”.
Art. 2.- El domicilio de la Iglesia será la ciudad de Colón,
Departamento de La Libertad, pudiendo establecer filiales en todo
el territorio de la República y fuera de él.
Art. 3.- La Iglesia se constituye por tiempo indefinido.
CAPITULO II
FINES
Art. 4.- Los fines de la Iglesia serán:
a) El evangelio en Jesucristo, conforme a lo estipulado en la
Santa Biblia.
b) Difundir a través de los diferentes medios EL CONOCIMIEN-
TO de los principios fundamentales de la Santa Biblia.
c) Elevar el estado espiritual, moral, social y emocional. A
través del mensaje de Dios en base a La Santa Biblia.
d) Planifi car y desarrollar eventos públicos, con el objetivo de
convivir con sus miembros y/o establecer fi liales de la Iglesia
Maná; mantener relación con otras iglesias y organizaciones
nacionales y/o extranjeras que persiguen similares principios
y objetivos.
e) Identifi carse con el Gobierno de la Ciudad. En la participa-
ción de proyectos para la Salud, Educación y en casos de
Emergencia Nacional.
CAPITULO III
DE LOS MIEMBROS
Art. 5.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de
18 años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política,
que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.
Art. 6.- La Iglesia tendrá las siguientes clases de miembros:
a) Miembros Fundadores.
b) Miembros Activos.
c) Miembros Honorarios.
Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que
suscriban el acta de Constitución de la Iglesia.
Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la
Junta Directiva acepte como tales en la Iglesia.
Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que
por su labor y méritos en favor de la Iglesia sean así nombrados
por la Asamblea General.
Art. 7.- Son derechos de los miembros Fundadores y Acti-
vos:
a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-
neral.
b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen
los Estatutos de la Iglesia.
c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Iglesia.
Art. 8.- Son deberes de los miembros Fundadores y Acti-
vos:
a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea
General.
b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de
la Iglesia.
c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.
d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento
Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.
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e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Iglesia.
Art. 9.- La calidad de miembro se perderá por las causas
siguientes:
a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos
y resoluciones de la Asamblea General.
b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea
General merezcan tal sanción.
c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.
CAPITULO IV
DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA
Art. 10.- El gobierno de la Iglesia será ejercido por:
a) La Asamblea General; y
b) La Junta Directiva.
CAPITULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art. 11.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la
autoridad máxima de la Iglesia y estará integrada por la totalidad
de los miembros Activos y Fundadores.
Art. 12.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una
vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la
Junta Directiva.
Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría
absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera
una mayoría diferente.
Art. 13.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de
las sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá
hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de
representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de
su representado.
Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir, Sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros
de la Junta Directiva.
b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento
Interno de la Iglesia.
c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto
anual de la Iglesia.
d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la
Iglesia, presentada por la Junta Directiva.
e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los
miembros.
f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes
inmuebles pertenecientes a la Iglesia.
g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Iglesia y
que no estén contemplados en los presentes Estatutos.
CAPITULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 15.- La dirección y administración de la Iglesia estará
confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente
forma: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero
y un Vocal.
Art. 16.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos
para un período de dos años pudiendo ser reelectos.
Art. 17.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez
al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.
Art. 18.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda
sesionar será la mitad más uno de sus Miembros y sus acuerdos
deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.
Art. 19.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribucio-
nes:
a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los
fi nes de la Iglesia.
b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio
de la Iglesia.
c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de Iglesia.
d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y
presupuestos de la Iglesia e informar a la Asamblea Gene-
ral.
e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento
Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y
de la misma Junta Directiva.
f) Nombrar de entre los Miembros de la Iglesia los Comités o
Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento
de los fi nes de la Iglesia.
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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
g) Convocar a sesiones odinarias y extraordinarias de Asamblea
General.
h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos
miembros y proponerlos a la Asamblea General.
i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la
Asamblea General.
Art. 20.- Son atribuciones del Presidente:
a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea
General.
b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de
la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los
Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia.
c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia, pudiendo
otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva.
d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la
Asamblea General y de la Junta Directiva.
e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que
tenga que hacer la Iglesia.
f) Presentar la Memoria de Labores de la Iglesia y cualquier
informe que le sea solicitado por la misma.
El Vicepresidente tendrá las mismas atribuciones del Presidente
en ausencia o impedimento de éste.
Art. 21.- Son atribuciones del Secretario:
a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General
y de Junta Directiva.
b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros
de la Iglesia.
c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la
Iglesia.
d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las
sesiones.
e) Ser el órgano de comunicación de la Iglesia.
Art. 22.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Recibir y depositar los fondos que la Iglesia obtenga, en el
Banco que la Junta Directiva seleccione.
b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad
de la Iglesia.
c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que
la Iglesia tenga que realizar.
Art. 23.- Son atribuciones del Vocal:
a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta
Directiva.
b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de
ausencia o impedimento, de conformidad al artículo catorce
literal a) de estos Estatutos.
CAPITULO VII
DEL PATRIMONIO
Art. 24.- El Patrimonio de la Iglesia estará constituido por:
a) Las cuotas de los Miembros.
b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas
naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-
mente.
c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las
rentas provenientes de los mismos de conformidad con la
ley.
Art. 25.- El Patrimonio será administrado por la Junta Di-
rectiva conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea
General.
CAPITULO VIII
DE LA DISOLUCIÓN
Art. 26.- No podrá disolverse la Iglesia sino por disposición de
la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria,
convocada a ese efecto y con un número de votos que represente
por lo menos tres cuartas partes de sus miembros.
Art. 27.- En caso de acordarse la disolución de la Iglesia se
nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas,
electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la di-
solución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus
compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfica o Cultural
que la Asamblea General señale.
CAPITULO IX
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 28.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será
necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de
los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.
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MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA
ACUERDO No. 1391.-
San Salvador, 30 de octubre del 2006.
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA.-
Vista la solicitud del Ingeniero CARLOS ROBERTO OCHOA CÓRDOVA, Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Ciencia y
Tecnología, CONACYT, contraída a que se apruebe la NORMA SALVADOREÑA RECOMENDADA: LABORATORIOS CLÍNICOS
REQUISITOS PARTICULARES PARA LA CALIDAD Y COMPETENCIA. NSR. 03.00.31:06
CONSIDERANDO:
I- Que la Junta Directiva del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, ha adoptado la Norma antes relacionada, mediante el punto Número
CUATRO, del Acta Número QUINIENTOS TREINTA, de Sesión celebrada el veintiséis de Abril del dos mil seis.
POR TANTO:
De conformidad al Artículo 36 Inciso Tercero de la Ley del CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
ACUERDA:
1) Apruébase la Norma Salvadoreña Recomendada: LABORATORIOS CLÍNICOS. REQUISITOS PARTICULARES PARA LA CALIDAD
Y COMPETENCIA NSR. 03.00.31:06 DE Acuerdo a los siguientes términos:
Art. 29.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al
Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero
de cada año, la Nómina de los Miembros y dentro de los cinco
días después de electa la nueva Junta Directiva, una Certificación
del Acta de elección de la misma, y en todo caso proporcionar al
expresado Ministerio cualquier dato que se le pidiere relativo a la
Entidad.
Art. 30.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia no
comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento
Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta
Directiva y aprobado por la Asamblea General.
Art. 31.- La Iglesia IGLESIA EVANGÉLICA MANA DE
EL SALVADOR se regirá por los presentes Estatutos y demás
disposiciones legales aplicables.
Art. 32.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde
el día de su publicación en el Diario Oficial.
ACUERDO No. 150.-
San Salvador, 19 de agosto de 2004.
Vistos los anteriores ESTATUTOS de la IGLESIA EVANGÉ-
LICA MANA DE EL SALVADOR, compuestos de TREINTA Y
DOS Artículos, fundada en la ciudad de Colón, Departamento de La
Libertad, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria
a las leyes del país, de conformidad con los Artículos 26 de la
Constitución de la República, Art. 34 numeral 11 del Reglamento
Interno del Órgano Ejecutivo, y Art. 542 y 543 del Código Civil,
el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA:
Aprobarlos en todas sus partes confiriendo a dicha Entidad el ca-
rácter de PERSONA JURÍDICA. COMUNÍQUESE. (Rubricado
por el Señor Presidente de la República). LA VICEMINISTRA
DE GOBERNACIÓN, AGUILAR ZEPEDA.
(Registro No. A029396)
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2o. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación. PUBLIQUESE EN EL DIARIO OFICIAL. COMUNIQUESE.
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73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION
ACUERDO No. 15-1207.-
San Salvador, 29 de noviembre de 2006.
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE EDUCACIÓN, CONSIDERANDO: I) Que de conformidad al inciso cuarto del artículo
12 del Reglamento General de Viáticos, cada institución emitirá el respectivo acuerdo en lo que respecta a Misiones Oficiales; II) Que
mediante acuerdo número 15-1278 de fecha veintiséis de noviembre de dos mil tres, se delegó a la Coordinación Nacional de Cooperación
y Relaciones Internacionales de este Ministerio para tramitar toda solicitud de Misión Oficial que presenten los Directores Nacionales
y/o Departamentales, que conforman la estructura administrativa de este Ministerio; y que dicha oficina ha quedado encargada de velar
por el cumplimiento de todos los requisitos que indica el artículo 12 del Reglamento General de Viáticos; III) Que es necesario delegar
las funciones antes relacionadas en la Gerencia de Recursos Humanos, a partir de esta fecha, dejando sin efecto el acuerdo relacionado
en el Romano anterior; POR TANTO, ACUERDA: I) DEJAR SIN EFECTO, a partir de esta fecha, el acuerdo número 15-1278, de fe-
cha veintiséis de noviembre de dos mil tres. II) DELEGAR, a partir de esta fecha a la Gerencia de Recursos Humanos del Ministerio de
Educación para tramitar toda solicitud de Misión Oficial que presenten los Directores Nacionales y/o Departamentales, que conforman la
estructura administrativa de este Ministerio; y que dicha oficina ha quedado encargada de velar por el cumplimiento de todos los requisitos
que indica el artículo 12 del Reglamento General de Viáticos. COMUNÍQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE
EDUCACION.
ACUERDO No. 1534-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil seis. El Tribu-
nal ACUERDA: Autorizar al Licenciado SERGIO BERTÍN ALAS HENRÍQUEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas
sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- GUZMÁN U. D. C.- VALDIV.- M. PO-
SADA.- R. M. FORTÍN H.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA
DE AVELAR.
(Registro No. A029356)
ACUERDO No. 1660-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil seis. El Tribunal
ACUERDA: Autorizar a la Licenciada ELBA CIDALIA POCASANGRE JIMÉNEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas
sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. CO-
MUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- J. ENRIQUE ACOSTA.- V. DE AVILÉS.- VELASCO.- GUZMÁN U. D. C.- M.
POSADA.- M. CLARÁ.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE
AVELAR.
(Registro No. A029360)
ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA
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ACUERDO No. 1671-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil seis.- El Tribunal
ACUERDA: Autorizar a la Licenciada ALVA IRIS GONZÁLEZ SARAVIA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas,
en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE
Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- M. POSADA.- GUZMÁN U. D. C.- VALDIV.- M. A.
CARDOZA A.- R. M. FORTÍN H.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. A029337)
ACUERDO No. 1718-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil seis.- El Tribunal
ACUERDA: Autorizar a la Licenciada EVELYN YANETT ROMERO DE GRANADOS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en
todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. CO-
MUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- VELASCO.- GUZMÁN U. D. C.- VALDIV.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.-
R. M. FORTÍN H.- M. TREJO.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. A029429)
ACUERDO No. 1725-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil seis.- El Tribunal
ACUERDA: Autorizar a la Licenciada DOLORES ANAHI VANEGAS ZAVALA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas
sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMU-
NIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- M. POSADA.- VALDIV.- GUZMÁN U. D.
C.- M. A. CARDOZA A.- R. M. FORTÍN H.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE
AVELAR.
(Registro No. A029362)
ACUERDO No. 2108-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de noviembre del año dos mil seis.- EL
TRIBUNAL, de conformidad con lo resuelto en las respectivas diligencias, por resolución pronunciada a las doce horas y cincuenta mi-
nutos del catorce de septiembre del año dos mil seis y en base a las razones expuestas en el artículo 182 atribución 12a. Cn., ACUERDA:
CESE la suspensión en el ejercicio de la Profesión de Abogado y REHABILITESE para ejercer la Función Pública del Notariado, para las
que fue suspendido el Doctor LUIS ABRAHAM MENDOZA LOPEZ, mediante acuerdo número 835-0 de fecha siete de septiembre de
mil novecientos noventa y cuatro. La mencionada resolución surtirá efecto a partir del veintitrés de noviembre del corriente año. Líbrese
oficio informando de esta resolución a todos los Tribunales del País. Inclúyase nuevamente en la nómina de Notarios correspondiente.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- V. DE AVILES.- J. ENRIQUE ACOSTA.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. F. VALDIV.- M.
POSADA.- M. A. CARDOZA A.- R. M. FORTIN H.- PRONUNCIADO POR LOS SEÑORES MAGISTRADOS QUE LO SUSCRIBEN.-
S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. A029322)
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75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES
(Registro No. A029425)
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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE
DESARROLLO COMUNAL “UNA LUZ
PARA EL PROGRESO” (ADESCO-ULPEP),
DE CASERÍO EL CUATRO DEL CANTÓN
EL PROGRESO, JURISDICCIÓN Y
DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.
NATURALEZA, DENOMINACIÓN,
DURACIÓN Y DOMICILIO
ART. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el código municipal, la ordenanza municipal respectiva, estos estatutos y demás disposiciones legales aplicables. Estará al servicio de la comunidad de su domicilio, para el desarrollo de los planes programas y proyectos de interés social, cultural y económico y será una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa y de carácter democrático.
La Asociación se denominará: Asociación de Desarrollo Co-munal “Una Luz Para El Progreso” Jurisdicción y Departamento de San Miguel, la que se podrá abrevia (ADESCO-ULPEP), y que en estos estatutos se denominará LA ASOCIACIÓN.
ART. 2.- La duración de la asociación será por tiempo in-definido, sin embargo podrá disolverse y liquidarse por los casos previstos por las leyes de la materia.-
ART. 3.- El domicilio de la asociación será en “Caserío El Cuatro del Cantón El Progreso” Jurisdicción y Departamento de San Miguel.-
FINES
ART. 4.- La Asociación tendrá como fines el Desarrollo Humano y la obra productiva y física que proyecte la asociación. Para ello deberá:
a) Promover el progreso de la comunidad de Caserío El Cua-tro del Cantón El Progreso, juntamente con organismos públicos y privados. Que participen en los correspondientes programas.-
b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua en los asociados, entre los vecinos, sus grupos y comunidades circunvecinas.
c) Coordinar y cooperar con otras comunidades organizadas en la mayor integración de sus miembros y la mejor organización de sus actividades.
d) Impulsar y participar en los programas de capacitación y promoción social, a fi n de contribuir al mejoramiento de la organización de la comunidad, la administración de proyectos sociales, económicos y la elevación de niveles educativos promoviendo la superación en todos los niveles.
e) Trabajar en el establecimiento y mejoramiento de los servi-
cios básicos de la comunidad con el equipamiento y medios
indispensables para solucionar los distintos problemas que
existen en la misma.
f) Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales de
la comunidad para el desarrollo de la misma, a través de la
ayuda mutua y el esfuerzo propio a fi n de complementar las
obras que se consideren en el respectivo plan de trabajo y
otras que de emergencia surjan.-
g) Incrementar las actividades a nivel comunal, a fi n de obtener
recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento
de la comunidad.
h) Promover las organizaciones juveniles de ambos sexos,
haciéndoles participar responsablemente en el desarrollo
local.
i) Promover la incorporación de la mujer al proceso de desarrollo
de la comunidad.
j) Realizar diversos proyectos y actividades que generen ingresos
económicos y servicios sociales a la comunidad.-
k) Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacional
en cuanto a la determinación de proyectos, en la obtención
de recursos comunales, gubernamentales, etc.
METAS
ART. 5.- La Asociación tendrá como meta, las especificadas
en el plan local de desarrollo comunal aprobado por el Concejo
Municipal de San Miguel, de acuerdo a las siguientes áreas: Or-
ganización, capacitación, salud, mejoramiento de infraestructura
básica, agropecuaria, vivienda, industria, trabajo, recreación, edu-
cación y serán desarrolladas por medio de ejecución de proyectos
y actividades de interés de los asociados y la comunidad.-
SOCIOS: CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES
ART. 6.- Los Socios podrán ser: a) activos b) honorarios
todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo
cuando provengan de asociaciones juveniles el requisito de edad
antes mencionado será de quince años.-
SOCIOS ACTIVOS
Todas las personas que reúnan los requisitos señalados en el
inciso anterior, dentro de los límites de la unidad vecinal corres-
pondiente o en unidades vecinales colindantes inmediatas, podrán
afiliarse mediante procedimiento determinado por la Asamblea
General.-
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77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006. SOCIOS HONORARIOS
Son aquellas personas a quienes la Asamblea General por su iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva les conceda tal calidad en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación.
ART. 7.- Son deberes y derechos de los socios activos
DERECHOS
a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.
b) Presentar mociones y sugerencias en Asambleas generales celebradas por la asociación.
c) Retirarse voluntariamente de la asociación cuando así lo solicitaren por escrito.
d) Elegir y ser electo para cargo de la Junta Directiva.
e) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al incremento del número de miembros de la asociación.-
f) Participar en la administración y fi scalización de la asocia-ción.
DEBERES
a) Desempeñar a cabalidad todas las comisiones y cargos que se le encomiende.-
b) Cumplir los acuerdos de la asociación, siempre que se tomen, conforme a las leyes, reglamentos y estos estatutos.
c) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General, previa convocatoria en forma escrita.
d) Cumplir estos estatutos y obedecer las disposiciones de la Junta General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados con los fi nes de la asociación.
e) Además es de mencionar, que corresponde un voto a cada asociado, sin que pueda haber representación de un asociado por otro, salvo autorización previa de la Junta Directiva.-
ART. 8.- Los socios honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue.
GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN
ART. 9.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea General. Que será la máxima autoridad de la asociación y la Junta Directiva será el órgano ejecutivo y estará integrado por el número de miembros que determinen estos estatutos.
A) LA ASAMBLEA GENERAL
ART. 10.- La Asamblea General la componen los socios y se instalará con la mayoría de los socios activos, pudiendo haber representación de socios, pero cada socio no podrá llevar más de una representación.
Las resoluciones se acordarán por mayoría de votos, salvo en
lo referente a la disolución de la asociación.
ART. 11.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente dos
veces al año, con intervalos de seis meses y extraordinariamente
cuando sea convocada por la Junta Directiva, por iniciativa propia
o a solicitud de siete socios.
ART. 12.- En las Asambleas Generales ordinarias, se tratarán
los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los
socios, en las asambleas generales extraordinarias, sólo se tratarán
los asuntos comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión
sobre otros aspectos no comprendidos en la agenda, será nula.
ART. 13.- La convocatoria para Asamblea General ordinaria
o extraordinaria se hará por medio de un aviso escrito, con cuatro
días de anticipación para las primeras (ordinaria) y con ocho horas
para las segundas, (extraordinarias) indicándose en las mismas el
lugar, día y hora en que han de celebrarse. Si a la hora señalada no
pudiere celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a
cabo el mismo día una hora después de la señalada con los Asociados
que concurran, en este último caso, las decisiones que se adopten
serán obligatorias aún para aquellos que legalmente convocados
no asistieron.
ART. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.
b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado
fi nanciero de la asociación.
c) Destituir total o parcialmente por causa justifi cada a los
miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos, así
mismo retirará la calidad de miembros de la misma a los
que hubieren renunciado, fallecido o perdido su calidad de
socio.
d) Pedir a la Junta Directiva, los informes que crea convenien-
te.
e) Aprobar el reglamento interno de la asociación y los que sean
necesarios.
f) Acordar la petición de la personalidad jurídica y aprobación
de estos estatutos al Concejo Municipal respectivo, por medio
del representante legal de la asociación.
g) Otorgar la calidad de socios honorarios.
h) Aprobar la suspensión defi nitiva de los socios.
i) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupues-
to.
j) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamentos
que se dicten.
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B) PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA
LA REMOCIÓN DE ASOCIADOS Y DIRECTIVO
ART. 15.- Los Miembros de la asociación podrán ser retirados de ella por acuerdo de la Junta Directiva tomado por mayoría de votos y previa audiencia del interesado por infracciones al código municipal, ordenanza municipal y estos estatutos. Se considera además como causales de retiro o expulsión los siguientes:
a) Mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio grave para la asociación.
b) Negarse sin motivo justifi cado a desempeñar los cargos de elección o comisiones que le encomiende la asociación general o la junta directiva.
c) Promover actividades políticas, religiosas, o de otra naturaleza que vallan en perjuicio de la asociación.
d) Obtener por medio fraudulento benefi cio de la asociación, para sí o para terceros.
e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la asocia-ción.
ART. 16.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de tres de sus miembros, para que investigue los hechos y oyendo el dictamen de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa, resolverá.
En caso de suspensión definitiva, la Junta Directiva seguirá el procedimiento a que se refiere el inciso anterior; pero en este caso, la Asamblea General resolverá sobre la suspensión acordada y se nombrará a los sustitutos.
ART. 17.- Sobre el retiro de asociados y sobre la suspensión temporal decretada por la junta directiva, podrá interponerse úni-camente el recurso de revisión ante la misma, dentro del tercer día de la notificación.
De las resoluciones de la asamblea general, no se admitirá ningún recurso.
ART. 18.- Los miembros de la Junta Directiva electos por la asamblea general, podrá ser suspendidos en forma temporal o definitiva, según la gravedad del caso.
La suspensión definitiva únicamente podrá ser acordada por la asamblea general y la suspensión temporal, por la Junta Direc-tiva.
ART. 19.- En caso de que la Junta Directiva, dentro del plazo de diez días de conocida la infracción, no procede a dar cumpli-miento a los artículos anteriores, un número de ocho asociados, por lo menos, podrá pedir al Concejo Municipal correspondiente, que se le autorice: 1.- Para nombrar entre los mismos la comisión investigadora, y 2.- Para que ésta convoque a la Asamblea General, que concederá la suspensión en base a los informes de la comisión investigadora. El mismo procedimiento anterior se seguirá cuando
de acuerdo a las infracciones, debe conocerse sobre la suspensión temporal o definitiva de toda la Junta Directiva o cuando por tra-tarse de un número considerable de miembros, los que quedan no pueden o no inicien el procedimiento dentro del plazo que establece el inciso anterior.
En todos los casos de este artículo, será la asamblea general la que resolverá sobre tal suspensión temporal o definitiva de los miembros y en la misma sesión elegirá y dará posesión a los sus-titutos por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los directivos suspendidos.
C) JUNTA DIRECTIVA
ART. 20.- La Junta Directiva estará integrada por siete miem-bros propietarios electos en Asamblea General y cinco vocales por votación nominal o pública ya sea por cargos separados o en planilla, en todo caso, la nominación de los cargos será la siguiente:
Presidente, Vicepresidente, Secretario, Prosecretario, Teso-rero, Protesorero, Síndico y Cinco Vocales.
Los cargos serán adhonorem; sin embargo, cuando el socio o directivo trabaje en actividades oficiales para la Asociación, podrá otorgársele una retribución convencional o cuando por el volumen de trabajo o las circunstancias lo ameriten, previo acuerdo de la Asamblea General.
ART. 21.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo menos una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario, previa convocatoria que haga el presidente o en su de-fecto por lo menos dos de los miembros de la Junta Directiva.
Para que la sesión sea válida deberá concurrir por lo menos ocho de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos.
En caso de empate, el presidente o el que haga sus veces tendrá voto de calidad.
ART. 22.- Son atribuciones de la Junta Directiva:
a) Elaborar el proyecto de estatutos de la asociación y proponerlos a la Asamblea General.
b) Tramitar el reconocimiento legal de la asociación conforme a la ley.
c) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran con el desarrollo comunal el plan de trabajo y el presupuesto correspondiente.
d) Constituir comisiones de trabajo de la asociación, encauzar su mejor organización y desenvolvimiento.
e) Convocar a la Asamblea general a reuniones ordinarias o extraordinarias.
f) Vincularse con las Organizaciones del Estado, las Municipa-lidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar en la región el proyecto de desarrollo comunal.
g) Participar en su caso, en las investigaciones, planeamiento, ejecución, y evaluación de los programas y proyectos de mejoramiento de la comunidad.
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h) Informar periódicamente a la asamblea general de las ac-tividades que se desarrollan y presentarle el plan anual de trabajo y el presupuesto respectivo de informar igualmente a los organismos que cooperaron en el desarrollo de sus programas de trabajo.
i) Velar que el patrimonio de la asociación sea aplicado en la consecución de sus fi nes.
j) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos de la asociación.
k) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los afi liados.
l) Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposiciones emanadas de la asamblea general y las que crean convenientes dictar.
m) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales no previstas en los estatutos.
n) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea General en la sesión ordinaria anual sus actividades de tra-bajo.
ñ) Ejercer las demás actividades que se determinen en las leyes correspondientes y estos estatutos.
ART. 23.- El Presidente de la Junta Directiva presidirá y dirigirá las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva, autorizando con su firma los acuerdos que emanen de las mismas y coordinará las actividades de la asociación.
ART. 24.- El Vicepresidente, colaborará con el presidente, lo sustituirá en los casos de ausencia o de impedimento de éste y todo lo demás que fuese concerniente a actividades comunales.
ART. 25.- El Secretario, será el órgano de comunicaciones de la asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma; además tendrá a su cargo los libros de actas de sesiones que cele-bren la asamblea general y la junta directiva y todo lo demás que fueren pertinentes.
ART. 26.- El Prosecretario, colaborará con el secretario en todo lo concerniente a sus funciones lo sustituirá en casos de ausencia o impedimento de éste.
ART. 27.- El Tesorero, será el depositario de los fondos y bienes de la asociación y llevará los libros de contabilidad o cuentas de la misma.
Se encargará así mismo que se hagan efectivos los créditos a favor de la asociación, y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del estado económico; hará los pagos de las obligaciones de la asociación y de los emolumentos si los hubieren, y en todo caso serán autorizados los pagos por el secretario y con el visto bueno del presidente de la asociación.
Todos los fondos serán depositados en una Institución Ban-caria o Crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la asociación, debiendo registrar las firmas del tesorero, el presidente y el síndico de la asociación.
ART. 28.- El Protesorero, colaborará con el tesorero en todo
lo concerniente a sus funciones, lo sustituirá en casos de ausencia
o impedimento de éste.
ART. 29.- El Síndico, tendrá la responsabilidad judicial y
extrajudicial de la asociación y el uso de la Personalidad Jurídica,
quien para comparecer en juicios, escrituras, contratos, actas no-
tariales y otros, deberá ser autorizado por la junta directiva, quien
lo legitimará mediante la certificación del punto de acta que lo
autoriza.
A falta del síndico, fungirán los vocales en su orden autori-
zados en sesión de Junta Directiva, además, velará por el estricto
cumplimiento del código municipal, la Ordenanza respectiva, así
como los presentes estatutos y las leyes de la materia y los demás
acuerdos tomados por la Asamblea General y la Junta Directiva.
ART. 30.- Los Vocales, colaboran con la Junta Directiva en
la medida que ésta lo considere necesario; en todo caso, sustituirán
a los miembros de la Junta Directiva que faltaren.
ART. 31.- En caso de suspensión temporal, la Junta Directiva
llamará y dará posesión a los sustitutos por el tiempo que dure la
suspensión.
ART. 32.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos
para un período de dos años y sólo podrán ser reelectos en forma
consecutiva para un período más.
PATRIMONIO DE LA ASOCIACIÓN
ART. 33.- El Patrimonio de la asociación estará constituido
por:
a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aporten
los socios activos y será de cincuenta y siete centavos de
dólar mensuales.-
b) Las subvenciones o aportes extraordinarios, herencias,
donaciones, legados, Etc. que provengan de diversas fuen-
tes.
c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada
para hacer llegar fondos a la asociación.-
d) El valor de los intereses que devenguen los créditos otorgados
a los asociados, serán fi jados por la Asamblea General, a
propuesta de la Junta Directiva; pero en todo caso, este interés
deberá ser menor que el estipulado por el sistema bancario
nacional.-
e) El valor del alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienes
muebles e inmuebles de propiedad de la asociación; serán
aprobados por la asamblea general, a propuesta de la Junta
Directiva; pero en ningún caso eximirá de estos pagos el
hecho de ser asociado.
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f) Los bienes muebles e inmuebles que formen el patrimonio no podrán ser enajenados en garantía, vendidos, alquilados o prestados sin autorización previa de la Asamblea General.
ART. 34.- La Asociación cuenta hoy con fondos líquidos en efectivo, provenientes de diversas actividades realizadas por la comunidad.
ART. 35.- De las utilidades netas obtenidas al final del ejercicio administrativo por la asociación, se aportará el cinco por ciento por lo menos, para formar un fondo de reserva para incrementar el capital bancario a nombre de la misma.-
La Asociación llevará un libro especial de registro de capi-tal, en el que deberá expresarse todo aumento y disminución del mismo.
La Asociación para poder desarrollar sus fines sociales y de obras físicas, siempre que conduzca a operaciones canalizadas a través de recursos económicos, deberá ser conocido y aprobado por la Asamblea General y autorizada por la Junta Directiva, específicamente para el acto en que comparezca el representante de la asociación.
En todo caso, se establecerán los controles contables nece-sarios para el efectivo control de fondos propios o procedentes de fuentes externas en los distintos programas y proyectos que se desarrollen.-
ART. 36.- Si al final de cada ejercicio administrativo anual (enero a diciembre) se obtuvieren ganancias, la Junta Directiva, propondrá a la Asamblea General los proyectos en los que pueden ser aplicadas dichas ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el fondo de reserva.
ART. 37.- En caso de disolución, si después de pagada las obligaciones hubiere un remanente, el Concejo Municipal lo des-tinará a programas de Desarrollo Comunal, a realizarse en Caserío El Cuatro del Cantón El Progreso, del domicilio de la asociación y mientras no se realice su inversión, el remanente estará bajo el control del Concejo Municipal.
DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN.
ART. 38.- La disolución de la asociación será acordada en sesión extraordinaria de asamblea general, mediante acuerdo de dos terceras partes de los socios de la misma, por motivos que el código y ordenanza municipal, estos estatutos y las demás leyes de la materia establecen.
DISPOSICIONES GENERALES
ART. 39.- La Asociación llevará sus libros de registro de afiliados, actas de asambleas generales, actas de junta directiva, registro financiero y registro de inventario; todos foliados y sella-dos con una razón de apertura que contenga el objeto del libro, su
número de hojas y luego al terminarse el libro se pondrá su razón de cierre, la cual deberá estar firmada y sellada por el secretario de la Junta Directiva.
ART. 40.- La Junta Directiva, tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal durante los primeros quince días posteriores a la elección la nómina de la nueva Junta Directiva; durante los primeros quince días del año, la nómina de los asociados, informe de las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva, cuando sean de forma definitiva y cualquier otro dato relativo a la asocia-ción.
Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal, su plan de trabajo.-
ART. 41.- Para la modificación del acta de constitución y los presentes estatutos, se seguirán los mismos procedimientos que para la constitución e inscripción de la asociación.
ART. 42.- Los casos no contemplados en estos estatutos, serán resueltos en Asamblea General de socios.
ART. 43.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
ACUERDO NUMERO DOS.-Vistos los estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal “UNA LUZ PARA EL PROGRESO” que se abrevia ADESCO-ULPEP, fundada en el Caserío El Cuatro, Cantón El Progreso, Jurisdicción y Departamento de esta ciudad, consta de cuarenta y tres artículos; y no encontrando en ellos nin-guna disposición contraria a las leyes de la República, al orden público ni a las buenas costumbres; de conformidad con el artículo 30 numeral 23 del Código Municipal, ACUERDA: Aprobarlos y conferirle a dicha Asociación el carácter de Persona Jurídica. Comuníquese.-
DADO EN LA ALCALDÍA MUNICIPAL: San Miguel, veintidós de noviembre del dos mil seis.-
MOISÉS ALCIDES GONZÁLEZ,
REGIDOR AUTORIZADO PARA FIRMAR.
LIC. JOSÉ ÁNGEL FERMÁN ZETINO,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. A029339)
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81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006. ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE
DESARROLLO COMUNAL SAN MIGUELITO,
JURISDICCIÓN DE SAN FRANCISCO GOTERA,
DEPARTAMENTO DE MORAZÁN.
NATURALEZA, DENOMINACION,
DURACION Y DOMICILIO
ART. 1. La Asociación que se constituye estará regulada por el Código Municipal, la Ordenanza Municipal respectiva, estos Estatutos y demás disposiciones legales aplicables, estarán al servicio de la Comunidad de su domicilio, para el desarrollo de los planes, programas y proyectos de interés social, cultural y económico, y será una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa y de carácter democrático.
La Asociación se denominará: “ASOCIACIÓN DE DESARRO-LLO COMUNAL SAN MIGUELITO”, JURISDICCIÓN DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZÁN, la que se podrá abreviar “ADESCOSAM” y que en estos Estatutos se denominará: LA ASOCIACION.
ART. 2. La duración de la Asociación será por tiempo in-definido, sin embargo podrá disolverse y liquidarse por los casos previstos por las leyes de la materia.
ART. 3. El domicilio de la Asociación será en Colonia San Miguelito, jurisdicción San Francisco Gotera, Departamento de Morazán.
FINES
ART. 4. La Asociación tendrá como fines el desarrollo humano, la obra productiva y física que proyecte. Para ello deberá:
a) Promover el progreso de la comunidad San Miguelito, junta-mente con los organismos públicos y privados que participen en los correspondientes programas.
b) Fomentar el espíritu de servicio en los asociados, los vecinos, sus grupos y comunidades circunvecinas.
c) Coordinar y cooperar con otras comunidades organizadas en la mayor integración de sus miembros y la mejor organización de sus actividades.
d) Impulsar y participar en los programas de capacitación y promoción social, a fi n de contribuir al mejoramiento de la organización de la comunidad, la administración de proyectos sociales y económicos y la elevación de niveles educativos.
e) Trabajar en el establecimiento de los servicios de la comunidad con el equipamiento y medios indispensables para solucionar
los distintos problemas que existen en la comunidad.
f) Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales de la
comunidad para el desarrollo, a través de la ayuda mutua y
el esfuerzo propio, a fi n de complementar las obras que se
consideren en el respectivo Plan de Trabajo y otras que de
emergencia surjan.
g) Incrementar las actividades a nivel comunal, a fi n de obtener
recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento
de la comunidad.
h) Promover las organizaciones juveniles de ambos sexos,
haciéndoles participar responsablemente en el desarrollo
local.
i) Promover la incorporación de la mujer al proceso integral de
la comunidad.
j) Realizar diversos proyectos y actividades que generen ingresos
económicos y servicios sociales a la comunidad.
k) Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacional
en cuanto a la determinación de proyectos y la obtención de
recursos comunales, gubernamentales, etc.
METAS
ART. 5. La Asociación tendrá como meta, las especificadas
en el Plan Local de Desarrollo aprobado por el Concejo Munici-
pal de San Francisco Gotera, de acuerdo a las siguientes áreas:
Organización, Capacitación Comunal, Salud, Mejoramiento de
Infraestructura Básica, Agropecuaria, Vivienda, Industria, Traba-
jo, Recreación y Educación, y serán desarrolladas por medio de la
ejecución de proyectos y actividades de interés de los asociados y
la comunidad.
SOCIOS: CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES
ART. 6. Los Socios podrán ser: a) Activos, b) Honorarios.
Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin
embargo cuando provengan de Asociaciones Juveniles, el requisito
de edad antes mencionado será quince años.
Son Socios Activos, todas las personas que reúnan los requisitos
señalados en el inciso anterior, residente dentro de los límites de la
unidad vecinal correspondiente o en unidades vecinales colindantes
inmediatas y afiliarse mediante procedimiento determinado por la
Asamblea General.
Son Socios Honorarios, aquellas personas a quienes la Asam-
blea General por su iniciativa o por propuestas de la Junta Direc-
tiva les conceda tal calidad en atención a sus méritos personales
relevantes o servicios prestados a la Asociación.
ART. 7. Son derechos y deberes de los Socios Activos:
a) Participar con voz y voto en la Asambleas Generales.
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b) Presentar mociones y sugerencias en las Asambleas Gene-rales.
c) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo solicitaren.
d) Elegir y ser electo para cargos de la Junta Directiva.
e) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al incremento del número de miembros de la comunidad.
f) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General, previa convocatoria en legal forma.
g) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de la Junta General y Junta Directiva, siempre que estén relacio-nados con los fi nes de la Asociación.
ART. 8. Los Socios Honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue.
GOBIERNO DE LA ASOCIACION
ART. 9. El gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea General y la Junta Directiva.
LA ASAMBLEA GENERAL
ART. 10. La Asamblea General la componen los socios y se instalará por mayoría de los Socios Activos, pudiendo haber representación de Socios, pero cada socio no podrá llevar más de Una representaciones.
Las resoluciones se acordarán por mayoría simple de votos, salvo en lo referente a la disolución de la Asociación.
ART. 11. La Asamblea General se reunirá ordinariamente doce veces al año, con Intervalos de una vez por mes y extraordinaria-mente cuando sea convocada por la Junta Directiva, por iniciativa propia o a solicitud de diez socios.
ART. 12. En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los asuntos comprendidos en la Agenda y los que propongan los Socios. En las Asambleas Generales Extraordinarias, sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos no comprendidos en la Agenda, será nula.
ART. 13 La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria se hará por medio de un aviso escrito con tres días de anticipación para las primeras y con veinticuatro horas de anticipación para las segundas, indicándose en las mismas el lugar, día y hora en que han de celebrarse. Si a la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo una hora después y con los que estén presentes, para ambas, en este último caso, las decisiones que se adopten serán obligatorias
aun para aquellos que legalmente convocados no asistieron.
ART. 14. Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.
b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o desaprobar el
estado fi nanciero de la Asociación.
c) Destituir por causa justifi cada a los miembros de la Junta
Directiva y elegir a sus sustitutos; asimismo retirarán la cali-
dad de miembros de la misma a los que hubieren renunciado,
fallecido o perdido su calidad de socio.
d) Pedir a la Junta Directiva, los informes que crea convenien-
te.
e) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación.
f) Acordar la petición de la Personalidad Jurídica y aprobación
de estos Estatutos al Concejo Municipal respectivo, por medio
del representante Legal de la Asociación.
g) Otorgar la calidad de Socios Honorarios.
h) Aprobar la suspensión defi nitiva de los Socios.
i) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y su respectivo presupues-
to.
j) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamentos que se dicten.
PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA
LA REMOCION DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS.
ART. 15. Los miembros de la Asociación podrán ser retirados
de ella por acuerdo de la Junta Directiva, tomado por la mayoría de
votos y previa audiencia del interesado, por infracciones al Código
Municipal, Ordenanza Municipal y estos Estatutos.
Se consideran además como causales de retiro o expulsión, a
las siguientes.
a) Mala conducta del Socio que se traduzca en perjuicio grave
de la Asociación.
b) Negarse sin motivo justifi cado a desempeñar los cargos de
elección o comisiones que le encomiende la Asamblea General
o la Junta Directiva.
c) Promover actividades políticas, religiosas o de otra naturaleza
que vayan en perjuicio de la Asociación.
d) Obtener por medio fraudulento benefi cio de la Asociación,
para sí o para terceros.
e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-
ción.
ART. 16. Para proceder a la suspensión temporal, la Junta
Directiva nombrará una Comisión de tres de sus miembros, para que
investigue los hechos y oyendo el dictamen de éstos y las razones
que el supuesto infractor exponga en su defensa, resolverá.
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83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
En caso de suspensión definitiva, la Junta Directiva seguirá
el procedimiento a que se refiere el inciso anterior; pero en este
caso, la Asamblea General resolverá por sobre tal suspensión
acordada y se nombrará a los sustitutos.
ART. 17. Sobre el retiro de asociados y sobre la suspensión
temporal decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse úni-
camente el recurso de revisión ante la misma, dentro del tercer día
de la notificación.
De las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá
ningún recurso.
ART. 18. Los miembros de la Junta Directiva electos por la
Asamblea General, podrán ser suspendidos en forma temporal o
definitiva, según la gravedad del caso.
La suspensión definitiva únicamente podrá ser acordada por
la Asamblea General y la suspensión temporal, por la Junta Direc-
tiva.
ART. 19. En caso de que la Junta Directiva, dentro del plazo
de diez días de conocida la infracción, no procede a dar cumpli-
miento a los artículos anteriores, un número de seis asociados, por
lo menos, podrá pedir al Concejo Municipal correspondiente, que
se les autorice: a) Para nombrar de entre los mismos la Comisión
investigadora, y b) para que ésta convoque a la Asamblea General,
que conocerá la suspensión en base a los informes de la Comisión
investigadora.
El mismo procedimiento anterior se seguirá cuando de acuerdo
a las infracciones, debe conocerse sobre la suspensión temporal y
definitiva de toda la Junta Directiva o cuando por tratarse de un
número considerable de miembros, los que quedan no puedan o no
inicien el procedimiento dentro del plazo que establece el inciso
anterior.
En todos los casos de este Artículo, será la Asamblea Gene-
ral la que resolverá sobre tal suspensión temporal o definitiva de
los miembros y en la misma sesión elegirá y dará posesión a los
sustitutos por el tiempo de la suspensión o por el resto del período
de los directivos suspendidos.
LA JUNTA DIRECTIVA
ART. 20. La Junta Directiva estará integrada por once miembros
electos en Asamblea General, por votación Nominal y Pública ya sea
por cargos separados o en planilla, en todo caso, la nominación de
los cargos será la siguiente: Presidente, Vicepresidente, Secretario,
Prosecretario, Tesorero, Pro tesorero, Síndico y Vocales.
Los cargos de la Junta Directiva serán ad honorem; sin em-
bargo, cuando el socio o directivo trabaje en actividades oficiales
para la Asociación, podrá otorgársele una retribución convencio-
nal o cuando por el volumen de trabajo o las circunstancias lo
ameriten.
ART. 21. La Junta Directiva, se reunirá ordinariamente cuantas
veces sea necesario y por lo menos una vez por mes y extraordi-
nariamente cuando sea convocada por el Presidente.
Para que la sesión sea válida, deberán concurrir por lo
menos seis de sus miembros y las resoluciones se tomarán por
mayoría de votos, en caso de empate, el Presidente o el que haga
sus veces tendrá voto de calidad.
ART. 22. Son atribuciones de la Junta Directiva:
a) Elaborar el proyecto de Estatutos de la Asociación y propo-
nerlos a la Asamblea General.
b) Tramitar el reconocimiento legal de la Asociación conforme
a la Ley
c) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran
con el desarrollo comunal, el Plan de Trabajo y el Presupuesto
correspondiente.
d) Constituir comisiones de trabajo de la Asociación, encauzar
su mejor organización y desenvolvimiento.
e) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias o
extraordinarias.
f) Vincularse con las Organizaciones del Estado, las Municipa-
lidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar
en la Región proyectos de Desarrollo Comunal.
g) Participar en su caso, en las investigaciones, planeamiento,
ejecución y evaluación de los programas y proyectos de
Mejoramiento de la Comunidad.
h) Informar periódicamente a la Asamblea General de las
actividades que desarrolla y presentarle el Plan Anual de
Trabajo y el Presupuesto respectivo e informar igualmente
a los organismos que cooperaron en el desarrollo de sus
programas de trabajo.
i) Velar que el Patrimonio de la Asociación sea aplicado en la
consecución de sus fi nes.
j) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos
de la Asociación.
k) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los
afi liados.
l) Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposiciones
emanadas de la Asamblea General y las que crea convenientes
dictar.
m) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales
no previstas en los Estatutos.
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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
n) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea
General en la sesión ordinaria anual, sus actividades de
trabajo.
o) Ejercer las demás actividades que se determinen en las leyes
correspondientes y estos Estatutos.
ART. 23. El Presidente de la Junta Directiva, presidirá y diri-
girá las gestiones de Asambleas Generales y de la Junta Directiva,
autorizando con su firma los acuerdos que emanen de las mismas
y coordinará las actividades de la Asociación.
ART. 24. El Vicepresidente, colaborará con el Presidente, lo
sustituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y todo
lo demás que fuese concerniente a actividades comunales.
ART. 25. El Secretario, será el órgano de comunicación de la
Asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma; además
tendrá a su cargo los libros de Actas de Sesiones que celebren la
Asamblea General y la Junta Directiva y todo lo demás que fuere
pertinente.
ART. 26. El Prosecretario colaborará con el Secretario en todo
lo concerniente a sus funciones, lo sustituirá en casos de ausencia
o impedimento de éste.
ART. 27. El Tesorero, será el depositario de los fondos y
bienes de la Asociación y llevará los libros de Contabilidad o las
cuentas de la misma.
Se encargará así mismo, que se hagan efectivos los créditos a
favor de la Asociación, y dará cuenta a la Junta Directiva en cada
sesión del estado económico; hará los pagos de las obligaciones
de la Asociación y de los emolumentos si los hubieren.
Todos los fondos serán depositados en una Institución Ban-
caria o Crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de
la Asociación, debiendo registrar su firma la del Presidente como
refrendario.
ART. 28. El Pro tesorero colaborará con el Tesorero en todo
lo concerniente a sus funciones, lo sustituirá en casos de ausencia
o impedimento de éste.
