derecho a la educación

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Derecho a la educación en Argentina

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El derecho a la educación

Es una construcción social, política, histórica e institucional que adopta una dimensión jurídica formal, instituida por la ley y consagrada constitucionalmente, y otra dimensión sustantiva como práctica efectiva de este derecho en condiciones de igualdad y justicia social.

El derecho a la educación

Dimensión jurídica formal

Dimensión sustantiva

grado de universalidad

grado deefectividad

La educación como derecho de la Iglesia

Concepciones en disputa

La educación como asunto de Estado

•Contexto de vigencia de esta concepción:

La educación como derecho de la Iglesia

• Principio de legitimidad:

Sociedad Medieval

• Educables: futuros gobernantes (señores, príncipes y alto clero)

las normas son válidas si se ajustan a los principios de la fe cristiana

•Contexto de vigencia de esta concepción: Modernidad Europea (S. XVIII) Argentina (Generación del ’80)

La educación como asunto de Estado

•Educables:

Ciudadano: iguales ante la ley

• Principio de legitimidad:

Las normas son válidas si se dictan por procedimientos formales

El Derecho a la educación: una conquista

Formalmente adquiere el status de Derecho Humano a partir de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1949.

Artículo 26: “Toda persona tiene derecho a la educación. La

educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria”]

Constitución de Francia de 1881 y 1882Constitución de México de 1917Constitución Española de 1931Constitución de la Unión Soviética de 1930Constitución de Uruguay de 1934

El reconocimiento al Derecho a la educación en la dimensión jurídico-formal

ANTECEDENTES:

Argentina

Constitución de 1853

Art 5: Las provincias deben asegurar la educación primaria, la administración de justicia y el gobierno municipal, condiciones bajo las cuales el gobierno nacional es garante del goce y ejercicio de sus instituciones.

Argentina

Constitución de 1853

Art 14: Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.

En el marco de la conformación de los Estados Nacionales, bajo las formas políticas del liberalismo, se propone

una concepción del derecho a la educación como un derecho individual.

El Derecho a la educación como derecho individual

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