deontología y medicina - orlando leon
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UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE-RECTORADO ACADÉMICO
ESCUELA DE DERECHO BARQUISIMETO, EDO. LARA
Realizado por: Orlando León
C.I. 7.333.916
Barquisimeto, enero 2015
Deontología
Deontología profesional
Ética y moral
Medicina
Especialidades médicas
Perfil del médico en Venezuela
Principios y valores
Código de ética profesional del médico
(FMV)
Faltas y sanciones
Base legal
Juramento hipocrático
Juramento del médico venezolano
Disciplina basada en los deberes y valores
relacionados con la ética y la moral
-Teoría del deber
-Rama de la ética
Deontos = Deber, obligación
Logia = Estudio
Origen del griego
Normas
y principios
que deben cumplirse en
determinada
profesión para regular
las acciones
de quienes la ejercen
Ética
-Estudia la moral
- Implica reflexión
- Es universal
- De objetos
concretos
Moral
- Principios, normas y valores -Dirige el comportamiento -Toma de decisiones - Principios abstractos
Del latín
Medictna
Medicina
Medicamentun
Sustancia que previene o cura enfermedades
Ciencia de la prevención y cura de enfermedades
Medicina como servicio
Pública
Privada
Red de instituciones
oficiales
Particulares: -Clínicas
-Hospitales
Persona profesional
y legalmente facultada
para ejercer la medicina
Especialidades Médicas
• Gineco-obstetricia • Pediatría • Cardiología • Traumatología • Oftalmología • Dermatología • Otros
Cada una se rige por ciertos
estatutos
Líder crítico y reflexivo Investigador Educador
Innovador Gerente Comprometido con la sociedad
Discreto, flexible Honesto
Moral y éticamente intachable
Respeto a la dignidad humana
Responsabilidad: personal y social
Dignidad
Paciencia
Solidaridad
Honestidad
Vocación de servicio
Contenido
Título I -Declaración de principios -Juramento Título II -Deberes generales -Deberes hacia los enfermos -Derechos y deberes de los enfermos -Del enfermo terminal Título III -Del ejercicio institucional y los deberes en materia social -Deberes de confraternidad Deberes de los médicos hacia los miembros de profesiones afines y auxiliares de la medicina
Título IV -Secreto profesional y uso de computadoras -Las certificaciones -Medicina forense -Honorarios profesionales
Título V -Docencia médica -Historias médicas -Publicaciones científicas -Investigaciones en los seres humanos -Trasplante de órganos Título VI -Normas disciplinarias -Disposiciones generales -Disposición final
• A la moral: por impericia, negligencia,
ignorancia o mala fe • Al código de ética: Título no
revalidado o registrado, la acreditación de título falsa.
Faltas
• Todo profesional de la medicina que
incumpla con el código de ética será sancionado de acuerdo a las normas disciplinarias del mismo y a la Ley del Ejercicio de la medicina.
• La más grave es la suspensión del ejercicio profesional.
Sanciones
Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela
Ley de Ejercicio de la medicina
Código de ética profesional
Juro por Apolo médico, por Esculapio, Higía y Panacea, por todos los dioses y todas las diosas, tomándolos como testigos, cumplir fielmente, según mi leal saber y entender, este juramento y compromiso: Venerar como a mi padre a quien me enseñó este arte, compartir con él mis bienes y asistirles en sus necesidades; considerar a sus hijos como hermanos míos, enseñarles este arte gratuitamente si quieren aprenderlo; comunicar los preceptos vulgares y las enseñanzas secretas y todo lo demás de la doctrina a mis hijos y a los hijos de mis maestros, y a todos los alumnos comprometidos y que han prestado juramento, según costumbre, pero a nadie más. En cuanto pueda y sepa, usaré las reglas dietéticas en provecho de los enfermos y apartaré de ellos todo daño e injusticia. Jamás daré a nadie medicamento mortal, por mucho que me soliciten, ni tomaré iniciativa alguna de este tipo; tampoco administraré abortivo a mujer alguna. Por el contrario, viviré y practicaré mi arte de forma santa y pura. No tallaré cálculos sino que dejaré esto a los cirujanos especialistas. En cualquier casa que entre, lo haré para bien de los enfermos, apartándome de toda injusticia voluntaria y de toda corrupción, principalmente de toda relación vergonzosa con mujeres y muchachos, ya sean libres o esclavos. Todo lo que vea y oiga en el ejercicio de mi profesión, y todo lo que supiere acerca de la vida de alguien, si es cosa que no debe ser divulgada, lo callaré y lo guardaré con secreto inviolable. Si el juramento cumpliere íntegro, viva yo feliz y recoja los frutos de mi arte y sea honrado por todos los hombres y por la más remota posterioridad. Pero si soy transgresor y perjuro, avéngame lo contrario.
“Evocando a Luis Razetti apóstol de la moral médica en Venezuela y en presencia de las
autoridades universitarias, mis profesores y mis compañeros de estudio, me comprometo bajo
solemne juramento a cumplir los siguientes postulados:
1. Desempeñaré mi profesión con esmero y dignidad, velando con el máximo respeto por la
vida de mis semejantes y aun bajo amenaza no emplearé mis conocimientos para contravenir
las leyes de la humanidad.
2. Profesaré a mis maestros el respeto y gratitud que se hayan hecho merecedores e intentaré,
con todos los medios a mi alcance, mantenerme permanentemente informado de los avances
del conocimiento médico.
3. No permitiré que la satisfacción intelectual derivada de mi capacidad para identificar y
tratar enfermedades y de contribuir al progreso de la ciencia médica me haga olvidar los
principios humanitarios que rigen nuestra profesión y la consideración prioritaria del
paciente como persona.
4. No intentaré nuevos tratamientos o procedimientos de investigación si los riesgos para el
paciente exceden los posibles beneficios, cumpliendo estrictamente las Pautas Internacionales
para la Investigación Biomédica en los seres Humanos.
5. No permitiré que motivos de lucro interfieran el ejercicio libre e independiente de mi juicio
profesional.
6. Preservaré en absoluto secreto las confidencias que se me hagan durante mi actuación
profesional, aun después de la muerte del enfermo.
7. Mi reverencia por la vida al atender enfermos terminales no colindará con mi obligación
fundamental de aliviar el sufrimiento humano.
8. Mantendré con todas mis fuerzas el honor y las nobles tradiciones de la profesión médica y no
haré distinción en el ejercicio de mis obligaciones ni por adhesión a partido político o posición
social.
9. No estableceré diferencias en mi dedicación y en la calidad de la atención prestada al enfermo,
se trate de servicios médicos contratados, de carácter individual o de índole gratuita.
10. Daré estricto cumplimiento a los principios éticos de nuestra profesión, procurando para los
demás aquello que, en circunstancias similares, desearía para mí y para mis seres queridos”.
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