derecho internacional público

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Derecho Internacional Público

Concepto.Es la disciplina jurídica que estudia la relación jurídica entre los Estados, asimismo estudia la aplicación de los DD HH en los diferentes Estados.La inclusión de los DD HH como parte del Derecho Internacional Público responde a que en la era de la globalización se espera que todos los Estados respeten por lo menos los derechos de 1º generación.Diferencia entre cortesía internacional y normativa internacional.Las relaciones entre los Estados, han estado gobernadas por las reglas de la cortesía internacional o “Comitas Gentium”. El Derecho internacional ha sido normativizado a partir de 1948, es decir en la post guerra mundial, anteriormente solamente se relacionaba a través de regla de la costumbre, por ejemplo: Si un país recibía a un embajador solicitaba que también reciban al suyo, inclusive actualmente las reglas de protocolo no son escritas, sino orales, por lo tanto el comitas gentium, es reciprocidad positiva en razón de que si nuestros actos o sentencias son reconocidas en un país, así también nosotros reconoceremos los actos y sentencias de otro determinado país, pero si en ese determinado país no reconociesen nuestros actos, nosotros no tenemos por qué reconocer sus actos (reciprocidad negativa).Este hecho está plasmado en el artículo 2103 del Código Civil. Fundamentos del Derecho Internacional Público.

1. Teoría Voluntarista: Señala que los Estados tienen voluntad como los seres humanos, por lo tanto, estos son expresados a través de sus representantes: presidente de la república, ministros, embajadores, etc. Se considera al Estado como una persona. (Perú)Sin embargo se dice que los representantes del Estado no siempre reflejan la voluntad del pueblo, sino de sus propios intereses, por lo tanto no se adscriben a la tesis voluntarista.

2. Teoría Objetivista: El Estado no es considerado como una persona, sino que solo puede enviar representantes a las organizaciones internacionales en las cuales plasma su política de Estado temporal, es decir cambian según las personas que los gobiernan.

Relaciones del Derecho internacional Público con las normas internas.

Doctrina Dualista: El derecho internacional público forma parte del derecho interno.

Doctrina Monista: El derecho internacional público es una disciplina independiente que no pertenece al derecho interno.

Antecedentes históricos del derecho internacional público.1. Periodo antiguo: proviene de 2 instituciones jurídicas.

Presentación de credenciales de Jefes de estado al Inca. Las penas de desarraigo de etnias que no querían

someterse.2. Periodo Greco – romano: son

Jus Gentium: eran decodificaciones normativas realizada por los romanos para las provincias conquistadas España, Germania, Reino Unido. En este se reconoce el derecho de los naturales a su territorio existiendo dos tipos de autoridades romanas.

Pacta Sunt Servanda: pacto entre las partes, se regulaba los pactos entre la metrópoli y las zonas conquistadas, es el antecedente más próximo de los tratados que se discutían clausula por clausula.

3. Periodo Medio: época de oro de Jus naturalismo, desaparecen los conceptos de esclavitud. Existe una fuente de influencia del Jus naturalismo, que quiere decir influencia de la Iglesia a raíz del cuestionamiento de la esclavitud a condición humana.Santo Tomas de Aquino y San Agustín de Hipona fueron sus representantes. Se modifica el concepto de ciudadano en el imperio romano y se descubre América en esta época.Hugo Grocio, libera el mar, cuando España cobraba impuestos en el extremo estrecho de Magallanes. De Mare nostrum a Mare liberum, la aparición del derecho internacional tiene que ver con el descubrimiento de tierras, los que descubrían nuevos territorios eran dueños de los mares – Mare nostrum, esto acarreo un problema geo político, en razón de los barcos de origen continental que pagaban tributos a la corona española por pasar el estrecho de Magallanes.Peñon de Gibrantar, dando una nueva teoría Hugo Grocio que fue un navegante holandés libero el mar Mare liberum, mar libre.Mare Liberum, teoría mediante el cual se liberó o se promovió que los mares pertenecían a la humanidad. El mar debería ser libre para todos, pero esto genero la aparición de los piratas.

4. Periodo Moderno: En el periodo moderno son importantes los tratados de Wesfalia – Alemania, donde por 1º vez se reconoce a los representantes diplomáticos con plenos poderes para

reconocer los tratados que son los antecedentes de la Sociedad de Naciones, asimismo la doctrina Monroe La doctrina Monroe dice: América para los americanos, lo dijo el presidente Teodoro Roosevelt.Igualmente tiene importancia el congreso de Viena, la primera normativa del derecho internacional público en la cual se definió diversos aspectos de los tratados del mar del derecho aéreo, asilo, extradición.

