deber de la u
Post on 07-Jul-2015
1.447 Views
Preview:
TRANSCRIPT
1. Realice un cuadro sinóptico sobre “EL REGIMEN JURIDICO MUNICIPAL
ECUATORIANO”, en donde se referirá a: concepto, fines, y autonomía.
DEFINICION
COMCEPTO
Es una ley proclamada en el registro Oficial 680 del 31 de
enero de 1996, es una notable evolución al
fortalecimiento del municipalismo, traducido en la solidez
de su autonomía gubernativa y legislativa.
Dicha ley está orientada por un sano criterio de robustecer
al máximo la entidad municipal y atienda las crecientes
demandas de servicios públicos
AUTONOMIA
Poseen adecuada garantía, protección a los actos
fundamentales del gobierno.
Reclamar por cualquier violación de la autonomía
municipal, ante el congreso o consejo de estado.
Una persona jurídica con facultad para los servicios
y actividades a su cargo y patrimonio propio para
impulsar el progreso de los municipios.
Coadyuvar a la realización de los fines del Estado
Prevé mecanismos para una adecuada integración
de los planes nacionales y regionales del desarrollo
económico
FINES
Satisfacer las necesidades colectivas del
vecindario.
Procurar el bienestar material de la colectividad.
Contribuir al fomento y protección de los interese
locales.
Planificar e impulsar el desarrollo físico del cantón
y sus áreas rurales.
Acrecentar el espíritu de nacionalidad, el civismo y
la confraternidad de los asociados para lograr el
creciente progreso.
2. Elabore un ensayo sobre “LA DESCENTRALIZACION ESTATAL”, en las que
hará constar: origen, concepto, finalidad, y sobre todo su criterio jurídico.
Entendemos por descentralización estatal a la transferencia definitiva de las
funciones, atribuciones, responsabilidades y recursos principalmente financieros,
materiales y tecnológicos de origen nacional y extranjero los mismos que serán
distribuidos hacia los gobiernos seccionales autónomos de acuerdo a las
necesidades de cada una de las circunscripciones territoriales a su cargo.
La constitución vigente en su reformatoria ha designado a los gobiernos
autónomos descentralizados la potestad para su participación como
representantes legitimados del gobierno central en las diferentes áreas de su
administración, con la finalidad de que estas entidades contribuyan a una mejor
administración y ordenamiento del cantón de su circunscripción.
En la cual determina que ningún funcionario o autoridad extraños puedan
intervenir en su administración, posee autonomía funcional y económica para
crear sus propias leyes siempre y cuando estén dentro del marco constitucional y
de igual forma en beneficio de las necesidades de sus miembros, garantizando
sus derechos deberes y responsabilidades.
Entre los fines más importantes de la descentralización del Estado podemos
mencionar lo siguiente:
Lo que se ha venido manifestando desde el gobierno central, es lograr una
equidad tanto en la participación y distribución de los recursos financieros,
materiales, y tecnológicos desde la función ejecutiva serán distribuidas a los
diversos gobiernos descentralizados con el fin de mejorar su administración y
cumplimiento de las necesidades requeridas por los habitantes de dichas
comunidades.
Asimismo con esta descentralización se podrá optar medidas cautelares para
buscar el ordenamiento jurídico, la paz, el orden y la seguridad de sus
habitantes, de la misma manera a la prestación de servicios de optima calidad a
favor de las comunidades que aseguren en bienestar y el buen vivir de sus
habitantes.
Otro de los fines importantes es el de realizar una transformación integral con los
recursos destinados a estos pueblos para la realización de proyectos en beneficio de
sus habitantes en el ámbito educativo, salud, alimentación, social y político, dichos
recursos estarán regulados por la constitución y la ley , cuyos recursos se asignaran
de acuerdo al tamaño y densidad de la población y a las diversas necesidades
básicas insatisfechas y de esta manera alcanzar el adelanto de la ciudadanía como
también del Estado.
Los gobiernos autónomos descentralizados para cumplir con sus competencias,
deberán planificar anticipadamente la realización de proyectos públicos en beneficio
de sus habitantes cuyas normas estarán reguladas por la constitución y la ley, su
objetivo alcanzar el mejor desarrollo de la colectividad que están bajo su jurisdicción.