ART. 29. El Síndico, tendrá la representación Judicial y
Extrajudicial de la Asociación y el uso de la Personalidad Jurídi-
ca, quien para comparecer en juicios, escrituras, contratos, actas
notariales y otros, deberán ser autorizados por la Junta Directiva,
quien lo legitimará mediante la certificación del punto de Acta que
lo autoriza.
A falta del Síndico, fungirán los Vocales en su orden, autori-
zados en sesión de la Junta Directiva; además velará por el estricto
cumplimiento del Código Municipal, la Ordenanza respectiva, así
como los presentes Estatutos y las leyes de la materia y los demás
acuerdos tomados por la Asamblea General y la Junta Directiva.
ART. 30. Los Vocales, colaborarán con la Junta Directiva
en la medida en que ésta lo considere necesario; en todo caso,
sustituirán a los miembros de la Junta Directiva que faltaren.
ART. 31. En caso de la suspensión temporal, la Junta Directiva
llamará y dará posesión a los sustitutos por el tiempo que dure la
suspensión.
ART. 32. Los miembros de la Junta Directiva serán electos
para un período de tres años y sólo podrán ser reelectos en forma
consecutiva para un período más, seis de sus miembros que podrán
ser cualesquiera de ellos.
PATRIMONIO DE LA ASOCIACION
Art. 33. El patrimonio de la Asociación estará constituido
por:
a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aporten
los socios Activos y será de un dólar mensual.
b) Las subvenciones o aportes extraordinarios, herencias,
donaciones, legados, etc., que provengan de diversas fuen-
tes.
c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada
para allegar fondos a la Asociación.
d) El valor de los intereses que devenguen los créditos otorgados
a los Asociados, serán fi jados por la Asamblea General, a
propuesta de la Junta Directiva; pero en todo caso, este interés
deberá ser menor que el estipulado por el Sistema Bancario
Nacional.
e) El valor del alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienes
muebles e inmuebles de propiedad de la Asociación; serán
aprobados por la Asamblea General a propuesta de la Junta
Directiva; pero en ningún caso eximirá de estos pagos el
hecho de ser asociado.
f) Sus bienes muebles e inmuebles adquiridos a cualquier
título.
g) Los bienes muebles e inmuebles que formen el Patrimonio
no podrán ser enajenados en garantía, vendidos, alquilados
o prestados sin la autorización previa de la Asamblea Gene-
ral.
ART. 34. La Asociación cuenta hoy con un capital de Noventa
Dólares en efectivo, provenientes de diversas actividades realizadas
por la comunidad.
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ART. 35. De las utilidades netas obtenidas al final del ejercicio
administrativo por la Asociación, se aportarán el cinco por ciento
por lo menos, para formar un fondo de reserva para incrementar
el capital bancario a nombre de la misma.
La Asociación llevará un libro especial de registro de capi-
tal, en el que deberá expresarse todo aumento y disminución del
mismo.
La Asociación para poder desarrollar sus fines sociales y de
obras físicas, siempre que conduzcan a operaciones canalizadas
a través de recursos económicos, deberá ser conocido y aproba-
do por la Asamblea General y autorizada por la Junta Directiva,
específicamente para el acto en que comparezca el Representante
de la Asociación.
En todo caso, se establecerán los controles contables nece-
sarios para el efectivo control de fondos propios o procedentes
de fuentes externas en los distintos programas y proyectos que se
desarrollen.
ART. 36. Si al final de cada ejercicio administrativo anual
(enero a diciembre) se obtuvieren ganancias, la junta Directiva
propondrá a la Asamblea General los proyectos en los que pueden
ser aplicadas dichas ganancias, como también el tiempo y forma
de invertir el fondo de reserva.
ART. 37. En caso de disolución de la Asociación, si después
de pagadas las obligaciones hubiere un remanente, el Concejo
Municipal lo destinará a Programas de Desarrollo Comunal, a rea-
lizarse en Colonia San Miguelito, el domicilio de la Asociación
y mientras no se realice su inversión, el remanente estará bajo el
control del Concejo Municipal.
DISOLUCION DE LA ASOCIACION
ART. 38. La Disolución de la Asociación será acordada en
sesión extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de dos
terceras partes de Socios de la misma, por motivos que el Código
y Ordenanza Municipales, estos Estatutos y las demás leyes de la
materia establecen.
DISPOSICIONES GENERALES
ART. 39 La Asociación llevará sus libros de registro de afi-
liados, Actas de Asambleas Generales, Actas de Junta Directiva,
Registro de Inventario; todos foliados y sellados con una razón
de apertura que contenga el objeto del libro, su número de hojas
y luego al terminarse el libro se pondrá su razón de cierre, la cual
deberá estar firmada y sellada por el Secretario de la Junta Direc-
tiva.
ART. 40. La Junta Directiva, tiene la obligación de enviar al
Concejo Municipal, durante los primeros quince días posteriores a
la elección la nómina de la nueva Junta Directiva; sustituciones de
los miembros de la Junta Directiva, cuando sean en forma definitiva
y cualquier otro dato relativo a la Asociación.
Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva
Junta Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal, su Plan de
Actividades o Plan de Trabajo.
ART. 41. Para la modificación del Acta de Constitución y los
presentes Estatutos, se seguirán los mismos procedimientos que
para la Constitución e Inscripción de la Asociación.
ART. 42. Los casos no contemplados en estos Estatutos, serán
resueltos en Asamblea General de Socios.
ART. 43. Los presentes Estatutos entrarán en Vigencia, ocho
días después de su publicación en el Diario Oficial.
ACUERDO NÚMERO SEISCIENTOS VEINTE (620):
Vistos los Estatutos de la “ASOCIACION DE DESARROLLO
COMUNAL SAN MIGUELITO”, que se abrevia “ADESCOSAM”,
jurisdicción de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán;
que constan de cuarenta y tres artículos. Y no encontrando en
ellos ninguna disposición que contravenga las Leyes, Ordenanzas,
Reglamentos y las buenas costumbres de la República; el Concejo
Municipal, de conformidad con el artículo treinta numeral veintitrés
y el artículo ciento diecinueve del Código Municipal, unánimemente,
ACUERDA: Aprobar en todas sus partes los Estatutos de la ASO-
CIACION DE DESARROLLO COMUNAL SAN MIGUELITO, que
se abrevia “ADESCOSAM”, y se le confiere la PERSONALIDAD
JURIDICA, conforme la Ley. PUBLIQUESE.
DADO EN LA ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN FRAN-
CISCO GOTERA Y JEFATURA DEL DISTRITO, a los nueve días
del mes de Octubre de dos mil seis.
CARLOS CALIXTO HERNANDEZ GOMEZ,
ALCALDE MUNICIPAL.
DORE SANTIAGO GONZALEZ GUZMAN,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. A029409)
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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIAS DE HERENCIA
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución de las doce horas y treinta mi-nutos del día treinta de octubre del presente año, se declararon HEREDERAS DEFINITIVAS y con beneficio de Inventario de la herencia intestada de los bienes que a su defunción dejó el causante ARTURO HUMBERTO RODRIGUEZ GARCIA, quien falleció a las diecisiete horas y treinta minutos del día tres de enero de dos mil cuatro, en Residencial Luisiana Segundo Nivel, Apartamento A-21, contiguo a “RIDI S.A. DE C.V.” Boulevar Constitución, Mejicanos, siendo este Municipio su último domicilio, a las señoras LOYDA EVELYN RODRIGUEZ AMAYA, conocida por LOYDA EVELYN RODRIGUEZ y por LOYDA EVELYN RODRIGUEZ ANAYA, hoy de HERNANDEZ; LISSETTE JACQUELINE RODRIGUEZ ANAYA, hoy de SAAVEDRA y HELEN CAROLINA RODRIGUEZ ANAYA, en su calidad de hijas del causante. Confiriéndoseles a las herederas declaradas en el carácter antes indicado la Administración y Representación DEFINITIVA de la sucesión.-
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las cator-ce horas y quince minutos del día treinta de octubre de dos mil seis.- LIC. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN ESTELA HERNANDEZ AGUIRRE, SECRETARIA.
Of. 1 v. No. 1617
EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO, para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución dictada a las quince horas del día veintiuno de noviembre de dos mil seis, se han DE-CLARADO HEREDERAS DEFINITIVAS Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO EN LA HERENCIA INTESTADA, dejada al fallecer por el señor PEDRO RUBIO, el día veintiséis de noviembre del dos mil cinco, en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social, de San Miguel, siendo su último domicilio la ciudad de Puerto El Triunfo, a la señora SILVIA RUBIO LOPEZ DE CASTAÑEDA o SILVIA RUBIO LOPEZ, y siendo que la Lic. SONIA DEL CARMEN MONTERROSA QUINTANILLA, con la partida de nacimiento presentada en esta fecha, comprueba la calidad de heredera a la joven BLANCA ALICIA RUBIO LOPEZ, en calidad de hijas del causante.-
De conformidad a los Arts. 1162 al 1185 C.C. es procedente se libre nuevo edicto de declaratoria de herederos definitivos, incorporando a la joven BLANCA ALICIA RUBIO LOPEZ.-
Confiéreseles a las herederas declaradas la Administración y Representación Definitiva de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de ley.
Publíquese el edicto correspondiente y posteriormente ex-tiéndase la certificación respectiva.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Jiquilisco, a los veintiún días del mes de noviembre de dos mil seis.- LIC. MANUEL DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. SILVIA YANET MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.
Of. 1 v. No. 1618
EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de ley,
AVISA: Que por resolución de las nueve horas y cincuenta y cinco minutos de este día, se ha declarado heredera definitiva con beneficio de inventario a la señora IRMA ALICIA MARTINEZ, en calidad de hija de la causante en la sucesión intestada que dejó al fallecer la señora LUCILA ESTER MARTINEZ, el día treinta de diciembre del año dos mil, en el Barrio Candelaria de esta Ciudad, habiendo sido esta Ciudad su último domicilio. Confiriéndole a la heredera declarada, la administración y representación definitiva de dicha sucesión con las facultades de ley.-
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los seis días del mes de octubre del año dos mil seis.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.
Of. 1 v. No. 1619
ACEPTACION DE HERENCIAS
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las doce horas con cincuenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor JOSE GERARDO RAMIREZ, quien fue de cuarenta y un años de edad, Apicultor, casado, de nacionalidad salvadoreña, del origen y domicilio de Jucuapa, hijo de María Elena Ramírez y de padre ignorado, falleció el día doce de agosto de dos mil cinco, siendo su último domicilio la ciudad de Jucuapa, de parte de la señora ANA LETICIA CRUZ DE RAMIREZ, conocida por ANA LETICIA CRUZ MARROQUIN, ésta como cónyuge sobreviviente y en representación de sus hijos ANA LETICIA y JUAN GERARDO, ambos de apellidos RAMIREZ CRUZ, y la señora MARIA ELENA RAMIREZ, conocida por ELENA RAMIREZ, como madre del causante.
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Confiéresele a la aceptante en el carácter aludido la adminis-tración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, y CITA a los que se crean con derecho a la Herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto.
Lo que se pone a disposición del público, para los efectos de Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: JUCUAPA, A LAS DOCE HORAS CON CINCUENTA Y CINCO MINUTOS DEL DÍA UNO DE AGOSTO DEL DOS MIL SEIS. LIC. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA.- LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1620-1
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA. -
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las diez horas del día doce de Septiembre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor MANUEL ISIDRO HERNANDEZ o MANUEL HERNANDEZ, quien fue de sesenta y siete años de edad, soltero, Jornalero, originario y del domicilio de Estanzuelas, Departamento de Usulután, de naciona-lidad salvadoreña, hijo de Sirilo Martínez y Francisca Hernández; quien falleció a las once horas del día veintiuno de Julio del año mil novecientos noventa y cinco, en el Cantón Potrero de Joco, Estanzuelas, Departamento de Usulután, siendo éste su último domicilio de parte del señor ENRIQUE HERNÁNDEZ MEJIA, en concepto de hijo del causante.-
Confiérese al heredero declarado en el carácter indicado la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días, a partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.-
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de Ley.-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las diez horas veinte minutos del día doce de Septiembre del dos mil seis.- interlineado.- horas.- Vale.- Lic. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.-
Of. 3 v. alt. No. 1621-1
GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las quince horas y diez minutos del día diecisiete de Noviembre del corriente año, se han declarado herederos ab-intestato, con beneficio de inventario, de la señora MARIA MARGARITA MELENDEZ,
quien falleció a las dieciséis horas y treinta minutos del día veinti-siete de febrero del año mil novecientos noventa y uno, en el Cantón Paso de Gualache, de la Villa de Tecapán, siendo éste su último domicilio, dejó la señora MARIA MARGARITA MELENDEZ, de parte de la señora SONIA MARIBEL MELENDEZ DE MATA y, el señor RENE MAURICIO MELENDEZ, en calidad de hijos de la causante.-
Confiriéndosele a los aceptantes dichos la Administración y Representación Legal Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.-
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Santiago de María; a los veinte días del mes de Noviembre del año dos mil seis.- Licda. GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. FREDY FRANCISCO ORELLANA FRANCO, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1622-1
GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL:
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzga-do, a las diez horas y treinta y cinco minutos del día veintidós de Noviembre del corriente año, se ha declarado heredero ab-intestato, con beneficio de inventario de la señora JUANA CONCEPCIÓN ALEMAN DE CARDONA, conocida por JUANA CONCEPCIÓN ALEMAN y, por CONCEPCIÓN ALEMAN, quien falleció a las cinco horas y treinta minutos del día veintiuno de Septiembre del corriente año, en Barrio El Calvario de la Villa de Tecapán, siendo éste su último domicilio, de parte del señor JUAN JOSÉ FELIX CARDONA CABALLERO, conocido por JUAN JOSÉ FELIX CARDONA, en calidad de cónyuge sobreviviente de la causante y como cesionario de los derechos hereditarios que como hijos de la causante les correspondían a los señores LILIAN AÍDA ALEMÁN DE MARTÍNEZ, conocida por LILIAN AÍDA ALEMÁN, JUANA MARÍA ALEMÁN DE NIETO, conocida por JUANA MARÍA ALE-MÁN, MARÍA DE LA PAZ ALEMÁN DE ALFARO, conocida por MARÍA DE LA PAZ ALEMÁN y RAFAEL ANTONIO ALEMÁN CABALLERO, conocido por RAFAEL ANTONIO ALEMÁN.-
Confiriéndosele al aceptante dicho la Administración y Re-presentación Legal Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.-
Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.-
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Santiago de María, a los veintitrés días del mes de Noviembre del año dos mil seis.- Licda. GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. FREDY FRANCISCO ORELLANA FRANCO, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1623-1
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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
ACEPTACIÓN DE HERENCIAS
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-
TO JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a
las catorce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de inventario la herencia intestada de los bienes que
a su defunción dejó la causante ESTEVANA MEJÍA, conocida por
ESTEVANA MEJÍA RAMOS, fallecida el día seis de julio del año
dos mil cuatro, en Colonia Jerusalén, Cantón Santa Isabel, juris-
dicción de San Ramón, Departamento de Cuscatlán, siendo ése su
último domicilio, de parte de la señora MARIA TEOFILA MEJÍA
PÉREZ y del señor SANTIAGO ELISEO MEJÍA PÉREZ, ambos en
su calidad hijos de la referida causante.- Habiéndoseles conferido
a los aceptantes, la administración y representación interina de la
sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que
en el término legal, se presenten a este Tribunal a hacer uso de su
derecho.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las catorce
horas treinta minutos del día seis de noviembre del año dos mil
seis.- Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic.
JOSÉ ORLANDO BELTRÁN MEJÍA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1603-2
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por
resolución proveída por este Tribunal, a las nueve horas siete mi-
nutos del día diez de noviembre de dos mil seis, se ha tenido por
aceptada expresamente con beneficio de inventario, la Herencia
Intestada, que a su defunción ocurrida a las veintiuna horas veintisiete
minutos del día tres de julio de dos mil seis, en el kilómetro cinco
y medio, carretera al Cerro Verde, El Congo, Santa Ana, siendo
su último domicilio, la ciudad de Chalchuapa; dejó el señor JOSÉ
BENJAMÍN SIGÜENZA MARROQUÍN, quien fue de veinticinco
años de edad, estudiante, soltero, de parte de los señores BLANCA
OLIVIA MARROQUÍN DE SIGÜENZA y RAFAEL ANTONIO
SIGÜENZA LAGUAN, en su calidad de Padres del referido cau-
sante; a quienes se les nombra INTERINAMENTE administradores
y representantes de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los Curadores de la herencia yacente.
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la
herencia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el
término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera
publicación de este edicto.
Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las doce horas cuarenta
y dos minutos del día trece de noviembre de dos mil seis.- Lic.
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.-
Lic. HENRY OVIDIO GARCÍA RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1604-2
DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE
ESTE DISTRITO
HACE SABER: QUE POR RESOLUCIÓN DE LAS DIEZ HO-
RAS CINCUENTA Y SEIS MINUTOS DEL DÍA DIECIOCHO DE
AGOSTO DE DOS MIL CINCO, SE HA TENIDO POR ACEPTA-
DA EXPRESAMENTE CON BENEFICIO DE INVENTARIO LA
HERENCIA INTESTADA QUE A SU DEFUNCIÓN OCURRIDA
A LAS DIECISIETE HORAS DEL DIA DIECISIETE DE MAYO
DEL AÑO DOS MIL DOS, EN LA COLONIA LAS VICTORIAS,
CANTÓN BARRO DE LOS AUSOLES, JURISDICCIÓN DE ESTA
CIUDAD, SU ÚLTIMO DOMICILIO, DEJÓ EL SEÑOR ARNULFO
MULATILLO, DE PARTE DE LA SEÑORA SOFÍA MULATIO
DE RIVAS, EN SU CALIDAD DE HERMANA DEL CAUSANTE,
A QUIEN SE HA NOMBRADO INTERINAMENTE REPRESEN-
TANTE Y ADMINISTRADORA DE LA SUCESIÓN, CON LAS
FACULTADES Y RESTRICCIONES DE LOS CURADORES DE
LA HERENCIA YACENTE.
LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO,
PARA LOS FINES DE LEY.
JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPAN, A LAS OCHO
HORAS DIEZ MINUTOS DEL DIA SEIS DE NOVIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL SEIS.- Dr. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE
LO CIVIL.- INOCENTE GRANILLO CASTELLÓN, SECRETA-
RIO.
Of. 3 v. alt. No. 1605-2
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89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL
DE SAN SALVADOR; AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS
EFECTOS DE LEY:
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las
catorce horas con cincuenta minutos del día veintiséis de octubre
del año dos mil seis, se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción
ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día veintisiete de
agosto de mil novecientos noventa y cuatro, dejó la causante se-
ñora JOSEFINA DE JESUS CORNEJO, conocida por JOSEFINA
AVILA CORNEJO o JOSEFINA AVILA, de parte de los señores
JOSE SALVADOR MUÑOZ GARCIA, CARLOS EDUARDO
MUÑOZ GARCIA, y JULIO ALBERTO MUÑOZ GARCIA,
en su concepto, de nietos de la referida causante, confiérase a
los aceptantes la administración y representación interina de la
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a
las ocho horas del día trece de noviembre del año dos mil seis.
MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Br.
RICARDO HUMBERTO CORNEJO SAMAYOA, SECRETARIO
INTERINO.
Of. 3 v. alt. No. 1606-2
TITULOS DE PROPIEDAD
LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL DE SAN PE-
DRO PERULAPAN, DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN. AL
PUBLICO,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora
MIRNA ZEPEDA RAMÍREZ, de cuarenta y ocho años de edad, de
oficios del hogar, del domicilio de San Pedro Perulapán, Departa-
mento de Cuscatlán, con Documento Único de Identidad Número
cero un millón trescientos once mil trescientos treinta y seis-siete,
solicitando se le extienda Título de Propiedad y Dominio, de un
inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón El Espino,
jurisdicción de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán,
de una extensión superficial de SETECIENTOS SETENTA Y UNO
PUNTO CERO DOS METROS CUADRADOS, con medidas y
linderos siguientes: AL NORTE: está formado por un tramo con
una distancia de diecisiete punto veinticinco metros, colindando
con propiedad, de Santiago Pérez, y señora Francisca Pérez, calle
pública de por medio que conduce al cantón Huiziltepeque; AL
ORIENTE: formado por tres tramos, el primero con una distancia
de cuarenta y dos punto sesenta y cinco metros, el segundo con
una distancia de cinco metros, el tercero con una distancia de
treinta punto sesenta y cuatro metros, cerco de púas propio de
la titulante, colindando con los señores Juan Mercado y Eugenio
Morales Vides; AL SUR: está formado por un tramo que mide una
distancia de cuatro metros, colindando con el señor José Alidio
Morales Vides, AL PONIENTE: está formado por tres tramos, el
primero con una distancia de cuarenta y seis metros colindando con
el señor Andrés Miranda Morales, el segundo con una distancia de
diez punto cincuenta metros, el tercero con una distancia de vein-
tinueve punto treinta metros colindando en estos dos rumbos con
propiedad de la titulante, llegando así al norponiente donde inició
la descripción. El inmueble aquí descrito lo valúa en la cantidad de
DOS MIL DOLARES AMERICANOS. El inmueble aquí descrito
lo adquirió por compraventa al señor Abelardo Sandoval.
Se avisa al público para los efectos de ley.
Alcaldía Municipal de San Pedro Perulapán, a los ocho días del
mes de noviembre del dos mil seis. MARIA JULIA VALENCIA,
ALCALDESA MUNICIPAL. Lic. NESTOR YOVANY LAINEZ
HUEZO, SECRETARIO MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. No. 1607-2
LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL DE SAN PE-
DRO PERULAPÁN, DEPARTAMENTO DE CUSCATLÁN. AL
PUBLICO,
HACE SABER: que a esta oficina se han presentado los seño-
res HECTOR DOMINGO ZEPEDA SANDOVAL, de veinticuatro
años de edad, estudiante, del domicilio de San Pedro Perulapán,
Departamento de Cuscatlán, portador de mi Documento Único de
Identidad Número un millón novecientos ochenta y cinco mil ocho-
cientos treinta y cuatro-siete y YENMIN ELIZABETH ZEPEDA
SANDOVAL, de veintidós años de edad, de oficios del hogar del
domicilio de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán,
portadora de mi Documento Único de Identidad Número cero un
millón trescientos cuarenta y nueve mil doscientos cuarenta y seis-
cero, solicitando se les extienda TITULO DE PROPIEDAD Y DO-
MINIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón
El Espino, de esta misma jurisdicción, de una extensión superficial
de CATORCE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PUNTO
OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, el cual tiene las
medidas y colindancias siguientes: AL PONIENTE: está formado
por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: tramo uno,
Norte cuarenta y seis grados treinta y cinco minutos treinta y seis
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segundos Este con una distancia de sesenta y tres punto cero un
metros, linda con los señores Juan Efigenio Morales, Tito Efigenio
Morales y Regina Vásquez de Morales, calle de por medio; AL
NORTE: está formado por diecisiete tramos con los siguientes
rumbos y distancias: tramo uno, Norte ochenta y tres grados cero
tres minutos cero cero segundos Este con una distancia de tres punto
cero tres metros, tramo dos, Sur cincuenta y nueve grados cuarenta
y nueve minutos treinta y cuatro segundos Este con una distancia
de diez punto noventa y cuatro metros, tramo tres, Sur cincuenta y
ocho grados dieciocho minutos cuarenta y tres segundos Este con
una distancia de siete punto ochenta y nueve metros, tramo cuatro,
sur sesenta y un grados cero cinco minutos catorce segundos Este
con una distancia de dieciséis punto trece metros, tramo cinco, Sur
cincuenta y ocho grados cuarenta y ocho minutos treinta y siete
segundos Este con una distancia de trece punto cero siete metros,
tramo seis, Sur treinta y siete grados treinta y nueve minutos die-
cisiete segundos Este con una distancia de catorce punto setenta
y siete metros, tramo siete, Sur treinta grados cincuenta minutos
diez segundo Este con una distancia de dos punto sesenta y nueve
metro, tramo ocho, Sur cuarenta y tres grados diecinueve minutos
catorce segundos Este con una distancia de dieciséis punto sesenta
y cinco metros, tramo nueve, Sur veintidós grados treinta y dos
minutos cuarenta y seis segundos Este con una distancia de cinco
punto cero seis metros, tramo diez, Sur setenta y tres grados quince
minutos cincuenta y cinco segundos Este con una distancia de nueve
punto treinta y un metros, tramo once, Sur cincuenta y cinco grados
once minutos cero nueve segundos Este con una distancia de ocho
punto treinta y dos metros, tramo doce, Sur cuarenta y nueve grados
cero cinco minutos veintiún segundos, Este con una distancia de
veintiséis punto cuarenta y nueve metros, tramo trece, Norte setenta
y un grados cincuenta y nueve minutos treinta segundos Este con
una distancia de doce punto setenta y tres metros, tramo catorce,
Norte sesenta y nueve grados veinticuatro minutos cincuenta y
cuatro segundos Este con una distancia de diez punto cuarenta y
dos metros, tramo quince, Norte ochenta y nueve grados cuarenta
minutos dieciséis segundos Este con una distancia de trece punto
setenta y dos metros, tramo dieciséis, Sur setenta y seis grados
veintiséis minutos cero nueve segundos Este con una distancia
de dieciocho punto ochenta y cinco metros, tramo diecisiete, Sur
setenta y tres grados treinta y siete minutos cuarenta y ocho segun-
dos, Este con una distancia de treinta y dos punto cuarenta y tres
metros, colindando con propiedad de los señores Felícito Morales
Morales, Timoteo Morales Morales y Fidel Argueta Mejía, cerco
de Izotes propio del terreno a titular; AL ORIENTE: está formado
por seis tramos, con los siguientes rumbos y distancias: tramo uno,
Sur veintitrés grados cincuenta y nueve minutos cuarenta y siete
segundos Oeste con una distancia de dieciséis punto sesenta y un
metros, tramo dos, Sur dieciocho grados veintinueve minutos cero
cinco segundos Oeste con una distancia de catorce punto ochenta
y tres metros, tramo tres, Sur veintitrés grados cuarenta minutos
cincuenta y tres segundos Oeste con una distancia de ocho punto
treinta y dos metros, tramo cuatro, Sur treinta y tres grados cero
seis minutos treinta y tres segundos Oeste con una distancia de
dieciséis punto noventa y tres metros, tramo cinco, Sur treinta y siete
grados cuarenta minutos cero seis segundos Oeste con una distancia
de once punto setenta y ocho metros, tramo seis, Sur cincuenta y
cuatro grados cero ocho minutos cero ocho segundos Oeste con una
distancia de diecisiete punto cero cero metros, colindando antes
con terrenos de Gonzalo Sandoval Vides, hoy de José Vásquez y
Armando Argueta, quebrada de por medio; AL SUR: está formado
por catorce tramos, con los siguientes rumbos y distancias: tramo
uno, Norte cuarenta y seis grados cero cinco minutos cuarenta y
tres segundos Oeste con una distancia de trece punto setenta me-
tros, tramos dos, Norte cuarenta y nueve grados cuarenta y cinco
minutos treinta y cinco segundos Oeste con una distancia de doce
punto cero cinco metros, tramo tres, Norte cincuenta y tres grados
cincuenta y cinco minutos veinticinco segundos Oeste con una
distancia de seis punto treinta y nueve metros, tramo cuatro, Norte
sesenta grados treinta minutos veinticuatro segundos Oeste con una
distancia de veintiocho punto cuarenta y siete metros, tramo cinco,
Norte sesenta y cinco grados once minutos cero tres segundos Oeste
con una distancia de veinte punto cuarenta y nueve metros, tramo
seis, Norte sesenta y un grados cero nueve minutos treinta y seis
segundos Oeste con una distancia de treinta y cinco punto treinta
y ocho metros, tramo siete, Norte sesenta y siete grados catorce
minutos veinte segundos Oeste con una distancia de cinco punto
cuarenta y tres metros, tramo ocho, Norte setenta y seis grados
cero un minutos trece segundos Oeste con una distancia de cator-
ce punto noventa y cuatro metros, tramo nueve, Norte setenta y
cinco grados treinta y cuatro minutos veintiocho segundos Oeste
con una distancia de veinticuatro punto sesenta y cuatro metros,
tramo diez, Norte sesenta y siete grados cuarenta y ocho minutos
cuarenta segundos Oeste con una distancia de diez punto cero
seis segundos Oeste con una distancia de quince punto sesenta y
dos metros, tramo doce, metros, tramo once, Norte sesenta y tres
grados treinta y dos minutos cincuenta y un Norte sesenta y cuatro
grados once minutos cuarenta segundos Oeste con una distancia
de veinticinco punto cincuenta y seis metros, tramo trece, Norte
diez grados cero dos minutos veintidós segundos Oeste con una
distancia de once punto cero nueve metros, tramo catorce, Norte
cero cuatro grados cero ocho minutos treinta y cinco segundos Oeste
con una distancia de doce punto sesenta y un metros, colindando
con los señores Timoteo Morales Morales cerco de Izote propio
del terreno a titular.- Así se llega al vértice Sur poniente donde se
inició la presente descripción, todos los colindantes son de este
mismo domicilio, por lo que deben ser citados en dichos inmueble.-
El predio descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas ni
derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con
ninguna otra persona. El inmueble aquí descrito lo adquirimos por
compraventa efectuada al señor Abelardo Sandoval, desde el año
de mil novecientos noventa y uno. El inmueble aquí descrito lo
valúan en la cantidad de DOS MIL DOLARES AMERICANOS.
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91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
Se avisa al público para efectos de ley.
En la ciudad de San Pedro Perulapán, a los seis días del mes
de noviembre del dos mil seis. MARIA JULIA VALENCIA, AL-
CALDESA MUNICIPAL. NESTOR YOVANY LAINEZ HUEZO,
SECRETARIO MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. No. 1608-2
TITULOS DE DOMINIO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIU-
DAD:
HACE SABER: Que a esta oficina se presentó la Licenciada
MIRNA YANET SALMERON CHÁVEZ, en su calidad de Procu-
radora Auxiliar del señor Procurador General de la República, en
representación de la señora ANA LIDIA PORTILLO DE SEGOVIA,
de sesenta y nueve años de edad, comerciante, de este domicilio,
con Documento Único de Identidad número cero un millón cua-
trocientos treinta y cuatro mil trescientos noventa y cinco - siete,
solicitando a favor de su representada Título de Dominio, de un
solar de Naturaleza Urbana situado en la Colonia Vía Satélite,
Avenida Utila, casa número veinticinco, Distrito y Departamento
de San Miguel, de la capacidad superficial de: SETECIENTOS
ONCE METROS SETENTA Y CINCO CENTÍMETROS, que mide
y linda AL ORIENTE, veintidós metros, con Demetrio Manzano,
muro de cemento de por medio; AL NORTE, en dos tiros, el pri-
mero de treinta metros con María Daniela Martínez, el segundo
de siete metros, muro de ladrillo propio; AL PONIENTE, en dos
tiros, el primero de diez metros, con Salvador Menjívar Coreas, y
el segundo de siete metros, colinda con María Daniela Martínez,
muro de ladrillo propio, y AL SUR: treinta y seis metros, con la
señora Teresa Adelina Coreas de Quintanilla, muro de cemento de
la colindante. En el inmueble antes descrito existe construcción.
No es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de
ajena pertenencia ni está en proindivisión con nadie, y lo adquirió
por compra venta de manera verbal, que le hizo al señor JOSÉ LINO
GAITAN CRUZ, mayor de edad, agricultor, de este domicilio,
en el año de mil novecientos ochenta, posesión que ha ejercido
por más de diez años continuos, la cual ha sido de forma quieta,
pacífica, pública e ininterrumpida; el inmueble anterior lo estima
en la cantidad de VEINTICINCO MIL COLONES EXACTOS; los
colindantes son de este domicilio.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los veinticuatro
días del mes de junio del año dos mil cinco. JOSE WILFREDO
SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. JOSE ANGEL
FERMAN ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. No. 1609-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL EN FUNCIONES
DE ESTA CIUDAD:
HACE SABER: Que a esta oficina se presentó la Licenciada
MIRNA YANET SALMERON CHAVEZ, en su calidad de Pro-
curadora Auxiliar del Señor Procurador General de la República
en representación del señor JOSE ALEJANDRO SEGOVIA, de
setenta y siete años de edad, albañil, de este domicilio, portador de
su Documento Único de Identidad numero: Cero cero cero dos dos
ocho uno siete guión nueve, solicitando a favor de su representado
Título de Dominio, de un solar de Naturaleza Urbana situado en
la Colonia Vía Satélite, Calle Utila, número veinticinco, de esta
ciudad, Distrito y Departamento de San Miguel, de la capacidad
superficial de: CIENTO OCHENTA METROS CUADRADOS,
que mide y linda AL ORIENTE, dieciocho metros, con Leandro
Portillo, muro de cemento del colindante; AL PONIENTE: die-
ciocho metros, con Eugenia Solórzano, poste de cemento propio;
AL NORTE: diez metros, con Eugenia Solórzano; y AL SUR: diez
metros, con Elías Mondragón, calle de por medio. En el inmueble
antes descrito existen construcciones de sistema mixto, y demás
servicios necesarios, no es dominante ni sirviente, no tiene cargas
ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión
con nadie, y lo adquirió por Compraventa de posesión material
que le hizo al señor PORFIRIO REYES, mayor de edad, agricultor
en pequeño, y de este domicilio, ante los Oficios Notariales del
Doctor Juan Ramón Montoya, el día treinta y uno de octubre de
mil novecientos noventa y nueve, posesión que ha ejercido por
más de diez años continuos, la cual ha sido de forma quieta, pací-
fica, pública e ininterrumpida; el inmueble anterior lo estima en
la cantidad de DIEZ MIL COLONES EXACTOS; los colindantes
son de este domicilio.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los veinticinco
días del mes de julio del año dos mil cinco. OLME REMBERTO
CONTRERAS, ALCALDE MUNICIPAL EN FUNCIONES. Lic.
JOSE ANGEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO MUNICI-
PAL.
Of. 3 v. alt. No. 1610-2
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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIAS DE HERENCIAS
DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas treinta
y tres minutos del día diez de noviembre del corriente año; se ha
declarado heredera definitiva ab-intestato con beneficio de inven-
tario a la señora MARIA MAGDALENA GONZALEZ VIUDA
DE ROMAN o MARIA MAGDALENA GONSALES o MARIA
ELENA GONZALEZ, en su calidad de cónyuge sobreviviente del
causante señor TRANSITO ROMAN, fallecido a las doce horas
quince minutos del día once de abril del año dos mil seis, en el
Hospital CECLISA de la ciudad de Ahuachapán, habiendo sido
su último domicilio el de la ciudad de Tacuba; y se ha conferido
definitivamente a la heredera declarada la administración y repre-
sentación de la sucesión.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de
Ley.
Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las catorce horas veinte
minutos del día veintiuno de noviembre del año dos mil seis.- Dr.
JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- INOCENTE
GRANILLO CASTELLON, SECRETARIO.
1 v. No. A029314
JOSE MANUEL ARUCHA GARRIZANO, Notario, de este domi-
cilio, con oficina ubicada en Colonia Médica, Avenida Dr. Emilio
Álvarez, Centro Profesional San Francisco, local número seis, de
esta ciudad, AL PUBLICO,
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario,
proveída a las quince horas del día uno de noviembre del presente
año, se ha declarado Heredera Definitiva Ab-Intestato con beneficio
de inventario del señor MIGUEL ANGEL MARTINEZ LOPEZ,
quien falleció en Calle a Guayabal, final Cantón Las Delicias,
contiguo a Caserío Los Marroquines, San Martín, a las diez horas
y treinta minutos del día nueve de septiembre de dos mil seis,
siendo su último domicilio la ciudad de Santa Tecla, a la señora
HERMINIA LOPEZ OLIVAR conocida por HERMINIA LOPEZ,
en su carácter de madre sobreviviente del causante, y se les confirió
a la Heredera la Administración y Representación Definitiva de la
Sucesión.
Librado en la oficina del Notario José Manuel Arucha Ga-
rrizano, en la ciudad de San Salvador, a los cinco días del mes de
noviembre de dos mil seis.
JOSE MANUEL ARUCHA GARRIZANO,
NOTARIO.
1 v. No. A029318
DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO
CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este tribu-
nal a las doce horas con cuarenta y cinco minutos del día uno de
noviembre de dos mil seis, se han declarado herederos definitivos
con beneficio de inventario a los señores MIRIAM CECILIA
ZAVALA HERNANDEZ, SANDRA DEL CARMEN ZAVALA
HERNANDEZ y el menor WILLIAM ALFREDO ZAVALA
HERNANDEZ, representado por su madre señora MERCEDES
HERNANDEZ GONZALEZ, de la herencia Intestada que dejó el
causante TACITO ZABALA conocido por TACITO ZAVALA,
quien falleció el día trece de mayo de dos mil cuatro, en la ciudad
de Los Ángeles, California, su último domicilio; todos en concepto
de hijos del de cujus. Confiéreseles a los herederos declarados la
administración y representación definitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las
quince horas del día veintisiete de noviembre de dos mil seis.-
Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO
DE LO CIVIL.- Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA,
SECRETARIO.
1 v. No. A029321
JAIME FRANCISCO ROMERO VENTURA, Notario, de este
domicilio, con oficina situada en Novena Calle Poniente número
3934, Colonia Escalón, San Salvador,
HACE CONSTAR: Que por resolución proveída a las 8 horas
del día 20 de Noviembre del año 2006, relacionada con las diligen-
cias de Aceptación de Herencia Intestada, que a su defunción dejó
MARIA HAYDEE ROSSELL VIUDA DE PROUS, quien también
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93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
fue conocida por MARIA HAYDEE ROSSELL DE PROUS, quien
falleció en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador,
a las 21 horas y 0 minutos del día 30 de Enero del año 2006, siendo
la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, su último
domicilio, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de
inventario, en partes iguales, la herencia intestada que a su defunción
dejó la expresada causante, de parte de las señoras: LIDIA DEL
CARMEN PROUS ROSSELL y MARIA MONTSERRAT PROUS
ROSSELL DE VASQUEZ en concepto de hijas de la expresada
causante y también como cesionarias de los derechos hereditarios
que les correspondían en esa sucesión a los señores FRANCISCO
ROSSELL MARIMON, LIDIA CONCEPCIÓN ROSSELL DE BI-
GUEUR y JOSE RAMON AUGUSTO ROSSELL MENÉNDEZ,
padre el primero y hermanos la segunda y el tercero respectivamente
de la expresada causante MARIA HAYDEE ROSSELL VIUDA
DE PROUS, quien también fue conocida por MARIA HAYDEE
ROSSELL DE PROUS. En consecuencia se les confiere a las here-
deras declaradas LA ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN
LEGAL DE DICHA SUCESIÓN EN FORMA DEFINITIVA, en
concepto de HEREDERAS INTESTADAS de la causante MA-
RIA HAYDEE ROSSELL VIUDA DE PROUS, quien también fue
conocida por MARIA HAYDEE ROSSELL DE PROUS y como
cesionarias de los derechos hereditarios que les correspondían en
esa sucesión a los señores FRANCISCO ROSSELL MARIMON,
LIDIA CONCEPCIÓN ROSSELL DE BIGUEUR y JOSE RAMON
AUGUSTO ROSSELL MENÉNDEZ, padre el primero y hermanos
la segunda y el tercero respectivamente de la expresada causante,
habiéndoseles conferido a las dos herederas ya mencionadas la
administración y representación definitiva de la sucesión, con las
facultades y restricciones legales.
LO QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO PUBLICO,
PARA EFECTOS DE LEY.
Librado en las oficinas del Notario, en la ciudad de San
Salvador, Departamento de San Salvador, a las ocho horas del día
veintiuno de noviembre del año dos mil seis.
JAIME FRANCISCO ROMERO VENTURA,
NOTARIO.
1 v. No. A029327
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO
DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL
PÚBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las
quince horas con cuarenta minutos de este día, se ha declarado
heredera abintestato y con beneficio de inventario de la herencia
intestada de los bienes que a su defunción acaecida, el día treinta
de abril de dos mil cuatro, en Ciudad Victoria, Departamento de
Cabañas, siendo el mismo lugar su último domicilio; dejó el señor
DANIEL GARCIA ESCALANTE, quien fue de setenta años de
edad, casado, jornalero, hijo de Guadalupe García y Jesús Escalante,
originario de Ciudad Victoria, Departamento de Cabañas; a la señora
MARIA SOCORRO HERNANDEZ DE GARCIA HOY VIUDA
DE GARCIA, en calidad de cónyuge del causante. Habiéndosele
conferido a la heredera la administración y representación DEFI-
NITIVA de la sucesión.
Lo que avisa al público para los demás efectos de ley.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a
los siete días del mes de noviembre de dos mil seis.- Lic. JOSE
ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA.- Br. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ,
SECRETARIO INTO.
1 v. No. A029333
JOSE CRUZ FUENTES REYES, Notario, de este domicilio, con
Despacho Notarial ubicado en Diecisiete Calle Poniente Número
Doscientos diez, Segunda Planta, Local Número Siete, en esta
ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario,
proveída en esta ciudad, a las quince horas del día uno de di-
ciembre del presente año, se ha declarado a la señora VANESSA
MAGDALENA MEJIA HERNANDEZ, Heredera Definitiva con
beneficio de Inventario de los bienes que a su defunción acaecida
en Calle Troncal del Norte, Kilómetro Nueve y medio, Jurisdicción
de Ciudad Delgado, el día veintiséis de abril de mil novecientos
noventa y uno, dejara el señor EUSEBIO MEJIA, conocido por
MERCEDES EUSEBIO MEJIA, en su concepto de Hija del Cau-
sante; habiéndosele conferido la Representación y Administración
Definitiva de la mencionada sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día
cuatro de diciembre del año dos mil seis.-
JOSE CRUZ FUENTES REYES,
NOTARIO.
1 v. No. A029343
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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN.
AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzga-do, a las nueve horas del día quince de abril, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA, y con beneficio de inventario, a la señorita FATIMA DEL ROSARIO SANCHEZ HERNANDEZ, la herencia que en forma intestada dejó el señor CATARINO SANCHEZ LAINEZ, quien fue de cincuenta y dos años de edad, soltero, agricultor en pequeño, hijo de Remigio Laínez y de Isidora Sánchez, originario de Meanguera, departamento de Morazán, quien falleció a las doce horas y treinta minutos del día treinta y uno de mayo de mil novecientos noventa y cinco, en el Cantón El Triunfo, jurisdicción de San Francis-co Gotera, departamento de Morazán, siendo ése su último domicilio, en concepto de hija del referido causante. Se ha conferido a la mencionada aceptante en la calidad expresada, la administración y representación DEFINITIVA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de Ley.
Juzgado Primero de Primera Instancia; San Francisco Gotera, a las nueve horas y treinta minutos del día quince de abril de dos mil cinco.- Licda. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º DE 1ª INSTANCIA. Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
1 v. No. A029345
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día treinta de noviembre del año dos mil seis, se ha declarado he-redera abintestato con beneficio de inventario a la señora MARIA ROSALIA PALACIOS DE MELENDEZ de los bienes que a su defunción dejó la causante señora ANGELA DEL CARMEN VIDAL ARGUETA o ANGELA DEL CARMEN VIDAL, quien fue de setenta años de edad, de oficios del hogar, soltera, fallecida el día diez de diciembre del año dos mil cinco, siendo su último domicilio el Municipio de San Vicente, departamento de San Vicente, como cesionaria del derecho hereditario que en la sucesión de la causante antes mencionada, le correspondía a la señora MARIA MAGDA-LENA VIDAL ARGUETA, en calidad de hermana de la referida causante. Confiéresele a la heredera declarada la administración y representación definitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las nueve horas cinco minutos del día treinta de noviembre del año dos mil seis.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRE-TARIO.
1 v. No. A029347
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas del
día treinta de Noviembre del corriente año, se ha declarado heredera
abintestato con beneficio de inventario de los bienes que a su defun-
ción dejó el señor RAIMUNDO CÁCERES o JOSÉ RAIMUNDO
CÁCERES o REYMUNDO CÁCERES o JOSÉ RAYMUNDO
CÁCERES, quien fue de ochenta años de edad, casado, sastre,
salvadoreño, fallecido el día dieciséis de noviembre de mil nove-
cientos noventa y nueve, en el Barrio El Calvario de la Villa de
Verapaz, de este Departamento, lugar de su último domicilio, a
la señora ROSA ADILIA CÁCERES LEIVA, en concepto de hija
del causante y como cesionaria del derecho hereditario que en la
sucesión le correspondía al señor José Elías Cáceres Leiva, como
hijo de la causante y se le ha conferido a la heredera declarada la
administración y representación definitivas de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los treinta
días del mes de Noviembre del año dos mil seis.- Dra. ANA
FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN
MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
1 v. No. A029355
JOSE LEONIDAS QUIJADA GONZALEZ, Notario, de este domi-
cilio, con Oficina establecida en: Colonia Libertad, Edificio “B”,
número: Trece, Primera Planta, San Salvador, al público para los
efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario,
proveída a las diez horas del día veintinueve de noviembre de dos
mil seis, se ha Declarado Heredero con Beneficio de Inventario de
la Herencia Testamentaria por Legado, que a su defunción ocurrida
en esta ciudad, su último domicilio, a las dieciséis horas del día
veinticuatro de mayo de mil novecientos noventa y nueve, dejó la
señora Aracely Azucena Mata de Astacio, conocida por: Aracely
Azucena de Astacio, de parte de JUAN JOSE ASTACIO AZUCE-
NA, en su concepto de Heredero Testamentario por Legado de la
causante, confiérase al Heredero Declarado, la Administración y
Representación Definitiva de la Sucesión en su concepto.