5. Periodo Contemporáneo: La institución mas importante, la conferencia de la Haya. Se discutió las instituciones de extradición y de asiloSe constituyó la corte internacional de la Haya, para la solución de problemas limítrofes.Posteriormente la ONU y la Corte Interamericana de los DD HH.

Fuentes de Derecho Internacional Público. Formales: Son aquellas que se hallan en textos escritos o en

declaraciones reconocidas, las fuentes formales datan de los 1º tratados firmados alrededor de 1200.

Materiales: Originados por la costumbre internacional Comitas Gentium.Entre las formales:Convenciones o tratados.

-Origen Bilaterales -Clases Multilaterales

Conclusión de los tratados Capacidad de las partes Poderes para suscribir

-Partes Adopción de texto Negociación

Consentimiento Suscripción Canje de notas

Ratificación Entrada en vigor

Reservas Observación y redacción de reservas Efectos de las reservas

Origen de los tratados: Se dice que el tratado más antiguo fue suscrito por el rey de los hititas con los faraones egipcios,

país limítrofe a Egipto y el contenido fue respecto a la demarcación geográfica y cooperación en el intercambio de productos. Como antecedente más cercano en el país, tratados suscritos entre el Inca y canges locales con el fin de dominación o expansión territorial.

Definición o acuerdos de los tratados: Es un acuerdo de voluntades de 2 estados de índole territorial, económica, política o de cooperación.

Clases de Tratados: Bilaterales y Multilaterales.

Partes: Para suscribir un tratado es necesario seguir las siguientes etapas para su perfeccionamiento. 1.- Conclusión de los tratados: contrariamente a lo que dice la acepción señala, estamos hablando de la discusión inicial de los textos de los tratado y esta discusión se hace clausula por clausula.2.- Capacidad de las partes: para suscribir un tratado los Estados deben estar legalmente reconocidos. A partir de las postguerra de 1948, se crearon los organismos internacionales como la ONU destinados a registrar a los Estado del mundo.Se crearon asimismo los organismos internacionales como la ONU, OEA, OTAN, etc.Sin embargo se reconocían como válidos los tratados suscritos entre países de determinadas áreas geográficas que pertenecían al área del dominio de EE UU y la unión soviética respectivamente, según esta forma de aceptar plenas capacidades a unos en desmedro de otros.No se reconocían como válidos los representantes de palestina, corea del norte, cuba, mientras que no se sometiesen a una determinada política.3.- Poderes para suscribir.- Los representantes de cada Estado tienen los poderes válidos para suscribir, un poder que carezca de los elementos necesarios invalida el tratado, por ejemplo el poder debe ser exclusivamente para suscribir un echo determinado, es decir si al embajador se le dio poder para comprar soya y este suscribe un tratado sobre material velico, seria invalido.Se puede otorgar poder a: presidente de la república, los embajadores ministros de Estado, ministros plenipotenciario (ministro con todos los poderes). 4.- Consentimiento en los tratados: expresión de voluntad de un Estado de suscribir un tratado esto consiste en 2 partes: La Negociación: es el intercambio de ideas sobre un

tratado parte de la inquietud de 2 jefes de Estado, los ministros de relaciones exteriores o los embajadores.

Fase de Suscripción: a) Canje de Notas: borradores donde cambias posibles

tratados que van de un país a otro. En los tratados bilaterales se discute clausula por clausula.

El borrador va al congreso y le mandan al presidente. En los tratados multilaterales la discusión es larga por tratarse de diversos intereses. No se discuten los tratados, los países de adhieren en todos sus extremos.

b) Ratificación: es necesario ser ratificado por el congreso. Es el acto por el cual el congreso de la republica aprueba o desaprueba un tratado, el tramite es el siguiente:- DD HH- Soberanía de dominio- Defensa nacional.En estos casos el borrador se va al congreso para su ratificación.

c) Entra en vigor: desde el dia siguiente de su suscripción, esto en cuanto a los tratados de carácter secreto.En los otros tratados su entrada en vigor es desde el dia siguiente de su publicación, los tratados celebrados por el Estado en vigor forman parte del Derecho positivo

Reservas: son las observaciones que realiza un Estado frente a las cláusulas de un tratado, las reservas vienen a la modificación la aclaración del tratado, ejemplo, que clausula está en contra tuya y que corriges son de 2 países. Efectos de las reservas: las reservas modifican el tratado por una cifra se puede modificar todo el tratado, tendrá por finalidad que no se altere el espíritu del tratado.

Registro de los tratados: antes de la constitución de las naciones unidas, los Estados podían suscribir tratados secretos mutuos en áreas de defensa y protección de fronteras y áreas estratégicas. Con la constitución de las naciones unidas, los tratados se registran en la secretaria de las naciones unidas.