El presupuesto se ajustara al marco legal del Plan Nacional de Desarrollo.
Es importante también destacar que existen distintas formas de descentralización,
considerado como un proceso social de transferencia de competencias desde la
administración central a las administraciones intermedias y locales.
En lo administrativo el gobierno central supone el traslado de competencias a nuevas
personas jurídicas de derecho público, las mismas que están dotadas de un
patrimonio propio, sin embargo, estas se encuentran bajo un control muy limitado por
parte del gobierno central y así cumplir con los objetivos planteados y lograr una
gestión administrativa más ágil y efectiva.
Surge el interés social y político de convertir a los municipios en entidades
autónomas y autosuficientes, capaces de generar sus propios recursos, manejar sus
propios recursos y ejecutar acciones que correspondan a las necesidades colectivas,
respecto de un gobierno central del que han dependido históricamente en términos
financieros.
La descentralización tiene como objetivos proporcionar asistencia técnica,
capacitación y posibilidades de desarrollo institucional para fortalecer la gestión
municipal, mejorar los servicios, incrementar los ingresos propios y lograr la
eficiencia de los municipios.
3 Realice un estudio analítico sobre la evolución de la autonomía de acuerdo a
cada uno de las constituciones señaladas en el texto básico.
Dando cumplimiento con lo solicitado sobre autonomía entiendo que es la facultad
de una comunidad para gobernarse por sí misma, mediante sus propias leyes y por
sus autoridades elegidas para su administración.
Este concepto ha ido evolucionando constantemente y a partir de la constitución de
1967 en donde se definió que los consejos provinciales gozan de autonomía
funcional y económica para dar cumplimiento con los fines a su cargo, incluye
además a los consejos municipales y de igual manea a las juntas parroquiales como
instituciones autónomas con personaría jurídica para logra el fortalecimiento y
desarrollo de cada una de sus comunidades que las conforman, y de esta manera
atender con eficiencia sus necesidades, cuyos fondos eran distribuidos
considerando su capacidad y necesidades respectivas.
En la constitución de1979 se dio una reforma a la ley, concediendo a los consejos
provinciales y municipales no solo autonomía funcional y económica sino también en
lo administrativo dando el nombre de regímenes seccionales autónomos.
En esta constitución se mantenía la expresión de que “ningún funcionario o autoridad
extraños intervendrán en su administración”, es decir personas que no formen parte
de esta institución.
Además otorgó al consejo municipal las funciones y deberes que deberá cumplir en
sus respectivas áreas de administración, en lo referente a servicios públicos en
zonas urbanas y rurales respectivamente en coordinación con los consejos
provinciales.
La constitución de 1996 en su reformatoria define asimismo que los gobiernos
seccionales autónomos lo conforman los consejos provinciales y municipales, los
mismos que conjuntamente con el gobierno central coordinaran las actividades para
el desarrollo armónico de todo su territorio, garantizando el futuro de sus habitantes
otorgando servicios en todas sus áreas que aseguren el bienestar de su pueblo.
En la constitución de 1997 considera que los consejos provinciales y cantonales
gozan de autonomía funcional, administrativa y económica en sus respectivas
circunscripciones correspondientes y que además la constitución y la ley señalaran
las funciones que deberán cumplir estas instituciones en sus respectivas áreas de
administración.
En el año de1998 se realizo una convocatoria a elecciones para realizar una nueva
Asamblea Nacional, la cual fue aprobada en referéndum con mayoría absoluta, de
esta manera se llevo a cavo una nueva ley, que tuvo como vigencia diez años, es
decir, hasta 2008 en que fue remplazada por la que se encuentra en actual vigencia.
En esta nueva reforma considera como gobiernos seccionales autónomos a los
consejos provinciales, municipales y las juntas parroquiales y demás órganos que
determine la ley, establece además que gozaran de plena autonomía para el
cumplimiento de sus funciones cuyo objetivo es el de atender a todas las culturas de
nuestro territorio ecuatoriano.
4. Realice un resumen sobre la Facultad Legislativa de los gobiernos
Autónomos descentralizados. Deberá constar la jerarquía normativa y
competencia administrativa.