Librado en las Oficinas del Notario: José Leonidas Quijada
González, en la ciudad de San Salvador, a los cuatro días del mes
de diciembre de dos mil seis.
JOSE LEONIDAS QUIJADA GONZALEZ,
NOTARIO.
1 v. No. A029357
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95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
GUILLERMO ANTONIO PRADO PINEL, Notario, de este domi-
cilio, con oficina situada en la Quinta Calle Poniente número tres
mil setecientos setenta y ocho, Colonia Escalón, de esta ciudad.
AL PUBLICO, para los efectos legales,
HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito
Notario, de las once horas de este día, en las diligencias de Acep-
tación de Herencia, seguidas ante mis oficios Notariales, se ha
declarado herederos definitivos a los señores RAÚL RICARDO
CHICAS PINEDA, JOSÉ RICARDO CHICAS ORELLANA, y ELE-
NA YASMÍN CHICAS ORELLANA, con beneficio de inventario
de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIA
ELENA ORELLANA DE CHICAS, fallecida el día diecinueve de
julio del año dos mil seis, en esta ciudad, en su concepto de esposo
e hijos de la referida causante, habiéndoseles conferido a los he-
rederos declarados, la administración y representación definitivas
de la sucesión.
Librado en las oficinas del suscrito Notario, en la ciudad de
San Salvador, a las dieciséis horas del día veintisiete de noviembre
del año dos mil seis.
GUILLERMO ANTONIO PRADO PINEL,
NOTARIO.
1 v. No. A029367
JORGE ALBERTO MARMOL MENDEZ, Notario, de este do-
micilio, con oficina profesional ubicada en Cuarta Calle Oriente
Número Dieciocho, de esta ciudad, AL PUBLICO,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario,
proveída a las quince horas diez minutos del día uno de diciem-
bre del presente año, se ha declarado al señor JUAN ALBERTO
PORTILLO ZAMORA, Heredero Definitivo Intestado con Bene-
ficio de Inventario de los bienes que a su defunción ocurrida en
Caserío Las Isletas, Cantón Las Peñas, Jurisdicción de La Reina,
Departamento de Chalatenango, a las seis horas del día diez de
octubre de mil novecientos ochenta y nueve, siendo esa ciudad,
su último domicilio, dejara el señor BALBINO CARDOZA cono-
cido por BALBINO CARDOZA MIRANDA, en su concepto de
cesionario del Derecho Hereditario de los señores MARIA DEL
CARMEN CARDOZA DE GUILLEN, REINA DE LOS ANGE-
LES CARDOZA LANDAVERDE, FECILIANA CARDOZA DE
HUEZO y CLEOTILDE CARDOZA DE HUEZO, quienes son hijos
legítimos sobreviviente del de CUJUS, habiéndosele concedido la
representación y administración definitiva intestada de la referida
sucesión.
Librado en la ciudad de Aguilares, a un día del mes de di-
ciembre del año dos mil seis.
Lic. JORGE ALBERTO MARMOL MENDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. A029368
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CI-
VIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO
PARA LOS EFECTOS DE LEY,
AVISA: que por resolución de este Juzgado, de fecha catorce
horas veinte minutos de este día, se ha declarado HEREDERA DE-
FINITIVA, con beneficio de inventario, a la señora ELBA ISABEL
BURGOS Hoy Viuda DE REYES, de la sucesión intestada que a
su defunción dejó el causante, señor MARIO ERNESTO REYES
MENENDEZ, quien fue de cincuenta y nueve años de edad, Zapa-
tero, y falleció el día diez de marzo de dos mil cinco, en Barranca
Honda, Cantón Los Magueyes, jurisdicción de Ahuachapán, siendo
esta ciudad, el lugar de su último domicilio.
La heredera declarada es cónyuge sobreviviente del susodi-
cho causante; y en ese carácter se le confiere la administración y
representación definitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las
quince horas veinte minutos del día nueve de noviembre de dos
mil seis. Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL. Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRE-
TARIA.
1 v. No. A029383
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.
AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las
once horas cuarenta y un minutos del día veintitrés de noviembre
de dos mil seis. Se ha DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO
ABINTESTATO, con beneficio de inventario, al señor JUAN CAR-
LOS HERRERA HERRERA, en su concepto de hijo del causante
HENRI OVIDIO HERRERA o HENRY OVIDIO HERRERA, quien
fue de cuarenta años de edad, mecánico, soltero, fallecido a las
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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
dieciocho horas del día veintidós de diciembre de mil novecientos
ochenta y ocho, en la Colonia Casa Blanca de esta ciudad, siendo
su último domicilio la ciudad de Chalchuapa; a quien se le ha
conferido la Administración y Representación DEFINITIVA de
la Sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las nueve
horas treinta y dos minutos del día veintisiete de noviembre de dos
mil seis. Lic. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ
DE LO CIVIL. Lic. HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ,
SECRETARIO.
1 v. No. A029389
GILMA DARLENE ARÉVALO SORIANO, Jueza Suplente de
Primera Instancia, de este Distrito Judicial: AL PUBLICO: para
los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal,
a las ocho horas y cuarenta y seis minutos del día seis de octubre
de dos mil seis. DECLARESE HEREDERA DEFINITIVA Y CON
BENEFICIO DE INVENTARIO LA HERENCIA INTESTADA,
que a su defunción ocurrida el día dieciocho de enero de dos mil
cuatro, siendo éste su último domicilio, en Barrio El Calvario de
Santo Domingo, Departamento de San Vicente, que dejó la causante
AGUSTINA FLORES, conocida por ERNESTINA FLORES, de
parte de la heredera declarada DORA ALICIA FLORES, en concepto
de hija. Confiérase a la aceptante la administración y representa-
ción DEFINITIVA de la sucesión con facultades y restricciones
de ley.
Fíjense y publíquense los edictos de ley.
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San
Sebastián, departamento de San Vicente, a las nueve horas del día seis
de octubre de dos mil seis. Licda. GILMA DARLENE AREVALO
SORIANO, JUEZA SUPLENTE DE PRIMERA INSTANCIA. Br.
BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA.
1 v. No. A029391
SALVADOR IRAHETA ROMERO, Notario, de este domicilio,
con Oficina Notarial situada en Once Calle Oriente número Ciento
Cuarenta y Tres, Edificio Victoria, de esta ciudad, al público,
HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve
horas del día treinta de noviembre del presente año, se ha tenido
por aceptada expresamente con beneficio de Inventario en las dili-
gencias de Aceptación de Herencia de los bienes que a su defunción
dejó el señor JUAN ANTONIO CACERES, quien fue de sesenta y
cuatro años de edad, Empleado, del domicilio de Ilopango, ha sido
declarada Heredera Definitiva con beneficio de inventario en la
sucesión Intestada del mencionado causante a la señora ISABEL
DE LEON DE CACERES, en su calidad de cónyuge sobreviviente
del referido causante, y se le confiere la Administración y Repre-
sentación DEFINITIVA de la mencionada sucesión.
Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguien-
tes.
San Salvador, dos de diciembre del año dos mil seis.
Dr. SALVADOR IRAHETA ROMERO,
NOTARIO.
1 v. No. A029402
SALVADOR IRAHETA ROMERO, Notario, de este domicilio,
con Oficina Notarial situada en Once Calle Oriente número Ciento
Cuarenta y Tres, Edificio Victoria, de esta ciudad, al público,
HACE SABER: Que por resolución proveída a las once horas
del día treinta de noviembre del presente año, se ha tenido por acep-
tada expresamente con beneficio de Inventario en las diligencias de
Aceptación de Herencia de los bienes que a su defunción dejó el señor
MATILDE ALONSO HENRIQUEZ, conocido por LUIS ALONSO
HENRIQUEZ y por LUIS ALONSO HENRIQUEZ HENRIQUEZ,
quien fue de sesenta y dos años de edad, Jornalero, del domicilio
de Colón, La Libertad, han sido declaradas Herederas Definitivas
con beneficio de inventario en la sucesión Intestada del mencionado
causante a las señoras CRUZ ELIZABETH MENJIVAR CHICAS,
conocida por CRUZ ELIZABETH MENJIVAR HENRIQUEZ;
BLANCA LILIAN MENJIVAR HENRIQUEZ; y ESPERANZA
DEL CARMEN MENJIVAR HENRIQUEZ, en su calidad de hijas
sobrevivientes del referido causante, y se les confiere la Administra-
ción y Representación DEFINITIVA de la mencionada sucesión.
Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguien-
tes.
San Salvador, dos de diciembre del año dos mil seis.
Dr. SALVADOR IRAHETA ROMERO,
NOTARIO.
1 v. No. A029403
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97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO,
AVISA: Que por resolución proveída en este Tribunal a las diez
horas y treinta minutos de este día, se ha declarado, de la sucesión
que a su defunción dejó la causante ROSA ANGELICA CORTEZ
CAMPOS o ROSA ANGELICA CORTEZ o ROSA ANGELICA
CORTEZ DE LINARES, quien a su deceso fue de cincuenta y nueve
años de edad, fallecida en California, de los Estados Unidos de
América, el día treinta de octubre de dos mil cuatro, habiendo sido
su último domicilio la ciudad de Texistepeque, de este Departamen-
to, heredero definitivo abintestato, con beneficio de inventario, al
señor JULIO ANTONIO ZECEÑA LINARES o JULIO ANTONIO
LINARES ZECEÑA o JULIO ANTONIO LINARES, en su calidad
de cónyuge sobreviviente de la referida causante; y en ese carácter
se le confiere la administración y representación definitiva de la
sucesión.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL:
Santa Ana, a las once horas del día veintitrés de noviembre de dos
mil seis. Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL. Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRE-
TARIA.
1 v. No. A029404
ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE ARMENIA.
HACE SABER: Que a las doce horas con veinticinco minutos
de este día, se emitió resolución en la cual se tuvo por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que
a su defunción dejó el señor OSCAR WILVER VALLE u OSCAR
WILBER VALLE CUBIAS, quien falleció el día veintitrés de agosto
del año dos mil cinco, en el Cantón “El Almendro”, Jurisdicción
de Sonzacate de este Departamento, siendo esta ciudad lugar de su
último domicilio; de parte de los señores BLANCA ELENA NO-
CHES DE VALLE, GEYMI LISVET VALLE NOCHES y WILBER
MISAEL VALLE NOCHEZ, la primera en su calidad de cónyuge
sobreviviente y los restantes en su calidad hijos sobrevivientes del
causante.
SE LES HA CONFERIDO A LOS HEREDEROS DECLARA-
DOS EN EL CONCEPTO INDICADO, LA ADMINISTRACION
Y REPRESENTACION DEFINITIVAS DE LA SUCESION.
Lo que se avisa al público en general para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de
Armenia, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos
mil seis. Lic. ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ
MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. RAFAEL
ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.
1 v. No. A029421
VICTOR EFRAIN ESCALANTE CAMPOS, Notario, con oficina
en carretera a Planes de Renderos, Kilómetro Ocho y medio, casa
número siete, San Salvador; AL PUBLICO,
HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas
del día treinta de noviembre del corriente año, ha sido declarada
HEREDERA DEFINITIVA, la señora JULIA AMPARO MARI-
NERO, de la herencia intestada dejada a su defunción ocurrida en
la ciudad de Verapaz, Departamento de San Vicente, a las ocho
horas y treinta minutos del día diecisiete de septiembre del año dos
mil seis, por la causante FRANCISCA OFELIA MARINERO DE
MENJIVAR, conocida por OFELIA MARINERO, en su concepto
de hija y como cesionaria de los derechos hereditarios que le co-
rrespondían al señor Gregorio Albero Menjívar, éste en concepto
de cónyuge sobreviviente de la causante. Habiéndosele conferido
la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión,
con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia
Yacente.
Lo que se avisa para los efectos de Ley.
Librado en San Salvador, a los tres días del mes de diciembre
del año dos mil seis.
Lic. VICTOR EFRAIN ESCALANTE CAMPOS,
NOTARIO.
1 v. No. A029434
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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-
TO JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY
AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a
las doce horas de este día, se ha declarado heredero definitivo
con beneficio de inventario en la herencia testamentaria que a su
defunción dejó la causante CRISTINA HIDALGO DE MORENO,
fallecida el día diez de febrero del corriente año, en el Hospital
Nacional Alvarenga, de esta ciudad, siendo su último domicilio
esta ciudad, al menor ROMMEL ERNESTO CAMPOS ARCE o
ROMEL ERNESTO CAMPOS ARCE, representado legalmente por
los señores DOUGLAS ERNESTO CAMPOS GARCÍA y ELBA
FELICITA ARCE DE CAMPOS; en su calidad de heredero testa-
mentario de la referida causante.- Confiérase al heredero declarado
la administración y representación definitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las catorce
horas y treinta minutos del día dieciséis de octubre del año dos mil
seis.- Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic.
JOSÉ ORLANDO BELTRÁN MEJÍA, SECRETARIO.
1 v. No. A029436
MARIA ADELA LÓPEZ GUARDADO, Notario, de este domicilio,
con Oficina Profesional, ubicada en la Diecisiete Calle Poniente,
Número Doscientos Diez, Edificio “GZG” Local Número Uno,
Centro de Gobierno, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario,
proveída a las doce horas del día cinco del dos mil seis, se ha decla-
rado a la señora MARCOS FABIÁN DE SÁNCHEZ, HEREDERA
DEFINITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO de la Herencia
Intestada que a su defunción ocurrida en el Cantón Cuapa, en Santo
Tomás, de este Departamento, su último domicilio, el día veintidós
de junio del año dos mil seis; dejara el señor INÉS SÁNCHEZ
CAMPOS; en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante;
habiéndole concedido LA REPRESENTACIÓN Y ADMINISTRA-
CIÓN DEFINITIVA DE LA REFERIDA SUCESIÓN.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en San Salvador, a los días seis de diciembre del año
dos mil seis.
MARIA ADELA LÓPEZ GUARDADO,
NOTARIO.
1 v. No. A029445
JUAN MIGUEL PINEDA PÉREZ, Notario, de este domicilio,
AVISA: Que mediante resolución proveída a las trece horas
del día treinta de noviembre del presente año, en las diligencias de
aceptación de herencia seguida ante los oficios del suscrito notario,
en base a la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria
y de Otras Diligencias, se han declarado herederos con beneficio
de inventario y conferido la administración y representación defi-
nitiva de la sucesión a los señores CARLOS ALFREDO BONILLA
URBINA y ANA LILIAN URBINA hoy viuda de BONILLA, en su
concepto de hijo y esposa del causante señor CARLOS ANTONIO
BONILLA CASTRO, conocido por CARLOS ANTONIO CASTRO
BONILLA, en la herencia que a su defunción ocurrida en esta
ciudad, siendo la ciudad de Soyapango, su último domicilio, el día
dieciséis de octubre del año dos mil tres, dejó el señor CARLOS
ANTONIO BONILLA CASTRO, conocido por CARLOS ANTONIO
CASTRO BONILLA, de treinta y siete años de edad, Empleado,
Casado, Salvadoreño, y del domicilio de Soyapango; lo que avisa
al público para los efectos de Ley.
Librado en la oficina del suscrito notario, situadas en Con-
dominio Héroes Norte, Edificio A, local número 2-03, Boulevard
de los Héroes, en esta ciudad. San Salvador, al primer día del mes
de diciembre del año dos mil seis.
JUAN MIGUEL PINEDA PÉREZ,
NOTARIO.
1 v. No. A029449
LICENCIADA ANA ELSY MENDOZA AMAYA, Juez Segundo
de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para
efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y cinco
minutos del día ocho de noviembre del corriente año, SE HA DE-
CLARADO HEREDERO EN FORMA DEFINITIVA CON BENE-
FICIO DE INVENTARIO, DE LA HERENCIA INTESTADA que a
su defunción dejó la señora MARIA HORTENCIA HERNÁNDEZ,
conocida por ORTENCIA HERNÁNDEZ, al señor JOSÉ SANTOS
HERNÁNDEZ, por derecho propio como hijo de la mencionada
causante, la causante MARIA HORTENCIA HERNÁNDEZ, cono-
cida por ORTENCIA HERNÁNDEZ, a la fecha de su fallecimiento
fue de cincuenta y cinco años de edad, de Oficios domésticos, ori-
ginaria y del domicilio de Yoloaiquín, hija de Petrona Hernández;
FALLECIÓ a las doce horas con trece minutos del día nueve de
septiembre de mil novecientos noventa y cinco, en Yoloaiquín,
siendo esta misma población lugar de su último domicilio. Se le
confirió al heredero antes mencionado y en la forma establecida
la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVA DE
LA SUCESIÓN.
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99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San
Francisco Gotera, a las once horas y veinte minutos del día trece
de noviembre de dos mil seis.- Licda. ANA ELSY MENDOZA
AMAYA, JUEZ SUPLENTE 2º DE 1ª INSTANCIA.- Licda. ROSA
ERMELINDA GUTIÉRREZ SÁNCHEZ, SECRETARIA.
1 v. No. C003740
JOSÉ FIDEL MELÉNDEZ GUERRA, Notario, del domicilio de
Ilobasco, Departamento de Cabañas, con oficina ubicada en Tercera
Avenida Norte número tres, Barrio San Sebastián de la ciudad de
Ilobasco, Departamento de Cabañas,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario,
proveída a las ocho horas treinta minutos del día cuatro de di-
ciembre de dos mil seis, se han declarado herederos definitivos
con beneficio de inventario de la Herencia Testamentaria que a su
defunción dejó el señor ANDRÉS HERNÁNDEZ PEÑA conocido
por ANDRÉS HERNÁNDEZ, quien falleció a las seis horas el día
diecisiete de noviembre de dos mil cinco, en el Barrio San Sebastián
de la ciudad de Ilobasco, Departamento de Cabañas, de parte de
los señores GUADALUPE HERNÁNDEZ NAVARRO, CITO AN-
DRÉS HERNÁNDEZ NAVARRO, ANA RUTH HERNÁNDEZ DE
BENAVIDES o ANA RUTH HERNÁNDEZ NAVARRO, BLANCA
MARGARITA HERNÁNDEZ NAVARRO, RAMÓN ARÍSTIDES
HERNÁNDEZ NAVARRO y MAURA ELVIRA HERNÁNDEZ
NAVARRO, en concepto de Herederos Testamentarios, y se les
ha conferido la administración y representación definitiva de la
referida sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos
de ley.
Librado en la ciudad de Ilobasco, a los cinco días del mes de
diciembre de dos mil seis.
JOSÉ FIDEL MELÉNDEZ GUERRA,
NOTARIO.
1 v. No. C003753
El suscrito Notario, para los efectos de Ley, al público
HACE SABER: Que por resolución promovida por el suscrito
notario, en esta ciudad, a las nueve horas del día ocho de septiembre
del año dos mil cinco, se ha declarado al señor SAÚL ENRIQUE
RODRÍGUEZ CHICAS, heredero beneficiario, de los bienes que
a su defunción dejó la causante NATIVIDAD DEL ROSARIO
CHICAS o NATIVIDAD DEL ROSARIO AYALA, quien fue de
sesenta y un años de edad, de Oficios Domésticos, soltera, Origi-
naria de San Luis Talpa, su último domicilio, Salvadoreña, quien
falleció el día veinticuatro de marzo de mil novecientos noventa
y ocho, en el Hospital Rosales de San Salvador en su calidad de
cesionario del DERECHO HEREDITARIO EN ABSTRACTO que
en tal sucesión intestada le correspondía a José Benjamín Chicas
Durán, hijo de la antes mencionada causante. CONFIÉRESE al
heredero que se declara la administración y representación definitiva
de esa sucesión intestada.
Zacatecoluca, veinte de septiembre del año dos mil cinco.
Lic. AGUSTÍN ARTURO ORELLANA LIÉVANO,
NOTARIO.
1 v. No. C003767
El suscrito Notario, para los efectos de Ley, al público
HACE SABER: Que por resolución promovida por el suscrito
notario, en esta ciudad, a las nueve horas del día ocho de septiembre
del año dos mil cinco, se declaró al señor LUIS HERNÁNDEZ
LUCERO, heredero beneficiario de los bienes que a su defunción
dejó el causante LUIS HERNÁNDEZ o LUIS HERNÁNDEZ
LÓPEZ, quien fue de cincuenta y siete años de edad, Jornalero,
Originario de Santiago Nonualco, Departamento de La Paz, su último
domicilio, Salvadoreño, hijo de Prudencio Hernández y María de
la O López, y nació en el cantón San Antonio Abajo, jurisdicción
de Santiago Nonualco, el día cinco de agosto de mil novecientos
noventa y ocho en su calidad de hijo legítimo sobreviviente de tal
causante. CONFIÉRESE al heredero declarado, la administración
y representación definitiva de esa sucesión.
Zacatecoluca, veinte de septiembre del año dos mil cinco.
Lic. AGUSTÍN ARTURO ORELLANA LIÉVANO,
NOTARIO.
1 v. No. C003768
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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
El suscrito Notario, para los efectos de Ley, al público
HACE SABER: Que por resolución promovida por el suscrito
notario, en esta ciudad, a las nueve horas del día ocho de septiem-
bre del año dos mil cinco, se ha declarado a la señora CARMELA
VILLALTA DE ROMERO, heredera beneficiaria, de los bienes
que a su defunción dejó el causante CARLOS ROMERO conoci-
do por CARLOS VÁSQUEZ ROMERO, quien fue de cuarenta y
nueve años de edad, Hojalatero, Casado, Salvadoreño, Originario
de Berlín, habiendo sido Zacatecoluca su último domicilio, hijo de
Teodoro Vásquez García y de Emilia Romero, y falleció el siete
de febrero del año dos mil cuatro, en el Cantón El Espino Debajo
de esta jurisdicción, Departamento de La Paz, en su calidad de
cónyuge sobreviviente de tal causante. CONFIÉRESE a la heredera
declarada, la administración y representación definitiva de esa
sucesión. En su calidad y expresada de tal causante.
Zacatecoluca, veinte de septiembre del año dos mil cinco.
Lic. AGUSTÍN ARTURO ORELLANA LIÉVANO,
NOTARIO.
1 v. No. C003769
ACEPTACIÓN DE HERENCIAS
JOAQUÍN ENRIQUE RIVERA LARIOS, Notario, de este do-
micilio,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito proveída a
las diez horas del día tres de diciembre del presente año, se ha
tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
herencia testamentaria que a su defunción, ocurrida en Tejutepeque,
departamento de Cabañas, el día tres de septiembre del presente
año, dejó la señora LUCÍA CONCEPCIÓN PEÑA VIUDA DE
IRAHETA conocida por LUCÍA PEÑA MARTELL, LUCÍA
PEÑA MARTEL y LUCÍA PEÑA, de parte de la señora MARINA
CONCEPCIÓN IRAHETA DE VARGAS, en sus calidad de única
y universal heredera de la causante y habiéndole conferido a la
aceptante la administración y representación interina de la sucesión
con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia
Yacente. Por lo que por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia para que se presenten a mi
oficina en Calle Francisco Menéndez No. 192, Barrio Candelaria,
San Salvador, dentro del término de quince días contados desde
el día siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los cuatro días del
mes de diciembre de dos mil seis.
Lic. JOAQUÍN ENRIQUE RIVERA LARIOS,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. A029307
JOSÉ OLIVERIO HENRÍQUEZ VELÁSQUEZ, Notario del domi-
cilio de la ciudad de San Miguel, con Oficina Profesional ubicada
en el Polígono C- uno Número veintidós, Calle Elizabeth, Colonia
Ciudad Real, San Miguel, AL PUBLICO.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario,
proveída a las once horas de este mismo día, mes y año en curso,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de in-
ventario, la herencia intestada que a su defunción, dejó el señor
LUCIANO AYALA CRUZ, ocurrida en el Cantón Río de Vargas,
Caserío El Tablón, Jurisdicción de Uluazapa, Departamento de San
Miguel, a las veintiuna horas y cuarenta minutos del día veintiuno
de agosto de dos mil tres, a consecuencia de un Edema Pulmonar,
sin asistencia médica, de parte de la señora ANA JULIA AYALA
GONZÁLEZ, en concepto de hija única del causante, y habiéndo-
se conferido la Administración y Representación de la sucesión,
con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se
crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la
mencionada oficina en el término de quince días, contados desde
el día siguiente a la última publicación del presente edicto.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la oficina del Notario Licenciado JOSÉ OLIVERIO
HENRÍQUEZ VELÁSQUEZ, en la ciudad de San Miguel, a las
quince horas del día cuatro de diciembre del dos mil seis.
Lic. JOSÉ OLIVERIO HENRÍQUEZ VELÁSQUEZ,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. A029340
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101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
ANA ÁNGELA ARIAS, Notario, de este domicilio con oficina en
Quinta Av. Norte, Edif. Moreno Tercera Planta local veintidós-A.
San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las once horas del
día treinta de noviembre de dos mil seis, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la herencia Intestada que
a su defunción ocurrida en esta ciudad, siendo su último domicilio
Concepción Quezaltepeque, Chalatenango, el día once de octubre
de dos mil seis, dejó el señor ANGEL ANTONIO POCASANGRE,
de parte de los señores María Vicenta Alvarado De Pocasangre,
María Del Carmen Pocasangre Alvarado de Mozo, Celina Guadalupe
Pocasangre de Fuentes, María Cruz Pocasangre Alvarado, Blanca
Virginia Pocasangre Alvarado, Agustín Reimundo Pocasangre
Alvarado conocido por Agustín Raimundo Pocasangre Alvarado,
Juan Antonio Pocasangre Alvarado y Ángel Wilfredo Pocasangre
Alvarado, la primera en calidad de Cónyuge sobreviviente y los
restantes en concepto de hijos, habiéndoseles conferido la Adminis-
tración y Representación interina de la sucesión con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en las oficinas de la suscrita Notaria, en San Salvador,
uno de diciembre de dos mil seis.
ANA ÁNGELA ARIAS,
NOTARIO.
1 v. No. A029359
KAREN LILIANA COTO ORANTES, Abogado y Notario, de
este domicilio, con oficina situada en Ochenta y siete Avenida
Norte, entre Primera y Tercera Calle Poniente, casa número ciento
cuarenta y siete, Colonia Escalón, de esta ciudad, al público para
los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de las siete horas treinta
y cinco minutos del día veinte de noviembre de dos mil seis, se ha
tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
de parte de la señorita JESSICA ISABEL VASQUEZ RIVERA
la herencia intestada que a su defunción dejó el causante Señor
JORGE ALBERTO VASQUEZ LANDAVERDE, quien fallecido
el día veintiséis de agosto de dos mil dos en el Hospital Médico
Quirúrgico del Seguro Social en la ciudad de San Salvador, siendo
su último domicilio el de Soyapango, departamento de San Salvador,
aceptación que hace en su carácter de Única y Universal Heredera,
del referido causante.- Y se ha conferido a la aceptante la adminis-
tración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Por lo anterior se cita a las personas que se crean con dere-
cho a la herencia, para que se presenten a esta oficina de notaría
a deducirlo en el término de quince días contados a partir del día
siguiente a la tercera publicación del presente edicto.-
Librado en San Salvador, a las siete horas del día cuatro de
diciembre de dos mil seis.-
LICENCIADA KAREN LILIANA COTO ORANTES,
NOTARIO.
1 v. No. A029400
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,
a las nueve horas y treinta y cinco minutos del día nueve de mayo
del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario, la herencia intestada dejada a su defun-
ción por el causante señor JOSE ROBERTO UMAÑA MOLINA,
conocido por JOSE ROBERTO UMAÑA, ocurrida el día treinta
de septiembre del año recién pasado, en esta ciudad, lugar de
su último domicilio, de parte del señor ESTEBAN ERNESTO
UMAÑA ZAVALETA, en su calidad de hijo de dicho causante; y
se ha conferido al aceptante, la administración y la representación
interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.-
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce
horas cinco minutos del día dieciocho de mayo de dos mil seis.
LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR.
KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.
1 v. No. A029410
MARLON GRANADOS PINTO, Notario, de este domicilio, con
oficina ubicada en esta ciudad en Condominio Jardín, Apartamento
número dieciocho, calle Aurora número doscientos ocho, colonia
Buenos Aires,
HAGO SABER: Que por resolución del suscrito Notario,
proveída a las nueve horas del día veintiocho de noviembre del
corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor
VICENTE SEGURA HERNÁNDEZ, quien falleció el día veintidós
de diciembre de dos mil cuatro, siendo su último domicilio el de
la ciudad de Cuscatancingo, de este departamento, de parte de la
señora MARÍA HILDA GONZÁLEZ DE SEGURA, ahora MARÍA
HILDA GONZÁLEZ viuda de SEGURA, quien además es conocida
por HILDA MARTÍNEZ, y por MARÍA HILDA GONZÁLEZ, en
su concepto de cónyuge sobreviviente del causante, con las facul-
tades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En
consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con
derecho en la referida sucesión, para que se presenten a la referida
oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente
al de la última publicación de este edicto.
Librado en la ciudad de San Salvador, a las diez horas de día
veintiocho de noviembre de dos mil seis.
MARLON GRANADOS PINTO.
NOTARIO.
1 v. No. A029424
MAGDALENA BOLAÑOS HERNANDEZ, Notario, de este do-
micilio, con oficina Jurídica ubicada en Boulevard Tutunichapa,
Edificio Tutunichapa tercera planta número treinta y seis, en esta
Ciudad.
HACE SABER: que por resolución de la Suscrita Notario,
proveída a las ocho hora, del día cinco de diciembre de dos mil
seis se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en el
Cantón El Llano, Jurisdicción de San Luis La Herradura, La Paz,
dejó el señor ANTONIO NICOMEDES ABARCA conocido por
ANTONIO NICOMEDES ABARCA DURAN y por NICOMEDES
ANTONIO ABARCA de parte de la señora MARIA NICOLASA
BARRERA conocida por MARIA NICOLASA BARRERA DE
ABARCA, NICOLASA BARRERA DE ABARCA y por NICOLASA
BARRERA, en su concepto de cónyuge del causante, habiéndose
conferido la administración y representación de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la herencia, para que se presenten a la oficina en
el término de quince días, contados desde el siguiente a la última
publicación del presente edicto.
Librado en la oficina de la Notario, MAGDALENA BOLAÑOS
HERNANDEZ. En la Ciudad de San Salvador, a las nueve horas
del día cinco de diciembre del año dos mil seis.
LICDA. MAGDALENA BOLAÑOS HERNANDEZ,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. A029431
LICENCIADO: EFRAIN OLANO RUIZ, Notario, con Oficina
situada en Sexta Avenida Sur, Residencial El Cordovéz, local
once. Sonsonate, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día
catorce de Agosto del año dos mil seis, se ha declarado al señor
PEDRO ANTONIO PORTILLO, Heredero Interino Abintestato, en
su calidad de Hijo sobreviviente, del causante señor JUAN JOSE
PORTILLO HERNANDEZ, fallecido el tres de Mayo del dos mil
seis, en Santa Isabel Ishuatán, Departamento de Sonsonate, su
último domicilio, confiérasele al Aceptante la administración y
representación Interina de la sucesión.
Librado en la Oficina del Notario EFRAIN OLANO RUIZ.
Sonsonate, veintiocho de Agosto del año dos mil seis.
LIC. EFRAIN OLANO RUIZ,
NOTARIO.
1 v. No. A029444
LIDIA GLADYS ROSALES FUENTES, Notario, de este domicilio,
con oficina ubicada en Avenida Hermanos Marín, Casa número
uno Bis, San Martín, San Salvador,
HACE SABER: que por resolución de la suscrita notario,
proveída a las diez horas del día diez de noviembre del año dos
mil seis, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario, la HERENCIA TESTADA que a su defunción ocu-
rrida el dos de Junio del año dos mil cuatro, que dejó el causante
VICTORINO ESCOBAR VASQUEZ, de parte de los señores
BLANCA MIRIAN ESCOBAR ORELLANA y NICOLAS ES-
COBAR GOMEZ, en su concepto de hijos del referido causante,
habiéndose conferido la Administración y Representación Interina
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103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
de la Sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores
de la herencia Yacente; en consecuencia se CITA por este medio
a todos los que se crean con derecho a la referida herencia para
que se presenten a la referida Oficina en el término de quince días
contados desde la última publicación del presente edicto.
Librado en la Oficina de la Notario LIDIA GLADYS RO-
SALES FUENTES, en la ciudad de San Salvador, a los trece días
del mes de noviembre del año dos mil seis.
LIC. LIDIA GLADYS ROSALES FUENTES,
NOTARIO.
1 v. No. A029451
AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO, Notario, de este
domicilio, con oficina Jurídica ubicada en la Avenida Juan Manuel
Rodríguez, número diecisiete, de esta ciudad.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, dada
en Zacatecoluca, a las ocho horas del día siete de octubre del co-
rriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario de parte del señor MIGUEL ANGEL VASQUEZ o
MIGUEL ANGEL VASQUEZ JIRON, la herencia intestada, que
a su defunción dejó la causante María Lina Girón de Vásquez o
Abelina Jirón o María Lina Girón viuda de Vásquez, quien falleció
el veinticinco de noviembre de mil novecientos ochenta y cinco,
en el Cantón Penitente Arriba, jurisdicción de Zacatecoluca, De-
partamento de La Paz, en calidad de hijo de dicha causante, y se
le ha conferido al aceptante, la administración y representación
interinas de tal sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
En la ciudad de Zacatecoluca, a los veintinueve días del mes
de octubre del año dos mil seis.
LIC. AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO,
NOTARIO.
1 v. No. C003761
AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO, Notario, de este
domicilio, con oficina Jurídica ubicada en la Avenida Juan Manuel
Rodríguez, número diecisiete, de esta ciudad.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, dada
en Zacatecoluca, a las ocho horas con treinta minutos del día treinta
y uno de octubre del año dos mil seis, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, de parte del señor
MARTIN DE LOS ANGELES MEJIA AGUILAR o MARTIN DE
LOS ANGELES MEJIA, la herencia intestada, que a su defunción
dejó el causante MARTIN MEJIA, quien fue de cincuenta y dos
años de edad, jornalero, casado, salvadoreño, originario de San
Vicente, Departamento de San Vicente, habiendo sido Tecoluca,
su último domicilio, hijo de Teodoro Hernández y Máxima Mejía,
y falleció en Tecoluca, el cinco de diciembre de mil novecientos
noventa y dos, en su calidad de hijo sobreviviente de dicho causante
y se le ha conferido al aceptante la administración y representación
interinas de tal sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
Zacatecoluca, uno de noviembre del año dos mil seis.
LIC. AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO,
NOTARIO.
1 v. No. C003762
AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO, Notario, de este
domicilio, con oficina Jurídica ubicada en la Avenida Juan Manuel
Rodríguez, número diecisiete, de esta ciudad.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, dada
en Zacatecoluca, a las ocho horas del día cinco de marzo del co-
rriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario de parte del señor PASTOR CERON, la herencia
intestada, que a su defunción dejó el causante Paz Cerón Santana
o Paz Cerón, quien falleció el veintiocho de octubre del año dos
mil tres, en el Barrio El Calvario de Tapalhuaca, Departamento de
La Paz, habiendo sido Tapalhuaca su último domicilio, en calidad
de hijo de dicho causante, y se le ha conferido a la aceptante, la
administración y representación interinas de tal sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacen-
te.
En la ciudad de Zacatecoluca, a los cinco días del mes de
abril del año dos mil seis.
LIC. AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO,
NOTARIO.
1 v. No. C003763
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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
AGUSTÍN ARTURO ORELLANA LIEVANO, NOTARIO, de este
domicilio, con oficina Notarial ubicada en la Avenida Juan Manuel
Rodríguez, Número Diecisiete de Zacatecoluca.
HACE SABER: Que por resolución del presente Notario,
dada en Zacatecoluca, a las nueve horas y quince minutos del día
diez de septiembre del presente año, se ha tenido por aceptada,
expresamente y con beneficio de inventario, de parte de la señora
TRANSITO FLORES, la Herencia intestada; que a su defunción
dejó el causante TRANSITO FLORES, quien falleció a los doce
días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y cinco,
en el Cantón El Chile, de la jurisdicción de San Juan Nonualco,
Departamento de La Paz, habiendo sido San Juan Nonualco, su
último domicilio, en su calidad de hija de dicho causante y se le
ha conferido, a la aceptante la administración y representación
interinas de tal sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la Herencia Yacente.
Zacatecoluca, diez de septiembre de mil novecientos noventa
y nueve.
Lic. AGUSTÍN ARTURO ORELLANA LIEVANO,
NOTARIO.
1 v. No. C003764
AGUSTÍN ARTURO ORELLANA LIEVANO, Notario, de este
domicilio, con oficina Jurídica ubicada en la Avenida Juan Manuel
Rodríguez, número diecisiete, de esta ciudad.
HACE SABER, Que por resolución del suscrito notario, dada
en Zacatecoluca, a las ocho horas del día veintisiete de septiembre
del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario de parte del señor JOSÉ LUIS RAMIRO
GIL, la herencia intestada, que a su defunción dejó el causante LUIS
ENRIQUE GIL HERNÁNDEZ, quien fue de ochenta y cinco años
de edad, jornalero, salvadoreño, casado, originario de esta ciudad,
su último domicilio, hijo de Carlos Gil y de Simona Hernández,
y falleció a las tres horas y cincuenta minutos del día diez de
febrero de mil novecientos ochenta y nueve, en su calidad de hijo
de tal causante y se le ha conferido al aceptante la administración
y representación interinas de tal sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Zacatecoluca, a los veintisiete días del mes de septiembre del
año dos mil cinco.
Lic. AGUSTÍN ARTURO ORELLANA LIEVANO,
NOTARIO.
1 v. No. C003765
JOSÉ RODOLFO AGUILAR BOLÍVAR, Notario, de este domi-
cilio, con Oficina Jurídica establecida en la Trece Calle Oriente y
Avenida España, Condominios Metro España, Edificio “A”, local
Dos-B, de esta ciudad, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito,
a las nueve horas del día veinticuatro de los corrientes, en las di-
ligencias de Aceptación de Herencia promovidas ante sus oficios
notariales, por el Licenciado JUAN JOSÉ ALVARENGA NAVAS,
en su carácter de Apoderado Especial de la señora BLANCA LUZ
RODRÍGUEZ DE MÁRQUEZ, conocida socialmente por BLANCA
LUZ RODRÍGUEZ SEGURA, se ha tenido por aceptada expre-
samente y con beneficio de inventario, la herencia testamentaria
dejada a su defunción por el causante señor JOSÉ LUIS MÁRQUEZ
RODRÍGUEZ, conocido por JOSÉ LUIS MÁRQUEZ y por LUIS
MÁRQUEZ, que falleció a la primera hora y cuarenta minutos
del día veintiuno de septiembre del presente año, en el Hospital
Militar de esta ciudad, y quien al momento de su fallecimiento era
de ochenta y cuatro años de edad, casado, originario de Berlín,
departamento de Usulután, de este domicilio, de nacionalidad sal-
vadoreña, hijo de la señora Erlinda Márquez, ya fallecida, habiendo
sido el último domicilio del causante, esta ciudad, por parte de la
señora BLANCA LUZ RODRÍGUEZ DE MÁRQUEZ, conocida
socialmente por BLANCA LUZ RODRÍGUEZ SEGURA, en su
concepto de cónyuge sobreviviente del causante; y se le ha con-
ferido a la aceptante, la administración y representación interinas
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
San Salvador, a los veintisiete días del mes de noviembre de
dos mil seis.
Lic. JOSÉ RODOLFO AGUILAR BOLÍVAR,
NOTARIO.
3 v. alt. No. A029348-1
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día
veintidós de noviembre del corriente año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario de parte de los señores
LUIS EDGARDO ÁLVAREZ FLORES y JUANA ISABEL FLORES
RODRÍGUEZ VIUDA DE ÁLVAREZ o JUANA ISABEL FLORES
o JUANA ISABEL FLORES RODRÍGUEZ, la herencia intestada
que a su defunción dejó el señor JOSÉ LUIS ÁLVAREZ COMA-
YAGUA o JOSÉ LUIS ÁLVAREZ, quien fue casado, salvadoreño,
fallecido el día uno de julio de mil novecientos setenta y nueve,
en el Cantón San Jerónimo Limón de la jurisdicción de Verapaz,
de este Departamento, lugar de su último domicilio, en concepto
de hijo del causante el primero y de cónyuge sobreviviente del
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causante la segunda y se han nombrado a los aceptantes adminis-
tradores y representantes interinos de la sucesión con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintidós
días del mes noviembre del año dos mil seis.- Dra. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ
DE SALINAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. A029352-1
GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Mu-
nicipio Judicial,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juz-
gado a las once horas del día trece de noviembre del año dos mil
seis. Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la
Ciudad de Santo Tomás, Departamento de San Salvador, siendo
también su último domicilio, el día diecisiete de noviembre de mil
novecientos ochenta, dejó el causante ALBERTO HERNÁNDEZ
MARTÍNEZ, conocido por ALBERTO HERNÁNDEZ, de parte
de la señora ESTER HERNÁNDEZ PÉREZ, en su calidad de hija
del referido de cujus.- Se ha conferido a la aceptante la adminis-
tración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en
mención, para que transcurridos el término de quince días contados
desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto, concurran
a este tribunal a hacer usos de sus derechos.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos
de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos,
Departamento de San Salvador, a las nueve horas y treinta minutos
del día veinte de noviembre del año dos mil seis.- Dr. GUILLERMO
ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. IRMA ARACELY
FLORES ALVAREZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. A029415-1
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,
JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal
a las diez horas del día veinte de noviembre de dos mil seis, se ha
tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,
la herencia intestada dejada a su defunción por la señora EULA-
LIA MAGDALENA SANDOVAL o EULALIA MAGDALENA
SANDOVAL CORDERO, quien fue de cincuenta y seis años de
edad, de oficios domésticos, fallecida el día veintinueve de agosto
de mil novecientos setenta y siete en Colonia Santa Emilia de esta
ciudad, siendo Quezaltepeque su último domicilio, de parte de la
señora DORYS DAISY ROSALES DE AVELAR, en el concepto
de hija de la causante, a quien se le ha conferido la administra-
ción y representación interina de la sucesión con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público en general para los efectos
de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las
once horas del día veinte de noviembre de dos mil seis.- Enmen-
dados: edad, setenta-en-AVELAR-Valen.- Licda MARIBEL DEL
ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSÉ
ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. A029417-1
Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
departamento de La Unión; al público para los efectos de ley
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las
quince horas y quince minutos del día veintitrés de noviembre del
corriente año; se tuvo por aceptada expresamente, y con beneficio
de inventario, la herencia intestada que al fallecer a las seis horas
y treinta minutos del día veinte de febrero del año dos mil seis, en
el Cantón El Algodón, de esta ciudad, departamento de La Unión,
siendo dicho lugar su último domicilio, dejara la causante María
Isabel Guzmán conocida por María Isabel Guzmán de Larios, María
Isabel Guzmán viuda de Larios, Isabel Guzmán e Ysabel Guzmán
de Larios, al heredero Miguel Ángel Guzmán, en concepto de hijo
de la causante antes mencionada, de conformidad con lo establecido
en el Art. 988 No. 1º del Código Civil.
En consecuencia, se le confirió al aceptante, en el carácter
dicho, la administración y representación interina de los bienes
de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, de-
partamento de La Unión, a los veintisiete días del mes de noviembre
del año dos mil seis.- Lic. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ
DE LO CIVIL.- Licda. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE
MARTÍNEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003772-1
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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
JOSÉ LUIS GUARDADO CHÁVEZ, Notario, de este domicilio,
con oficina Jurídica ubicada en Calle Alberto Masferrer Oriente
número cuatro guión diez del Barrio El Ángel de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario,
proveída a las dieciséis horas con cincuenta minutos del día ca-
torce de noviembre del año dos mil seis, se ha tenido por aceptada
expresamente con beneficio de inventario, la herencia intestada que
a su defunción, ocurrida el día veintitrés de marzo de mil nove-
cientos noventa y tres, en la Población de Caluco, Departamento
de Sonsonate, dejó el señor JOSÉ HUMBERTO BARRIENTOS
GRIJALVA, de parte de la señora DORA ALICIA ALCÁNTARA
BARRIENTOS, en su concepto de hija legítima del causante y como
cesionaria de los derechos que les correspondía a los señores JOSÉ
LUIS, MANUEL DE JESÚS y CARLOS HUMBERTO, todos de
apellido ALCÁNTARA BARRIENTOS, habiéndose conferido la
administración y representación de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se
crean con derechos a la herencia, para que se presenten a la referida
oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a
la última publicación del edicto.
Librado en la Oficina del Notario JOSÉ LUIS GUARDADO
CHÁVEZ, en la ciudad de Sonsonate, a las doce horas del día
quince de noviembre del año dos mil seis.
JOSÉ LUIS GUARDADO CHÁVEZ,
NOTARIO.
3 v. c. No. A029413-1
LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para
los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,
este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con be-
neficio de inventario la herencia INTESTADA que a su defunción
ocurrida el día cinco de mayo de mil novecientos noventa y nueve en
el Cantón Primavera de esta jurisdicción, siendo éste el lugar de su
último domicilio, dejó la señora BLANCA ALICIA HUEZO, de parte
de: MARIA ISABEL HERNÁNDEZ DE BARTON y CLAUDIA
LISSETTE HERNÁNDEZ HUEZO, en su calidad de hijas de la
causante antes referida; confiriéndoseles INTERINAMENTE la
administración y representación de la sucesión expresada, con las
facultades y restricciones de ley.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que
se presenten a este Tribunal, en el término de ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL:
Santa Ana, a las diez horas con veinte minutos del día quince de
noviembre del año dos mil seis.- LIC. SAMUEL MARCELINO
GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Licda. MARI-
SOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCÍA, SECRETARIA.