Efectos de los tratados: Los tratados son actos jurídicos internacionales y como tal son expresiones de voluntad, por lo tanto están sometidas a pacta Sunt Servanda, el tratado obliga a las partes a cumplir sus extremos.

Interpretación de los tratados: deben interpretarse siguiendo las normas aplicadas para las demás interpretaciones de los actos jurídicos, sin embargo es de aplicación los siguientes principios:1.- Principio de buena fe: se presume que los Estados concurren a suscribir un tratado sin intenciones sub alternos es decir de buena fe.2.- Principio de sentido corriente: por este principio se hace un interpretación literal gramatical de manera que el texto sea coherente interpretándose de clausula y seguidas de otros. 3.- Principio del respeto del fin tratado: El tratado se interpretara de acuerdo a su objetivo es decir si hubiera una clausula dudosa, esta se ara aplicando para la cual fue aplicada, de aparecer del texto del tratado de carácter

innecesario se apartara del texto aplicando las clausulas aplicables a su finalidad.

La conducta ulterior (posterior) del tratado: los tratados se suscriben en un clima de paz, promoviendo la cooperación, sin embargo si la conducta de uno de los países suscribientes se altera se altera el espíritu del tratado decae y se convierte en inaplicable.

Los trabajos preparatorios: para interpretar los tratados, siempre se remitirán a los borradores del tratado para averiguar cuál fue el objetivo de dicho tratado.

La regla intemporal del contexto internacional: los tratados responden a sus épocas, los nombramientos políticos son cíclicos.

Idioma del tratado: el idioma del tratado debe hacerse en un idioma universal de manera que el significado debe ser igual para ambas partes.

Validad y Nulidad de los tratados. Los tratados son válidos cuando han sido expresados por los representantes.Cuando existe error, dolo o violencia, por lo tanto hablamos cuando uno de estos elementos no ha sido observados sobre estos elementos el tratado cae en nulidad absoluta o relativa.Causales de nulidad absoluta.1.- Coacción sobre el representante: cuando se ejerce la intimidación en contra del representante del Estado para que suscriba un tratado, puede ser violencia psicológica o física (bis compulsiva y bis absoluta), directa (cuando es ejercida sobre la integridad del representante) por ejemplo secuestro, chantaje, chantaje emocional.2.- Coacción sobre el Estado: Ejercicio de la fuerza sobre un Estado, son los Estados de sitio en los cuales se somete voluntariamente un estado para que suscriba el tratado, por ejemplo tratado entre Alemania y Polonia.Se dice que el tratado de 1929 fue suscrito porque Tacna estaba sometida a los chilenos (son nulos).3.- Cuando el tratado se suscribe contra el Jus Cogens (norma imperativa del Dº Iº Pº), por ejemplo cuando se suscribe un tratado violando la soberanía de un país.Stoppel, regula el DºIº, consiste en que las relaciones sobre violaciones de DºIº deben ser oportunas no se debe dejar pasar el tiempo de estas violaciones porque se puede pensar que se está consintiendo. Terminación de un tratado.Rechazo: es una forma de terminación de los tratados que consiste en expresar nuestra desconformidad con el fondo o la forma del tratado, cuando es por el fondo debemos mencionar la causal expresa de nuestra molestia, lo puede hacer el embajador del país con el cual se suscribió o el ministro de

relaciones exteriores, en el idioma diplomático se llama carte de extrañeza.Violación: se viola un tratado cuando no se respeta sus extremos o se realizan actos contra el espíritu del tratado, por ejemplo cuando suscribimos un tratado de solidaridad y sin embargo se comportan de forma hostil.Imposibilidad de cumplimiento: 1.- Causas Físicas: cuando se producen fenómenos naturales que imposibilitan el cumplimiento del tratado, aluvión, maremoto, etc.2.- Causas sobrevinientes del tratado: cuando el fin del tratado no es posible de cumplimiento, ya sea por causal de país obligado por ejemplo la compra de armas a corea, sin embargo corea está en una moratoria (prohibición de ventas de armas).Incompatibilidad de tratados: se presenta cuando un tratado no es coherente con uno firmado anteriormente, por ejemplo se firma un tratado en el cual se prohíbe la pena de muerte y firman otro en la cual se aprueba. Terminación por tratado posterior: los tratados funcionan como leyes, si se suscribe un tratado contradictorio al anterior este quedara abrogado por el tratado posterior.Terminación por consentimiento de las partes (mutuo disenso): como quiera que el tratado es expresión de voluntad de las partes pueden dejar sin efecto.

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