Entendemos por facultad legislativa de los gobiernos autónomos descentralizados la
capacidad que ostentan dichos órganos, para expedir sus propias normas jurídicas
en el ámbito de sus competencias y en sus respectivas circunscripciones
territoriales, cuyo objetivo es ejecutar dichas competencias protegiendo los intereses
generales de los territorios donde ejerce su jurisdicción en beneficio de la sociedad.
Dentro de los gobiernos autónomos descentralizados tenemos a los consejos
provinciales, las municipalidades y las juntas parroquiales, quienes son elegidas por
votación popular para un periodo determinado de cuatro años, en el que
desempeñaran sus funciones de acuerdo a las necesidades de sus habitantes,
además de las competencias que determine la constitución y las leyes.
Los gobiernos autónomos descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos,
de provincias y cantones tendrán facultad legislativa en el ámbito de sus
competencias, dictar ordenanzas acuerdos y resoluciones, siempre que no estén en
oposición con la constitución y la ley, mientras que las juntas parroquiales rurales
solamente tendrán facultades reglamentarias.
Esta facultad legislativa les permitirá crear sus propias leyes modificar, suprimir
tasas y contribuciones de mejoras, dentro de cada una de las circunscripciones
territoriales a su cargo.
De acuerdo a la jerarquía normativa todos los gobiernos autónomos descentralizados
deberán acatar la jerarquía de las leyes, sin irrumpir en ellas, porque estas exigen
respeto que será además la que determine las competencias exclusivas de cada
uno de estos órganos.
Asimismo dentro del orden jerárquico de las leyes, la constitución es la que
prevalece sobre cualquier otra norma legal, y en el caso de los gobiernos autónomos
descentralizados: los consejos provinciales y municipalidades tienen la facultad de
expedir ordenanzas, acuerdos y resoluciones en el ámbito de sus competencias y al
bien común local.
En el desarrollo de sus competencias los gobiernos descentralizados deberán así
mismo acatar las que la constitución y demás leyes les asignen para un mejor
desarrollo de las comunidades, supliendo de esta manera las necesidades
requeridas por dichas comunidades en lo que corresponde a servicios públicos.(
salud, alimentación, educación, vivienda, vialidad) entre otras.
1. Elabore un análisis de la clasificación del domicilio.
Dentro de la clasificación de domicilio tenemos las siguientes:
El artículo 46 determina como domicilio político: Al territorio del Estado en
general
Art .47, El domicilio civil: Es relativo a una parte del territorio del Estado.
Art. 48.-Peterminacion del domicilio civil: Es un lugar en donde el individuo esta
de asiento, o donde ejerce habitualmente su profesión u oficio.
Art. 49.- Presunción del ánimo del no permanecer: No se presume el ánimo de
pertenecer,
Art. 50.- Presunción del ánimo de avecindarse: Al contrario, se presume desde
luego el ánimo de permanecer y avecindarse en un lugar, por el hecho de abrir en el
tienda, botica, fábrica, taller, posada, escuela u otro establecimiento durable, por el
hecho de aceptar en dicho lugar un cargo.
Art. 51.- Conservación del domicilio: El domicilio civil no se muda por el hecho de
residir el individuo en otro lugar, voluntaria o forzadamente.
Art.52.- Pluralidad de domicilio: Cuando concurran en varias secciones
territoriales, con respecto a un mismo individuo, circunstancias constitutivas de
domicilio civil, se entenderá que en todas ellas lo tienen.
Art.53.- Domicilio de los militares: domicilio de los individuos de la fuerza pública
en servicio activo, será el lugar en que se hallaren sirviendo.
Art. 54.- Suplencia del domicilio: La mera residencia hará las veces de domicilio
civil respecto de las personas que no lo tuvieran en otra parte.
Art.55.- Domicilio contractual: podrá en un contrato establecer, de común acuerdo,
un domicilio civil especial para los actos judiciales o extrajudiciales a que diere lugar el
mismo contrato.
Art.56.-Domicilio relativo a una sección del territorio: el domicilio parroquial,
cantonal, provincial o cualquier otra sección del territorio,
Art.57.- Domicilio relativo a una sección del territorio: respecto a este artículo el
domicilio puede ser parroquial, cantonal, provincial o relativo a cualquier otra sección
del territorio.