3 v. c No. A029414-1
ORLANDO MARCELINO FLORES, Notario, con oficina ubicada
en Calle y Barrio El Calvario, Local Número Dos, frente a Juzgados,
de la Ciudad y Departamento de La Libertad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario,
proveída a las once horas del día veintinueve de noviembre del año
dos mil seis, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida el
día veinticinco de abril del corriente año, en el Hospital Nacional
Rosales, de San Salvador, ciudad y departamento, dejó la señora
ROSA LIDIA GÓMEZ DE GARAY, o ROSA LIDIA GÓMEZ,
de parte de los señores PORFIRIO ADÁN GARAY GÓMEZ, MI-
GUEL RICARDO GARAY GÓMEZ, BLANCA ESTELA GARAY
GÓMEZ, y ANA DOLORES GARAY DE MENJIVAR, esta última
en su carácter personal, y en nombre y representación de VICENTE
ANIVAL GARAY GÓMEZ, todos ellos en su concepto de hijos
sobrevivientes de la causante, habiéndose conferido la Administra-
ción y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades
y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se
crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten
a la mencionada oficina, en el término de quince días, contados
desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la Oficina del Notario ORLANDO MARCELINO
FLORES. En la ciudad de La Libertad, departamento de La Liber-
tad, a las doce horas del día veintinueve de noviembre de dos mil
seis.
ORLANDO MARCELINO FLORES,
NOTARIO.
3 v. c. No. A029416-1
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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
ADOLFO RODRIGO CAÑAS ALEMAN, Notario, de este domi-
cilio, con oficina ubicada en Reparto Morazán número Uno casa
número Ciento Setenta y Ocho, Carretera Panamericana, Soyapango.
Departamento de San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario,
proveída a las once horas del día treinta del mes de noviembre
de dos mil seis, se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción,
ocurrida en esta ciudad el día nueve de agosto de dos mil cinco,
dejó el señor RAFAEL ANTONIO MORAN, por la señora ELVIRA
DE JESUS AQUINO BARRIENTOS DE MORAN en su concepto
de cónyuge sobreviviente del causante, habiéndosele conferido la
administración y representación de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se
crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a
la referida oficina en el término de quince días, contados desde el
siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina del Notario ADOLFO RODRIGO CAÑAS
ALEMAN. En la ciudad de San Salvador a las trece horas del día
treinta del mes de noviembre de dos mil seis.
ADOLFO RODRIGO CAÑAS ALEMAN,
NOTARIO.
3 v. c. No. C003749-1
TITULOS DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el
señor JOSE ELIAS VILLALOBOS RODRÍGUEZ, de treinta y
ocho años de edad, Jornalero, del domicilio de San Rafael Cedros,
Departamento de Cuscatlán, con Documento Único de Identidad
número cero tres nueve seis tres dos tres seis- tres y Número de
Identificación Tributaria un mil cinco- cero once mil ciento sesenta
y siete- ciento dos- tres; solicitando Título de Propiedad de un in-
mueble de naturaleza urbana ubicado en Cantón Jiboa, hoy Barrio
Jiboa, Calle Antigua a Ilobasco de la jurisdicción de San Rafael
Cedros Departamento de Cuscatlán, de la capacidad superficial de
QUINIENTOS DIECINUEVE PUNTO CERO NUEVE METROS
CUADRADOS, que tiene las medidas y colindancias siguientes:
AL NORTE: un solo tramo recto de VEINTIDOS PUNTO SE-
TENTA Y TRES metros, linda con el señor Juan Pablo Aguillón
Hernández, AL ORIENTE: formando dos tramos rectos, de sur a
norte, el primero mide VEINTIDOS PUNTO NOVENTA Y SEIS
metros y el segundo de SIETE PUNTO SETENTA metros, Calle
Antigua a Ilobasco de por medio, linda con los señores María Flor
Cruz Viuda de Aguillón y Alfonso Aguillón Hernández, AL SUR:
compuesto por tres tramos rectos, de oriente a poniente, el primero
mide DOS PUNTO SETENTA Y OCHO metros, el segundo de
VEINTIUNO PUNTO VEINTICINCO metros y el tercer tramo
de SIETE PUNTO OCHENTA Y TRES metros, Calle al Cantón
Copinol de por medio, linda con los señores Sonia Elizabeth Alfaro
Guardado y Guadalupe Laínez Viuda de Martínez, AL PONIENTE:
un solo tramo recto de ONCE PUNTO OCHENTA Y NUEVE
metros, linda con la señora Eusbia Elsie Campos Rivas; dentro de
este inmueble se encuentra construida una casa del sistema mixto
de las mismas medidas del inmueble general, que el inmueble antes
descrito lo obtuvo por compra que le hizo al señor Luis Alberto Mejía
Areas, hace quince años, que dicho inmueble lo posee de manera
quieta, pacífica e ininterrumpida, exclusiva y sin proindivisión con
ninguna otra persona desde la fecha en que lo adquirió, NO ES
DOMINANTE NI SIRVIENTE, no recae sobre él cargas reales.
Dicho inmueble lo valúa en la cantidad de TRES MIL DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA.
ALCALDIA MUNICIPAL, de San Rafael Cedros Departamen-
to de Cuscatlán, a las diez horas del día veintiocho de noviembre de
dos mil seis. VICTOR HUGO CORNEJO, ALCALDE MUNICIPAL.
JOSE NELSON SANCHEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. A029350-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado por
escrito el Señor NOE TEPAS MAYE, de veintisiete años de edad,
artesano, del domicilio de Nahuizalco, Departamento de Sonsonate,
con Documento Único de Identidad número cero dos millones se-
tecientos treinta y seis mil cuatrocientos sesenta y nueve guión
cinco; con Número de Identificación Tributaria cero trescientos
ocho guión ciento treinta mil ciento setenta y nueve guión ciento
uno guión dos; Solicitando se le extienda TITULO DE PROPIE-
DAD MUNICIPAL de un inmueble de naturaleza urbana, situado
en Final Sexta Calle Poniente, Barrio San Juan, Jurisdicción de
Nahuizalco, Departamento de Sonsonate, de una extensión superfi-
cial de CIENTO CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS
OCHENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS; de las medi-
das y linderos siguientes: AL NORTE: Once metros noventa y un
centímetros, con Gertrudis Aguilar y Marta Alicia Pérez; AL SUR:
Once metros cuarenta y cinco centímetros, con Nelson Enrique Tino
Maye; AL ORIENTE: Trece metros diez centímetros, con Blanca
Estela Martínez de García; y AL PONIENTE: Doce metros veintiún
centímetros, con Guadalupe Rivera, todos los colindantes pueden
ser citados en el Barrio San Juan, en sus respectivos inmuebles.
El inmueble descrito no es dominante, ni sirviente, no está en
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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
proindivisión con nadie, no tiene derechos reales sobre el mismo
a favor de otras personas que respetar. Dicho inmueble lo obtuvo
de buena fe, por posesión material, la cual he ejercido por más de
veinte años, en forma quieta, pacífica, ininterrumpida ejecutando
actos de toda clase, que solo da el derecho de dominio, todo a
ciencia y paciencia de vecinos y colindantes, sin clandestinidad y
sin haber sido perturbado por nadie. Dicho inmueble lo valúa en
la suma de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de
ley.
Alcaldía Municipal de Nahuizalco, a los treinta y un días
del mes de julio del año dos mil seis. ROBERTO ESTANLEY
GRIJALVA H., ALCALDE MUNICIPAL. JOSE ANTONIO
CASTILLO, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. A029364-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.
AL PUBLICO,
HACE SABER: Que en esta oficina se presentó el señor
JUAN FRANCISCO BONILLA PEREZ, de treinta y tres años de
edad, Pescador, del domicilio de Acajutla de este Departamento,
portador de mi documento único de Identidad Número cero un
millón trescientos ochenta y dos mil cero noventa y ocho guión
cero quien solicita TITULO DE PROPIEDAD a su favor DE
UN INMUEBLE, de naturaleza Urbana ubicado en el Barrio Las
Peñas y Avenida Pedro de Alvarado, de esta Jurisdicción, con
Área Superficial de DOSCIENTOS VEINTICUATRO PUNTO
SETECIENTOS TRES M2 Equivalente a TRESCIENTAS PUNTO
SETENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS. Que mide y linda:
AL NORTE: DIECISEIS PUNTO CINCUENTA METROS, y Que-
brada; AL PONIENTE: SEIS PUNTO CERO CERO y Quebrada;
AL SUR: DIECIOCHO PUNTO NOVENTA METROS Y CON
PASAJE, y Asociación Cooperativa de Producción de Pescadores
y Pared Propia y Cerco ajeno; AL ORIENTE: CALLE VIEJA DE
POR MEDIO.- El inmueble descrito no es sirviente ni dominante,
no tiene otras cargas o derechos reales que respetar no está con
proindivisión con ninguna persona, lo hubo el titular por tener
POSESIÓN MATERIAL DESDE HACE VEINTICINCO AÑOS,
la cual ha ejercido de manera consecutiva, quieta, pacífica, de
buena fe y sin interrupción, practicando actos de verdadero dueño
que le dan derecho al dominio y posesión del inmueble a ciencia
y paciencia de vecinos y colindantes sin impedimento alguno, lo
estima en la suma de CINCO MIL DOLARES.
Lo que hace saber al público para los efectos de ley consi-
guientes.
Alcaldía Municipal de Acajutla, a los veintidós días del mes
de septiembre del año dos mil seis.
ALCALDE MUNICIPAL
SECRETARIO MUNICIPAL
3 v. alt. No. A029398-1
TITULOS SUPLETORIOS
LICENCIADO CARLOS HUMBERTO MENCIA PAULER,
Notario del domicilio de la ciudad de San Salvador, con Oficina
Jurídica situada en Diecinueve Calle Poniente y Primera Avenida
Norte, Edificio Niza local ciento catorce Barrio San Miguelito de
esta ciudad.
HACE SABER: Que a su oficina situada en el lugar antes
mencionado se ha presentado el señor ALEJANDRO OCHOA
RAMOS, solicitando Diligencias de Título Supletorio de un te-
rreno de naturaleza rústica situado en el Cantón Junquillo de la
jurisdicción y distrito de San Luis de la Reina del Departamento
de San Miguel de una extensión superficial de CINCO MIL NO-
VECIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS
el cual tiene las colindancias siguientes: AL NORTE: linda con
Ignacio Amaya Portillo y Alejandro Amaya Portillo; AL ORIENTE:
Linda con Patrocinio Ochoa Argueta; AL SUR: Linda con Oscar
García Argueta; Y AL PONIENTE: linda con Eustaquio Amaya
Portillo y Leoncia Portillo Pineda. El terreno descrito lo adquirió
por compraventa de la posesión material en escritura pública, que
hizo al señor RENE AMAYA FLORES. Se estima el terreno des-
crito en la cantidad de UN MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA.
Librado en la Oficina del Notario CARLOS HUMBERTO
MENCIA PAULER, situada en Diecinueve Calle Poniente y Pri-
mera Avenida Norte Edificio Niza, local ciento catorce Barrio San
Miguelito de esta ciudad, el día cuatro de diciembre de dos mil
seis.
CARLOS HUMBERTO MENCIA PAULER,
NOTARIO.
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109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
VENILDA CONCEPCION PEREZ PORTILLO, Notaria, del
domicilio de San Salvador, con oficina ubicada en Avenida Espa-
ña, número un mil setecientos nueve, Barrio San Miguelito, San
Salvador,
HACE SABER: Que ante sus oficios a comparecido la se-
ñora BERTA LIDIA ALFARO VIUDA DE MONTEAGUDO, de
cincuenta y nueve años de edad, Ama de casa, del domicilio de
Apastepeque, departamento de San Vicente, solicitando TITULO
SUPLETORIO sobre un inmueble rústico situado en el Cantón San
Felipe, caserío Las Marías, Jurisdicción de Apastepeque, Depar-
tamento de San Vicente, de una extensión superficial de NUEVE
MIL CUARENTA Y SEIS PUNTO SETENTA Y CUATRO ME-
TROS CUADRADOS equivalentes a DOCE MIL NOVECIENTOS
CUARENTA Y CUATRO PUNTO OCHO VARAS CUADRADAS,
de las colindancias siguientes: AL NORTE: Isidro Amaya Flores,
Cándida Cruz Carrillo de Portillo, calle de por medio; AL ORIENTE:
con Pedro Osorio Avalos, Julio Antonio Iraheta Avalos; AL SUR:
Julio Antonio Iraheta Avalos, Brígida Julia Avalos de Amaya, Jorge
Alberto Monteagudo Carrillo, PONIENTE: Vidal López Ruiz, Rita
Avalos Durán, Jorge Alberto Monteagudo Carrillo. Lo adquirió por
compra que hizo a LORENZA CARRILLO VIUDA DE MONTE-
AGUDO, el día catorce de febrero de mil novecientos noventa y
seis, por lo que unida su posesión a la de su antecesor sobrepasa
más de veinte años consecutivos de posesión. Se valúa en DIEZ
MIL COLONES.
Lo que se avisa al público con fines de ley.
Librado en la oficina de la suscrita Notaria. San Salvador,
trece de noviembre de dos mil seis.
VENILDA CONCEPCION PEREZ PORTILLO,
NOTARIO.
1 v. No. A029351
VENILDA CONCEPCION PEREZ PORTILLO, Notaria, del
domicilio de San Salvador, con oficina ubicada en Avenida Espa-
ña, número un mil setecientos nueve, Barrio San Miguelito, San
Salvador,
HACE SABER: Que ante sus oficios ha comparecido la señora
MARIA LEONOR PORTILLO MONTEAGUDO, de cincuenta y
seis años de edad, Ama de Casa, del domicilio de Apastepeque,
Departamento de San Vicente, solicitando TITULO SUPLETORIO
sobre un inmueble rústico situado en el Cantón San Felipe, caserío
Las Marías, Jurisdicción de Apastepeque, Departamento de San
Vicente, de una extensión superficial de DIECISIETE MIL CIENTO
NOVENTA Y DOS PUNTO SESENTA Y CUATRO METROS
CUADRADOS equivalentes a VEINTICUATRO MIL QUINIEN-
TOS NOVENTA Y NUEVE PUNTO VEINTITRES VARAS
CUADRADAS, de las colindancias siguientes: al ORIENTE: con
Berta Lidia Alfaro viuda de Monteagudo, AL PONIENTE: con José
Portillo y Pedro Antonio Portillo, AL NORTE: con Ignacio Noyola
Carrillo Iraheta, quebrada de por medio, y AL SUR: con Berta
Monteagudo Carrillo, calle de cuatro metros de ancho de por medio.
Lo adquirió por compra que hizo a PEDRO ANTONIO PORTILLO
conocido por ANTONIO PORTILLO, el día diecinueve de enero
de mil novecientos noventa y seis, por lo que unida su posesión a
la de su antecesor sobrepasa más de veinte años consecutivos de
posesión. Se valúa en DIEZ MIL COLONES.
Lo que se avisa al público con fines de ley.
Librado en la oficina de la suscrita notaria. San Salvador,
trece de noviembre de dos mil seis.
VENILDA CONCEPCION PEREZ PORTILLO,
NOTARIO.
1 v. No. A029354
ALFONSO PINEDA CLAUDE, Notario, de este domicilio, con
Oficina en Tercera Calle Poniente, Pasaje Los Pinos, Número
Ciento once, Colonia Escalón, San Salvador, al público para los
efectos legales,
HACE SABER: Que en mi Oficina Notarial se ha presen-
tado la señorita MARÍA ERMINIA PÉREZ LÓPEZ, solicitando
Título Supletorio a su favor de un inmueble de naturaleza urbano,
situado a orillas del Barrio Guadalupe, de la ciudad de San Pedro
Nonualco, Departamento de La Paz, de un área de setecientos vein-
tiocho punto veinticuatro metros cuadrados, que mide y linda: AL
NORTE: veinte metros con solar de Bibiana Bernal, hoy de María
Josefa Granados de Zelaya; AL PONIENTE: treinta metros con
solar que fue de Ángela Bernal, después de Joaquín Bernal, hoy
de don Fidel Pérez Gómez; AL SUR: veinte metros con solar que
fue de Anastasia y Bibiana Bernal, hoy de la mencionada señora
de Zelaya; y AL ORIENTE: línea curva de sesenta y dos metros
quince pulgadas con solar que fue de Bibiana Bernal, hoy de la
misma señora de Zelaya. Que el inmueble goza de servidumbre de
tránsito sobre la parcela 399 del señor Fidel Pérez Gómez hasta
llegar a la calle pública y también da servidumbre de tránsito la
parcela 395 del señor Fidel Pérez Gómez hasta llegar a la parcela
399. El inmueble descrito no se encuentra en proindivisión con
nadie. El inmueble que trata de titular lo valúa en Un mil ciento
cuarenta y tres Dólares de los Estados Unidos de América Dólares
de los Estados Unidos de América, y lo adquirió la solicitante, por
Donación otorgada a su favor por el señor Fidel Pérez Gómez, el
día quince de mayo de dos mil dos, ante los oficios del Notario
Alfonso Pineda Claude. A su vez, el señor Fidel Pérez Gómez,
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era el dueño y poseedor de dicho inmueble, mediante Escritura
Pública de compraventa otorgada a su favor a las once horas del
día veintinueve de julio de mil novecientos noventa ante los oficios
del Notario Juan Francisco Hernández Molina, por la señora María
Edita Alvarado Pérez, conocida por María Edita Alvarado; a su
vez, la señora Alvarado Pérez era la dueña y poseedora en virtud
a escritura pública otorgada a las dieciséis horas del día ocho de
febrero de mil novecientos setenta y dos, ante los oficios del No-
tario Manuel Elías Alvarado, con pre-antecedente tomada razón
al número ciento siete folios doscientos veintinueve y siguientes
del Libro de Registro de Documentos Privados que la Alcaldía de
San Pedro Nonualco llevó en el año de mil novecientos treinta y
cinco, con lo cual se ha comprobado la posesión quieta, pacífica
e ininterrumpida durante más de diez años consecutivos sobre el
inmueble relacionado.
Librado en la Oficina Notarial del Licenciado ALFONSO
PINEDA CLAUDE, en San Salvador, a las dieciséis horas del día
diecisiete de noviembre de dos mil seis.
Lic. ALFONSO PINEDA CLAUDE,
NOTARIO.
1 v. No. A029433
ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licen-
ciado Carlos Roberto Galeas Chávez, Abogado, de este domicilio,
como Apoderado General Judicial del señor Víctor Reyes Reyes,
quien es de sesenta y ocho años de edad, agricultor en pequeño, del
domicilio de Anamorós, Departamento de La Unión, con residencia
en el Cantón Terreritos, solicitando título supletorio de un terreno
de naturaleza rústica, situado en el Cantón Terreritos, Jurisdicción
Anamorós, de este Distrito Judicial, departamento de La Unión,
de la capacidad superficial de Setecientos once punto cero punto
setenta y seis metros cuadrados, que mide y linda: al Oriente: vein-
titrés metros, con veinte centímetros linda con terrenos del señor
Juan Bautista Reyes Rubio cerco de alambre y de piña propio de
por medio; al Norte; veintiocho metros con ochenta centímetros
colindando con la sucesión del señor Brígido Ventura García,
cerco de alambre propio y carretera de por medio que conduce de
Anamorós a Nueva Esparta; al Poniente: veintidós metros setenta y
cinco centímetros linda con el señor Antonio Basilio Reyes Alfaro
cerco de alambre y piña propio; y al Sur: treinta y tres metros diez
centímetros linda con Juan Bautista Reyes Rubio cerco de alambre
y piña propio. Existe construida una casa de sistema mixto, techo
de tejas y paredes de adobe. Valúa dicho inmueble en la cantidad
de Mil dólares de los Estados Unidos de América, y lo adquirió
por compra informal hecha al señor Juan Bautista Rubio en el año
de mil novecientos setenta y seis.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, de-
partamento de La Unión, a los dieciocho días del mes de septiembre
del año dos mil seis. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ
DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE
MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. A029388-1
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez
Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público
para efectos de Ley,
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado el Licen-
ciado JOSE WILFREDO GARCIA GUEVARA, como Apoderado
General Judicial de la señora MARIA DONATILA GRANADOS,
a solicitar a su favor TITULO SUPLETORIO, sobre el inmue-
ble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Corralito, de la
Jurisdicción de Corinto, departamento de Morazán, siendo de la
capacidad superficial de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL
CUATROCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS, de las
medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: en tramos que-
brados trescientos cuarenta metros, colinda con terreno de Margarito
Villatoro; AL NORTE: en tramos quebrados cuatrocientos metros,
colinda con terreno de Margarito Villatoro; AL PONIENTE: en
tramos quebrados seiscientos doce metros, colinda con terreno de
Margarito Villatoro, Naveli Méndez y Cerapio Ortiz; Y AL SUR:
un tramo de doscientos setenta metros, colinda con terreno de
Antonio Granados y Bernardo Granados. En dicho terreno existe
construida una casa, techo de tejas, paredes de adobe, de diez
metros de largo por diez metros de ancho, con una superficie de
cien metros cuadrados.
Se estima el inmueble descrito en el precio de DOS MIL
DOLARES y lo adquirió por medio de Escritura Pública de Com-
praventa que le hizo el señor MIGUEL ANGEL GRANADOS.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San
Francisco Gotera, a las nueve horas del día diecinueve de junio del
dos mil seis. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ
2º. DE 1ª. INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ
SANCHEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003739-1
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EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA, del Distrito Judicial de San Francisco Gotera; Al Público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado, el Licenciado JOSE WILFREDO GARCIA GUEVARA, Como Apo-derado Judicial de la señora FELICITA ARGUETA ARGUETA, conocida tributariamente por FELICITA ARGUETA, a solicitar a su favor, TITULO SUPLETORIO, sobre un terreno de naturaleza rústica ubicado en el Caserío San Luis, Cantón La Joya, Jurisdic-ción de Meanguera, Departamento de Morazán, de la capacidad superficial de UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS METROS DOCE DECIMETROS CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: veintiocho metros cincuenta centímetros, colinda con terreno de José Toribio Márquez, calle de por medio; AL NORTE: cincuenta y nueve metros, colinda con resto del inmueble general propiedad de Paula Argueta Romero, cerco de alambre propio de por medio; AL PONIENTE: diecinueve metros setenta centímetros, colinda con resto del inmueble general propiedad de la señora Paula Argueta Romero, quebrada de por medio; Y AL SUR: sesenta y tres metros cincuenta centímetros, con resto del Inmueble general propiedad de la señora Paula Argueta Romero, cerco de alambre propio de por medio; Actualmente en dicho terreno existe construida una casa, paredes de bloque de cemento, techo de tejas, piso de ladri-llo, de ocho metros de largo por ocho metros de ancho, con una superficie de sesenta y cuatro metros cuadrados, valuada en DOS MIL DOLARES. y lo adquirió por compraventa mediante Escritura Pública de la Posesión Material que hizo a la señora Paula Argueta Romero.- Se estima el inmueble descrito en el precio de CUATRO MIL DOLARES.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las diez horas del día veintidós de noviembre del dos mil seis. LICDO. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INSTANCIA. BR. KARINA ELIZABETH IGLE-SIAS DE NAVARRO, SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. C003741-1
TITULO DE DOMINIO
El Infrascrito Alcalde Municipal.
HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado por sí y por escrito la Señora MARGOTH ANGELICA CRUZ ALVARADO, de cuarenta y nueve años de edad, Empleada de este domicilio con Documento Único de Identidad número cero cero seiscientos cincuenta y cuatro mil seiscientos once guión nueve; solicitando a su favor título de dominio de propiedad de un solar de naturaleza urbana, situado en el Barrio San Pedro de esta Villa de Nueva Gra-nada, de la capacidad superficial de CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE METROS CUADRADOS; de las y colindancias siguientes: NORTE, linda con solares de María Elisa Rodríguez, Concepción Portillo Carballo, Santos Portillo, calle de por medio; ORIENTE, linda con predios de Manuel Alvarado, Blas Angélica Alvarado, Nidia Coreas, Iglesia Bautista, Dolores del Carmen Coreas, calle de por medio SUR, linda con predio de Evadan Martínez; y al PONIENTE linda con predio de Miguel Francisco Bermúdez y Rosa María Bermúdez Martínez. Dicho inmueble lo adquirió por compra que se le hizo al Señor Mariano Alvarado, y lo estima en la cantidad de MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, no es predio dominante ni sirviente, no tiene derechos ni cargas reales de ajenas pertenencias, ni está en
proindivisión con ninguna persona. Los colindantes son todos de este mismo domicilio.
Alcaldía Municipal de la Villa de Nueva Granada, a los Veintiocho días del mes de noviembre de dos mil seis. JOAQUÍN AQUILINO RENDÓN, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSÉ ISAEL CRUZ SÁNCHEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. A029335-1
El Infrascrito Alcalde Municipal.
HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado por sí y por escrito el Señor LÁZARO HUMBERTO RAMIREZ, de ochenta y un años de edad, Jornalero de este domicilio con Documento Único de Identidad número cero cero ochocientos diecisiete mil doscientos trece guión seis; solicitando a su favor título de dominio de propiedad de un solar de naturaleza urbana, situado en el Barrio San Antonio de esta Villa de Nueva Granada, de la capacidad superficial de OCHOCIENTOS TRECE METROS CUADRADOS VEINTIDOS CENTIMETROS CUADRADOS; de las medidas y colindancias siguientes: NORTE, mide veintitrés metros, linda con solar de Carlos Amando Rivas Rendón; ORIENTE, mide veintiocho metros linda con predio de María Ávila Coreas, y Ana Julia Gómez, Calle de por medio SUR, mide veinticinco metros linda con la sucesión de Alfonso Bermúdez, calle de por medio; y al PONIENTE mide treinta y seis metros, linda con predio de Celia del Carmen Viuda de Rivera. Dicho inmueble lo adquirió por compra que se le hizo al Señor Julio de Jesús Coreas Bermúdez, y lo estima en la cantidad de DIEZ MIL COLONES, no es predio dominante ni sirviente, no tiene derechos ni cargas reales de ajenas pertenencias, ni está en proindivisión con ninguna persona. Los colindantes son todos de este mismo domicilio.
Alcaldía Municipal de la Villa de Nueva Granada, a los Veintiocho días del mes de noviembre de dos mil seis. JOAQUÍN AQUILINO RENDÓN, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSÉ ISAEL CRUZ SÁNCHEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. A029336-1
JUICIO DE AUSENCIA
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que en este Tribunal existe Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por el Licenciado ADAN ALFONSO FLO-RES ZELAYA, mayor de edad, Abogado y de este domicilio, en su calidad de Apoderado General Judicial de SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A., de este domicilio entidad fusionante del BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S.A., y ésta fusionante de ATLACATL, S.A., contra el señor OSAMU OSHIMO, Posterior-mente a la fecha que se inició el referido Juicio se presentó el Li-cenciado ADAN ALFONSO FLORES ZELAYA, en el carácter antes expresado, MANIFESTANDO que el demandado señor OSAMU OSHIMO, mayor de edad, Economista, de Nacionalidad Japonesa, antes de este domicilio ahora de domicilio ignorado, con Número de Identificación Tributaria NUEVE MIL QUINIENTOS TREIN-
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TA Y SIETE - DOSCIENTOS CUARENTA MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS- CERO CERO UNO- DOS, se ha AUSENTADO de su domicilio, sin que se sepa de su paradero actual, ignorándose además si ha dejado Procurador u otro Representante Legal en el país, para que intervenga en el JUICIO de mérito; por lo que pidió, previos los trámites legales, se le nombre CURADOR ESPECIAL que lo represente en el referido Juicio.
En consecuencia se previene que si el demandado señor OSAMU OSHIMO, de las generales antes expresadas tuviere Procurador, Apoderado o Representante Legal en el país, se pre-sente a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia, dentro de los QUINCE DIAS SIGUIENTES a la última publicación de este AVISO.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCAN-TIL: San Salvador, a las once horas y cinco minutos del día vein-ticuatro de noviembre de dos mi seis. LIC. MARLENI ARACELI BENAVIDES, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL INTA.- LIC. ANA CECILIA FIGUEROA ALMENDARES, SECRETARIA.
1 v. No. A029375
RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 1994003146
No. de Presentación: 20060083629
CLASE: 01.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado AR-MANDO INTERIANO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-REÑA, actuando como APODERADO de BAYER CROPSCIENCE S.A., del domicilio de 55, Avenue René Cassin 69009 Lyon, Francia, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00009 del Libro 00037 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “FINISH” en letras mayúscu-las; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil seis.
LIC. MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003757-1
MARCAS DE FABRICA
No. de Expediente: 2006062780
No. de Presentación: 20060085555
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ARMAN-DO INTERIANO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de BAYER AKTIENGESELLSCHAFT que se abrevia: BAYER AG., de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra CARDIOASPIRINA y diseño, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTI-CAS.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003750-1
No. de Expediente: 2006063066
No. de Presentación: 20060086024
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ARMAN-DO INTERIANO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de BAYER AKTIENGESELLSCHAFT que se abrevia:
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BAYER AG., de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Fluco DUO MK
Consistente en: las palabras Fluco DUO MK, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES Y SUBSTANCIAS FAR-MACEUTICAS.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de noviembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de noviembre del año dos mil seis.-
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003751-1
No. de Expediente: 2006062551
No. de Presentación: 20060085152
CLASE: 07.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ARMAN-DO INTERIANO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de BAYER AKTIENGESELLSCHAF que se abrevia: BAYER AG., de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
ABANSE
Consistente en: la palabra ABANSE, que servirá para: AMPA-RAR: INSTRUMENTOS GRANDES PARA LA AGRICULTURA (NO MANUALES).
La solicitud fue presentada el día ocho de noviembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Sig-nos Distintivos. San Salvador, diez de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003752-1
No. de Expediente: 2006062552
No. de Presentación: 20060085153
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ARMAN-DO INTERIANO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de BAYER AKTIENGESELLSCHAFT que se abrevia: BAYER AG., de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
ZYLEMPO
Consistente en: la palabra ZYLEMPO, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS.
La solicitud fue presentada el día ocho de noviembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Sig-nos Distintivos. San Salvador, diez de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003754-1
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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
No. de Expediente: 2006058986
No. de Presentación: 20060079594
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ARMAN-DO INTERIANO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de BAYER AKTIENGESELLSCHAFT que se abrevia: BAYER AG., de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
FLUDORA
Consistente en: la palabra FLUDORA, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA DESTRUIR MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS, INSECTICIDAS, HERBICIDAS Y FUNGICIDAS.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de junio del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de noviembre del año dos mil seis.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003756-1
No. de Expediente: 2006062533
No. de Presentación: 20060085128
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANA FLORA APARICIO DE FLORES, de nacionalidad SALVADO-REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra crearreda y diseño, que servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTON, PRODUCTOS DE IMPRENTA, ARTICULOS DE ENCUADERNACION, FOTOGRAFIAS, PAPE-
LERIA, ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA PAPELERIA Y LA CASA, MATERIAL PARA ARTISTAS, MATERIAS PLAS-TICAS PARA EMBALAJE (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES), CALCOMANIAS PARA DECORACION.
La solicitud fue presentada el día ocho de noviembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de noviembre del año dos mil seis.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003775-1
No. de Expediente: 2006061145
No. de Presentación: 20060082864
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CECILIA JEANNETTE AGUILAR GOMEZ, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS HISPA-NOS EL EDEN EN EL SALVADOR SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EL EDEN S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra Nance y diseño, que servirá para: AMPARAR NANCE.
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115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
La solicitud fue presentada el día trece de septiembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de septiembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003777-1
No. de Expediente: 2006058210
No. de Presentación: 20060078370
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CECILIA JEANNETTE AGUILAR GOMEZ, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL Y ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO DE DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS HISPANOS EL EDEN EN EL SALVADOR SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EL EDEN S.A. DE C.V., de naciona-lidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras EL EDEN Linaza Molida y diseño, sobre las palabras de uso común en el comercio no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: LINAZA MOLIDA, PARA USO MEDICINAL.
La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de octubre del año dos mil seis.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.-
3 v. alt. No. C003778-1
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2006061127
No. de Presentación: 20060082844
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS NATU-RALES, CUYAS SIGLAS SON RNPN, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL:
Consistente en: la palabra duicentro y diseño, que servirá para: DISTINGUIR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A REGIS-TRAR, CONSERVAR Y EXPEDIR EN FORMA PERMANENTE Y ACTUALIZADA TODO TIPO DE INFORMACION SOBRE LOS HECHOS Y ACTOS JURIDICOS CONSTITUTIVOS, MO-DIFICATIVOS O EXTINTIVOS DEL ESTADO FAMILIAR DE LAS PERSONAS NATURALES SALVADOREÑAS, TAMBIEN PRESTARA SERVICIOS DE EMISION DEL DOCUMENTO UNICO DE IDENTIDAD DE LAS PERSONAS NATURALES SALVADOREÑAS, EL CUAL ESTARA UBICADO EN COLO-NIA MANUEL JOSE ARCE, CALLE DOUGLAS VLADIMIR VARELA, AVENIDA CABALLERIA, SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día trece de septiembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de septiembre del año dos mil seis.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. A029326-1
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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
No. de Expediente: 2006062776
No. de Presentación: 20060085510
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL ALEXANDER NAJARRO PEREZ, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de CONTADORES NAJARRO Y COMPAÑIA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL:
Consistente en: las palabras CNC Contadores Najarro y Com-pañía y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR LA EMPRESA Y LOS ESTABLECIMIENTOS QUE DE ESTA GENERE, LA CUAL SE DEDICARA A LA PRESTACION DE SERVICIOS DE CONTABILIDAD, AUDITORIA, ASESORIA Y CONSUL-TORIA LABORAL, MERCANTIL, Y TRIBUTARIA Y TODOS LOS SERVICIOS QUE DE ELLOS SE DERIVEN, UBICADA EN RESIDENCIAL ALTA VISTA, AVENIDA LAS DELICIAS SUR, POLIGONO 35, CASA #7 DEL MUNICIPIO DE SAN MARTIN, SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003759-1
No. de Expediente: 2006062557
No. de Presentación: 20060085163
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado OSCAR ARMANDO CALDERON ARTEAGA, en su calidad de APODE-
RADO GENERAL JUDICIAL de SIGMA, S. A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-CIAL:
CORPORACIÓN SIGMA/Q
Consistente en: las palabras CORPORACION SIGMA/Q, que servirá para: IDENTIFICAR Y DISTINGUIR LA EMPRESA DEDICADA A LA INDUSTRIA RELACIONADA CON CARTON, PAPEL CARTULINA, PLASTICOS, VIDRIOS, PROCESOS DE LITOGRAFIA Y SERIGRAFIA, ROTOGRABADO, FLEXOGRA-FIA E IMPRENTA; A LAMINACION DE PAPEL, CARTON Y CARTULINA; A LA PRODUCCION DE CAJAS, EMPAQUES O ENVASES DE CARTON CORRUGADO, A LA FABRICACION DE PRODUCTOS PLASTICOS Y A LA FABRICACION DE PELICULAS PLASTICAS ASI COMO A LA IMPRESION DE ESTOS PRODUCTOS Y SU CONVERSION A BOLSAS, LA CUAL SE ENCUENTRA UBICADA EN KILOMETRO TRES Y MEDIO, DEL BOULEVARD DEL EJERCITO NACIONAL, JURISDICCION DE SOYAPANGO, SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día ocho de noviembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Sig-nos Distintivos. San Salvador, diez de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003779-1
No. de Expediente: 2006062554
No. de Presentación: 20060085160
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado OSCAR ARMANDO CALDERON ARTEAGA, en su calidad de APODE-RADO GENERAL JUDICIAL de SIGMA, S. A., de nacionalidad
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117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-CIAL:
GRUPO SIGMA/Q
Consistente en: las palabras GRUPO SIGMA/Q, que servirá para: IDENTIFICAR Y DISTINGUIR LA EMPRESA DEDICADA A LA INDUSTRIA RELACIONADA CON CARTON, PAPEL CARTU-LINA, PLASTICOS, VIDRIOS, PROCESOS DE LITOGRAFIA Y SERIGRAFIA, ROTOGRABADO, FLEXOGRAFIA E IMPREN-TA; A LAMINACION DE PAPEL, CARTON Y CARTULINA; A LA PRODUCCION DE CAJAS, EMPAQUES O ENVASES DE CARTON CORRUGADO, A LA FABRICACION DE PRO-DUCTOS PLASTICOS Y A LA FABRICACION DE PELICU-LAS PLASTICAS ASI COMO A LA IMPRESION DE ESTOS PRODUCTOS Y SU CONVERSION A BOLSAS, LA CUAL SE ENCUENTRA UBICADA EN KILOMETRO TRES Y MEDIO, DE BOULEVARD DEL EJERCITO NACIONAL, JURISDICCION DE SOYAPANGO, SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día ocho de noviembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Sig-nos Distintivos. San Salvador, diez de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003780-1
No. de Expediente: 2006062555
No. de Presentación: 20060085161
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado OSCAR ARMANDO CALDERON ARTEAGA, en su calidad de APODE-RADO GENERAL JUDICIAL de SIGMA, S. A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-CIAL:
GRUPO SIGMA
Consistente en: las palabras GRUPO SIGMA, que servirá para: IDENTIFICAR Y DISTINGUIR LA EMPRESA DEDICADA A LA INDUSTRIA RELACIONADA CON CARTON, PAPEL CARTULINA, PLASTICOS, VIDRIOS, PROCESOS DE LITO-
GRAFIA Y SERIGRAFIA, ROTOGRABADO, FLEXOGRAFIA E IMPRENTA; A LAMINACION DE PAPEL, CARTON Y CARTULINA; A LA PRODUCCION DE CAJAS, EMPAQUES O ENVASES DE CARTON CORRUGADO, A LA FABRICA-CION DE PRODUCTOS PLASTICOS Y A LA FABRICACION DE PELICULAS PLASTICAS ASI COMO A LA IMPRESION DE ESTOS PRODUCTOS Y SU CONVERSION A BOLSAS, LA CUAL SE ENCUENTRA UBICADA EN KILOMETRO TRES Y MEDIO, DEL BOULEVARD DEL EJERCITO NACIONAL, JURISDICCION DE SOYAPANGO, SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día ocho de noviembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Sig-nos Distintivos. San Salvador, diez de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003782-1
No. de Expediente: 2006062556
No. de Presentación: 20060085162
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado OSCAR ARMANDO CALDERON ARTEAGA, en su calidad de APODE-RADO GENERAL JUDICIAL de SIGMA, S. A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-CIAL:
CORPORACION SIGMA
Consistente en: las palabras CORPORACION SIGMA, que servirá para: IDENTIFICAR Y DISTINGUIR LA EMPRESA DE-DICADA A LA INDUSTRIA RELACIONADA CON CARTON, PAPEL CARTULINA, PLASTICOS, VIDRIOS, PROCESOS DE LITOGRAFIA Y SERIGRAFIA, ROTOGRABADO, FLEXOGRA-FIA E IMPRENTA; A LAMINACION DE PAPEL, CARTON Y CARTULINA; A LA PRODUCCION DE CAJAS, EMPAQUES O ENVASES DE CARTON CORRUGADO, A LA FABRICA-CION DE PRODUCTOS PLASTICOS Y A LA FABRICACION DE PELICULAS PLASTICAS ASI COMO A LA IMPRESION DE ESTOS PRODUCTOS Y SU CONVERSION A BOLSAS, LA CUAL SE ENCUENTRA UBICADA EN KILOMETRO TRES Y MEDIO, DEL BOULEVARD DEL EJERCITO NACIONAL, JURISDICCION DE SOYAPANGO, SAN SALVADOR
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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
La solicitud fue presentada el día ocho de noviembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Sig-nos Distintivos. San Salvador, diez de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003783-1
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2006062323
No. de Presentación: 20060084828
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBERTO MERINO GARAY, en su calidad de APODERADO de REPUESTOS DIDEA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: REPUESTOS DIDEA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL:
TELE- REPUESTOS
Consistente en: la expresión TELE-REPUESTOS, que servirá para: SERVIRA PARA ATRAER LA ATENCIÓN DEL PUBLICO CONSUMIDOR SOBRE LA VENTA Y DISTRIBUCIÓN POR TELEFONO Y POR TELEVISION, DE REPUESTOS Y ACCE-SORIOS PARA VEHICULOS.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de octubre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de noviembre del año dos mil seis.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003748-1
MATRICULAS DE COMERCIO
ASIENTO DE EMPRESA 2006057671
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006057671- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SAL-VADOR FRANCISCO DIAZ IRIGOYEN, de nacionalidad SALVADOREÑA, con número de Documento Único de Identidad 01174691-0 del domicilio de SAN SALVADOR, con Número de Identificación Tributaria: 0614-160783-104-6, el cual ha presen-tado solicitud a las ocho horas y cuarenta minutos del día dieciséis de noviembre de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2006057671 inscripción 8 y el asiento de Estable-cimiento No. 2006057671- 001, inscripción 9, ambos del Libro 132 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se dedica a COMPRA Y VENTA DE ARTICULOS RELI-GIOSOS, MUSICA Y LITERATURA RELIGIOSA, con dirección en CARRETERA PANAMERICANA Y CALLE CHILTIUPAN, CENTRO DE ESTILO DE VIDA LA GRAN VIA, EDIFICIO No. 2, KIOSKO No. 3 del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD cuyo activo asciende a DOCE MIL 00/100 DOLARES ($ 12, 000. 00) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado VIA DELLA CONCILIAZIONE ubicado en CARRE-TERA PANAMERICANA Y CALLE CHILTIUPAN, CENTRO DE ESTILO DE VIDA LA GRAN VIA, EDIFICIO, No. 2, KIOSKO N° 3, ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD y que se dedica a COMPRA Y VENTA DE ARTICULOS RELIGIOSOS, MUSICA Y LITERATURA RELIGIOSA.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
San Salvador, diecisiete de noviembre de dos mil seis.
Licda. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. A029308-1
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119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
ASIENTO DE EMPRESA 2002000481
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002000481- 001, 002, 003
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN ATALAH NASSER, de nacionalidad SALVADOREÑA, número de Documento Unico de Identidad 00994086-7 del domicilio de SANTA TECLA, con Número de Identificación Tributaria: 0511-281224-001-5 el cual ha presentado solicitud a las nueve horas y treinta y ocho minutos del día cinco de abril de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002000481 inscripción 43 y el asiento de Establecimiento No. 2002000481- 001, 002, 003 inscripciones 44, 45, 46, todos del libro 116 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se dedica a VENTA DE MERCADERIAS VARIAS, MERCERIAS, con dirección en 9ª CALLE PONIENTE, N° 1-8, del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD cuyo activo asciende a CUATROCIENTOS NUE-VE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS 15/100 DOLARES ($ 409,272.15) y que tiene los establecimientos siguientes: 001-) de-nominado FABRICA TEXSAL ubicado en 9ª CALLE PONIENTE, N° 1-8, 002-) denominado TEXSAL LA MODISTA ubicado en 9ª CALLE PONIENTE, N° 1- 6, ambos del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD, 003 -) denominado TEXSAL LA MO-DISTA ubicado en 5ª AVENIDA SUR, N° 118-A del domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR y que se dedican a VENTA DE HILOS, MERCERIAS EN GENERAL.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, ocho de junio de dos mil seis.
Lic. HERMINIA ELIZABETH LOZANO Z.,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. A029324-1
ASIENTO DE EMPRESA 2002017707
ESTABLECIMIENTO 2002017707- 003
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTA-BLECIMIENTOS:
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN ATALAH NASSER en su calidad de Representante legal de la so-ciedad INVERSIONES SANTA EMILIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANTA TECLA, cuya escritura social está inscrita bajo el número 34 del libro 775 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0511-200491-101-7, ha presentado solicitud de apertura de nuevo establecimiento a las trece horas y cuarenta y dos minutos del día ocho de junio de dos mil seis. Con la cual se otorgó asiento de Establecimiento No. 2002017707- 003; denominado DIVINA PROVIDENCIA, con dirección en FINAL 6ª AVENIDA SUR del domicilio de SONSONATE, que se dedica a SERVICIOS DE
PARQUEO y que forma parte de la empresa denominada INVER-SIONES SANTA EMILIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMPRAVENTA DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES Y DE SERVICIOS NO PROHIBIDOS POR LAS LEYES, con dirección en 9ª CALLE PONIENTE N° 1-8, SANTA TECLA del domicilio de SANTA TECLA, cuyo activo ascienda a: OCHOCIENTOS TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS 84/100 DOLARES ($ 803,452.84).
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, ocho de junio de dos mil seis.
Lic. HERMINIA ELIZABETH LOZANO Z.,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. A029325-1
ASIENTO DE EMPRESA 2005054064
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005054064- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora MARIA ALEJANDRA DE LA VEGA FLORES, en su calidad de Representante legal de la sociedad NAILS, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse NAILS, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 50 del libro 1968 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-211004-103-0; el cual ha presentado solicitud a las dieciséis horas y catorce minutos del día ocho de abril de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2005054064 inscripción 44 y el asiento de Establecimiento No. 2005054064- 001, inscrip-ción 45, ambos del Libro 85 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina NAILS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a PE-LUQUERIA Y OTROS TRATAMIENTOS DE BELLEZA, con dirección en CARRETERA PANAMERICANA, CENTRO CO-MERCIAL MULTI PLAZA, LOCAL N° C-52 E, del domicilio, de ANTIGUO CUSCATLAN, cuyo activo asciende a DOCE MIL DOLARES CON 00/100 $ 12,000.00 y que tiene el establecimien-to siguiente: 001-) denominado NAILS, S.A. DE C. V. ubicado en CARRETERA PANAMERICANA, CENTRO COMERCIAL MULTI PLAZA, LOCAL, N° C-52 E, ANTIGUO CUSCATLAN y que se dedica a PELUQUERIA Y OTROS TRATAMIENTOS DE BELLEZA.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, diez de junio dos mil cinco.
Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. A029330-1
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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
ASIENTO DE EMPRESA 2000034856
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2000034856- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA JANETH MELGAR DE MARTÍNEZ, en su calidad de Representante legal de la sociedad OMD EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓ-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse OMD EL SALVADOR, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 3 del libro 1548 del Registro de Socie-dades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-220600-104-7; el cual ha presentado solicitud a las ocho horas y dieciséis minutos del día trece de junio de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2000034856 inscripción 149 y el asiento de Establecimiento No. 2000034856- 001 inscripción 150, ambos del libro 127 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada OMD EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a SERVICIOS DE PUBLICIDAD, con dirección en URBANIZACIÓN SANTA ELENA, BOULEVARD ORDEN DE MALTA, PLAZA MADRE TIERRA, EDIFICIO No. 14 del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD cuyo activo asciende a CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS 15/100 DÓLARES ($ 487,542.15) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado OMD EL SALVADOR, S. A. DE C. V., ubicado en URBANIZACIÓN SANTA ELENA, BOULEVARD ORDEN DE MALTA, PLAZA MADRE TIERRA, EDIFICIO No. 14, ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD y que se dedica a SERVICIOS DE PUBLICIDAD.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, dos de octubre de dos mil seis.
Lic. JULIO RUBÉN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. A029334-1
ASIENTO DE EMPRESA 2006057607
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006057607- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de Apoderado Ge-neral Administrativo, Mercantil y Judicial de la sociedad CISCO SYSTEMS EL SALVADOR, LIMITADA DE CAPITAL VARIA-BLE que puede abreviarse CISCO SYSTEMS EL SALVADOR, LTDA. DE C. V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 28 del libro 2154 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-250706-102-9; el cual ha presentado solicitud a las once horas y cuarenta y cinco minutos del día seis de noviembre de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2006057607 inscripción 72 y el asiento de Establecimiento No.
2006057607- 001, inscripción 73 ambos del libro 131 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la cual se denomina CISCO SYSTEMS EL SALVADOR, LTDA. DE C.V., la cual se dedica a PROMOCIÓN, MERCADEO Y SOPORTE TÉCNICO DE SISTEMAS DE INTERCONEXIÓN DE REDES DE PROTO-COLOS MÚLTIPLES Y DE ALTO RENDIMIENTO Y TODOS LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES QUE SE DESARROLLEN DIRECTA O INDIRECTAMENTE CON DICHA FINALIDAD, con dirección en COLONIA ESCALÓN 89a AVENIDA NORTE, EDIFICIO WORLD TRADE CENTER, LOCAL No. 305, del do-micilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a DOCE MIL 00/100 DÓLARES ($ 12,000.00) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado CISCO SYSTEMS EL SALVADOR, LTDA. DE C.V., ubicado en COLONIA ESCALÓN, 89ª AVENIDA NORTE, EDIFICIO WORLD TRADE CENTER, LOCAL No. 305, SAN SALVADOR y que se dedica a PROMOCIÓN, MERCADEO Y SOPORTE TÉCNICO DE SISTEMAS DE INTERCONEXIÓN DE REDES DE PROTOCOLOS MÚLTIPLES Y DE ALTO RENDI-MIENTO Y TODOS LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES QUE SE DESARROLLEN DIRECTA O INDIRECTAMENTE CON DICHA FINALIDAD.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, ocho de noviembre de dos mil seis.
Licda. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. A029382-1
ASIENTO DE EMPRESA 2006056322
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006056322- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA LUZ RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, en su calidad de Representante legal de la sociedad HIDROPÓNICOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD, cuya escritura social está inscrita bajo el número 26 del libro 2092 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-161205-106-7, el cual ha presentado solicitud a las diez horas y cincuenta y tres minutos del día once de mayo de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2006056322 inscripción 210 y el asiento de Establecimiento No. 2006056322- 001, inscripción 211, ambos del Libro 132 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento, la Empresa se denomina HIDROPÓNICOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a OTROS CULTIVOS AGRÍCOLAS NO CLA-SIFICADOS PREVIAMENTE, con dirección en ZONA FRANCA PIPIL, CANTÓN EL ÁNGEL, HACIENDA TALCUALHUYA del domicilio de SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DÓLARES ($ 11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado HIDROPÓNICOS DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., ubicado en ZONA FRANCA PIPIL, CANTÓN EL ÁNGEL, HACIENDA TALCUALHUYA, del domicilio de SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD y que se dedica a OTROS CULTIVOS AGRÍCOLAS NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE.
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121DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, Veinticuatro de noviembre de dos mil seis.
Lic. JULIO RUBÉN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. A029448-1
ASIENTO DE EMPRESA 2006057237
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006057237- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado OSCAR SOTELO MÁRQUEZ, en su calidad de Representante legal de la sociedad UNICEL DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse UNICEL, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 61 del libro 2160 del Registro de Sociedades del Registro de Comer-cio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-160806-102-3; el cual ha presentado solicitud a las diez horas y siete minutos del día catorce de septiembre de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2006057237 inscripción 100 y el asiento de Establecimiento No. 2006057237- 001, inscripción 101, ambos del Libro 126 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina UNICEL DE EL SALVADOR, SOCIE-DAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ASESORIA TÉCNICA EN ÁREA DE TELEFONÍA CELULAR, con dirección en PROLONGACIÓN JUAN PABLO II, No. 24 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a DOCE MIL 00/100 DÓLARES ($ 12,000.00) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado UNICEL DE EL SALVADOR, S. A. DE C. V., ubicado en PROLONGACIÓN JUAN PABLO II, No. 24, SAN SALVADOR y que se dedica a ASESORIA TÉCNICA EN ÁREA DE TELEFONÍA CELULAR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, dieciocho de septiembre de dos mil seis.
Lic. JULIO RUBÉN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C003743-1
ASIENTO DE EMPRESA 2006057238
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006057238- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado OSCAR SOTELO MÁRQUEZ, en su calidad de Representante legal de la sociedad MOSS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse MOSS, S.A. DE C.V.;
sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 46 del libro 2160 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-160806-101-6; el cual ha presentado solicitud a las diez horas y trece minutos del día catorce de septiembre de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2006057238 inscripción 83 y el asiento de Establecimiento No. 2006057238- 001, inscripción 84, ambos del Libro 126 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina MOSS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COM-PRA VENTA DE ACCESORIOS DE TELEFONÍA CELULAR, con dirección en PROLONGACIÓN JUAN PABLO II, No. 24 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a DOCE MIL 00/100 DÓLARES ($ 12,000.00) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado MOSS DE EL SALVADOR, S. A. DE C. V., ubicado en PROLONGACIÓN JUAN PABLO II, No. 24, SAN SALVADOR, y que se dedica a COMPRA VENTA DE ACCESORIOS DE TELEFONÍA CELULAR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, dieciocho de septiembre de dos mil seis.
Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C003745-1
ASIENTO DE EMPRESA 2006055857
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentada JOSÉ ÁNGEL LORENZANA SEGOVIA, de nacionalidad SALVADO-REÑA, con número de Documento Único de Identidad 00480928- 6 del domicilio de SAN SALVADOR, el cual ha presentado solicitud a las nueve horas y veintiocho minutos del día veintitrés de fe-brero de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2006055857 inscripción 106 del Libro 107 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se dedica a RENTA DE SERVICIOS DE INTERNET Y SUMINISTROS, con dirección en ALAMEDA JUAN PABLO II Y 12a AVENIDA NORTE, EDIFICIO MAQUIREPUESTO, No. 510, LOCAL No. 4 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS DÓLARES CON 82/100 $ 5,732.82 y que no tiene establecimiento.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil seis.
Lic. HERMINIA ELIZABETH LOZANO Z.,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. C003755-1
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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
ASIENTO DE EMPRESA 2002036453
ESTABLECIMIENTO 2002036453- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTA-BLECIMIENTOS:
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIGUI VINCENZO VAIRO RENGIFO, en su calidad de Representante legal de la sociedad ACERO PANEL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse ACPA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 17 del libro 1645 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-200801-104-5, ha presentado solicitud a las diez horas y cincuenta y seis minutos del día veintidós de julio de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2002036453 y Establecimiento No. 2002036453- 001; a favor de la Empresa denominada ACERO-PANEL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a FABRICACIÓN DE ACERO PANEL, con direc-ción en CALLE CIRCUNVALACIÓN # 5, COLONIA SANTA LUCIA, del domicilio de ILOPANGO, SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE DÓLARES CON 73/100 $ 18,669.73 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) ACEROPANEL, S.A. DE C.V., ubicado en CALLE CIRCUNVALACIÓN # 5, COLONIA SANTA LUCIA, del domicilio de ILOPANGO, SAN SALVADOR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, trece de agosto de dos mil dos.
Lic. RUBÉN ALBERTO NAVARRO CRUZ,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C003758-1
ASIENTO DE EMPRESA 2006057664
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006057664- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado BRENDA LISSETTE SOTO DE HIGUEROS, en su calidad de Apoderada Especial Judicial, de la sociedad NORVANDA HEALTHCARE, SOCIEDAD ANÓNIMA, SUCURSAL EL SALVADOR, que pue-de abreviarse, NORVANDA HEALTHCARE, S.A., SUCURSAL EL SALVADOR; sociedad de nacionalidad GUATEMALTECA, sucursal del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura de Autorización de Sucursal está inscrita bajo el número 14 del libro 2177 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 9483-310101-101-1; el cual ha presentado solicitud a las catorce horas y veintitrés minutos del día catorce de noviembre de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2006057664 inscripción 233 y el siento de Establecimiento No. 2006057664- 001, inscripción 234, ambos del Libro 131 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina NORVANDA HEALTHCARE, SOCIE-DAD ANÓNIMA, SUCURSAL EL SALVADOR, la cual se dedica a LA VENTA, DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, con dirección en COLONIA
JARDINES DE GUADALUPE, CALLE MARMARA, No. 10 del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, cuyo ac-tivo asciende a DOCE MIL 00/100 DÓLARES ($ 12,000.00) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado NORVANDA HEALTHCARE, SOCIEDAD ANÓNIMA, SUCURSAL EL SAL-VADOR, ubicado en COLONIA JARDINES DE GUADALUPE, CALLE MARMARA, No. 10 y que se dedica a LA VENTA, DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, diecisiete de noviembre de dos mil seis.
Lic. JORGE ALBERTO CASTRO,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C003760-1
ASIENTO DE EMPRESA 2006057422
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006057422- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACES SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS ERNESTO RÍOS UMAÑA, en su calidad de Representante legal de la sociedad EL SOL TURÍSTICO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse EL SOL TURÍSTICO, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio y departamento de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 10 del libro 2160 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Iden-tificación Tributaria: 0614-201269-110-7; el cual ha presentado solicitud a las catorce horas y veinte minutos del día once de oc-tubre de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2006057422 inscripción 204 y el asiento de Establecimiento No. 2006057422- 001, inscripción 205, ambos del Libro 128 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina EL SOL TURÍSTICO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a HOTELES Y RES-TAURANTES, con dirección en CUMBRES DE CUSCATLAN, CALLE XOCHIQUETZAL, No. 87-88, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, departamento de LA LIBERTAD, cuyo activo as-ciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DÓLARES ($ 11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado EL SOL TURÍSTICO, S. A. DE C. V., ubicado en CUMBRES DE CUSCATLAN, CALLE XOCHIQUETZAL, No. 87-88, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, departamento de LA LIBERTAD, y que se dedica a HOTELES Y RESTAURAN-TES.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, trece de octubre de dos mil seis.
Licda. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. C003773-1
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123DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
ASIENTO DE EMPRESA 2006057623
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006057623- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL INÉS SALAZAR TORRES, en su calidad de Representante legal de la sociedad GRANOS IMPORTADOS DE CENTRO AMÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse GRAIMCA, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de ACAJUTLA, departamento de SONSONATE, cuya escritura social está inscrita bajo el número 32 del libro 2178, del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-241006-101-6; el cual ha presentado solicitud a las catorce horas y cincuenta y ocho minutos del día siete de noviembre de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2006057623 inscripción 95 y el asiento de Establecimiento No. 2006057623- 001, inscripción 96, ambos del Libro 131 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento la Empresa se denomina, GRANOS IMPORTA-DOS DE CENTRO AMÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CA-PITAL VARIABLE, la cual se dedica a VENTA DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS con dirección en ZONA INDUSTRIAL ACAJUTLA, CALLE LOS GALEONES Y AVENIDA LAS CARAVELAS, del domicilio de ACAJUTLA, departamento de SONSONATE, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DÓLARES ($ 11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado GRANOS IMPORTADOS DE CEN-TRO AMÉRICA, S.A. DE C. V., ubicado en ZONA INDUSTRIAL ACAJUTLA, CALLE LOS GALEONES Y AVENIDA LAS CARA-VELAS, del domicilio de ACAJUTLA, departamento SONSONATE y que se dedica a VENTA DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, nueve de noviembre de dos mil seis.
Lic. JULIO RUBÉN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C003774-1
ASIENTO DE EMPRESA 2006057292
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006057292- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado WILLIA-MS SIMÓN MONTOYA ARAUJO, en su calidad de Representante legal de la sociedad COMUINTER, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse COMUINTER, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio y depar-tamento de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 29 del libro 1796 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-200303-103-0; el cual ha presentado solicitud a las catorce horas y treinta y tres minutos del día veinticinco de septiembre de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2006057292 inscripción 35 y el asiento de Establecimiento No. 2006057292- 001 inscripción, ambos del libro 127 de Asientos de
Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada COMUINTER, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIA-BLE, la cual se dedica a COMPRA Y VENTA DE EQUIPOS DE COMUNICACIÓN TELEFÓNICA Y SUS ACCESORIOS, con dirección en COLONIA ESCALÓN, CALLE NUEVA, No. 2 Y 73a AVENIDA SUR, No. 4-A del domicilio y departamento de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA 90/100 DÓLARES ($ 157,730.90) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) de-nominado COMUINTER, S.A. DE C.V., ubicado en COLONIA ESCALÓN, CALLE NUEVA, No. 2 Y 73a AVENIDA SUR, No. 4-A del domicilio y departamento de SAN SALVADOR, y que se dedica a COMPRA Y VENTA DE EQUIPOS DE COMUNICACIÓN TELEFÓNICA Y SUS ACCESORIOS.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintisiete de septiembre de dos mil seis.
Licda. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. C003776-1
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE COMERCIO Y PATENTES DE COMERCIO E INDUSTRIA.
HACE SABER: Que FERNANDO SALVADOR OCHOA HERNÁNDEZ, MAYOR DE EDAD, de profesión, COMERCIANTE y de nacionalidad SALVADOREÑA, con residencia en KM. 11 ½ carretera PANAMERICANA ILOPANGO, departamento de SAN SALVADOR, con cédula de identidad personal No. 01-01-143845 N.I.T. 0412-100354-001-4, y Matrícula personal de Comerciante Individual en trámite ha presentado solicitud a este departamento para que se le conceda la Matrícula de comercio correspondiente y se inscriba a su favor la empresa comercial denominada AU-TOLOTE EL FOQUITO que se dedica a COMPRA VENTA DE VEHÍCULOS, con dirección en ALAMEDA JUAN PABLO II Y 14 AVENIDA NORTE No. 312 Departamento de SAN SALVADOR, con un activo de TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS COLONES TREINTA Y OCHO CENTAVOS (¢ 353.346.38) y que tiene un establecimiento denominado AUTOLOTE EL FOQUITO situado en la dirección antes mencionada.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
Y se emplaza a toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud, para que en el término de quince días contados desde el siguiente al de la última publicación del Diario Oficial, se presente a este Departamento justificando la oposición, en su caso con la prueba pertinente.
San Salvador, tres de julio del año dos mil.
Lic. ANA GLORIA ALVARADO DE GÓMEZ,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C003781-1
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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
SUBASTAS PUBLICAS
EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL de este
Distrito Judicial al público en general,
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovi-
do en este Tribunal por el Licenciado RAUL ALBERTO GARCIA
MIRON, mayor de edad, Abogado, de este domicilio, actuando como
Apoderado General Judicial de la Sociedad CORPORACION DE
CREDITO Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE que puede abreviarse CORPORACION DE CREDITO
Y SERVICIOS, S.A. DE C.V., y SERVICREDIT, S.A. DE C.V., de
este domicilio, contra los señores KARLA MARIA ZAMORA DE
CHAVARRIA conocida por KARLA MARIA EMILIA ZAMORA
RAMOS, empleada, y JOSÉ RICARDO CHAVARRIA TABLAS,
abogado, ambos mayores de edad y de este domicilio, se venderá
en Pública Subasta en este Tribunal en fecha que más adelante se
especificará, DOS INMUEBLES que a continuación se detallarán,
PRIMER INMUEBLE, de naturaleza urbana de NUEVE PUNTO
CERO CINCO METROS CUADRADOS, identificado como
PALCO NUMERO TRESCIENTOS VEINTE, DEL QUINTO
PISO, TERCER NIVEL, SECTOR SUR, DEL CONDOMINIO
MONUMENTAL ESTADIO CUSCATLAN, Cantón Montserrat,
de esta Ciudad y Departamento de San Salvador, el cual se ubica y
se describe así: En el nivel Cero más Setecientos Setenta y Cuatro
punto Veinte metros, Tercer Piso, Sector Sur, entre ejes Veinticinco
y Veintiséis: AL NORTE, distancia de Cuatro punto Veinticinco
metros, en línea recta, medida sobre el eje Veinticinco lindando
por este lado con unidad Número trescientos Diecinueve del mismo
piso, nivel y sector, propiedad de EDES, S.A. DE C.V.: AL ESTE,
distancia de Dos puntos Once metros en línea curva sin colindancias
por este lado por ser nivel elevado; AL SUR, distancia de Cuatro
punto Veinticinco metros en línea recta entre los ejes Veintiséis y
Veinticinco, lindando por este lado con unidad Número Trescien-
tos Veintiuno del mismo piso, nivel y sector propiedad de EDES
S.A. DE C.V.; AL OESTE, distancia de Dos puntos Quince metros
en línea curva, lindando por este lado con pasillo de circulación
peatonal del mismo piso, nivel y sector propiedad de EDES, S.A.
DE C.V. La unidad descrita linda en su parte superior con unidad o
palco Cuatrocientos Veinte, del nivel Cero más Setecientos Setenta
y Seis punto Ochenta metros, del Cuarto piso, del mismo sector, y
en su parte inferior con unidad o palco Número Doscientos Veinte
del mismo nivel Cero más Setecientos Setenta y Uno punto Setenta
metros del Segundo piso, del mismo sector, ambos propiedad de
EDES, S.A. DE C.V. La unidad descrita tiene una altura de Dos
punto Sesenta metros y un volumen de Veintitrés punto Cincuenta
y Tres metros cúbicos, el cual se encuentra debidamente inscrito a
favor de los señores KARLA MARIA EMILIA ZAMORA RAMOS
DE CHAVARRIA y JOSÉ RICARDO CHAVARRIA TABLAS,
bajo la Matrícula Número SESENTA MILLONES TREINTA MIL
NOVECIENTOS QUINCE-A CERO TRESCIENTOS OCHENTA Y
CINCO Asiento UNO, del Registro Social de Inmuebles, Departa-
mento de San Salvador. EL SEGUNDO INMUEBLE: de naturaleza
urbana, de DOCE PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS
equivalentes a DIECISIETE PUNTO OCHENTA Y NUEVE VA-
RAS CUADRADAS, identificado como ESTACIONAMIENTO
NUMERO TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO, NOR-PONIENTE
DEL CONDOMINIO MONUMENTAL ESTADIO CUSCATLAN,
Cantón Monserrat, de esta Ciudad y Departamento de San Salvador,
el cual se localiza así: partiendo de la intersección del eje de la
Autopista Sur, “LOS PROCERES” y el eje Calle de acceso se mide
sobre este mismo con rumbo Sur Once grados Cero Cero minutos
Cuatro Décimas de minutos Este y una distancia de Ciento Ochen-
ta y Seis punto Ochenta metros, desde este punto con deflexión
positiva de Noventa grados Cero Cero punto Cero minutos y una
distancia de Veintisiete punto Sesenta y Nueve metros se llega al
esquinero E-TRES del Lote de estacionamiento que se describe,
y a partir del cual mide y linda: AL ESTE, línea recta de Cinco
metros y rumbo Sur Cincuenta y Seis grados Veinticinco punto Tres
minutos Este linda con área de circulación de vehículo: AL SUR,
línea recta de dos puntos Cincuenta metros y rumbo Sur Treinta y
Tres grados Treinta y Cuatro punto Siete minutos Oeste, linda con
área de circulación de vehículos: AL OESTE, línea recta de Cinco
metros y rumbo Norte Cincuenta y Seis grados Veinticinco punto
Tres minutos Oeste linda con Lote de estacionamiento Número
Trescientos Ochenta y área de circulación de vehículo; AL NORTE,
línea recta de Dos punto Cincuenta metros y rumbo Norte Treinta
y Tres grados Treinta y Cuatro punto Siete minutos Este, con área
de zona verde, llegando al esquinero E-TRES donde se inicia la
presente descripción, el cual se encuentra debidamente inscrito a
favor de los señores KARLA MARIA EMILIA ZAMORA RAMOS
DE CHAVARRIA y JOSÉ RICARDO CHAVARRIA TABLAS,
bajo la Matrícula Número SESENTA MILLONES TREINTA MIL
NOVECIENTOS QUINCE-A CERO NOVECIENTOS CUAREN-
TA Y NUEVE, Asiento UNO, del Registro Social de Inmuebles,
Departamento de San Salvador.
Se admitirán posturas siendo legales.
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125DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a
las diez horas del día tres de octubre de dos mil seis. Dr. SALVA-
DOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL.
Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. A029319-1
MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO
DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley que en el
Juicio Ejecutivo Mercantil, clasificado con el número 1012-EM-98,
promovido por BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA,
antes BANCO AGRICOLA COMERCIAL DE EL SALVADOR,
SOCIEDAD ANÓNIMA, contra los señores ROBERTO EDMUNDO
ROMERO IRAHETA y JOSE ANTONIO PINEDA GONZALEZ,
reclamándole cantidad de colones y accesorios de ley se venderá
en Pública Subasta en fecha que oportunamente se determinará en
este Juzgado, el bien inmueble embargado siguiente: Un inmueble
de naturaleza rústica, situado en el Cantón Zapotitán, jurisdic-
ción de Ciudad Arce, departamento de La Libertad, inscrito en el
Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección
del Centro, a favor del señor ROBERTO EDMUNDO ROMERO
IRAHETA, bajo el número DIEZ del libro DOS MIL CIENTO
VEINTICINCO, y según antecedente se describe así: Una porción
de la misma naturaleza y situación, compuesta por los lotes del
TRES al DIEZ del Block B, los cuales forman un solo cuerpo y es
de una superficie de UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE
PUNTO VEINTIOCHO METROS CUADRADOS, equivalentes a
UN MIL NOVECIENTOS DIECISÉIS PUNTO VEINTICUATRO
VARAS CUADRADAS, cuya descripción, medidas y linderos son
los siguientes: AL NORTE: veintiocho metros linda con resto del
inmueble general, pasaje de servidumbre de cinco metros de ancho
de por medio, abierta en el inmueble general; AL ORIENTE, vein-
tiséis metros, linda con terreno del Cementerio Municipal, cerco de
alambre propio del terreno que se describe, en parte y con terrenos
de Medardo Cabrera en otra parte; AL SUR, veintiocho metros,
linda con resto del inmueble general, pasaje de Servidumbre de
cinco metros de ancho de por medio; y AL PONIENTE línea que-
brada de tres tiros, PRIMERO, dieciocho metros de Sur a Norte,
SEGUNDO quiebra hacia el Poniente en nueve metros y TERCERO
quiebra hacia el Norte en dieciocho metros, lindando en los tres
tramos, con resto del inmueble general. Se hace constar que según
informe pericial del BANCO, el inmueble hipotecado se localiza
actualmente en Autopista a Santa Ana, Kilómetro treinta y siete,
Cantón Zapotitán, Calle El Zanate, Block B, lotes del tres al diez
jurisdicción de Ciudad Arce, Departamento de La Libertad.
Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la
Subasta que deberán de presentar sus respectivos documentos de
identidad, NIT, y comprobar su solvencia económica por medio de
libreta de ahorro, cheque certificado, constancia de ahorro, efectivo
u otro documento similar.
Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil; San Salvador,
a las doce horas treinta y dos minutos del día ocho de agosto de dos
mil seis. Lic. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE,
JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL. Lic. OSCAR EMILIO
ZETINO URBINA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. A029407-1
JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por eje-
cución promovida en este juzgado por el Licenciado FRANCISCO
ESPINOSA AGUILAR, en su calidad de Apoderado del FONDO
SOCIAL PARA LA VIVIENDA contra JOSE JAVIER GARAY
ALVARENGA, se venderá en pública subasta en este mismo juz-
gado en fecha y por el precio que oportunamente se indicará el bien
inmueble embargado siguiente: “Inmueble de naturaleza urbano
marcado con el número cuarenta y siete, Pasaje Uno Polígono I,
urbanización Villa Lourdes, Colón La Libertad, de una extensión
de setenta metros cuadrados, de las medidas perimetrales siguien-
tes: NORTE: cinco metros, SUR: cinco metros ORIENTE: catorce
metros y PONIENTE: catorce metros. El inmueble anteriormente
descrito está inscrito a favor del demandado bajo la matrícula número
30050571-00000, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas
de la Cuarta Sección del Centro, con sede en Santa Tecla".
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL:
San Salvador, a las diez horas del día treinta de noviembre de
dos mil cinco. Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES
CACERES DE ALAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. A029411-1
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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO
CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio
Civil Ejecutivo promovido por el Doctor JOSE ANTONIO MENA
como Apoderado de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHO-
RRO, CREDITO, CONSUMO, COMERCIALIZACIÓN Y APRO-
VISIONAMIENTO DE VENDEDORES DE LOS MERCADOS DE
EL SALVADOR DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, contra
los señores JOSE LUCIO GARCIA y MARIA BERTA LOPEZ
VIUDA DE CARTAGENA, reclamándole cantidad de colones,
se venderá en pública subasta el inmueble siguiente: “Inmueble
de su propiedad, de naturaleza urbana, situado en Barrio Santa
Lucía, de la Ciudad de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán,
de la superficie de DOSCIENTOS DOCE METROS CINCUENTA
DECIMETROS CUADRADOS, desmembrado de otro de mayor
extensión, que mide y linda: AL NORTE: veintidós metros, AL SUR:
veinte punto cincuenta metros, AL ORIENTE Y AL PONIENTE:
diez metros.” Inscrito bajo la Matrícula Número CINCO CERO
CERO CERO TRES NUEVE UNO SEIS - CERO CERO CERO
CERO CERO en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de
la Primera Sección del Centro.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las
catorce horas del día treinta de noviembre de dos mil seis. Dr. DARIO
VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. Lic.
VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. A029439-1
CLAUDIA LORENA RIVAS ZAMORA, JUEZA DECIMO
SEGUNDO DE PAZ DE SAN SALVADOR SUPLENTE, AL
PUBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, marcado
bajo la referencia No. 14-EM-97, promovido por el Abogado Carlos
Arlindo Durán Ponce, Apoderado General Judicial de Scotiabank
El Salvador S.A., contra el señor José Rodolfo Vásquez Murillo,
se venderá en Pública Subasta en este Tribunal el inmueble con las
características que se detallan a continuación: ubicado en Ciudad
Atlacatl, Kilómetro Diecisiete y Medio Carretera Troncal del Norte
y Carretera a Tonacatepeque, marcado con el número veintiséis del
block setenta y cuatro, de las siguientes características: Partiendo de
la intersección de los ejes de pasaje sesenta y ocho y pasaje setenta
y uno, se mide sobre el eje de pasaje setenta y uno, con rumbo sur
quince grados veinticinco punto seis minutos este, una distancia de
setenta punto cincuenta y un metros, se hace una deflexión derecha
de noventa grados y una distancia de dos punto cincuenta metros.-
Para llegar al mojón Noreste del lote que describe así: al oriente:
una distancia de seis punto cero metros con rumbo sur de quince
grados veinticinco punto seis minutos este, linda con lote tres del
block setenta y cinco, pasaje setenta y uno de cinco metros de ancho
de por medio; al sur: una distancia de quince punto cero metros
con rumbo sur de setenta y cuatro grados treinta y cuatro punto
cuatro minutos oeste, linda con lote veintisiete del mismo block; al
poniente; una distancia de seis punto cero metros con rumbo norte
de quince grados veinticinco punto seis minutos oeste, linda con
lote tres del mismo block; al norte: una distancia de quince punto
cero metros con rumbo norte de setenta y cuatro grados treinta y
cuatro punto cuatro minutos este, linda con lote veinticinco del
mismo block.- Dicho lote tiene un área de noventa punto cero
metros cuadrados equivalentes a ciento veintiocho punto setenta y
siete varas cuadradas.- El lote así descrito tiene un área de noventa
punto cero metros cuadrados, equivalente a ciento veintiocho punto
setenta y siete varas cuadradas.- Los lotes colindantes son o han
sido propiedad de la señora RAIS DE ECHEVERRIA y forman
parte del inmueble general.- El lote antes descrito se encuentra
inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, Registro
Social de Inmuebles bajo el asiento número cero cero dos, Matrí-
cula número M cero uno cero dos siete uno siete ocho, la cual ha
sido trasladada al nuevo Sistema Computarizado (SIRVC) bajo el
número 60221471-00000 según informe del Registro Propiedad
Raíz e Hipotecas, San Salvador, Código Castral número tres siete
dos cero tres cinco cero uno, y se encuentra hipotecado y embar-
gado a favor de ATLACATL SOCIEDAD ANONIMA, institución
bancaria que a través de Escritura Pública de fusión por absorción
otorgada en la ciudad de San Salvador, en fecha veintinueve de
julio de mil novecientos noventa y nueve, ante los oficios del
Notario Luis Ernesto Guandique Chávez, fuere absorbido por el
banco SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.”
Librado en el Juzgado Décimo Segundo de Paz, San Salvador,
a los un días del mes de noviembre de dos mil seis. Lic. CLAUDIA
LORENA RIVAS ZAMORA, JUEZA DECIMO SEGUNDO DE
PAZ SUPLENTE. Lic. WILBER ALIRIO DIAZ CRUZ, SECRE-
TARIO.
3 v. alt. No. A029443-1
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127DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
REPOSICION DE CERTIFICADOS
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,
COMUNICA: que a sus oficinas se ha presentado el propieta-
rio del certificado de depósitos a plazo No. 6601019178 (124008)
emitido en Suc. Santa Ana el 20 de diciembre de 1999, por valor
original de ¢19,643.26 a un plazo de 120 días, el cual devenga el
13% de interés solicitando la reposición de dicho certificado por
habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento
del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta
días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición
se procederá a reponer el certificado en referencia.
San Salvador, a los treinta días del mes de noviembre de dos
mil seis.
Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.
3 v. alt. No. A029394-1
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,
COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario
del certificado de depósitos a plazo No. 33601081002 (024205)
emitido en Suc. Nueva Concepción el 30 de noviembre de 2004, por
valor original de $800.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga
el 2.50% de interés solicitando la reposición de dicho certificado
por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento
del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta
días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición
se procederá a reponer el certificado en referencia.
San Salvador, a los treinta días del mes de noviembre de dos
mil seis.
Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.
3 v. alt. No. A029395-1
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,
COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propie-
tario del certificado de depósitos a plazo No. 1601027273 (87038)
emitido en Suc. Centro el 31 de enero de 2000, por valor original
de ¢20,000.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 8.25% de
interés solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele
extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento
del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta
días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición
se procederá a reponer el certificado en referencia.
San Salvador, a los treinta días del mes de noviembre de dos
mil seis.
Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.
3 v. alt. No. A029397-1
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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
AVISO
El Banco Cuscatlán S.A.,
COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en Km 10 carretera
a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO
DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO DOLARES Número 395988, solici-
tando la reposición de dicho CERTIFICADO por (US$4,450.00).
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al
público en general, para los efectos legales del caso, que transcurri-
dos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si
no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado
en referencia.
SAN SALVADOR, 5 de diciembre de 2006.
BANCO CUSCATLAN S.A.
AGENCIA ESPERANZA.
3 v. alt. No. A029428-1
AUMENTO DE CAPITAL
La Infrascrita Administrador Unico Suplente, actuando como Se-
cretaria de la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad
R.B. Diseño y Construcción, S.A. de C.V.,
CERTIFICA: Que en Junta General Extraordinaria de Accio-
nistas No. 1 llevada a cabo el día dos de octubre de dos mil seis, se
aprobó por unanimidad incrementar el Capital Social Mínimo de
la Sociedad así: El actual es de veinte mil colones equivalentes a
dos mil doscientos ochenta y cinco 72/100 dólares de los Estados
Unidos de América y se incrementará en ciento ochenta mil colones
equivalentes a veinte mil quinientos setenta y uno 43/100 dólares de
los Estados Unidos de América, para que el nuevo capital mínimo
sea de Doscientos mil colones exactos, equivalentes a veinte y dos
mil ochocientos cincuenta y siete 14/100 dólares de los Estados
Unidos de América.
San Miguel, 14 de noviembre de 2006.
SILVIA TERESA RAMOS DE RODRIGUEZ,
DIRECTOR SECRETARIO.
3 v. alt. No. A029399-1
La suscrita Secretaria de la Junta General Ordinaria de Accionistas
de la sociedad PROYECTISTAS, INGENIEROS, CONSTRUCTO-
RES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se
abrevia PROINCO, S.A. DE C.V., por medio de la presente
CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Junta General
Ordinaria de Accionistas, se encuentra al Número Veintidós, corres-
pondiente a la sesión de Junta General Ordinaria y Extraordinaria
de Accionistas, celebrada en esta ciudad, a las once horas quince
minutos del día veintidós de septiembre del año dos mil seis, y en
ella aparece entre otros como punto de carácter extraordinario, el
número PRIMERO, que textualmente expresa lo siguiente: INCRE-
MENTO DE CAPITAL SOCIAL MINIMO. PRIMERO: Incremento
de Capital Social Mínimo. El Presidente hizo del conocimiento la
disposición legal sobre el Capital Mínimo requerido acordando el
incremento de DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON
71/100 DOLARES ($2,285.71) a ONCE MIL CUATROCIENTOS
VEINTIOCHO CON 57/100 DOLARES ($11,428.57), es decir,
incrementar el capital social mínimo en NUEVE MIL CIENTO
CUARENTA Y DOS CON 86/100 DOLARES ($9,142.86). Por
medio de la emisión de 800 nuevas acciones a un valor nominal
de Cien Colones 00/100 cada una que equivale a Once 43/100
dólares cada una. Dichas acciones serán pagadas en su totalidad
mediante las utilidades obtenidas del Ejercicio 2003 y suscritas
por los socios en proporción a la tendencia actual, así: Francisco
Guillermo Rodríguez Recinos, 400 acciones equivalentes a Cuatro
mil quinientos setenta y dos 00/100 dólares y Amada Luisa Mena
Amaya, 400 acciones equivalentes a Cuatro mil quinientos setenta
y dos 00/100 dólares. Se faculta al Ingeniero Francisco Guillermo
Rodríguez Recinos, para que comparezca ante notario para Elabo-
ración de Escritura de modificación respectiva.
"Es conforme con el original con el cual se confrontó y para
los efectos legales consiguientes, expido, firmo y sello la presente
en San Salvador, a los nueve días del mes de octubre del año dos
mil seis".
AMADA LUISA MENA AMAYA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003771-1
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129DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
TITULO MUNICIPAL
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la señora MARGARITA SIBRIAN, quien solicita Título Municipal de Pro-piedad a su favor, de un inmueble de NATURALEZA RUSTICA, Ejidal, situado en el Cantón Barahona, de esta Jurisdicción, de una extensión superficial de TREINTA MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO PUNTO CATORCE METROS CUADRADOS, con las colindancias siguientes: AL NORTE, con Daniel Antonio Sibrián y otros; AL ORIENTE, con Daniel Antonio Sibrián y otros; AL SUR, con Juan Miguel Lara, camino vecinal de por medio; y AL PONIENTE, con Damián Lara Serrano; Todos los colindantes son de este domicilio; El inmueble no es predio dominante ni sirviente, y no le afecta carga o derechos reales a favor de otras personas, y no lo posee en proindivisión con nadie, lo valora en MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Se avisa al público para los efectos de la Ley Agraria.
BALANCE DE LIQUIDACION
AYALA HERMANAS, S.A. DE C.V. EN LIQUIDACIÓN
BALANCE FINAL AL 23 DE NOVIEMBRE DEL 2006(Expresado en Dólares de los Estados Unidos de América)
ACTIVO PASIVO Y PATRIMONIO CIRCULANTE CIRCULANTE Disponible: Cuentas y documentos por pagar: Caja General 7,565.24 Acreedores diversos 93.64 Total pasivo circulante 93.64
Cuentas y documentos por cobrar: PATRIMONIO Accionistas 232,748.67 Capital Social (Mínimo ¢200,000.00) 74,285.72 Reserva legal 12,742.45 Total activo circulante 240,313.91 Utilidades por aplicar: Utilidades de ejercicios anteriores 164,537.17 Utilidad del ejercicio 2006 (11,345.07) Total patrimonio 240,220.27 TOTAL ACTIVO 240,313.91 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 240,313.91
Lic. CESAR AUGUSTO MERINO, ELSY PINEDA, LIQUIDADOR CONTADOR.
MELARA GONZALEZ Y ASOCIADOS,AUDITORES EXTERNOS
INSCRIPCION No. 507.
3 v. alt. No. C003812-1
ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN PEDRO MASAHUAT, Departamento La Paz, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil seis. JOSE ANTONIO HENRRIQUEZ, ALCALDE MUNICIPAL INTO. Br. MARIA MARIBEL GOMEZ SANCHEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. A029370-1
MARCA DE SERVICIO
No. de Expediente: 2006061126
No. de Presentación: 20060082843
CLASE: 45.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de REPRESENTANTE
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LEGAL de REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS NATU-RALES, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la expresión duicentro y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE EMISION DE DOCUMENTOS DE IDENTIDAD.
La solicitud fue presentada el día trece de septiembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de septiembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. A029328-1
REPOSICION DE POLIZA DE SEGUROS
AVISO
La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en
general, que se ha presentado RAMON ARMANDO APARICIO
PEREZ del domicilio de SAN SALVADOR, solicitando reposición
de su póliza de seguro de vida 99004048 emitida el 15/05/2003.
Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación
de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la
mencionada póliza.
San Salvador, 21 de noviembre de 2006.
ALBA ARMIDA DE ANDREU,
RESPONSABLE DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL.
3 v. alt. No. C003746-1
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
ACEPTACION DE HERENCIAS
Lic. Angel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil, de este Distrito
Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al
público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las once
horas del día veintiocho de Septiembre del corriente año. Se tuvo
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia
intestada que al fallecer a las tres horas del día diecisiete de Julio
del corriente año, siendo la ciudad de Pasaquina, de este Distrito,
Departamento de La Unión, su último domicilio dejó el causante
José Rubén Flores Benavidez, conocido por José Rubén Flores, de
parte del señor Rubén Francisco Flores García, en concepto de hijo
del referido causante, de conformidad con el Artículo 988 Numeral
1º. C.c. y Como Cesionario de conformidad con el Artículo 1699
C.c. del derecho hereditario que en la referida sucesión le corres-
pondía a la señora Teresa de Jesús García de Flores, en concepto
de cónyuge sobreviviente del referido causante. Se le confiere al
aceptante en el carácter dicho la administración y representación
INTERINA de los bienes de la indicada sucesión con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Extiéndase
para sus publicaciones los edictos respectivos.
Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a
los veintinueve días del mes de Septiembre de dos mil seis.- LIC.
ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.
MARINA CONCEPCION MARTÍNEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. A029024-2
Lic. Angel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil, del distrito Judicial
de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público
para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las once
horas y quince minutos del día nueve de Noviembre de dos mil seis.
Se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
la herencia intestada que al fallecer el día nueve de Junio del año
dos mil dos, en el Cantón Molino, jurisdicción de Concepción de
Oriente, de este Distrito, Departamento de La Unión, su último
domicilio dejó el causante JORGE GUALBERTO ALVARADO
LEON, conocido por JORGE GUALBERTO ALVARADO, de parte
de la señora Justa Ortega Alvarado Viuda de Alvarado, conocida
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por Justa Ortega, en concepto de cónyuge sobreviviente del referido
causante, de conformidad con el Artículo 988 numeral lo. C. c. Se
le confiere a la aceptante en el carácter dicho la administración y
representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión,
con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente. Extiéndase para sus publicaciones los edictos respecti-
vos.
Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los
diez días del mes de Noviembre de dos mil seis.- LIC. ANGEL
ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA
CONCEPCION MARTÍNEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. A029025-2
Doctora Ana Felícita Estrada, Juez de lo Civil, del distrito Judi-
cial del Departamento de San Vicente, al público para los efectos
legales.
HACE SABER: Que por resolución de esta día, se ha teni-
da por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
herencia intestada que a su defunción dejó el señor CARLOS
MONTANO CORPEÑO, de treinta y dos años de edad, jornalero,
soltero, e hijo de los señores Manuel Montano y Carmen Corpeño,
fallecido a las diecisiete horas del día veintitrés de Agosto de mil
novecientos setenta y seis, accidentalmente en el Hospital Nacio-
nal Santa Gertrudis de esta ciudad, siendo su último domicilio la
ciudad de Tecoluca, Departamento de San Vicente, de parte de la
señora SIMONA DEL CARMEN CORPEÑO MONTANO, en su
calidad de hermana del expresado causante, y se ha nombrado a la
aceptante administradora y representante interina de la sucesión
de que se trata, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.-
Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las nueve horas del día
quince de Noviembre del año dos mil seis. Enmendado-Civil-Vale.-
DOCTORA ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.-
LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. A029037-2
EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO: para los efectos de
ley,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las ocho
horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario en la herencia intestada dejada al fallecer
por el señor GREGORIO VASQUEZ, el día veintisiete de junio
de mil novecientos noventa y ocho, en el Cantón El Zamorano,
de esta jurisdicción, siendo éste su último domicilio, de parte del
señor RAUL ANTONIO MEJIA CLAROS, como cesionario de los
derechos que le correspondían al señor VIDAL YANES VASQUEZ,
en calidad de hijo del causante.
Confiérasele al heredero declarado la Administración y Re-
presentación Interina de la sucesión intestada con las facultades y
restricciones de ley.
Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a
los que se creen con derecho a la herencia, para que se presenten
a deducirlo en el término de ley.
Oportunamente extiéndase la certificación respectiva.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Jiquilisco, a los
diez días del mes de noviembre de dos mil seis.- LIC. MANUEL
DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.
SILVIA YANET MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. A029058-2
MARIA ELISA HERNANDEZ PORTILLO, JUEZ DE PRIME-
RA INSTANCIA SUPLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE
TONACATEPEQUE, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE
LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas del día
quince de los corrientes, se ha tenido por aceptada y con beneficio
de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor
RODOLFO EDGARDO AGUILUZ ERROA, fallecido el día cinco
de julio del corriente año, siendo esta ciudad su último domicilio,
de parte de MARCOS ERROA DE AGUILUZ, MARIA BELVI
CAMPOS DE AGUILUZ, Y SUSANA RAQUEL AGUILUZ
CAMPOS, la primera como madre, la segunda como cónyuge
sobreviviente y la tercera como hija del causante; y se les ha con-
ferido la administración y representación interina de la sucesión,
con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente; la menor deberá ejercerla por medio de su representante
legal señora Campos de Aguiluz.
Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia
para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del térmi-
no de quince días contados a partir del día siguiente de la tercera
publicación de este edicto en el Diario Oficial.
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Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque,
a los veintiún días del mes de noviembre de dos mil seis. Enmenda-
do-BELVI-con-valen. LIC. MARIA ELISA HERNANDEZ PORTI-
LLO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- LIC. ANA
LETICIA ARIAS ZETINO, SRIO.
3 v. alt. No. A029077-2
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas del
día seis de octubre del corriente año, se ha tenido por aceptada
de parte de la señora CELIA JUANA DOLORES RODRIGUEZ
conocida por CELIA RODRIGUEZ P., CELIA RODRIGUEZ y por
CELIA JUANA RODRIGUEZ DE AMAYA, la herencia intestada
que a su defunción dejó el causante señor PEDRO ANGEL FABIAN
AMAYA conocido por PEDRO ANGEL AMAYA, quien fue de
ochenta y un años de edad, empleado, casado, fallecido en el Barrio
San Francisco, municipio de San Vicente, departamento de San
Vicente, el día diez de noviembre del año dos mil cinco, lugar de
su último domicilio, en concepto de cónyuge sobreviviente del
causante. Y se ha nombrado a la aceptante administradora y repre-
sentante interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las catorce
horas cinco minutos del día seis de octubre del año dos mil seis.
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC.
LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. A029084-2
Licenciado Samuel Marcelino Godoy Lara, Juez Tercero de lo Civil
de este Distrito Judicial,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juz-
gado este mismo día, ha sido declarada heredera y con beneficio de
inventario de la herencia Testamentaria que a su defunción ocurrida
el día veintiuno de octubre del año dos mil seis, en el Hospital
San Juan de Dios de esta ciudad, siendo el Barrio Santa Lucía de
esta ciudad el lugar de su último domicilio, dejó PEDRO LÓPEZ
MENDEZ, de parte de MARIA ESTELA LÓPEZ PEÑA AHORA
DE PALACIOS como heredera testamentaria, confiriéndosele
INTERINAMENTE la administración y representación de la
sucesión expresada con las facultades y restricciones de ley.-
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Tribunal en el término de ley.-
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL:
Santa Ana, a las nueve horas cinco minutos del día treinta de
noviembre del año dos mil seis. LIC. SAMUEL MARCELINO
GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- LICDA. MA-
RISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCÍA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. A029104-2
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,
al público para los efectos de ley;
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y quince
minutos del día tres de octubre de este año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada
que a su defunción dejó MARIA OFELIA REYES o MARIA
OFELIA REYES AQUINO, fallecida el cuatro de agosto del año
dos mil seis, en Barrio El Calvario de Santiago Nonualco, su último
domicilio, por parte de LIDIA MARINA REYES DE CORTEZ o
LIDIA MARINA REYES conocida por MARINA LIDIA REYES
y por MARINA LYDIA REYES, en concepto de hermana de la
causante. Nómbrase a la aceptante, interinamente, administradora
y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia,
para que dentro del término de quince días contados a partir del
siguiente de la tercera publicación de este aviso, se presenten a
deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, uno de noviembre de
dos mil seis. Enmendado: fallecida: Vale.- DR. LUIS SALVADOR
PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. A029143-2
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133DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
departamento de La Unión; al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las diez
horas y treinta minutos del día siete de septiembre del corriente año;
se tuvo por aceptada expresamente, y con beneficio de inventario,
la herencia intestada que al fallecer a las nueve horas del día once
de marzo del año mil novecientos noventa y cinco, en la ciudad
de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, siendo dicho
lugar su último domicilio, dejara la causante Marta Lidia Aguilera
de Medina conocida por Martha Lidia Aguilera de Medina, a los
herederos Ricardo Antonio Medina Aguilera conocido por Ricardo
Antonio Medina; José Víctor Medina Aguilera conocido por José
Víctor Medina; y Pablo Salvador Medina Aguilera conocido por
Pablo Salvador Medina, en concepto de hijos de la causante antes
mencionada, de conformidad con lo establecido en el Art. 988 No.
1° del Código Civil.
En consecuencia, se les confirió a los aceptantes, en el carácter
dicho, la administración y representación interina de los bienes
de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima,
departamento de La Unión, a los ocho días del mes de septiembre
del año dos mil seis.- Lic. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ
DE LO CIVIL.- Licda. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE
MARTÍNEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. A029159-2
CARLOS WILFREDO GARCÍA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL
DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal
a las diez horas quince minutos del día dieciocho de septiembre
del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario de la sucesión intestada que a su defunción
dejó la causante MARIA LEONOR HUMBELINA MORALES
LEIVA conocida por MARIA LEONOR UMBELINA MORALES,
MARIA LEONOR UMBELINA MORALES LEIVA y por UM-
BELINA MORALES, quien fue de ochenta y cinco años de edad,
oficios domésticos, soltera, siendo su último domicilio Soyapango,
originaria de Victoria, Departamento de Cabañas, salvadoreña, hija
de Anita Leiva y Bernabé Morales, quien falleció el veintiséis de
mayo del dos mil seis, de parte de la señora MARIA UMBELI-
NA URRUTIA MORALES conocida por MARIA UMBELINA
URRUTIA y por MARIA UMBELINA URRUTIA MORALES,
en su calidad de hija de la causante.
Confiérese a la aceptante declarada la representación y ad-
ministración interina de la herencia intestada, con las facultades
y restricciones de la herencia yacente.
Cítese a los señores ANITA LEIVA y BERNABÉ MORALES,
en su calidad de padres de la causante y a los que se crean con
derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal dentro
del término de ley, a deducir sus derechos.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a los diecio-
cho días del mes de septiembre del dos mil seis.- Lic. CARLOS
WILFREDO GARCÍA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARIA
ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003688-2
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Al público para efectos de ley que por resolu-
ción de las quince horas del día veintiuno de septiembre de dos mil
seis. Se ha Tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
Inventario de parte de los señores MIRNA VERÓNICA ABARCA
DE LÓPEZ, GLADIS ARMIDA ABARCA DE LAZO, BLANCA
IDALIA ABARCA ESCOBAR, MARIA ARELI ABARCA DE
ASTOR, JOSEFINA ALICIA ABARCA ESCOBAR y RAFAEL
ABARCA, la herencia intestada que a su defunción dejó la causante
señora JOSEFINA ALICIA ESCOBAR DE ABARCA conocida por
ALICIA ESCOBAR y por JOSEFINA ALICIA ESCOBAR, quien
era de setenta y ocho años de edad, oficinista, casada, fallecida
en esta ciudad, el día veintiocho de marzo de dos mil seis, lugar
de su último domicilio, aceptación que hacen las personas antes
referidas las primeras cinco en su calidades de hijas de la causante
y el último como cónyuge sobreviviente. Y se ha conferido a los
aceptantes la administración y representación Interina de la sucesión
con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia
Yacente.
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la
herencia, para que se presenten a este tribunal a deducirlo en el
término de quince días contados a partir desde el siguiente a la
tercera publicación del presente edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL:
San Salvador, a las once horas del día veintiséis de septiembre de
dos mil seis.- Lic. JOSÉ MARIA ESTRADA ÁLVAREZ, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES
CÁCERES DE ALAS, SECRETARIA.
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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
CIDHA DEL CARMEN AGUIRRE GRANADOS, Notario de este
domicilio con Oficina Notarial en Treinta y Una Calle Poniente
quinientos catorce de la Colonia Layco, de San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario,
proveída a las catorce horas del día uno de diciembre de dos mil
seis, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora
MARIA PALACIOS o MARIA PALACIOS DE ARAGON, quien
fue de ochenta y seis años de edad, de oficios domésticos, viuda
y falleció el día siete de noviembre de mil novecientos ochenta y
cinco en Cuscatancingo, Departamento de San Salvador, su último
domicilio, por parte de los señores JACOB ISRAEL y RAFAEL
ambos de apellidos ARAGON BELTRAN, en su concepto de Ce-
sionarios del derecho que le correspondía a la señora AMBROSIA
ARAGON o AMBROSIA ARAGON DE BELTRAN, ésta como
hija de la causante. Confiéraseles a los aceptantes la administra-
ción y representación interina de la sucesión con las facultades y
restricciones legales que les corresponden a los curadores de la
herencia yacente.
Fíjense y publíquense los edictos de Ley.
Librado en la Oficina Notarial de la Licenciada CIDHA DEL
CARMEN AGUIRRE GRANADOS, en la ciudad de San Salvador,
a uno de diciembre de dos mil seis.
Lic. CIDHA DEL CARMEN AGUIRRE GRANADOS,
NOTARIO.
3 v. c. No. A029261/58-2
DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución dictada en este Juzgado de
las quince horas del día veinte de noviembre del presente año, se ha
tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
herencia intestada dejada a su defunción por la señora MARIA SAN-
TOS CHAVARRIA conocida por MARIA SANTOS CHAVARRIA
DE REYES, quien falleció a las doce horas veintidós minutos del
día veintinueve de julio de mil novecientos ochenta y dos, en Nueva
York en el Queens Hospital Center, siendo su último domicilio, la
villa de San Miguel Tepezontes de parte de GUADALUPE REYES
DE CHAVARRIA, JOSE ANDRES CHAVARRIA y DINA LUZ
FIGUEROA ARTEAGA, la primera como hija de la causante y
como cesionaria de los derechos hereditarios que en calidad de
cónyuge le corresponden a su padre señor SIMON REYES, el
segundo como hijo de la causante y la tercera como cesionaria
de los derechos de herencia que como madre le corresponden a la
señora EMILIA CHICAS VIUDA DE CHAVARRIA. Confiérese
a los aceptantes la administración y representación interina de la
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro
Masahuat, a las once horas con treinta minutos del día veintinueve
de noviembre de dos mil seis. Lic. DANIEL ORTIZ MARTINEZ,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. MARIA ELENA ARIAS
LOPEZ, SECRETARIO.
3 v. c. No. C003732-2
TITULOS DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor
Ricardo de Jesús Galdámez, de sesenta y cinco años de edad,
Abogado y Notario, del domicilio de la ciudad de San Salvador,
Departamento de San Salvador, portador de su Documento Único
de Identidad número cero cero cuatro cinco seis dos siete uno
guión uno; actuando en su calidad de Apoderado General Judicial,
solicitando se le extienda Título de Propiedad de un inmueble de
naturaleza urbana, situado en la Avenida Sur No. 95, Barrio La
Cruz de la ciudad de Suchitoto, del Departamento de Cuscatlán,
a favor de la señora María Teresa De Paz Paz, de sesenta y ocho
años edad, Ama de Casa, del domicilio de esta ciudad, portadora
de su Documento Único de Identidad Número cero dos uno cinco
uno cuatro ocho uno guión cero, de una extensión aproximada de
Doscientos treinta y nueve punto cero metros cuadrados, de las
medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: Linda con Manuel
Menjívar, midiendo por este rumbo quince punto ocho metros;
AL NORTE: Linda con propiedad de Julia Amanda Paz Escobar,
midiendo este rumbo veintinueve punto cuarenta y ocho metros;
AL PONIENTE: Linda con propiedad de José Cleofás Guevara
Mejía, y de Isidro Santos Cortéz Landaverde, 4a Avenida Sur de por
medio, midiendo por este rumbo dieciséis punto cero cero metros;
y AL SUR: Linda con propiedad de Manuel Menjívar, midiendo
por este rumbo veintinueve punto sesenta metros. Lo valúa en la
cantidad de OCHO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA. El inmueble descrito no es dominante, ni sirviente,
no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en
proindivisión con terceras personas. Lo adquirió por compra que
le hizo al Hermano señor Isidro Elías Paz. Todos los colindantes
son de este domicilio y se avisa al público para efectos de ley.
Alcaldía Municipal de Suchitoto, a diez días del mes de noviem-
bre del año dos mil seis.- ANTONIO JUAN JAVIER MARTÍNEZ
ESCOBAR, ALCALDE MUNICIPAL.- REYNALDO ANTONIO
PINEDA POCASANGRE, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. A029091-2
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135DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL DE LA VILLA
DE CANDELARIA DE LA FRONTERA.
HACE SABER: Que se ha presentado el señor ESTANISLAO
JORDAN MACAL, de sesenta y cinco años de edad, Sastre, de
este domicilio, solicitando TITULO DE PROPIEDAD, de un solar
Urbano situado en Barrio San José, Avenida José Domingo Peñate,
Sexta Calle Oriente número cuarenta y ocho de esta villa, el cual
es de una extensión superficial de DOSCIENTOS OCHENTA Y
SEIS METROS CUADRADOS CINCUENTA Y SIETE DECÍME-
TROS CUADRADOS SESENTA Y CUATRO CENTÍMETROS
CUADRADOS, de los linderos siguientes: AL NORTE: En dos
tramos el primero de ocho punto diez metros, el segundo de cuatro
punto noventa metros, con Luis Alonso García Mejía y Josefina
de Jesús Guzmán de Morales; AL ORIENTE: Veintidós metros,
con Alfonso Palma; AL SUR: En dos tramos el primero de seis
punto sesenta y seis metros; el segundo de cinco punto sesenta y
dos metros, calle de por medio, con Rosa Mirian Vásquez Herrera,
Alejandra Arroyo Méndez, Francisca Argueta, Susana Umaña de
Montoya, Manuel Celedonio Arriola; AL PONIENTE: Veintitrés
punto diecisiete metros, con Gladis Salguero de Galicia. Todos los
colindantes son de este domicilio. Contiene una casa de habitación
con los servicios básicos, construida de sistema mixto. No es domi-
nante ni sirviente, ni hay carga ni derecho real perteneciente a otra
persona o que deba respetarse y no se encuentra en proindivisión
con nadie, estando valorado en tres mil dólares.
Alcaldía Municipal Candelaria de la Frontera, veintinueve de
noviembre de dos mil seis.- JANET RIVERA DE RIVERA, AL-
CALDESA MUNICIPAL.- DELMY NOEMY REYES HERRERA,
SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. A029096-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIU-
DAD.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la se-
ñora: MARIA DEL TRANSITO BOLAÑOS DE MARADIAGA,
quien es de treinta y siete años de edad, de Oficios Domésticos
del domicilio de San Isidro del Departamento de Cabañas, con
Documento Único de Identidad número cero cero cero dos cero
cero siete cero - siete, con Numero de Identificación Tributaria:
cero novecientos cinco doscientos cuarenta y un mil doscientos
sesenta y ocho - ciento uno - tres. Solicitando Título de Propiedad
de un inmuebles de naturaleza urbano, situado en el lugar de San
Isidro Viejo, jurisdicción de San Isidro, Departamento de Cabañas,
de una extensión superficial de: TRESCIENTOS CINCUENTA Y
OCHO METROS CUADRADOS ONCE CENTÍMETROS CUA-
DRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE: Treinta metros sesenta
centímetros, con terreno de la sucesión del señor Ezequiel Chávez
Laínez, AL SUR: Once metros cuarenta centímetros, con terreno
de Milagro Alvarado Bonilla, Paredes de Ladrillo de por medio;
AL PONIENTE: Treinta y un metros sesenta y ocho centímetros,
con Terreno de Santos Armindo Amaya; y AL NORTE: Once
Metros sesenta centímetros con terreno de Santiago Maradiaga
Lozano y Tránsito Bolaños Méndez, pared propia y Calle de por
medio. El terreno descrito no es dominante, ni sirviente, no está
en proindivisión con nadie y no tiene ninguna carga y carece de
antecedente inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipoteca.
Y lo valora por la cantidad de: DIEZ MIL DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. El inmueble antes descrito lo
mantiene en forma quieta, pacífica y no interrumpida su posesión.
Todos los colindantes son de este domicilio y se avisa al público
para los demás efectos de ley.
Alcaldía Municipal: San Isidro, a veintisiete de noviembre de
dos mil seis.- Ing. JOSÉ IGNACIO BAUTISTA, ALCALDE MU-
NICIPAL.- ROSICELA MARTÍNEZ DE LAÍNEZ, SECRETARIA
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C003708-2
TITULOS SUPLETORIOS
LA INFRASCRITA JUEZA SUPLENTE DEL SEGUNDO DE
PRIMERA INSTANCIA, del Distrito Judicial de San Francisco
Gotera; Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el Licen-
ciado HECTOR ARTURO BONILLA CHICAS, como Apoderado
Judicial de la señora MARIA BENICIA BONILLA DE RAMOS,
conocida por MARIA LIDIA BONILLA, a solicitar a su favor,
TITULO SUPLETORIO, sobre un terreno de naturaleza rústica
situado en el Caserío El Limón, Cantón Zapotal, Jurisdicción del
Municipio de Joateca, Departamento de Morazán, de la capaci-
dad superficial de TREINTA Y TRES MIL SETENTA PUNTO
CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, de las medidas y
colindancias siguientes: AL ORIENTE: mide ciento trece metros,
colinda con Natividad Tidia Argueta e Isabel Pereira, calle que
de Cacaopera conduce a Joateca de por medio; AL NORTE: mide
doscientos noventa y dos metros, colinda con Ismael Pereira; AL
PONIENTE: mide ciento trece punto cincuenta y uno metros,
colinda con Rafael Ventura e Ismael Pereira; y AL SUR: mide
doscientos noventa y dos metros, colinda con Victorino Herrera e
Iglesia Católica.- El inmueble descrito lo adquirió por compraventa
Verbal de la Posesión Material que hizo al señor JOSE SANTOS
RAMOS.- Se estima el terreno descrito en la cantidad de UN MIL
CUATROCIENTOS DOLARES.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San
Francisco Gotera, a las trece horas del día catorce de noviembre
del dos mil seis. Licda. ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZ
2º. DE 1ª. INSTANCIA SUPLENTE. Br. KARINA ELIZABETH
IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA INTERINA.
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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
Licenciada DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, Juez
de Primera Instancia del Distrito Judicial de Chinameca:
HACE SABER: Que con fecha veintiuno de septiembre del
corriente año, se presentó a este Juzgado el Licenciado Napoleón
Alberto Ríos-Lazo, de cuarenta y cuatro años de edad, Abogado y
Notario, del domicilio de San Miguel, con Documento de Identidad
número cero dos dos dos siete cero dos guión siete, y con Carnet
de Abogado número tres mil ciento ochenta y tres; en su calidad
de Apoderado General Judicial de la señora Filomena Amanda
Hernández Solórzano conocida por Filomena Amanda Hernández,
solicitando se le extienda a favor de su mandante Título Supletorio
de un inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón San Luis,
jurisdicción de Nueva Guadalupe, de este distrito, departamento
de San Miguel, de la capacidad superficial de NOVECIENTOS
NOVENTA Y UNO PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS
CUADRADOS, y que tiene las medidas y linderos siguientes: Al
Oriente: en dos tiros, el primero mide dieciséis metros setenta cen-
tímetros colinda con el señor José Ursulo Gómez, camino vecinal
de por medio; y el segundo tiro mide veinticuatro metros cero un
centímetros, colinda con terreno de Ercilia Gómez; Al Sur: un
solo tramo recto que mide veintinueve punto treinta y seis metros,
colinda con terreno de Jerónimo Solórzano en el lado oriente, y
de Vicenta Solórzano en el lado poniente, camino vecinal de por
medio Al Poniente: un solo tramo recto que mide veinticinco punto
ochenta metros, colinda con terreno de Emilia Gómez; y Al Norte:
en dos tramos rectos, el primero mide quince punto treinta y cuatro
metros, colinda con terreno de Teresa Solórzano, y el segundo tramo
mide doce punto noventa y cuatro metros colinda con terrenos de
sucesión de Pedro Solórzano; que el inmueble antes descrito no es
dominante ni sirviente, y no se encuentra en proindivisión alguna;
y lo adquirió su mandante por compraventa de posesión material
que le hiciera a la señora Rosaura Solórzano de Hernández, en el
año de mil novecientos setenta y nueve.- Y lo valúa en la cantidad
de cinco mil dólares de los Estados Unidos.
Lo que se pone en conocimientos del público.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a
las quince horas del día nueve de octubre de dos mil seis. Licda.
DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. A029046-2
ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, departamento de La Unión, al público para los efectos
de ley,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Li-
cenciado Napoleón Alberto Ríos-Lazo Romero, Abogado, de los
domicilios de San Miguel y San Salvador, en calidad de Apoderado
General Judicial del señor Norberto Osmarín Hernández Viera,
quien es de veinticinco años de edad, estudiante, del domicilio
de Pasaquina, con residencia en el Cantón San Felipe, solicitando
título supletorio de un terreno de naturaleza rústica, situado en
el Cantón San Felipe, Jurisdicción de Pasaquina, de este Distrito
Judicial, departamento de La Unión, de la capacidad superficial de
Cuatrocientos veintiocho metros, con treinta y ocho centímetros,
cuadrados, que tiene las medidas y linderos siguientes; al Norte:
diecisiete metros, veintitrés centímetros cuadrados, con terreno
de la señora Antonia Guevara, calle de por medio; al Sur: trece
metros con veinte centímetros pared de por medio, con terreno
de los señores Jesús Gutiérrez y Mario Gutiérrez; al Poniente:
veintisiete metros ochenta y cinco centímetros, cerco de alambre
de por medio con terreno de la señora Carlota Viera; y al Oriente:
veintiocho metros cuarenta y seis centímetros, pared de por medio,
con terreno de el señor Jesús Gutiérrez. Valúa dicho inmueble en la
cantidad de mil dólares, y lo adquirió por compra informal hecha
por la señora Marta Viera, el mes de mayo de mil novecientos
noventa y nueve.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima,
departamento de La Unión, a los diecinueve días del mes de octubre
del año dos mil seis. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ
DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE
MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. A029048-2
Licenciada DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, Juez
de Primera Instancia del Distrito Judicial de Chinameca;
HACE SABER: Que con fecha treinta de octubre del corriente
año, se presentó a este Juzgado el Licenciado Carlos Roberto Galeas
Chávez, de treinta y dos años de edad, Abogado, del domicilio de
la ciudad de San Miguel, con Carnet de Abogado número doce
mil trescientos noventa y seis guión cuatro, en su concepto de
Apoderado General Judicial del señor Ever Rosalvo Quintanilla
Solórzano, solicitando a favor de su mandante se le extienda Título
Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica situado en Can-
tón San Luis, jurisdicción de Nueva Guadalupe, de este distrito,
departamento de San Miguel, de una capacidad superficial de
CUATROCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS de
las medidas y colindancias siguientes: Al Oriente: mide veintidós
metros y linda con Adelio Mejía, calle pública de por medio; Al
Poniente: mide veintitrés metros linda con José Sandoval cerco de
alambre del colindante; Al Norte: mide veinticuatro metros colinda
con Antonio Gómez, cerco de alambre propio ante hoy de Oswaldo
Andrade; y Al Sur: mide dieciséis metros linda con Adán de Jesús
Sandoval cerco de piña y alambre propio.- En el terreno antes des-
crito existe construida una casa de sistema mixto de siete metros de
largo por cinco de ancho, con todos los servicios y accesorios, no
es ejidal, baldío ni comunal, no tiene carga ni derechos reales, es
decir que está a cuerpo cierto, no es dominante ni sirviente.- Dicho
inmueble lo adquirió su mandante por compraventa que le hiciera
al señor Antonio Gómez Solórzano en día veintidós de enero de
mil novecientos noventa y tres.- Y lo Valúa en la cantidad de dos
mil dólares de los Estados Unidos de América.
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137DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las diez horas del día seis de noviembre de dos mil seis.- Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. A029079-2
RAFAEL ANTONIO MORAN CORNEJO, Notario de este domicilio con oficina en Colonia Tres de Mayo, Antigua Calle Ferrocarril número dos mil ciento seis, San Salvador.
HAGO SABER: Para los efectos de ley, que ante mis ofi-cios de notario, se ha presentado el señor Marco Anival Artero Mendoza, mayor de edad, del domicilio de Apaneca, departamento de Ahuachapán, solicitando título supletorio de un predio rústico situado en el Cantón Palo Verde de Apaneca, departamento de Ahuachapán, de una extensión superficial de ochenta y seis mil novecientos ochenta punto cero ochocientos cincuenta y cinco metros cuadrados que colinda AL NORTE con Medardo Alejan-dro González Rodríguez, AL SUR, Batre Bendi S.A. de C. V., y Enrique Alberto Melgar Orellana. AL PONIENTE, con Batre Bendi S.A. de C.V., Enrique Alberto Melgar Orellana, Medardo Alejandro González Rodríguez, González Rodríguez de Alejandro, Mayra Elvira, Alquileres e Inversiones S.A. de C.V., María Teresa Argüello de Melara, Rafael Telles, Butter de Argüello, Jennifer Jessica, Francisco Roberto García Hidalgo, Manuel Enrique Serarols González, AL ORIENTE: con predio de Florencio Ramírez y Gustavo Magaña. El inmueble se valúa en doce mil dólares de los Estados Unidos de América y lo posee por compra que hizo a las personas siguientes Ana María Orellana de Koeningsberg, Miguel Antonio, José Luis, Carlos Arnoldo, Salvador Eduardo, Ana María, Gustavo Ernesto y Enrrique Alberto todos de apellido Melgar Orellana; en el mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cinco por tanto la posesión data de más de diez años consecutivos.
San Salvador, a los veintidós de septiembre de dos mil seis.
RAFAEL ANTONIO MORAN CORNEJO,
NOTARIO.
3 v. alt. No. A029153-2
JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la se-ñora MARIA ADELA FLORES DE MARTINEZ, de sesenta y un años de edad, de Oficios del Hogar, del domicilio de Concepción Corozal, Departamento de San Miguel, representada por medio de su Apoderado General Judicial, Licenciado FREDY WILLIAN MONTES VARGAS, solicitando TITULO SUPLETORIO sobre “Un Terreno de Naturaleza Rústica, situado en el Cantón Concepción Corozal de esta Jurisdicción, distrito y Departamento de San Mi-
guel, de la capacidad superficial de TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, que mide y linda, AL ORIENTE: Mide sesenta metros, cincuenta centímetros, linda con solar de la señora ROMELIA VIUDA DE ROMERO, Río Yamabal de por medio; AL NORTE: Mide noventa metros, treinta y cinco centímetros, linda con el señor EFRAIN GUZMAN, cerco de alambre de por medio; AL PONIENTE: Consta de tres tramos rectos: El primero mide veinticinco metros, cincuenta y siete centímetros, el segundo de diez metros cincuenta centímetros, y el tercero de ocho metros veintitrés centímetros, lindando con el señor ENRIQUE DIAZ ROMERO cerco de alambre de por medio; Y AL SUR: Consta de dos tramos rectos: El primero mide veintinueve metros, ochenta centímetros, y el segundo de treinta y siete metros nueve centímetros, linda con la señora ROSA FLORES, callejón público que conduce al Río Yamabal de por medio. El inmueble anteriormente descrito mi representada viene ejerciendo actos de verdadera dueña y actual poseedora, desde el año mil novecientos ochenta, es decir que está en posesión de dicho inmueble desde hace más de veintiséis años, hasta la fecha por Compraventa que le hiciera el señor ISRAEL OSEAS ROMERO UMAÑA.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil, a las quince horas del día dieciséis de noviembre de dos mil seis. Dr. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. JOSE ERNESTO ROMERO FUENTES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003681-2
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado la señora MARINA TERESA DE JESUS SORTO VIUDA DE CRUZ, en su carácter personal, de cincuenta años de edad, de oficios domésti-cos, viuda, de este domicilio, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO, a favor de la expresada señora SORTO VIUDA DE CRUZ, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Can-tón Chunte, Caserío La Esperanza, jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, de una extensión superficial de SETE-CIENTOS NOVENTA Y DOS PUNTO VEINTIDOS METROS CUADRADOS, de los linderos y colindancias siguientes: AL SUR, en línea recta mide veintisiete punto diez metros, por cerco de piedra y piña propiedad del colindante, linda en parte con Rutilio Castro y Lión Gámez, AL ORIENTE, línea recta de treinta y seis punto cincuenta metros, cerco de piedra y piña del colindante, linda con Orlando Castro, AL NORTE, Desde un árbol de Izcanal hasta otro de quina, línea recta imaginaria mide diecinueve punto veinte metros, linda con Rosa Sorto; y AL PONIENTE, desde el árbol antes dicho hasta uno de pitarrillo línea recta imaginaria mide veintiséis punto cincuenta metros, linda con Rigoberto Sorto. Lo obtuvo por compra que le hizo a la señora MARIA ANTONIA SORTO VIUDA DE HERNANDEZ, en el año de mil novecientos setenta y siete. Lo valora en la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los diez días del mes de noviembre de dos mil seis. Lic. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. GLADIS ELIZABETH FLORES DE ALFARO, SECRETARIA.
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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 1975002560
No. de Presentación: 20060083408
CLASE: 01.
LA INFRASCRITA REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado TANIA
MARGARITA VARGAS LEONOR, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL Y
ESPECIAL de PRODUCTOS AGROQUIMICOS DE CENTRO
AMERICA, S.A., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción
Número 00013 del Libro 00114 de REGISTRO DE MARCAS,
consistente en Cuatro plantitas de dos hojas de igual tamaño y se
forma cada una, y follaje sobrepuesto, debajo de las cuales se lee
las palabras PROTERRA, escrita en letras características; que am-
para productos comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasificación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los veintisiete días del mes de noviembre
del año dos mil seis.
Lic. MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. A029076-2
No. de Expediente: 1995000023
No. de Presentación: 20060073643
CLASE: 25.
LA INFRASCRITA REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JAIME
ERNESTO DAHBURA DAHBURA, mayor de edad, COMER-
CIANTE, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de
FABRICA DE TEJIDOS EL ATLETA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EL ATLETA, S.A. DE C.V.,
del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00206 del
Libro 00032 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las
palabras EL ATLETA, que se describe así: en el primer círculo
del diseño de la marca es de color verde, se encuentra la palabra
EL ATLETA, en letras negras y mayúsculas en la parte superior,
en la parte inferior, siempre del primer círculo están unos círculos,
cuadrados y triángulos de color verde y anaranjado; en el segundo
círculo está la figura de un hombre, de fondo de color verde; que
ampara productos comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasifica-
ción Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los veinte días del mes de octubre del
año dos mil seis.
Lic. MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003699-2
No. de Expediente: 1996003892
No. de Presentación: 20060077324
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
MAURICIO MENDEZ GARAY, mayor de edad, ABOGADO, del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-
ÑA, actuando como APODERADO de VITABIOTICS LTD., del
domicilio de Londres, Inglaterra, Reino Unido, de nacionalidad
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139DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00248 del Libro 00056 de INSCRIPCION DE MARCAS, consis-
tente en la palabra OSTEOCARE, escrita en letras mayúsculas, de
molde y de color negro; que ampara productos comprendidos en
la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los veinte días del mes de octubre del
año dos mil seis
Lic. MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003700-2
No. de Expediente: 1996003895
No. de Presentación: 20060077325
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
MAURICIO MENDEZ GARAY, mayor de edad, ABOGADO, del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-
ÑA, actuando como APODERADO de VITABIOTICS LTD., del
domicilio de Londres, Inglaterra, Reino Unido, de nacionalidad
INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00001 del libro 00057 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en la palabra WELLMAN, escrita en letras mayúsculas de molde y
de color negro; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase
05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinte días del mes de octubre del año dos mil seis.
Lic. MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003701-2
No. de Expediente: 1996003890
No. de Presentación: 20060077379
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MAURICIO MENDEZ GARAY, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de VITABIOTICS LTD., del domicilio de Londres, Inglaterra, Reino Unido, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00010 del Libro 00061 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra PERFECTIL; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinte días del mes de octubre del año dos mil seis.
Lic. MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003702-2
DIARIO
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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
MARCAS DE FABRICA
No. de Expediente: 2006062739
No. de Presentación: 20060085431
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE HERIBERTO REYES CISNEROS, en su calidad de APODERA-DO GENERAL JUDICIAL de RAUL MOLINA MARTINEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA Y MANUEL ROBERTO MOLINA MARTINEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
PRIMICIA LIDO
Consistente en: las palabras PRIMICIA LIDO, que servirá para: AMPARAR: PAN, GALLETAS, TORTAS, PASTELERIA, CON-FITERIA, CAFE, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, HARINAS, PREPARACIONES HECHAS CON CEREALES, BIZCOCHOS, MIEL.
La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. A029154-2
No. de Expediente: 2006063018
No. de Presentación: 20060085960
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE HERIBERTO REYES CISNEROS, en su calidad de APODERA-DO GENERAL JUDICIAL DE RAUL MOLINA MARTINEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA Y MANUEL ROBERTO MOLINA
MARTINEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
PRIMICIA
Consistente en: la palabra PRIMICIA, que servirá para: AM-PARAR: PAN, GALLETAS, TORTAS, PASTELERIA, CONFI-TERIA, CAFE, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, HARINAS, PREPARACIONES HECHAS CON CEREALES, BIZCOCHOS, MIEL.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de noviembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. A029155-2
No. de Expediente: 2006062173
No. de Presentación: 20060084557
CLASE: 20.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado OLGA PATRICIA CAMPOS DE RAMOS, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de INVERSIONES RAMOS CAMPOS, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES RAMOS CAMPOS, S.A. DE C.V., de nacionali-dad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras COLCHONES EL REY y diseño. Sobre los elementos de uso común aisladamente considerados no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: COL-CHONES PARA CAMA.
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141DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, quince de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003678-2
No. de Expediente: 2006061090
No. de Presentación: 20060082788
CLASE: 06.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CLAUDIA JUDITH MACEDA CHICO, en su calidad de APODERADO de CRYOGAS DE CENTROAMERICA, S.A., de nacionalidad PA-NAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
CRYOSTAR
Consistente en: la palabra CRYOSTAR, que servirá para: AMPARAR: SOLDADURAS Y EQUIPOS RELACIONADOS CON LA INDUSTRIA DE SOLDAR, TALES COMO SOLDA-DURA DE ORO Y PLATA, HILOS DE SOLDAR DE METAL Y VARILLAS METALICAS PARA SOLDAR.
La solicitud fue presentada el día trece de septiembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de noviembre del año dos mil seis.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003682-2
No. de Expediente: 2006062892
No. de Presentación: 20060085722
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado WALTER ERNESTO RODRIGUEZ RIVAS, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Flexium
Consistente en: la palabra Flexium, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de noviembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003683-2
No. de Expediente: 2006061041
No. de Presentación: 20060082707
CLASE: 20.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APO-DERADO GENERAL JUDICIAL de CENTRO DE SUEÑOS
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142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
WINDSOR CREEK
Consistente en: las palabras WINDSOR CREEK que se tra-duce al castellano como ARROYO WINDSOR, que servirá para: AMPARAR: MUEBLES, ESPEJOS, MARCOS, ARTICULOS DE MADERA, CORCHO, CAÑA, JUNCO, MIMBRE, CUERNO, HUESO, MARFIL, BALLENA, CONCHA, AMBAR, NACAR, ESPUMA DE MAR, CELULOIDE Y SUCEDANEOS DE TODAS ESTAS MATERIAS O DE MATERIAS PLASTICAS.
La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de septiembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003693-2
No. de Expediente: 2006061039
No. de Presentación: 20060082705
CLASE: 20.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APO-DERADO GENERAL JUDICIAL de CENTRO DE SUEÑOS GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
ASHWOOD
Consistente en: la palabra ASHWOOD, traducida al castella-no como CENIZA DE MADERA, que servirá para: AMPARAR: MUEBLES, ESPEJOS, MARCOS, ARTICULOS DE MADERA, CORCHO, CAÑA, JUNCO, MIMBRE, CUERNO, HUESO,
MARFIL, BALLENA, CONCHA, AMBAR, NACAR, ESPUMA DE MAR, CELULOIDE Y SUCEDANEOS DE TODAS ESTAS MATERIAS O DE MATERIAS PLASTICAS.
La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de septiembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003694-2
No. de Expediente: 2006061042
No. de Presentación: 20060082708
CLASE: 20.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APO-DERADO GENERAL JUDICIAL de CENTRO DE SUEÑOS GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
BODY PILLOW
Consistente en: las palabras BODY PILLOW, traducido al castellano como CUERPO ALMOHADA, que servirá para: AM-PARAR: MUEBLES, ESPEJOS, MARCOS, ARTICULOS DE MADERA, CORCHO, CAÑA, JUNCO, MIMBRE, CUERNO, HUESO, MARFIL, BALLENA, CONCHA, AMBAR, NACAR, ESPUMA DE MAR, CELULOIDE Y SUCEDANEOS DE TODAS ESTAS MATERIAS O DE MATERIAS PLASTICAS.
La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año dos mil seis.
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143DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de septiembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003695-2
No. de Expediente: 2006062737
No. de Presentación: 20060085429
CLASE: 04.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIO GUSTAVO RAMOS PADILLA, en su calidad de REPRESENTAN-TE LEGAL de RAMOS MANZANO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: RAMANZA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras SAN JOSÉ y diseño, que servirá para: AMPARAR: VELAS Y VELADORAS.
La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de noviembre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003696-2
No. de Expediente: 2006061991
No. de Presentación: 20060084246
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIA EUGENIA MENDEZ DE HUEZO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL, JUDICIAL Y ADMINISTRATIVO DE RESEARCH & DEVELOPMENT MARKETING, INC., de nacionalidad PA-NAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra SUAVISSIMO, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERI-NARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MEDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IM-PRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUN-GICIDAS, HERBICIDAS.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de octubre del año dos mil seis.
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144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de octubre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003710-2
No. de Expediente: 2006061990
No. de Presentación: 20060084245
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIA EUGENIA MENDEZ DE HUEZO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL, JUDICIAL Y ADMINISTRATIVO de RESEARCH & DEVELOPMENT MARKETING, INC., de nacionalidad PANA-MEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra SUAVISSIMO, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LA COLADA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMETICOS, LO-CIONES PARA EL CABELLO; DENTIFRICOS.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de octubre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de octubre del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003711-2
No. de Expediente: 2006059193
No. de Presentación: 20060080007
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL JULIO MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS QUIMICO-FARMACEUTICOS LANCASCO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
OPRALEN
Consistente en: la palabra OPRALEN, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTO FARMACÉUTICO ANTIMICÓTICO PARA USO HUMANO.
La solicitud fue presentada el día diez de julio del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de julio del año dos mil seis.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003714-2
No. de Expediente: 2006060740
No. de Presentación: 20060082161
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS GIANCARLO DE LA GASCA COLTRINARI, en su calidad de APODERADO de LABORATORIOS PISA, S.A. DE C.V., de
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145DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
IKATIN PISA
Consistente en: las palabras IKATIN PISA, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTO FARMACEUTICO CON GENTAMICI-NA COMO PRINCIPIO ACTIVO, EN FORMA FARMACEUTICA INYECTABLE.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de agosto del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de agosto del año dos mil seis.
DIANA VIOLETA HASBÚN VILLACORTA,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003715-2
No. de Expediente: 2006058992
No. de Presentación: 20060079601
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS GIANCARLO DE LA GASCA COLTRINARI, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS PISA DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DROGUERIA PISA DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
FLOVES PISA
Consistente en: la expresión FLOVES PISA, que servirá para: AMPARAR: MEDICAMENTO FORMULADO A BASE DE SE-VOFLURANO EN FORMA FARMACEUTICA DE LIQUIDOS.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de junio del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de junio del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003717-2
No. de Expediente: 2006057884
No. de Presentación: 20060077848
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS GIANCARLO DE LA GASCA COLTRINARI, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS PISA, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
RELATRAC
Consistente en: la palabra RELATRAC, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de mayo del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Sig-nos Distintivos. San Salvador, veintitrés de mayo del año dos mil seis.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003718-2
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146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
No. de Expediente: 2006059722
No. de Presentación: 20060080818
CLASE: 14.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS
GIANCARLO DE LA GASCA COLTRINARI, en su calidad de
APODERADO ESPECIAL de REPRESENTACIONES ALBIS, S.A.
DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
STEINER
Consistente en: la palabra STEINER, que servirá para: AM-
PARAR: RELOJES, CORREAS PARA RELOJ, CARÁTULAS
PARA RELOJ, EXTENSIBLES APRA RELOJ, CRONÓMETROS
(RELOJES), CRONÓGRAFOS, RELOJES DE PARED, RELOJES
DESPERTADORES, RELOJES DE ESCRITORIO, RELOJES DE
MESA.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año
dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Dis-
tintivos. San Salvador, veintiocho de julio del año dos mil seis.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
JULIO FRANCISCO MORENO MIRANDA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003719-2
No. de Expediente: 2006060141
No. de Presentación: 20060081306
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS
GIANCARLO DE LA GASCA COLTRINARI, en su calidad de
APODERADO ESPECIAL de British Sky Broadcasting Group plc,
de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión SKY, traducida al castellano como
CIELO, que servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTON Y AR-
TICULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN
OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; ARTICULOS
DE ENCUADERNACION; FOTOGRAFIAS; PAPELERIA; ÁD-
HESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA PEPELERIA O LA CASA;
MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ES-
CRIBIR Y ARTICULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES);
MATERIAL DE INSTRUCCION O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO
APARATOS); MATERIAS PLASTICAS PARA EMBALAJE (NO
COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE
IMPRESNTA; CLICHES.
La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos
mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro
de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Sig-
nos Distintivos. San Salvador, catorce de agosto del año dos mil
seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003720-2
NOMBRES COMERCIALES
No. de Expediente: 2006062171
No. de Presentación: 20060084555
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado OLGA
PATRICIA CAMPOS DE RAMOS, en su calidad de REPRE-
SENTANTE LEGAL de INVERSIONES RAMOS CAMPOS,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abre-
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147DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
via: INVERSIONES RAMOS CAMPOS, S.A. DE C.V., de nacio-
nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL,
Consistente en: las palabras COLCHONES EL REY y dise-
ño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO
INDUSTRIAL DEDICADO A LA FABRICACION Y VENTA DE
COLCHONES PARA CAMA, UBICADO EN EL BARRIO SAN
FELIPE, CALLE CHAPARRASTIQUE, NUMERO QUINIENTOS
OCHO, SAN MIGUEL.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del
año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, veinticinco de octubre del año dos mil
seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003679-2
No. de Expediente: 2006062996
No. de Presentación: 20060085921
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado
GUILLERMO EDMUNDO PORTILLO GONZALEZ, de nacio-
nalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO,
solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras E-COBROS CONSULTORIA
LEGAL DE EL SALVADOR y diseño, que servirá para: IDENTI-
FICAR UN ESTABLECIMIENTO DE SERVICIO DEDICADO A
BRINDAR SERVICIOS DE ASESORIA JURIDICA EN GENERAL,
SERVICIOS DE CAPACITACION Y SUPERACION PROFESIO-
NAL, Y PRESENTACIONES LEGALES INTERNACIONALES
DIVERSAS, UBICADO EN BOULEVARD CONSTITUCION Y
75 AVENIDA NORTE SOBRE CALLE AL VOLCAN RESIDEN-
CIAL PORTICOS DE SAN RAMON PASAJE 8 ORIENTE 5-N
MONTEBELLO, MEJICANOS, SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre del
año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, veintinueve de noviembre del año dos
mil seis.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003709-2
No. de Expediente: 2006056165
No. de Presentación: 20060075206
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS
GIANCARLO DE LA GASCA COLTRINARI, en su calidad de
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148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
APODERADO ESPECIAL de GRANOS, SOCIEDAD ANONIMA,
de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro del
NOMBRE COMERCIAL,
“CAFÉ BARISTA”
Consistente en: las palabras “CAFÉ BARISTA”, que servirá
para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL
DEDICADO A SERVICIOS DE RESTAURACION Y HOSPE-
DAJE TEMPORAL.
La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos
mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, catorce de noviembre del año dos mil
seis.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003713-2
MATRICULAS DE COMERCIO
ASIENTO DE EMPRESA 2002016910
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002016910- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado VICTOR
CARBONE, en su calidad de Representante legal de la sociedad
ARQUITECTURA, MUEBLES, INDUSTRIAS DIVERSAS AR-
TESANIAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
que puede abreviarse ARMIDA, S.A. DE C.V.; de nacionalidad
SALVADOREÑA, del domicilio y departamento de SAN SAL-
VADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 27 del
libro 757 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con
Número de Identificación Tributaria: 0614-011190-102-1; el cual
ha presentado solicitud a las quince horas y treinta y tres minutos
del día doce de noviembre de dos mil dos, con la cual se otorgó el
asiento de Empresa No. 2002016910 inscripción 44 y el asiento de
Establecimiento No. 2002016910-001 inscripción 45, ambos del
libro 131 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento;
la Empresa denominada ARQUITECTURA, MUEBLES, INDUS-
TRIAS DIVERSAS ARTESANIAS, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMPRA VENTA
DE ARTESANIAS Y MUEBLES, con dirección en COLONIA
ESCALON, 93ª AVENIDA NORTE Y CALLE EL MIRADOR,
No. 631, del domicilio y departamento de SAN SALVADOR, cuyo
activo asciende a TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL QUINCE
90/100 DOLARES ($ 381,015.90) y que tiene el establecimiento
siguiente: 001-) denominado ARMIDA, S. A. DE C. V. ubicado
en COLONIA ESCALON, 93ª AVENIDA NORTE Y CALLE EL
MIRADOR, No. 631, del domicilio y departamento de SAN SAL-
VADOR, y que se dedica a COMPRA VENTA DE ARTESANIAS
Y MUEBLES.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley,
San Salvador, siete de noviembre de dos mil seis.
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C003685-2
ASIENTO DE EMPRESA 2005053967
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005053967- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el (la)
señor (a) NELSON GRANADOS MACHADO, en su calidad de
Representante legal de la sociedad G R CONSTRUCTORA E
INVERSIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-
RIABLE que puede abreviarse G R CI, SA, DE C. V.; sociedad
de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio, de SAN SAL-
VADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 48 del
libro 1890 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,
con Número de Identificación Tributaria: 1217-170104-101-6; el
cual ha presentado solicitud a las quince horas y un minutos del
día diecisiete de marzo de dos mil cinco, con la cual se otorgó el
asiento de Empresa No. 2005053967 inscripción 106 y el asiento de
Establecimiento No. 2005053967- 001, inscripción 107, ambos del
Libro 80 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento;
la Empresa se denomina G R CONSTRUCTORA E INVERSIO-
NES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual
se dedica a SERVICIOS DE INGENIERIA Y CONSTRUCCION,
con dirección en COLONIA PADRE PIO, CALLE PRINCIPAL,
No. 55, del domicilio de SAN MIGUEL, cuyo activo asciende a
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ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON
57/100 $11,428.57 y que tiene el (los) establecimiento(s) siguiente
(s): 001-) denominado GR CI S.A. DE C. V. ubicado en COLO-
NIA PADRE PIO, CALLE PRINCIPAL, No. 55, y que se dedica
a SERVICIOS DE INGENIERIA Y CONSTRUCCION,.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, treinta de marzo de dos mil cinco.
Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C003686-2
ASIENTO DE EMPRESA 2005054499
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005054499- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIGUEL
ANGEL LANDAVERDE OSORIO, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, número de Documento Único de Identidad 00455217-2 del
domicilio de SAN SALVADOR, con Número de Identificación
Tributaria: 0202-070267-101-7 el cual ha presentado solicitud a
las trece horas y veintinueve minutos del día veintiocho de febrero
de dos mil seis., con la cual se otorgó el asiento de Empresa No.