Art.58.- Domicilio de los cónyuges: establece que tendrán como domicilio original el
del lugar del matrimonio.
Art. 59.- Domicilio de los incapaces.- tendrán como domicilio el lugar de quien tenga
la patria potestad.
Art. 59.- Domicilio de los criados y dependientes: estas personas tendrán como
domicilio el lugar donde esta de oficio, o desarrolla su profesión u oficio como los
empleados domésticos y dependientes que residan en la misma casa.
2. Realice un esquema del procedimiento para la declaración de la muerte
presunta.
DIAGRAMA DE SECUENCIA:
MUERTE PRESUNTA
Art. 64, Fin de la
existencia de las
personas: la persona
termina con la muerte.
Art.65, Regla de los
conmurientes: si dos o
más personas hubiesen
perecido en un mismo
acontecimiento, no se
podrá saber el orden de
su deceso.
Art.66, Presuncion de
muerte por
desaparecimiento: se
presume muerto el
individuo que ha
desaparecido
ignorándose si vive
Art.67, Reglas de la
presunción de muerte:
la presunción de muerte
se dará por el juez del
último domicilio que el
desaparecido haya tenido
en el Ecuador.
Art.68, Concesión de la
posesión definitiva: el
juez concederá la
posesión definitiva en
lugar de la provisional.
Art.69, Periodo de la
mera ausencia: si
durante los tres o seis
meses se mirara el
desaparecimiento por
mera ausencia y
cuidaran de sus
interese sus
proveedores.
Art. 72, Obligaciones
de los poseedores
provisionales,
formaran ante todo un
inventario, solemne de
los bienes.
Art. 73
Representación del
desaparecido, los
poseedores
provisionales
representaran a la
sucesión en las
acciones y defensa
contra terceros.
Art.74 Facultades de
los poseedores
provisionales, vender
una parte de los
muebles o parte de
ellos, bienes raíces no
podrán enajenarse ni
hipotecarse sin la
posesión definitiva.
Art.75 Caución y
usufructo de los
poseedores
provisionales, cada uno
prestara caución de
conservación y restitución
y hará suyos los
respectivo frutos e
intereses.
Art.70, efectos de la
posesión provisional:
quedara disuelta la
sociedad conyugal, si la
hubiere con el
desaparecido, se
procederá a la apertura y
publicación del
testamento.
Art.71, herederos
presuntivos: se
entiende por herederos
presuntivos del
desaparecido los
testamentarios o
legítimos que lo eran a
la fecha de la muerte
presunta.
Art.76 Posesión
definitiva, si durante
la posesión provisional
no volviere el
desaparecido, según
las reglas generales,
se decretara la
posesión definitiva.
Art.77 Efecto de la
posesión definitiva,
propietarios y
fideicomisarios de
bienes usufructuados y
poseídos
fiduciariamente, podrán
hacerlos valer como en
el caso de verdadera
muerte.
Art.78 prueba de la muerte
por desaparecimiento,
reclama un derecho, para
cuya existencia se suponga
que el desaparecido ha
muerto en la fecha de la
muerte presunta, no estará
obligado a probar que éste
ha muerto verdaderamente
en esa fecha.
Art.79 revocatoria de la
posesión definitiva, podrá
revocarse a favor del
desaparecido si volviere, o se
sus legitimarios habidos durante
el desaparecimiento.
Art.80 Reglas de revocatoria de la
posesión definitiva, el desaparecido podrá
pedir la revocatoria en el tiempo que se
presente, las demás persona no podrán sino
después del plazo que se haya declarado la
verdadera muerte, uso de la mala fe.
3. Elabore un cuadro sinóptico estableciendo las diferencias entre los
impedimentos dirimentes y los impedimentos impedientes.
CONCEPTO
DIFERENCIAS
IMPEDIMENTOS
DIRIMENTES DEL
MATRIMONIO
Es nulo el matrimonio cuando:
El cónyuge sobreviviente con el autor o cómplice del
delito de homicidio o asesinato de la mujer o marido.
Los impúberes.
Los ligados por vínculo matrimonial no disuelto.
Los parientes por consanguinidad en línea recta.
Los parientes colaterales en segundo grado.
Los impotentes.
Los dementes.
Los parientes en primer grado civil de afinidad.
IMPEDIMENTOS
IMPEDIENTES
DEL MATIMONIO
Es causa de nulidad del matrimonio:
Error en cuanto a la identidad del otro contrayente.
Enfermedad mental que prive del uso de razón.
Rapto de la mujer, siempre que esta, al momento de
celebrarse el matrimonio, no haya recobrado la libertad.
Amenazas graves y serias, capaces de infundir un terror
irresistible.
4. realice un esquema sobre los causales del divorcio explicando cada una de
estas.
DIAGRAMA DE SECUENCIAS:
CAUSALES DEL DIVORCIO
Adulterio de uno
de los cónyuges:
acto impúdico que
pueda ofender el
pudor el otro.
Sevicia: injuria,
maltrato
extremadamente
grave.
Injurias graves: toda
palabra o actitud que
ataca el honor la honra o
buena forma de una
persona, falta de
armonía.
Amenazas graves
de un cónyuge
con la vida del
otro: maltrato
verbal y amenaza
de muerte.
Tentativa de uno de
los cónyuges contra
la vida del otro, como
autor o cómplice:
intento de cometer
una infracción o delito
no conseguido
El hecho de que la
mujer, durante el
matrimonio, dé a luz un
hijo concebido antes del
matrimonio: falta de
fidelidad y sinceridad en
la mujer.
Los actos ejecutados
por uno de los
cónyuges con el fin de
corromper al otro, o
con uno o más de sus
hijos:
El hecho de adolecer
uno de los cónyuges de
enfermedad grave
consideradas por tres
médicos designados
por el juez, como
incurables o
contagiosas.
El hecho de que uno de los
cónyuges sea ebrio
consuetudinario: que da
motivo a una interdicción de
quien incurra en ella.
La condena ejecutoriada a
reclusorio mayor: se
cumplirá en los centros de
rehabilitación social del
estado.
El abandono voluntario e
injustificado de uno de los
cónyuges, por un año
ininterrumpidamente,
1 Elabore un ensayo sobre la importancia del derecho romano en la actualidad
El derecho romano es una expresión que hace referencia al derecho privado que
designa el ordenamiento jurídico de la población romana, y que posteriormente se
difundió por todos los pueblos que cobijaba el imperio romano, esta ley se difundió
poco a poco por todo el mundo
Cabe mencionar también que el derecho romano se dio a causa de de la división
existente entre los patricios y los plebeyos, los primeros gozaban de todo privilegio
poderosos, mientras que los plebeyos eran ciudadanos que carecían de todo recurso
para suplir sus necesidades y se veían obligados a buscar protección en los
Patricios a manera de clientes.
Cabe destacar también que el derecho romano es un conjunto de normas jurídicas
positivas y consuetudinarias, que han regido en roma y territorios que estaban bajo
su jurisdicción desde tiempos primitivos hasta la muerte del emperador Justiniano.
Es un proceso de cambios significativos que se inicia con la expansión, tanto de los
territorios como del militarismo romano que llevan a otros pueblos sus culturas,
principalmente la lengua y el derecho.
Se precisa que el derecho romano tuvo sus inicios en el año 753 A.C, denominado
como la edad antigua, hasta el 1453 D.C. época en que ocurrieron dos grandes
hechos históricos en la historia de Roma, la fundación de Roma como imperio y la
caída del Bizancio, es decir , el imperio romano.
Fue un largo periodo de once siglos en el que fueron mejorando las leyes de acorde
a las necesidades que surgían, y así regular un mejor funcionamiento de las
diferentes instituciones en el ámbito de sus competencias para mejorar la calidad de
vida de sus habitantes.
El derecho romano poco a poco se difundió por todo el mundo, el inicio de una nueva
forma para interpretar las leyes, en la actualidad el derecho romano es objeto de
estudio de una disciplina jurídica internacional, y que prevalecen en nuestra leyes, en
gran parte con una serie de cambios y en otras permanecen ciertos términos
inalterables y por ende, precisan de una forma clara y pura.
Además se destaca que somos parte de esa civilización occidental, de esos cambios
cuantiosos, de ahí se originaron las instituciones existentes en la actualidad que
regulan la vida social de de sus habitantes principalmente en el derecho civil.