2005054499 inscripción 58 y el asiento de Establecimiento No.
2005054499- 001 inscripción 59, ambos del libro 110 de Asien-
tos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se
dedica a COMPRA-VENTA DE EQUIPO PARA MEDICOS Y
HOSPITALES Y MATERIALES MEDICOS, con dirección en
1ª DIAGONAL DR. ARTURO ROMERO No. 408, EDIFICIO
C+H, LOCAL 303 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo
activo asciende a NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS
DOS DOLARES CON 77/100 $98,802.77 y que tiene el estable-
cimiento siguiente: 001-) denominado PARAMEDICOS DE EL
SALVADOR ubicado en lª DIAGONAL DR. ARTURO ROMERO
No. 408, EDIFICIO C+H, LOCAL 303 y que se dedica a COM-
PRA-VENTA DE EQUIPO PARA MEDICOS Y HOSPITALES Y
MATERIALES MEDICOS
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintiuno de marzo de dos mil seis.
Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C003704-2
ASIENTO DE EMPRESA 2006057403
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006057403- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GIAN
OTELLO INNOCENTI GONZALEZ, en su calidad de Repre-
sentante legal de la sociedad DESARROLLOS MULTIPLES,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede
abreviarse DESARROLLOS MULTIPLES, S .A. DE C.V.; sociedad
de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANTIAGO
TEXACUANGOS, departamento de SAN SALVADOR, cuya
escritura social está inscrita bajo el número 9 del libro 2149 del
Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de
Identificación Tributaria: 0614-030706-101-3; el cual ha presentado
solicitud a las diez horas y treinta y nueve minutos del día nueve de
octubre del dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa
No. 2006057403 inscripción 80 y el asiento de Establecimiento
No. 2006057403- 001, inscripción 81, ambos del Libro 128 de
Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento, la Empresa se
denomina DESARROLLOS MULTIPLES, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ACTIVIDADES
INMOBILIARIAS REALIZADAS CON BIENES PROPIOS O
ARRENDADOS, con dirección en KILOMETRO 14, CALLE A
SANTIAGO TEXACUANGOS, REPARTO BOLIVAR, del do-
micilio de SANTIAGO TEXACUANGOS, departamento de SAN
SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIEN-
TOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($ 11,428.57) y que tiene
el establecimiento siguiente: 001-) denominado DESARROLLOS
MULTIPLES, S. A. DE C. V. ubicado en KILOMETRO 14, CA-
LLE A SANTIAGO TEXACUANGOS REPARTO BOLIVAR, del
domicilio de SANTIAGO TEXACUANGOS, departamento de SAN
SALVADOR, y que se dedica a ACTIVIDADES INMOBILIARIAS
REALIZADAS CON BIENES PROPIOS O ARRENDADOS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, diez de octubre de dos mil seis.
Licda. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. C003712-2
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150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la sociedad PROMEDICA HOSPITALARIA, S.A. DE C.V..,
CONVOCA: a Junta General de Accionistas, para tratar asun-tos de carácter Extraordinario, a celebrarse en HOSPITAL CEN-TRAL, situado en Calle Guadalupe, entre Boulevard Tutunichapa y Alameda Juan Pablo II, a las Dieciocho horas (6:00 p.m.) del día jueves 28 de diciembre del año dos mil seis. El Quórum necesario para conocer de los asuntos de carácter extraordinario, en primera convocatoria será de las tres cuartas partes de las acciones en que está dividido el Capital Social; es decir, trescientas ochenta y seis mil ochocientos cincuenta y ocho acciones (386.858), y sus resoluciones serán válidas con el voto de las tres cuartas partes de todas las acciones de la sociedad.
De no haber Quórum en la hora y fecha señaladas, del presente año, se convoca por segunda vez para las dieciocho horas (6:00 p.m.) del día viernes 29 del corriente, en la dirección antes citada. En tal caso, para conocer los asuntos de carácter extraordinario el Quórum necesario será de la mitad más una de las acciones en que está dividido el Capital Social; es decir, doscientas cincuenta y siete mil novecientas seis acciones (257,906) y sus resoluciones se tomarán con el voto de las tres cuartas partes de las acciones presentes en la sesión.
AGENDA DE PUNTOS EXTRAORDINARIOS
I Comprobación y establecimiento del Quórum.
II Aprobación de Agenda.
III Lectura y ratifi cación del Acta anterior.
IV Revalorización de los activos no corrientes de Promédica Hospitalaria, S.A. de C.V.
V Aumento de Capital Variable por Revalorización de los activos no corrientes.
VI Nombramiento del Ejecutor Especial para que comparezca ante notario al otorgamiento de los instrumentos jurídicos necesarios.
San Salvador, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil seis.
Dr. MIGUEL BENJAMIN TENZE TRABANINO,
REPRESENTANTE LEGAL.
Lic. JOSE FRANCISCO MARROQUIN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. A029442-2
SUBASTAS PÚBLICAS
EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIU-
DAD DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA
LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promo-
vido por la abogada SONIA ELIZABETH MOLINA CORTEZ, como
apoderada de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO,
CREDITO, APROVISIONAMIENTO Y COMERCIALIZACION
DEL COLEGIO MEDICO DE EL SALVADOR, DE RESPON-
SABILIDAD LIMITADA, contra el demandado señor DAVID
RICARDO ZAVALETA MORAN, reclamándole cumplimiento
de obligaciones y demás accesorios, se venderá en pública subasta
en este Tribunal el inmueble que se describe a continuación: “Un
inmueble de naturaleza urbana y construcciones, identificado como
lote número NUEVE del Block “A” situado sobre la Calle Heredia
o Calle D, Colonia Inversiones Comerciales número Uno, al Sur de
la Colonia Costa Rica, de esta ciudad de CIENTO NOVENTA Y
SIETE METROS CUADRADOS o sean DOSCIENTAS OCHENTA
Y UNA VARAS CUADRADAS OCHENTA Y SIETE DECIMOS
DE VARA CUADRADA, de extensión que mide y linda: AL NOR-
TE, ocho metros treinta y seis centímetros, con lote número siete
del block A: AL SUR, ocho metros ochenta y nueve centímetros,
con lotes número ciento treinta y ciento treinta y uno block “I”
Calle D de catorce metros treinta centímetros de ancho de por
medio: AL ORIENTE: veintidós metros cinco centímetros con lote
número ocho del block “A”: y AL PONIENTE, veinticinco metros
ocho centímetros con lotes números diez, once y doce del block
“A”, las cuatro líneas son rectas y los predios colindantes son de
Inversiones Comerciales, S.A. y forman parte de todo el inmueble
de donde se segregó este lote y la calle D fue abierta en el resto del
terreno.- El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor
del demandado señor DAVID RICARDO ZAVALETA MORAN,
en el Sistema de Folio Real Automatizado Matrícula número SEIS
CERO CERO TRES CINCO NUEVE OCHO NUEVE-CERO CERO
CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas
de la Primera Sección del Centro.-
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a
las doce horas del día siete de noviembre del año dos mil seis.-
MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.
Br. RICARDO HUMBERTO CORNEJO S., SRIO INTO.
3 v. alt. No. A029047-2
EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este
Distrito Judicial, al público en general,
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil pro-
movido en este Tribunal por el Licenciado JUAN FRANCISCO
MOREIRA MAGAÑA, continuado por el Licenciado BENJAMIN
BALTAZAR BLANCO HERNÁNDEZ, ambos mayores de edad,
abogados y de este domicilio, actuando como Apoderados Genera-
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151DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
les Judiciales del BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR,
SOCIEDAD ANÓNIMA, absorbente de ATLACATL, SOCIEDAD
ANÓNIMA, de este domicilio, y últimamente por el Licenciado
BLANCO HERNÁNDEZ, como Apoderado General Judicial de
SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, absor-
bente del BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, SOCIE-
DAD ANÓNIMA, de este domicilio, contra la señora BERTILA
HERNÁNDEZ CORTEZ, mayor de edad, estudiante, del domicilio
de San Marcos, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en
fecha que más adelante se especificará, un inmueble situado en la
Falda Occidental del Cerro San Jacinto en las afueras del Barrio
San Jacinto de esta Ciudad y Departamento de San Salvador, mar-
cado con el NÚMERO DIECISÉIS DEL POLÍGONO “J”, DE LA
URBANIZACIÓN LAS CONCHAS, partiendo de la intersección
de los ejes de la Avenida Las Conchas y Pasaje Número Quince
se mide sobre el eje de esta última con rumbo Sur Sesenta y Cinco
grados Treinta y Cinco punto Un minuto Este, y una distancia de
Cuarenta y Un punto Cincuenta metros, llegando a un punto donde
se efectúa un giro a la izquierda con rumbo Norte Veinticuatro
grados Veinticuatro punto Nueve minutos Este y una distancia de
Dos punto Cincuenta metros, se llega al esquinero Sur-Oeste de
Lote que a continuación se describe: AL PONIENTE, partiendo
del mojón Número Uno con rumbo Norte Veinticuatro grados,
Veinticuatro punto Nueve minutos Este y una distancia de Doce
metros se llega al mojón Número Dos lindando por este lado con
lote Número Catorce del Block “J”: AL NORTE, partiendo del
mojón Número Dos con rumbo Sur Sesenta y Cinco grados Treinta
y Cinco punto Un minuto Este, y una distancia de Cinco metros
se llega al mojón Número Tres lindando por este lado con Lote
Número Quince del Block “J”: AL ORIENTE, partiendo del mojón
Número Tres con rumbo Sur Veinticuatro grados Veinticuatro punto
Nueve minutos Oeste y una distancia de Doce metros se llega al
mojón Número Cuatro lindando por este lado con Lote Número
Dieciocho del Block “J”: AL SUR, partiendo del mojón Número
Cuatro con rumbo Norte Sesenta y Cinco grados Treinta y Cinco
punto Un minuto Oeste y una distancia de Cinco metros se llega
al mojón Número Uno donde se inició la presente descripción,
lindando por este lado con Lote Número Quince del Block “K”,
Pasaje Número Quince de Cinco metros de ancho de por medio. El
Lote antes descrito tiene una capacidad superficial de SESENTA
METROS CUADRADOS, equivalentes a OCHENTA Y CINCO
VARAS CUADRADAS, y se encuentra inscrito a favor de la señora
BERTILA HERNÁNDEZ CORTEZ, bajo el Número de Folio Real
CERO UNO-CERO UNO CUATRO SIETE CINCO NUEVE-CERO
CERO CERO, Inscripción UNO, del Registro de la Propiedad Raíz
e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de
San Salvador.
Se admitirán posturas siendo legales.
LIBRADO: en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salva-
dor, a las nueve horas del día diecinueve de septiembre de dos mil
seis. Dr. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE
LO MERCANTIL. Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. A029166-2
CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA JUEZ DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promo-
vido por el Abogado Mario Alberto Aguilar Fernández, en calidad
de apoderado de la CAJA DE CREDITO DE SOYAPANGO, SO-
CIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
DE CAPITAL VARIABLE, contra los señores MARIA ISABEL
AMAYA DE VILLALTA, VICENTE ENRIQUE AMAYA CANI-
ZALEZ y WALTER EDGARDO VILLALTA AMAYA, se venderá
en pública subasta en este Tribunal, dos vehículos embargados,
identificados como PLACA: P 476074, CLASE MICROBUS (Part),
marca Mazda, modelo: Browny, año 1994, color gris, número de
chasis: S R F nueve W 403775, número de chasis VIN: SRF 9 W
403775, número de motor: R F 362352, capacidad: ocho asientos;
y el de PLACA: P 467371, CLASE AUTOMOVIL, MARCA Ford,
modelo Spectron, año 1994, color gris, número de chasis: S/N,
número de chasis VIN: S S F B WF 400438, número de motor:
276788, capacidad ocho asientos, ambos vehículos propiedad de
la señora MARIA ISABEL AMAYA DE VILLALTA.
Se admitirán posturas siendo legales.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos
de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez
horas del día once de septiembre de dos mil seis. Lic. CARLOS
WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MARIA
ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003705-2
CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.-
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promo-
vido por el Abogado MARIO ALBERTO AGUILAR FERNANDEZ,
en su calidad de Apoderado General Judicial de La Caja de Crédito
de Soyapango, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada
de Capital Variable, contra el señor HERMINIO GIRON CHAVEZ,
registrado al Número 45-EM-05, se venderán en pública subasta en
este Juzgado los vehículos que a continuación se describen: primero
Placas: P-335726, Clase y Modelo: Pick Up, Capacidad: 5 tonela-
das, Año: 1986, Marca: NISSAN, Color: Rojo, Número de Motor:
Z24577696, Chasis: IDEM, Chasis Vin: JN6ND01Y8GW103220;
y el segundo Placas: C-90268, Clase y Modelo: Cabezal, Capa-
cidad: 24 toneladas, Año: 1989, Marca: FREIGHTLINER, Color:
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Blanco, Número de Motor: 111494394, Chasis: IDEM, Chasis Vin:
1FUYACYB7KP331927. Dichos vehículos se encuentra inscritos
a favor del demandado señor HERMINIO GIRON CHAVEZ, en
el Registro Público de Vehículos Automotores.-
Se admitirán posturas siendo legales.-
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
legales consiguientes.-
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince
horas del día veintinueve de septiembre de dos mil seis.- Lic. CAR-
LOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda.
MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003706-2
REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.,
AVISA: Que en su agencia METAPAN se ha presentado el
propietario del certificado No. 56993 del Depósito a Plazo Fijo
aperturado el 10 de julio de 1991, a 180 días prorrogables, solicitando
la reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimien-
to público para efectos de reposición del certificado relacionado
conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publi-
cación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición
a este respecto, se procederá a la reposición del certificado antes
mencionado.
San Salvador, 21 de noviembre de 2006.-
IRMA DE REYES,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. A029072-2
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.,
AVISA: Que en su agencia SANTA ANA se ha presentado el
propietario del certificado No. 100113 del Depósito a Plazo Fijo
aperturado el 20 de diciembre de 1993, a 180 días prorrogables,
solicitando la reposición de dicho certificado lo que se hace del
conocimiento público para efectos de reposición del certificado
relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de
Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publi-
cación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición
a este respecto, se procederá a la reposición del certificado antes
mencionado.
San Salvador, 30 de noviembre de 2006.-
IRMA DE REYES,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. A029073-2
AVISO
COMPAÑÍA HOTELERA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANÓ-
NIMA, que puede abreviarse COMPAÑÍA HOTELERA SALVA-
DOREÑA, S.A., COMUNICA: que a sus oficinas situadas en
Ochenta y Nueve Avenida Norte y Once Calle Poniente, Colonia
Escalón, San Salvador, se ha presentado la señora Gloria Patricia
Castellanos de Álvarez accionista de esta sociedad, propietaria
de los certificados de acciones número CIENTO NOVENTA que
ampara DIEZ acciones y DOSCIENTOS OCHENTA que ampara
UNA acción, solicitando la reposición de los mismos por haber
sido extraviados. Transcurridos treinta días después de la tercera
publicación de este aviso, si no hubiera ninguna oposición, se
procederá a reponer los certificados en referencia.-
Lo anterior se hace del conocimiento del público para los
efectos legales del caso.
San Salvador, veintiocho de noviembre del año dos mil
seis.
EDUARDO QUIÑONEZ CAMINOS,
PRESIDENTE
COMPAÑIA HOTELERA SALVADOREÑA, S.A.
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153DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
BALANCE DE LIQUIDACION
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154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2006063029
No. de Presentación: 20060085971
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE LUIS
MEJIA LARIOS, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de
SEA FOOD COMPANY, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: SEA FOOD COMPANY, S.A. DE
C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la expresión J & J y diseño, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTE.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de noviembre
del año dos mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, veintiocho de noviembre del año dos
mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. A029122-2
No. de Expediente: 2006060145
No. de Presentación: 20060081310
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS GIANCARLO DE LA GASCA COLTRINARI, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de British Sky Broadcasting Group plc, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra SKY, traducido al castellano CIELO, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE EDUCACION; SERVICIOS DE FORMACION; SERVICIOS DE ESPARCI-MIENTO; SERVICIOS DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES.
La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de agosto del año dos mil seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003716-2
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155DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
DE TERCERA PUBLICACIÓN
ACEPTACION DE HERENCIAS
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por reso-lución de las once horas del día veintidós de noviembre de dos mil seis. Se ha Tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte del señor GUILLERMO ALONSO MARTINEZ conocido por GUILLERMO MARTINEZ, la Herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora MARIA ESTER CHAVEZ DE MARTINEZ, quien era de ochenta y un años de edad, ama de casa, casada, fallecida el día veintitrés de junio de dos mil seis, siendo la Ciudad de San Salvador, su último domicilio, aceptación que hace la persona antes mencionada en su calidad de cónyuge sobreviviente de la causante. Y se ha conferido al aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacen-te.
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este tribunal a deducirlo en el término de quince días contados a partir desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San Salvador, a las once horas del día veinticuatro de noviembre de dos mil seis. Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic. ANA OSIRIS MEJIA ZEPEDA, SECRETARIA INTA.
3 v. alt. No. A028736-3
DOCTOR JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y treinta minutos del día de hoy; se ha tenido por aceptada con beneficio de Inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor ISABEL ALVAYERO, quien falleció el día catorce de agosto de mil novecientos noventa y dos; en el Cantón Guadalupe de esta Jurisdicción, siendo éste el lugar de su último Domicilio; de parte del señor: JOSE AQUILINO MARENCO ALVAYERO, como hijo del causante.
Confiérese al aceptante en el carácter indicado la Administra-ción y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Publíquense los edictos de ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a ocho días del mes de noviembre de dos mil seis. Dr. JUAN RA-MON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. JOSE ERNESTO ROMERO FUENTES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. A028776-3
JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE
ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y treinta
minutos del día de hoy; se ha tenido por aceptada con beneficio de
Inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor
CANDELARIO CORNELIO CRUZ, quien falleció a las trece horas
del día veinticuatro de abril de mil novecientos ochenta y dos, en
el Cantón Guadalupe de la jurisdicción de Chirilagua, Departa-
mento San Miguel; siendo ése el lugar de su último Domicilio; de
parte de la señora NELY CRUZ RIVAS, en concepto de hija del
causante.
Confiérese a la aceptante en el carácter indicado la administra-
ción y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para efectos de
ley.
Librado en Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a los
catorce días del mes de noviembre de dos mil seis. Dr. JUAN
RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. JOSE
ERNESTO ROMERO FUENTES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. A028777-3
CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal
a las doce horas del día veintidós de septiembre de dos mil seis, se
ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE y con beneficio de
inventario, la sucesión abintestato que a su defunción dejó el cau-
sante señor MANUEL REMBERTO CONSTANZA HENRIQUEZ,
quien fue de cuarenta y un años de edad, enfermero auxiliar, casado,
de nacionalidad salvadoreña, originario de Zacatecoluca, hijo de
Dolores Carmen Constanza Panameño, conocida por Carmelina
Constanza, y Simón Antonio Gómez, conocido por Simón Antonio
Henríquez, quien falleció el día treinta de marzo de dos mil seis,
siendo Ilopango su último domicilio conocido, de parte de ANA
MARIBEL SERPAS DE CONSTANZA, en su calidad de cónyu-
ge sobreviviente del causante, y de parte de los menores JOSE
MANUEL y RHINA MARIBEL ambos de apellidos CONSTAN-
ZA SERPAS, en su calidad de hijos del causante, representados
legalmente por su madre la señora Serpas de Constanza; todos representados judicialmente por su Apoderado General Judicial
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el Abogado MAURICIO ANTONIO RIVERA. Confiriéndose a los aceptantes la administración y representación INTERINA de la sucesión abintestato, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a los que se crean con derecho a la sucesión abintestato, para que dentro de los quince días subsiguientes al de la publicación del edicto respectivo, se presenten a este Tribunal a deducir sus derechos.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince horas del día veintidós de septiembre de dos mil seis. Lic. CAR-LOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. A028785-3
MARIA ELENA SANCHEZ ARIAS, Notario, del domicilio de San Salvador, con oficina establecida en Senda Florencia, número treinta y uno, Colonia Europa, Santa Tecla, Departamento de La Libertad
HACE SABER: Que por resolución proveída por la suscrita, a las diez horas del día veinticinco de noviembre de dos mil seis, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que al fallecer dejó la señora FRANCISCA MANCIA DE ROGEL, quien falleció el día veintiocho de agosto de este año, en su último domicilio, la ciudad de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, de parte de los señores Ana María Rogel Mancía, Saúl Antonio Rogel Mancía y Antonio Rogel García, los dos primeros en su calidad de hijos de la causante, y el tercero en calidad de cónyuge de la misma, habiéndose conferido la adminis-tración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se avisa al público para los efectos legales.
Librado en la Oficina de la Notario, Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a las diez horas y veinte minutos del día veinticinco de noviembre de dos mil seis.
Lic. MARIA ELENA SANCHEZ ARIAS,
NOTARIO.
3 v. alt. No. A028786-3
MARIA ELENA SANCHEZ ARIAS, Notario, del domicilio de San Salvador, con oficina establecida en Senda Florencia, número treinta y uno, Colonia Europa, Santa Tecla, Departamento de La Libertad
HACE SABER: Que por resolución proveída por la suscrita, a las diez horas y treinta minutos del día veinticinco de noviembre de dos mil seis, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio
de inventario, la Herencia Intestada que al fallecer dejó la señora LUCIA ZELADA conocida por LUCIA ZELADA SALAZAR y por LUZ ZELADA, quien falleció el día once de junio de dos mil cinco, en su último domicilio, la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de parte de los señores María Antonia Zelada y Jesús Roberto Zelada Alfaro, en su calidad de hijos de la causante; habiéndose conferido la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se avisa al público para los efectos legales.
Librado en la Oficina de la Notario, Santa Tecla, Departa-mento de La Libertad, a las diez horas y cuarenta minutos del día veinticinco de noviembre de dos mil seis.
Lic. MARIA ELENA SANCHEZ ARIAS,
NOTARIO.
3 v. alt. No. A028787-3
CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DE SOYAPANGO,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este tribunal a las diez horas diez minutos del día diecisiete de octubre del pre-sente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la sucesión intestada que a su defunción dejó la causante PAZ RIVAS VIUDA DE MACHON, quien fue de treinta y dos años de edad, empleada, siendo su último domicilio Soyapango, originaria de Candelaria, departamento de Cuscatlán, salvadoreña, hija de Ezequiel Rivas y de Juana Morales, quien falleció el veintitrés de julio de mil novecientos ochenta y cinco, de parte de MARIA ERICELDA DE LA PAZ MACHON RIVAS hoy MARIA ERICELDA DE LA PAZ MACHON DE ELIAS, en su calidad de hija de la causante.
Confiérese a la aceptante declarada la representación y ad-ministración Interina de la herencia Intestada, con las facultades y restricciones de la herencia yacente.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal dentro del término de ley a deducir sus derechos.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a los diecisiete días del mes octubre del dos mil seis. Lic. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. A028790-3
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TITULOS DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL: Al publico
HACE SABER: Que en esta oficina, se ha presentado Ricardo
Alfredo Miranda, en calidad de Apoderado General y Judicial del
señor FERMIN CRUZ PÉREZ, de cuarenta y ocho años de edad,
Bachiller, de este domicilio, con Documento Único de Identidad
número cero un millón cuatrocientos ochenta y cinco mil seiscientos
sesenta y nueve guión uno, y Número de Identificación Tributaria
cero nueve cero cuatro guión cero dos cero tres cuatro cuatro guión
cero uno guión cuatro; solicitando se le extienda Título de Propiedad
de inmueble de naturaleza Urbana, situado en Primera Avenida
Norte, Barrio San Esteban de esta Ciudad, dicho inmueble tiene la
medidas y linderos siguientes: AL NORTE: diecinueve metros, linda
por este rumbo con Efraín Azúcar Andrés, Lastania Aminta Vega
Rodas y Juan García Azúcar; AL ORIENTE: nueve punto cuarenta
metros, linda con Hernán Benito, calle de por medio; AL SUR:
diecinueve metros, linda con Alcaldía Municipal de Panchimalco,
Fermín Cruz Pérez; AL PONIENTE: nueve punto cuarenta metros,
linda con Alcaldía Municipal de Panchimalco, Fermín Cruz Pérez,
Efraín Azúcar Andrés, Lastania Aminta Vega Rodas, Juan García
Azúcar. La referida propiedad tiene una capacidad superficial de
CIENTO SETENTA Y OCHO PUNTO SESENTA Y UNO METROS
CUADRADOS, dicho inmueble no es sirviente ni dominante, no
tiene carga, ni derechos reales, no está en proindivisión con ninguna
persona, el inmueble lo adquirió por compra que le hizo al señor
Efraín Azúcar Andrés, conocido por Efraín Azúcar, teniéndolo en
posesión en forma quieta, pacífica y no interrumpida por más de
treinta años unidos a sus antecesores; y lo valúa en la cantidad de
CUATRO MIL SETECIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA. Todos los colindantes de este domicilio,
se le avisa al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: Panchimalco, a veintitrés de noviembre de
dos mil seis. ISABEL VEGA VASQUEZ, ALCALDE MUNICI-
PAL.- Lic. FRANCISCO JAVIER BERNABE, SECRETARIO
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. A028679-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora
GUADALUPE FLAMENCO DE GALLARDO, de treinta y ocho
años de edad, ama de casa, del domicilio de Suchitoto, con Docu-
mento Único de Identidad Número cero cero ciento noventa y seis
mil doscientos sesenta y nueve-cinco, con Número de Identificación
Tributaria cero setecientos quince-trece cero uno sesenta y ocho-
ciento tres-uno; solicitando se les extienda Título de Propiedad a
su favor de un inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio
Santa Lucía, Cuarta Calle Oriente Número diecisiete, de la ciudad
de Suchitoto, del Departamento de Cuscatlán, de una extensión
aproximada de CIENTO TREINTA Y DOS PUNTO CUARENTA
Y NUEVE METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos
siguientes: AL NORTE; linda con Héctor de Jesús Ayala Cuéllar
y Norma Irma Ayala de Suncín, midiendo por este rumbo siete
punto cero metros AL ORIENTE; linda con Héctor de Jesús Ayala
Cuéllar y Norma Irma Ayala de Suncín, midiendo por este rumbo
once punto setenta y cuatro metros. AL SUR; linda con Rubelina
Salinas Viuda de Franco, Cuarta Calle Oriente de por medio, mi-
diendo por este rumbo siete punto cero metros, AL PONIENTE;
linda con Antonia Espinoza Cuéllar viuda de Ayala, y mide por este
rumbo en tres tramos, el primero de Sur a Norte en siete punto diez
metros, el segundo de Oriente a Poniente, en noventa centímetros,
el tercero, de Sur a Norte en tres metros. Lo valúa en la cantidad
de VEINTE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA. El inmueble descrito no es dominante, ni sirviente,
no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en
proindivisión con terceras personas. Lo adquirió por compra que
le hizo al señor Juan Clímaco Antonio Alfaro Artiga. Todos los
colindantes son de este domicilio y se avisa al público para efectos
de ley.
Alcaldía Municipal de Suchitoto, a treinta días del mes de octu-
bre del año dos mil seis. ANTONIO JUAN JAVIER MARTINEZ
ESCOBAR, ALCALDE MUNICIPAL. REYNALDO ANTONIO
PINEDA POCASANGRE, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. A028764-3
La infrascrita Alcaldesa Municipal,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora
Maura Angelina Alfaro Salguero de Gutiérrez, conocida por Maura
Angelina Alfaro, mayor de edad, ama de casa de este domicilio
portadora de su Documento Único de Identidad número cero cero
seis seis tres cinco dos nueve-tres, como Apoderada de la señora
María Dolores Mejía viuda de Reyes, conocida por María Dolores
Mejía y por María Elvira Mejía García, de cincuenta y dos años
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de edad, Salvadoreña, empleada, del domicilio de Los Ángeles,
Estado de California, Estados Unidos de América, portadora de
su Pasaporte Salvadoreño, número A-ochocientos cincuenta y
ocho mil quinientos sesenta y nueve, solicitando se le extienda
a favor de su representada, Título de Propiedad de un inmueble
urbano ubicado en el Barrio Concepción de esta población, de
una extensión superficial de MIL SETECIENTOS TREINTA Y
CUATRO PUNTO SESENTA METROS CUADRADOS ( 1.734.60 ),
de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: mide
cincuenta y cinco metros diez centímetros ( 55.10 ) en línea recta,
comenzando desde la esquina de un muro de ladrillo en el ángulo
de dos calles públicas hasta llegar al final de dicho muro, linda
con terreno y casa de la sucesión de Genaro Cardoza, antes, hoy
de Genaro Cardoza hijo, calle pública de por medio, AL NORTE:
mide veintitrés metros ( 23.00 ), en línea recta, desde el final del
muro de ladrillo indicado hasta llegar a un árbol de Jiote esquinero,
linda con terreno de Francisco Palencia, antes, hoy de sucesión de
Rafaela Quijada, representada por su esposo Antonio Abrego divi-
dido por cerco de piña propio del colindante, AL PONIENTE: mide
cincuenta y cuatro metros treinta y cinco centímetros ( 54.35 )en
línea quebrada en tres tramos así: el primero de treinta y un metros
veinte centímetros ( 31.20 ) en línea recta desde el árbol de Jiote
esquinero anteriormente dicho, hasta llegar a una pared de ladrillo
donde hace esquina, linda en este tramo con terreno de la sucesión
de Rafaela Quijada, el segundo tramo mide cuatro metros noventa
centímetros ( 4.90 ) en línea recta de poniente a oriente, desde la
esquina antes mencionada hasta llegar a otra esquina formada por
pared de ladrillo, y el tercer tramo mide dieciocho metros con
veinticinco centímetros ( 18.25 ) en línea recta desde la esquina de
la pared de ladrillo hasta llegar al principio de un muro de ladrillo
a la orilla de la calle pública, linda en estos dos tramos con solar
y casa de Wil Quijada, tapial de ladrillo del colindante, y al SUR:
mide treinta y ocho metros treinta y cinco centímetros ( 38.35 ),
en línea recta, desde el principio del muro de ladrillo hasta llegar
a la esquina del muro donde se inició la descripción en el ángulo
formado por las dos calles públicas, linda con solar de Antonio
Quijada, calle pública de por medio. En el inmueble hay construida
una casa de techo de teja sobre paredes de adobe con un corredor.
No tiene cargas o derechos reales de ajena pertenencia, ni está en
proindivisión con nadie. Lo adquirió por compra hecha a su señora
madre Dolores García Parker viuda de Gutiérrez, ahora de Mejía,
y lo valora en la cantidad de CINCO MIL DOLARES EXACTOS
( $ 5.000.00).
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal : San Rafael , departamento de
Chalatenango, veinte de noviembre de dos mil seis.- Licda. ROSA
ENCARNACION CARDOZA DE RODRIGUEZ, ALCALDESA
MUNICIPAL.- MANUEL DE JESUS CHACON, SECRETARIO
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. A028796-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el Licen-
ciado José Wilfredo García Guevara, como apoderado del señor EN-
RRIQUE GARCIA conocido por ENRIQUE GARCIA MARTINEZ,
de sesenta y ocho años de edad, Agricultor, del domicilio de Barrio
Portillo Blanco de Delicias de Concepción, solicitando a favor de
su representado Título de Propiedad, sobre un terreno de natura-
leza urbana, situado en el Barrio “Portillo Blanco”, al extremo
Oriente de la población de Delicias de Concepción, distrito de
Osicala, departamento de Morazán, de la capacidad superficial de
NOVECIENTOS OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS, de
las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, veintitrés
metros, con terreno de Ruperta Amaya, calle adoquinada de por
medio; AL NORTE, treinta y un metros, con la señora Alicia García,
calle adoquinada de por medio; AL PONIENTE, treinta y un metros
cincuenta centímetros, con Donatila Sorto, calle adoquinada de
por medio; y AL SUR, cuarenta y un metros con José del Carmen
Villalta. Dicho terreno es inculto y sin construcciones. El inmueble
mencionado lo adquirió el señor ENRRIQUE GARCIA, por venta
que le efectuó la señora Alicia García, según escritura Pública de
Compraventa de Posesión, otorgada ante los oficios del Notario
José Wilfredo García Guevara.
Lo que se hace saber al público para todos los efectos de
ley.
Alcaldía Municipal de Delicias de Concepción, veintiuno de
noviembre del dos mil seis.- ROGELIO ARTURO ARGUETA,
ALCALDE MUNICIPAL.- SERGIO ARMIDO PADILLA
ESPINOZA, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C003604-3
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EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el Licen-
ciado José Wilfredo García Guevara, como apoderado de la señora
ELVA GLADIS FLORES DE VASQUEZ, de cuarenta y un años de
edad, Oficios Domésticos, del domicilio de Barrio El Calvario de
la población de Sensembra, solicitando a favor de su representada
Título de Propiedad, sobre un terreno de naturaleza urbana, situado
en el Barrio La Cruz, de la población de Sensembra, distrito de
San Francisco Gotera, departamento de Morazán, de la capacidad
superficial de UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN
METROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL
ORIENTE, colinda con terreno de Teodoro Escolero Hernández;
AL NORTE, colinda con terreno de Agustín Pérez Pérez; AL PO-
NIENTE, colinda con terreno de Victoria Ortiz Martínez; y AL
SUR, colinda con terreno de Elva Gladis Flores de Vásquez. Dicho
terreno es inculto y sin construcciones. El inmueble mencionado lo
adquirió la señora ELVA GLADIS FLORES DE VASQUEZ, por
venta que le efectuó el señor Abilio Vásquez Pérez, según escritura
Pública de Compraventa de Posesión, otorgada ante los oficios del
Notario José Wilfredo García Guevara.
Lo que se hace saber al público para todos los efectos de
ley.
Alcaldía Municipal de Sensembra, veinticuatro de noviembre
del dos mil seis.- OSCAR ELVIDIO VASQUEZ, ALCALDE
MUNICIPAL.- MARLENY ANDRADE SANCHEZ, SECRE-
TARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C003606-3
TITULOS SUPLETORIOS
LIC. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que en este Tribunal se ha presentado el
Licenciado JUAN ALBERTO SALINAS HERNÁNDEZ, de trein-
ta y tres años de edad, abogado, de este domicilio; solicitando a
nombre del señor ISIDRO SALINAS, TITULO SUPLETORIO,
de un inmueble de naturaleza rústica situado en el lugar llamado
Cantón San José de esta jurisdicción, de una extensión superficial
de SESENTA ÁREAS, de las medidas y colindancias siguientes:
AL NORTE, colinda con terreno de Jesús Rivas y Amalia González,
y resto del terreno mayor de donde se desmembró el terreno que se
describe, cerco de piedra y alambre propio del colindante y en la
parte con que linda con resto del terreno de donde se desmembró
el que se describe, cimiento de piedra; AL PONIENTE, con terre-
no de Isidro Monge, cerco de piña y alambre del colindante; AL
SUR, de un árbol de jiote en línea recta a un árbol de contamal,
linda con terreno de Andrés Hernández, en una distancia de setenta
metros, y Pedro Pascasio Salinas, en una distancia de ciento quince
metros; y AL ORIENTE, con Romeo Salinas, en una distancia de
diez metros, camino de por medio.
El inmueble en mención no es dominante ni sirviente y no
está en proindivisión con persona alguna y no tiene cargas reales
que deban respetarse y lo valora en la cantidad de CINCO MIL
SETECIENTOS CATORCE DÓLARES CON VEINTIOCHO
CENTAVOS.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos
legales correspondientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a
las diez horas del día veintiuno de noviembre del dos mil seis.- Lic.
MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA.- Lic. DANIEL ERNESTO LÓPEZ DURÁN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. A028677-3
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE
PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZÁN.
HACE SABER: Que a este Juzgado, se ha presentado la Li-
cenciada EMMA LETICIA AMAYA GÓMEZ, Apoderada General
Judicial de la señora BLANCA ESTELA CÁRCAMO MURILLO,
solicitando TITULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza
rústica, ubicado en el lugar conocido como Cantón San Pedro,
Caserío El Carrizal de la jurisdicción El Divisadero, departamento
de Morazán, de la capacidad superficial de UN MIL SETENTA
Y TRES METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos es-
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peciales siguientes: AL ORIENTE: Veintidós metros, linda con
terreno de José Raúl Salmerón Claros, los divide cerco de alambre
y piña propio; AL NORTE: cincuenta y siete metros, con terreno
de José Raúl Salmerón Claros, los divide cerco de alambre y piña
propio; AL PONIENTE: Quince metros, con terreno de Juan Ramón
Salmerón, cerco de alambre y piña propio; y AL SUR: Cincuenta
y nueve metros con terreno de Ricarda Turcios de Benítez; dicho
inmueble lo valúa en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; y lo adquirió por compra
verbal que le hizo a la señora PETRONA CÁRCAMO.
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera,
a las diez horas y treinta minutos, del día veintidós de noviembre
de dos mil seis.- Sobreborrado – ESTELA – Vale.- Lic. BACILIA
DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º DE 1ª INSTANCIA.- Br.
YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETA-
RIA.
3 v. alt. No. A028694-3
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO
CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la
Licenciada ANA GLADIS ORTEZ DEL CID DE LOBOS, Apo-
derada General Judicial de la señora SULMA YANIRA REYES
SALMERON, de veintisiete años de edad, de oficios domésticos, del
domicilio de San Alejo, solicitando se le extienda a su poderdante
TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica si-
tuado en Cantón Cercos de Piedra, jurisdicción de San Alejo, de
este distrito y departamento, de la capacidad superficial de UN
MIL CIENTO SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS, que
mide y linda: AL ORIENTE: Sesenta y seis metros, con cincuenta
centímetros, con la señora María Ramona Lazo, cerco de alambre
de púa de la colindante; AL NORTE: Diez metros con sesenta y
cinco centímetros, con callejón de por medio y con Santos Ruiz,
cerco de alambre de la titulante; AL PONIENTE: Cincuenta y
siete metros con cuarenta centímetros, con Germán Ruiz, cerco de
alambre de púa del colindante; y AL SUR: Veintiocho metros con
sesenta centímetros, en sucesión con Gloria Estela Amaya, cerco de
alambre de púa de la colindante. Dicho terreno lo valúa en la Suma
de DOS MIL OCHOCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA, lo adquirió por compra informal que le
hizo a la señora Macaria Maldonado, de domicilio ignorado, el día
doce de octubre de mil novecientos setenta y cuatro.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los catorce días
del mes de noviembre de dos mil seis.- Lic. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO
PÉREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. A028706-3
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
del Distrito Judicial de San Francisco Gotera; Al Público para los
efectos de ley,
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el
licenciado JOSÉ WILFREDO GARCÍA GUEVARA, como Apo-
derado Judicial de la señora PAULINA MARTÍNEZ RAMÍREZ,
a solicitar a su favor, TITULO SUPLETORIO, sobre un terreno de
naturaleza rústica ubicada en el Caserío Los Quebrachos, Cantón
El Rodeo, Jurisdicción de Jocoaitique, Departamento de Morazán,
de la capacidad superficial de DOS MIL OCHOCIENTOS SETEN-
TA Y UN METROS CUADRADOS, equivalentes a TRES MIL
CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO PUNTO VEINTIÚN
VARAS CUADRADAS, de las medidas y linderos siguientes: AL
ORIENTE: Mide sesenta y ocho metros, linda con Justa Argueta,
cerco de alambre por medio; AL NORTE: Mide veinticuatro metros,
linda con Eugenia Sorto, actualmente con terreno de Justa Argueta,
cerco de alambre de por medio; AL PONIENTE: Mide sesenta y
cuatro metros, linda con Enrique Amaya, cerco de alambre y camino
vecinal de por medio; y AL SUR: Mide sesenta y tres metros, linda
con Dorotea Argueta, Juana Clemencia Romero y Silvia Concepción
Urquilla, cerco de alambre de por medio, hasta llegar a donde se
comenzó esta descripción. Y lo adquirió por compraventa mediante
Escritura Pública de la Posesión Material que hizo a la señora
María Santos Ramírez Argueta.- Se estima el inmueble descrito
en el precio de UN MIL QUINIENTOS DÓLARES.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San
Francisco Gotera, a las diez horas del día ocho de noviembre del dos
mil seis.- Licdo. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ
2º DE 1ª INSTANCIA.- Licda. ROSA ERMELINDA GUTIÉRREZ
SÁNCHEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003603-3
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JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado la señora
AMINTA SALES DE MORALES conocida por AMINTA SALES
MERLOS DE MORALES, quien es de cincuenta y dos años de
edad, Ama de casa y del domicilio de Santa Rosa Guachipilín;
solicitando que se extienda a su favor TITULO SUPLETORIO
sobre Dos inmuebles de naturaleza rústico, situados Caserío La
Montañita, Cantón San Francisco Apanta de la comprensión de
Santa Rosa Guachipilín. EL PRIMERO; de una extensión su-
perficial según certificación Catastral de MIL SEISCIENTOS
CINCUENTA Y UNO PUNTO NOVENTA METROS CUADRA-
DOS, con las colindancias siguientes: AL NORTE: CON RUFINO
ALVARENGA VALLE; AL ORIENTE: calle de por medio, con
ALICIA PERLERA Y MARIA LUISA MERLOS; AL SUR: calle
de por medio con HIGINIA PERLERA DE INTERIANO; Y AL
PONIENTE: con MARIA LUISA MERLOS. EL SEGUNDO: de
una extensión superficial según certificación catastral de CIENTO
OCHENTA Y UNO PUNTO TREINTA Y CUATRO METROS
CUADRADOS, con las colindancias siguientes: AL NORTE: con
ALICIA PERLERA; AL ORIENTE: con JOSE FLAVIO FLORES;
AL SUR: con MARIA LUISA MERLOS, calle de por medio; y AL
PONIENTE: con ALICIA PERLERA, calle de por medio.- Dichos
inmuebles no dominantes ni sirvientes, ni están en proindivisión
con persona alguna; y los Valúa el PRIMERO en la cantidad de
TRES MIL DOLARES; y el SEGUNDO en la suma de DOS MIL
DOLARES.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos
de ley.-
Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas con diez
minutos del día veintiocho de octubre de dos mil seis. LIC. JOSE
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.
MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003621-3
CAMBIO DE NOMBRE
ASIENTO DE EMPRESA 2002016753
ESTABLECIMIENTO 2002016753 - 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO
DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTA-
BLECIMIENTOS:
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DIE-
TER KLAUS GEORGE WACHTLER, CONOCIDO POR DIETER
WACHTLER en su calidad de representante Legal de la sociedad
AGRO-DIESEL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-
BLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN
SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 3
del libro 772 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,
con Número de Identificación Tributaria: 0614-140291-104 -7, ha
presentado solicitud de CAMBIO DE NOMBRE DEL ESTABLE-
CIMIENTO, a las once horas y cuarenta y tres minutos del día
veinte de octubre de dos mil seis.
Con la cual se le otorga la inscripción No. 111 del libro de
Empresa y Establecimiento número 129 del folio 223, al 224; a favor
del Establecimiento ahora denominado REPUESTOS ORIGINALES
A. D., el cual se dedica a COMPRA VENTA DE REPUESTOS
con dirección en 17ª AVENIDA SUR Y 6ª CALLE PONIENTE,
No. 1003, y que forma parte de la empresa denominada AGRO-
DIESEL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
Lo que le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veinte de octubre de dos mil seis.
RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C003602-3
MARCAS DE FABRICA
No. de Expediente: 2006061551
No. de Presentación: 20060083549
CLASE: 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANA
GISELA BOLAÑOS DE RODRIGUEZ Y CESAR OSWALDO
CRISTALES LUNA, en su calidad de APODERADO GENERAL
JUDICIAL de MAURICIO ROLANDO SAFIE MIGUEL, de na-
cionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra WORLDGAMES y diseño, tradu-
cidas al castellano como MUNDO DE JUEGOS o MUNDO DE
LOS JUEGOS, que servirá para: AMPARAR: JUEGOS MECA-
NICOS.
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La solicitud fue presentada el día veintiocho de septiembre
del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil
seis.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. A028727-3
No. de Expediente: 2006061550
No. de Presentación: 20060083548
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANA
GISELA BOLAÑOS RODRIGUEZ Y CESAR OSWALDO
CRISTALES LUNA, en su calidad de APODERADOS GENE-
RAL JUDICIAL de MAURICIO ROLANDO SAFIE MIGUEL,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra PIZZAGAMES y diseño traducida al castellano como PIZZA DE JUEGOS o PIZZA DE LOS JUEGOS, que servirá para: AMPARAR: PIZZAS Y TODA PREPARACION HECHA DE HARINA.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de septiembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil seis.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. A028728-3
No. de Expediente: 2006060491
No. de Presentación: 20060081813
CLASE: 20
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODE-RADO GENERAL JUDICIAL de DIVECO, SOCIEDAD ANONI-MA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
DREAMS
Consistente en: la palabra DREAMS traducida al castellano
como SUEÑOS, que servirá para: AMPARAR: MUEBLES, ESPE-
JOS, MARCOS, ARTICULOS DE MADERA, CORCHO, CAÑA,
JUNCO, MIMBRE, CUERNO, HUESO, MARFIL, BALLENA,
CONCHA, AMBAR, NACAR, ESPUMA DE MAR, CELULOIDE
Y SUCEDANEOS DE TODAS ESTAS MATERIAS O DE MA-
TERIAS PLASTICAS.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de agosto del año
dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, veintiuno de agosto del año dos mil
seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003613-3
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163DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
No. de Expediente: 2006061040
No. de Presentación: 20060082706
CLASE: 20.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA
ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APO-
DERADO GENERAL JUDICIAL de CENTRO DE SUEÑOS
GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA Y DE COMERCIO,
MIDFIRM
Consistente en: la palabra MIDFIRM, que servirá para: AM-
PARAR: MUEBLES, ESPEJOS, MARCOS, ARTÍCULOS DE
MADERA, CORCHO, CAÑA, JUNCO, MIMBRE, CUERNO,
HUEZO, MARFIL, BALLENA, CONCHA, AMBAR, NACAR,
ESPUMA DE MAR, CELULOIDE Y SUCEDANEOS DE TODAS
ESTAS MATERIAS O DE MATERIAS PLÁSTICAS.