En antecedente del derecho civil su estudio acostumbra a la mente a ir adquiriendo
un sentido jurídico, que nos ayudara a resolver los problemas que posteriormente se
presenten en la vida profesional.
Su estudio ha influenciado en muchos aspectos como: culturales, religiosos,
académicos, etc. Y ha estado vigente por muchos años
Por derecho romano se entiende a las diversas disposiciones, normas e instituciones
y principios jurídicos que regulan de manera eficaz la organización en ese entonces
del imperio y en la actualidad a todos los pueblos en los cuales se difundió esta ley
que surgió en los años 753 A.C y 1453 D.C, primeramente en Europa, áfrica, Asia y
posteriormente en América.
2 .Realice un cuadro sinóptico sobre los periodos clasificatorios del Derecho
Romano.
PERIODOS CARACTERISTICAS
Derecho quiritario (consuetidunario-
descenviral)
Derecho de los quiritarios,
primeros pobladores de Roma.
Inicia con la fundación de Roma
hasta la creación de los cargos de
pretores.
Esta dictado por y para todos los
ciudadanos, plebeyos extranjeros
y esclavos.
Derecho basado en la costumbre.
Las XII tablas, primeras normas
escritas en la historia de Roma.
Derecho honorario o de gentes Poseían una magistratura
especial: la pretura
Los pretores corregían las
injusticias del derecho quiritario
Suplían las omisiones en que
incurrían estas normas respecto
a derecho de los plebeyos.
Derecho jurisprudencial
Presencia de varios pensadores
Sentaron bases perdurables para l
ciencia del derecho.
Derecho de la codificación (prejustiniano-
justinianeo)
Etapa histórica.
El material jurídico comenzó a
recogerse y compilarse para
facilitar su comprensión y su uso
diario.
1. Realice una consulta sobre los métodos que se aplican en el Ecuador para la
creación legislativa del derecho.
En nuestro país para la creación legislativa del derecho, existen reglas a seguirse y
en ello determinar para la creación de una ley que regule la vida social de todos sus
habitantes, y satisfacer las necesidades de la sociedad ecuatoriana.
Esta ley será elaborada por los miembros de la función legislativa, quienes trabajan
arduamente para cumplir con este propósito, pero también para la creación de esta
ley se deberá tomar en cuenta la opinión de la ciudadanía, quienes darán su opinión
si están o no de acuerdo con lo propuesto por los órganos de la Asamblea Nacional,
a la vez trabajar conjuntamente para coordinar administración del Estado.
El legislador juega un papel muy importante para la creación de una ley, esto es el
producto de la razón, y el resultado del pensamiento humano que deberá mediarse
sobre el fin y el destino al que ha sido creada dicha ley.
Dentro de este proceso existen varios factores generadores del derecho, partiendo
del concepto de ley que se manifiesta como fuente formal del derecho, y como se
manifiesta en el texto básico de introducción al derecho, que fuentes formales del
derecho son:” la ley, la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina”.
Entendemos como ley a una expresión de las relaciones existentes entre los hechos
o grupo de hechos aceptados voluntariamente y orientados al bien común, este
derecho se forma por los usos sociales y aparece o se manifiesta bajo la forma de
costumbre e ira evolucionando por medio de la técnica, es decir, por obra científica
de los juristas, quienes la desarrollan, analizan y sistematizan.
Dentro de los elementos generadores del derecho esta la voluntad y conciencia de la
humanidad, del pueblo que busquen una mejor forma para elaborar una ley en
beneficio de todos.
El derecho no adquiere una forma coactiva que lo caracteriza, sino después de la
promulgación de la ley positiva que lo consagra. La ley va reconociendo
Expresa BONNECASA, como factores generadores del derecho el factor
experimental y el factor racional que a continuación detallare.
El factor experimental, es aquel que engendra de manera inmediata el derecho
constituido por las aspiraciones a la armonía social, cuyo origen se produce en el
medio social y en la naturaleza permanente del hombre.
Como medio social es el medio viviente y las necesidades que deben ser satisfechas
y servidas por el derecho positivo, y por lo tanto, el legislador debe siempre tener en
cuenta estos aspectos.
Manifiesta Geny, “para elaborar las reglas del derecho debemos partir de los datos
reales o estrictamente naturales del derecho positivo”, es decir, las condiciones de
hecho en las que se encuentran colocada la humanidad.
Dentro de la naturaleza permanente del hombre tenemos las aspiraciones del medio
social, las mismas que se encuentran bajo el imperio de las necesidades sociales e
individuales de toda índole.
Como segundo factor tenemos el racional, el cual está traducido por la noción del
derecho, el mismo que tiene como misión inspirar y dirigir el elemento experimental,
y filtrar o controlar en cierta forma los datos suministrados por este.
Bonnecase manifiesta “que el medio social abandonado podrá postular reglas de
derecho de contradicción absoluta, tanto con los intereses del medio social como con
la dignidad del hombre”.
La técnica que usa el legislador al redactar las normas jurídicas es muy importante,
este tiene por objeto concebir o descubrir el contenido del derecho con miras a la
elaboración de las normas o preceptos jurídicos, posteriormente se realizara un
proceso técnico, un arreglo, organización y formulación de de dichas reglas y obtener
la utilidad y aplicabilidad de dichas leyes.
Es necesario e indispensable saber redactar las leyes haciendo uso de los conceptos
jurídicos, con claridad para que sea entendida por la ciudadanía a la cual se pretende
organizar, de igual forma su contenido deberá ser distribuido ordenadamente por
orden cronológico, por número o por materias a fin de evitar confusiones que
perjudique a la población a la cual va dirigida esta norma jurídica.
Para la elaboración de una ley el legislador deberá conocer el fin de las reglas
jurídicas a expedirse, los hechos de la vida social de la ciudadanía a la que se
pretende regular a fin de que no incurra en una laguna jurídica.
DABIN, con relación al fin del ordenamiento jurídico expresa que “si el derecho es
consustancial con la idea de sociedad, el fin de la regla del derecho no podrá ser otro
que el fin de la misma sociedad: el bien común”. Es decir, todos los valores humanos
que se manifiestan de distintas clases: económicas, morales, intelectuales, físicas y
psicológicos.
El derecho como toda regla jurídica exige que sea practicable, esto se dará
mediante el respeto a ciertas reglas, en caso de que se contrarié estas reglas el
derecho no es practicable.
2. Elabore un cuestionario de una entrevista estructurada sobre los procesos
de migración interna que se presenta en el Ecuador.
Para el desarrollo de esta actividad he procedido a entrevistar a un número de cuatro
personas, que han experimentado la situación de migrar de sus lugares de origen y
que tienen conocimientos sobre el tema propuesto a investigarse.
DESARROLLO DE LA ENTREVISTA:
En calidad de estudiante de la facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad
Técnica Particular de Loja, les hago extensivo el saludo dándoles la bienvenida a la
participación de esta entrevista, solicitando se dignen participar activamente en la
misma, con el objetivo de conocer e identificar la realidad del proceso migratorio y
las condiciones favorables y desfavorables que a ello conlleva la migración interna
en nuestro país.
FORMULARIO SEMIESTRUTURADO DE PREGUNTAS
1. ¿Cuál fue la situación que a Uds. Les obligo a migrar de su comunidad natal?
2. Para Uds. ¿Cuál fue la situación más grave que tuvieron al emigrar del
campo a la ciudad?
3. Mejoraron eficazmente sus condiciones de vida al migrar a la ciudad.
4. ¿Qué cambios surgieron en sus vidas al encontrarse en una comunidad
extraña?
5. ¿cómo se sintieron antes y después de de abandonar su comunidad natal?
6. Desde su punto de vista ¿Cuáles creen que son los factores que más están
incidiendo en el proceso migratorio interno de nuestro país?
7. ¿Están de acuerdo con las políticas y leyes migratorias que actualmente se
están dando en nuestro país?
8. ¿Qué opinión tienen respecto a la llegada de migrantes extranjeros a nuestro
país?
9. Han pensado emigra a otro país en algún momento
10. Para concluir, que mensaje pueden dar Uds. acerca de la migración actual que
se está produciendo en nuestro país.
Señores participantes, gracias por su colaboración en la entrevista y por haber
tenido la benevolencia de haber asistido a la realización de la misma.
top related