La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año
dos mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, trece de septiembre del año dos mil
seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003615-3
No. de Expediente: 2006059290
No. de Presentación: 20060080178
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANA
CAROLINA MERCEDES PINEDA MEJIA, en su calidad de
APODERADO ESPECIAL de YAZMIN BUKELE GUILLEN,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
YAZZ
Consistente en: la expresión YAZZ, que servirá para: AM-
PARAR: VESTIDOS, ZAPATOS CON INCLUSIÓN DE BOTAS
Y ZAPATILLAS.
La solicitud fue presentada el día catorce de julio del año dos
mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, veintitrés de agosto del año dos mil
seis.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003625-3
No. de Expediente: 2006059291
No. de Presentación: 20060080179
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANA
CAROLINA MERCEDES PINEDA MEJIA, en su calidad de
APODERADO ESPECIAL de YAZMIN BUKELE GUILLEN,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras YAZZ WOMAN, que se traducen
al castellano como “YAZZ MUJER”, que servirá para: AMPA-
RAR: VESTIDOS, ZAPATOS CON INCLUSIÓN DE BOTAS Y
ZAPATILLAS.
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164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
La solicitud fue presentada el día catorce de julio del año dos
mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, veintitrés de agosto del año dos mil
seis.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003626-3
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2006062424
No. de Presentación: 20060084982
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ALEJAN-
DRO JAVIER CAMPOS MARTINEZ, en su calidad de REPRESEN-
TANTE LEGAL de UMBRELLA MEDIA, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras UMBRELLA MEDIA, tradu-
cidas al castellano como Medios del Paraguas, que servirá para:
IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO QUE BRINDA SER-
VICIOS RELACIONADOS CON PUBLICIDAD, GESTION DE
NEGOCIOS COMERCIALES, ADMINISTRACIÓN COMERCIAL
Y TRABAJOS DE OFICINA.
La solicitud fue presentada el día seis de noviembre del año
dos mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, veintidós de noviembre del año dos mil
seis.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. A028699-3
No. de Expediente: 2006054570
No. de Presentación: 20060072532
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
JOSE FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de
APODERADO ESPECIAL de P&V, INVERSIONES, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia P&V IN-
VERSIONES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras P&V Inversiones y diseño, que
servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO CO-
MERCIAL DEDICADO COMERCIALIZAR MAQUINARIA E
INSUMOS PARA LA INDUSTRIA, TALES COMO: MONTA-
CARGAS DE COMBUSTION Y ELÉCTRICOS; MONTACAR-
GAS DE COMBUSTIÓN LPG Y DIESEL; ESTANTERÍA DE
SERVICIO PESADO Y LIVIANO PARA ALMACENAMIENTO
EN GENERAL; MAQUINARIA PORTUARIA (CABEZALES,
PLA TAFORMAS, ALMEJAS, TRACTO-REMOLQUES,
CARGADORES, TRACTORES, MINI CARGADORES, ETC.),
LLANTAS Y SUS REPUESTOS, TECLES DE CADENA Y CA-
BLE, MANUALES Y ELÉCTRICOS, PARA NEUMÁTICOS;
PLATAFORMAS ELEVADORAS; PLANTAS ELÉCTRICAS
(NUEVAS Y USADAS); RAMPAS NIVELADORAS; IMPLE-
MENTOS PARA MONTACARGAS, CABLES Y ACCESORIOS
PARA PUERTOS MARITIMOS; ELEVADORES DE CARGA;
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165DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
TRANSPORTADORES Y BANDAS MOTORIZADAS; ELE-
VADORES, ESCALERAS ELÉCTRICAS Y TODO EQUIPO DE
MOVIMIENTO VERTICAL; PALETAS MANUALES Y ELÉC-
TRICAS; LLANTAS P/MONTACARGAS; ETIQUETAS Y TODO
MATERIAL DE USO INDUSTRIAL EN BODEGAS; SOFTWARE
INDUSTRIAL ESPECIALIZADO PARA MANEJO DE BODEGAS
E INVENTARIOS; ACCESORIOS PARA MONTACARGAS Y
EQUIPO ELÉCTRICO PARA PASILLO ANGOSTO; UBICADO
EN CALLE 6 # 1-A, COLONIA LOMAS DE SAN FRANCISCO,
SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día cinco de enero del año dos
mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro
de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Sig-
nos Distintivos. San Salvador, veintiséis de julio del año dos mil
seis.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
ANA CRISTINA OLIVA DE CRISTALES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. A028741-3
No. de Expediente: 2006060505
No. de Presentación: 20060081835
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANA
DEL CARMEN CARDONA DE CUENCA, en su calidad de RE-
PRESENTANTE LEGAL Y ADMINISTRADOR UNICO PRO-
PIETARIO de GRUPO PROGRESSA, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GRUPO PROGRESSA,
S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro del NOMBRE COMERCIAL,
URBE STORE
Consistente en: las palabras URBE STORE, traducidas al
castellano como TIENDA URBANA, sobre la palabra STORE no
se concede exclusividad, que servirá para: IDENTIFICAR UNA
EMPRESA COMERCIAL DEDICADA A LA DISTRIBUCIÓN
DE TEXTILES Y CALZADO.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de agosto del año
dos mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro
de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Sig-
nos Distintivos. San Salvador, veinte de octubre del año dos mil
seis.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
ANA CRISTINA OLIVA DE CRISTALES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003608-3
No. de Expediente: 2006059289
No. de Presentación: 20060080177
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANA
CAROLINA MERCEDES PINEDA MEJIA, en su calidad de
APODERADO ESPECIAL de YAZMIN BUKELE GUILLEN,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del
NOMBRE COMERCIAL,
YAZZ
Consistente en: la expresión YAZZ, que servirá para: IDENTI-
FICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL CUYA ACTIVI-
DAD COMERCIAL ES COMPRAR, MANUFACTURAR Y VEN-
DER ROPA, ZAPATOS Y BISUTERÍA, ESPECÍFICAMENTE,
UBICADO EN CENTRO COMERCIAL METROCENTRO 8ª
ETAPA, SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día catorce de julio del año dos
mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, veintitrés de agosto del año dos mil
seis.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003623-3
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166 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
No. de Expediente: 2006059288
No. de Presentación: 20060080176
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANA
CAROLINA MERCEDES PINEDA MEJIA, en su calidad de
APODERADO ESPECIAL de MARIA CARMEN GUILLEN, de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOM-
BRE COMERCIAL,
CREACIONES TEXTILES
Consistente en: las palabras CREACIONES TEXTILES, que
servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMER-
CIAL CUYA ACTIVIDAD COMERCIAL ES COMPRAR, MA-
NUFACTURAR Y VENDER ROPA, ZAPATOS Y BISUTERÍA,
ESPECIFICAMENTE, UBICADO EN CENTRO COMERCIAL
METROCENTRO 8ª ETAPA, SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día catorce de julio del año dos
mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, veintitrés de agosto del año dos mil
seis.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003624-3
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2006061045
No. de Presentación: 20060082711
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA
ELIZABETH MARTÍNEZ MARTÍNEZ, en su calidad de APO-
DERADO GENERAL JUDICIAL de CENTRO DE SUEÑOS
GUATEMALA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la EXPRESIÓN O
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
EL PLACER DE DORMIR
Consistente en: la expresión EL PLACER DE DORMIR, que
servirá para: LLAMAR LA ATENCIÓN DEL PUBLICO CON-
SUMIDOR SOBRE PRODUCTOS TALES COMO MUEBLES Y
ANALOGOS.
La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año
dos mil seis.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, doce de septiembre del año dos mil
seis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003614-3
MATRICULAS DE COMERCIO
ASIENTO DE EMPRESA 2006057387
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006057387- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS ANTONIO MORALES VALENCIA en su calidad de Represen-tante legal de la sociedad GOOD PRICE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse GOOD PRICE, S.A. DE C.V; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 42 del libro 2117 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-270206-105-0; el cual ha presentado solicitud a las catorce horas y treinta y tres minutos del día cuatro de octubre de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2006057387 inscripción 20l y el asiento de Establecimiento No. 2006057387-001, inscripción 202, ambos del Libro 131 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina GOOD
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167DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
PRICE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a SERVICIOS, con dirección en COLONIA ESCA-LON, CENTRO COMERCIAL FUENTES BEETHOVEN, LOCAL N° 10, del domicilio y departamento de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($ 11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado GOOD PRICE, S. A. DE C.V. ubica-do en COLONIA ESCALON, CENTRO COMERCIAL FUENTES BEETHOVEN, LOCAL N° 10, del domicilio y departamento de SAN SALVADOR y que se dedica a SERVICIOS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
San Salvador, quince de noviembre de dos mil seis.-
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. A028812-3
ASIENTO DE EMPRESA 2006056436
ESTABLECIMIENTO 2006056436-
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTA-BLECIMIENTOS:
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN CARLOS REYES LOZANO en su calidad de Representante legal de la sociedad BEBIDAS SALUDABLES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse “BEBIDAS SA-LUDABLES, S.A. DE C.V.”, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, cuya escritura social está inscrita bajo el número 56 del libro 2110 del Registro de So-ciedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-170206-104-5, ha presentado solicitud a las once horas y cincuenta y seis minutos del día uno de septiembre de dos mil seis. Con la cual se rectificaron los asientos de Empresa No. 2006056436 y Establecimiento No. 2006056436-1; a favor de la Empresa denominada BEBIDAS SALUDABLES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a la COMPRA Y VENTA DE BEBIDAS REFRESCANTES, ALCO-HÓLICAS, VINOS Y LICORES NACIONALES E INTERNACIO-NALES, RESTAURANTE BAR Y ACTIVIDADES CONEXAS, con dirección en CARRETERA PANAMERICANA, CENTRO COMERCIAL LA GRAN VIA, LOCAL N° 215 del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD cuyo activo asciende a DOCE MIL OCHOCIENTOS 00/100 DOLARES ($12,800) y que tiene el establecimiento siguiente: 001) LEXUS BAR ubicado en CARRETERA PANAMERICANA, CENTRO COMERCIAL LA GRAN VIA, LOCAL N° 215 del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN que se dedica a la COMPRA Y VENTA DE BEBI-DAS REFRESCANTES, ALCOHOLICAS, VINOS Y LICORES NACIONALES E INTERNACIONALES, RESTAURANTE BAR Y ACTIVIDADES CONEXAS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, uno de septiembre de dos mil seis.
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. A028816-3
ASIENTO DE EMPRESA 2002042061
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002042061-001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: QUE A ESTA OFICINA SE HA PRESEN-TADO KARLA MARIA AREVALO DE ARCE EN SU CALI-DAD DE APODERADA DE LA SOCIEDAD DISTRIBUIDORA SALVADOREÑA DE INDUSTRIAS VARIAS, SOCIEDAD ANÓNIMA QUE PUEDE ABREVIARSE DISTRIBUIDORA SALVADOREÑA DE INDUSTRIAS VARIAS, S.A.; DE NA-CIONALIDAD SALVADOREÑA, DEL DOMICILIO DE SAN SALVADOR, CUYA ESCRITURA SOCIAL ESTA INSCRITA BAJO EL NÚMERO 65 DEL LIBRO 1743 DEL REGISTRO DE SOCIEDADES DEL REGISTRO DE COMERCIO, CON NÚME-RO DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA: 0614-300902-105-9; EL CUAL HA PRESENTADO SOLICITUD A LAS DIECISÉIS HORAS Y VEINTICINCO MINUTOS DEL DÍA ONCE DE NO-VIEMBRE DE DOS MIL DOS., CON LA CUAL SE OTORGÓ EL ASIENTO DE EMPRESA No. 2002042061 INSCRIPCIÓN 219 Y EL ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO No. 2002042061-001 INSCRIPCIÓN 220, AMBOS DEL LIBRO 131 DE ASIENTOS DE MATRÍCULA DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTO; LA EMPRESA DENOMINADA DISTRIBUIDORA SALVADOREÑA DE INDUSTRIAS VARIAS, SOCIEDAD ANONIMA, LA CUAL SE DEDICA A EJERCICIO DEL COMERCIO, CON DIRECCIÓN EN COLONIA SAN BENITO, AVENIDA LA CAPILLA, No. 247, APARTAMENTO Nº 503 DEL DOMICILIO DE SAN SALVADOR, CUYO ACTIVO ASCIENDE A UN MILLON OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS 91/100 DOLARES ($ 1,897,946.91) Y QUE TIENE EL ESTABLE-CIMIENTO SIGUIENTE: 001-) DENOMINADO DISALIN UBI-CADO EN COLONIA SAN BENITO, AVENIDA LA CAPILLA, No. 247, APARTAMENTO Nº 503 SAN SALVADOR Y QUE SE DEDICA A EJERCICIO DEL COMERCIO.
LO QUE SE LE HACE SABER AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
SAN SALVADOR, DIECISÉIS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SEIS.
Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C003600-3
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168 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
ASIENTO DE EMPRESA 2002017762
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002017762- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el Señor LUIS ENRIQUE ARRIAZA MENA, de nacionalidad SALVADO-REÑA, número de Documento Único de Identidad 01362647- 5 del domicilio de SAN SALVADOR, con Número de Identificación Tributaria: 0614-310763-003-4 el cual ha presentado solicitud a las catorce horas y treinta y nueve minutos del día veintiocho de julio de dos mil cuatro, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002017762 inscripción 237 y el asiento de Establecimiento No. 2002017762- 001 inscripción 238, ambos del libro 81 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se dedica a ENDEREZADO, PINTURA Y FIBRA DE VIDRIO, con dirección en JARDINES DE CUSCATLAN, POLÍGONO “F” CASA No. 43, CIUDAD MERLIOT, del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBER-TAD, cuyo activo asciende a DIECIOCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN DÓLARES CON 42/100 $ 18,771.42 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado AUTOTECNIC ubicado en JARDINES DE CUSCATLAN, POLÍGONO “F” CASA No. 43, CIUDAD MERLIOT, del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD, y que se dedica a ENDEREZADO, PINTURA Y FIBRA DE VIDRIO.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, diecinueve de abril de dos mil cinco.
Lic. RUBÉN ALBERTO NAVARRO CRUZ,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C003605-3
ASIENTO DE EMPRESA 2006057425
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006057425- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIA TERESA PUNYED DE CASTANEDA, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, con número de Documento Único de Identidad 01438326- 6 del domicilio y departamento de SAN SALVADOR, con Número de Identificación Tributaria: 9447-130862-001-4, el cual ha presentado solicitud a las quince horas y cincuenta y cinco minutos del día once de octubre de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2006057425 inscripción 191 y el asiento de Establecimiento No. 2006057425- 001, inscripción 192, ambos del Libro 128 de Asientos de Matrícula de Empresa y Esta-blecimiento. La Empresa se dedica a OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE, con dirección en COLONIA SAN FRANCISCO, AVENIDA LAS AMAPOLAS Y CALLE LOS ABETOS, No. 23-A, del domicilio y departamento de SAN SALVADOR, cuyo; activo asciende a TREINTA Y CINCO MIL CIENTO SEIS 74/100 DÓLARES ($ 35,106.74) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado FIESTA DEL
SOL ubicado en COLONIA SAN FRANCISCO, AVENIDA LAS AMAPOLAS Y CALLE LOS ABETOS, No. 23-A, del domicilio y departamento de SAN SALVADOR, y que se dedica a OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS NO CLASIFICADOS PREVIA-MENTE.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, trece de octubre de dos mil seis.
Lic. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. C003609-3
ASIENTO DE EMPRESA 2002031387
ESTABLECIMIENTO 2002031387- 001
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS:
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SEDWIN NOEL ALBERTO COLATO, de nacionalidad SALVADOREÑA, con dirección Col. Vista Hermosa, Calle Los Laureles, Avenida Las Camelias No. 323 San Miguel, y del domicilio de SAN MIGUEL, con Número de Identificación Tributaria: 1309-261271-001-0, ha presentado solicitud a las nueve horas y veintisiete minutos del día veintiuno de diciembre de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2002031387 y Establecimiento No. 2002031387- 001; a favor de la Empresa denominada RADIADO-RES ALBERTO propiedad de SEDWIN NOEL ALBERTO CO-LATO, la cual se dedica a COMPRA VENTA DE RADIADORES, cuyo activo asciende a TREINTA MIL DOSCIENTOS TRECE DÓLARES CON 90/100 $ 30,213.90 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) RADIADORES ALBERTO ubicado en CALLE RUTA MILITAR, COLONIA ABDALA No. 24, FRENTE A LA TAPACHULTECA, del domicilio de SAN MIGUEL.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veinticuatro de enero de dos mil cinco.
Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTÍNEZ,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. C003617-3
ASIENTO DE EMPRESA 2001036118
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2001036118- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ONIS ESTER PALMA, en su calidad de Representante legal de la sociedad SERVICIOS MÚLTIPLES E INVERSIONES, SOCIEDAD ANÓ-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse SERMIN,
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169DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN MIGUEL cuya escritura social está inscrita bajo el número 18 del libro 1051 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-130184-105-2; el cual ha presentado solicitud a las doce horas y treinta y ocho minutos del día veintiuno de julio de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2001036118 Inscripción 223 y el asiento de Establecimiento No. 2001036118- 001 inscripción 224, ambos del libro 121 de Asientos de Matrícula de Empresa y Estableci-miento; la Empresa denominada SERVICIOS MÚLTIPLES E IN-VERSIONES. SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a LOTIFICACIONES Y CONSTRUCCIONES, con dirección en 6ª CALLE PONIENTE Y AVENIDA CENTRAL No. 8, COLONIA KURY, del domicilio de SAN MIGUEL cuyo activo asciende a CIENTO TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE 82/100 DÓLARES [$ 136,227.82] y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado SERMIN, S. A. DE C. V., situado en COLONIA KURY, 6ª CALLE PONIENTE Y AVENIDA CENTRAL No. 8. SAN MIGUEL y que se dedica a LOTIFICACIONES Y CONSTRUCCIONES.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintisiete de julio de dos mil seis.
Lic. RUBÉN ALBERTO NAVARRO,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C003618-3
ASIENTO DE EMPRESA 2006056577
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006056577- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: QUE A ESTA OFICINA SE HA PRE-SENTADO JOSÉ VITELIO BONILLA SANTOS, DE NACIO-NALIDAD SALVADOREÑA, NÚMERO DE DOCUMENTO ÚNICO DE IDENTIDAD 02484484- 0 DEL DOMICILIO DE CHAPELTIQUE, SAN MIGUEL, CON NÚMERO DE IDENTI-FICACIÓN TRIBUTARIA: 1204-060454-002-0 EL CUAL HA PRESENTADO SOLICITUD A LAS TRECE HORAS Y DIEZ MINUTOS DEL DÍA VEINTE DE JUNIO DE DOS MIL SEIS. CON LA CUAL SE OTORGÓ EL ASIENTO DE EMPRESA No. 2006056577 INSCRIPCIÓN 68 Y EL ASIENTO DE ESTABLECI-MIENTO No. 2006056577- 001 INSCRIPCIÓN 69; AMBOS DEL LIBRO 125 DE ASIENTOS DE MATRÍCULA DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTO. LA EMPRESA SE DEDICA A VEN-TA DE ESTABLECIMIENTOS NO ESPECIALIZADOS, CON SURTIDO COMPUESTO PRINCIPALMENTE DE ALIMENTOS BEBIDAS Y TABACO, INCLUYE SUPERMERCADOS. CON DIRECCIÓN EN BARRIO SANTA ANA, CALLE PRINCIPAL. No. 15 DEL DOMICILIO DE CHAPELTIQUE, SAN MIGUEL, CUYO ACTIVO ASCIENDE A SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES 63/100 DÓLA-RES ($ 697,333.63) Y QUE TIENE EL ESTABLECIMIENTO SIGUIENTE: 001-) DENOMINADO CENTRO COMERCIAL JOSÉ UBICADO EN BARRIO SANTA ANA, CALLE PRINCIPAL, No. 15, CHAPELTIQUE, SAN MIGUEL Y QUE SE DEDICA A VEN-
TA DE ESTABLECIMIENTOS NO ESPECIALIZADOS, CON SURTIDO COMPUESTO PRINCIPALMENTE DE ALIMENTOS BEBIDAS Y TABACO, INCLUYE SUPERMERCADOS.
LO QUE SE LE HACE SABER AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
SAN SALVADOR, UNO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL SEIS.
Lic. RUBÉN ALBERTO NAVARRO,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C003619-3
ASIENTO DE EMPRESA 2002018100
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002018100- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado: RICARDO ARGUMEDO BARRAZA, en su calidad de Representante legal de la sociedad INDUSTRIAS LÁCTEAS SAN JOSÉ, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse IN-LASAJ, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 48 del libro 633 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-171188-102-0; el cual ha presentado solicitud con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002018100 inscripción 190 y el asiento de Establecimiento No. 2002018100- 001 inscripción ambos del libro 85 de Asientos de Matrícula de Empresa y Esta-blecimiento; la Empresa denominada INDUSTRIAS LÁCTEAS SAN JOSÉ, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DERIVADOS DE LA LECHE, con dirección en CALLE FRANCISCO MENÉNDEZ No. 361, BARRIO SANTA ANITA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo ascien-de a SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO DÓLARES CON 28/100 $ 746,345.28 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado INDUSTRIAS LÁCTEAS, SAN JOSÉ, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en CALLE FRANCISCO MENÉNDEZ No. 361, BARRIO SANTA ANITA, y que se dedica a ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DERIVADOS DE LA LECHE.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintidós de junio de dos mil cinco.
Lic. JULIO RUBÉN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C003622-3
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170 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
ASIENTO DE EMPRESA 2006057598
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006057598- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIA ANGELA LEON LOPEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, con número de Documento Unico de Identidad 01900044-9 del domicilio de SAN SALVADOR, con Número de Identificación Tributaria: 0405-070275-101-4, el cual ha presentado solicitud a las once horas y treinta y siete minutos del día uno de noviembre de dos mil seis con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2006057598 inscripción 127 y el asiento de Establecimiento No. 2 006057598-001, inscripción 128, ambos del Libro 131 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se dedica a COMPRA Y VENTA DE ARTICULOS DE CONSUMO DIA-RIO, con dirección en MERCADO LA TIENDONA, LOCAL N° 191 del domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR cuyo activo asciende a CINCUENTA Y SIETE MIL CINCUENTA Y TRES 66/100 DOLARES ($57, 053. 66) y que tiene el estableci-miento siguiente: 001-) denominado TIENDA SARITA ubicado en MERCADO LA TIENDONA, LOCAL No. 191, del domicilio de SAN SALVADOR y que se dedica a COMPRA Y VENTA DE ARTICULOS DE CONSUMO DIARIO.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, diez de noviembre de dos mil seis.
LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C003627-3
ASIENTO DE EMPRESA 2005054550
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005054550- 001
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMEN-TO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ES-TABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora MARIA JOSE LARGAESPADA RODRIGUEZ en su calidad de Representante legal de la sociedad I P C SOLUTIONS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, sociedad de nacionali-dad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura Social está inscrita bajo el número 2 del libro 2035 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-300505-102-6; el cual ha pre-sentado solicitud a las catorce horas y treinta y seis minutos del día veintisiete de junio de dos mil cinco., con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2005054550 inscripción 28 y el asiento de Establecimiento No. 2005054550-,001, inscripción 29, ambos del Libro 86 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la empresa se denomina I P C SOLUTIONS, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a VENTA DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE OFICINA, COMPUTADORAS Y
SUS COMPONENTES; INCLUYE SOFTWARES, con dirección en URBANIZACION MAQUILISHUAT, CALLE JACARANDA, PASAJE N° 7. N° 6 del domicilio de SAN SALVADOR, SAN SAL-VADOR cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 $ 11,428.57 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado I P C SOLUTIONS, S.A. DE C. V. ubicado en URBANIZACION MAQUILISHUAT, CALLE JACARANDA, PASAJE No. 7. N° 6 del domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR y que se dedica a VENTA DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE OFICINA, COMPUTADORAS Y SUS COMPONENTES; INCLUYE SOFTWARES.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintinueve de junio de dos mil cinco.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. C003630-3
ASIENTO DE EMPRESA 2002042603
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002042603- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ALEXAN-DRA MARIA GUIROLA MARTIN en su calidad de Represen-tante legal de la sociedad RED TECHNOLOGIES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVA-DOR, cuya escritura social está inscrita bajo, el número 53 del libro 1747 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-101002-102-7; la cual ha presentado solicitud a las diez horas y cuarenta y seis mi-nutos del día veintiocho de octubre de dos mil cinco., con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002042603 inscripción 69 y el asiento de Establecimiento No 2002042603 - 001 inscripción 70, ambos del libro 106 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada RED TECHNOLOGIES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a OTROS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, con dirección en COLONIA LA MASCOTA, 79ª AVENIDA SUR, No. 1529 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CIEN MIL CUATROCIENTOS VEINTIDOS DOLARES CON 71/100 $ 100,422.71 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado RED TECHNOLOGIES, S.A. DE. C.V. ubicado en COLONIA LA MASCOTA, 79ª AVENIDA SUR, No. 1529 y que se dedica a OTROS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, nueve de febrero de dos mil seis.
LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C003632-3
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171DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006. SUBASTA PUBLICA
MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo que promueve el Licenciado JORGE ALBERTO ESCALANTE PEREZ como Apoderado General Judicial de la FUNDACION SALVADOREÑA PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL, contra las señoras ANA CECILIA ALFARO ROMERO y REINA ISABEL MELENDEZ DE CAÑAS, se venderá en pública subasta en este Juzgado los siguientes bienes muebles: “1) Un televisor Marca RCA, de catorce pulgadas; 2) Un ventilador marca Silver; 3) Una cocina de mesa Marca Mabe con su respectivo cilindro de gas; 4) Una bicicleta pequeña sin marca; 5) Una mesita pequeña; 6) Una lampara de noche; 7) una licuadora Marca Black & Decaer, 8) Una juguetera de madera mediana; 9) Una vajilla de aluminio de tres piezas.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las once horas tres minutos del día ocho de Noviembre del dos mil seis. DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.-
3 v. alt. No. C003629-3
AUMENTO DE CAPITAL
El Infrascrito Administrador Único Propietario de la Sociedad “FIBRAS Y CELULOSAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPI-TAL VARIABLE”, que puede abreviarse “FICELSA, S.A. DE C.V.”, Sociedad del domicilio de San Juan Opico, por medio de la presente,
CERTIFICA: Que en cumplimiento a lo que establecen los Artículos ciento setenta y seis, y cuatrocientos ochenta y seis del Código de Comercio, se hace del conocimiento que por acuerdo de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad “FICELSA, S.A. DE C.V.”, se acordó en dicha junta, la cual fue celebrada en la Ciudad de San Salvador, a las doce horas del día veintiocho de noviembre de dos mil seis, ante los oficios de la notario María de Los Ángeles Rodríguez de Blanco, la cual ha sido suscrita por la totalidad de los accionistas se encuentran los puntos siguientes: “Punto número UNO: Ratificar la Junta Gene-ral Extraordinaria de Accionistas celebrada en la Ciudad de San Salvador, a las catorce horas y treinta minutos del día veintisiete de diciembre de dos mil cinco, ante los oficios de la notario Ana Silvia González de Acevedo en su punto número UNO y modifi-car el punto número DOS de la expresada Asamblea General, de la siguiente forma: Punto número DOS: La Junta de Accionistas presente acordó por unanimidad incrementar el Capital Social Mí-nimo de la Sociedad a la cantidad de OCHO MILLONES SETE-CIENTOS VEINTIDÓS MIL CINCUENTA Y SIETE DÓLARES CON CATORCE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, conformado de la manera siguiente: a) Capital Social Inicial de Once mil cuatrocientos veintiocho dólares con cincuenta y siete centavos de dólar de los Estados Unidos de
América, el cual se encuentra totalmente suscrito y pagado; b) Por Capitalización del saldo de la deuda del precio de las Mar-cas, propiedad de la Sociedad, por la suma de Tres millones de dólares de los Estados Unidos de América; c) Por Reevaluación de los activos de la maquinaria y equipo propiedad de la sociedad hasta por la cantidad de Tres millones ciento treinta y cinco mil quinientos veintiún dólares con veintiocho centavos de dólar de los Estados Unidos de América; y d) Por aporte en efectivo por la cantidad de Dos millones quinientos setenta y cinco mil ciento siete dólares con veintinueve centavos de dólar de los Estados Unidos de América. Punto número TRES: La Junta General Extraordinaria de Accionistas presente, nombró como Ejecutor Especial al señor RUDY ANTONIO MAZA APARICIO, para que comparezca ante Notario competente a otorgar la Escritura de Modificación al Pacto Social, y efectúe los trámites legales correspondientes a fin de que el acuerdo tomado de Aumento al Capital Social Mínimo mencio-nado en el punto número DOS quede debidamente formalizado e inscrito en el Registro de Comercio. No habiendo nada más que hacer constar, se cierra la sesión".
En fe de lo anterior se extiende, firmo y sello la presente Certificación en la Ciudad de San Salvador, a los veintinueve, del mes noviembre de dos mil seis.
GUY RAYNARD WYLD KOZIEBRODZKA
3 v. alt. No. C003628-3
DISOLUCION DE SOCIEDADES
El infrascrito Secretario de la Asamblea General Extraordinaria especialmente convocada, de la sociedad TICKETRONIC, S. A. de C.V.,
CERTIFICA: El punto de acta que contiene los acuerdos toma-dos por todos los accionistas de la sociedad TICKETRONIC, S.A. DE C.V. en el desarrollo de la Asamblea General Extraordinaria especialmente convocada, celebrada en esta capital el dieciséis de octubre de dos mil seis; el que literalmente dice: "1) RECONOCEN la imposibilidad en que se encuentra la sociedad para realizar su fin principal y en consecuencia acuerdan DISOLVERLA Y LIQUI-DARLA de conformidad con la causal II del artículo cincuenta y nueve del Código de Comercio. 2) nombrar como LIQUIDADOR de la sociedad al señor TITO MONTENEGRO. y 3) Designar al señor Hugo Ricardo Osorio como ejecutor especial de esos acuerdos y para que concurra ante Notario para otorgar la escritura pública en que conste el reconocimiento que hacen los accionistas que participan en esta Asamblea General Extraordinaria, de la causal por la que se tomaron los anteriores acuerdos, a efecto de darle cumplimiento a la disposición del artículo sesenta y tres de Código de Comercio." Es conforme con su original con el cual lo confronté.
San Salvador, veintisiete de noviembre de dos mil seis.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos legales consiguientes.
Raúl Mena Soria,
Secretario.
3. v. alt. No. A028940-3
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172 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
AVISO DE COBRO
De conformidad con el Artículo 142 de las Disposiciones Genera-
les de Presupuesto vigente, SE HACE SABER: que a esta Unidad
de Recursos Humanos Departamental, se ha presentado el Señor
ELMER ANTONIO CRUZ MARQUEZ, DUI No. 00683191-2,
mayor de edad, del domicilio de San Rafael, Departamento de
Cuscatlán, solicitando se le permita firmar los documentos res-
pectivos y cobrar la cantidad de OCHOCIENTOS DIECISIETE
11/100 DOLARES, ($ 817.11), que a su fallecimiento ocurrido
el día dieciocho de Noviembre de 2006, dejó pendiente de cobro
el Señor VICTOR HUGO CRUZ MARQUEZ, durante el período
comprendido entre el uno al treinta de Noviembre de este año,
cuando se encontraba desempeñando el cargo de Asesor Pedagógico,
según los siguientes datos:
Contrato No. 052/2006 de fecha 2 de marzo de 2006.
Lo anterior se pone en conocimiento del público, para que
toda persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a
hacer uso de él, a más tardar dentro de los tres días subsiguientes
a la última publicación de este aviso.
Jefatura de la Unidad de Recursos Humanos del Ministerio de
Educación, en el Departamento de Cuscatlán, a los veintiún días
del mes de noviembre de dos mil seis.
ING. EVARISTO JUVENTINO HERNÁNDEZ CARBALLO,
JEFE DE RECURSOS HUMANOS CUSCATLÁN.
3 v. 1 v. c /3 d. No. A028134-3
La Infrascrito Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio
de Hacienda, a quien interese para los efectos de ley,
HACE SABER: Que a este Departamento se ha presentado la
señora MORENA CORDOVA DE HERNANDEZ, conocida tam-
bién como Morena Córdova y por Morena Peña Córdova, cónyuge
sobreviviente del señor José René Hernández Alvarado, conocido
como José René Hernández, solicitando se le autorice firmar los
documentos respectivos para que se le haga efectiva la devolución
de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS 03/100 DOLARES ($332.03),
en concepto de excedente del Impuesto sobre la Renta del ejercicio
fiscal 2005, que dejó pendiente de cobro su extinto cónyuge, por
haber fallecido el día 8 de septiembre de 2006.
Lo anterior se hace de conocimiento del público, para que toda
persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a este
Departamento a deducirlo a más tardar dentro de los quince días
subsiguientes, aportando la prueba pertinente, contados a partir
del día siguiente al de la tercera y última publicación del presente
aviso, a fin de ejercer su derecho.
Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los veintitrés días
del mes de noviembre del año dos mil seis.
NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,
SUBJEFE DEPARTAMENTO JURIDICO,
MINISTERIO DE HACIENDA.
3 v. 1 v. c/3 d. No. C003397-3
MARCA DE SERVICIO
No. de Expediente: 2006062425
No. de Presentación: 20060084983
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ALEJAN-
DRO JAVIER CAMPOS MARTINEZ, en su calidad de REPRESEN-
TANTE LEGAL de UMBRELLA MEDIA, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra umbrellamedia, traducida al cas-
tellano como medios del paraguas, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTION DE NEGOCIOS CO-
MERCIALES; ADMINISTRACION COMERCIAL; TRABAJOS
DE OFICINA.
La solicitud fue presentada el día seis de noviembre del año
dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, veintidós de noviembre del año dos mil
seis.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. A028701-3
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173DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESDIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESOLUCIÓN No. DREG-213.- DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS; Ilopango, a las diez horas y cuarenta minutos del día veinti-cuatro de marzo de dos mil seis. Vista la solicitud número 2852 de fecha 27 de febrero de 2006, presentada a esta Dirección General por la Señora Carmen Elena Bolaños Velasco, quien actúa en calidad de Representante Legal de la sociedad ECONATURE PRODUCTS, S.A. DE C.V., tendiente a que se autorice a su representada, para operar bajo el Régimen Aduanero de Tiendas Libres, un Establecimiento Comer-cial ubicado en el Aeropuerto Internacional El Salvador; local identificado como DOS-CIENTO DOCE, el cual consta de una extensión superficial de SEIS PUNTO ONCE METROS CUADRADOS, que será destinado para operar como sala de ventas, LEÍDOS LOS AUTOS, Y CONSIDERANDO: I. Que por medio del Decreto Legislativo número 373, de fecha 23 de abril de 2001, publicado en el Diario Oficial número 81, Tomo 351 de fecha 2 de mayo de 2001, vigente a partir del 10 de mayo del mismo año, se creó la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, la cual en su Art. 3 determina que el Ministerio de Hacienda por medio de la Dirección General de Aduanas, autorizará a personas naturales o jurídicas para que operen en el Aeropuerto Internacional El Salvador, establecimientos comerciales, bajo el Régimen Aduanero de Tiendas Libres. II. Que se ha comprobado la existencia legal de la empresa y la calidad con que actúa la señora Carmen Elena Bolaños Velasco, por medio de documento de Testimonio de Escritura Pública de Constitución de la sociedad, número treinta de fecha diecisiete de marzo de dos mil cinco, inscrita en el Registro de Comercio al número 25 del libro 2021, del Registro de Sociedades, del folio 177 al folio 190, con fecha veintisiete de abril de dos mil cinco, y Matrícula de Empresa y Establecimiento No. 2005054429, inscrita en el Registro de Comercio con fecha 4 de noviembre de 2005. III. Que al hacer el análisis de los documentos presentados por la sociedad peticionaria, se ha comprobado que se han cumplido todos los requisitos exigidos en el Art. 5 de la Ley en materia. IV. Que en cumplimiento a lo establecido en el Art. 6 de la referida Ley, esta Dirección General practicó inspección en el local donde funcionará la Tienda Libre, a efectos de constatar que las instalaciones garanticen el interés fiscal; por lo que, a consideración de esta oficina, la sociedad peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos por la Ley. V. Que la sociedad peticionaria ha manifestado por escrito que las mercancías que comercializará son productos teñidos con añil y otros colorantes naturales, de origen 100 % nacional, por lo que únicamente están sujetas al pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, IVA. VI. Con base en la Proyección anual de compras presentada por la beneficiaria, ésta tendrá derecho a introducir con exención total de los impuestos a que se refiere el Inciso segundo del Art. 3 de la expresada Ley, un monto anual de DIECIOCHO MIL 00/100 DÓLARES ($ 18,000.00), quedando sujeta dicha mercancía para la venta exclusivamente a viajeros que salgan o entren al país por vía aérea conforme a los requisitos que a efecto establece la Ley de Equipajes de Viajeros Procedentes del Exterior. VII. La sociedad, para gozar de los beneficios concedidos, deberá cumplir con todas las medidas específicas de seguridad y control aduanero que la Dirección General determine por medio de disposiciones administrativas que sean necesarias, a fin de garantizar el ingreso, permanencia y salida de mercancías sujetas a las disposiciones legales aplicables al presente régimen. VIII. Las ventas que realice la sociedad beneficiaria deberán cumplir con todos los requisitos señalados en el Art. 13 de la Ley en mención. IX. ECONATURE PRODUCTS, S.A. DE C.V., queda obligada a informar a esta Dirección General cualquier cambio que se realice en la titularidad de las acciones que posee dicha sociedad. X. La sociedad beneficiaria ha manifestado que adoptará el método de Primeras entradas, primeras salidas (PEPS), para valuar sus inventarios. XI. De conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, la sociedad ECONATURE PRODUCTS, S.A. DE C.V., deberá rendir una Garantía Global a favor del Fisco y Gobierno de la República de El Salvador por el período de la autorización, la cual será fijada por esta Dirección General con base en una cobertura del cien por ciento de los derechos e impuestos aplicable a las mercaderías que se estima se introducirán al amparo del régimen objeto de esta Ley, más un veinte por ciento adicional a dicho porcentaje para responder por los accesorios legales correspondientes.- POR TANTO: Con fundamento en lo antes expuesto, disposiciones legales citadas y facultades que la Ley le confiere, esta Dirección General, RESUELVE: I. Autorízase a la sociedad ECONATURE PRODUCTS, S.A. DE C.V., para operar bajo el régimen aduanero de Tiendas Libres, un Establecimiento Comercial ubicado en el Aeropuerto Internacional El Salvador; local identificado como DOS-CIENTO DOCE, el cual consta de una extensión superficial de SEIS PUNTO ONCE METROS CUADRADOS. II. De acuerdo a lo establecido en el Art. 9 de la Ley en materia, el plazo para el cual se autoriza a la peticionaria para operar bajo el mencionado régimen, es de tres años contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial. III. La sociedad ECONATURE PRODUCTS, S.A. DE C.V., tendrá derecho a introducir un monto anual de mercancías por DIECIOCHO MIL DÓLARES ($ 18,000.00), con base en el que deberá rendir una garantía por la cantidad de DOS MIL OCHOCIENTOS OCHO 00/100 DÓLARES ($ 2,808.00), que servirá para responder por el pago de los impuestos, derechos y demás cargas fiscales que se adeuden o se originen por las operaciones que realice en el ejercicio de la autorización concedida. IV. Que el literal b) del Art. 7 de la Ley en materia establece que no se podrá introducir al amparo del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, mercancías declaradas como de importación prohibida por leyes especiales o Convenios Internacionales, por lo que la Sociedad deberá darle cumplimiento. V. Esta Dirección General da por aceptado el Método de Primeras entradas, primeras salidas (PEPS), que la sociedad beneficiaria adoptará para valuar sus inventarios. VI. Sin perjuicio de la autorización concedida, esta Dirección General se reserva el derecho de revocar los beneficios concedidos mediante la presente Resolu-ción, en caso de incumplimiento a lo dispuesto en la misma y a infracciones cometidas a las disposiciones legales aplicables a la materia. VII. Esta Resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial para los efectos legales pertinentes. HÁGASE SABER: Lic. Tavillatoro, Legible, Director General de Aduanas, Rubricada y Sellada.
(Registro No. C003747)
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174 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 373
RESOLUCIÓN No. 383/2006.-
Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil
seis.
Vista la documentación recibida de la Jefatura de Acreditación de la Gerencia de Gestión Institucional de este Ministerio, la cual
traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller Técnico Vo-
cacional Comercial obtenido en el Centro Educativo LICEO CRISTIANO REVERENDO JUAN BUENO CENTRAL, Departamento de
San Salvador, extendido con fecha 20 de noviembre de 2000. Habiendo sido revisada y verificada la documentación por la Dirección de
Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecu-
tivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el
título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría a REBECA YESENIA VEGA MELARA. PUBLÍQUESE la presente
Resolución en el Diario Oficial. NOTIFÍQUESE.
Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRÍQUEZ,
DIRECTORA DE ASESORÍA JURÍDICA.
(Registro No. A004262)
RESOLUCIÓN No. 647/2006.-
Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil
seis.
Vista la documentación recibida de la Jefatura de Acreditación de la Gerencia de Gestión Institucional de este Ministerio, la cual
traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller Industrial
obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO TÉCNICO INDUSTRIAL, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de enero
de 1986. Habiendo sido revisada y verificada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente reso-
lución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de
Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller Industrial, Opción Automotores
a JUAN ENRIQUE FUENTES RAMOS. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. NOTIFÍQUESE.
Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRÍQUEZ,
DIRECTORA DE ASESORÍA JURÍDICA.
(Registro No. A027018)
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
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175DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 8 de Diciembre de 2006.
RESOLUCIÓN No. 728/2006.-
Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil
seis.
Vista la documentación recibida de la Jefatura de Acreditación de la Gerencia de Gestión Institucional de este Ministerio, la cual
traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller en Comercio
y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE ILOBASCO, Departamento de Cabañas, extendido con
fecha 10 de diciembre de 1993. Habiendo sido revisada y verificada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir
la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador
en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller en Comercio y
Administración, Opción Contaduría a SERGIO DE JESÚS RAMÍREZ AYALA. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
NOTIFÍQUESE.
Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRÍQUEZ,
DIRECTORA DE ASESORÍA JURÍDICA.
(Registro No. A026400)
RESOLUCIÓN No. 828/2006.-
Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil
seis.
Vista la documentación recibida de la Jefatura de Acreditación de la Gerencia de Gestión Institucional de este Ministerio, la cual
traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller Técnico Voca-
cional Agrícola obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR DE USULUTÁN, Departamento de Usulután, extendido con fecha
30 de noviembre de 2001. Habiendo sido revisada y verificada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la
presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en
el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller Técnico Vocacional
Agrícola, a SARA DÍAZ CENTENO. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.- NOTIFÍQUESE.
Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRÍQUEZ,
DIRECTORA DE ASESORÍA JURÍDICA.
(Registro No. A026655)
RESOLUCIÓN No. 831/2006.-
Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil
seis.
Vista la documentación recibida de la Jefatura de Acreditación de la Gerencia de Gestión Institucional de este Ministerio, la cual tras-
lada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller en Salud obtenido
en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL ISIDRO MENÉNDEZ, Departamento de San Miguel, extendido con fecha noviembre
de 1985. Habiendo sido revisada y verificada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente reso-
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lución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller en Salud, Opción Enfermería a OLGA MARINA ROMERO. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. NOTIFÍQUESE.
Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRÍQUEZ,
DIRECTORA DE ASESORÍA JURÍDICA.
(Registro No. A026849)
RESOLUCIÓN No. 837/2006.-
Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil seis.
Vista la documentación recibida de la Jefatura de Acreditación de la Gerencia de Gestión Institucional de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DOCTOR FRANCISCO MARTÍNEZ SUÁREZ, Departamento de Chalatenango, extendido con fecha 15 de diciembre de 1995. Habiendo sido revisada y verificada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Contaduría a PEDRO EMILIO FRANCISCO RAMOS. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. NOTIFÍQUESE.
Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRÍQUEZ,
DIRECTORA DE ASESORÍA JURÍDICA.
(Registro No. A027067)
RESOLUCIÓN No. 838/2006.-
Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil seis.
Vista la documentación recibida de la Jefatura de Acreditación de la Gerencia de Gestión Institucional de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL PROFESOR SANTIAGO ECHEGOYEN, Departamento de San Vicente, extendido con fecha 15 de enero de 1996. Habiendo sido revisada y verificada la documentación por la Dirección de Acreditación, es pro-cedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller Académico, Opción Ciencias Naturales a JOSÉ MANUEL RIVAS MARROQUÍN.- PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. NOTIFÍQUESE.
Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRÍQUEZ,
DIRECTORA DE ASESORÍA JURÍDICA.
(Registro No. A027088)
Imprenta Nacional - Tiraje 500 Ejemplares.
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